Pro Ducci On

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POLÍTICA PETROLERA DEL GOBIERNO DE VENEZUELA La política petrolera de la República Bolivariana de Venezuela tiene un sentido nacionalista y revolucionario; está fundamentada en el ejercicio del derecho soberano sobre el principal recurso natural del país, el petróleo, tal como lo establece el artículo 302 de la Constitución de 1999 y las leyes respectivas. Este artículo establece que “el Estado se reserva, mediante la ley orgánica respectiva, y por razones de conveniencia nacional, la actividad petrolera y otras industrias, explotaciones, servicios y bienes de interés público y de carácter estratégico. El Estado promoverá la manufactura nacional de materias primas provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables, con el fin de asimilar, crear e innovar tecnologías, generar empleo y crecimiento económico, y crear riqueza y bienestar para el pueblo”. IMPACTO AMBIENTAL Los potenciales impactos ambientales de las intervenciones humanas destinadas el desarrollo de petróleo y gas en tierra cubre todos los aspectos relacionados como lo son: la búsqueda, exploración, desarrollo y producción de los hidrocarburos en tierra. Los estudios geológicos y geofísicos se realizan en áreas muy amplias, a fin de identificar los objetivos favorables para exploración. Esto es seguido por un estudio más intensivo, probando y perforando las áreas seleccionadas, para localizar y evaluar los recursos de petróleo y gas. Los medios de producción incluyen los pozos y bombas, distribuidos en todo el campo, las líneas de recolección y transporte, los tanques de almacenamiento y algunas unidades de procesamiento primario.

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producción de la actividad petrolera

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Poltica petrolera del gobierno de VenezuelaLa poltica petrolera de la Repblica Bolivariana de Venezuela tiene un sentido nacionalista y revolucionario; est fundamentada en el ejercicio del derecho soberano sobre el principal recurso natural del pas, el petrleo, tal como lo establece el artculo 302 de la Constitucin de 1999 y las leyes respectivas. Este artculo establece que el Estado se reserva, mediante la ley orgnica respectiva, y por razones de conveniencia nacional, la actividad petrolera y otras industrias, explotaciones, servicios y bienes de inters pblico y de carcter estratgico. El Estado promover la manufactura nacional de materias primas provenientes de la explotacin de los recursos naturales no renovables, con el fin de asimilar, crear e innovar tecnologas, generar empleo y crecimiento econmico, y crear riqueza y bienestar para el pueblo. IMPACTO AMBIENTALLos potenciales impactos ambientales de las intervenciones humanas destinadas el desarrollo de petrleo y gas en tierra cubre todos los aspectos relacionados como lo son: la bsqueda, exploracin, desarrollo y produccin de los hidrocarburos en tierra.

Los estudios geolgicos y geofsicos se realizan en reas muy amplias, a fin de identificar los objetivos favorables para exploracin. Esto es seguido por un estudio ms intensivo, probando y perforando las reas seleccionadas, para localizar y evaluar los recursos de petrleo y gas. Los medios de produccin incluyen los pozos y bombas, distribuidos en todo el campo, las lneas de recoleccin y transporte, los tanques de almacenamiento y algunas unidades de procesamiento primario.

Los caminos hacia las reas no desarrolladas pueden causar la alteracin de la superficie, ruido del trfico y mayor acceso. La exploracin ssmica incluye el ruido y la molestia proveniente de las cargas explosivas, sea en los pozos poco profundos, o en la superficie de la tierra. Los pozos exploratorios o para pruebas geolgicas, implican la profunda alteracin de la superficie, en el sitio del pozo, los caminos de acceso, el campo de aviacin, el ruido del trfico de los caminos de acceso, las operaciones ssmicas y los pozos explorados tienen el potencial para causar deterioro en los recursos culturales y los ecosistemas frgiles, y pueden afectar, negativamente, a las comunidades nativas, si su ubicacin y diseo no son adecuados.