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¡Bienvenidos! Sesión Ordinaria
COMUNIDAD VIRTUAL ADUANERA®
Primera modificación a las Reglas Generales en Comercio Exterior
19 de mayo de 2016
Eduardo Reyes Díaz Leal
@erdl7
¿Qué es la Comunidad Virtual
Aduanera?
Comunidad de expertos en la
búsqueda de la excelencia
Aduanera
Campus virtual
Capacitación digital
Introductoria
Ejecutiva
Profunda
Sesiones virtuales
Ordinaria (solo miembros)
Resolución de problemas
Sexo 1 (membresía y pago por
evento)
Explicaciones ejecutivas
Sexo 2 (abierta al público)
Difusión de las mejores
practicas
2 Grandes herramientas
Sesiones virtuales
Campus Virtual
Padrones
XXVI. Importadores y exportadores responsables de clasificación arancelaria
[Despacho Directo]
XL (Nueva). Dejen de transmitir en la transmisión la información del anexo 31 [CIVA]
XLI (Nueva). Padrón Sectorial (7404.00.01, 7404.0002 y 7404.00.99.) Omisión de información
de estructura accionaria y/o domicilios
Modificaciones regla 1.3.3
Causales de suspensión de padrones
Anexo 10
Padrón de Importación Sectorial
Sector 10 “Calzado” se eliminan 22 fracciones y se adicionan 87 fracciones.
Sector 12 “Alcohol etílico” se adicionan 2 fracciones arancelarias
Sector 13 “Hidrocarburos” se adicionan 5 fracciones arancelarias
Padrón de Exportación Sectorial (nuevos sectores)
Sector 10 “Plásticos” se adicionan 6 fracciones arancelarias
Sector 11 “Caucho” se adicionan 2 fracciones arancelarias
Sector 12 “Madera” se adicionan 3 fracciones arancelarias
Sector 13 “Vidrio” se adicionan 1 fracciones arancelarias
Sector 14 “Hierro y Acero” se adicionan 6 fracciones arancelarias
Despacho Directo
Operación con Despacho Directo
Importador
Representante Legal, puede ser:
Agente Aduanal
Empleado de la empresa
importadora
Empleados de Recintos
Fiscales, Recintos
Fiscalizados y Almacenes
Generales de Depósito
Representantes legales
de empresas de
mensajería
Funcionarios públicos
adscritos a
Dependencias
Gubernamentales (no
aplica para particulares)
Despacho Directo y Representante
Legal
Los requisitos para la Autorización para
transmitir pedimentos a través del SEA
Designación de auxiliares y aduanas
Regla 1.10.1
Se envía a instructivo de
trámite (se actualiza la
1.10.10)
Suspensión del Representante Legal
Regla 1.10.3
SUSPENSIÓN
REPRESENTANTE
LEGAL
(2 AÑOS)
Deje de cumplir requisitos señalados en Ley
Importar mercancías señaladas en instructivo de autorización sin contar con Registro en el Esquema de Certificación (IVA, IEPS y OEA)
Reglas Eliminadas
1.10.2
1.10.6
1.10.9
1.10.11
Requisitos adicionales para personas morales que pretendan importar
mercancías sensibles
Acreditación de Representantes Legales
Designación de auxiliares y aduanas
Se deroga
Despacho Directo
Se adicionan la participación y
responsabilidad del importador y
exportador en todas las reglas en
donde sólo se hablaba de Agentes
Aduanales y Apoderados, como es en
la transmisión de información para
efectuar el despacho, recoger
mercancías de los recintos fiscalizados,
utilización de los prevalidadores y
utilización de la PECA (entre otros)
Recinto Fiscalizado
Estratégico
Recintos Fiscalizados, RFE y
Maniobras en Recinto Fiscal
Regla 2.3.3.
AGA, se cerciorará
que el inmueble del
RFE se encuentre
ubicado en la
circunscripción de la
aduana
Regla 2.3.8. Datos que deben asentarse en CFDI (de los Recintos) cuando la mercancía salga del RFE:
Folio
Monto total de los servicios prestados y
Cantidad de mercancía
Recintos Fiscalizado Estratégico 1
4.8.1 Se añade: Los interesados podrán solicitar cancelación
voluntaria de la autorización RFE
4.8.2. Los plazos de permanencia de insumos (60 meses); y para los activos fijos por la vigencia de la autorización
4.8.7. Se modifica el nombre de formato “Aviso de traslado de mercancías de empresas con Programa IMMEX, RFE o
Empresas Certificadas”
RFE
Recintos Fiscalizado Estratégico 2
4.8.9. Establece que IMMEX, OEA, IVA y IEPS, podrán ubicarse dentro de un RFE sin previa
con autorización
4.8.10. Beneficio para enviar maquinaria o equipo introducido a RFE a otras empresas que
presten servicios de almacenaje fiscal
4.8.13. (nueva) Mercancía excedente o no declarada, los autorizados podrán destinarlas a RFE en 10 días, pagando la multas del 185-I
4.8.12. (nueva) Beneficio de obtener Certificación automática IVA y IEPS, para
quienes obtengan autorización RFE
RFE
Recintos Fiscalizado Estratégico 3
Indica cómo realizar la valoración de maquinaria, permitiendo disminuir el valor mediante la depreciación de ISR
Nueva Regla
4.8.14
Beneficio de realizar despacho conjunto a las empresas RFE, en zonas colindantes al puerto o enlazadas porel confinamiento de rutas
Nueva Regla
4.8.15.
Obligaciones para RFE
Destinar instalaciones para el reconocimiento
Contar con cámaras de circuito cerrado
Recibir, almacenar y custodiar las mercancías
Aplicar medidas de seguridad en almacenes
Nueva Regla
4.8.16.
Esquema Integral de Certificación
1º. Registro en el Esquema de Certificación de Empresas
1.1. Modalidad IVA-IEPS
1.2. Modalidad OEA
1.3. Modalidad Socio Comercial
2º. Garantía IVA-IEPS
3º. Registro del Despacho de Mercancías de las Empresas
Capítulo| Cambios principales
7.1
Requisitos generales y particulares
Empresas Certificadas Rubros B y D (IMMEX) deberán solicitar certificación modalidad CIVA u OEA
La certificación OEA requiere implementación de control de inventarios
Se añaden nuevas modalidades de Socio Comercial Certificado (Incluye empresas certificadas Rubro F)
7.2 Obligaciones
Nuevas sucursales OEA deben presentar perfil de la empresa en plazo máximo de 3 meses
Homologan plazo de renovación a 30 días Empresas canceladas no podrán acceder a
certificación en 5 años
7.3. Beneficios
Plazos de permanencia de temporales a 36 meses para CIVA
Plazo de permanencia de temporales para OEA Aeronaves y SECIIT será de 48 meses
7.4 Cuentas aduaneras de
garantía
Obligación de llevar contabilidad en medios electrónicos
Devolución en plazo no mayor a 4 meses
7.5 Revisión en
origen
Obligación de llevar contabilidad en medios electrónicos
Obligación de contar con control de inventarios
Registro en el Esquema de
Certificación de Empresas (RECE)
IVA-IEPS Operador
Económico Autorizado
Socio Comercial
Unificar modalidad y
elevar su certificación
No Habrá Renovación de ninguna modalidad, sólo se
mantendrán vigentes por el periodo actual.
Eliminación del registro de Empresas Certificadas las
señaladas en la regla 3.8.1., incisos A, B, D y F
Unifican las certificaciones en materia aduanera
Puntos importantes del registro en el
Esquema de Empresas Certificadas
IVA e IEPS que tenga certificación de Operador Económico Autorizado, podrán
homologar las fechas de su vigencia mediante un escrito libre dirigido a AGACE
Empresas transportistas que no cuenten con la certificación de Socio Comercial, podrán
seguir utilizando los carriles exclusivos “FAST” por un plazo de 10 meses
Empresas que cuenten con su certificación seguirá gozando de los beneficios durante el
periodo de vigencia de su autorización
Establecen y homologan los requisitos de empresas que deseen obtener certificación en materia IVA-IEPS, Operador Económico Autorizado o Socio Comercial.
Aumento en los requisitos generales para estas certificaciones, especialmente para el Operador
Económico Autorizado, quien ahora debe demostrar su cumplimiento en materia laboral, fiscal y llevar un
control de inventarios
Los contribuyentes que podrán solicitar de manera simultánea el Registro en el Esquema de Certificación
de Empresas bajo la modalidad de IVA e IEPS y Operador Económico Autorizado, acreditando
requisitos establecidos en esta regla
Disposiciones Generales 7.1.1.
Regla 7.1.1.
Disposiciones Generales
7.1.2. y 7.1.3.
Regla 7.1.2.
Requisitos adicionales para los interesados en obtener por su certificación IVA-IEPS en el rubro “A”, concentrando a las empresas IMMEX con importaciones generales y del sector sensible, a Depósito Fiscal, elaboración, transformación o reparación en Recinto Fiscalizado o con el Régimen de Recinto Fiscalizado Estratégico
Regla 7.1.3.
Requisitos RECE modalidad IVA e IEPS:
Para el cumplimiento de los requisitos, se tomará en cuenta las operaciones de los 12 meses anteriores; antes se consideraban periodos fiscales completos.
Para acceder a la modalidad AA se requieren 4 años de operaciones; antes eran 5 años de operaciones
Disposiciones Generales
7.1.4. y 7.1.5.
Requisitos RECE en su modalidad Operador Económico Autorizado.
El cambio notable, es el perfil de: comercializadora e importadora (antes regla 3.8.1., inciso A), Controladora, Aeronaves, SECIIT, Textil y RFE
Y que se les exige el llevar un control de inventarios (RGCE 7.1.2)
Regla 7.1.4
El periodo mínimo de operaciones para acceder a esta modalidad es de 2 años, antes se requerían 3 años
Empresa con C-TPAT revalidado, presentará formato de perfil de seguridad Modalidad para empresas del servicio público de transporte ferroviario, parques industriales, RFE y empresas de mensajería y paquetería
Regla 7.1.5 (3.8.14)
Resolución de solicitudes Vigencia de las autorizaciones
IVA e IEPS, el tiempo de respuesta
será de 40 días
Vigencia de las autorizaciones de 2
y 3 años para las empresas IVA e
IEPS en sus rubros AA y AAA
Operador Económico Autorizado, el
tiempo de respuesta será de 120
días
Operador Económico Autorizados,
los plazos serán de conforme a los
rubros AA y AAA
Otros casos, la vigencia será de un año
Disposiciones Generales
7.1.6. y 7.1.7.
Regla 7.1.6.
Regla 7.1.7. (5.2.17)
Requisitos para las empresas que pertecenen a un mismo
grupo para acceder al RECE modalidad IVA e IEPS
Obligaciones, requerimientos, renovación y cancelación en el Registro en el Esquema de
Certificación de Empresas.7.2.1. , 7.2.2.
Se establecen obligaciones a empresas con certificación
IVA e IEPS, Comercializador, Operador económico
autorizado y Socio Comercial Certificado, debiendo estar
al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
fiscales y aduaneras.
Regla 7.2.1. (3.8.2, 3.8.4, 3.8.15 y 5.2.15)
Específica las causales por las que se emitirá un
requerimiento por parte de la autoridad a las empresas
que cuenten con un esquema de certificación
Regla 7.2.2. (5.2.20)
El procedimiento para llevar acabo la renovación RECE
Actualmente Antes
Presentarse a través del “Aviso único
de renovación en el Registro del
Esquema de Certificación de
Empresas”, en los 30 días previos al
vencimiento de la vigencia
Anteriormente las empresas con
Certificación en materia de IVA e
IEPS debían solicitar la renovación
60 días antes del vencimiento de la
vigencia
Obligaciones, requerimientos, renovación y cancelación en el Registro en el Esquema de
Certificación de Empresas.7.2.3. , 7.2.4.
Regla 7.2.3.
Regla 7.2.4 (5.2.16 y3.8.16)
Establece las causales de cancelación para la certificación de empresas IVA e IEPS y Socio Comercial Certificado
Se adiciona como supuesto para la cancelación de certificación IVA e IEPS cuando proceda la suspensión de padrón de importadores o exportadores, incluyendo padrones sectoriales.
Obligaciones, requerimientos, renovación y cancelación en el Registro en el Esquema de
Certificación de Empresas.7.2.5.
Regla 7.2.5 (3.8.5)
En esta se encuadran los supuestos que serán causal de cancelación de la certificación en la modalidad de OEA, así como el procedimiento que seguirá la autoridad para realizar su cancelación.
Uno de los principales cambios aplica a las empresas SECIIT cuando la Secretaría de Economía cancele su Programa IMMEX ya que en este caso no se cancelará la Certificación como Operador Económico Autorizado sino que se reasignará al rubro de importador y/o exportador.
7.3.1 Beneficios para la RECE en la modalidad IVA e IEPS (mezcla de 3.8.7,
3.8.8, 4.3.20 y 5.2.13)
Las mercancías importadas
temporalmente al amparo
del programa
IMMEX, podrán
permanecer en el territorio
nacional hasta por 36
meses.
En el sector eléctrico y electrónico
no será necesario
declarar los números de
serie, siempre que
lleven un registro
actualizado de dicha
información, en el sistema de control de inventarios.
Permite la rectificación
del pedimento cuando se
den los supuestos
señalados en la regla
6.1.1., dentro de los 3 primeros
meses, sin que sea
necesaria la autorización.
Podrán cumplir con
las regulaciones
y restricciones
no arancelarias en un plazo de 60 días a partir de la fecha de la notificación del acta de
inicio del PAMA.
Permite hacer el
despacho conjunto.
Beneficios para la certificación IVA - IEPS
Beneficios
7.3.2
Comercializadora e Importadora
7.3.3
Operador Económico Autorizado
7.3.4
OEA Controladora
Permanencia 36 meses
Despacho conjunto No declaración de
# de serie (sector eléctrico y electrónico)
Antes regla 3.8.9 Beneficios Generales
de las NEEC
Antes 3.8.10 Beneficios en las
transferencias entre las controladas
Beneficios
Regla Texto antes
ubicado Cambios principales
7.3.5
OEA Aeronaves 3.8.11 El plazo de permanencia de la mercancía será por
48 meses (antes por la vigencia del programa)
7.3.6
OEA SECIIT 3.8.12 Reducción del plazo de permanencia a 48 meses
(antes 60)
7.3.7 3.8.9
Beneficios en procedimiento de PAMA
Incumplimiento de RRNA se contará con un plazo de
60 días para subsanar la irregularidad
20 días para ofrecer las pruebas y alegatos para
evitar suspensión de padrones.
7.3.8 3.8.17 Sin Cambios. Beneficios Tramsportistas
7.3.9 3.8.18 Sin Cambios. Beneficios Agentes Aduanales
7.3.10 3.8.9
El SAT publicará una lista de empresas certificadas
para compartirlo con las empresas de otros rubros
que requieran dichos servicios.
Garantías del Interés Fiscal en el EIC
Regla
7.4.2: Establece la obligación de llevar
contabilidad en medios electrónicos.
Regla
7.4.7:
Elimina el plazo de 45 días antes del término de la garantía para renovar o
ampliar la garantía.
Regla
7.4.10:
Nuevo formato y añade el procedimiento de devolución de la garantía, el cual no excederá de 4
meses
Antes 5.2.21 a 5.2.31
Registro del Despacho de Mercancías
de Empresas (revisión en origen)
7.5.1 Requisitos que se deberá cumplir para obtener el Registro de despacho de mercancías de empresas (antes
Revisión en Origen 3.1.29)
Opinión Favorable
del SAT
Ser empresa IMMEX o
haber realizado
operaciones con un valor
mayor de $106´705,330
en el año anterior
Llevar control de inventarios
conforme el artículo 59 de la Ley Aduanera
Permitir inspección
por parte del SAT
Llevar contabilidad electrónica
Obligaciones del Registro de
Despacho de Mercancías
7.5.2 Obligaciones Generales
Cumplir con los requisitos propios del despacho bajo este
regimen de excepción
Estar al corriente en el cumplimiento
de sus obligaciones
fiscales y aduaneras
Dar aviso a la AGACE de las modificaciones o adiciones
a los datos asentados en el registro del despacho de mercancías
Presentar anualmente el cálculo a que
se refiere el artículo 99 de
la LA
Regla 7.5.3
AGACE estará en constante vigilancia y podrá solicitar al contribuyente que
subsane o desvirtúe la inconsistencia en un plazo de 15 días
o procederá a la suspensión del
registro.
Regla 7.5.4
Señala el procedimiento y formato que las
empresas deberán realizar a efecto
de renovar su registro, debiendo
ser cada año dentro de los 30 días previos al vencimiento.
Regla 7.5.5
Se enlistan seis supuestos en los que la AGACE suspenderá el
registro hasta por seis meses.
Modificaciones Diversas
Depósito ante la Aduana
Se eliminan:
Simplifica
procedimiento de
destrucción de
mercancías en
deposito
Notificaciones a:
1. Órgano Interno de Control SAT
2. Unidad de Vigilancia de Fondos y Valores TESOFE
Regla 2.2.5
Regularización de Mercancía
Reglas 2.5.1 y 2.5.2
Se elimina obligación
de hacer la
regularización la
aduana de su
circunscripción
territorial
Regla
2.5.7.(Nueva)
Procedimiento para
regularización de
mercancía en RFE
(plazo vencido),
incluso en facultades
de comprobación
Franja y Región Fronteriza
Establece que el pedimento de reexpedición
se presenta en la aduana fronteriza, para
pagar las contribuciones para el resto del país
y cumplir con las RRNA, reconociendo las diferencias de bienes transformados y no
transformados.
Regla
3.4.3
Se elimina el aviso ante el SAT para la
reexpedición de partes dañadas importadas
como un todo, será necesaria la orden de servicio o comprobante fiscal
Regla
3.4.8
Procedimientos Administrativos
Simplificados 1
Regla
3.7.1 Se elimina la referencia del Agente
Aduanal en operaciones por vía postal
Regla
3.7.2
Establece el procedimiento de operaciones con pedimento
simplificado, adicionando posibilidad de efectuar exportación así como de hacerlo mediante representante legal.
Regla
3.7.5
Importador y exportador podrán notificar a la aduana respecto de
arribos extemporáneos (evitando 182, frac. V)
Procedimientos Administrativos
Simplificados 2
Regla
3.7.5
Se adiciona la figura del importador/exportador, a fin de que
éstos puedan solicitar y celebrar Juntas Técnicas
Regla
3.7.34
(nueva)
Da certeza a contribuyentes en sus operaciones aduaneras que realicen
con GPS, debiendo señalar el identificador GS (Dispositivo 6 meses
de plazo)
Temporal de Importación para TER
Se elimina la limitante para
IMMEX de tener registrados en
sus programas: envases,
empaques, etiquetas y folletos
Regla 4.3.2
Rectificación de Pedimentos
Se requiere autorización para rectificar…. autorización que sólo puede solicitarse por una sola ocasión
Se excluye de la exigencia de autorización para la rectificación, cuando:
Se rectifique el origen
Al generar un saldo a favor (pago de lo indebido) sea con motivo en la aplicación de Trato Preferencial conforme los TLC´s
Se precisa que requiere autorización el R1 de cantidades en el pedimento sólo cuando se afecten RRNA, operación IMMEX o aplicación de NOM´s
Se especifican las subpartidas de vehículos (NIV)
Se mantiene, cuando se requiera cambiar el regimen
Regla 6.1.1
Anexos
Glosario Se adicionan 4 acrónimos y 6 definiciones.
Anexo 1 “Trámites” se adicionan nuevos formatos: RECE en sus diversas modalidades Manifestación de Valor Perfiles de seguridad para:
Empresas Agentes Aduanales Auto Transportista Terrestre Mensajería y Paquetería Recinto Fiscalizado Recinto Fiscalizado Estratégico Transportista Ferroviario Parques Industriales
De los demás Anexos
ANEXO 21 Autoriza las fracciones arancelarias 2710.12.03, 2710.12.04, 2710.19.04, 2710.19.05 y 2710.19.08. por 22 aduanas.
ANEXO 22
Apéndice 1 Se eliminan seis secciones aduaneras y se adicionan cuatro.
Apéndice 2 Se elimina la clave “C2”
Se añade el supuesto de exportación a la clave “L1”
Apéndice 6 Se modificaron las razones sociales de 11 recintos.
Se adicionaron 5 nuevos recintos.
Se suprimieron 7 recintos.
Apéndice 8 Se adicionan los siguientes identificadores:
“GS” para operaciones con GPS
“NS” excepción al registro de Padrón Sectorial por ser muestras
“XL” mercancía sobredimensionada.
Apéndice 21 Se suprimen dos aduanas de RFE
Se adiciona inmueble a la aduana de Veracruz como RFE a la “Administración Portuaria Integral de Veracruz, S.A. de C.V.”
De los demás Anexos
Anexo 24 “Sistema Automatizado de Control de Inventarios”
Precisión para señalar las nuevas reglas de las empresas Certificadas conforme al Capítulo 7.
Anexo 27 “Fracciones de la TIGIE, por cuya importación no se está obligado al pago del IVA”
Para los productos clasificados en la fracción 1806.90.99 que sean considerados suplementos, no se encuentran sujeto a la exención del impuesto al valor agregado en su importación.
Anexo 29 “Relación de autorizaciones previstas en las reglas generales de comercio exterior para 2016”
Se adiciona la autorización de despacho directo, acreditación de representante legal y auxiliares y aduanas, las cuales se llevarán a cabo ante la Administración Central de Apoyo Jurídico de Aduanas.
Preguntas y Respuestas