Presentación de PowerPoint - Solis y Rodrigueza su arrendamiento u otra modalidad generadora de...
Transcript of Presentación de PowerPoint - Solis y Rodrigueza su arrendamiento u otra modalidad generadora de...
Consultores en gestión legal – empresarial
de negocios y empresas familiares
Resumen legal – empresarial
N° 16 – Año N° 1 (1ra quincena setiembre 2017)
empresarial Sonar
Reglamento FIRBIs y FIBRAs
Encuesta nacional continua de victimización a empresas 2017
Programa de apoyo a clusters
Informe especial:
Facturas Negociables
Nuevo procedimiento
administrativo
sancionador
Actos de hostilidad
¿Qué es un cluster?
Guía del Programa de
Clemencia de Indecopi
Nuevo procedimiento administrativo sancionador
Facturas Negociables Si usted ha venido utilizando o tiene planeado utilizar las facturas negociables como mecanismo de financiamiento, es importante que conozca sobre las sanciones a imponerse vía procedimiento administrativo sancionador por la comisión de infracciones del proveedor, el adquirente o el tenedor de dicho título valor. La factura negociable es un título valor a la orden transmisible por endoso que se origina en la compraventa u otras modalidades contractuales de transferencia de propiedad de bienes o en la prestación de servicios e incorpora el derecho de crédito respecto del saldo del precio o contraprestación pactada por las partes. El título valor puede estar representado físicamente o a través de su anotación en cuenta en el sistema contable de una Institución de Compensación y Liquidación de Valores (ICLV). El procedimiento sancionador se encuentra a cargo del Ministerio de la Producción el que tendrá a su cargo definir las reglas del indicado procedimiento. Se ha dispuesto que en primera instancia resolverá la Dirección de Sanciones de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones. Y en segunda instancia, el Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción será el encargado de resolver los recursos de apelación que se interpongan. Se han establecido las infracciones administrativas en las que pueden incurrir los sujetos que intervienen en la negociación de este tipo de título valor. Constituyen infracciones no informar la disconformidad de la factura negociable al legítimo tenedor o a la ICLV comunicada por el adquirente. No dejar constancia de los pagos recibidos. Ocultar información sobre los pagos recibidos. Retener el pago realizado por el adquirente.
INFORME ESPECIAL
2 Resumen legal – empresarial N° 16 Solis & Rodríguez, asociados
Contenido: INFORME ESPECIAL
2 Facturas negociables
Nuevo procedimiento administrativo sancionador.
BALANCE LEGAL
4 Reglamento FIRBIs y FIBRAs
4 Encuesta Nacional Continua de
Victimización a Empresas 2017
4 Encuesta Habilidades al Trabajo en el
Perú 2017
4 Reglamento Operativo del Programa
de Apoyo a Clusters
5 Modifican el Reglamento de la Ley
General de Aduanas
5 Manual de Gestión de Procesos y
Procedimientos - Perú Compras.
5 Protocolo para la Fiscalización en
materia de Seguridad y Salud en el
Trabajo en el Sector Construcción
6 Declaración repatriación e inversión de
rentas no declaradas
CONSEJOS Y NOTICIAS EMPRESARIALES
7 Actos de hostilidad
7 ¿Qué es un cluster?
7 Centro de desarrollo empresarial
Arequipa
7 Guía del Programa de Clemencia de
Indecopi
3 Resumen legal – empresarial N° 16 Solis & Rodríguez, asociados
Son pasibles de sanción que el adquirente: no informe la información de contacto a la ICLV, impugne dolosamente la factura negociable, restrinja o limite la transferencia del título valor, retener el monto pendiente de pago o demorar el pago en perjuicio del legítimo tenedor, no utilizar los mecanismos de la ICLV para manifestar la conformidad o disconformidad de la factura negociable, o no pagar al legítimo tenedor. El legítimo tenedor sería sancionado si no deja constancia de los pagos recibidos en la propia Factura Negociable o ante la ICLV u ocultar la información referida a los pagos recibidos o la disconformidad que le ha comunicado el adquirente. Las sanciones serán económicas y de acuerdo al grado de la infracción (leve, grave o muy grave) va de 1 UIT hasta 50 UIT. Al momento de la imposición de la sanción se tendrá en cuenta la aplicación de atenuantes:
La subsanación efectuada por el administrado con posterioridad al inicio del procedimiento administrativo sancionador.
Si iniciado un procedimiento administrativo sancionador el infractor reconoce su responsabilidad de forma expresa y por escrito.
Colaborar remitiendo la información que le sea solicitada en forma completa y dentro del plazo que se le haya otorgado para ello.
Otras circunstancias similares que sean establecidas en las normas complementarias que se identifiquen en el curso del procedimiento administrativo sancionador debidamente sustentadas.
Así como la aplicación de agravantes:
Ocultar información con la finalidad de dilatar el procedimiento administrativo sancionador.
Reincidir en la comisión de las infracciones. Realizar cualquier otro acto que contravenga
el principio de buena fe. Otras circunstancias similares que sean
establecidas en las normas complementarias que se identifiquen en el curso del procedimiento administrativo sancionador debidamente sustentadas.
Se implementará el Registro Nacional de Infractores a las Normas Aplicables a las Facturas Negociables que contendrá la relación de todos aquellos sujetos sancionados, el mismo que será administrado y actualizado por el Ministerio de la Producción. La información será de acceso público y gratuito. El plazo de permanencia de los infractores será de 2 años a partir de su publicación en el registro. La incorporación realizada (procedimiento administrativo sancionador) entrará en vigencia a los 90 días de publicada la norma, es decir, será de obligatorio cumplimiento desde el 6 de diciembre de 2017.
Volver al índice
INFORME ESPECIAL
BALANCE LEGAL
Empresa
4 Resumen legal – empresarial N° 16 Solis & Rodríguez, asociados
Adecúan el Reglamento de la Ley que
promueve el financiamiento a través de la
factura comercial, Decreto supremo N° 259-
2017-EF (07/09/2017).
Aprueban el Reglamento de la Ley que
promueve el desarrollo del mercado de
capitales y del decreto legislativo que otorga incentivos fiscales para promover los Fondos
de Inversión en Bienes Inmobiliarios, Decreto
supremo N° 264-2017-EF (09/09/2017).
De interés para la empresa: Se aprueba el reglamento de los Fondos de
Inversión en Renta de Bienes Inmuebles – FIRBIs y los
Fideicomisos de Titulización en Renta de Bienes
Inmuebles - FIBRAs, vehículos de inversión
inmobiliarios que tienen como objeto la adquisición
o construcción de bienes inmuebles para destinarlos
a su arrendamiento u otra modalidad generadora
de rentas estables en el tiempo.
Entre otros aspectos, se establecen los parámetros
para la aplicación de la tasa de retención del 5%
del impuesto a la renta, así como las condiciones
para la enajenación de los inmuebles transferidos
tanto a al FIRBI como al Fibra.
Encuesta Nacional Continua de Victimización
a Empresas 2017, Resolución jefatural N° 284-
2017-INEI (09/09/2017).
De interés para la empresa: La encuesta está dirigida a las empresas de los
sectores manufactura, minería, construcción,
comercio, salud privada, educación privada,
pesca, actividades financieras, inmobiliarias, entre
otros, con la finalidad de obtener información
actualizada sobre la incidencia de hechos delictivos
que enfrenta el sector empresarial, la tasa de
victimización de empresas y percepción del sector
empresarial sobre la inseguridad.
El periodo de ejecución de la encuesta es del 01 de
setiembre al 30 de diciembre de 2017.
Encuesta Habilidades al Trabajo en el Perú
2017, Resolución jefatural N° 293-2017-INEI
(12/09/2017).
De interés para la empresa: Esta encuesta se realizará a 4 105 empresas,
ubicadas en todo el Perú, bajo la modalidad de
entrevista directa, del 11 de setiembre al 09 de
noviembre de 2017.
Volver al índice
Su finalidad es generar evidencia específica sobre la
brecha de habilidades en el sector productivo, las
consecuencias de esta brecha para las empresas y
las estrategias que ellas adoptan para resolver esta
situación, para contribuir al diseño, implementación
y evaluación de políticas e instrumentos que
contribuyan a cerrar dicha brecha e incrementar la
productividad.
Reglamento Operativo del Programa de
Apoyo a Clusters, Resolución ministerial N° 320-
2017-EF/15 (15/09/2017).
De interés para la empresa: Este programa tiene por objeto promover el
desarrollo de Iniciativas de cluster mediante el
cofinanciamiento de recursos no reembolsables
para la preparación e implementación de planes
de reforzamiento de competitividad.
El cluster participante del programa deberá estar
conformado de manera obligatoria por la institución
solicitante, que puede ser una persona jurídica
pública y privada con experiencia en la ejecución
de proyectos de desarrollo productivo y/o
articulación empresarial, encargada de presentar la
propuesta de iniciativa de cluster y mínimos cinco
Mipymes. Opcionalmente podrán participar
grandes empresas e instituciones de apoyo públicas
o privadas que prestan cofinanciamiento. El
reglamento establece los requisitos que debe
observar cada uno de las entidades que integra el
cluster.
Por lo menos una vez al año se convocará a
concurso nacional para la presentación de
propuestas de iniciativa de cluster.
Bancario, financiero, seguros
Índice de reajuste diario, correspondiente al
mes de setiembre de 2017, Circular N° 0029-
2017-BCRP (02/09/2017).
Actualizan monto máximo de cobertura del
Fondo de Seguro de Depósitos
correspondiente al trimestre setiembre 2017 -
noviembre 2017, Circular N° B-2238-2017
(11/09/2017).
Comercio exterior
Modifican los Procedimientos Específicos
Control de Mercancías Restringidas y
Prohibidas DESPA-PE.00.06 (versión 3) y
Clasificación Arancelaria de Mercancías
DESPA-PE.00.09 (versión 4), Resolución N° 03-2017-SUNAT/310000 (02/09/2017).
5 Resumen legal – empresarial N° 16 Solis & Rodríguez, asociados
BALANCE LEGAL
Volver al índice
Publicación del proyecto de Directiva que
regula la emisión de Constancia de Cese
del Trabajador, Resolución N° 181-2017-
SUNAFIL (09/09/2017).
A tener en cuenta: Puede ver el contenido del proyecto aquí.
El plazo para presentar los comentarios al
proyecto vence el 22 de setiembre de 2017.
Protocolo para la Fiscalización en materia
de Seguridad y Salud en el Trabajo en el
Sector Construcción, Resolución N° 182-
2017-SUNAFIL (10/09/2017).
A tener en cuenta:
Puede ver el contenido del protocolo aquí.
Laboral
Modifican la Ordenanza N° 361-AREQUIPA,
mediante la cual se promueve acciones
de fiscalización y concientización en
rechazo de los delitos aduaneros y
piratería en la Región Arequipa,
Ordenanza N° 379-Arequipa (02/09/2017).
Modifican el procedimiento específico
Solicitud de Rectificación Electrónica de
Declaración DESPA-PE.00.11 (versión 2),
Resolución N° 04-2017-SUNAT/310000
(03/09/2017).
Modifican los procedimientos generales
Importación para el Consumo DESPA-
PG.01 (versión 7) e Importación para el
Consumo DESPA-PG.01-A (versión 2)
Resolución N° 05-2017-SUNAT/310000
(03/09/2017).
Modifican relación de puestos de control
obligatorios de bienes fiscalizados,
Resolución N° 228-2017/SUNAT (06/09/217).
Modifican el Reglamento de la Ley
General de Aduanas, Decreto supremo N°
270-2017-EF (13/09/2017).
A tener en cuenta: Los despachadores de aduana deberán
renovar las garantías que respaldan sus
actividades, mediante carta fianza bancaria o
póliza de caución por el monto equivalente al
2% del total de los derechos arancelarios y
demás tributos cancelados, generados en los
despachos aduaneros en que hayan
intervenido durante el año calendario anterior
al de la presentación de la garantía, sin
considerar los despachos anticipados.
Esta disposición entrará en vigencia el 01 de
enero de 2018.
Modifican el Reglamento del Régimen
Aduanero Especial de Envíos de Entrega
Rápida y otras disposiciones, Decreto
supremo N° 271-2017-EF (13/09/2017).
Aprueban el procedimiento específico Mandato Electrónico DESPA-PE.00.18
(versión 1), Resolución N° 06-SUNAT/31000
(13/09/2017).
Modifican el Procedimiento General
Certificación del Operador Económico
Autorizado DESPA- PG.29 (versión 2),
Resolución N° 07-2017-SUNAT/310000 (15/09/2017).
Manual de Gestión de Procesos y
Procedimientos de la Central de Compras
Públicas - PERÚ COMPRAS, Resolución
jefatural N° 084-2017-PERU – COMPRAS
(08/09/2017).
A tener en cuenta: Revisar el contenido del manual aquí.
Contrataciones estatales e inversión
Reglamento del numeral 149.1 del artículo
149 de la Ley N° 28611 Ley General del
Ambiente, Decreto supremo N° 007-2017-
MINAM, (05/09/2017).
Medio ambiente
Reglamento de la Ley de Reestructuración
Agraria Especial, Decreto supremo N° 262-
2012-EF (08/09/2017).
Producción y agro
Modifican el Reglamento Nacional de
Administración de Transporte, Decreto
supremo N° 018-2017-MTC (05/09/2017).
Transportes y comunicaciones
BALANCE LEGAL
6 Resumen legal – empresarial N° 16 Solis & Rodríguez, asociados
Formulario de solicitud de licencia de conducir
con carácter de declaración jurada a ser
empleado para la obtención directa
revalidación y recategorización de licencias
de conducir, Resolución directoral N° 3784-
2017-MTC/15 (10/09/2017).
Volver al índice
Tributario
Modifican los directorios de principales
contribuyentes de las Intendencias
Regionales y Oficinas Zonales, Resolución N° 226-2017/SUNAT (03/09/2017).
Fijan índices de corrección monetaria para
efectos de determinar el costo computable
de los inmuebles enajenados por personas
naturales sucesiones indivisas o sociedades
conyugales que optaron por tributar como
tales, Resolución ministerial N° 312-2017-EF/15
(07/09/2017).
Modifican el Reglamento del Decreto
Legislativo que establece un régimen
temporal y sustitutorio del Impuesto a la
Renta para la declaración repatriación e
inversión de rentas no declaradas, Decreto
supremo N° 267-2017-EF (10/09/2017).
A tener en cuenta: No será necesario acreditar documentalmente el
origen de las rentas no declaradas, bastará con
una declaración jurada. El plazo para presentar la
declaración jurada de acogimiento al régimen
temporal vence el 29 de diciembre de 2017.
En la declaración jurada deberá indicarse los
ingresos netos percibidos que califican como
rentas no declaradas y que están representados
en bienes, derechos y/o dinero. Se debe incluir
como rentas no declaradas el concepto de
consumos.
La SUNAT dispone del plazo de un año, contado
desde el 1 de enero de 2018, para requerir la
información referida a los bienes, derechos, dinero
y/o la renta no declarada materia de acogimiento
al Régimen.
Modifican Anexos de la Res. N° 160-
2017/SUNAT que aprueba disposiciones y
formulario para el acogimiento al Régimen
Temporal y Sustitutorio del Impuesto a la
Renta para la declaración repatriación e inversión de rentas no declaradas, Resolución
N° 234-2017/SUNAT (13/09/2017).
General
Aprueban el Reglamento del Decreto
Legislativo que crea la Autoridad Nacional
de Transparencia y Acceso a la Información Pública, fortalece el Régimen de Protección
de Datos Personales y la regulación de la
gestión de intereses, Decreto supremo N°
019-2017-JUS (15/09/2017).
Indicadores económicos
Índice de Precios al Por Mayor a Nivel
Nacional correspondiente al mes de agosto
de 2017, Resolución jefatural N° 276.2017-INEI
(01/09/2017).
Índices de Precios al Consumidor a Nivel
Nacional y de Lima Metropolitana
correspondientes al mes de agosto de 2017,
Resolución jefatural N° 277-2017-INEI
(01/09/2017).
Índices Unificados de Precios de la
Construcción para las seis Áreas Geográficas
correspondientes al mes de agosto de 2017,
Resolución jefatural N° 282-2017-INEI
(02/09/2017).
Precios de referencia y derechos variables
adicionales a que se refiere el D.S. N° 115-
2001-EF aplicables a la importación de maíz
azúcar arroz y leche entera en polvo,
Resolución viceministerial N° 009-2017-
EF/15.01 (09/09/2017).
CONSEJOS Y NOTICIAS EMPRESARIALES
Actos de hostilidad
Volver al índice
¿Qué es un cluster?
Es la concentración geográfica de empresas interconectadas e instituciones de apoyo (agencias gubernamentales, universidades, asociaciones empresariales, entre otros) que conforman la cadena de valor de un negocio, que compiten y también cooperan entre ellas.
De acuerdo a lo dispuesto por la Corte Suprema (Casación Laboral Nº 13926-2015-Del Santa), no constituye acto de hostilidad que el empleador rebaje la categoría de un trabajador, pese a que éste cuente con amplia experiencia en las labores, si es que no cuenta con título profesional, siempre y cuando. El título constituya un requisito indispensable para ocupar el cargo. No se podría suplir la ausencia del título profesional con la experiencia conseguida en muchos años de labor, cuando para ocupar un cargo se requiere contar con el referido título. Por lo tanto, no constituye acto de hostilidad que el empleador decida remover del cargo al trabajador que se encuentre en esta situación y reasignarlo en un puesto inferior. aceptación.
Centro de Desarrollo Empresarial Arequipa
Ahora puede constituir su empresa de manera rápida en el CDE Arequipa, que viene funcionando en las instalaciones del Gobierno Regional de Arequipa. Recuerde que la inscripción en registros públicos de la constitución de su empresa será gratuita siempre que el capital social de su empresa no supere 1 UIT (S/ 4,050.00 Soles).
Guía del Programa de Clemencia de Indecopi
Tomado como base la experiencia de países que han implementado políticas de competencia eficaces para repeler y reprimir conductas anticompetitivas que afectan el bienestar de los consumidores, conductas realizadas por los cárteles; Indecopi ha publicado la Guía del Programa de Clemencia que resulta de exclusiva aplicación a solicitudes de beneficios con relación a este tipo de prácticas colusorias horizontales, que por su naturaleza se encuentran legalmente sujetas a la prohibición absoluta. Puede revisar el contenido del documento aquí.
7 Resumen legal – empresarial N° 16 Solis & Rodríguez, asociados
Áreas de práctica
Empresas familiares
Reflotamiento empresarial
Derecho de la empresa
Compraventa de empresas o negocios
Due diligence
Transacciones comerciales
Contrataciones estatales
Comercio internacional
Arbitraje
Particulares
Servicios adicionales
Asistencia legal preventiva
Protección de datos personales
Procuración
Capacitaciones y talleres
Desayunos empresariales
Consultas virtuales
Boletín legal – empresarial
Balance legal
Guías Reporte legal
Contacto Calle Espinar N° 335, Miraflores,
Arequipa, Perú.
Teléfono: +51 054 215595
Lunes a viernes:
9:00 am a 1:00 pm
3:30 pm a 6:30 pm
Sábados:
9:00 am a 12:00 m
Resumen legal elaborado por:
Cecilia
Rodríguez
Saico
Alexander
Guzmán
Solis
www.solisyrodriguez.com
Resumen legal – empresarial N° 16. Año N° 1 Primera quincena de setiembre 2017
Solis & Rodríguez, asociados
www.solisyrodriguez.com
Esta publicación sintetiza y divulga parte de
nuestro conocimiento y experiencia,
por ello, queda totalmente prohibida la reproducción total o parcial de esta
publicación.
Los comentarios de esta publicación deben
ser interpretados desde una perspectiva
general y no para un caso en concreto.
Edición, diseño y diagramación: Ema – Escuela de mediación arbitraje y
derecho internacional
Volver a la portada
8 Resumen legal – empresarial N° 16 Solis & Rodríguez, asociados