Precautoria Cindy

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EN LO PRINCIPAL: Solicita se decrete la medida precautoria que expresa PRIMER OTROSI; Solicita se lleve a efecto desde luego. SEGUNDO OTROSI: Solicita cuaderno separado. S.J.L de Policía Local de Estació Cet!al "#$% L&is Nicol's Ro(as )&eo* apoderado en estos autos, caratulados +Sa Ma!tí co D&!',* so-!e da os e c/o0&e* causa Rol N 123.#3#4PR435#6* a SS. respetuosamente digo: He tenido conocimiento y así queda demostrado en las distintas citaciones que este tribunal ha emanado, a n de que compare!ca personalmente don "orge #duardo $ur%n &e'ías, para que rinda declaraci(n indagatoria en autos, respecto a los hechos acaecidos con fecha )* de Noviembre del + )-, en el cual, "orge #duardo $ur%n &e'ías, se comprometi( a solventarlos gastos en que incurriere por la reparaci(n de mi vehículo.$ada la no comparecencia en dos oportunidades del denunciado de autos al tribunal, y habi ndose despachado orden de arresto, a n de que compare!ca a practicar la declaraci(nindagatoria, de'a absolutamente de maniesto que el querelladode autos, pretende evadir las acciones encaminadas a obtener el resarcimiento de los per'uicios patrimoniales efectuados por su persona, como consecuencia de una conducci(n negligente y descuidada, en mi vehículo /ueda demostrado entonces, que el querellado de autos, hace caso omiso de las citaciones decretadas por su SS. a n de qu compare!ca al tribunal. #sta situaci(n, obviamente produce una inseguridad respecto al resultado de la acci(n y eventual pago de las indemni!aciones como consecuencia de la conducta antirreglamentaria del querellado en autos. #n virtudde ello, es que solicito a SS. tenga a bien decretar la medida precautoria del N0 1 del art. +2 del 3(digo de 4rocedimiento 3ivil5 esto es, la de prohibici(n de gravar y ena'enar bienes determinados, haci ndose efectiva sobre el 7e/íc&lo ti8o AUTOMO9IL* a!ca : CITROEN* odelo IARA PICASSO <DI #.=* COLOR: GRIS >ER P.P.U. :)>?@4# * ABO:355 * isc!ito a o -!e de do JORGE EDUARDO DUR N MEJ AS.4 POR TANTO;y de acuerdo a lo dispuesto en los arts. +2 , +26, y +27 del 3(digo de 4rocedimiento 3ivil,

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Escritos, policia local.

Transcript of Precautoria Cindy

EN LO PRINCIPAL: Solicita se decrete la medida precautoria que expresa PRIMER OTROSI; Solicita se lleve a efecto desde luego. SEGUNDO OTROSI: Solicita cuaderno separado.

S.J.L de Polica Local de Estacin Central (1)

Luis Nicols Rojas Bueno, apoderado en estos autos, caratulados San Martn con Durn, sobre daos en choque, causa Rol N52.121-PR-2013, a SS. respetuosamente digo:

He tenido conocimiento y as queda demostrado en las distintas citaciones que este tribunal ha emanado, a fin de que comparezca personalmente don Jorge Eduardo Durn Mejas, para que rinda declaracin indagatoria en autos, respecto a los hechos acaecidos con fecha 15 de Noviembre del 2013, en el cual, Jorge Eduardo Durn Mejas, se comprometi a solventar los gastos en que incurriere por la reparacin de mi vehculo. Dada la no comparecencia en dos oportunidades del denunciado de autos al tribunal, y habindose despachado orden de arresto, a fin de que comparezca a practicar la declaracin indagatoria, deja absolutamente de manifiesto que el querellado de autos, pretende evadir las acciones encaminadas a obtener el resarcimiento de los perjuicios patrimoniales efectuados por su persona, como consecuencia de una conduccin negligente y descuidada, en mi vehculo

Queda demostrado entonces, que el querellado de autos, hace caso omiso de las citaciones decretadas por su SS. a fin de que comparezca al tribunal. Esta situacin, obviamente produce una inseguridad respecto al resultado de la accin y eventual pago de las indemnizaciones como consecuencia de la conducta antirreglamentaria del querellado en autos.

En virtud de ello, es que solicito a SS. tenga a bien decretar la medida precautoria del N 4 del art. 290 del Cdigo de Procedimiento Civil; esto es, la de prohibicin de gravar y enajenar bienes determinados, hacindose efectiva sobre el vehculo tipo AUTOMOVIL, marca : CITROEN, modelo XIARA PICASSO HDI 1.6, COLOR: GRIS FER P.P.U. :BFKW-19, AO:2008, inscrito a nombre de don JORGE EDUARDO DURN MEJAS.-

POR TANTO; y de acuerdo a lo dispuesto en los arts. 290, 296, y 298 del Cdigo de Procedimiento Civil,

Solicito a SS. Tenga a bien decretar la medida precautoria de prohibicin de gravar y enajenar el vehculo individualizado, a fin asegurar el ejercicio de las acciones que emanan de la ley 18.287, como consecuencia de las infracciones por parte del denunciado al DFL 1 2009 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que ordena, coordina y sistematiza la Ley de Trnsito y en definitiva ordenar su inscripcin en el registro que a tal efecto lleva el Registro Nacional de Vehculos Motorizados dependiente del Servicio de Registro Civil e identificacin respectivo.

PRIMER OTROSI: En mrito de las razones expuestas precedentemente, ruego a SS. de acuerdo con lo dispuesto en el inciso 2 del art. 302 del Cdigo de Procedimiento Civil, ordenar que la medida precautoria solicitada se lleve a efecto desde luego, sin previa notificacin del demandado.

SEGUNDO OTROSI: Solicito se forme cuaderno separado para la medida precautoria solicitada.