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PROCESO DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO CÓDIGO: PRDE15
PROCEDIMIENTO DE INDAGACIÓN, RECOLECCIÓN, CREACIÓN Y DIVULGACIÓN DE
LÉXICO EN LA LSC
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Este documento es propiedad del Instituto Nacional para Sordos, prohibida su reproducción sin previa autorización.
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CONDICIONES GENERALES
Responsable del
procedimiento:
Dirección general
Objetivo: Orientar el proceso de indagación, recolección, creación y divulgación de léxico (cotidiano y
especializado) de la Lengua de Señas Colombiana (en adelante LSC), lo que contribuye a la
modernización y estandarización de la lengua. Así como, disminuir diferencias en torno a las posturas
existentes por parte de la comunidad de usuarios de la LSC.
Alcance: Inicia con la identificación del requerimiento de una seña en una situación comunicativa y termina
con su divulgación para su uso en un contexto comunicativo específico.
Relaciones externas: Comunidades en las que se usa la LSC tales como instituciones educativas de básica secundaria y
media, instituciones de educación superior, entidades públicas y privadas, organizaciones de la
sociedad civil.
Pre-Comité de Planeación Lingüística en Lengua de Señas colombiana – LSC.
Consejo Nacional de Planeación Lingüística de la Lengua de Señas Colombiana.
Interrelación de
procedimientos:
• Interrelación con cartillas, diccionarios y repositorios de la LSC.
• Investigaciones en el campo de la lingüística de la lengua de señas en todos los niveles.
• Normas técnicas de interpretación y traducción Lengua de Señas Colombiana –español.
• Documentos de la adquisición y enseñanza de la LSC.
• Procesos para la elaboración de materiales virtuales en LSC.
• Procesos educativos dirigidos a la población sorda.
• Otros procesos en los que se realiza el uso de la LSC en el contexto laboral, cultural, de
salud, entre otros.
Normatividad aplicable: El uso de una Lengua como requisito para lograr una comunicación y una participación efectiva en la
sociedad, es un derecho fundamental de todo ser humano, el cual ha sido reconocido y desarrollado
de antaño tanto por la legislación nacional como por las normas e instrumentos de derecho
internacional y nacional.
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En este sentido, la Lengua de Señas de Colombiana cumple con el requisito antes descrito respecto
de la comunidad sorda del país, cuyos miembros ven en la misma un sistema lingüístico para el
efectivo goce y ejercicio de sus derechos, a través de su aprehensión y utilización.
✓ CONGRESO DE COLOMBIA. la Constitución Política estableció en su artículo 10 que “Las
lenguas y dialectos de los grupos étnicos son también oficiales en sus territorios. La enseñanza
que se imparta en las comunidades con tradiciones lingüísticas propias será bilingüe”.
✓ CONGRESO DE COLOMBIA. Ley 324 de 1996. “Por la cual se crean algunas normas a favor de
la Población Sorda”. LENGUA MANUAL COLOMBIANA. Es la que se expresa en la modalidad
viso - manual. ARTÍCULO 1. Es el código cuyo medio es el visual más que el auditivo. Como
cualquiera otra lengua tiene su propio vocabulario, expresiones idiomáticas, gramáticas,
sintaxis diferentes del español. Los elementos de esta lengua (Las señas individuales) son la
configuración, la posición y la orientación de las manos en relación con el cuerpo y con el
individuo, la lengua también utiliza el espacio, dirección y velocidad de movimientos, así como
la expresión facial para ayudar a transmitir el significado del mensaje, esta es una lengua
visogestual.
✓ CONGRESO DE COLOMBIA. Resolución 1515 del 2000. “Por la cual se establecen los requisitos
para la prestación del servicio educativo en el ciclo de educación básica primaria para Sordos,
por los establecimientos educativos estatales privados”. ARTICULO 1. Los establecimientos
educativos estatales y privados que ofrezcan el servicio público educativo en el ciclo de
educación básica primaria para sordos usuarios de la lengua de señas deben cumplir los
siguientes requisitos: a) Adoptar proyectos educativos bilingües; lengua de señas colombiana
como primera lengua y lengua castellana escrita, como segunda lengua; c) Vincular personas
sordas usuarias de la lengua de señas colombiana, con la debida formación académica, como
modelos lingüísticos para que participen en el proceso educativo.
✓ CONGRESO DE COLOMBIA. Ley 982 de 2005. Por la cual se establecen normas tendientes a
la equiparación de oportunidades para las personas sordas y sordociegas y se dictan otras
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disposiciones”. ARTÍCULO 1. Para efectos de la presente ley, los siguientes términos tendrán
el alcance indicado a continuación de cada uno de ellos. 10. "Lengua de señas". Es la lengua
natural de una comunidad de sordos, la cual forma parte de su patrimonio cultural y es tan
rica y compleja en gramática y vocabulario como cualquier lengua oral. “La Lengua de Señas
se caracteriza por ser visual, gestual y espacial. Como cualquiera otra lengua tiene su propio
vocabulario, expresiones idiomáticas, gramáticas, sintaxis diferentes del español. Los
elementos de esta lengua (las señas individuales) son la configuración, la posición y la
orientación de las manos en relación con el cuerpo y con el individuo, la lengua también utiliza
el espacio, dirección y velocidad de movimientos, así como la expresión facial para ayudar a
transmitir el significado del mensaje, esta es una lengua visogestual. Como cualquier otra
lengua, puede ser utilizada por oyentes como una lengua adicional”.
✓ CONGRESO DE COLOMBIA. Ley 1381 de 2010. Normas sobre reconocimiento, fomento,
protección, uso, preservación y fortalecimiento de las lenguas de los grupos étnicos de
Colombia y sobre sus derechos lingüísticos y los de sus hablantes.
✓ CONGRESO DE COLOMBIA. La Corte Constitucional en la Sentencia C-605/2012 estableció
(III) Toda persona sorda, sordociega y sordomuda tiene derecho constitucional a adquirir y
expresarse jurídicamente, de forma válida, tanto por señas, incluyendo, por supuesto la
Lengua de Señas de Colombia, LSC, como oralmente, por escrito o por otras vías que se
desarrollen para el efecto, como parte de los ámbitos de protección concreta de los derechos
a la libertad de pensamiento y libertad de expresión (art. 20, CP). (IV). El legislador no viola
el principio de igualdad al equiparar a las personas sordas con los pueblos y las comunidades
indígenas, en el sentido de que son “parte del patrimonio pluricultural de la Nación” (art. 1°,
núm. 3, Ley 982 de 2005), en especial a la especificidad de sus derechos lingüísticos
diferenciados y la posibilidad, por ejemplo, de ser beneficiarios de acciones afirmativas.
✓ CONGRESO DE COLOMBIA. Ley Estatutaria 1618 de 2013. “Por medio de la cual se establecen
las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con
discapacidad”. ARTÍCULO 1°. OBJETO. El objeto de la presente ley es garantizar y asegurar el
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ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad, mediante la adopción de
medidas de inclusión, acción afirmativa y de ajustes razonables y eliminando toda forma de
discriminación por razón de discapacidad, en concordancia con la Ley 1346 de 2009. Y
ARTÍCULO 2°. b) Comunicativas: Aquellos obstáculos que impiden o dificultan el acceso a la
información, a la consulta, al conocimiento y en general, el desarrollo en condiciones de
igualdad del proceso comunicativo de las personas con discapacidad a través de cualquier
medio o modo de comunicación, incluidas las dificultades en la interacción comunicativa de
las personas.”
✓ MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL DE COLOMBIA. Decreto 1421 de 2017. “"Por el cual
se reglamenta en el marco de la educación inclusiva la atención educativa a la población con
discapacidad". Artículo 2.3.3.5.2.3.2. Oferta educativa pertinente para personas con
discapacidad. En el numeral 2 se establece: “ Oferta bilingüe bicultural para población con
discapacidad auditiva: la Modalidad Bilingüe - Bicultural es aquella cuyo proceso de enseñanza
- aprendizaje será en la Lengua de Señas Colombiana - Español como segunda lengua y
consiste en la destinación de establecimientos educativos regulares, en los que se contarán
con aulas paralelas y docentes bilingües que impartan la formación en lengua de señas, y
otros apoyos tecnológicos, didácticos y lingüísticos requeridos, entre los que están los
intérpretes de Lengua de Señas Colombiana y modelos lingüísticos”.
✓ CONGRESO DE COLOMBIA. Ley 2049 10 de agosto de 2020, cuyo título es: "Por la cual se
crea el consejo nacional de planeación lingüística de la lengua de señas colombiana (LSC) con
el objetivo de concertar la política pública para sordos del país. el artículo 1, el cual tiene como
objeto crear el Consejo Nacional de Planeación Lingüística de la LSC y reconocer a la
comunidad sorda nacional los derechos lingüísticos. Además se garantiza igualdad de
condiciones para todas las comunidades sordas colombianas con el propósito de facilitar la
interacción de la población sorda, con oyentes e intérpretes en Colombia.
Recursos definidos Recursos financieros, técnicos, humanos, tecnológicos.
Lineamientos de
operación: 1. El coordinador(a) de lenguas e intérpretes es el responsable de recibir los archivos de la seña,
la definición y el ejemplo en videos en LSC y su correspondiente traducción al español escrito.
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2. Un(a) líder(a) sordo(a) en cada área del proceso de creación y/o recolección de una seña,
este perfil será de quien lleve adelante el proceso.
3. El grupo responsable de dar solución y de la creación de la seña debe estar constituido como
mínimo por 3 personas Sordas; el líder del punto anterior y otras dos personas) que cumplan
el perfil descrito.
• Ser sordo usuario proficiente de la LSC
• Se identifica como sordo con su vivencia y experiencia de ser sordo y pertenecer a la
comunidad sorda que tiene una cultura propia.
• Tener una formación en educación superior (técnico, tecnológico o profesional).
• Tener experiencia y conocimiento de la enseñanza de la lengua de señas colombiana o con
formación o conocimiento de aspectos referidos a la lingüística de la LSC, la comunidad sorda
y su cultura.
• Reconozca que la comunidad sorda usuaria de la LSC es la responsable de realizar acciones
que contribuyan a elevar el estatus de la lengua. Ser profesional ético.
• Tener conocimiento sobre el proceso o la ruta para la indagación, creación, recolección y
divulgación de señas.
(posibles) Invitados al área
• Profesional lingüista:
• Una o varias personas sordas usuarias de la LSC:
• Profesional experto en el área o disciplina:
4. Toda seña debe ser consultada con profesionales sordos con formación o experiencia en el
área o campo al que pertenece la seña como informal.
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DEFINICIÓN DE TÉRMINOS:
Lexicología: disciplina encargada del estudio de las palabras o señas. Esta disciplina parte de la relación del significado y el
significante en el signo lingüístico, Analiza las unidades de léxicas de la lengua que existen y son usadas por un grupo de hablantes,
se busca caracterizar las funciones y los significados de la palabra y seña. Unidad de análisis: la palabra o la seña.
Terminología: una disciplina encargada del estudio de los términos. Parte de un proceso onomasiológico. Significado al
significante. De un grupo de redes de conceptos estructurados y jerarquizados por conocimientos especializados busca nombrarlos
con referentes especiales, es decir, términos. Unidad de análisis: el término.
Neologismo: Se encarga de determinar [revisar] cómo las nuevas formas de la lengua logran la aceptación para la conformación
de tecnoléctos o entran al uso general de la lengua.
Neologismos – lexicológicos: Los que surgen espontáneamente en una lengua, es decir, los que son propiamente neologismos.
Neologismos – terminológicos: Los términos que son creados y motivados para propósitos especiales, llamados neónimos.
Planificación formal: Se ocupa de la forma de la lengua. Responde a unos criterios establecidos. Por ejemplo, la creación de
vocabulario, cambios de en la configuración de una seña, y en la gramática, los cuales son analizados con base a unos parámetros
donde se determina si cumple o no con los mismos. Generalmente, la planificación formal está orientada a la normalización o
estandarización de una lengua en uso.
Planificación funcional: se enfoca en el registro del uso de la lengua de los hablantes. Es decir, se centra en los aspectos
sociales de una lengua. Por ejemplo: promover el reconocimiento de una lengua, registrar el surgimiento de variaciones regionales
y los procesos de adquisición y enseñanza de una lengua, como primera y como segunda lengua.
Semántica: Uno de los campos de estudio de la lingüística que estudia los significados o contenidos de los signos lingüísticos y
sus combinaciones, también se ha llamado la ciencia del sentido, siendo el objeto de estudio la significación y la unidad funcional
del contenido lingüístico el significado (Gutiérrez, 2002).
Léxico – semántica: aclaración concepto de léxico-semántica de la lengua de señas colombiana, propiedades de LSC con teoría
en parte de la lingüística que estudia el significado de las palabras o señas y expresiones lingüísticas.
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DIAGRAMA DE FLUJO: link: http://intranet/gi.documents/Sistema%20Integrado%20de%20Gesti%C3%B3n/PR_INDAGACI%C3%93N_RECOLECCI%C3%93N_CREACI%C3%93N%20_Y_DIVULGACI%C3%93N_L%C3%89XICO_EN_LA_LSC/index.html#list
# CARGO ACTIVID
AD/
TAREA
Descripción actividad Punto de
control
Registro Tiempo
1 USUARIO DE
LSC
Identificar
el
requerimi
ento de
una seña
En un contexto de interacción en el que
participan personas sordas, ya sea educativo,
elaboración de material virtual para medios de
comunicación, espacios de acceso a la
educación, a la salud, trabajo, cultura, entre
otros, se identifica el requerimiento de una seña
cotidiana o especializada para referirse a una
entidad concreta o abstracta, dado que en el
momento no se conoce la existencia de una
seña el referente apropiada. Esta persona o
grupo de personas toma nota de la seña que se
requiere. Además, para solucionar en el
momento en que se requiere la seña puede
utilizar una estrategia de adecuación del
discurso y realiza el diligenciamiento de los
registros establecidos para iniciar el trámite del
requerimiento el cual se debe enviar por medio
de correo electrónico a servicio al ciudadano el
cual remitirá la solicitud al proceso encargado.
Formato de
recolección o
creación de
señas
cotidianas y
académicas
Formato de
recolección o
creación de
señas
cotidianas y
académicas
Correo
electrónico
Cada vez
que se
requiera
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2
EQUIPO RESPONSABLE DE SOLUCIONAR EL REQUERIMIENTO
Recibir y
Analizar el
requerimi
ento
El equipo responsable de solucionar el
requerimiento recibe y analiza la pertinencia del
mismo, para lo cual se pueden elegir una de dos
alternativas: utilizar una estrategia de
adecuación del discurso o realizar la búsqueda
de la seña.
Formato de
recolección o
creación de
señas
cotidianas y
académicas
Formato de
recolección o
creación de
señas
cotidianas y
académicas
1 día hábil
después
de recibir
el
requerimie
nto
3
EQUIPO RESPONSABLE DE SOLUCIONAR EL REQUERIMIENTO
Verificar
bajo que
metodolog
ía se
establece
la seña
Se revisa la disponibilidad de la seña si existe
disponibilidad se Continua en la actividad
número 4 si no existe se omite la actividad y
continua en la actividad número 5
N/A Matriz de
señas
1 día hábil
después
de recibir
el
requerimie
nto
4
EQUIPO RESPONSABLE DE SOLUCIONAR EL REQUERIMIENTO
Utilizar
estrategia
de
adecuació
n del
discurso
según la
situación
comunicat
iva
1. Realizar ampliación del discurso:
1.1 Utilización paráfrasis en la que se incluya
una interpretación amplificada o una explicación
realizando comparaciones, presentando
definiciones y ejemplos.
1.2 Realizar una descripción de elemento.
1.3 Realizar el deletreo manual del referente del
español.
2. Acordar estrategia para el uso en el
discurso:
Esta estrategia se comparte con los usuarios
que requieren referenciar un concepto en una
N/A
Formato de
recolección o
creación de
señas
cotidianas y
académicas
3 días
hábiles
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situación comunicativa específica. Continua en
la actividad número 6.
5.
EQUIPO RESPONSABLE DE SOLUCIONAR EL REQUERIMIENTO
Realizar la
búsqueda
de la seña
Una vez analizada la necesidad de la seña l
referente en LSC se realiza la búsqueda de la
seña en un tiempo máximo de 3 días para 15
términos, además debe elaborar una matriz que
soporte la búsqueda, en la que se incluya la
siguiente información: denominación del
término en español, libro o cartilla con la
información relacionada con la seña
(denominación, área disciplinar, inicio
alfabético, procedencia) e información sobre la
clase de material, donde se encuentra la
palabra/concepto que dará lugar a la seña, tales
como documentos, cartillas o páginas web en la
que se encuentra (Nombre documento o página,
año de publicación, registro bibliográfico y
otros).
(Anexo: formato de EXCEL. DE RECOLECCIÓN Y
CREACION DE SEÑAS COTIDIANAS Y
ACADÉMICAS). Es necesario realizar con
anterioridad un listado de los referentes
requeridos en los proyectos o procesos.
Cada área tiene un grupo responsable (líder y
dos personas sordas), realizan los videos de la
seña, la definición y el ejemplo (uso en
contexto) con su correspondiente traducción en
español escrito y lo entregan al grupo de
Formato de
recolección de
señas
cotidianas y
académicas
Formato de
recolección o
creación de
señas
cotidianas y
académicas
Correo
electrónico
3 días
hábiles
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lenguas e intérpretes, luego de revisar aspectos
técnicos y sociolingüísticos descritos en el
númeral 5.2 se envía para ser incluidos en el
diccionario bilingüe LSC-español del aplicativo
INSOR EDUCATIVO.
5.1
EQUIPO RESPONSABLE DE SOLUCIONAR EL REQUERIMIENTO Consultar
la seña
requerida
en
materiales
físicos o
virtuales,
o con
profesiona
les
sordos.
A continuación, se presentan los pasos a seguir
para la indagación de la seña.
Indagar la seña:
a) En cartillas de vocabulario, diccionarios y
glosarios, físicos y/o virtuales de
instituciones, entidades y organizaciones
reconocidas en el país.
b) Con profesionales sordos con formación
o experiencia en el área o campo al que
pertenece la seña como informal.
c) Con personas sordas expertas en el
tema, con o sin educación formal.
d) En cartillas, diccionarios y glosarios
físicos y/o virtuales internacionales para
poder realizar un préstamo lingüístico
realizando las adecuaciones para que
cumplan los criterios lingüísticos del país.
NOTA: Para los numerales b y c, se requiere
construir una base de datos de personas sordas
identificando área de conocimiento en la cual
tiene formación y/o experticia en el tema. N/A
Formato de
recolección o
creación de
señas
cotidianas y
académicas
Correo
electrónico
3 días
hábiles
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5.2
EQUIPO RESPONSABLE DE SOLUCIONAR EL REQUERIMIENTO
Describir
aspectos
sociolingúi
sticos
(formal y
funcional)
Estos criterios serán definidos con mayor
profundidad en el “DOCUMENTO TEÓRICO DE
DESCRIPCIÓN DE SOCIOLINGÜÍSTICOS
(FORMALES Y FUNCIONALES) PARA
RECOLECCIÓN Y CREACIÓN DE LÉXICO EN LA
LENGUA DE SEÑAS COLOMBIANA (LSC)”.
a. Entre los criterios de sociolingüística a nivel
formal se encuentran:
• Nivel fonológico: el componente
fonológico /segmental de las señas, y
principios combinatorios.
• Lexicografía y terminología: en el que se
sugiere el análisis semiótico del signo
lingüístico identificando la relación entre
significante y significado (metáfora,
metonimia, otros).
• Relación semántica: Identificación de
señas pertenecientes a la misma área
temática, averiguando si hay diferencias
o similitudes de forma entre ellas.
• Mecanismos de creación de señas
fonológicos y morfológicos identificados
en la LSC (metáfora, metonimia,
reduplicación, préstamos, flexión,
composición, entre otros.)
N/A
Formato de
recolección o
creación de
señas
cotidianas y
académicas
Correo
electrónico
Cada vez
que se
requiera
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b. Los criterios sociolingüísticos a nivel funcional
se identifican:
• Frecuencia de uso en contextos
comunicativos de interacción, fluidez,
economía lingüística, entre otros.
En este contexto, se identifica si la seña es
adecuada [falta definir] o no.
a) En caso de que la seña sea adecuada se
pasa a la actividad 6 Acordar el uso de la
seña en el discurso.
En caso de no contar con una seña adecuada se
pasa a la actividad número 7 Proponer creación
de la seña.
6.
EQUIPO RESPONSABLE DE SOLUCIONAR EL REQUERIMIENTO Acordar el
uso de la
seña en el
discurso
Esto hace referencia a establecer de forma
concertada el uso de la seña identificada en el
discurso.
Los grupos de cada área responsables del tema
realizarán el diligenciamiento de formatos
referidos a criterios y justificación de la
selección de la seña, los cuales serán
entregados al grupo de lenguas e intérpretes.
Formato de
recolección o
creación de
señas
cotidianas y
académicas
Formato de
recolección o
creación de
señas
cotidianas y
académicas
Correo
electrónico
Cada vez
que se
requiera
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7.
GRUPO RESPONSABLE DE CREACION SEÑA
Proponer
creación
de la seña
En este contexto, se parte del requerimiento
presentado por el usuario o grupos de usuarios
que requieren la seña y la justificación
presentada por el grupo responsable de dar
solución al requerimiento.
• Se realiza la conceptualización de la seña
a construir. Se propone un referente en
LSC siguiendo los criterios
sociolingüísticos al interior del grupo de
personas sordas del área atendiendo a
las necesidades comunicativas.
• Realizar la definición de la seña y
proponer un ejemplo, el cual debe ser
grabado. Esto se debe diligenciar en el
FORMATO DE CREACION DE SEÑAS
ACADÉMICAS, en el que se solicita
información referida a denominación,
área disciplinar, inicio alfabético,
procedencia. (Ver anexo II). Además,
debe realizar la traducción al español
escrito de la definición y el ejemplo.
• Se justifica la pertinencia de la seña para
dar respuesta a la necesidad identificada.
Formato de
recolección o
creación de
señas
cotidianas y
académicas
Formato de
recolección o
creación de
señas
cotidianas y
académicas
Correo
electrónico
Cada vez
que se
requiera
8.
LIDER DE GRUPO RESPONSABLE DE CREACION SEÑA
Priorizar
Creación
de la
seña
En esta instancia se envía al líder del equipo
que analiza si se puede crear o no la seña,
partiendo de su conocimiento del tema
Formato de
recolección o
creación de
señas
Correo
electrónico
1 día hábil
después
de recibir
la solicitud
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cotidianas y
académicas
9.
LIDER DE GRUPO RESPONSABLE DE CREACION SEÑA
Definir si
se puede
crear la
seña
En caso de emitir un concepto justificado que no
cumpla con la implementación de la seña
continua en la actividad número 2.
En caso de emitir un concepto justificado que se
requiere la creación de la 10. N/A
Concepto
justificado
1 día hábil
después
de recibir
la solicitud
10.
LIDER DE GRUPO RESPONSABLE DE CREACION SEÑA
Diligencia
miento
requisitos
de la
nueva
seña en el
discurso
Esto hace referencia a establecer de forma
concertada el uso de la seña creada en el
discurso, en diferentes contextos comunicativos.
Los grupos de cada área responsables del tema
realizarán el diligenciamiento de formatos
referidos a criterios y justificación de la creación
de la nueva seña, los cuales serán entregados al
grupo de lenguas e intérpretes.
Formato de
recolección o
creación de
señas
cotidianas y
académicas
Correo
electrónico
3 días
hábiles
11.
GRUPO DE LENGUA E INTÉRPRETES
Revisión
de
requisitos
de las
entradas
(señas,
definición
y
ejemplo)
El grupo responsable de cada área, entrega los
archivos anteriormente descritos al grupo de
lengua e intérpretes. Este grupo realiza la
revisión de los requisitos relacionados con:
• Se cuenta con los videos
correspondientes a la seña, definición y
ejemplo.
• Los videos cumplen con los criterios
técnicos mínimos.
• Formatos diligenciados de aspectos
sociolingüísticos.
Formato de recolección o creación de señas cotidianas y académicas
Formato de
recolección o
creación de
señas
cotidianas y
académicas
Correo
electrónico
3 días
hábiles
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• Traducción de la seña, definición y
ejemplo a español escrito.
En caso de no cumplir con los requisitos se
devuelve al numeral 7.
12. USUARIO DE LSC Usar
producció
n del
discurso
Mediante la estrategia de ampliación, se
presenta en discurso la seña encontrada o la
seña, creada. Lo que contribuye a establecer
interacciones comunicativas eficientes.
N/A N/A
Cada vez
que se
requiera
13.
GRUPO DE LENGUA E INTÉRPRETES
Entrega
del
material y
divulgació
n en el
aplicativo
El líder del grupo creador de la seña envía al
administrador de contenidos del Diccionario
bilingüe LSC-español, que se encuentra en
INSOR EDUCATIVO, para subirlo en el
aplicativo. N/A
Material de
divulgación
3 días
hábiles
posteriore
s a recibir
el material
TIPO DOCUMENTO CÓDIGO
Interno. Formato de recolección y creación de señas cotidianas y académicas
(2 pestaña)
Externo Documento teórico de descripción de sociolingüísticos (formales y
funcionales) para recolección y creación de léxico en la lengua de señas
colombiana (LSC).
RIESGOS ASOCIADOS AL PROCEDIMIENTO
N/A
CONTROL DE CAMBIOS
Versión Cambio Fecha de aprobación
PROCESO DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO CÓDIGO: PRDE15
PROCEDIMIENTO DE INDAGACIÓN, RECOLECCIÓN, CREACIÓN Y DIVULGACIÓN DE
LÉXICO EN LA LSC
VERSION: 1
FECHA: 09/11/2021
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CONTROL DE DOCUMENTOS
Elaboró
Geovani Melendres
Revisó Cristian Daza Aprobó: Carolina Ramos
Cargo: Asesor de dirección Cargo: Profesional de oficina de
planeación Cargo:
Asesor Oficina
Asesora de
Planeación y
Sistemas
Fecha: 28/09/2021 Fecha: 14/09/2021 Fecha: 09/11/2021