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COMISIÓN AGRARIA PERÍODO ANUAL DE SESIONES 2015-2016 PRE DICTAMEN RECAÍDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 4994/2015-CR y 5075/2015-CR, CON TEXTO SUSTITUTORIO, QUE PROPONE LA “LEY QUE PRORROGA LA VIGENCIA DEL PROGRAMA DE COMPENSACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD”. 1 COMISIÓN AGRARIA PRE DICTAMEN 2015-2016/CA Señor Presidente: Han sido remitidos para estudio y dictamen de la Comisión Agraria, de conformidad con el Artículo 107 de la Constitución Política del Perú, los siguientes proyectos de ley: Proyecto de Ley 4994/2015-CR, presentado por el Grupo Parlamentario “Unión Regional”, a iniciativa del señor congresista Wuilian Monterola Abregú; que propone la “Ley que prorroga la vigencia del programa de Compensación para la Competitividad. Proyecto de Ley 5075/2015-CR, presentado por el Grupo Parlamentario Dignidad y Democracia”, a iniciativa de la señora congresista Claudia Coari Mamani; que propone la “Ley que prorroga el plazo de vigencia del programa de Compensación para la Competitividad. En la xxxxxxx Ordinaria de la Comisión, realizada el xxxxxxx, expuesto y debatido el pre dictamen, fue aprobado por xxxxxxxx con texto sustitutorio. Votaron a favor xxxxxxxxxxxxx. I. SITUACIÓN PROCESAL I.1 Antecedentes El Proyecto de Ley 4994/2015-CR se presentó al Área de Trámite Documentario el 17 de noviembre del 2015 y se recibió en la Comisión Agraria el 26 de noviembre del 2015. Conforme al Decreto de Oficialía Mayor se nos designa como única Comisión dictaminadora. El Proyecto de Ley 5075/2015-CR se presentó al Área de Trámite Documentario el 7 de diciembre del 2015 y se recibió en la Comisión Agraria el 11 de diciembre del 2015. Conforme al Decreto de Oficialía Mayor se nos designa como única Comisión dictaminadora. Analizado y revisado los Proyectos de Ley 4994/2015-CR y 5075/2015-CR, la Secretaría Técnica de la Comisión Agraria presentó en su oportunidad los correspondientes informes técnicos de calificación de admisibilidad estableciendo que el trámite es el establecido en el artículo 105 de la Constitución Política del Perú, cumpliendo con los requisitos generales y específicos establecidos en los artículos 75,

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COMISIÓN AGRARIA

PERÍODO ANUAL DE SESIONES 2015-2016

PRE DICTAMEN RECAÍDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 4994/2015-CR y 5075/2015-CR, CON TEXTO SUSTITUTORIO, QUE PROPONE LA “LEY QUE PRORROGA LA VIGENCIA DEL PROGRAMA DE COMPENSACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD”.

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COMISIÓN AGRARIA PRE DICTAMEN 2015-2016/CA

Señor Presidente:

Han sido remitidos para estudio y dictamen de la Comisión Agraria, de conformidad con

el Artículo 107 de la Constitución Política del Perú, los siguientes proyectos de ley:

Proyecto de Ley 4994/2015-CR, presentado por el Grupo Parlamentario “Unión

Regional”, a iniciativa del señor congresista Wuilian Monterola Abregú; que

propone la “Ley que prorroga la vigencia del programa de Compensación

para la Competitividad”.

Proyecto de Ley 5075/2015-CR, presentado por el Grupo Parlamentario

“Dignidad y Democracia”, a iniciativa de la señora congresista Claudia Coari

Mamani; que propone la “Ley que prorroga el plazo de vigencia del programa

de Compensación para la Competitividad”.

En la xxxxxxx Ordinaria de la Comisión, realizada el xxxxxxx, expuesto y debatido el pre

dictamen, fue aprobado por xxxxxxxx con texto sustitutorio. Votaron a favor

xxxxxxxxxxxxx.

I. SITUACIÓN PROCESAL

I.1 Antecedentes

El Proyecto de Ley 4994/2015-CR se presentó al Área de Trámite Documentario el 17

de noviembre del 2015 y se recibió en la Comisión Agraria el 26 de noviembre del 2015.

Conforme al Decreto de Oficialía Mayor se nos designa como única Comisión

dictaminadora.

El Proyecto de Ley 5075/2015-CR se presentó al Área de Trámite Documentario el 7

de diciembre del 2015 y se recibió en la Comisión Agraria el 11 de diciembre del 2015.

Conforme al Decreto de Oficialía Mayor se nos designa como única Comisión

dictaminadora.

Analizado y revisado los Proyectos de Ley 4994/2015-CR y 5075/2015-CR, la

Secretaría Técnica de la Comisión Agraria presentó en su oportunidad los

correspondientes informes técnicos de calificación de admisibilidad estableciendo que el

trámite es el establecido en el artículo 105 de la Constitución Política del Perú,

cumpliendo con los requisitos generales y específicos establecidos en los artículos 75,

COMISIÓN AGRARIA

PERÍODO ANUAL DE SESIONES 2015-2016

PRE DICTAMEN RECAÍDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 4994/2015-CR y 5075/2015-CR, CON TEXTO SUSTITUTORIO, QUE PROPONE LA “LEY QUE PRORROGA LA VIGENCIA DEL PROGRAMA DE COMPENSACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD”.

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76 y 77 del Reglamento del Congreso de la República, recomendando el estudio de las

iniciativas y que se soliciten las opiniones pertinentes.

I.2 Opiniones solicitadas

Conforme al informe técnico de admisibilidad la Comisión Agraria solicitó las siguientes

opiniones sobre los siguientes proyectos de ley:

Proyecto de Ley 4994/2015-CR:

Al señor Juan Manuel Benites Ramos, Ministro de Agricultura y Riego,

solicitado con Oficio N° 595-2015-2016/CA-CR del 26 de noviembre de 2015,

recibido el 01 de diciembre de 2015. Se ha recibido la opinión correspondiente.

Al señor Alonso Segura Vasi, Ministro de Economía y Finanzas, solicitado con

Oficio N° 594-2015-2016/CA-CR del 26 de noviembre de 2015, recibido el 01 de

diciembre de 2015. La Comisión reiteró el pedido de opinión con Oficio N° 754-

2015-2016/CA-CR el 4 de enero del 2016, recibido por el ministerio el 14 de enero

del 2016.

Al señor Julio Salazar Acosta, Jefe de AGROIDEAS, solicitado con Oficio N°

596-2015-2016/CA-CR del 26 de noviembre de 2015, recibido el 1 de diciembre

de 2015. Se ha recibido la opinión correspondiente.

Proyecto de Ley 5075/2015-CR:

Al señor Juan Manuel Benites Ramos, Ministro de Agricultura y Riego,

solicitado con Oficio N° 713-2015-2016/CA-CR, del 11 de diciembre de 2015,

recibido el 01 de diciembre de 2015, no se ha recibido la opinión correspondiente.

Al señor Alonso Segura Vasi, Ministro de Economía y Finanzas, solicitado con

Oficio N° 712-2015-2016/CA-CR, del 11 de diciembre de 2015, recibido el 17 de

diciembre de 2015.

I.3 Opiniones e información recibida

Se recibieron las siguientes opiniones1 e información sobre el Proyecto de Ley

4994/2015-CR, que propone la “Ley que prorroga la vigencia del programa de

Compensación para la Competitividad”.

1 El Proyecto de Ley 5075/2015-CR es un un proyecto idéntico al Poeyecto de Ley 4994/2015-CR; por lo tanto, para el análisis

respectivo en el presente dictamen, las opiniones recibidas se considerarán válidas para ambas iniciativas.

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Ministerio de Agricultura y Riego – Agroideas (Programa de Compensaciones

para la Competitividad)

Con fecha 16 de diciembre de 2015 la Comisión Agraria recibió el Oficio N° 1832-

2015-MINAGRI-DM, firmado por el señor Manuel Benites Ramos, ministro de

Agricultura y Riego, adjuntando:

a) El Informe N° 1398-2015-MINAGRI- OGAJ, suscrito por el señor Walter

Pedro Gutiérrez Gonzales, Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica;

el cual recoge la Opinión de la Dirección de Políticas Agrarias y de la Oficina

General de Asesoría Jurídica; concluyendo que la propuesta es viable, toda

vez que permite la intervención sostenida y directa con acciones que

promueven el cofinanciamiento de ideas de negocios sostenibles, dirigidos a

las organizaciones constituidas por pequeños y medianos productores agrarios

del país, promoviendo la asociatividad.

b) El Informe N° 0046-2015-MINAGRI-PCC/UPSE, suscrito por la señora Frida

Cárdenas Díaz, Jefa de la Unidad de Planificación, Seguimiento y Evaluación

de AGROIDEAS, emite opinión favorable al proyecto de ley en estudio.

Ministerio de Economía y Finanzas

Con fecha 2 de febrero del 2016, la Comisión Agraria recibió el oficio N° 152-2016-

EF/10.01, firmado por el señor Alonso Segura Vasi, ministro de Economía y

Finanzas, adjuntando el informe N° 019-2016-EF/50.7 firmado por el señor Rodolfo

Acuña Namihas Director General de la Dirección General de Presupuesto Público,

que concluye: “Corresponde al Ministerio de Agricultura y Riego definir la

asignación del presupuesto de la citada Unidad Ejecutora con cargo a su

presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro”.

Federación Nacional de Cafetaleros del Perú

Con fecha 10 de diciembre de 2015 la Comisión Agraria recibió la Carta N° 012-

2015-FNC-PERU, firmada por Isaac Porras Espinoza en su calidad de Presidente

de la Federación Nacional de Cafetaleros del Perú; en la cual expresan su apoyo a

la iniciativa legislativa e incluso solicitan se priorice en la agenda para su debate.

II. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS LEGISLATIVAS

Proyecto de Ley 4994/2015-CR, que propone la “Ley que prorroga la vigencia del

programa de Compensación para la Competitividad”.

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Esta propuesta legislativa propone la prórroga por tres años más el funcionamiento

del Programa de Compensaciones para la Competitividad - AGROIDEAS, con la

finalidad de beneficiar a los medianos y pequeños productores agrarios del país.

Proyecto de Ley 5075/2015-CR, que propone la “Ley que prorroga el plazo de

vigencia del programa de Compensación para la Competitividad”.

Esta iniciativa legislativa propone la prórroga por diez años del Programa de

Compensaciones para la Competitividad, con la finalidad de fortalecer y desarrollar

actividades económicas productivas de los medianos y pequeños productores agrarios

del país.

III. MARCO NORMATIVO

Constitución Política del Perú

Decreto Legislativo 1077, “Decreto Legislativo que crea El Programa de

Compensaciones para la Competitividad”.

Decreto Supremo 014-2009-AG, “Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1077 que

creó el Programa de Compensaciones para la Competitividad”.

LEY 30049, “Ley que prorroga el plazo de vigencia del Programa de

Compensaciones para la Competitividad”.

IV. ANALISIS DE LA PROPUESTA

La Comisión Agraria, para el análisis respectivo, ha utilizado como metodología el

método mayéutico o socrático, consistente en realizar preguntas sobre la conveniencia

de la propuesta legislativa. Por consiguiente, teniendo en cuenta que es una

acumulación de dos propuestas legislativas, siguiendo el método de análisis

establecido por la Comisión, se inicia el análisis formulándose las siguientes

interrogantes; i) ¿Cuál es el origen, objetivos, procedimiento y vigencia del

Programa de Compensaciones para la Competitividad?; ii) ¿Por qué ampliar el

plazo de vigencia del Programa de Compensaciones para la Competitividad y

qué requisitos se deben cumplir para la ampliación?

i) ¿Cuál es el origen, objetivos, procedimiento y vigencia del Programa de

Compensaciones para la Competitividad?

El programa en estudio tiene sus antecedentes, en el Acuerdo de Promoción

Comercial suscrito con Estados Unidos de Norte América y otros acuerdos de

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similar naturaleza. Para su implementación el Gobierno del presidente Alán García

Pérez solicitó al parlamento facultades para emitir decretos legislativos, en atención

a esta solicitud el parlamento emitió la Ley 29157, “Ley que delega en el Poder

Ejecutivo la facultad de legislar sobre diversas materias relacionadas con la

implementación del Acuerdo de Promoción Comercial Perú - Estados Unidos, y con

el apoyo a la competitividad económica para su aprovechamiento”.

Con el marco jurídico, referido en el párrafo anterior, el 28 de junio del 2008 se

emitió Decreto Legislativo Nº 1077 “Decreto Legislativo que crea El Programa de

Compensaciones para la Competitividad”; posteriormente se emitiría el reglamento

correspondiente. Como vemos el origen del programa está relacionado con

preparar a los agricultores peruanos para ser competitivos ante nuestra apertura a

los mercados internaciones en especial el norteamericano.

En cuanto a los objetivos del programa la Comisión resalta que son elevar la

competitividad de la producción agraria de los pequeños y medianos productores

del país, a través del fomento de la asociatividad, la gestión empresarial y la

adopción de tecnologías agropecuarias ambientalmente adecuadas. Para lograr

estos objetivos el programa implementa una estrategia de intervención a través del

cofinanciamiento no reembolsable de planes de negocios2 en tres líneas de apoyo

(incentivos):

a) Asociatividad, hasta 0.5 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Financia el

pago para la constitución de entes asociativos (gastos notariales, registrales,

otros).

b) Gestión Empresarial, hasta 12 UIT, y solo hasta por tres años, de forma

decreciente, cofinanciando el 70%, 50% y 30%, respectivamente por cada año.

Financia la remuneración de un gerente de la organización agraria para la

adecuada gestión de negocio.

c) Adopción de Tecnología, hasta 300 UIT, cofinanciando entre el 60% y 80% del

plan de negocios. Financia de manera parcial los costos de adopción de

tecnologías que contribuyan a reducir los costos y/o mejorar los sistemas de

producción y la productividad agraria, como medio para mejorar la articulación a

mercados:

Bienes: insumos para reconversión productiva (incluye abono orgánico),

insumos para la instalación y/o manejo de cultivos (incluye pastos) y manejo

de bosques, herramientas, equipos, maquinaria, vehículos para la

mecanización, vehículos mayores para acopio y/o distribución de la

producción de la organización agraria, infraestructura para dar valor

2 La estrategia de apoyo a productores a través de planes de negocios ha sido replicada por el MINAGRI en diversos proyectos de

inversión: i) Aliados I (BM) mostró resultado de hasta 20% de incremento en el valor de producción y de 24% en los ingresos (evaluación intermedia 2011), ii) Sierra Sur I (FIDA) hasta 54% de incremento en el valor de la producción y de hasta 79% en los ingresos (evaluación intermedia 2009), iii)INCAGRO: mediante planes de negocios de extensión obtuvo un ratio beneficio/costo de 1.9 en productos agrícolas y de 1.6 en pecuarios (Proyectos de I&D+i agraria, resultados en cifras, 2010).

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agregado a la producción: almacenamiento, empaque, procesamiento,

infraestructura y equipos para riego tecnificado.

Servicios para la producción y procesamiento: capacitación y asistencia

técnica, certificaciones; servicios para la comercialización, entre otros.

Es importante indicar que, mediante la intervención del programa, se contribuye a la

implementación del Lineamiento de Política Agraria 10 Acceso a mercados y

cadenas productivas (aprobado mediante Resolución Ministerial N° 709-2014-

MINAGRI), que busca fortalecer y ampliar el acceso de los productos de los

pequeños y los medianos agricultores a los mercados locales y nacionales, así

como a los mercados de exportación, mediante la promoción de la organización de

los productores con orientación hacia el mercado, facilitando la elaboración de

planes de negocios y la formalización de las organizaciones. Es decir, la operación

del programa es uno de los instrumentos claves para la ejecución de políticas

públicas agrarias de mediano plazo.

En cuanto al procedimiento de operación del programa; debemos señalar que

los productores acceden al programa en forma asociada, es decir, a través de una

organización de productores agrarios (OPA) con reconocimiento formal,

considerándose además que los incentivos son no excluyentes entre sí.

Para acceder a los beneficios del programa, la organización agraria debe acreditar

previamente su “elegibilidad”, y contar con una contrapartida monetaria (recursos

para cofinanciamiento) para hacer posible la implementación y ejecución de planes

de negocio viables (técnica, económica y ambiental). La acreditación de elegibilidad

tiene en cuenta las siguientes condiciones: a) tenencia y explotación del predio

agrario, b) capacidad potencial de la organización para generar excedentes y

operar un plan de negocios.

En cuanto a la vigencia del Programa, teniendo en cuenta que fue creado por el

Decreto Legislativo N° 1077, debió tener una vigencia de cinco (5) años, con la

posibilidad de ser prorrogados, mediante ley, a propuesta del Poder Ejecutivo,

previa evaluación conjunta por parte del Ministerio de Agricultura y del Ministerio de

Economía y Finanzas respecto al impacto del Programa, la generación de

inversiones y de empleo directo, así como el costo fiscal3. Sin embargo, no se

aplicó en estricto la norma, ya que la Ley N° 30049, “Ley que prorroga el plazo de

vigencia del programa de compensaciones para la competitividad”4, promulgada el

25 de junio del 2013; no fue iniciativa del Poder Ejecutivo, de acuerdo a los

antecedentes parlamentarios fue iniciativa de un congresista de la república, pero

se contó con el informe del ministerio competente favorable y remitida la autógrafa

3 Numeral 4.3 del artículo 4 Decreto Legislativo N° 1077: “La prórroga del plazo de vigencia se realizará previa evaluación conjunta por

parte del Ministerio de Agricultura y del Ministerio de Economía y Finanzas respecto al impacto del Programa, la generación de inversiones y de empleo directo, así como el costo fiscal”.

4 Se prorrogó el plazo de vigencia del Programa por tres años (hasta junio 2016).

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de la ley al Presidente de la República, este la promulgó en el plazo de ley, con lo

cual ratificó su conformidad con la iniciativa legislativa.

Ahora bien, con la última norma vigente, el Programa estaría vigente hasta junio del

2016, por lo que la preocupación congresal de dar continuación a un programa

exitoso es meritoria, máxime si como refiere en los informes recibidos el Programa

de Compensaciones para la Competitividad – AGROIDEAS, en el mes de agosto

del 2015, inició los trámites para prorrogar la vigencia del plazo del Programa, es

decir, con casi un año de anticipación, solicitando la evaluación correspondiente por

el Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), así como, del Ministerio de

Economía y Finanza. La Comisión ha tomado conocimiento que el MINAGRI ya

realizó su evaluación a través de las áreas técnicas que corresponden (Dirección

General de Seguimiento y Evaluación de Políticas y la Dirección de Políticas

Agrarias) concluyendo que existen avances y logros muy positivos a nivel nacional

y, como corresponde, ha trasladado al Ministerio de Economía y Finanzas la

solicitud de evaluación al Programa (Oficio N° 1748-2015-MINAGRI-SG, con

número de Expediente E-177786-2015). Cabe señalar que no se tiene

pronunciamiento a la fecha, como ha quedado demostrado tampoco ha respondido

a esta Comisión; por lo que la lentitud burocrática o la falta de voluntad política no

pueden paralizar a un programa exitoso de los pocos que cuenta el país.

ii) ¿Por qué ampliar el plazo de vigencia del Programa de Compensaciones para la

Competitividad?

Para entender la necesidad de ampliar el plazo debemos preguntarnos ¿si es un

programa exitoso? y si ¿ha cumplido, o no, con sus metas?. Como lo hemos referido

en el desarrollo de la interrogante anterior, la evaluación es realizada por el MINAGRI,

y luego pasa al ministerio de Economía y Finanzas, que a la fecha no ha emitido

pronunciamiento. Es menester resaltar que los usuarios resaltan es un programa

exitoso5.

Los parlamentarios autores de las propuestas legislativas, consideran que siendo un

programa exitoso, no se puede esperar a que el ejecutivo presente la propuesta de

prórroga de plazo de vigencia del programa6; más aún, si los tiempos están pronto a

vencerse y máxime, si como pasaremos a observar los informes de las direcciones

competentes del MINAGRI ratifican que ha cumplido con sus objetivos y tiene trabajo

pendiente a continuar ejecutando. La información de la evaluación realizada por el

MINAGRI es la siguiente:

a) Con respecto a los Planes de Negocios Aprobados

5 Carta N° 012-2015-FNC-PERU, del Presidente de la Federación Nacional de Cafetaleros del Perú. 6 Argumento que comparte la Comisión.

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Diremos que AGROIDEAS, a diciembre 2015, cuenta con un total de 791 planes de

negocios aprobados, los cuales implican una inversión total de S/. 325MM

aproximadamente. De dicho monto, el Programa asume S/. 235MM (como fondo no

reembolsable) para financiar adopción de tecnologías, gestión empresarial y

asociatividad agraria. El monto restante (S/. 90MM) lo aportan las organizaciones

beneficiadas (como contrapartida). Dichos planes de negocios vienen beneficiando a

un total de 694 organizaciones, las cuales están conformadas por 33mil productores

agropecuarios a nivel nacional, y cuentan con 279mil hectáreas y 252mil animales

(así se observa en el Mapa N° 1).

Mapa N° 1

Planes de Negocios aprobados (a diciembre 2015)

Fuente y elaboración: AGROIDEAS/UPSE

Nota: Durante el presente periodo Enero - Octubre de 2015, el Programa ha

alcanzado una cartera de 369 Informes Técnicos con Recomendación Favorable, los

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cuales serán aprobados por el Consejo Directivo (CD) una vez se alcance la

ampliación del Programa y se logré la disponibilidad presupuestal respectiva.

Cabe resaltar que en la sierra y selva se concentra la mayor cantidad de inversión

aprobada, ya que representan el 75% de la inversión a cofinanciar por el Programa

(ver Gráficos N° 1 y 2).

Gráfico N° 1

Inversión PCC por Región Natural

Gráfico N° 2

Beneficiarios por Región Natural

Fuente y elaboración: AGROIDEAS/UPSE

De la misma manera, 556 organizaciones beneficiarias (aproximadamente el 80% del total) se

encuentran localizas en dichas regiones, lo cual implica 27mil productores agropecuarios

(ver Cuadros N° 1 y 2).

Cuadro N° 1 Regiones Beneficiarias en la Selva

Fuente y elaboración: AGROIDEAS/UPSE

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Cuadro N° 2

Regiones Beneficiarias en la Sierra

Fuente y elaboración: AGROIDEAS/UPSE

Cuadro N° 3

Regiones Beneficiarias en la Costa

Fuente y elaboración: AGROIDEAS/UPSE

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De otro lado, los esfuerzos de AGROIDEAS vienen beneficiando a las poblaciones

que se encuentran en los quintiles de pobreza 1 y 2, los cuales de acuerdo a

FONCODES7 son considerados los más pobres.

De la inversión aprobada, S/. 195MM va dirigida a dichos grupos (ver Gráfico N° 3 y

Cuadro N° 4).

Gráfico N° 3

Inversión PCC por Quintiles

Cuadro N° 4

Beneficiarios por Quintiles

Quintiles Org. Productores Inv Total Inv PCC Inv Org

1 259 11,362 102.27 75.98 26.29

2 325 15,550 168.21 119.47 48.74

3 70 5,385 38.67 26.84 11.83

4 20 491 9.31 6.93 2.37

5 20 459 6.92 5.35 1.57

TOTAL 694 33,247 325.37 234.57 90.80

Fuente y elaboración: AGROIDEAS/UPSE

b) Con Ejecución de Transferencias

AGROIDEAS, al mes de octubre de 2015, ya ha transferido S/. 124.5MM

aproximadamente, como concepto de fondos no reembolsables. Cabe precisar que

para hacer efectivo dichos desembolsos, las organizaciones previamente aportaron

su contrapartida al Programa. Es decir, acreditaron los recursos correspondientes

para las actividades programadas (ver Cuadro N° 5).

Cuadro N° 5

Transferencias por Año

2011 2012 2013 2014 2015 ACUM

Nº PN 18 86 173 240 355 512

Nº Prod. 2,189 8,535 12,244 12,547 18,346 27,254

Nº Has. 16,484 38,365 55,756 74,347 153,212 202,635

Nº Anim. 13,339 18,432 46,946 80,631 126,051 178,449

Total 3,798,620.2 18,635,224.7 27,086,770.6 32,146,744.6 42,833,668.26 124,501,028.3

AGROIDEAS 3,798,620.2 18,635,224.7 27,086,770.6 32,146,744.6 42,833,668.3 124,501,028.3

Concepto

Beneficiarios

Transferencias

(S/.)

Fuente y elaboración: AGROIDEAS/UPSE

7 Mapa de Pobreza 2006 - FONCODES

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c) La proyección al 2016-2018

En el año 2015 se aprobaron 420 planes de negocios. De éstos, ya se tienen 369

con Informe Técnico con Recomendación Favorable listos para su presentación y

aprobación - de lograrse la prórroga y disponibilidad presupuestal - al Consejo

Directivo; estos 420 planes de negocios implicarán una inversión de S/.198MM

aproximadamente, de los cuales AGROIDEAS cofinanciará S/. 145MM, que se

comenzarán a ejecutar de la siguiente manera: S/.101MM en el año 2016,

S/.29MM en el año 2017 y S/.15MM en el año 2018.

En el periodo 2016 se proyecta aprobar un mínimo de 275 planes de negocios,

por un monto de inversión de 130MM aproximadamente, de los cuales

AGROIDEAS cofinanciará S/. 104MM, de acuerdo al siguiente detalle: S/.72MM

en el año 2016, S/.21MM en el año 2017 y S/.11MM en el año 2018 (ver Cuadro

N° 6).

Cuadro N° 6

UE. PROGRAMA DE COMPENSACIONES PARA LA COMPETITIVIDAD

EJECUCIÓN Y PROYECCIÓN EN PLANES DE NEGOCIOS

(En Millones de Nuevos Soles)

AÑOPLANES

APROBADOS

INV

TOTAL

INV

AGROIDEAS

INV

ORG2015 2016 2017 2018

2010-2014 791 325.4 234.6 90.8 58.5 69.0 24.0

2015 420 198.0 145.0 53.0 101.0 29.0 15.0

2016 275 130.0 104.0 26.0 72.0 21.0 11.0

58.5 242.0 74.0 26.0

Transferencias Programadas

TOTAL

Fuente y elaboración: AGROIDEAS/UPSE

Nota: Para proyectar la ejecución de los planes de negocios a aprobarse, se ha tomado en cuenta el ritmo de ejecución

de los planes de negocios en curso. Es decir, 70% el primer año, el 20% el segundo y 10% al tercer año.

Por lo tanto, teniendo en cuenta el informe expuesto, la Comisión considera que

resulta viable atender la propuesta legislativa de ampliar el plazo de vigencia del

Programa de Compensaciones para la Competitividad – AGROIDEAS por tres años

más; si bien es cierto que, no es una propuesta del ejecutivo como disponía el Decreto

Legislativo de creación, existe el precedente de ampliación mediante una ley, cuyo

origen es de iniciativa de congresal8, la cual fue promulgada por el Presidente de la

República9; con lo cual, el ejecutivo mostró su conformidad con la ampliación de

plazo.; por lo que la Comisión considera que si bien en esta igual oportunidad no es

8 Proyecto de Ley 2317/2012-CR Ley que prorroga el plazo de vigencia del Programa de Compensación para la Competitividad,

presentado multipartidariamente. 9 No ejerció su derecho a veto.

COMISIÓN AGRARIA

PERÍODO ANUAL DE SESIONES 2015-2016

PRE DICTAMEN RECAÍDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 4994/2015-CR y 5075/2015-CR, CON TEXTO SUSTITUTORIO, QUE PROPONE LA “LEY QUE PRORROGA LA VIGENCIA DEL PROGRAMA DE COMPENSACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD”.

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iniciativa del ejecutivo, este a través de su sector competente MINAGRI, ha expresado

detalladamente su conformidad.

V. ANÁLISIS COSTO BENEFICIO

Para analizar el costo beneficio de la presente iniciativa legislativa, debemos ser

conscientes que al prorrogarse, por el plazo de tres (3) años, el funcionamiento del

Programa de Compensaciones para la Competitividad, significa que debe programarse

su presupuesto en las próximas leyes de presupuesto; pero no debemos olvidar que en

el presupuesto para el año fiscal 201610 es de S/ 35 millones, por lo que requerirá de

una demanda adicional para cumplir con proyección programada para todo el 201611.

Cabe resaltar que el Ministerio de Agricultura y Riego considera que con la finalidad de

viabilizar la propuesta está dispuesto que la prorroga se financie con cargo a su

presupuesto institucional12.

La Comisión, continuando en su análisis, considera que el programa es exitoso,

mostrando resultados positivos a nivel de indicadores de impacto y resultados (mejoras

en productividad y de incremento de volúmenes de ventas observados en campo), de

procesos (solicitudes elegibles y aprobadas) y de desempeño (ratio asociado a gastos

operativos, ejecución presupuestal), además de ir incorporando mejoras a nivel de los

procesos que conduce el programa, posibilitando un servicio más eficiente.

A tenor de lo expuesto y los cuadros presentados en la parte analítica del dictamen, la

Comisión considera que es mayor el beneficio de la presente iniciativa legislativa y

constituye una experiencia exitosa que debe continuar y no se puede dejar extinguir por

falta de un proyecto de ley del ejecutivo, que podría deberse más a lentitud burocrática

que a la voluntad política; como ya ha quedado demostrado en la ley que prorrogó el

plazo.

VI. CONCLUSION

Por lo expuesto, la Comisión Agraria recomienda, de conformidad con lo establecido en

el literal b) del artículo 70º del Reglamento del Congreso de la República, la aprobación

con texto sustitutorio del dictamen recaído en los Proyectos de Ley 4994/2015-CR y

5075/2015-CR.

El Congreso de la República.

Ha dado la Ley Siguiente:

10 Se programó teniendo en cuenta que el programa fenece en junio del 2016. 11 Se espera ejecutar el monto de S/ 217 millones, por lo tanto la demanda adicional sería de S/182 millones. 12 Página 24 MINAGRI-PCC.

COMISIÓN AGRARIA

PERÍODO ANUAL DE SESIONES 2015-2016

PRE DICTAMEN RECAÍDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 4994/2015-CR y 5075/2015-CR, CON TEXTO SUSTITUTORIO, QUE PROPONE LA “LEY QUE PRORROGA LA VIGENCIA DEL PROGRAMA DE COMPENSACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD”.

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FÓRMULA LEGAL CON TEXTO SUSTITUTORIO

LEY QUE EXTIENDE EL PLAZO DE VIGENCIA DEL PROGRAMA DE

COMPENSACIONES PARA LA COMPETITIVIDAD, PRORROGADO POR LA LEY

30049

Artículo 1. Extensión del plazo de vigencia del Programa de Compensaciones para

la Competitividad

Extiéndase por tres años más el plazo de vigencia del Programa de Compensaciones

para la Competitividad, prorrogado por la Ley 30049, Ley que prorroga el plazo de

vigencia del Programa de Compensaciones para la Competitividad, que fue creado por el

Decreto Legislativo 1077, Decreto Legislativo que crea el Programa de Compensaciones

para la Competitividad, con el objeto de beneficiarse a los medianos y pequeños

productores agrarios de todo el país que desarrollan sus actividades en unidades

productivas sostenible.

Artículo 2. Financiamiento del Programa

Las acciones que demande la ejecución de lo dispuesto en la Ley, para el presente

ejercicio presupuestal, se financian con cargo al presupuesto institucional del Ministerio

de Agricultura y Riego sin demandar recursos adicionales al tesoro público.

Dese cuenta

Sala de sesiones

Lima, marzo del 2016