Procesos declarativos contenido
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PRIMER CORTE
Universidad La Gran Colombia
PROCESAL CIVIL
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PROCESOS DECLARATIVOS
PROCESO ORDINARIO PROCESO ABREVIADO PROCESO VERBAL PROCESO VERBAL SUMARIO DECLARATIVOS
ESPECIALES
Se trataran todos los asuntos contenciosos que no estén sometidos a trámite especial, antes de la demanda se debe presentar el acta de conciliación
Se debe presentar acta de conciliación a menos que se hayan solicitado medidas cautelares o no se conozca el domicilio del demandado.
Presenta dos modalidades: el proceso verbal propiamente dicho y el proceso verbal sumario, aunque tienen una estructura similar.
Es un proceso que se adelanta por audiencias y no puede afirmarse que se trate propiamente de un proceso. Es siempre un proceso de única instancia, por eso la sentencia que se dicte en los mismos no puede ser apelada.
Hacen parte de estos procesos:
Expropiación Deslinde Amojonamiento
Los asuntos de mayor Cuantía y los que no versen sobre derechos patrimoniales.
Asuntos de menor cuantía
VERBAL: está previsto para tramitar ciertos asuntos en consideración a su naturaleza, no influye la cuantía. Se aplica la doble instancia.VERBAL SUMARIO:Solamente se tramitan en única instancia independientemente de la cuantía de las pretensiones.
Este proceso se tramita determinados asuntos de acuerdo con la materia, en los cuales no interesa la cuantía. De acuerdo con el factor OBJETIVO: O sea por la naturaleza del asunto, se tramitan los siguientes asuntos1. las controversias sobre propiedad horizontal 2. Autorización de copia de escritura conforme a la ley. 3. Fijación, aumento, disminución
Expropiación: art. 16 al 23 C.P.C. competencia exclusiva del juez de circuito.es la potestad del estado para disponer de bienes particulares y se da para beneficios
comunes. NO Se
considera la cuantía para
María Camila Daza Leguizamón
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y exoneración de alimentos, y restitución de pensiones alimenticias.4. diversas controversias de familia
determinar la competencia. Opera el fuero real, o sea el de ubicación de los bienes, no opera el fuero personal.
La demanda se presentara normal como está estipulado en los art. 75 96 C.P.C., el termino de traslado al demandado será de 20 días. y etapa probatoria será de 40 días
El termino de traslado será de 10 días, la etapa probatoria será de 20 días , el traslado de las excepciones al demandado es de 3 días, termino para presentar alegatos de conclusión será de 5 días
Los asuntos que están adscritos al proceso verbal, que sean de mínima cuantía se tramitan por el verbal sumario .Son procesos que se adelantan en audiencias y no son propiamente orales, pues siempre quedan constancias por escrito mediante actas, así como de la sentencia. No puede olvidarse que los recursos deben interponerse en las audiencias en las cuales se dicten.
corre traslado por el término de cuatro días y dispone que se notifique de manera personal al demandado
El traslado de la demanda será de 3 días, no se admiten excepciones de ninguna clase, emplazamiento por tres días, el edicto se fija en la puerta de la entrada del inmueble ,en el juzgado y en los medios dispuestos por el juez, 3 días para nombrar un curador ad litem
Se procura crear o reconocer un derecho Se entiende por proceso ordinario el que debe seguirse cuando la ley no asigna para el caso un
Se puede aplicar demanda de reconvención.
El término de traslado al demandado es de diez días, traslado de excepciones al demandado será por 3 días, la etapa probatoria
NO SE ADMITEN EN ESTE PROCESO: 1.Reforma de la demanda2.Demanda de reconvención3.Acumulación de procesos4.Los incidentes5.Terminación de
LEGITIMADOS: Únicamente las personas jurídicas de derecho público. ANEXO OBLIGATORIO: Copia de la resolución que decreta
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procedimiento distinto. Es el proceso básico.
será de 10 días, la etapa probatoria será de 10 días.
amparo de pobreza6. la suspensión de su trámite, excepto el mutuo acuerdo
la expropiación y el certificado respecto de los titulares de derechos reales sobre los bienes sujetos a registro. Debe estar agotada la vía gubernativa. La demanda debe dirigirse siempre contra personas determinadas, que serán los titulares de derechos reales de dominio sobre el bien. Si sobre el bien se han constituido prendas o hipotecas, debe demandarse a estos acreedores, puesto que se trata de un litisconsorcio necesario.
CARACTERÍSTICAS:1. Es un proceso común pues están consagrado para contro versias generales y no espe ciales. 2. Es un proceso conten cioso y no voluntario. 3. Es un proceso tipo, pues los demás procesos de Conocimiento.
En este proceso no es admisible la demanda de reconvención, solamente para el de nulidad del matrimonio, divorcio y separación de cuerpos contenciosa.
Los efectos de la apelación: Cuando decreta la expropiación, es en efecto devolutivo, por lo que el trámite para el cumplimiento de la sentencia continúa en el juzgado de primera instancia. Si no se decreta la expropiación, el efecto
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Constituyen variaciones de éste, o adaptaciones.
de la apelación es el suspensivo
PROCESOS DECLARATIVOS PROCESO EJECUTIVO
PROCESOS LIQUIDATORIOS
JURISDICION VOLUNTARIA
PROCESOSARBITRARIOS
Con la ley 1395/10 los procesos ordinarios y abreviados pasaran a ser verbales de mayor y menor cuantía
Art. 448 al 568 C.P.C.
Art.571 al 648 C.P.C. Art. 649 al 662 C.P.C. Decreto 2279 de 1989, ley 446/98
CLASES DE PROCESOS
Ordinario Abreviado Verbal Verbal sumario Procesos declarativos
especiales.(deslinde, amojonamiento, divisorio y apropiación)
Ejecutivo singular
Sucesión Liquidación de
sociedades conyugales
Disolución, nulidad y liquidación de sociedades
Licencia para la emancipación voluntaria declaración de ausencia
Declaración de muerte presunta
Interdicción Donaciones entre
vivos.
En derecho En equidad técnico
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