Presentacion Seccion 61 de Tecnologicos 2013 en Reuniones
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CONSTITUCIÓN DE LA
SECCIÓN 61
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN
LA MOTIVACIÓN PARA ASPIRAR A UNA SECCIÓN PARA INSTITUTOS
TECNOLÓGICOS FUE Y SE MANTIENE A PARTIR DE:
GÉNESIS DE UNA SECCIÓN.
En el V Congreso Nacional Extraordinario de Reforma Estatutaria del
SNTE, realizado del 15 al 17 de marzo de 2004 en el Edo. de México,
nuestra dirigencia lanzó el siguiente reto:
“Ante las enormes transformaciones y los nuevos desafíos que en
todos los órdenes presenta el siglo XXI, el sindicalismo se ve frente a
la imperiosa necesidad de renovarse.”
“Esta renovación debe ser de amplio alcance e incluir diversos
aspectos; entre otros: la actualización de su visión y misión...; la
profundización de sus prácticas y procesos democráticos...; la
incorporación de nuevos instrumentos mediante los cuales las
dirigencias transparenten, mejoren la calidad de su gestión y rindan
cuentas a los agremiados; y la exploración de nuevas formas de
acción política y vinculación con la sociedad.”
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN
CON LA NECESIDAD DE ORGANIZARNOS
PARA DEFENDER LOS DERECHOS
LABORALES DE LOS TRABAJADORES DE
LOS INSTITUTOS TECNOLÓGICOS NACE
UNDESINTEC EN 1973 EN EL TECNOLÓGICO
DE LA LAGUNA.
BUSCA TIEMPO DESPUES EL
RECONOCIMIENTO DEL SNTE, A TRAVÉS DE
UNA REPRESENTACIÓN EN EL CEN DEL
SNTE.
LA ASPIRACIÓN FUE TENER UNA SECCIÓN
PARA LOS INSTITUTOS TECNOLÓGICOS
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN
EN REUNIONES NACIONALES DE
SECRETARIOS GENERALES DE
UNDESINTEC SE REFLEXIONO EN LA
NECESIDAD DE UNA TRANSICIÓN QUE
DIERA A NUESTRA ORGANIZACIÓN
PERSONALIDAD JURÍDICA Y ESTA
SOLO SE OBTIENE MEDIANTE LA
CONSTITUCIÓN DE UNA SECCIÓN
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN
MEMBRESÍA
18,202 DOCENTES E INVESTIGADORES
8,643 PERSONAL NO DOCENTE
DISTRIBUIDOS EN:
126 INSTITUTOS TECNOLÓGICOS
4 CRODES
1 CIIDET
1 CENIDET
1 DIRECCIÓN GENERAL
DEL 18 AL 20 DE OCTUBRE DEL 2012 EN EL VI
CONGRESO NACIONAL EXTRAORDINARIO DEL
SNTE, EN UNO DE SUS RESOLUTIVOS, SE
MANDATO, “LA CREACIÓN DE LA SECCIÓN 61”,
LA QUE AGREMIARA A LOS TRABAJADORES
DE LOS INSTITUTOS TECNOLÓGICOS
FEDERALES DEL PAÍS.
EN EL NUEVO ESTATUTO EN EL ARTICULO 35
FRACCIÓN II, INCISO f) SE ESTIPULA LA
CREACIÓN DE LA SECCIÓN 61.
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN
VENTAJAS SECCIÓN 61
UNDESINTEC EL CONCEJO POLÍTICO ATIENDE LA PROBLEMÁTICA NACIONAL
PERSONALIDAD MORAL
SIN PRESUPUESTO
SIN RECONOCIMIENTO EN LA SEP
SECCIÓN 61
45 COMISIONADOS ATENDERAN LA PROBLEMÁTICA NACIONAL
PERSONALIDAD JURÍDICA
CON PRESUPUESTO
CON RECONOCIMIENTO EN LA
SEP
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN
VENTAJAS SECCIÓN 61
UNDESINTEC
SIN RECONOCIMIENTO EN LOS
GOBIERNOS ESTATALES
CON REPRESENTACION MORAL EN LA DGEST
SIN REPRESENTACION EN EL
ISSSTE
SECCIÓN 61
CON RECONOCIMIENTO EN LOS GOBIERNOS ESTATALES
CON REPRESENTACION JURIDICA
EN LA DGEST
CON REPRESENTACION EN EL ISSSTE
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN
VENTAJAS SECCIÓN 61
UNDESINTEC UN REPRESENTANTE EN LA
NEGOCIACION SALARIAL
SIN PERSONALIDAD PARA REALIZAR CONVENIOS
SIN CONCEJALES EN EL
CONSEJO NACIONAL DEL SNTE
SECCIÓN 61
CON VARIOS REPRESENTANTES EN LA NEGOCIACION SALARIAL
CON PERSONALIDAD JURIDICA
PARA REALIZAR CONVENIOS
CON 5 CONCEJALES EN EL CONSEJO NACIONAL DEL SNTE
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN
VENTAJAS SECCIÓN 61
UNDESINTEC RELATIVA PRESENCIA EN LOS
CONGRESOS SECCIONALES DEL SNTE
DISCUSIÓN EN EL CONGRESO
SECCIONAL DE LA PROBLEMÁTICA DE TODOS LOS
NIVELES EDUCATIVOS
SECCIÓN 61
CON MAS DE 280 DELEGADOS EN EL PROPIO CONGRESO
SECCIONAL
DISCUSION EN EL CONGRESO DE LA SECCIÓN DE LA
PROBLEMÁTICA DEL SNIT
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN
VENTAJAS SECCIÓN 61
UNDESINTEC
RELATIVA PRESENCIA EN LOS CONGRESOS NACIONALES DEL
SNTE
SECCIÓN 61
CON MAS DE 100 DELEGADOS EN LOS CONGRESOS
NACIONALES DEL SNTE
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN
EL APOYO SOLIDARIO Y COMPROMISO DE
NUESTRA MAXIMA DIRIGENCIA NACIONAL Y DE
LAS DIRIGENCIAS SECCIONALES PARA MANTENER
LOS BENEFICIOS QUE CON SU GESTIÓN SE HAN
LOGRADO CON LOS GOBIERNOS ESTATALES PARA
LOS TRABAJADORES DE LOS INSTITUTOS
TECNOLÓGICOS, ASÍ MISMO LA VOLUNTAD PARA
SER INCLUIDOS, PARTICIPANDO EN LAS FUTURAS
NEGOCIACIONES.
CONDICIONES QUE DARÍAN VIABILIDAD A LA
CREACIÓN DE LA SECCIÓN 61
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN
Artículo 1. Con el fin de garantizar el cumplimiento de las prestaciones económicas y
sociales obtenidas en cada una de las entidades federativas y que a la fecha disfrutan los
trabajadores de los Institutos Tecnológicos Federales que conformaran la sección 61, se
mandata suscribir un compromiso de corresponsabilidad entre el Comité Ejecutivo
Nacional del SNTE, la Sección de adscripción de origen de los trabajadores a migrar y la
nueva Sección 61, con el fin de avalar que los Gobiernos de los Estados, cumplan con el
pago de las prestaciones acordadas; Así mismo dar certidumbre de la continuidad en las
futuras negociaciones salariales con los Estados, para que estas se puedan incrementar en
beneficio de los Trabajadores de los Institutos Tecnológicos.
Artículo 2. Con la finalidad de dar certidumbre a los trabajadores que conformarán la sección
61, para el disfrute de los beneficios relacionados con espacios recreativos así como
cajas de ahorro o fondos de seguridad social que se encuentren en las entidades, la
sección de adscripción de origen firmará un convenio con la Sección 61, participando
como garante de dicho convenio el Comité Ejecutivo Nacional del SNTE
Artículo 3. Los trabajadores de los Institutos Tecnológicos Federales, que en la actualidad
son funcionarios sindicales en alguna de las Secciones, continuarán adscritos a las mismas y
pasarán a formar parte de la Sección 61 cuando culmine su actual gestión sindical o al
momento de presentar renuncia al cargo que actualmente ostentan.
ARTÍCULOS TRANSITORIOS
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN
FECHA PROPUESTA Y SEDE PARA EL
CONGRESO CONSTITUTIVO DE LA
SECCIÓN 61
26 Y 27 DE SEPTIEMBRE DE 2013 EN SEDE
POR DESIGNAR
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN
ORGANIGRAMA PARA LA
SECCIÓN 61 DE
INSTITUTOS
TECNOLÓGICOS
Trabajo y
conflictos
Jurídico
Negociación
Salarial
Secretario
General Secretario Técnico
Jurídico Organización Comunicación Previsión
Social
Formación
Sindical
Finanzas Trabajo
y conflictos
Negociación
Laboral
Formación
Sindical
Desarrollo
Profesional
Vinculación
Social
Asuntos
Profesionales
Organización
Comunicación
Cultura
y Deportes
Previsión
Social
Créditos
Vivienda
Prestaciones
Económicas
Pensiones y
Jubilaciones
Sede en el Distrito Federal
Sede en las regiones Número de Funcionarios en los Estados:
36
Número de funcionarios Sindicales en el Distrito Federal:
10
Cada región contara con
cuatro carteras y
desarrollaran las funciones
de cada recuadro, las líneas
de comunicación será con la
correspondiente secretaria
que estará en el Distrito
Federal:
LA SECCIÓN DE INSTITUTOS
TECNOLÓGICOS ESTA DIVIDIDA EN
9 REGIONES PARA DAR LA
COBERTURA A NIVEL NACIONAL A
TODAS LAS DELEGACIONES
SINDICALES DE LOS MISMOS.
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN
REGIÓN ESTADO TECNOLÓGICOS
REGIÓN 1
BAJA CALIFORNIA
BAJA CALIFORNIA SUR
SONORA
SINALOA
3
1
6
3
REGIÓN 2 CHIHUAHUA
DURANGO
ZACATECAS
8
3
1
REGIÓN 3 COAHUILA
NUEVO LEÓN
TAMAULIPAS
4
2
6
REGIÓN 4 VERACRUZ
PUEBLA
TLAXCALA
7
3
2
DIVISIÓN POR REGIONES
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN
REGIÓN ESTADO TECNOLÓGICOS
REGIÓN 5
QUINTANA ROO
YUCATÁN
CAMPECHE
TABASCO
3
4
3
4
REGIÓN 6 CHIAPAS
OAXACA
4
11
REGIÓN 7
MICHOACÁN
JALISCO
NAYARIT
COLIMA
6
3
4
1
REGIÓN 8
SAN LUIS POTOSÍ
AGUASCALIENTES
GUANAJUATO
QUERÉTARO
3
3
4
3
REGIÓN 9
ESTADO DE MÉXICO
MORELOS
HIDALGO
GUERRERO
2
3
3
5
NIVEL CENTRAL DISTRITO FEDERAL
DIRECCIÓN GENERAL
1
1
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN
EL NIVEL CENTRAL DE LA
SECCIÓN ATENDERÁ
ADEMAS, A LA DIRECCIÓN
GENERAL Y LOS PLANTELES
DEL DISTRITO FEDERAL
MARCO ESTATUTARIO PARA LA CONSTITUCIÓN DE
LA SECCIÓN
• RESOLUTIVOS DEL VI CONGRESO
EXTRAORDINARIO DEL SNTE.
• MANDATO DEL CONCEJO NACIONAL DEL SNTE
PARA LA CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN
EJECUTIVA PARA SU CONSTITUCIÓN DE LA
SECCIÓN.
• EMISIÓN DE CONVOCATORIA PARA CONSTITUCIÓN
DE LA SECCIÓN POR EL CEN DEL SNTE.
• EMISIÓN DE CONVOCATORIAS POR EL CEN DEL
SNTE PARA ASAMBLEAS DELEGACIONALES PARA
NOMBRAMIENTO DE DELEGADOS.
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN
RESOLUTIVOS DEL VI CONGRESO EXTRAORDINARIO DEL SNTE.
XXXVI Sesión Extraordinaria de Consejo Nacional del SNTE.
• La Comisión designada por el VI Congreso Nacional Extraordinario para dar redacción y consistencia jurídica al articulado del Estatuto presentó, en tiempo y forma, su informe al Consejo Nacional reunido en su XXXVI Sesión Extraordinaria los días 27 y 28 de febrero del presente año, en Guadalajara, Jalisco, mismo que fue aprobado por unanimidad. Con ello, el SNTE plasma en la norma estatutaria su determinación de transformarse para cumplir mejor su misión y objetivos.
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN
FUNDAMENTO DE LA EMISIÓN DE CONVOCATORIA PARA CONSTITUCIÓN DE LA SECCIÓN POR EL CEN DEL SNTE.
• Artículo 35. La Sección Sindical es la unidad orgánica del Sindicato que agrupa a trabajadores de la educación que laboran en una misma entidad federativa, región del país o subsistema. Para la integración de las Secciones Sindicales adoptarán las reglas siguientes:
• II. En el Distrito Federal funcionarán seis Secciones Sindicales:
• f. La Sección 61, de los trabajadores de los institutos
tecnológicos del país, docentes, administrativos,
profesionales no docentes, especialistas, y del servicio
auxiliar de intendencia.
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN
FUNDAMENTO PARA LA EMISIÓN DE CONVOCATORIA PARA CONSTITUCIÓN DE LA SECCIÓN POR EL CEN DEL SNTE.
• Artículo 217. La Convocatoria para la celebración de una Asamblea será emitida por el Órgano facultado para ello en los términos de este Estatuto y deberá contener en todos los casos: El día, la hora y el lugar de celebración, el tipo de Asamblea de que se trate, el Orden del Día con el temario a desarrollar, así como los requisitos y el procedimiento para la acreditación de los Delegados. serán convocadas en los términos de este Estatuto, cuando se consideren necesarias.
• Artículo 219. Cuando se trate de Asambleas en las que deba elegirse a los integrantes de Órganos de Gobierno, Representantes o Delegados, la Convocatoria se sujetará a lo dispuesto en el artículo anterior, además de lo previsto por el artículo 254 de este Estatuto.
• Artículo 254. Cuando se trate de Asamblea en la que deban elegirse dirigentes, las convocatorias que al efecto expidan los órganos facultados, además de las características que deben reunir en los términos del Título Octavo del Capítulo II de este Estatuto, señalarán:
I. Requisitos para la elección de Delegados; II. Requisitos y plazos para el registro de planillas, de acuerdo a la elección de que se trate; y, III. Los demás elementos que el Órgano Electoral competente considere necesarios para el
cumplimiento de la norma estatutaria. • Artículo 220. La Convocatoria para Asamblea será dada a conocer en la forma siguiente:
I. Cuando se trate de Congreso Nacional o Congreso Seccional, mediante publicación en el diario de mayor circulación nacional o estatal, según el caso, o en la Gaceta u Órgano Oficial del Sindicato, y además deberá fijarse en las sedes del Comité Ejecutivo Nacional y en las de los Comité Seccionales, Delegacionales y de Centro de Trabajo correspondientes;
II. Tratándose de Convocatoria para Asamblea Delegacional o de Centro de Trabajo, mediante su fijación en las sedes Delegacionales y de las Escuelas y Centros de Trabajo correspondientes.
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN
FUNDAMENTO PARA LA EMISIÓN DE CONVOCATORIA PARA CONSTITUCIÓN DE LA SECCIÓN POR EL CEN DEL SNTE.
• Artículo 132. El Congreso Seccional se constituye de
la siguiente manera:
III. Con Delegados electos en Asambleas
Delegacionales en la proporción numérica siguiente:
c. Un delegado por cada cien miembros o fracción
de cuarenta, cuando la Sección cuente con más de
cinco mil miembros.
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN
FUNDAMENTO PARA LA EMISIÓN DE CONVOCATORIA PARA CONSTITUCIÓN DE LA SECCIÓN POR EL CEN DEL SNTE.
• Artículo 140. El Comité Ejecutivo Seccional es el Órgano de Gobierno Sindical que representa el interés general de los trabajadores en su respectiva jurisdicción, en los términos del presente Estatuto.
• II. Para Secciones de 10,001 hasta 30,000 agremiados, el Comité Ejecutivo Seccional se integrará con 42 Secretarías, pudiéndose ajustar hasta 45 Secretarías.
• Artículo 141. El Comité Ejecutivo Seccional será electo en el Congreso Seccional convocado al efecto y durará en su cargo cuatro años.
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN
FUNDAMENTO PARA LA EMISIÓN DE CONVOCATORIA POR EL
CEN DEL SNTE PARA ASAMBLEAS DELEGACIONALES PARA
NOMBRAMIENTO DE DELEGADOS.
• Artículo 188. La Asamblea Delegacional se integra por los
trabajadores de la educación, miembros del Sindicato,
adscritos a cada Delegación que conforman una Sección
Sindical. Sus sesiones podrán ser ordinarias o
extraordinarias.
• Artículo 191. Tratándose de elección de Delegados al
Congreso Seccional, la Asamblea se sujetará al calendario y
Convocatoria que emita el Comité Ejecutivo Nacional y será
presidida por un representante del mismo.
• Artículo 194. Son atribuciones de la Asamblea Delegacional:
III. Elegir Delegados al Congreso Seccional conforme al
presente Estatuto
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN
GRACIAS
CONCEJO POLÍTICO DE
UNDESINTEC