PRESENTACIÓN GENERAL DE LOS CASOS DE VIOLENCIA POLITICA CONTRA LOS ESTUDIANTES EN EL TERRITORIO...

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PRESENTACIÓN GENERAL DE LOS CASOS DE VIOLENCIA POLITICA CONTRA LOS ESTUDIANTES EN EL TERRITORIO COLOMBIANO DURANTE LOS AÑOS 2001-2010 1 Para la presentación general de los casos hemos optado por usar la categoría Violencia Política del Banco de Datos de derechos humanos y violencia política del Centro de Investigación y Educación Popular -Cinep-, en cuanto, dicha categoría permite la explicación de los diferentes tipos de violencia que se general en el país, así como los diversos móviles para llevarlas a cabo. Sin embrago, para el desarrollo de la investigación y la presentación de los casos emblemáticos usaremos la categoría de Terrorismo de Estado, pues, consideramos que nos permite entender de mejor manera el objeto de las agresiones cometidas contra los estudiantes, al final de esta presentación explicaremos las razones de dicha decisión. VIOLENCIA POLÍTICA El objetivo de definir la violencia política se debe a diferenciarla de otras violencias que no tienen como origen móviles relacionados con el modelo de Estado y de sociedad establecido, como puede ser la violencia de la delincuencia común, o aquella que se genera en el interior de las familiar por razones culturales o de convivencia. En ese sentido el Cinep considera la Violencia Política como aquella ejercida como medio de 1 Los datos presentados en este informe provienen del rastreo realizado a la Base de Datos de Derechos Humanos y Violencia Política del Cinep.

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El texto muestra un balance de las agresiones cometidas contra los estudiantes por parte de los agentes estatales y para-estatales en Colombia durante la primera decada del siglo XXI

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  • PRESENTACIN GENERAL DE LOS CASOS DE

    VIOLENCIA POLITICA CONTRA LOS ESTUDIANTES EN EL

    TERRITORIO COLOMBIANO DURANTE LOS AOS 2001-20101

    Para la presentacin general de los casos hemos optado por usar la categora

    Violencia Poltica del Banco de Datos de derechos humanos y violencia poltica del

    Centro de Investigacin y Educacin Popular -Cinep-, en cuanto, dicha categora permite

    la explicacin de los diferentes tipos de violencia que se general en el pas, as como los

    diversos mviles para llevarlas a cabo. Sin embrago, para el desarrollo de la investigacin

    y la presentacin de los casos emblemticos usaremos la categora de Terrorismo de

    Estado, pues, consideramos que nos permite entender de mejor manera el objeto de las

    agresiones cometidas contra los estudiantes, al final de esta presentacin explicaremos las

    razones de dicha decisin.

    VIOLENCIA POLTICA

    El objetivo de definir la violencia poltica se debe a diferenciarla de otras

    violencias que no tienen como origen mviles relacionados con el modelo de Estado y de

    sociedad establecido, como puede ser la violencia de la delincuencia comn, o aquella

    que se genera en el interior de las familiar por razones culturales o de convivencia. En ese

    sentido el Cinep considera la Violencia Poltica como aquella ejercida como medio de

    1 Los datos presentados en este informe provienen del rastreo realizado a la Base de Datos de Derechos Humanos y Violencia Poltica del Cinep.

  • lucha poltico-social, ya sea con el fin de mantener, modificar, sustituir o destruir un

    modelo de Estado o de sociedad, o tambin con el fin de destruir o reprimir a un grupo

    humano con identidad dentro de la sociedad por su afinidad social, poltica, gremial,

    tnica, racial, religiosa, cultural o ideolgica, est o no organizado (Cinep, 2008, 6).

    Esta Violencia Poltica se puede presentar en cuatro tipos segn la normatividad

    internacional y la particularidad del conflicto colombiano, a saber, como Violacin a los

    Derechos Humanos, como Violencia Poltico-Social, como Infracciones Graves al

    Derecho Internacional Humanitario y como Acciones Blicas, cada una de ellas ser

    explicada a continuacin y a su vez se presentara el informe de los casos para facilitar su

    lectura y entendimiento.

    Cabe hacer dos aclaraciones pertinentes antes de la presentacin de los casos, la

    primera tiene que ver con las Acciones Blicas, las cuales son definidas como acciones

    que se ajustan a las leyes y costumbres de la guerra establecidas en la normatividad

    nacional e internacional, especialmente en el Derecho Internacional Humanitario, y por

    tanto, no se presenta en este estudio, pues, es imposible establecer a los estudiantes como

    un actor en el conflicto armado colombiano, es decir, por definicin los estudiantes hacen

    parte de la sociedad civil y no de los actores armados en confrontacin. La segunda, es

    que no incluimos la totalidad de las agresiones que se pueden presentar en cada tipo y

    modalidad de la Violencia Poltica, incluimos solamente aquellas de las cuales fueron

    vctimas los estudiantes; para una consulta mas detalla y completa de la totalidad de las

  • agresiones por tipo y modalidad de la Violencia Poltica sugerimos consultar el Marco

    Conceptual del Banco de Datos.

    I. MODALIDADES DE VIOLACIN DE LOS DERECHOS HUMANOS

    SEGN LOS MVILES

    Hablamos de Violacin a los Derechos Humanos cuando se presentan dos

    elementos que la definen y caracterizan, por un lado el autor, quien en definicin es un

    agente directo o indirecto del Estado; y por otro el derecho violado, que debe ser alguno

    de los consagrados en los pactos internacionales de derechos humanos.

    Esta violencia se puede clasificar en tres modalidades segn sus mviles. Como

    Persecucin Poltica, cuando existe un claro inters hacia la persona sobre la que se

    comete la violacin de derechos, generalmente relacionada con la represin y

    desarticulacin de los movimientos y la protesta social, cabe sealar que esta modalidad

    puede ser cometida por agentes estatales como por civiles con apoyo o anuencia del

    Estado. Como Abuso de Autoridad, en este caso no existe una intencin predeterminada

    hacia la violacin de los derechos de la vctima, sino que, la agresin es el resultado de

    una fuerza desmedida por parte de los agentes estatales en el cumplimiento de sus

    funciones, a diferencia de la primera modalidad, esta solo puede ser cometida por agentes

    estatales, entendiendo que los civiles no tienen como funcin mantener el orden publico.

    Como Manifestacin de Intolerancia Social, en esta modalidad la vctima es objeto de la

  • agresin por ser considerada parte de algn grupo disfuncional o problemtico para el

    modelo de sociedad, como lo son los habitantes de calle, consumidores de sustancias

    psicoactivas, personas en ejercicio de la prostitucin, homosexuales, etc, en esta

    modalidad al igual que en la primera la violencia puede ser ejercida por agentes estatales

    o por civiles con apoyo o anuencia del Estado.A continuacin presentamos el balance obtenido de la Base de Datos de

    Derechos Humanos y Violencia Poltica con respecto a la Violencia como Violacin a los

    Derechos humanos, segn la modalidad y en cada una de ellas el tipo de agresin

    cometida dependiendo el derecho que fue violado.

    1. Violacin de los Derechos Humanos como Persecucin Poltica

    a. Violacin del Derecho a la Vida:

    Ejecucin Extrajudicial (Cdigo: A 10)

    Es un homicidio intencional perpetrado en forma deliberada y arbitraria por un

    agente estatal, por un particular que acta con el apoyo, la anuencia, la aquiescencia o la

    tolerancia de un agente estatal, o por un particular que acta gracias a la ausencia de

    garantas y de proteccin de la vctima por parte del Estado (Cinep, 2008, 11)

    Durante el periodo de estudio 2001 2010 se encontraron 29 casos de ejecucin

    extrajudicial, teniendo como responsable a los paramilitares en veinticinco ocasiones, la

    polica en tres, el ejercito y la armada cada uno con una ejecucin. En estas agresiones

    fueron asesinados veintinueve hombres y tres mujeres. En cinco de los casos la ejecucin

  • se presento junto con otro tipo de crimen, siendo el mas recurrente, la desaparicin

    forzada como agresin previa.

    Amenaza individual (Cdigo: A 15)

    Es la manifestacin de violencia contra una persona por parte de agentes directos

    o indirectos del Estado, que la colocan en situacin de vctima potencial de agresiones

    contra su vida o integridad, afectando su estabilidad psquica (Cinep,2008, 11).

    Se presentaron noventa casos de amenazas individuales, teniendo como

    responsable a los paramilitares en sesenta y cuatro casos, la polica en nueve, el ejercito

    en cuatro, la armada en dos y once casos donde se responsabiliza al Estado, en cuanto, se

    conoce que las amenazas provienen de una fuerza estatal, pero no se logra establecer con

    claridad la identidad o la vinculacin a una entidad o fuerza estatal en particular. Fueron

    vctimas de amenazas ciento veintids hombres y treinta y nueve mujeres. En catorce

    casos la amenaza fue cometida junto con otro tipo de crimen, siendo las mas frecuentes,

    amenazas a colectivos y detencin arbitraria de la vctima.

    N DE CASOS POR AO2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 20102 2 7 0 3 3 2 2 4 3

    N DE CASOS POR AO2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 20101 0 2 13 4 14 22 17 11 6

  • Amenaza colectiva (Cdigo: A 18)

    Es la manifestacin de violencia contra un grupo de personas por parte de

    agentes directos o indirectos del Estado, que lo colocan en situacin de vctima potencial

    de agresiones contra su vida o integridad, afectando su organizacin o su lucha por la

    reivindicacin de derechos (Cinep,2008, 11)

    Se hallaron cincuenta y siete amenazas a colectivos u organizaciones, con

    responsabilidad de los paramilitares en cuarenta y cuatro de ellas, de la polica en nueve y

    la Sijin, Armada, Ejercito y el Estado en una cada uno. En cinco ocasiones me presenta

    junto con amenazas individuales y en tres con heridas a la vctima. Se hace mencin a

    instituciones como las universidades Nacional, de Antioquia, Industrial de Santander, del

    Valle, etc. organizaciones de mujeres como la OFP e incluso barrios y ciudades en

    general como el Barrio Bello Oriente y la ciudad de Barrancabermeja.

    b. Violacin del Derecho a la Integridad Personal:

    Tortura (Cdigo: A 12)

    Es todo acto por el cual se inflija intencionalmente a una persona dolores o

    sufrimientos graves, ya sean fsicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un

    tercero informacin o una confesin, de castigarla por un acto que ha cometido, o de

    intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razn basada en cualquier

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  • tipo de discriminacin, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un

    funcionario pblico u otra persona en el ejercicio de funciones pblicas, a instigacin

    suya, o con su consentimiento o aquiescencia (Convencin contra la Tortura y Otros

    Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, Resolucin 39/46 de la Asamblea

    General de la ONU, 10 de diciembre de 1984, art.1).

    Se encontraron trece casos de tortura, siendo la polica responsable en ocho

    oportunidades, los paramilitares en dos, la Sijin en dos y el ejercito en una. Fueron

    vctimas de esta agresin quince hombres y cinco mujeres. En ocho ocasiones se presenta

    el crimen junto con otro tipo de agresin, siendo la detencin arbitraria la mas frecuente.

    Herida (Cdigo: A 13)

    Es toda forma de Heridas o lesiones infligidas a una persona, ya por un intento

    frustrado de asesinato, ya como forma de castigo por sus posiciones o actividades, o

    como intimidacin para que abandone stas o las transforme, cuando son causadas por un

    funcionario pblico u otro persona en ejercicio de funciones pblicas, a instigacin suya,

    o con su conocimiento o aquiescencia(Convencin contra la Tortura y Otros Tratos o

    Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, Resolucin 39/46 de la Asamblea General de

    la ONU, 10 de diciembre de 1984, art.1).

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    0 0 1 2 1 0 5 1 2 1

  • Se presentaron agresiones que causaron heridas en la integridad personal en

    treinta y un ocasiones, siendo la polica responsable en veintitrs de ellas, los

    paramilitares en siete y la armada en una. Fueron vctimas veinticuatro hombres y dos

    mujeres. En diecisis ocasiones se presento la agresin junto con otro crimen, siendo el

    mas frecuente la detencin arbitraria.

    c. Violacin del Derecho a la Libertad Personal:

    Desaparicin Forzada (Cdigo: A 11)

    Es la privacin de la libertad a una persona, cualquiera que fuere su forma,

    cometida por agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actan con la

    autorizacin, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la falta de informacin o

    de la negativa a reconocer dicha privacin de libertad o de informar sobre el paradero de

    la persona, con lo cual se impide el ejercicio de los recursos legales y de las garantas

    procesales pertinentes (Convencin Interamericana sobre Desaparicin Forzada de

    Personas, 1993).

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  • Se halaron ocho desapariciones forzadas, teniendo como responsable a los

    paramilitares en siete de ellas y la polica en una. Las vctimas en su totalidad, ocho,

    fueron hombres y en tres ocasiones la desaparicin conllevo a la ejecucin de la vctima.

    Detencin arbitraria (Cdigo: A 14)

    Consiste en privar de la libertad a una o a varias personas por parte de agentes

    directos o indirectos del Estado, por razones y mediante procedimientos no contemplados

    en la ley penal (Cinep, 2008, 14)

    Se presentaron cuarenta y siete casos de detencin arbitraria, con

    responsabilidad de la polica en treinta de ellos , paramilitares en cuatro, el DAS en tres,

    CTI en dos, Armada en dos ejercito en tres y el Estado en tres. En trece ocasiones se

    presento la agresin con otro tipo de crimen, siendo las mas frecuentes, la generacin de

    heridas a los detenidos y la promulgacin de amenazas durante la detencin. Fueron

    vctimas de este delito ochenta y cuatro hombres y trece mujeres.

    2. Violacin de Derechos Humanos como Abuso de Autoridad

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    1 3 3 9 5 5 11 4 5 1

  • No definimos los tipos de agresin cometida, ya que la misma definicin

    aportada para la modalidad de persecucin poltica aplica para esta modalidad, pues,

    como lo sealamos anteriormente su diferencia radica es en el mvil de la agresin.

    a. Violacin del Derecho a la Vida

    Ejecucin Extrajudicial (Cdigo: A 20)

    Se encontraron cuatro casos con responsabilidad de la polica en dos de ellos, la

    Sijin y la Armada en uno respectivamente, la totalidad de las vctimas fueron hombres, y

    en uno de los casos con responsabilidad de la polica tambin se presenta ataque a bienes

    civiles.

    Amenaza individual (Cdigo: A 25)

    Se presentaron cuatro casos de amenazas individuales con responsabilidad de la

    polica en su totalidad, fueron vctimas nueve hombres y en dos ocasiones la agresin se

    presento junto con detencin arbitraria de las vctimas.

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    1 0 0 1 0 0 0 1 0 1

  • Amenaza colectiva (Cdigo: A 28)

    Se hallaron dos amenazas colectivas, ambas con responsabilidad de la Polica

    ocurridas durante el 2005, se seala a la totalidad de la comunidad que participa en la

    marcha o manifestacin poltica.

    b. Violacin del Derecho a la Integridad Personal

    Tortura (Cdigo: A 22)

    Se encontraron dos casos de tortura, ambos con responsabilidad de la Polica y

    ocurridas durante el ao 2004, teniendo como vctimas a un hombre y una mujer

    respectivamente.

    Herida (Cdigo: A 23)

    Se presentaron veinticuatro casos de heridas, teniendo la polica responsabilidad

    en veinte de ellas, el DAS, CTI, Ejercito y Estado en una respectivamente. Fueron

    vctimas veintids hombres y dos mujeres. En tres ocasiones se presentan las heridas tras

    la detencin arbitraria.

    3. Violacin de los Derechos Humanos como manifestacin de

    Intolerancia Social

    a. Violacin del Derecho a la Vida

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  • Amenaza individual (Cdigo: A 35)

    Se hallo un caso en el ao 2006 por parte de los paramilitares en la ciudad de

    barranca donde se seala a un estudiante hombre sealado por consumo de sustancias

    psicoactivas.

    II. VIOLENCIA POLTICO-SOCIAL

    Se entiende por Violencia Poltico Social aquella ejercida por personas,

    organizaciones o grupos particulares o no determinados, motivados por la lucha en torno

    al poder poltico o por la intolerancia frente a otras ideologas, razas, etnias, religiones,

    culturas o sectores sociales, estn o no organizados(Cinep, 2008, 20)

    En este tipo de violencia una caracterstica fundamental es la imposibilidad de

    identificacin del actor, es decir, no existe evidencia que logren demostrar la

    participacin de agentes estatales o para-estatales en la perpetracin de la agresin, por lo

    cual no es posible catalogarla como una Violencia como Violacin de Derechos

    Humanos, pero, si es posible identificar los mviles polticos o de intolerancia que

    motivaron la agresin.

    Tambin se registran como hechos de violencia poltico social algunas prcticas

    excepcionales de actores armados no estatales, que no pueden tipificarse como

    violaciones a los derechos humanos, pues sus autores no pertenecen al polo estatal ni

    para-estatal, ni tampoco como infracciones al Derecho Internacional Humanitario, ya que

    no estn tipificadas all, aunque son indiscutiblemente hechos de violencia determinados

  • por mviles polticos (Cinep, 2008, 20); En este caso el tipo de agresin registrada es el

    secuestro con fines econmicos o polticos de civiles por parte de las guerrillas, que se

    diferencia de la privacin de la libertad de combatientes, en cuyo caso se denomina

    Prisioneros de Guerra, y cuya practica esta reglamentada en los convenios que regulan el

    DIH, cabe sealar que es la nica agresin en este tipo de Violencia que se puede

    identificar el responsable.

    MODALIDADES DE HECHOS DE VIOLENCIA POLTICO-SOCIAL

    SEGN MVILES

    A diferencia de la Violencia como Violacin de los Derechos Humanos, en este

    tipo solo se presentan dos modalidades, como Persecucin Poltica y como

    Manifestacin de Intolerancia Social, pues, no es posible hablar de Abuso de Autoridad

    ya que como fue indicado en la definicin de este tipo de violencia, una caracterstica es

    la imposibilidad de identificacin del responsable y por lo tanto, se otorga el beneficio de

    la duda al intentar responsabilizar a los agentes estatales.

    En seguida presentamos el balance obtenido de la Base de Datos de Derechos

    Humanos y Violencia Poltica con respecto a la Violencia Poltico-Social, segn la

    modalidad y en cada una de ellas el tipo de agresin cometida dependiendo el derecho

    que fue violado.

    1. Modalidades especficas de violencia poltico social, por motivos de

    persecucin poltica, segn los bienes protegidos:

  • a. Contra la Vida:

    Asesinato poltico (Cdigo: B 40)

    Es la privacin de la vida de una persona por particulares o autores no

    identificados, enforma deliberada y con intencin de castigar o impedir sus actividades o

    posiciones ideolgicas o su pertenencia a determinadas organizaciones (Cinep,2008,23)

    Se presentaron cuarenta casos en donde fueron vctimas treinta y cinco hombres

    y siete mujeres, en dos ocasiones la agresin dejo vctimas de heridas tras el asesinato.

    Hay que destacar que el departamento del Atlntico presenta siete asesinatos en el ao

    2001 lo que nos llevo a estudiar el caso de la Universidad del Atlntico como caso

    emblemtico.

    Amenaza individual (Cdigo: B 45)

    Es una manifestacin de violencia contra una persona por parte de individuos o

    grupos no estatales ni para-estatales o de autores no identificados, que la colocan en

    situacin de vctima potencial de agresiones contra su vida o integridad, con miras a

    castigar o impedir sus actividades sociales o polticas, afectando su estabilidad psquica

    (Cinep,2008,23).

    Se hallaron doce casos de amenazas, cabe sealar que algunas de ellas estaban

    dirigidas a familias de vctimas de ejecuciones extrajudiciales por parte de agentes del

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    18 2 2 5 2 3 0 0 7 1

  • Estado, y que han emprendido el proceso en busca de verdad, justicia y reparacin, como

    es el caso de la familia de Jhony Silva, estudiante asesinado por la Polica.

    Amenaza colectiva (Cdigo: B 49)

    Es una manifestacin de violencia contra un grupo de personas por parte de

    individuos o grupos no estatales ni para-estatales, que lo colocan en situacin de vctima

    potencial de agresiones contra su vida o integridad, afectando su organizacin o su lucha

    por la reivindicacin de derechos, apareciendo como causa determinante de la misma,

    mviles de persecucin poltica (Cinep, 2008, 23)

    Se encontraron dos casos de amenaza colectiva, una en el 2008 y otra en el

    2010.

    b. Contra la Integridad Personal:

    Herida (Cdigo: B 43)

    Es toda Lesin infligida a una persona, ya por un intento frustrado de asesinato,

    ya como forma de castigo por sus posiciones o actividades, o como intimidacin para que

    abandone stas o las transforme, cuando son causadas por personas o grupos no estatales

    ni para-estatales o actores no identificados (Cinep,2008, 24)

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    3 1 0 1 3 0 0 2 0 2

  • Se hallaron nueve casos en los que resultaron como vctimas nueve hombres y

    tres mujeres, en tres ocasiones adems de la vctima de herida, el crimen dejo tres

    vctimas de asesinato poltico.

    c. Contra la Libertad Personal:

    Secuestro perpetrado por organizaciones Insurgentes (Cdigo: B 41)

    Es la privacin de la libertad de una persona civil por parte de una organizacin

    insurgente, ya con el fin de obligarla a entregar una suma de dinero destinada a la

    financiacin de dicha organizacin o de sus acciones blicas, ya con el fin de enviar un

    mensaje, de producir un impacto en la opinin pblica o de impedir una determinada

    actividad de la vctima (Cinep, 2008, 24).

    Se presentaron quince casos de secuestro, teniendo como responsable a las

    Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC-EP) en ocho ocasiones al Ejercito

    de Liberacin Nacional (ELN) en seis y al Ejercito revolucionario del Pueblo (ERP) en

    una. Fueron vctimas de este delito diecisiete hombres y cinco mujeres.

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    3 0 0 0 0 1 0 0 3 2

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    3 4 1 3 0 1 0 3 0 0

  • Rapto por mviles polticos (Cdigo: B 48)

    Es el ocultamiento o traslado de una persona, contra su voluntad, realizado por

    autores no identificados, llevando a la vctima a sitios desconocidos, dejando a su familia

    o a sus allegados en completa ignorancia sobre su paradero y a la vctima en una

    situacin de indefinicin existencial (Cinep, 2008, 24)

    Se encontraron doce casos, teniendo como vctimas a seis hombres y seis

    mujeres, se debe sealar que en el ao donde ms se presenta este delito, fueron los

    departamentos de la regin Caribe, junto con los Santanderes los ms afectados.

    2. Modalidades especficas de violencia poltico social que tienen como

    mvil la intolerancia social, segn los bienes protegidos:

    No entramos a definir las agresiones en esta modalidad, ya que aplican la misma

    conceptualizacin aportada para la modalidad de persecucin poltica e igual, como lo

    sealamos anteriormente, lo nico que los diferencia es el mvil.

    a. Contra la Vida:

    Asesinato por Intolerancia Social (Cdigo: B 50)

    El nico caso registrado en la base ocurri en el departamento del Meta en el

    ao 2010, dejando como saldo tres hombres muertos, ellos se encontraban jugando en el

    polideportivo, lugar donde llegaron desconocidos disparando indiscriminadamente.

    N DE CASOS POR AO2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010

    6 2 1 1 1 0 0 0 0 1

  • III. INFRACCIONES GRAVES AL DERECHO INTERNACIONAL

    HUMANITARIO

    Cuando los actos de violencia se producen dentro de un conflicto armado, ya sea

    entre dos Estados (conflicto con carcter internacional), ya entre fuerzas beligerantes en

    el interior de un Estado (conflicto con carcter no internacional), hay que calificar de otra

    manera los hechos violentos, pues el conflicto armado puede llevar a privar de la vida o

    de la libertad a los adversarios, afectar su integridad y sus bienes y destruir determinados

    bienes pblicos.

    El Derecho Internacional Humanitario no entra a calificar la legitimidad o no de

    la guerra o del conflicto en cuestin. Tampoco entra a calificar los mtodos del conflicto

    en relacin con su eficacia, ni siquiera a estorbar el objetivo fundamental de toda guerra o

    conflicto armado que es la victoria sobre el adversario o, en cada accin blica, la

    obtencin de una ventaja militar sobre el adversario, objetivos que de todos modos

    exigirn eliminar vidas humanas, afectar la integridad y la libertad de personas y destruir

    bienes materiales.

    Si el DIH se propusiera salvaguardar valores ticos puros, no le quedara ms

    remedio que condenar la guerra y censurar todos sus desarrollos que incluyen

    eliminacin de vidas humanas y daos en la integridad y libertad de las personas. Lo

    nico que se propone es impedir los sufrimientos y destrozos innecesarios, o sea aquellos

    que no reportan ninguna ventaja militar sobre el adversario. (Cinep, 2008, 28)

  • Para analizar las infracciones al DIH se clasifican segn los siguientes

    parmetros: uso de Medios Ilcitos de guerra, como por ejemplo armas no convencionales

    como las minas antipersona o bombas qumicas; empleo de Mtodos Ilcitos de guerra,

    como el empleo de smbolos de organismos neutrales en el conflicto para sacar provecho

    ante el adversario; Atacar Objetivos Ilcitos, como personal no militar o instituciones

    neutras como iglesias y escuelas; Trato Indigno al Ser Humano, como asesinatos,

    humillaciones o torturas cometidas contra combatientes en estado de rendicin.

    A continuacion presentamos el balance obtenido de la Base de Datos de

    Derechos Humanos y Violencia Poltica con respecto a las Infracciones Graves al DIH,

    segn la modalidad y en cada una de ellas el tipo de agresin cometida dependiendo el

    derecho que fue violado.

    2. Infracciones al DIH por el empleo de mtodos ilcitos de guerra:

    Pillaje (Cdigo: D 95)

    Se hallaron tres casos en el 2001, 2007 y 2008 con responsabilidad del polica,

    Sijin y ejercito respectivamente, dejando como vctima a tres hombres y una mujer.

    3. Infracciones al DIH por atacar objetivos ilcitos de guerra:

    Ataque a Bienes Civiles (Cdigo: D 80)

    Se presentaron ocho casos, con responsabilidad de de la polica en siete de ellos

    y de los paramilitares en el restante. Dejando como vctimas a cinco hombres. En cinco

  • casos se presento el delito junto con otro tipo de crimen, siendo la ejecucin extrajudicial

    la mas frecuente.

    4. Infracciones al DIH por el trato indigno al ser humano:

    Modalidades especficas de Infracciones al DIH por el trato indigno al ser

    humanoHomicidio Intencional de Persona Protegida (Cdigo: D 701)

    Se presentaron dos casos, ambos responsabilidad de las FARC-EP, en los aos

    2001 y 2009, dejando como saldo tres hombres asesinados.

    TERRORISMO DE ESTADO

    Hablar de Terrorismo de Estado en el contexto colombiano no es fcil, debido a

    que el desarrollo del conflicto armado colombiano, desdibuja las practicas que los

    agentes estatales pueden o estn permitidos a realizar dentro del marco legal de la guerra,

    con lo cual, se ha establecido a travs de algunos medios, una legitimacin de todas las

    acciones justificando su necesidad para derrotar al enemigo.

    Por otro lado, se encuentra que las prcticas terroristas por parte de los estados

    han sido enfatizadas en contextos de dictaduras militares, como en el caso argentino y el

    chileno, momento en el cual hubo una poltica de persecucin de la oposicin de manera

    N DE CASOS POR AO2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010

    1 0 0 2 3 0 0 0 1 1

  • sistemtica y generalizada que ha hecho del caso algo inocultable, pero, en el contexto

    colombiano se ha dificultado la hablar de dichas prcticas terroristas, debido a que se

    argumenta que en las democracias estas polticas no hacen parte de los lineamientos del

    gobierno; junto que no existe una labor investigativa rigurosa frente al tema.2

    Particularmente en el caso de violaciones a los derechos humanos de los

    estudiantes se encuentra que ni siquiera existe la categora para este sector en el Banco de

    Datos de Derechos Humanos y Violencia Poltica del CINEP, que es quizs la base ms

    completa sobre violaciones a derechos humanos en el pas.

    Sin embargo, teniendo en cuenta la cantidad de crmenes cometidos por parte de

    las agentes del Estado y por los paramilitares encontrados en el rastreo realizado al bando

    de datos, fue necesario buscar una categora que explique dichos crmenes, ms all de la

    encontrada en algunos trabajos sobre movimiento estudiantil, donde se habla de

    criminalizacin, ya que, a nuestro juicio, esta presenta un problema en cuanto a la

    temporalidad sugerida.

    2 Cabe destacar los trabajos realizados sobre el exterminio de la Unin Patritica, partido

    poltico que se origina en 1985 tras un intento de negociacin del conflicto armado con

    las guerrillas, en el cual varias organizaciones sociales y militantes de los grupos

    insurgentes, deciden optar por las vas legales de participacin poltica, pese a los

    frustrados dilogos de ese momento.

  • Cuando se habla de criminalizacin se hace, en muchas ocasiones, para referirse

    a los intentos de debilitar la protesta y movilizacin en momentos de auge de los

    movimientos sociales; sin embargo, la categora de Terrorismo de Estado nos permite

    mostrar como las prcticas terroristas no obedecen nicamente a estos momentos, sino

    que son aplicadas en una continuidad temporal, incluso en momento en que se habla de

    un declive en la movilizacin y la protesta.

    De igual manera la categora de Terrorismo de Estado nos permite cuestionar el

    planteamiento frecuente que desde la institucionalidad se da, a los crmenes cometidos,

    como actos aislados producto del desequilibrio mental o el exceso de los fuerza por parte

    de los miembros de la fuerza pblica, o la falta de responsabilidad del Estado en los

    crmenes cometidos por fuerzas paramilitares, ya que estos no forman parte de la

    institucionalidad y operan en la ilegalidad.

    Por ltimo, esta categora nos permite analizar la Violencia como Violaciones a

    Derechos Humanos y la Violencia Poltico-Social como dos caras de una misma moneda,

    a saber, en la distincin que hace el Cinep en el Marco Conceptual de la Base de Datos la

    diferencia entre estos dos tipos de Violencia Poltica radica en la posibilidad o no de

    identificar a los responsables, como veremos en las siguientes lineas, la no identificacin

    de los responsables es una estrategia dentro de la poltica estatal del terror, para continuar

    con las acciones y con la impunidad.

  • Qu es el Terrorismo de Estado

    El padre Javier Giraldo, investigador del CINEP, define el Terrorismo de Estado

    a partir de la seora Kalliopi K. Koufa quien hace un informe para la subcomisin de

    Derechos Humanos de la ONU en 1996 en el cual se define como:

    una violencia de un Estado contra su propia poblacin, con el fin de preservar

    determinado rgimen o gobierno; implica actos de secuestro y asesinato de opositores

    polticos por parte de la polica, de los servicios secretos, del ejrcito, sistemas de

    encarcelamientos sin juicio, persecucin y tortura; matanzas de minoras raciales,

    religiosas o sociales; reclusin en campos de concentracin; en general, un gobierno

    mediante el terror, aunque este terror desde arriba pretenda actuar secretamente, como a

    travs de estructuras paramilitares, pero sin embargo intimida, lesiona y ultraja a grupos

    entero.( Koufa, citada por Giraldo. 2004)

    De igual manera, el profesor Ernesto Garzn, amplia dicha definicin al

    mencionar que el Terrorismo de Estado convierte al gobierno en agente activo de la lucha

    por el poder (Garzn, 1989, 39). Lo cual establece una intencionalidad en la realizacin

    de los crmenes ms all de las razones circunstanciales, como es el exceso de la fuerza.

    Frente a esto el padre Javier Giraldo plantea que el Terrorismo de Estado tiene

    una finalidad que sobre pasa la intensin de debilitar la movilizacin y la protesta social

    en un momento determinado, y tiene que ver con la imposicin de un modelo de sociedad

    y de estado que debe continuar en el tiempo a pesar de los cuestionamientos.

  • El terrorismo, sobre todo cuando asume formas institucionales o sistemticas

    desde las instancias del poder, va moldeando una sociedad sin alternativa, doblegada a los

    intereses a los cuales sirve. Este es el verdadero fin "pedaggico" del terrorismo, que

    alcanza su expresin ms acabada en el Terrorismo de Estado: chantajear, mediante la

    amenaza de perder la vida, la integridad o la libertad, a todo ciudadano

    indiscriminadamente, para que acepte el modelo de sociedad y de Estado que se le ofrece.

    Si no lo hace, sus valores ms esenciales de ser humano van a correr riesgos progresivos,

    no delimitados por espacios o reglas de juego definidas o precisas (Giraldo, 2004)

    Cabe sealar en este momento, el por qu desde nuestra perspectiva, las

    practicas paramilitares no solo hacen parte del Terrorismo de Estado en cuanto son

    auspiciadas desde la institucionalidad, sino tambin, porque en la prctica contribuyen a

    la culminacin de la intensin sealada, imponer un modelo de sociedad y de Estado. La

    aclaracin se hace necesaria en cuanto en el contexto colombiano ocurre que desde los

    organismos del estado y los medios de comunicacin se ha insistido en sealar el

    accionar paramilitar como practicas aisladas del establecimiento, perpetradas por civiles,

    que despus de la ley de justicia y paz (ley 775 de 2005) se pretende desligar, aun ms, la

    responsabilidad del Estado en la comisin de dichos crmenes al empezar a llamar a los

    grupos paramilitares bajo el eufemismo de Bandas Criminales, borrando de esta manera

    toda vinculacin histrica del Estado en el surgimiento de estos grupos.

  • Origen del Terrorismo de Estado

    El terrorismo de Estado tuvo su origen en la Escuela de las Amricas, hoy

    conocida como el Instituto del Hemisferio Occidental para la Cooperacin en Seguridad

    (WHISC)3, un campo de entrenamiento ubicado en Panam desde el ao de 1963,

    financiada por los Estados Unidos para la formacin de militares en la lucha anti-

    insurgente y anticomunista en la regin de Centro y Sur Amrica4. Un informe del

    Asistente del Secretario de Defensa de los Estados Unidos, en marzo de 1992, revela la

    existencia de 7 manuales de entrenamiento que fueron utilizados, primero en el Comando

    Sur (Panam, 1987/1989), y luego en la Escuela de Las Amricas (Giraldo,2004-2).

    Como tambin en las estrategias planteadas por el ejrcito Francs, particularmente, los

    contenidas en el libro del Coronel Roger Trinquier, La Guerra Moderna, a partir de la

    experiencia en el grupo de paracaidista que participa en la guerra para conservar las

    colonias francesas en Asia y frica. Ambas doctrinas son expresadas dentro del contexto

    de la guerra fra como estrategias contra la expansin del comunismo, y que en la

    actualidad se mantienen bajo el discurso de la guerra contra el terrorismo.

    3 segn sus siglas en ingls Western Hemisphere Institute for Security Cooperation

    4 Durante la dcada del 70 se van a destacar algunos militares graduados de esta escuela en el establecimiento de dictaduras militares en el continente como Manuel Noriega en Panam, Elas Wessin en Repblica Dominicana, Hugo Banzer en Bolivia, Juan Velasco Alvarado en Per, entre otros.

  • El apoyo de EE.UU. Para que ciertos lderes se hicieran con el poder en

    Latinoamrica y Centroamrica ha sido fundamental. Su contribucin se ha basado en la

    formacin de unos 60.000 soldados y policas en campos de entrenamiento, como la

    Escuela de las Amricas en Panam (1946-1984) o Fort Benning, Georgia. En los

    manuales de aprendizaje haba mtodos de interrogatorio, asesinato y tortura. (Barker,

    2004,80)

    Lo ms relevante dentro de los manuales es la vinculacin que se hace de la

    todas las formas de protesta social con prcticas terroristas, particularmente el manual

    titulado Terrorismo y Guerrillas Urbanas trae consecuencias lamentables en la manera

    como se plantea el trato a los miembros de movimientos sociales, pues, se vinculan como

    cooperantes de los grupos insurgentes a combatir.

    Esta vinculacin obedece al anlisis que los militares estadounidenses hacen de

    la guerras anticolonialistas, especialmente de la derrota del ejrcito estadounidense en la

    Guerra de Vietnam contra las guerrillas del Vietcong, cuyo lder poltico y militar Ho Chi

    Minh manejo la estrategia del pez en el agua, la cual consista en que los guerrilleros

    deberan mezclarse entre la poblacin no armada y obtener ayuda de esta para

    proporcionar el mayor dao posible a los ejrcitos invasores. De all que los militares

    estadounidenses plantearan la necesidad que en las futuras confrontaciones con grupos

    insurgente, en su cruzada contra el comunismo, haba que quitarle el agua al pez,

    justificando el ataque a la poblacin civil como una estrategia para derrotar a los grupos

    insurgentes.

  • Por su parte los franceses plantean la necesidad del terror como mtodo de

    obtencin de informacin relevante que permitiera la localizacin de focos insurgentes,

    ya que, se considera que no solo tendra una influencia en la persona que es sometida a la

    tortura, sino que tambin, al conjunto de la poblacin que estara despus a delatar para

    no ser vctima de la tortura, cumpliendo de esta manera el principio de quitarle el agua al

    pez.

    Rasgos del Terrorismo de Estado

    De esta primera definicin, el padre Javier Giraldo pasa a definir el terrorismo a

    partir de unos rasgos que nos permiten identificar con mayor claridad que prcticas estn

    enmarcadas en esta categora.

    Los rasgos esenciales del terrorismo son, pues:

    * Desde un punto de vista objetivo: actos de violencia indiscriminada, es decir,

    que no se cien a las normas convencionales del "Derecho en la Guerra", salindose de

    sus cauces y afectando por tanto a objetivos no militares o ejercindose con exceso o con

    crueldad contra los mismos objetivos militares.

    * Desde un punto de vista subjetivo: actos, prcticas o procedimientos que

    producen miedo intenso en las personas, en cuanto ven amenazados sus valores ms

    esenciales: vida, integridad o libertad, y en cuanto esas amenazas no delimitan

  • claramente reas de seguridad o de riesgo o se inspiran en mviles irracionales o

    ticamente repugnantes, produciendo un sojuzgamiento ideolgico o prctico. (Giraldo,

    2004-2)

    Dentro de la caracterizacin del rasgo de la violencia indiscriminada cabe

    resaltar aquella violencia que es ejercida hacia la poblacin civil5, en el caso particular de

    los estudiantes, las acciones desarrolladas por estos no se pueden enmarcar como

    acciones propias del conflicto armado, pero, como ya lo sealamos anteriormente, si

    estn cargadas de un fuerte contenido subversivo en cuanto cuestionan desde varios

    ngulos al sistema capitalista, especialmente el concerniente a la educacin.

    En cuanto al segundo rasgo, es menester sealar que en el caso del movimiento

    estudiantil, este miedo se hace evidente en momentos en que los estudiantes son vctimas

    de agresiones de manera reiterada durante un periodo de tiempo corto, pero,

    posteriormente estas agresiones son convertidas en incentivos para la movilizacin, lo

    cual se puede incluir en muchas de sus arengas.

    5 Cuando hablamos de poblacin civil, nos referimos a la poblacin que estando dentro de un pas en conflicto armado, no est en la confrontacin armada, pero, hace parte del debate pblico sobre los campos en disputa, entre ellos las memorias.