Preguntas - Mercantil.docx

6
¿QUÉ ES UNA COOPERATIVA? Son asociaciones abiertas y flexibles, de hecho y derecho cooperativo, de la Economía Social y Participativa, autónomas, de personas que se unen mediante un proceso y acuerdo voluntario, para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes, para generar bienestar integral, colectivo y personal, por medio de procesos y empresas de propiedad colectiva, gestionadas y controladas democráticamente. (LEAC Art. 2) ¿CUÁL ES LA FINALIDAD DE LA COOPERATIVA? La finalidad de las cooperativas es el interés social y beneficio colectivo, sin privilegios para ninguno de sus miembros. ¿CUÁLES SON LOS VALORES COOPERATIVOS? Artículo 3°. Las cooperativas se basan en los valores de ayuda mutua, esfuerzo propio, responsabilidad, democracia, igualdad, equidad y solidaridad. Sus miembros promueven los valores éticos de honestidad, transparencia, responsabilidad social y compromisos por los demás. ¿Cuáles son los principios que las rigen? Se rigen por una serie de principios que le determinan su carácter y esencia fundamental estos principios son: esfuerzo propio, ayuda mutua, neutralidad política y religiosa libre de acceso y acción voluntaria control democrático, educación cooperativas, interés limitado de capital, reparto equitativo de excedente e integración cooperativa. ¿CÓMO SE CONSTITUYE UNA COOPERATIVA? Mediante un acto formal realizado en una reunión de los asociados fundadores, en la que se aprobará el acta constitutiva y los estatutos sociales, se suscribirán aportaciones y se elegirán los integrantes de las instancias organizativas previstas en dicho estatutos. ¿QUÉ ES UNA COOPERATIVA LEGALMENTE CONSTITUIDA Y CON PERSONALIDAD JURÍDICA O COMO SE MATERIALIZA? Es la cooperativa que protocolariza ante el registro subalterno judicial del domicilio donde desarrolla o desarrollará su actividad productiva la cooperativa, los estatutos, el acta constitutiva y el resto de requisitos exigidos, sin que tuviere observaciones de carácter legal, o una vez corregidas, y sean registrados, se considerará legalmente constituida y con personalidad jurídica. ¿Qué Debe Hacer Una Vez Protocolizado Ante El Registro? Constituida la cooperativa deberá enviar a la Superintendencia Nacional de Cooperativas dentro de los quince (15) días siguientes al registro, una copia simple del acta constitutiva y del estatuto, a los efectos del control correspondiente. ¿QUIÉNES LA INTEGRAN? La pueden conformar y funcionar con un mínimo de cinco asociados ¿EN SE BASA LA COOPERATIVA? La cooperativa se basa en el modelo de producción de empresa privada,

Transcript of Preguntas - Mercantil.docx

QU ES UNA COOPERATIVA?

Son asociaciones abiertas y flexibles, de hecho y derecho cooperativo, de la Economa Social y Participativa, autnomas, de personas que se unen mediante un proceso y acuerdo voluntario, para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones econmicas, sociales y culturales comunes, para generar bienestar integral, colectivo y personal, por medio de procesos y empresas de propiedad colectiva, gestionadas y controladas democrticamente. (LEAC Art. 2)

CUL ES LA FINALIDAD DE LA COOPERATIVA?

La finalidad de las cooperativas es el inters social y beneficio colectivo, sin privilegios para ninguno de sus miembros.

CULES SON LOS VALORES COOPERATIVOS?

Artculo 3. Las cooperativas se basan en los valores de ayuda mutua, esfuerzo propio, responsabilidad, democracia, igualdad, equidad y solidaridad. Sus miembros promueven los valores ticos de honestidad, transparencia, responsabilidad social y compromisos por los dems.

Cules son los principios que las rigen?

Se rigen por una serie de principios que le determinan su carcter y esencia fundamental estos principios son: esfuerzo propio, ayuda mutua, neutralidad poltica y religiosa libre de acceso y accin voluntaria control democrtico, educacin cooperativas, inters limitado de capital, reparto equitativo de excedente e integracin cooperativa.

CMO SE CONSTITUYE UNA COOPERATIVA?

Mediante un acto formal realizado en una reunin de los asociados fundadores, en la que se aprobar el acta constitutiva y los estatutos sociales, se suscribirn aportaciones y se elegirn los integrantes de las instancias organizativas previstas en dicho estatutos.

QU ES UNA COOPERATIVA LEGALMENTE CONSTITUIDA Y CON PERSONALIDAD JURDICA O COMO SE MATERIALIZA?

Es la cooperativa que protocolariza ante el registro subalterno judicial del domicilio donde desarrolla o desarrollar su actividad productiva la cooperativa, los estatutos, el acta constitutiva y el resto de requisitos exigidos, sin que tuviere observaciones de carcter legal, o una vez corregidas, y sean registrados, se considerar legalmente constituida y con personalidad jurdica.

Qu Debe Hacer Una Vez Protocolizado Ante El Registro?

Constituida la cooperativa deber enviar a la Superintendencia Nacional de Cooperativas dentro de los quince (15) das siguientes al registro, una copia simple del acta constitutiva y del estatuto, a los efectos del control correspondiente.

QUINES LA INTEGRAN?

La pueden conformar y funcionar con un mnimo de cinco asociados

EN SE BASA LA COOPERATIVA?

La cooperativa se basa en el modelo de produccin de empresa privada, tomndola como ncleo del quehacer econmico aunque como modelo de sociedad mercantil presenta algunas particularidades en su estructura.

CUL ES SU ESTRUCTURA?

La estructura interna de las cooperativas es flexible, debe adaptarse a las necesidades propias de su actividad y a los valores sociales y culturales de sus asociados. Ellas mismas deciden su forma de organizarse atendiendo a diversos criterios, pero siempre teniendo como norte la participacin y responsabilidad colectivas.

Cmo est Estructurada Una Cooperativa?

Una cooperativa est conformada por; la Asamblea, el Consejo de Administracin o Directiva, el Consejo de Vigilancia o Comisin de Contralora y los Comit, entre estos el ms importante y obligatorio, el Comit de Educacin.

Que Deben Contemplar Las Cooperativas Para Su Coordinacin?

Debern contemplar en sus estatutos para su coordinacin asambleas o reuniones generales de asociados, as como tambin contar con cargos que sern ocupados por los asociados para la coordinacin de los procesos administrativos, de evaluacin, control, educacin y las que se consideren necesarias.

CMO SE RIGEN LAS COOPERATIVAS?

Las cooperativas y sus formas de coordinacin, asociacin e integracin se regirn por la Constitucin, la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas y su Reglamento, por sus estatutos, reglamentos y disposiciones internas y en general, por el Derecho Cooperativo. Supletoriamente se aplicar el derecho comn, en cuanto sea compatible con su naturaleza y principios y en ltima instancia, los principios generales del derecho. (Artculo 8. LEAC).

QU TIPOS DE COOPERATIVAS EXISTEN EN VENEZUELA?

En nuestro pas pueden organizarse cooperativas para todas las actividades econmicas de acuerdo a las siguientes finalidades:

Las que tienen por objeto la produccin de bienes y servicios

Las que tienen por objeto la obtencin de bienes y servicios

Las Mixtas, que combinan actividades de produccin y obtencin.

QU ES UNA ASOCIACIN? (STRICTU SENSU)

Son personas jurdicas capaces de obligaciones (CC. Art. 19) y derechos conformada por personas o colectivos, que se organizan con un inters comn, donde se establecen beneficios colectivos de manera autnoma sin depender directamente del estado ni de las agrupaciones polticas del poder constituido, son bsicamente de participacin democrtica y sin fines de lucro.

QU SON SOCIEDADES?

Las sociedades en el mbito jurdico y econmico, son agrupacin de personas que se obligan en comn acuerdo, a hacer aportes que pueden ser en especie, dinero o industria, para la realizacin de actividades privadas, generalmente comerciales, con el nimo de repartir entre s las ganancias.

Las compaas o sociedades de comercio son aquellas que tienen por objeto uno o ms actos de comercio.

QU SON SOCIEDADES MERCANTILES?

Son aquellas que tienen por objeto uno o ms actos de comercio, Son asociacin de personas que crean un fondo patrimonial comn para colaborar en la explotacin de una empresa, con nimo de obtener un beneficio individual participando en el reparto de las ganancias que se logren.

QU NORMAS LA RIGEN?

CRBV. Art. 308

Cdigo de Comercio (C. de C) Art. 200.

QU SON SOCIEDADES COLECTIVAS?

La compaa en nombre colectivo, en la cual las obligaciones sociales estn garantizadas por la responsabilidad limitada y solidaria de todos los socios. (C de C. Art. 201).

QU SON SOCIEDADES ANNIMAS?

Las sociedades annimas son siempre carcter mercantil, en la cual las obligaciones sociales estn garantizadas por un capital determinado y en la que los socios no estn obligados sino por el monto de su accin. (C. de Co. Art. 201)

La compaa annima es administrada por uno o ms administradores temporales, revocables, socios o no socios. (C. de Co. Art. 242.)

QU SON SOCIEDADES EN COMANDITA?

La compaa en comandita, en la cual las obligaciones sociales estn garantizadas por la responsabilidad ilimitada y solidaria de uno o ms socios, llamados socios solidarios o comanditantes, y por la responsabilidad limitada a una suma determinada de uno o ms socios, llamados comanditarios. El capital de los comanditarios puede estar dividido en acciones. (C. de Co. Art. 201)

El comanditario cuyo nombre quede incluido en la razn social es responsable de todas las obligaciones de la compaa como socio solidario.

La razn social de la compaa debe necesariamente ser el nombre de uno o varios de los socios solidariamente responsables, a menos que sea el de una compaa sucesora de otra y se presente con tal carcter.

Los socios comanditarios slo responden por los actos de la sociedad con el capital que pusieron o debieron poner en ella. (C. de Co. Art. 237)

QU SON COMPAA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA?

Son compaa de carcter mercantil, en la cual las obligaciones sociales estn garantizadas por un capital determinado, dividido en cuotas de participacin, las cuales no podrn estar representadas en ningn caso por acciones o ttulos negociables. (C. de Co. Art. 201)

La compaa annima y la compaa de responsabilidad limitada giran o se designan bajo una denominacin social a diferencia de lo que ocurre con las sociedades en nombre colectivo y en comandita que giran bajo una razn social. (C. de Co. Art. 202.)

En la compaa de responsabilidad limitada en lo referente a las deudas sociales, la responsabilidad de los socios, se limitar al monto de sus respectivos aportes establecidos en el contrato social. (C. de Co. Art. 312.)

Qu Son Sociedades Con Nombre Propio?

Su estructura

QU SON POLTICAS PBLICAS?

Son un conjunto de acciones y decisiones encaminadas a solucionar problemas propios de las comunidades.

QUIEN PARTICIPA EN EL DISEO E IMPLEMENTACIN DE LA POLTICAS PBLICAS?

En el diseo e implementacin de las polticas pblicas pueden intervenir conjuntamente la sociedad civil, las entidades privadas y las instancias gubernamentales en sus distintos niveles.

QU PROBLEMAS INTENTAN SOLUCIONAR LAS POLTICAS PBLICAS?

Las polticas pblicas intentan solucionar problemas de diferentes tipos: econmicos, sociales, de infraestructura, ambientales, entre otros.

QU OTROS PROBLEMAS INTENTAN SOLUCIONAR LAS POLTICAS PBLICAS?

Prestar especial atencin a las polticas sociales que se ocupan de los problemas sociales de una poblacin particular: las mujeres y los hombres afrodescendientes.

QU ES EL ACTA CONSTITUTIVA?

Es el documento que recoge lo acontecido en la primera asamblea formal de la cooperativa o acto de constitucin.

QU SON ESTATUTOS?

Son un documento en donde estn establecidas las normas que rigen las relaciones de los asociados de cualquier empresa o asociacin, y la relacin entre los asociados. Estas normas no deben contradecir la Ley y Reglamentos que las sustenten y deben estar legalmente registrados.

EXISTEN ESTAS FIGURAS JURDICAS EN LA CRBV Y EL CDIGO CIVIL?

Base Constitucional:

Artculos: 3, 11 y 15.

Artculos: 112 al 118

Artculos: 229 al 210

Y en especial el 308.

En el Cdigo Civil:

El artculo 19 establece quienes son personas jurdicas.

PUEDE UN MENOR REALIZAR ACTOS DE COMERCIO?

El menor emancipado, de uno u otro sexo, puede ejercer el comercio y ejecutar eventualmente actos de comercio, siempre que para ello fuere autorizado por su curador, con la aprobacin del Juez de Primera Instancia en lo Civil de su domicilio, cuando el curador no fuere el padre o la madre.

El Juez no acordar la aprobacin sino despus de tomar por escrito y bajo juramento los informes que creyere o sobre la buena conducta y discrecin del menor.

El menor, aunque tenga autorizacin general para comerciar, la necesita especial para asociarse en nombre colectivo. La autorizacin se le acordar en los trminos prescritos en el artculo 11 de este Cdigo. (C de C. Artculo 11)

La autorizacin del curador y el auto de aprobacin se registrarn previamente en la Oficina de Registro del domicilio del menor, se registrarn en el Registro de Comercio y se fijarn por seis meses en la Sala de Audiencias del Tribunal.

QUE SON EMPRESA DE PEQUEA Y MEDIANA INDUSTRIA?

Pequea y Mediana Industria: Toda unidad organizada jurdicamente con la finalidad de desarrollar un modelo econmico productivo mediante actividades de transformacin de materias prima en insumos, en bienes industriales elaborados o semielaborados, dirigidas a satisfacer las necesidades de la comunidad. (LPDPMIUPS. Art. 5)

Ley Para La Promocin Y Desarrollo De La Pequea Y Mediana Industria Y Unidades De Propiedad Social.

Para Que Puedan Funcionar Como Pequea Industria Hasta Cuantas Unidades Tributarias Deben Tener?

Pequea Industria: A aqullas que tengan una nmina promedio anual de hasta cincuenta (50) trabajadores y con una facturacin anual de hasta cien mil Unidades Tributarias (100.000 UT). (LPDPMIUPS. Art. 5)

Para Que Puedan Funcionar Como Mediana Industria Hasta Cuantas Unidades Tributarias Deben Tener?

Mediana Industria: A aqullas que tengan una nmina promedio anual de hasta cien (100) trabajadores y con una facturacin anual de hasta doscientas cincuenta mil Unidades Tributarias (250.000 UT). Tanto en la Pequea como en la Mediana Industria ambos parmetros son concurrentes. (LPDPMIUPS. Art. 5)

QU ES UN COMUNERO?

Es una persona fsica titular de derechos civiles quien posee cosas comunes con otros individuos o propietarios. El concurso de los comuneros, tanto en las ventajas como en las cargas de la comunidad, ser proporcional a las respectivas cuotas, y contribuirn con su porcin a los gastos necesarios para la conservacin de la cosa comn. (CC. Ttulo IV. De la Comunidad).

QU ES EL CDIGO DE COMERCIO?

Es un cdigo que rige las obligaciones de los comerciantes en sus operaciones mercantiles y los actos de comercio, aunque sean ejecutados por no comerciantes. (C. de C. Art. 1)

QU ES EL CDIGO CIVIL?

Es el fundamento legal que regula la materia civil venezolana

QU ES LA PROPIEDAD?

La propiedad es un derecho real, ya que es el derecho absoluto que se fundamenta en el poder que tiene una persona sobre una cosa,

QU ES EL DERECHO A LA PROPIEDAD?

En Derecho, la propiedad es el poder directo e inmediato sobre un objeto o bien, por la que se atribuye a su titular la capacidad de disponer del mismo, sin ms limitaciones que las que imponga la ley.

QU ES SON MODELOS DE DESARROLLO?

Es un esquema a seguir a fin de promover el progreso de un pueblo, es un marco de referencia para los encargados de elaborar las polticas pblicas de un pas.

Este modelo tiene su base constitucional en el Artculo 3:

El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, la construccin de una sociedad justa y amante de la paz, la promocin de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garanta del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta constitucin.

La educacin y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.