Procedimientos Post Titulos
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DEFINICION :
Art.44° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería (D.S. N° 014-92-EM);
Agrupamiento de concesiones mineras de la misma clase y naturaleza, Ubicadas dentro de una superficie de :
• 5 Km. de radio, cuando se trate de minerales Metálicos no ferrosos. Área Máxima a agrupar = 7 854.0000 Has
• 20 Km. de radio cuando se trate de hierro, carbón mineral o Mineral no metálico.
Área Máxima a agrupar = 125 664.0000 Has
• 10 Km. de radio en los yacimientos metálicos auríferos detríticos o de minerales pesados detríticos.
Área Máxima a agrupar = 31 416.0000 Has
I. UNIDAD ECONOMICA ADMINISTRATIVA (UEA)
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FORMAS DE AGRUPAR LAS CONCESIONES DE ACUERDO AL CIRCULO:
Agrupadas totalmente dentro del circulo.
I. UNIDAD ECONOMICA ADMINISTRATIVA (UEA)
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Agrupadas parcialmente dentro del circulo.
FORMAS DE AGRUPAR LAS CONCESIONES DE ACUERDO AL CIRCULO:
I. UNIDAD ECONOMICA ADMINISTRATIVA (UEA)
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El área total fuera del circulo no debe ser mayor al 30% del área total de las concesiones.
Agrupadas parcialmente dentro del circulo.
FORMAS DE AGRUPAR LAS CONCESIONES DE ACUERDO AL CIRCULO:
I. UNIDAD ECONOMICA ADMINISTRATIVA (UEA)
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CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LAS UEAS :
-AREA AGRUPADA TOTAL =< AREA DEL CIRCULO
-AREA FUERA DEL CIRCULO < 30% AREA AGRUPADA TOTAL
-Los derechos a incorporar a la UEA no deben pertenecer a otras UEAs
Área Agrupada Total = Suma de las áreas de las concesiones, denuncios con auto de amparo
Área Fuera del Circulo = Suma de las áreas de las concesiones, denuncios que están fuera del círculo
Radio 5 Km = Máximo 2 356.20 HasRadio 10 Km = Máximo 9 424.80 HasRadio 20 km = Máximo 37 699.20 Has
Nota: No se considera las áreas disponibles para la constitución o inclusión de derechos mineros en las UEAs.
I. UNIDAD ECONOMICA ADMINISTRATIVA (UEA)
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Tipos de solicitudes
Solicitud de Conformación de UEA
Solicitud de modificación de U.E.A.
Modificación del centro del circulo
= S/. 215.00
Otras Modificaciones
Cambio de Titularidad de la UEA
Cambio de Nombre de la UEA
Archivamiento de la UEA
= S/. 195.00
I. UNIDAD ECONOMICA ADMINISTRATIVA (UEA)
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REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR LA SOLICITUD :
Del Escrito:•Nombre de la U.E.A•Clase de sustancia( Todos de igual sustancia que la UEA) •Demarcación política•Indicación del Centro del Circulo (en coordenadas UTM)•Relación de las concesiones mineras a integrar la UEA (Datos registrales de ser el caso)•Hectáreas de cada derecho minero (De acuerdo al titulo o reducción aprobada)
La solicitud esta conformada por un escrito y un plano
Identificación del peticionario•Persona Natural•Persona Jurídica-Rpte. Legal: Datos de Inscripción
I. UNIDAD ECONOMICA ADMINISTRATIVA (UEA)
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Del Plano :
•Firma de Ingeniero de Minas o Geólogo colegiado.•Nombre de la UEA, del titular, clase de sustancia, demarcación política•Radio del circulo•Perímetro de cada una de la concesiones•Coordenadas UTM de los vértices de las concesiones•Coordenadas del Centro del Circulo•Indicar el área de cada concesión•Indicar el área agrupada total
I. UNIDAD ECONOMICA ADMINISTRATIVA (UEA)
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CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LAS UEAS :
a) TITULAR DE LA UEA- Persona Natural o Jurídica (debidamente inscrita)- Debe existir identidad entre el Titular de la UEA y de los Derechos Mineros:
- Titular de los derechos integrantes- Cesionario vigente de los derechos mineros integrantes (Datos de inscripción)- Mixto
b) La Modificación del titular de la UEA sólo procede cuando se acredite la calidad de titular o cesionario vigente de todos los derechos integrantes.
c) Los derechos a agrupar o incluir deben ser de la misma sustancia: Metálicas o No Metálicas
I. UNIDAD ECONOMICA ADMINISTRATIVA (UEA)
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CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LAS UEAS :
d) La UEA podrá estar conformada por:
- Concesiones antiguas (formuladas anterior al DL 708)- Petitorios Titulados (formulados bajo el régimen del DL 708)- Denuncios con Auto de Amparo.
e) Se debe tener en cuenta las hectáreas señalas en la Resoluciónque otorga el Titulo o aprueba la reducción.
I. UNIDAD ECONOMICA ADMINISTRATIVA (UEA)
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Artículo 51º del Reglamento de Procedimientos Mineros,
aprobado por Decreto Supremo No. 018-92-EM, establece
que: “Para la renuncia parcial o total del área de un derecho
minero, será suficiente la solicitud que, con firma legalizada
notarialmente presente el titular al Director de Concesiones
Mineras, acompañada del certificado de gravámenes que
acrediten que no existen derechos de terceros o, en caso de
existirlos, el consentimiento de estos últimos respecto a la
renuncia”.
II. PROCEDIMIENTO DE RENUNCIA PARCIAL o TOTAL
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II. PROCEDIMIENTO DE RENUNCIA PARCIAL o TOTAL
INFORMETECNICO
INFORMELEGAL
LIBRE DENUNCIABILIDAD
RESOLUCION DE
APROBACION
CONSENTIMIENTO
FLUJO DEL PROCEDIMIENTO DE RENUNCIA DE CONCESIONES
(Art. 13 del TUO Ley General de Minería)
SOLICITUD DE RENUNCIA
15 días hábiles para resolver (Silencio Negativo)
1. Formulación de solicitud de cambio de sustancia Requisitos:
Solicitud del titular (PN o PJ representante facultado) con firma legalizada por Notario Público Recibo de Pago por derecho de trámite Certificado de gravamen o certificado negativo de inscripción
2. La Unidad Técnica Operativa emite opinión en caso sea área retenida y área renunciada (superposición a zona agrícola, área urbana o de expansión urbana) 3. La Unidad Técnica Normativa emite opinión legal y se proyecta resolución de aprobación4. La UADA emite consentimiento
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El artículo 13º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, señala que la concesión minera podrá ser transformada a sustancia distinta de la que fuera inicialmente otorgada, para cuyo efecto será suficiente la declaración que formule su titular.
El artículo 17º del Reglamento de Diversos Títulos de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, prescribe que la declaración de transformación de la concesión minera a sustancia distinta a que se refiere el artículo 13º de la ley, se presentará ante el Jefe del Registro Público de Minería, hoy la Presidenta del Consejo Directivo del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico INGEMMET, quien dictará la resolución de cambio de sustancia.
III. PROCEDIMIENTO DE CAMBIO DE SUSTANCIA
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III. PROCEDIMIENTO DE CAMBIO DE SUSTANCIA
INFORMETECNICO
1. Formulación de solicitud de cambio de sustancia Requisitos:
Solicitud del titular (PN o PJ representante facultado) Recibo de Pago por derecho de trámite
2. La Unidad Técnica Operativa emite opinión (superposición a zona agrícola, área urbana o de expansión urbana) 3. La Unidad Técnica Normativa emite opinión legal y se proyecta resolución de aprobación4. La UADA expide el certificado de consentimiento
INFORMELEGAL
RESOLUCION DE
APROBACIONCONSENTIMIENTO
FLUJO DEL PROCEDIMIENTO DE CAMBIO DE SUSTANCIA
DE CONCESIONES(Art. 51 del Decreto Supremo N° 018-92-EM)
30 días hábiles luego de emitidos los informes técnico y legal (Silencio Negativo)
31 2 4
SOLICITUD DE CAMBIO DE SUSTANCIA
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Casos Especiales: Concesiones Mineras no metálicas superpuestas a zona
agrícola. Concesiones otorgadas al amparo del D.L. 109 y normas
anteriores.
III. PROCEDIMIENTO DE CAMBIO DE SUSTANCIA
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INFORMETECNICO
Concesiones Mineras no metálicas superpuestas a zona agrícola
INFORMELEGAL
SOLICITUDCONSENTIMIENTO
RESOLUCION DE APROBACION
OFICIO a la Dirección Regional de Agricultura del Gob.Regional
III. PROCEDIMIENTO DE CAMBIO DE SUSTANCIA
INFORME TÉCNICO de la Dirección Regional de Agricultura del Gob. Regional
INFORMETECNICO
INFORMELEGAL
ELEVESECON PROYECTO DERESOLUCION DE APROBACIÓN-PCD INGEMMET- GOB. REGIONAL (*)
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IV. PROCEDIMIENTO DE REPOSICION HITOS
1. Se verifica requisitos2. La Unidad Técnica Operativa emite opinión respecto de la solicitud de Reposición de Hitos elabora el aviso de publicación que se efectuará hasta 10 días antes de la fecha de la realización de la Diligencia Pericial y se presentará antes de dicha diligencia3. La Unidad Técnica Normativa señala fecha para la realización de la Diligencia Pericial, se designa Perito y se expide el aviso de Ley4. Perito presenta dentro de los 30 días de realizada la Diligencia el Informe Pericial, que es derivado a la UTO para su evaluación5. La UTN aprobará el aspecto técnico de la Diligencia Pericial de Reposición de Hitos
FLUJO DEL PROCEDIMIENTO DE REPOSICION HITOS
(Primera Disposición Complementaria del Reglamento de Procedimientos Mineros - D.S. 018-92-EM)
INFORMETECNICO
INFORMELEGAL
RESUELVE
1º INFORMELEGAL - Pase
SOLICITUD DE DILIGENCIA
INFORMETECNICO
INFORME LEGAL
Ordena Diligencia y señala
fecha y designa perito
Presentación Informe pericial
1 23
5
4
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V. PROCEDIMIENTO DE POSICIONAMIENTO DE HITOS
1.Se verifica requisitos2.La Unidad Técnica Operativa emite opinión respecto a la solicitud de Posicionamiento de Hitos, elaborará la planilla de gastos y sugiera perito de ser el caso3. La UTN ordena efectuar una Diligencia Pericial de PH y expide la Planilla de Gastos4. Interesado presenta el recibo original de pago - PH5. Se señala fecha para la realización de la Diligencia Pericial, se designa Perito y se expide el aviso de Ley, publicación que deberá publicar y entregar al INGEMMET antes de los 15 días naturales a la fecha de realización de la Diligencia6. Perito presenta dentro de los 30 días de realizada la Diligencia el Informe Pericial, que es derivado a la UTO para su evaluación7. La UTN aprobará el aspecto técnico de la Diligencia Pericial de Posicionamiento de Hitos
FLUJO DEL PROCEDIMIENTO DE POSICIONAMIENTO DE HITOS
(Directiva 003-97-RPM-J, aprobada por RJ 632-97-RPM/A)
INFORMETECNICO
INFORMELEGAL
RESUELVE
1º INFORMELEGAL - Pase
SOLICITUD DE DILIGENCIA
RESOLUCION(Ordena Diligencia yexpedición Planilla
de gastos )
2º INFORMELEGAL
Pago y presentación de recibo original
4
INFORMETECNICO
INFORMELEGAL
Diligencia y Fecha
Presentación Informe pericial
5
3
6
1 2
7
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VI. PROCEDIMIENTO DE DIVISION
INFORMETECNICO
(Se requiere copiasCertificadas)
Se forma nuevo exp.
INFORMELEGAL FINAL
1º INFORMELEGAL
(evaluación requisitos)
SOLICITUD DE DIVISION
TITULO DEDIVISION y
NUEVO TITULO
INFORMETECNICO FINAL
RESOLUCION(Expedición de
cartel de publicación)
2º INFORMELEGAL
Publicación y presentación de
carteles4
1 3
6
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UADA
1. Formulación de solicitud de División2. La UTO emite opinión y elabora el aviso de publicación3. La Unidad Técnica Normativa expide cartel de publicación (30 días para publicar y 60 días calendarios para presentar)4. Interesado presenta publicación5. Se deriva el expediente de la UTO para informe final6. Se requiere copias certificadas, de cumplir la Unidad Técnica Normativa forma nuevo expediente, emite informe final y remite exp. a Presidencia que aprueba el título de División y nuevo título7. La UADA expide el certificado de consentimiento
FLUJO DEL PROCEDIMIENTO DE DIVISION DE CONCESIONES
(Último párrafo del Art. 14º – Ley 26615)
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DIVISION
Ley 26615 - Ley del Catastro Minero Nacional
DEFINICION:
Ultimo párrafo del Artículo 14.- “…El titular de una concesión minera vigente incorporada al Catastro Minero Nacional con carácter definitivo, según lo dispuesto en la presente Ley, podrá dividir el área de la concesión en dos o más concesiones adecuándolas al sistema de cuadrículas en el área en que ello sea posible o formando poligonales cerradas, sin limitación de área mínima, siguiendo en lo demás el procedimiento previsto en este artículo.”
* Diferenciar del fraccionamiento
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REQUISITOS:
SOLICITUD
IDENTIFICACION DEL TITULAR:
DOMICILIO
PN / PJ (DATOS REGISTRALES/ REPRESENTANTE LEGAL y FACULTADES ESPECIALES DEBIDAMENTE INSCRITAS, RUC)
DATOS DE LA SOLICITUD DE DIVISION:
NOMBRE DEL DERECHO(S) A CREAR
INDICAR SI EXISTE GRAVAMEN (AUTORIZACION DEL ACREEDOR SI LO HUBIERA).
INDICAR COORDENADAS Y EXTENSION DE LAS AREAS DIVIDIDAS (HAS) y DEMARCACION
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DOCUMENTOS ADJUNTOS
1.-Documentos que acrediten la titularidad del Derecho Minero.
2.-Certificado de gravamen y/o autorización expresa de interesados o acreedores.
3.-Copia Literal de los asientos de Inscripción del derecho minero.
4.-PLANO de las áreas divididas con la siguiente información:Con coordenadas UTM del área
Nombre de las áreas divididas y titular de la concesión a dividir
Se graficará el perímetro de las áreas divididas con indicación de las coordenadas UTM de sus vértices.
De existir, se graficará los derechos prioritarios.
5.-RECIBO DE PAGO
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VII. PROCEDIMIENTO DE ACUMULACION
INFORMETECNICO
INFORMELEGAL FINAL
Formación de expediente
1º INFORMELEGAL
(evaluación requisitos)
SOLICITUD DE ACUMULACION
TITULO DE
ACUMULACION
INFORMETECNICO FINAL
RESOLUCION(Expedición de
cartel de publicación)
2º INFORMELEGAL
Publicación y presentación de
carteles
4
1 3
6
5 7
UADA
1. Formulación de solicitud de Acumulación2. La Unidad Técnica Operativa emite opinión y elabora el aviso de publicación3. La Unidad Técnica Normativa expide cartel de publicación (30 días para publicar y 60 días calendarios para presentar)4. Interesado presenta publicación5. Decreto por la que se deriva el expediente de la UTO para informe final6. La Unidad Técnica Normativa emite informe final y remite los actuados a la Presidencia quien aprueba el título de acumulación7. La UADA expide el certificado de consentimiento
FLUJO DEL PROCEDIMIENTO DE ACUMULACION DE CONCESIONESArt. 14º – Ley 26615 (Ley del Catastro Minero Nacional)
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ACUMULACIONLey 26615 - Ley del Catastro Minero Nacional
DEFINICION:- “…Artículo 14.- El titular de dos o más concesiones mineras
vigentes colindantes o superpuestas, que hubieren sido incorporadas al Catastro Minero Nacional con carácter definitivo, según lo dispuesto en la presente Ley, podrá acumularlas en un solo título. La acumulación deberá adecuarse al sistema de cuadrículas en el área o áreas en que ello sea posible o podrá adoptar la forma de una poligonal cerrada cualquiera, no siendo aplicable a ella las limitaciones de área a que se refiere el Artículo 11 del TUO. La nueva concesión, producto de la acumulación, tendrá la antigüedad del título acumulado más antiguo…”
- Conformada por concesiones mineras vigentes colindantes o superpuestas, incorporados al Catastro Minero Nacional
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REQUISITOS:
SOLICITUD
IDENTIFICACION DEL TITULAR: SEÑALANDO DOMICILIO. (SI ES PN: DNI, RUC, DATOS DEL CONYUGE / si es PJ: DATOS REGISTRALES/ REPRESENTANTE LEGAL y FACULTADES ESPECIALES DEBIDAMENTE INSCRITAS, RUC)
DATOS DE LA ACUMULACION A CONFORMAR:
NOMBRE DE LA ACUMULACION, RELACION DE DERECHOS IDENTIFICADOS CON CODIGO UNICO SEÑALANDO SI LA CONFORMARAN EN FORMA PARCIAL O TOTAL, INDICAR SI EXISTE GRAVAMEN (AUTORIZACION DEL ACREEDOR SI LO HUBIERA).
INDICAR: EXTENSION DE LA ACUMULACION Y DERECHOS (HAS), SUSTANCIA (MISMA SUST. ACUM. Y DERECHOS), ZONA, Nº Y NOMBRE DE LA HOJA IGN y DEMARCACION
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DOCUMENTOS ADJUNTOS1.-Documentos que acrediten la titularidad de los Derechos
Mineros.
2.-Certificado de gravamen y/o autorización expresa de interesados o acreedores.
3.-Copia Literal de los asientos de Inscripción de los derechos mineros.
4.-PLANO del área de la ACUMULACION con la siguiente información:Con coordenadas UTM del área objeto de la acumulación
Nombre de la Acumulación y titular de las concesiones a acumular
Se graficará el perímetro del área acumulada con indicación de las coordenadas UTM de sus vértices.
Relación de los derechos a acumular, Clase de sustancia, Nombre y número de la Hoja IGN, y número de Zona, extensión de la acumulación y de cada derecho a acumular.
De existir, se graficará los derechos prioritarios, áreas libres.
5.-RECIBO DE PAGO
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Los integrantes forman un solo derecho minero.
ACUMULACION UEAs
Se puede acumular en forma parcial(se ordena reducción) o total(se ordena cancelación).
Los derechos mineros se mantienen colindantes, superpuestos o vecinos.
Debe agruparse el área total del derecho minero.
Sólo se puede acumular concesiones mineras superpuestas o colindantes.
Los integrantes son colindantes, superpuestos o vecinos.
Los gravámenes y cargas recaen en el nuevo derecho.
Los derechos integrantes mantienen los gravámenes y cargas.
COMPARACION ENTRE ACUMULACION Y UEAs
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ACUMULACION UEAs
Conformada por concesiones mineras, con coordenadas UTM definitivas e incorporados al Catastro.
Conformada por concesiones mineras antiguas, petitorios titulados y denuncios con auto de amparo.
Sólo el titular puede dividir, renunciar en forma parcial o total el área de la acumulación.
La Ley General de Minería otorga a la autoridad minera la facultad de resolver de oficio la exclusión de los derechos integrantes en los que se acredite transferencia o cesión a favor de persona distinta a la que se le otorgó la UEA; y, de ser el caso archivar el expediente de la Unidad.
COMPARACION ENTRE ACUMULACION Y UEAs