Prescripción de multas del tránsito - copia

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Prescripción de multas del tránsito En este artículo trataremos la prescripción de las multas cuyo origen es la infracción a la ley del tránsito y deudas generadas por no pagar los permisos de circulación. Si tienes alguna multa por infracción a la ley d tránsito, o no has pagado los permisos de circulación, sea por que fuiste noticado o te enteraste cuando concurriste a obtener tu permiso de circulación, este artículo puede ser de utilidad si reúnes los requisitos para alegar la prescripción. ¿Qué es la prescripción? La prescripción legalmente, es una forma de adquirir el dominio de los bienes o derechos o de e tinguir acciones y derechos a!enos, por no haberse e!ercido estos derechos y acciones durante cierto lapso tiempo. "odríamos decir que la prescripción cumple una función de seguridad !urídica, que impide que determinada situación!urídica continúe surtiendo sus efectos en el tiempo. La prescripción de las multas del tránsito de esta forma, #endría siendo la e tinción de la acción que tiene el acreedor para cobrarlas. ¿Cómo hago valer la prescripción? La prescripción no es declarada sino a petición de parte, por lo que siempre debe ser alegada en !uicio. En la práctica la prescripción se alega a tra#$s de un escrito que se presenta al %ribunal de "olicía local personalmente o patrocinado por un abogado habilitado para el e!ercicio de la profesión. ¿Qué leyes contemplan la prescripción en lo que refere a inracciones a la ley del tránsito? Son tres leyes las que abordaremos, la primera es la ley &'.()&, sobre organi*ación y atribuciones de los +u*gados de "olicía Local, la segunda es la ley - & .( / , que establece el procedimiento ante los +u*gados d "olicía Local, y por último la ley - & .(01 , tambi$n denominada ley del tránsito. PR !CR"PC"#$ $ %& % ' $( )*+,-)+ La Ley - &'.()&, en su artículo '2 dispone lo siguiente3

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Escritos, policia local.

Transcript of Prescripción de multas del tránsito - copia

Prescripcin de multas del trnsito

En este artculo trataremos la prescripcin de las multas cuyo origen es la infraccin a la ley del trnsito y deudas generadas por no pagar los permisos de circulacin. Si tienes alguna multa por infraccin a la ley del trnsito, o no has pagado los permisos de circulacin, sea por que fuiste notificado o te enteraste cuando concurriste a obtener tu permiso de circulacin, este artculo puede ser de utilidad si renes los requisitos para alegar la prescripcin.Qu es la prescripcin?La prescripcin legalmente, es una forma de adquirir el dominio de los bienes o derechos o de extinguir acciones y derechos ajenos, por no haberse ejercido estos derechos y acciones durante cierto lapso de tiempo.Podramos decir que la prescripcin cumple una funcin de seguridad jurdica, que impide que determinada situacin jurdica contine surtiendo sus efectos en el tiempo.La prescripcin de las multas del trnsito de esta forma, vendra siendo la extincin de la accin que tiene el acreedor para cobrarlas.Cmo hago valer la prescripcin?La prescripcin no es declarada sino a peticin de parte, por lo que siempre debe ser alegada en juicio. En la prctica la prescripcin se alega a travs de un escrito que se presenta al Tribunal de Polica local personalmente o patrocinado por un abogado habilitado para el ejercicio de la profesin.Qu leyes contemplan la prescripcin en lo que refiere a infracciones a la ley del trnsito?Son tres leyes las que abordaremos, la primera es la ley15.231, sobre organizacin y atribuciones de los Juzgados de Polica Local, la segunda es la ley N18.287, que establece el procedimiento ante los Juzgados de Polica Local, y por ltimo la ley N18.290, tambin denominada ley del trnsito.PRESCRIPCION EN LA LEY N 15.231.La Ley N 15.231, en su artculo 54 dispone lo siguiente:Las sanciones impuestas por infracciones o contravenciones prescribirn en el trmino de un ao, contado desde que hubiere quedado a firme la sentencia condenatoria.Prescribirn en el plazo de seis meses, contados desde la fecha de la infraccin, las acciones persecutorias de la responsabilidad por contravenciones.La prescripcin de la accin se interrumpe por el hecho de deducirse la demanda, denuncia o querella ante el Tribunal correspondiente, pero si se paralizare por ms de un ao, continuar corriendo el plazo respectivo.De acuerdo a esta normativa, las multas (sanciones impuestas) cursadas por infracciones o contravenciones a la ley del Trnsito, prescriben en el trmino deun aocontado desde que hubiere quedado afirme la sentenciacondenatoria.Que la sentencia se encuentre firme, significa que en contra de ella no procede ningn recurso, o si procediendo, el plazo para interponerlo se encontrare vencido o los recursos ya fueron resueltos.Por lo tanto si la sentencia que fija la multa se encuentra firme y ha transcurrido ms de un ao desde este hecho, puede alegarse la prescripcin de ella.En el mismo artculo se habla de una prescripcin de6 meses, sin embargo esta a nuestro juicio no es aplicable para las multas cursadas con sentencia firme como lo sealamos, sino que su objeto es prescribir las acciones que persiguen la responsabilidad contravencional, por ejemplo, una querella o denunciapor infraccin a la ley del trnsito iniciada por un tercero, o bien la notificacin de una infraccin a la ley del trnsito despus de transcurridos 6 meses de cometida sta, sin que haya sido denunciada o querellada en este plazo, o que no haya sido notificada.Les dejamos a un formulario que puede servirles para alegar la prescripcion de sanciones impuestas hace ms de un ao, pinchaaqupara verlo.PRESCRIPCION EN LA LEY N 18.287La segunda de las leyes citadas, tambin trata la prescripcin en el artculo 24, de la siguiente forma:Tratndose de las denuncias sealadas en el inciso tercero del artculo 3, el Secretario del Tribunal, cada dos meses, comunicar las multas no pagadas para su anotacin en el Registro de Multas del Trnsito no pagadas. Mientras la anotacin est vigente, no podr renovarse el permiso de circulacin del vehculo afectado. El plazo de prescripcin ser de tres aos, contado desde la fecha de la anotacin.Las denuncias que expresa el inciso tercero del artculo 3 son por infracciones a las normas del trnsito o de transporte terrestre cuando:1.El infractor no se encontrare presente y la citacin se deje en el vehculo sin adherirse.2.Y cuando la citacin no hubiere sido dejada en el vehculo por encontrarse en movimiento.De esta forma, para que la prescripcin de la multa cursada por infraccin a la ley del trnsito sea de 3 aos y no en 1, la infraccin debe haber sido cursada en alguna de las situaciones descritas, vale decir, que haya sido cursada a la patente del vehculo y no al conductor.Aqu dejamos un formulario que puede servir para alegar la prescripcin de esta clase de multas, pinchaaqu.EL ARCHIVO DE LOS ANTECEDENTES EN LA LEY DEL TRANSITOY por ltimo, el artculo 4 de la ley del trnsito, seala que:En todo caso, si la denuncia por supuesta infraccin o contravencin a las normas de trnsito se funda nicamente en alguno de dichos medios de prueba (equipos de registro y de deteccin de infracciones) y, entre la fecha en que se habra cometido y aqulla en que se notific la citacin al juzgado de polica local a la persona a cuyo nombre est inscrito el vehculo transcurrieren ms de cuarenta y cinco das, no podr continuar el procedimiento y el juez ordenar el archivo de los antecedentes.Esta norma sanciona la inactividad del Juez en el procedimiento, sealando que si una multa es cursada en virtud de algn sistema de registro de infracciones, y entre esta y la notificacin de la citacin, transcurren mas de 45 das, NO PODRA continuar el procedimiento, debiendo el juez archivar la causa.Dado que la palabra no podr es facultativa del Juez, nada impide que igualmente se contine con la tramitacin de causa.EN RESUMENPara alegar la prescripcin de las multas por infraccin a la ley del trnsito, a nuestro juicio opera el plazo de 1 ao, siempre y cuando no se trate de las denuncias empadronadas que habla el artculo 24 de la ley 18.287, caso en el cual el plazo para alegar la prescripcin de estas es de 3 aos contados desde que se efectu la anotacin en el Registro de Multas del Trnsito no pagadas.Qu sucede con las multas cursadas por transitar sin TAG respecto a la prescripcin?Como estas multas son cursadas por encontrarse el vehculo en movimiento, la prescripcin es la de 3 aos contados desde la anotacin en el Registro de Multas del Trnsito no pagadas.Puedo alegar la prescripcin de las deudas por permisos de circulacin impagos?Efectivamente, las deudas contradas por permisos de circulacin impagos tambin prescriben, sin embargo esta prescripcin debe ser declarada judicialmente por el Juzgado Civil competente.La fuente de esta prescripcin es el artculo 2521 del Cdigo Civil, en el que se establece un plazo de 3 aos.De esta forma, para poder aprovecharse de la prescripcin, esta solo valdr respecto a los permisos de circulacin impagos desde 3 aos y ms, debiendo siempre pagarse los tres ltimos.Para solicitar que se declare judicialmente la prescripcin de las deudas por permiso de circulacin, ser necesario contar con un abogado que te represente en juicio.