PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS ESTANDARIZADOS DEL … · 2018-03-21 · (6) Informar, según...

28
DIRECCION GENERALDEAVIACION CIVIL DIRECCION DE NAVEGACION AEREA Código: PR-21 ATM Revisión: 0 Fecha: 31-10-17 Páginas: 21 PROCEDIMIENTO SOP TWR SEGU PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS ESTANDARIZADOS DEL CONTROL DE AERÓDROMO GUAYAQUIL (SOP SEGU TWR) . Elaborado por: Ps. Alexandra Velastegui Controladora de Aeródromo Guayaquil. Firma: Revisado por: Luis Guzmán Ruiz Responsable ATS R-II Firma: Aprobado por: Diego Jaramillo Valencia Responsable ATM Nacional. Firma: Fecha: Fecha: Fecha: 1

Transcript of PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS ESTANDARIZADOS DEL … · 2018-03-21 · (6) Informar, según...

DIRECCION GENERALDEAVIACION CIVIL DIRECCION DE NAVEGACION AEREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS ESTANDARIZADOSDEL CONTROL DE AERÓDROMO GUAYAQUIL

(SOP SEGU TWR)

.

Elaborado por:

Ps. Alexandra VelasteguiControladora de Aeródromo Guayaquil.

Firma:

Revisado por:

Luis Guzmán RuizResponsable ATS R-II

Firma:

Aprobado por:

Diego Jaramillo ValenciaResponsable ATM Nacional.

Firma:

Fecha: Fecha: Fecha:

1

DIRECCION GENERALDEAVIACION CIVIL DIRECCION DE NAVEGACION AEREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

HOJA DE CONTROL

Documento

Codificación: PR-21 ATM

Título:Procedimientos Operativos Estandarizados del Control de Aeródromo Guayaquil.

Propietario: Gestión de Tránsito Aéreo

Ubicación de la copia maestra:- Gestión de Tránsito Aéreo R2- Torre de Control Guayaquil

Fecha de entrada en vigencia: 31-10-17

Control de Modificaciones

Revisión Fecha Parte Modificada Descripción de la Modificación

0 31-10-2017 Todo el Contenido Documento Nuevo1 15-02-2018 Revisión del SOP Manual de puestos ATC

2

DIRECCION GENERALDEAVIACION CIVIL DIRECCION DE NAVEGACION AEREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

INDICE PÁGINAS

HOJA DE CONTROL .............................................................................................................................… 2

INDICE ..................................................…………………………………………………...................................................................…. 3

1. OBJETIVO.....................................................................................................................................……. 5

2. ALCANCE................................................................................................................................................................................................................................. 5

3. DEFINICIONES................................................................................................................................................................................................. 5

4. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ATS......………………………………..........……… 7

4.1 Responsable ATM de la Torre de Control Guayaquil ….......................................................… 7

a) Funciones Básicas…..........................................……………………………………..............… 7b) Funciones Específicas........................................………………………………………………………...……......… 7

4.2 Supervisor Operativo de la dependencia de la Torre de Control Guayaquil……………………. 8

a) Funciones Básicas…..........................................…………………………………….............….. 8b) Funciones Específicas........................................………………………………………………………...……........… 9

4.3 Controlador Operativo a cargo del Control de Aeródromo de la Torre de Control……….........… 10

a) Funciones Básicas…..........................................……………………………………..............… 10b) Funciones Específicas........................................………………………………………………………...……......… 10

4.4 Controlador Operativo a cargo de Guayaquil Terrestre de la Torre de Control…………………… 11

a) Funciones Básicas…..........................................……………………………………................… 11b) Funciones Específicas........................................………………………………………………………...……........… 11

4.5 Controlador Asistente de las posiciones Operativas de la Torre de Control …………………….. 12

5. CRITERIOS DE ACEPTACIÓN.............................................................................................................. 12

6. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD (Servicio de Control de Tránsito Aéreo). ..................................... 13

6.1 Espacio aéreo de jurisdicción….................................................................................................. 13

6.2 Servicio de control de tránsito aéreo de Aeródromo…………….…...........................................… 13

6.3 Procedimientos de control ……… ……………………………..…………….................................... 13

6.3.1 Selección de pista en uso………........................................................................................... 13

6.3.2 Control Terrestre ………........………………………………………………............................................... 14

6.3.2.1 Procedimientos específicos del Control Terrestre……………..….. ........................... 14

6.3.3 Control de Aeródromo…… ................................................................................................… 15

6.3.3.1 Procedimientos específicos del Control de Aeródromo …………… .....................… 16

6.3.4 Asistente de las posiciones del Control de Aeródromo………............................................… 17

6.4 Prioridades Operacionales…….……………………….... .................................................…………… 18

6.5 Contingencias…….…………………………………………………………………………………………. 18

3

DIRECCION GENERALDEAVIACION CIVIL DIRECCION DE NAVEGACION AEREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

6.5.1 Emergencias, interferencia ilícita y/o amenaza de bomba………………………………….. 19

6.6 Actividades especiales …………………..........................................................……………………. 19

6.6.1 Vuelos instrumentales de instrucción………...……………………………………………...…….. 19

6.6.2 Actividades potencialmente peligrosas……....…………………………………………………..... 19

6.7 Utilización de medios de comunicación y coordinación………………………………………………... 20

6.7.1 Coordinaciones Generales………………………………………………………………………….... 206.7.2 Coordinaciones entre las Dependencias ATS……………………………………………………... 20

6.8 Transferencias………………………………………………………………………………………….…… 20

6.8.1 Transferencia de Comunicaciones………………………………………………………………..… 206.8.2 Transferencia de Control……………………………………………………………………………... 20

6.9 Documentos de notificaciones y constancias de actividades operacionales………………………... 20

6.9.1 Registro Operacional Diario (ROD……………………………………………………………….…. 206.9.2 Notificación de sucesos de tránsito aéreo………………………………………………………...… 216.9.3 Bitácoras de posición (BP)………………………………………………………………………...… 216.9.4 Área de Información Básica (AIB)……………………………………………………………...….. 21

7. MODIFICACIONES ……………………………………………………………………………....………….. 21

8. VIGENCIA ……………………………………………………………………………………………….……… 22

9. ANEXOS ……………………………………………………………………………………………………..….. 22

9.1 Anexo 2: CARTAS DE ACUERDO DE LA DEPENDENCIA............................................…………. 23

9.2 Anexo 3: CORREDORES DE SALIDAS Y ENTRADAS VISUALES...............................……………. 24

9.3 Anexo 4: SALIDAS DE AERONAVES CATEGORÍA A Y B DESDE INTERSECCIÓN CHARLIE 27

4

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVILDIRECCION DE NAVEGACIÓN AÉREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

1. OBJETIVO

Establecer procedimientos operativos para la provisión del Servicio de Control de Aeródromo parael tránsito de aeródromo en el ATZ de Guayaquil.

2. ALCANCE

Este documento es aplicable para Responsable ATM, Supervisores y Controladores de Tránsito Aéreode la Torre de Control del Aeropuerto Internacional José Joaquín de Olmedo.

3. DEFINICIONES

Aeronave. Toda máquina que puede sustentarse en la atmósfera por reacciones del aire que nosean las reacciones del mismo contra la superficie de la tierra.

Área de Movimiento: Parte del aeródromo que ha de utilizarse para el despegue, aterrizaje y rodajede aeronaves, integrada por el área de maniobras y las plataformas.

Área de Maniobras: Parte del aeródromo que ha de utilizarse para el despegue, aterrizaje y rodajede aeronaves, excluyendo las plataformas.

Área de Responsabilidad: Espacio aéreo con dimensiones definidas que se encuentra bajo laresponsabilidad del controlador que ejecuta el Servicio de Control de Tránsito Aéreo.

Área de Control Terminal (TMA). Área de control establecida generalmente en la confluencia derutas ATS en las inmediaciones de uno o más aeródromos principales.

Calle de Rodaje: vía definida en un aeródromo terrestre, establecida para el rodaje de aeronaves ydestinada a proporcionar enlace entre una y otra parte del aeródromo.

Circuito de Transito de Aeródromo. Trayectoria especificada que deben seguir las aeronaves alevolucionar en las inmediaciones de un aeródromo.

Dependencia de control de tránsito aéreo. Expresión genérica que se aplica, según el caso, a uncentro de control de área, control de aproximación o a una torre de control.

Dependencia de servicios de tránsito aéreo. Expresión genérica que se aplica, según el caso, auna dependencia de control de tránsito aéreo, a un centro de información de vuelo o a una oficinade notificación de los servicios de tránsito aéreo.

HEAD. De acuerdo a la OACI, entiéndase como HEAD, únicamente la primera autoridad de unEstado (Presidente, Primeros Ministros, Reyes).

Incidente. Todo suceso relacionado con la utilización de la aeronave, que no llegue a ser unaccidente pero que afecte o pueda afectar la Seguridad de las Operaciones.

Incidente Grave. Incidente en el que intervienen circunstancias que indican que casi ocurrió unaccidente, que pueden ser investigados por la Autoridad Aeronáutica Civil.

5

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVILDIRECCION DE NAVEGACIÓN AÉREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

Incidente de Tránsito Aéreo. Todo suceso grave ocurrido al tránsito aéreo, como riesgo decolisión, o alguna dificultad grave atribuible a procedimientos aplicables, o a la falla de algunainstalación en tierra que constituya o pueda constituir un riesgo para las aeronaves.

Investigación. Proceso en el cual se incluye la recopilación y el análisis de la información delsuceso, establecimiento de sus causas y factores contribuyentes, la obtención de conclusiones y laformulación de recomendaciones de seguridad con el propósito de prevenir los incidentes yaccidentes.

Irregularidad en las Operaciones de los Servicios de Tránsito Aéreo. Todo Suceso que noproduce un Incidente, pero que es motivo de notificación y análisis para tener en cuenta enmateria de prevención de donde se derivan las respectivas recomendaciones de seguridad.

NOTAM: Aviso distribuido por medios de telecomunicaciones que contiene información relativa alestablecimiento, condición o modificación de cualquier instalación aeronáutica servicioprocedimiento o peligro, cuyo conocimiento oportuno es esencial para el personal encargado delas operaciones de vuelo.

Pista en uso: se emplea para indicar la pista que la torre de control considera más adecuada en unmomento dado, para que las aeronaves aterricen o despeguen en dicho aeródromo, en función de lascondiciones existentes de dirección y velocidad del viento.

Plan de Vuelo: Información especificada que, respecto a un vuelo proyectado o a parte de un vuelode una aeronave, se somete a las dependencias de los servicios de tránsito aéreo.

Proximidad de aeronaves. Situación en la que, en opinión del piloto o del personal de tránsitoaéreo, la distancia entre aeronaves así como sus posiciones y velocidad relativas, han sido tales quehabrían podido comprometer la seguridad de las aeronaves de que se trate, de acuerdo a loestablecido en el Manual de ATS y el Documento 4444 de la OACI, para separaciones entreaeronaves y aeronaves y obstáculos. La proximidad de aeronaves se clasifica del siguiente modo:

1. Riesgo de colisión: La clasificación de riesgo de una situación de proximidad de aeronaves en laque ha existido un grave riesgo de colisión.

2. Seguridad no garantizada: La clasificación de riesgo de una situación de proximidad deaeronaves en la que habría podido quedar comprometida la seguridad de las aeronaves.

3. Ningún riesgo de colisión: La clasificación de riesgo de una situación de proximidad deaeronaves en la que no ha existido riesgo de colisión alguno.

4. Riesgo no determinado: La clasificación de riesgo de una situación de proximidad de aeronavesen la que no se disponía de suficiente información para determinar el riesgo que suponía, o losdatos no permitían determinarlo por ser contradictorios o no concluyentes.

Servicio de Información de Vuelo (FIS). Servicio cuya finalidad es aconsejar y facilitarinformación útil para la realización segura y eficaz de los vuelos.

Servicios de Tránsito Aéreo (ATS). Expresión genérica que se aplica, según el caso, a losservicios de información de vuelo, alerta, asesoramiento de tránsito aéreo, control de tránsitoaéreo (servicios de control de área, control de aproximación o control de aeródromo).

6

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVILDIRECCION DE NAVEGACIÓN AÉREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

Servicio de Control de Tránsito Aéreo (ATC).Servicio suministrado con el fin de:

a. prevenir colisiones entre aeronaves; y entre aeronaves y obstáculos en el área de maniobras;

b. acelerar y mantener ordenadamente el movimiento del tránsito aéreo.

Suceso ATS: Todo accidente o incidente relacionado con la operación de una aeronave.

Torre de Control de Aeródromo: Dependencia establecida para facilitar servicio de control de tránsitoaéreo al tránsito de aeródromo.

Zona de Transito de Aeródromo (ATZ): espacio aéreo de dimensiones definidas establecidoalrededor de un aeródromo para la protección del tránsito de aeródromo.

4. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ATS

• Responsable ATM de la Torre de Control Guayaquil• Supervisor Operativo de la dependencia de la Torre de Control Guayaquil.• Controlador Operativo a cargo del control de Aeródromo de Torre de Control.• Controlador Operativo a cargo de de Guayaquil Terrestre de la Torre de Control.• Controlador Asistente de las posiciones Operativas de la Torre de Control

4.1 Responsable ATM de la Torre de Control Guayaquil.

a) Funciones Básicas

La función básica del Responsable ATM de la torre de control, es asegurarse que la dependenciafuncione eficientemente y esté administrada de acuerdo con las disposiciones pertinentes.

b) Funciones Específicas

(1) Verificar la aplicación de los reglamentos y procedimientos ATS y dar cumplimiento a lasdirectrices impartidas por la Gestión ATM.

(2) Supervisar el cumplimiento de los programas de entrenamiento de los Controladores.

(3) Presentar y proponer las necesidades de personal, medios y elementos técnicos de ladependencia a su cargo.

(4) Realizar reuniones operacionales con los supervisores ATC y controladores, de acuerdo a lanecesidad operacional de la Dependencia.

(5) Proponer las necesidades de personal, medios y elementos técnicos de las dependencias a sucargo.

(6) Informar, según corresponda, sobre las anomalías derivadas de posibles deficiencias en eldesempeño profesional de personal a su cargo y proponer las medidas correctivas del caso.

(7) Emitir informes de mal funcionamiento de los equipos de comunicaciones y las ayudas a lanavegación aérea instaladas en el área de su jurisdicción.

(8) Disponer la ejecución de las acciones correctivas, operacionales o administrativas derivadas de

7

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVILDIRECCION DE NAVEGACIÓN AÉREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

las recomendaciones de seguridad de los informes finales de incidentes ATS.

(9) Mantenerse informado de todas las disposiciones operativas emanadas de la Gestión ATM queafecten a la dependencia y velar por su cumplimiento.

(10) Disponer la ejecución de las acciones correctivas, operacionales o administrativas derivadas delas recomendaciones de seguridad de los informes finales de incidentes ATS.

(11) Aplicar sin dilación los reglamentos e instrucciones de tránsito aéreo pertinentes y,cumplimentar las directrices impartidas por la Gestión ATM.

(12) Asistir a las reuniones de coordinación a nivel interno o externo.

(13) Aprobar y difundir el rol de turnos semanal.

(14) Integrar la comisión examinadora para la obtención, calificación o revalidación de la habilitaciónATC y, en las Verificaciones de Competencia Operacional de los ATCO’s del personal ATCO de ladependencia a su cargo.

(15) Mantener actualizado el Manual de Procedimientos Operativos y todo documento relacionadocon la prestación de los servicios ATS de su dependencia.

(16) Elaborar, proponer y firmar las Cartas de Acuerdo Operacional conforme al procedimientoestablecido.

(17) Mantener archivos actualizados del personal a su cargo, según la Circular ATMcorrespondiente.

(18) Mantener en un lugar visible y de fácil acceso, todo el material de consulta que constituya laBiblioteca Técnica necesaria para el desarrollo y operación de las dependencias ATS.

(19) Determinar, de acuerdo a la normativa vigente, las licencias por vacaciones anuales y/opermisos del personal bajo su responsabilidad.

(20) Disponer el cumplimiento de las directrices de entrenamiento OJT emanadas por la GestiónATM Nacional.

(21) Garantizar el archivo y conservación de los Registros de la dependencia: Registro OperacionalDiario (ROD), Bitácoras de posición, Fajas de Progreso de vuelo, Reportes/Notificaciones deSucesos ATS, Informes individuales de Incidentes, entre otros, conforme al procedimientoestablecido.

(22) Planificar los Monitoreos de Grabaciones de voz de los controladores ATC.

(23) Las demás funciones que le asigne el superior inmediato y que correspondan a la naturaleza delcargo.

4.2 Supervisor Operativo de la dependencia de la Torre de Control Guayaquil.

a) Funciones Básicas

Administrar y ejercer autoridad técnica sobre el desempeño profesional de todo el personal que opera en la dependencia ATC, comprobando el rendimiento y eficiencia de las mismas, siendo suobjetivo principal el obtener el más alto nivel de trabajo y seguridad operacional.

8

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVILDIRECCION DE NAVEGACIÓN AÉREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

b) Funciones Específicas

(1) Gestionar el funcionamiento eficiente de la dependencia.

(2) Verificar que en la dependencia se utilicen los métodos y procedimientos aprobados y, si es necesario, hacer recomendaciones con el objeto de mejorarlos.

(3) Proponer las actualizaciones al SOP, CAO, Plan de Contingencia ATS y otros procedimientos inherentes a la operación de la dependencia.

(4) Coordinar la elaboración y publicación de los NOTAMs correspondientes a las dependencias ATS asu cargo.

(5) Mantener la organización y disciplina dentro de la dependencia.

(6) Portar y verificar la licencia ATC y certificado médico de los ATCOs.

(7) Efectuar labores de control para mantener vigente su habilitación, de acuerdo a la normativa.

(8) Asegurarse del cumplimiento y aplicación de la Instrucción Técnica IT-03/ATM “Transferencia de Responsabilidad en las Dependencias ATS”.

(9) Realizar el briefing de cambio de turno y verificar que el proceso de cambio de posición se realice de acuerdo a la normativa.

(10) Verificar y actualizar el Área de Información Básica (AIB).

(11) Supervisar y cumplir lo establecido en la Circular Técnica DNA No.001 “Normativa para el Ingreso a Dependencias de Control de Tránsito Aéreo, Búsqueda y Salvamento (SAR), y Áreas TécnicasCNS”.

(12) Mantener en un lugar visible y de fácil acceso, todo el material de consulta que constituya la Biblioteca Técnica necesaria para el desarrollo y operación de las dependencias ATS.

(13) Realizar las tareas administrativas que disponga el Responsable ATM de la Dependencia y que correspondan a la naturaleza del cargo.

(14) Supervisar el correcto funcionamiento del equipamiento técnico de los sistemas de presentación, de comunicaciones móviles y fijas, procesador de datos de vuelo, entre otros, reportar y tomar medidasoportunas para la continuidad del servicio en caso de fallas técnicas.

(15) Informar inmediatamente a los ATCOs, cualquier error o desperfecto que se detecte en los sistemas de comunicaciones, navegación o vigilancia y dar seguimiento a los reportes o informes que afecten a la seguridad de la navegación aérea.

(16) Elaborar y mantener actualizado la Hoja de Registro Operacional Diario / ROD de la dependencia.

(17) Verificar la disponibilidad de la documentación técnica de la dependencia durante su turno de trabajo.

(18) Asesorar a los ATCOs en la administración del flujo de tránsito.

(19) Aplicar y verificar la aplicación correcta de la documentación técnica ATS.

(20) Supervisar el desempeño de cada funcionario, informar de las ausencias, atrasos o no presentación a turno de cualquiera de ellos.

9

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVILDIRECCION DE NAVEGACIÓN AÉREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

(21) Coordinar y regular la afluencia de tráfico entre las posiciones de trabajo y entre éstas y las dependencias ATC adyacentes.

(22) Supervisar las medidas tomadas en caso de operaciones de emergencia.

(23) Designar el personal de su turno en las posiciones de trabajo que estime más conveniente en conformidad al nivel de competencia y desempeño de cada funcionario.

(24) Realizar verificaciones frecuentes de las presentaciones de datos y canales de comunicaciones.

(25) Supervisar las medidas del servicio de alerta de conformidad con los procedimientos prescritos.

(26) Las demás funciones que se le asigne y que correspondan a la naturaleza del cargo.

4.3 Controlador Operativo a cargo del control de Aeródromo de Torre de Control.

a) Funciones Básicas

Proporcionar el Servicio de Control de Aeródromo al tránsito de aeródromo que se desarrolla en laZona de Tránsito de Aeródromo de la dependencia ATS.

b) Funciones Específicas

(1) Proporcionar Servicios de Tránsito Aéreo en el área de maniobras, y la ATZ clase D, RDO de5NM con centro en ARP, con límite vertical de GND a 1200 FTS dentro del espacio aéreo que lecorresponda.

(2) Cumplir estrictamente el proceso descrito en la IT-03/ATM “Transferencia de Responsabilidad EnLas Dependencias ATS”

(3) Proporcionar toda la asistencia posible a las aeronaves en casos de emergencia o peligro.

(4) Proporcionar a las aeronaves toda la información necesaria para la realización segura y eficientede los vuelos.

(5) Retransmitir, cuando sea necesario, información sobre el estado de funcionamiento de lasinstalaciones y advertencias para la navegación.

(6) Cumplir los procedimientos detallados en la documentación técnica de la dependencia.

(7) Proporcionar información sobre meteorología adversa, trabajos que afecten la pista y otrosaspectos que afecten la seguridad de la operación aérea.

(8) Coordinar información con otras dependencias de control respecto a tránsito, condicionesmeteorológicas, condiciones de los aeródromos, publicaciones, consultas.

(9) Coordinar e intercambiar información con la dependencia de control correspondiente sobretránsito VFR entrando o saliendo.

(10) Proporcionar autorización, procedimientos de salida a las aeronaves IFR de acuerdo a loautorizado por el control de aproximación.

(11) Elaborar informes de incidentes, accidentes ATS y remitirlos al Supervisor ATC de Turno.

10

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVILDIRECCION DE NAVEGACIÓN AÉREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

(12) Vigilar la disponibilidad, fiabilidad, detección oportuna y de advertencia de fallos en los equipos,ayudas visuales y electrónicas.

(13) Mantener la presentación apropiada del progreso de los vuelos de todas las aeronaves dentrodel espacio aéreo de su jurisdicción, sea en la pantalla radar y/o en el Tablero Manual de las fajas deprogreso de vuelo.

(14) Conocer al detalle y aplicar las Normas ATS, Cartas de Acuerdo Operacional y demásreglamentación vigente.

(15) Estudiar y tomar conocimiento de los boletines operacionales, NOTAMS u otra informaciónespecificada por el supervisor o responsable de la dependencia ATS.

(16) Mantener estrecha coordinación con el Control de Aproximación y Servicio de Información deVuelo para mantener un flujo de tránsito seguro, ordenado, ágil y eficiente.

(17) Informar al APP de cualquier situación que pueda afectar a las aeronaves en aproximación.

(18) Las demás funciones que le asigne el superior inmediato y que correspondan a la naturaleza delcargo.

4.4 Controlador Operativo a cargo de de Guayaquil Terrestre de la Torre de Control.

a) Funciones Básicas

Proporcionar el Servicio ATS a las aeronaves en el área de maniobras del aeródromo, exceptuando lapista.

b) Funciones Específicas

(1) Proporcionar Servicios de Tránsito Aéreo dentro del aérea de su responsabilidad.

(2) Cumplir estrictamente el proceso descrito en la IT-03/ATM “Transferencia de Responsabilidad EnLas Dependencias ATS”

(3) Proporcionar toda la asistencia posible a las aeronaves en casos de emergencia o peligro.

(4) Proporcionar a las aeronaves toda la información necesaria para la realización segura y eficiente delos vuelos.

(5) Mantener escucha permanente en los canales de comunicaciones asignados.

(6) Retransmitir, cuando sea necesario, información sobre el estado de funcionamiento de lasinstalaciones y advertencias para la navegación.

(7) Cumplir los procedimientos detallados en la documentación técnica de la dependencia.

(8) Ejercer vigilancia general del área de movimiento del aeropuerto, que incluye pistas inactivas.

(9) Emitir autorizaciones IFR antes del inicio, autorización de remolque atrás, e instrucciones de rodajeal avión, encendido de motores, etc.

(10) Mantener vigilancia constante en el área de maniobras.

11

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVILDIRECCION DE NAVEGACIÓN AÉREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

(11) Coordinar y obtener aprobación del Controlador de Aeródromo antes de autorizar la utilización dela pista activa por parte de aeronaves, vehículos ó personas.

(12) Mantener consciencia situacional respecto a aeronaves, vehículos y personas autorizadas o noautorizadas para usar el área de maniobras.

(13) Notificar al control de aproximación la secuencia de salida de las aeronaves.

(14) Transmitir la autorización ATC o sus modificaciones y asegurarse de que su contenido exacto,cuando el piloto acuse recibo.

(15) Conocer al detalle y aplicar las Normas ATS, Cartas de Acuerdo Operacional y demásreglamentación vigente.

(16) Coordinar cuando sea necesario con otras posiciones operativas ó con otras Dependencias ATS.

(17) Las demás funciones que le asigne el superior inmediato y que correspondan a la naturaleza delcargo.

4.5 Controlador Asistente de las Posiciones Operativas del Aeródromo Guayaquil.

Coordina y efectúa actividades para asistir o dar soporte al controlador de Aeródromo y terrestre,para la eficiente provisión de los Servicios de Control de Tránsito Aéreo a todas las aeronaves queoperan en en el área de maniobras y ATZ, conforme a los métodos y procedimientos vigentes

5. CRITERIOS DE ACEPTACIÓN

Se proporcionará Servicios de Control de Aeródromo a las aeronaves que operan en lasinmediaciones del Aeropuerto Internacional José Joaquín de Olmedo de Guayaquil, cuyos límites losconforma la ATZ, de acuerdo a lo establecido para el espacio aéreo clase D, y mantendrá vigilanciade los vehículos y personas que circulan en el área de maniobras.

Los servicios de control de tránsito aéreo se proveerán con el apoyo de los “sistemas de vigilancia”implementados en la Torre de Control, para observar la trayectoria de vuelo en aproximación final yen las cercanías del aeródromo.

En caso de falla del sistema de comunicaciones, se proporcionará servicio de control deaeródromo aplicando lo estipulado en el plan de contingencia de la Torre de Control de Guayaquil.

Para la provisión de los servicios de tránsito aéreo se aplicará la fraseología establecida en elManual de Fraseología Aeronáutica del Ecuador M-02/ATM, tanto en inglés como en español, segúnconsta en el AIP-Ecuador, Parte ENR 2.1.1 y AD-2.

Se determinará anualmente la relación existente entre el número de incidentes imputables alservicio y la cantidad de operaciones, comparándola con el período anterior. Se considera conformecuando el valor obtenido es igual o inferior al resultado del valor del año anterior.

12

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVILDIRECCION DE NAVEGACIÓN AÉREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

6. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD (Servicio de Control de Tránsito Aéreo).

6.1 ESPACIO AEREO DE JURISDICCION

El espacio aéreo de jurisdicción de la Oficina de Control de Aeródromo Guayaquil, denominada(ATZ) Guayaquil es un espacio de dimensiones definidas con clasificación “D”, se extiendeverticalmente desde tierra hasta 1200ft, con radio de 5 NM con centro en el ARP COORD 020928S0795302W.

6.2 SERVICIO DE CONTROL DE TRÁNSITO AÉREO DE AERÓDROMO

Las torres de control de aeródromo transmitirán información y expedirán permisos a las aeronavesbajo su control, para conseguir un movimiento del tránsito aéreo seguro, ordenado y rápido en elaeródromo y en sus inmediaciones, con el fin de prevenir colisiones entre:

1. Las aeronaves que vuelan en los circuitos de tránsito de aeródromo alrededor delaeródromo;2. Las aeronaves que operan en el área de maniobras;3. Las aeronaves que aterrizan y despegan;4. Las aeronaves y los vehículos que operan en el área de maniobras;5. Las aeronaves en el área de maniobras y los obstáculos que hayan en dicha área.

La dependencia de Control de Aeródromo Guayaquil proporcionará el servicio de Control deAeródromo en el espacio aéreo de responsabilidad (ATZ Guayaquil) en donde se permiten vuelos IFRy VFR y todos los vuelos están sujetos al servicio de control de tránsito aéreo, los vuelos IFR estánseparados de otros vuelos IFR y reciben información de tránsito respecto a los vuelos VFR; los vuelosVFR reciben información de tránsito respecto a todos los otros vuelos.

El uso de la información obtenida de una presentación radar se ajustará a lo dispuesto en la CircularTécnica ATM001 (Uso de la información de sistemas de presentación radar en las dependencias decontrol de aeródromo).

Los controladores de aeródromo mantendrán vigilancia constante sobre todas las operaciones de vueloque se efectúen en el aeródromo o en su proximidad, así como vehículos y personal que se encuentrenen el área de maniobras.

Las torres de control aeródromo son responsables de alertar a los servicios de salvamento y extinciónde incendios u otros organismos siempre que sea pertinente, de acuerdo a lo especificado en el Manualde los Servicios de tránsito Aéreo del Ecuador, parte 4-1-2 y el procedimiento interno de torre de controlpara el tratamiento de aeronaves en emergencia.

6.3 PROCEDIMIENTOS DE CONTROL

6.3.1 Selección de la pista en uso

La Torre de Control debe usar la pista que mayormente esté alineada con la dirección e intensidad delviento reinante en superficie o exista condiciones de viento calma, a menos que el uso de otra pistacon menos de 5 nudos:

1. Pueda ser operacionalmente más ventajoso o2. Lo solicite el piloto.

13

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVILDIRECCION DE NAVEGACIÓN AÉREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

El cambio de la pista en uso se determinará cuando el viento predomínate en superficie sea de seisnudos o más (5kt o más) en dirección contraria a la pista anterior en uso, de acuerdo a losespecificado en el procedimiento interno de selección de pista en uso de la Torre de ControlGuayaquil.

Normalmente, las aeronaves aterrizarán y despegarán contra el viento, a menos que existan otrascondiciones de seguridad, configuración de la pista o condiciones meteorológicas, procedimientos deaproximación por instrumentos disponibles o condiciones de tránsito aéreo que determinen que seríapreferible hacerlo en el otro sentido. Sin embargo, para seleccionar la pista en uso, la torre de control,además de la dirección y velocidad del viento en la superficie, tendrá en cuenta otros factorespertinentes, tales como los circuitos de tránsito del aeródromo, la longitud de la pista, y las ayudaspara la aproximación y el aterrizaje disponibles. Conforme a lo dispuesto en las Cartas de AcuerdoOperacional de la dependencia, la Circular Técnica ATM N°011 (Procedimientos de selección de pistaen uso) y sus procedimientos internos.

6.3.2 Operaciones en Control Terrestre

Se proporcionará el servicio a todas las operaciones aéreas en el área de maniobras, exceptuando lapista. Para la gestión y el tratamiento de vehículos y personal que se encuentre en dicha área, sedeberá cumplir con el procedimiento de coordinación entre dependencias, descrito en la carta deacuerdo operacional entre la Torre de Control Guayaquil y Operaciones TAGSA del AeropuertoInternacional José Joaquín de Olmedo, y la carta de acuerdo operacional con la Oficina de OperacionesDGAC.

La frecuencia principal utilizada para las operaciones terrestres es 121.9 MHZ, o en caso de falla de laprimera frecuencia, se operará en la frecuencia secundaria, 121.7 MHZ, en el caso de falla de lascomunicaciones, se emplearán señales luminosas.

6.3.2.1 Procedimientos específicos del Control Terrestre

Cuando una aeronave vaya a salir, el Controlador de Terrestre, verificará su plan de vuelo (FPL) en elsistema SDD, o en su defecto en el AMHS, según lo especificado en la carta de acuerdo operacionalentre la Torre de Control Guayaquil y el Servicio de Información Aeronáutica.

El Controlador de Terrestre dará tratamiento a un FPL para iniciar operaciones previas a la salida,cuando las aeronaves cumplan con lo especificado en ENRUT 1.10 del AIP del Ecuador.

El controlador de terrestre expedirá los códigos SSR que sean automáticamente previstos mediantesistema AIRCON 2100, de acuerdo a la sección 8, Asignación de Código SSR de la Carta de acuerdosuscrita entre la Oficina de Guayaquil Aproximación y la Torre de Control Guayaquil, exceptuando lasoperaciones policiales, en cuyo caso se deberá aplicar lo dispuesto en carta de acuerdo operacionalentre los servicios de Control de Tránsito Aéreo del Aeropuerto Internacional “José Joaquín deOlmedo” y el servicio Aeropolicial de Guayaquil.

Antes de expedir una autorización de rodaje, el controlador determinará la posición de la aeronaveestacionada. Las autorizaciones de rodaje incluirán instrucciones claras y suficiente información paraayudar a la tripulación de vuelo a determinar la vía de rodaje, impedir colisiones con otras aeronaves uobjetos y reducir a un mínimo la posibilidad de que la aeronave ingrese inadvertidamente en la pistaactiva.

En las autorizaciones normalizadas para las aeronaves que salen se incluirán los siguienteselementos:

1. Identificación de la aeronave;14

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVILDIRECCION DE NAVEGACIÓN AÉREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

2. Límite de la autorización, normalmente hasta el aeródromo de destino3. SID asignada, de ser aplicable4. Nivel de vuelo5. Código SSR asignado6. Cualquier otra instrucción necesaria, p. ej., instrucciones relativas a cambio de frecuencia.

Las fajas de progreso de vuelo deberán ser llenadas de acuerdo con lo estipulado en la sección 8 delManual ATS del Ecuador.

El controlador de terrestre establecerá la secuencia para la salida del tránsito, considerando:

1. La posición de las aeronaves de estar listos para el rodaje,2. Tipo de aeronave,3. Performance, 4. Procedimientos de salidas IFR o VFR,5. Y todo el tránsito circundante en las inmediaciones del aeródromo. Con el fin de mantener un

movimiento expedito

El controlador de Terrestre mantendrá informado a todas las aeronaves en su frecuencia respecto alas condiciones meteorológicas reinantes reportadas en el sistema AWOS, y alertará respecto aaquellos fenómenos que pudieren afectar en la salida.

El Controlador terrestre deberá mantenerse informado de las condiciones del área de maniobras y demovimiento para proveer información oportuna sobre las condiciones del aeródromo incluyendo lasobras de construcción o de mantenimiento en el área de movimiento, además de las partes irregulareso deterioradas de la superficie de las pistas, calles de rodaje o plataformas, así como contaminacionesdadas a causa de fenómenos meteorológicos (agua, ceniza volcánica, etc.), u otros objetos o peligrostemporales.

El Controlador terrestre, dará instrucciones de rodaje a las aeronaves que arriban de acuerdo con losprocedimientos establecidos en la carta de acuerdo entre la Torre de control y TAGSA, para laasignación de las posiciones de parqueo.

Se mantendrá vigilancia sobre el funcionamiento de las radio-ayudas y de todos los equipos, en casode detectar alguna falla de las mismas, inmediatamente se deberá informar al Supervisor Operativo oal Controlador a cargo del turno.

6.3.3 Control de Aeródromo

Se proporcionará servicio de control de aeródromo en la Torre de Control Guayaquil a todas lasoperaciones en las inmediaciones del aeródromo o en sus cercanías, exceptuando las calles de rodaje.Y se coordinará según sea el caso con:

1. Centro de Información de Vuelo (FIC), para el tratamiento de aeronaves visuales y se usarán loscorredores previstos (Anexo 3).

2. Control de Aproximación (APP), para el tratamiento de vuelos instrumentales.

Con ambas dependencias se aplicarán los procedimientos previstos en las cartas de acuerdooperacionales, considerando los límites del área de jurisdicción.

15

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVILDIRECCION DE NAVEGACIÓN AÉREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

Se emitirán permisos y se suministrará información para dirigir el movimiento de las operacionesaéreas, en las inmediaciones del aeródromo o en sus proximidades. La frecuencia principal utilizadapara el control de aeródromo es 118.3 MHZ, en caso de falla de esta frecuencia, se operará en lafrecuencia secundaria: 118.9 MHZ. En caso de falla de comunicaciones, se emplearán señalesluminosas (Anexo 2).

6.3.3.1 Procedimientos específicos del Control de Aeródromo.

Las autorizaciones de salida se expedirán en el orden en el que el Controlador de Terrestre hayaplanificado las salidas, pero podrá adoptarse un orden distinto según sea el caso para:

1. Facilitar el mayor número de salidas con la mínima demora media posible, considerando el tipo deaeronave, velocidades, y rata de ascenso relativo,

2. Las rutas a seguirse posterior al despegue, 3. Los tipos de vuelos (comercial, local, instrucción), 4. Posición en punto de espera (pistas o calles de rodaje), 5. Intervalos mínimos de separación por efectos de estela turbulenta,6. Y aeronaves con prioridad como ambulancias u operativos policiales.

El controlador de aeródromo previo a expedir una autorización de salida, realizará el recorrido visualde pista e informará a las aeronaves respecto a los fenómenos meteorológicos u otros eventosadversos como peligro de fauna, entre otros que son determinantes para la toma de decisiones deldespegue.

Las manipulaciones de las fajas de progreso de vuelo tanto para las salidas, como para las llegadasdeben ser accionadas de acuerdo con las operaciones que los vuelos efectúan en el momento preciso,completando y actualizando los datos de modo electrónico y manual, de acuerdo con lo descrito en lasección 8. Fajas de Progreso de Vuelo del manual ATS- Ecuador.

El Controlador Operativo deberá mantener vigilancia visual del área de maniobras y circuitos detransito de aeródromo, para poder identificar cualquier obstáculo que afecte las operaciones como:Drones, globos, pájaros, luz láser, etc.

Las separaciones para arribos y salidas en las proximidades del aeródromo se seguirán conforme a loestipulado en el Doc. 4444, Párrafo 5.8.2 y 5.8.3 y el Manual ATS-Ecuador.

Se expedirá instrucciones a las aeronaves para ingresar al circuito de tránsito cuando el controlrequiera que la aeronave se aproxime para aterrizar. Normalmente, se dará la autorización paraaterrizar a una aeronave que viene realizando una aproximación por instrumentos, a menos que serequieran maniobras visuales hacia la pista de aterrizaje.

La mínima de separación en la proximidad de los aeródromos podrán reducirse si:

1. Si el controlador de aeródromo puede proporcionar una adecuada separación cuando todas lasaeronaves están constantemente a la vista; o

2. Cuando cada una de las aeronaves esta constantemente a la vista y los pilotos notifican quepueden mantener su propia separación; o

3. En el caso de que una aeronave siga a otra y el piloto de la aeronave que va detrás notifique quetiene a la vista el tránsito y puede mantener propia separación.

16

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVILDIRECCION DE NAVEGACIÓN AÉREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

EL Controlador de Aeródromo velará por la separación entre las aeronaves que vuelan en el circuito detránsito, a fin de mantener una adecuada separación entre las aeronaves que llegan y las aeronavesque salen, no obstante:

1. Las aeronaves que vuelen en formación quedan exceptuadas de mantener las separacionesmínimas respecto a otras aeronaves que formen parte del mismo vuelo.

2. No se aplicarán mínimas de separación a las aeronaves que operen por necesidades militares deacuerdo con 2-2-23 y 3-1-9 Responsabilidad respecto al tránsito militar del Manual ATS-Ecuador.

Para la operación segura de la aeronave, el Controlador de Aeródromo previo a emitir una autorizaciónde aterrizaje dará información esencial sobre las condiciones del aeródromo, especialmente aquellasque involucren el uso de la pista, así como contaminaciones dadas a causa de fenómenosmeteorológicos (agua, ceniza volcánica, etc.), u otros objetos o peligros temporales (concentración deaves, incursión en pista, luz láser, etc.)

El controlador de aeródromo establecerá el orden de arribo de las aeronaves, considerando lasprioridades eventuales descritas en 4-4-10, literal C, Prioridad para el Aterrizaje del Manual ATS-Ecuador, además deberá considerar:

1. Los tipos de aeronaves,2. Performance relativo, 3. Procedimientos de llegadas IFR o VFR, 4. Tipos de vuelos (comercial, local), 5. Posición en los circuitos de tránsito aéreo,6. Velocidades, 7. Intervalos mínimos de separación por efectos de estela turbulenta, 8. Tránsito en las proximidades del aeródromo, incluyendo el área de maniobras y los obstáculos que

hayan en dichas áreas.

La información de las condiciones del área de aterrizaje será provista por la administración delaeropuerto (Oficina de operaciones DAC-D2), o en conjunto con la concesionaria aeroportuaria(TAGSA), de acuerdo con lo descrito en cartas de acuerdo entre Torre de Control Guayaquil,Operaciones TAGSA y Operaciones DGAC del aeropuerto Internacional “José Joaquín de Olmedo”.

6.3.4 Asistente de las posiciones de control de aeródromo

El Asistente de Control, efectuará actividades para asistir o dar soporte al Controlador a cargo, lasactividades consignadas bajo su responsabilidad estarán sujetas a la planificación del SupervisorOperativo, o del Controlador a cargo de la Supervisión, o en su defecto en equipo de trabajo,principalmente podrá expedir información a vehículos, peatones, u otras tareas de apoyo, y aprobarádeterminadas operaciones en el área de maniobras, siempre y cuando estas sean aceptadaspreviamente por los Controladores de Aeródromo o Terrestre, procurando dar cumplimiento a loestipulado en Carta de Acuerdo Operacional entre Torre de Control, TAGSA y la oficina deOperaciones DGAC.

Cuando existan fajas de progreso de vuelo que hayan sido canceladas al término de su operación, elControlador asistente deberá pasar la hora de despegues y aterrizajes de acuerdo con lo establecido enCarta de Acuerdo Operacional entre Torre de Control Guayaquil y el Servicio de InformaciónAeronáutica.

Cuando la carga de trabajo de los Controladores Operativos sea de media a intensa, deberá asistir en

17

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVILDIRECCION DE NAVEGACIÓN AÉREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

actividades adicionales, como la búsqueda de FPL, coordinaciones orales con otras dependenciasadyacentes, ingreso de datos y cualquier otra actividad que pueda beneficiar a la prestación de losservicios de tránsito aéreo.

6.4 PRIORIDADES OPERACIONALES.

Se dará prioridad operacional a una aeronave con el fin de facilitar la operación de dicha aeronave,en los casos que se describen a continuación:

a. Se dará prioridad número a cualquier aeronave que se encuentre en estado deemergencia y requiera atención inmediata. Cuando una aeronave sea objeto de interferenciailícita, se le dará el tratamiento de aeronave en emergencia.

b. Se dará prioridad a cualquier aeronave que se encuentre en estado de urgencia, conduzcapersonas que requieran atención inmediata, tales como enfermos o heridos graves, aeronavesambulancia, aeronaves que acudan en auxilio o rescate de personas, en caso de desastre oemergencia nacional, aeronaves en misión de evacuación de personas y a los vuelos debúsqueda y salvamento.

c. Se dará prioridad a las aeronaves que trasladen al Presidente o al Vicepresidente de laRepública, así como a Jefes de Gobierno de Estados extranjeros. Se procederá de acuerdoa lo establecido en la Circular Técnica ATM N° 001.

d. Se dará preferencia operacional a aquellas aeronaves que sean objeto de convenios especiales celebrados por la DGAC.

Nota 1. - Cuando se proporcione el servicio a aeronaves que conduzcan a Jefes de Gobierno de Estados extranjeros, se les dará prioridad número tres, si así lo dispone la Autoridad Competente.

Nota 2. - Se entiende por prioridad operacional al suministro del servicio de tránsito aéreo a una aeronave, según sus necesidades o requerimientos, aún cuando se afecte la operación de otras aeronaves.

Nota 3.- Se entiende por preferencia el suministro del servicio a una aeronave procurando

satisfacer sus necesidades o requerimientos, sin afectar a otras aeronaves o afectándolas al mínimo.

6.5 CONTINGENCIAS.

El tratamiento de cualquier contingencia que afecte la operación normal de los servicios de tránsitoaéreo se detalla en el “Plan de Emergencia, Contingencias y Crisis del Aeropuerto internacional “JoséJoaquín de Olmedo” y de Torre de Control SEGU.

En caso de presentarse simultáneamente más de una contingencia el Supervisor Operativo o elControlador a cargo de la Supervisión, aplicará el procedimiento descrito en la contingencia másrestrictiva a las operaciones aéreas.

18

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVILDIRECCION DE NAVEGACIÓN AÉREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

6.5.1 Emergencias, Interferencia Ilícita y/o amenaza de bomba.

En el caso de que una aeronave se encuentre, o parezca encontrarse, en alguna situación deemergencia, el controlador de aeródromo proporcionará toda la asistencia necesaria. Losprocedimientos aquí prescritos pueden variarse de acuerdo con la situación, considerando laposibilidad que se produzcan cambios repentinos en la ruta, altitudes, niveles de vuelo o destino y laimposibilidad del cambio de frecuencia de control.

El vuelo de una aeronave identificada en situación de emergencia se vigilará permanentemente,siempre que sea posible se tratará de establecer su posición a través de todos los medios, hasta agotartodas las posibilidades, hasta que la aeronave haya solventado su situación, o hasta cuando se sepa porlos medios determinados la posición y la situación desencadenante de dicha aeronave. Deberáproporcionarse información respecto a su posición a todas las dependencias de los servicios detránsito aéreo que puedan prestar ayuda a la aeronave. Cuando corresponda, se efectuará tambiénla transferencia a sectores adyacentes.

6.6 ACTIVIDADES ESPECIALES.

6.6.1 Vuelos en instrucción instrumental

Con el propósito de facilitar la labor de instrucción, en coordinación con APP se podrá autorizar dichasprácticas siempre y cuando estas no afecten al desenvolvimiento del tránsito aéreo.

6.6.2 Actividades potencialmente peligrosas

Una actividad potencialmente peligrosa es la acción o condición que podría generar un riesgo para lasoperaciones aéreas bajo la jurisdicción del controlador de aeródromo. Para el desarrollo de estasactividades se deberá contar con el permiso de la autoridad ATS competente, y serán evidencias en losNOTAMS respectivos de acuerdo al tipo de actividad.

El objetivo de la coordinación será lograr las mejores disposiciones que eviten peligros para lasaeronaves civiles y produzcan un mínimo de interferencia con las operaciones ordinarias de dichasaeronaves.

Son consideradas actividades potencialmente peligrosas:

1. Los vuelos en formación, desfiles militares y pasadas bajas, 2. Salto de paracaidistas en el espacio aéreo ATZ, 3. Prácticas de parapentes y alas delta, 4. Operación de ultraligeros, 5. Globos libres no tripulados y Drones.

Para el tratamiento de estas actividades se deberá seguir lo previsto en el procedimiento interno “ActividadesPotencialmente Peligrosas para la Torre de Control Guayaquil.

19

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVILDIRECCION DE NAVEGACIÓN AÉREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

6.7 UTILIZACIÓN DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y COORDINACIÓN.

6.7.1 Coordinaciones Generales.

Toda coordinación se deberá realizar utilizando los medios de comunicación y coordinaciónestablecidos formalmente, sean estos, medios de coordinación automatizados o mediosimplementados del servicio fijo aeronáutico,

En forma excepcional y en situaciones extremas o de fuerza mayor se podrán realizar coordinacionesaeronáuticas por otro medio (uso de teléfonos celulares), según considere pertinente el SupervisorOperativo o el Controlador a Cargo de la Supervisión.

6.7.2 Coordinaciones entre las dependencias ATS.

La coordinación entre estas dependencias se la realizará utilizando los medios automatizados decoordinación electrónica del sistema AIRCON.

El Controlador de Aeródromo deberá mantener una actualización constante de la ventana TOWER,donde se despliega el tránsito en retroceso y rodaje, así como el tipo de salida asignada de acuerdo alplan de vuelo, para de esa manera efectuar las coordinaciones que correspondan con las demásdependencias de control adyacentes.

La coordinación oral quedará supeditada únicamente a situaciones especiales por razones deseguridad o mejor manejo del flujo de tránsito.

Los detalles pertinentes de coordinación, están establecidos en las Cartas de Acuerdo Operacionalentre la oficina de Control de Aproximación, Centro de Información de Vuelo y la Torre de ControlGuayaquil.

6.8 TRANSFERENCIAS

6.8.1 Transferencia de Comunicaciones.

La transferencia de comunicaciones para los vuelos IFR se efectuará inmediatamente después deldespegue y para los vuelos VFR, cuando se encuentren sobre los puntos de ingreso a los respectivoscorredores visuales.

Los detalles pertinentes a las transferencias de comunicaciones, están establecidos en las Cartas deAcuerdo Operacional entre las dependencias respectivas.

6.8.2 Transferencia de Control.

Los detalles pertinentes a las transferencias de control, están establecidos en las Cartas de AcuerdoOperacional entre dependencias intervinientes.

6.9 DOCUMENTOS DE NOTIFICACIONES Y CONSTANCIAS DE ACTIVIDADES OPERACIONALES

6.9.1 Registro Operacional Diario (ROD)

El Supervisor Operativo o el Controlador a cargo de la Supervisión notificará de forma obligatoria, a

20

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVILDIRECCION DE NAVEGACIÓN AÉREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

través del Registro Operacional Diario (ROD), las actividades desarrolladas durante el turno,incluyendo toda la información técnica relevante, que guarde relación con el desarrollo de lasoperaciones aéreas, el funcionamiento de equipos y su mantenimiento, capacidad del soporte entrelos sistemas y el componente humano, así como los riesgos y/o peligros de seguridad operacional(principalmente asuntos de soporte físico) y/o preocupaciones de seguridad resultantes de lascoordinaciones entre dependencias.

El formato del Registro Operacional Diario (ROD) se completará de acuerdo con los procedimientosestablecidos, formato que se encuentra disponible en la Dependencia, una vez completada lasnotificaciones específicas, se deberá enviar vía correo institucional al Responsable de la Dependencia,o a quien en su ausencia lo subrogue y al Responsable ATM de la RII. Además, este documento debeser impreso y para constancia de su validez, deberá ser firmado por el Supervisor Operativo o elControlador a cargo de la Supervisión.

En caso de falla de equipos electrónicos, el Registro Operacional Diario se lo completará con escrituramanuscrita utilizando letra de imprenta y caligrafía legible.

6.9.2 Notificación de sucesos de tránsito aéreo

En caso de presentarse cualquier suceso ATS, se tramitará a través del Supervisor Operativo o elControlador a cargo de la Supervisión, al Responsable ATM de la dependencia y/o a losResponsables de Seguridad Operacional correspondientes, conforme el “Procedimiento deNotificación e Investigación de Sucesos ATS” del SMS, remitiendo toda la información relativa alsuceso ATS.

6.9.3 Bitácoras de Posición.

El Supervisor Operativo, y los Controladores a cargo de la Supervisión, llenarán las bitácoras dePosición y firmarán en el espacio correspondiente, cuando asuman ó abandonen cualquier posiciónoperativa, especificando fecha, identificación de la posición operativa, iníciales y la hora deentrada/salida.

6.9.4 Área de Información Básica (AIB)

El Supervisor Operativo, el Controlador a cargo de la Supervision, o el ATC que sea designado, deberácompletar y/o actualizar el AIB con información relevante y específica, en concordancia con los datosbásicos previos a asumir determinada posición operativa.

7. MODIFICACIONES

Las modificaciones y revisiones a este documento las realizará únicamente la Gestión de TránsitoAéreo Nacional, a solicitud de la dependencia, conforme el procedimiento para la modificación dedocumentos contenida en el Procedimiento “Elaboración y presentación de Documentos” de la DNA.

Las modificaciones y revisiones de este documento se efectuarán bajo las siguientes circunstancias:

a) Si se considera necesario incluir cualquier variación que contribuya a mejorar la gestión de laseguridad operacional en los Servicios de Tránsito Aéreo.

b) Como resultado de Auditorias al Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional.

21

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVILDIRECCION DE NAVEGACIÓN AÉREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

c) Se detecten errores o imprecisiones durante la aplicación del procedimiento.

d) Se modifiquen o cambien los procedimientos internos o las responsabilidades que impliquencambios en la aplicación de este procedimiento.

e) Se soliciten cambios o mejoras al documento por los medios y canales pertinentes.

8. VIGENCIA

Este documento entrará en vigencia el: Marzo 2018

9. ANEXOS.

9.1 Anexo 1: Registro Cartas de Acuerdo

9.2 Anexo 2: Corredores de salidas y entradas visuales

9.3 Anexo 3: Salida de aeronaves categoría A y B desde intersección Charlie

22

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVILDIRECCION DE NAVEGACIÓN AÉREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

9.1 Anexo 2: CARTAS DE ACUERDO DE LA DEPENDENCIA

INSTRUCCIÓN TÉCNICAELABORACIÓN DE CARTAS DE ACUERDO

Código: R-02/IT-02/DNA Revisión: 0Fecha: 15-07-15Página: 01 de 01CONTROL DE CARTAS DE ACUERDO OPERACIONALES

Código Titulo de la Carta de AcuerdoFecha de

entrada envigencia

EDICIÖN REVISIÖNDependencias

que laposee

CAO-N-ZQI-04

Carta de Acuerdo Operacional entrela Oficina de Control deAproximación y la Torre de Controlde Guayaquil

21-07-2016 01 00SEGU-TWRSEGU-APP

CAO-N

Carta de Acuerdo Operacional entrela Torre de Control e Información deVuelo del Aeropuerto InternacionalJosé Joaquín de Olmedo deGuayaquil

01-05-2016SEGU-TWRSEGU- APP

CAO-O-TWRGU-01-AIS

Carta de Acuerdo Operacional entrela Torre de Control Guayaquil y elServicio de Información Aeronáutica

17/10/2016 01 00SEGU-TWRSEGU-AIS

CAO-O-TWRSEG

U-01

Carta de Acuerdo Operacional entreTorre de Control Guayaquil yOperaciones TAGSA del AeropuertoInternacional José Joaquín deOlmedo.

10/10/2016 01 00SEGU-TWROPS-TAGSA

CAO-O-TWRGU-01/OPS

Carta de Acuerdo Operacional entreTorre de Control Guayaquil yOperaciones DGAC del AeropuertoInternacional José Joaquín deOlmedo.

19/09/2016 01 00SEGU-TWROPS-DGAC

Carta de Acuerdo Operacional entrelos Servicios de Control de TránsitoAéreo del Aeropuerto InternacionalJosé Joaquín de Olmedo y elServicio Aeropolicial de Guayaquil.

08/09/2015 01 00SEGU-TWRSEGU-APP

SAP

CAO-O-SEGU01/

ANE

Carta de Acuerdo Operacional entrelos Servicios de Tránsito Aéreo deGuayaquil y el Comando deAviación Naval.

05/09/2016 01 01SEGU-TWRSEGU-APP

ANE

Carta de Acuerdo Operacional entrelas Gestiones de Tránsito Aéreo(ATM) y Búsqueda y Salvamento(SAR)

11/07/2016 02 00ATS (SEGU

TWR)ATM -SAR

Carta de Acuerdo Operacional entrelos Servicios de MeteorologíaAeronáutica y el Servicio de Controlde Tránsito Aéreo del AeropuertoInternacional José Joaquín deOlmedo Guayaquil

01/07/2015

SEGU MET SEGU TWR SEGU APP

23

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVILDIRECCION DE NAVEGACIÓN AÉREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

9.2 ANEXO 2: CORREDORES DE SALIDA

24

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVILDIRECCION DE NAVEGACIÓN AÉREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

9.2 ANEXO 2: CORREDORES DE LLEGADA

25

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVILDIRECCION DE NAVEGACIÓN AÉREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

9.2 ANEXO 2: SECTORES DE INSTRUCCIÓN

26

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVILDIRECCION DE NAVEGACIÓN AÉREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

9.3 ANEXO 3: SALIDAS DE AERONAVES CATEGORÍA A Y B DESDE INTERSECCIÓN CHARLIE

Con el fin de agilizar el tránsito aéreo, optimizar la capacidad operacional y disminuir, en cuanto seaposible, los tiempos de rodaje de los diversos tipos de aeronave, se permite al personal deControladores de Tránsito Aéreo autorizar la maniobra de despegue de aeronaves desde laintersección CHARLIE de la pista 21.

Las operadoras de aeronaves de categoría A y B que requieran efectuar despegues desde laintersección CHARLIE, deberán realizar y presentar para su aprobación por parte de la Dirección deInspección y Certificación Aeronáutica de la DGAC, los correspondientes análisis de pista para lasdistancias de despegue

9.3.1 FRASEOLOGÍA SALIDAS DE AERONAVES CATEGORÍA A Y B DESDE INTERSECCIÓN CHARLIE

Se deberá utilizar la fraseología que se indica continuación:

PILOTO : Guayaquil Torre, HCDAG (Identificación de la aeronave) solicita despegue de pista 21, intersección CHARLIE.

ATC : HCDAG (Identificación de la aeronave), pista 21, intersección CHARLIE, remanente de pista; mil novecientos treinta y un metros, autorizado a despegar.

INGLÉS

PILOT : Guayaquil Tower, HCDAG (Call Sign) requesting departure from runway 21 intersection CHARLIE.

ATC : HCDAG (Call Sign) runway 21, CHARLIE intersection, runway distance remaining one thousand nine hundred and thirty one meters, cleared for take-off.

27

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVILDIRECCION DE NAVEGACIÓN AÉREA Código: PR-21 ATM

Revisión: 0Fecha: 31-10-17Páginas: 21PROCEDIMIENTO

SOP TWR SEGU

______________________________

Fin del documento

28