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El Asesoramiento y las Guías de Cultivo
en la Gestión Integrada de Plagas
Paiporta, 30 de mayo 2013
Vicente Dalmau Sorlí
Servicio de Sanidad Vegetal
D.G. Producción Agraria y Ganadería
Real Decreto 1311/2012 (GIP)
Aplicación de prácticas con bajo consumo de productos fitosanitarios, dando prioridad, cuando sea posible, a los métodos no químicos, de manera que los asesores y usuarios opten por las prácticas y los productos con menores riesgos para la salud humana y el medio ambiente.
Teniendo en cuenta los principios generales de la gestión integrada de plagas:
Medidas culturales para el control de plagas (rotación, variedades, etc)
Seguimiento de las plagas y enfermedades
Establecimiento de umbrales para decidir la intervención
Métodos de control biológico, físico o no químicos prioritarios
Uso de PPFF lo más específico posible para el objetivo
Limitar la utilización de PPFF al mínimo
Aplicar estrategias contra las resistencias
Comprobar la eficacia de las medidas fitosanitarias aplicadas
La GIP será obligatoria para usuarios profesionales en el ámbito agrario a partir del 1 de enero de 2014
Real Decreto 1311/2012 (GIP) Prioridad a métodos no químicos
Técnica del Insecto
Estéril Control
Biológico
Real Decreto 1311/2012 (GIP)
Cumplen con la GIP:
Agricultura Ecológica (Reglamento 834/2007)
Producción Integrada (RD 1201/2002 y normativa autonómica)
Sistemas de producción certificados previamente aprobados
(Global GAP, Naturane, etc.)
Agricultores integrados en ATRIAS
Agricultores que reciban un asesoramiento adecuado
Explotaciones de bajo riesgo que sigan unas Guías Específicas
por cultivo.
Real Decreto 1311/2012 (GIP)
Cumplen con la GIP:
Agricultura Ecológica. En España hay 1.800.000 Ha y 28.000 productores agrícolas. En la CV 65.000 Ha y 1.700 productores
Producción Integrada: En España 770.000 Has, en la CV 55.000 Has y 6.000 productores
Global GAP (16.000 productores certificados en España F y H, Naturane, etc.)
Agricultores integrados en ATRIAS: 300 ATRIAS/ADV creadas en la CV, reuniones periódicas con cerca de 200 técnicos
Agricultores que reciban un asesoramiento adecuado
Explotaciones de bajo riesgo que sigan unas Guías Específicas por cultivo.
Real Decreto 1311/2012 (GIP)
Asesoramiento en la GIP:
Teniendo en cuenta los principios de la GIP del anexo I.
Asesoramiento mediante un técnico con condición de “asesor”:
Titulación habilitante (Licenciados, Ingenieros, grado, master,
tercer ciclo o FP superior):
IA, ITA, IM, ITF, TSPMR, TSGFMN.
Espacio Europeo de Educación Superior si suman al
menos 40 créditos en Producción Vegetal, de los cuales
al menos 12 en Protección Vegetal.
Las CCAA podrán reconocer asesores hasta el 01/01/2015 a
FP o Titulación Universitaria, si demuestran al menos 4 años
de experiencia en asesoramiento, estaciones de avisos,
técnicos de ATRIAs, técnicos de PI (DT 3ª)
Inscrito en la sección de “Asesores” del ROPO (antiguo
ROESP)
Asesoramiento reflejado en un Documento de Asesoramiento
Propuesta de documento (GIP)
Documento de Asesoramiento (pendiente de publicación):
Contrato de asesoramiento
Descripción de la explotación asesorada
Registro de las actuaciones fitosanitarias
Propuesta de documento (GIP)
Documento de Asesoramiento (pendiente de publicación):
Descripción de la explotación asesorada:
A) Descripción general de la explotación:
Datos SIGPAC: Número de Orden, Provincia, Municipio, Polígono, Parcela, Recinto, Superficie SIGPAC, Uso SIGPAC
Datos de la parcela: Superficie cultivada, Especie, Variedad, Sistema de riego utilizado, aire libre o protegido
Datos de la maquinaria: tipo de maquinaria, nº de ROMA, fecha de adquisición, fecha de inspección, Nº de ROPO para el usuario
B) Incidencias Fitosanitarias de la Explotación
Por cultivo: listado de plagas, enfermedades y malas hierbas que previsiblemente pudieran ocasionar daños
Para cada plaga: medida de las contempladas en la Guía GIP a adoptar
Para cada plaga o enfermedad se establecerán las condiciones que deberán de darse para justificar las aplicaciones químicas (sobrepasamiento del umbral establecido, condiciones meteorológicas, estado fenológico del cultivo, etc.)
C) Evaluación del riesgo medioambiental en la utilización de productos fitosanitarios
Propuesta de documento (GIP)
Documento de Asesoramiento (pendiente de publicación):
Descripción de la explotación asesorada:
C) Evaluación del riesgo medioambiental en la utilización de productos fitosanitarios
1) Delimitación de las zonas de la explotación sometidas a protección:
- Relación de los puntos o áreas sometidas a protección, cuantificando la superficie afectada
- Tipo de condicionamiento ambiental al que se ve afectado
- Parcelas colindantes o enclavadas dentro del área sometida a protección
2) Descripción de los posibles riesgos medioambientales en el uso de los productos fitosanitarios:
- Especies en peligro, si las hubiere
- Catalogación de las masas de agua y puntos de captación en base a su aprovechamiento.
- Descripción de los posibles riesgos
3) Medidas propuestas para la mitigación del riesgo respecto al empleo de productos fitosanitarios en estas áreas:
- Categoría toxicológica de los productos a emplear
- Establecimiento de medidas de control no químico
- Establecimiento de bandas de seguridad
- Establecimiento de dispositivos de eliminación de efluentes
- Barreras o setos de contención
- Empleo de maquinaria o sistemas de baja deriva
- Zonas refugio (si existen) para fauna auxiliar y polinizadores
- Puntos más cercanos de recogida de envases de fitosanitarios
Propuesta de documento (GIP)
Documento de Asesoramiento (se publicará antes 03/2013):
Contrato de asesoramiento
Descripción de la explotación asesorada
Registro de las actuaciones fitosanitarias
Real Decreto 1311/2012 (GIP)
Las CCAA efectuarán un seguimiento para comprobar que se
realiza un asesoramiento adecuado.
El MAGRAMA adoptará Guías Orientativas de GIP por cultivos o
grupos de cultivo.
Cada explotación o usuario profesional dispondrá de un
Cuaderno de Explotación (el documento de asesoramiento deberá
cumplir con este requisito).
Con el cuaderno se guardarán los documentos de
asesoramiento, certificados de inspección de la maquinaria,
facturas y documentos justificativos durante al menos 3 años.
Real Decreto 1311/2012 (GIP)
Cumplen con la GIP:
Agricultura Ecológica (Reglamento 834/2007)
Producción Integrada (RD 121/2002 y normativa autonómica)
Sistemas de producción certificados previamente aprobados
(Global GAP, etc.)
Agricultores integrados en ATRIAS
Agricultores que reciban un asesoramiento adecuado
Explotaciones de bajo riesgo que sigan unas Guías Específicas
por cultivo.
Real Decreto 1311/2012 Cultivos y explotaciones exentas de asesoramiento
Antes de 01/03/2013 se publicarán las Producciones y tipos de explotaciones de baja utilización de PPFF
El asesoramiento será voluntario
Deberán seguir las prácticas de las Guías de G.I.P. publicadas
Arroz < 2 Ha
Hortalizas Aire libre < 2Ha
Hortalizas Invernadero <0,5 Ha
Frutales de regadío < 2Ha
Cítricos < 2Ha
Uva de mesa <2 Ha y vinificación < 5Ha
Olivo < 5Ha
Si una explotación supera 5 Ha de superficie no exenta, necesita asesoramiento para esas superficies
Las CCAA podrán establecer límites inferiores de exención
Real Decreto 1311/2012 Cultivos y explotaciones exentas de asesoramiento
% de explotaciones exentas de asesoramiento
3037
27
64
48
68
29
44
16
30 28
59
44
55
32
42
0
10
20
30
40
50
60
70
80
90
100
Arro
z
Hor
taliz
as A
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Hor
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Citr
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R.
Oliv
ar
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de
Mes
a
Uva
de
Vin
ificac
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CV
España
Fuente INE Censo Agrario 2009
Real Decreto 1311/2012 Cultivos y explotaciones exentas de asesoramiento
Fuente INE Censo Agrario 2009
% de superficie exenta de asesoramiento
6 6 5
20 17
34
610
1 37
147
17
9 9
0
10
20
30
40
50
60
70
80
90
100
Arro
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Horta
lizas
A.L
.
Horta
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s R.
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Vinifica
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CV
España
Real Decreto 1311/2012 (Guías GIP)
Serán orientativas, tanto para los asesores como para usuarios profesionales de los productos fitosanitarios.
No obstante serán obligatorias para las explotaciones exentas de asesoramiento
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente hará públicas las guías de gestión integrada de plagas de aplicación en las principales producciones, cultivos o grupos de cultivos, en base a los principios establecidos en el anexo I.
Se dará preferencia a la adopción de las guías que afecten a las producciones o tipos de explotaciones que se consideren de baja utilización de productos fitosanitarios
Se está trabajando en Guías por grupos de cultivo: Hortícolas, Frutales no cítricos, Cítricos, Olivar, Viñedo, Herbáceos, Industriales, Forestales y Usos no agrarios
Real Decreto 1311/2012 (Guías GIP)
1- ASPECTOS GENERALES
2- PRINCIPIOS PARA LA APLICACIÓN DE LA GESTIÓN INTEGRADA DE PLAGAS
3- MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA ZONAS SENSIBLES Y ESPACIOS NATURALES
4- LISTADO DE PLAGAS Y ENFERMEDADES POR CULTIVO
(CON SOPORTE FOTOGRÁFICO)
5- ESTRATEGIA DE CONTROL INTEGRADO
(SISTEMA DE MUESTREO, UMBRALES DE ACTUACIÓN Y/O CRITERIOS DE INTERVENCIÓN, PROPUESTA DE MEDIDAS Y POSIBLES ACTUACIONES PREVENTIVAS)
6- REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Real Decreto 1311/2012 (Guías GIP)
Guía de campo
PLAGAS DE LOS CÍTRICOS Y SUS
ENEMIGOS NATURALES
F García Marí
Phytoma
El Asesoramiento y las Guías de Cultivo
en la Gestión Integrada de Plagas
Paiporta, 30 de mayo 2013
Vicente Dalmau Sorlí
Servicio de Sanidad Vegetal
D.G. Producción Agraria y Ganadería