PRIORIDAD EN LAS VACACIONES

1
1 1 1 “¿Hay algún criterio que determine que empleados tienen prioridad, a la hora de escoger turno en las vacaciones?” En San José de la Rinconada, a 27 de Enero de 2012. · Es muy común encontrarnos con la pregunta de los trabajadores de querer cogerse sus vacaciones en septiembre, o en un mes que nos interesa. Esto nos plantea un problema, porque si se las concedemos a todos en esa fecha no podremos cubrir adecuadamente las necesidades productivas. Queremos saber qué criterio debemos seguir a la hora de conceder o denegar las vacaciones a estos trabajadores (si tienen preferencia los de mayor antigüedad, los que la piden antes, los que tienen hijos, o los que tengan una categoría mayor…). En realidad no hay ningún criterio o norma legal que establezca si algunos trabajadores tienen preferencia sobre otros, a la hora de escoger turno de vacaciones. Lo único que determina la legislación es que deben fijarse de común acuerdo entre empresario y trabajador (art. 38.2 Estatuto de los Trabajadores). Ahora bien, algunos convenios colectivos sí establecen criterios de preferencia: unos establecen los turnos de vacaciones por rotación anual entre los distintos meses, otros establecen la prioridad en base a las necesidades de organización del trabajo, otros dan preferencia a la antigüedad del empleado, otros a los trabajadores con responsabilidades familiares, etc. Por tanto, primeramente consulte su convenio por si determina algo al respecto. Si el convenio no dice nada, deberá ser su empresa la que decida qué criterio seguir. Ahora bien, tenga en cuenta que en caso de discrepancia al determinar la fecha de disfrute de las vacaciones, los trabajadores pueden acudir a un procedimiento judicial urgente, de tramitación preferente, cuya sentencia no es recurrible por ninguna de las partes (art. 125 y 125 de la Ley de Procedimiento Laboral). Tenga en cuenta que su empresa deberá poder justificar las causas de la negativa en la cuestión. www.mp-asesores.es síguenos en: www.facebook.com/MPASESORES. https://twitter.com/#!/MP_ASESORESRINC 1

description

PRIORIDAD EN LAS VACACIONES

Transcript of PRIORIDAD EN LAS VACACIONES

1

1

1

“¿Hay algún criterio que determine que

empleados tienen prioridad, a la hora de escoger

turno en las vacaciones?” En San José de la Rinconada, a 27 de Enero de 2012.

· Es muy común encontrarnos con la pregunta de los trabajadores de querer cogerse sus vacaciones en septiembre, o en un mes que nos interesa. Esto nos plantea un problema, porque si se las concedemos a todos en esa fecha no podremos cubrir adecuadamente las necesidades productivas. Queremos saber qué criterio debemos seguir a la hora de conceder o denegar las vacaciones a estos trabajadores (si tienen preferencia los de mayor antigüedad, los que la piden antes, los que tienen hijos, o los que tengan una categoría mayor…).

En realidad no hay ningún criterio o norma legal que establezca si algunos trabajadores tienen preferencia sobre otros, a la hora de escoger turno de vacaciones. Lo único que determina la legislación es que deben fijarse de común acuerdo entre empresario y trabajador (art. 38.2 Estatuto de los Trabajadores).

Ahora bien, algunos convenios colectivos sí establecen criterios de preferencia: unos establecen los turnos de vacaciones por rotación anual entre los distintos meses, otros establecen la prioridad en base a las necesidades de organización del trabajo, otros dan preferencia a la antigüedad del empleado, otros a los trabajadores con responsabilidades familiares, etc. Por tanto, primeramente consulte su convenio por si determina algo al respecto.

Si el convenio no dice nada, deberá ser su empresa la que decida qué criterio seguir. Ahora bien, tenga en cuenta que en caso de discrepancia al determinar la fecha de disfrute de las vacaciones, los trabajadores pueden acudir a un procedimiento judicial urgente, de tramitación preferente, cuya sentencia no es recurrible por ninguna de las partes (art. 125 y 125 de la Ley de Procedimiento Laboral). Tenga en cuenta que su empresa deberá poder justificar las causas de la negativa en la cuestión.

www.mp-asesores.es síguenos en:

www.facebook.com/MPASESORES. https://twitter.com/#!/MP_ASESORESRINC

1111