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PROPUESTA CURRICULAR BACHILLERATO 2015/16 1 PROPUESTA CURRICULAR DE BACHILLERATO NORMATIVA LEGAL REAL DECRETO 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que establece la estructura del bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas. (BOE de 6 de noviembre de 2007) DECRETO 42/2008, de 5 de junio, por el que se establece el currículo de bachillerato en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL de 11 de junio de 2008) Orden EDU/1061/2008, de 12 de junio por el que se regula la implantación y el desarrollo del bachillerato en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL de 20 de junio) ORDEN EDU/1257/2008, de 9 de julio, por la que se ordenan y organizan las enseñanzas de bachillerato en régimen nocturno en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL de 15 de julio de 2008) ORDEN EDU/2134/2008, de 10 de diciembre, por la que se regula la evaluación en bachillerato en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 15 de diciembre) Orden EDU/2395/2009, de 9 de septiembre, por la que se regula la promoción de un curso incompleto del sistema educativo definido por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, a otro de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.(BOE de 12 de septiembre de 2009) REAL DECRETO 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato. (BOE 3 de enero 2015) ORDEN ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la educación primaria, la educación secundaria obligatoria y el bachillerato. ORDEN EDU/363/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo del bachillerato en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 8 de mayo) 5.1.- PRINCIPIOS GENERALES 1. El bachillerato es una etapa postobligatoria de la educación secundaria y, por tanto, tiene carácter voluntario. 2. Los alumnos podrán acceder al primer curso tras obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o cualquiera de los títulos establecidos en el artículo 4 del Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre. 3. Comprende dos cursos académicos y se desarrolla en modalidades diferenciadas, organizadas de forma flexible y, en su caso, en diferentes vías. 4. Con carácter general, los alumnos tendrán derecho a permanecer

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PROPUESTA CURRICULAR BACHILLERATO 2015/16

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PROPUESTA CURRICULAR DE BACHILLERATO

NORMATIVA LEGAL REAL DECRETO 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que establece la estructura del bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas. (BOE de 6 de noviembre de 2007) DECRETO 42/2008, de 5 de junio, por el que se establece el currículo de bachillerato en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL de 11 de junio de 2008) Orden EDU/1061/2008, de 12 de junio por el que se regula la implantación y el desarrollo del bachillerato en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL de 20 de junio) ORDEN EDU/1257/2008, de 9 de julio, por la que se ordenan y organizan las enseñanzas de bachillerato en régimen nocturno en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL de 15 de julio de 2008) ORDEN EDU/2134/2008, de 10 de diciembre, por la que se regula la evaluación en bachillerato en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 15 de diciembre) Orden EDU/2395/2009, de 9 de septiembre, por la que se regula la promoción de un curso incompleto del sistema educativo definido por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, a otro de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.(BOE de 12 de septiembre de 2009)

REAL DECRETO 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato. (BOE 3 de enero 2015)

ORDEN ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la educación primaria, la educación secundaria obligatoria y el bachillerato.

ORDEN EDU/363/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo del bachillerato en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 8 de mayo)

5.1.- PRINCIPIOS GENERALES 1. El bachillerato es una etapa postobligatoria de la educación secundaria y, por

tanto, tiene carácter voluntario. 2. Los alumnos podrán acceder al primer curso tras obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o cualquiera de los títulos

establecidos en el artículo 4 del Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre. 3. Comprende dos cursos académicos y se desarrolla en modalidades diferenciadas, organizadas de forma flexible y, en su caso, en diferentes vías.

4. Con carácter general, los alumnos tendrán derecho a permanecer

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escolarizados en régimen ordinario durante cuatro cursos académicos,

consecutivos o no. 5. En esta etapa, se prestará especial atención a la orientación educativa y profesional del alumnado. A tal fin, la Consejería competente en materia de

educación adoptará las medidas oportunas. 6. El hábito de lectura y la capacidad de expresarse correctamente, la adquisición de valores, así como el uso de las tecnologías de la información y la

comunicación, estarán integrados en el currículo.

CURRÍCULO Se entiende por currículo de bachillerato el conjunto de objetivos, contenidos,

métodos pedagógicos y criterios de evaluación de esta etapa educativa. OBJETIVOS

El bachillerato contribuirá a desarrollar en el alumnado las capacidades que le permitan:

a) Ejercer la ciudadanía democrática, desde una perspectiva global, y adquirir una conciencia cívica responsable, inspirada por los valores de la Constitución española así como por los derechos humanos, que fomente la

corresponsabilidad en la construcción de una sociedad justa y equitativa y favorezca la sostenibilidad. b) Consolidar una madurez personal y social que les permita actuar de forma

responsable y autónoma y desarrollar su espíritu crítico. Prever y resolver pacíficamente los conflictos personales, familiares y sociales. c) Fomentar la igualdad efectiva de derechos y oportunidades entre hombres y

mujeres, analizar y valorar críticamente las desigualdades existentes e impulsar la igualdad real y la no discriminación de las personas con discapacidad. d) Afianzar los hábitos de lectura, estudio y disciplina, como condiciones

necesarias para el eficaz aprovechamiento del aprendizaje, y como medio de desarrollo personal. e) Dominar, tanto en su expresión oral como escrita, la lengua castellana, y

conocer las obras literarias más representativas. f) Expresarse con fluidez y corrección en una o más lenguas extranjeras objeto de estudio.

g) Utilizar con solvencia y responsabilidad las tecnologías de la información y la comunicación. h) Acceder a los conocimientos científicos y tecnológicos fundamentales y

dominar las habilidades básicas propias de la modalidad escogida. i) Conocer y valorar críticamente las realidades del mundo contemporáneo, sus antecedentes históricos, y los principales factores de su evolución.

j) Comprender los elementos y procedimientos fundamentales de la investigación y de los métodos científicos. Conocer y valorar de forma crítica la contribución de la ciencia y la tecnología en el cambio de las condiciones de vida, así como

afianzar la sensibilidad y el respeto hacia el medio ambiente. k) Afianzar el espíritu emprendedor con actitudes de creatividad, flexibilidad, iniciativa, trabajo en equipo, confianza en uno mismo y sentido crítico.

l) Desarrollar la sensibilidad artística y literaria, así como el criterio estético,

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como fuentes de formación y enriquecimiento cultural.

m) Utilizar la educación física y el deporte para favorecer el desarrollo cultural y social y mejorar la calidad de vida. n) Afianzar actitudes de respeto y prevención en el ámbito de la seguridad vial.

o) Conocer, valorar y respetar la historia, la aportación cultural y el patrimonio de España y de cada una de las Comunidades Autónomas. p) Participar de forma activa y solidaria en el desarrollo y mejora del entorno

social y natural, orientando la sensibilidad hacia las diversas formas de voluntariado, especialmente el desarrollado por los jóvenes.

5.2.- EVALUACIÓN

CARÁCTER DE LA EVALUACIÓN 1. La evaluación del aprendizaje de los alumnos será continua y diferenciada

según las distintas materias y se llevará a cabo teniendo en cuenta los distintos elementos del currículo. 2. Los profesores evaluarán a los alumnos teniendo en cuenta los criterios de

evaluación establecidos en el Decreto 42/2008, de 5 de junio, por el que se establece el currículo de bachillerato en la Comunidad de Castilla y León, y sus concreciones en las programaciones didácticas de cada centro.

3. Con el fin de garantizar el derecho del alumnado a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad, deberán hacerse públicos los criterios generales que se vayan a aplicar para la

evaluación de los aprendizajes. A este efecto, los departamentos didácticos informarán al alumnado al comienzo del período lectivo sobre los contenidos mínimos exigibles para la superación de las diferentes materias

de él dependientes, los procesos de recuperación y de apoyo previstos y los procedimientos y criterios de evaluación y calificación aplicables.

DOCUMENTOS OFICIALES DE EVALUACIÓN

1. De acuerdo con la disposición adicional primera del Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas, los documentos oficiales en que se consignarán

las cuestiones relativas al proceso de evaluación en bachillerato son los siguientes: el expediente académico, las actas de evaluación, el informe personal por traslado y el historial académico de bachillerato.

PROCESO DE EVALUACIÓN DE LOS ALUMNOS

1. La evaluación se realizará por el equipo docente, constituido por el conjunto de profesores de cada grupo de alumnos, que actuarán de manera colegiada, coordinados por el profesor tutor y asesorados, en su caso, por el departamento

de orientación del centro, en la adopción de las decisiones resultantes del proceso evaluador. 2. La calificación de cada materia será responsabilidad del profesor que la

imparte, quien decidirá al término del curso si el alumnado ha superado los

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objetivos de la misma.

3. Las sesiones de evaluación serán un mínimo de tres, una por trimestre, y en ellas se cumplimentará el acta de evaluación, donde se harán constar las calificaciones de cada alumno en cada materia. Estas calificaciones serán

tenidas en cuenta en la evaluación final para no perder el referente de la evaluación continua. La última sesión se entenderá como la de evaluación final ordinaria del curso.

4. En las sesiones de evaluación se acordará, también, la información que el tutor deba transmitir por escrito a los alumnos y a las familias sobre el resultado del proceso de aprendizaje seguido y las actividades realizadas que incluirá, en

todo caso, una valoración sobre la adecuación del rendimiento a las capacidades y posibilidades del alumno con indicación de las medidas educativas propuestas por el equipo docente para contribuir a que el alumno alcance los objetivos de

dichas materias. 5. El tutor de cada grupo emitirá un informe del desarrollo de las sesiones de evaluación en el que se hagan constar los acuerdos y las decisiones adoptadas.

6. Con el fin de facilitar a los alumnos la recuperación de las materias con evaluación negativa en la convocatoria ordinaria de junio, los centros organizarán la oportuna prueba extraordinaria en el período que determine la

Orden por la que se establezca el calendario escolar. 7. La superación de las materias de segundo curso que sean de carácter progresivo estará condicionada a la evaluación positiva de las correspondientes

de primero, según las correspondencias indicadas en el Anexo III de la Orden EDU/1061/2008, de 19 de junio, por la que se regula la implantación y el desarrollo del bachillerato en la Comunidad de Castilla y León. Esta

circunstancia se consignará en los documentos de evaluación, en las materias de segundo que correspondan, como Pendiente de primero «P1». 8. Los alumnos que accedan a segundo curso mediante la correspondiente

convalidación o acreditación de los conocimientos necesarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.9 de la Orden EDU/1061/2008, de 19 de junio, no estarán sujetos a la condición indicada en el apartado anterior.

9. Los resultados de la evaluación se expresarán mediante calificaciones numéricas de cero a diez sin decimales, considerándose negativas las calificaciones inferiores a cinco. Cuando el alumnado no se presente a la prueba

extraordinaria de septiembre, se reflejará como No Presentado «NP», que tendrá a todos los efectos la consideración de calificación negativa. 10. La nota media será la media aritmética de las calificaciones de todas las

materias cursadas por el alumno, redondeada a la centésima más próxima y, en caso de equidistancia, a la superior. 11. En el caso de alumnos que cursen simultáneamente las enseñanzas de

bachillerato y las profesionales de música o danza, para el cálculo de la nota media se estará a lo dispuesto en la normativa vigente. 12. Con el fin de garantizar el principio de igualdad y la libre concurrencia, las

calificaciones que se hubieran obtenido en la evaluación de las enseñanzas de religión no se computarán en la obtención de la nota media a efectos de acceso a la Universidad, en las convocatorias para la obtención de becas y ayudas al

estudio en que deban entrar en concurrencia los expedientes académicos y en la concesión de la mención «Matrícula de Honor». 13. A aquellos alumnos que hubieran obtenido en el segundo curso de

bachillerato una nota media igual o superior a nueve se les podrá consignar la

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mención «Matrícula de Honor» en los documentos oficiales de evaluación con la

expresión «MH». Dicha mención se concederá a uno de cada veinte alumnos matriculados en 2.º curso, o fracción superior a 15. Si el número de alumnos es inferior a 20 sólo se podrá conceder a un alumno.

14. El aprendizaje de los alumnos que cursen alguna materia de modalidad a través del régimen a distancia o en otro centro, se evaluará con respecto a los objetivos marcados y teniendo en cuenta los criterios de evaluación

determinados en la programación didáctica de dicho centro. Una vez finalizado el curso académico, el secretario del centro en el que el alumno ha cursado la materia, emitirá y enviará un certificado, con el visto bueno del director, en el que

figurará la materia cursada y la calificación final obtenida. Dicha calificación se reflejará en el acta de este centro y surtirá efectos para la promoción del alumno y para la expedición del título correspondiente. El secretario incluirá la

calificación obtenida en el expediente y en el historial académico del alumno mediante las diligencias oportunas, que contarán con el visto bueno del director. 15. Los alumnos procedentes de otras Comunidades Autónomas con lengua

propia cooficial con el español que deseen continuar sus estudios de bachillerato en un centro de esta Comunidad, deberán presentar sus certificaciones académicas en castellano, según lo establecido en el artículo 36 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La calificación obtenida en la lengua propia cooficial tendrá la misma validez, a efectos académicos, que las

restantes materias del currículo. No obstante, si la calificación de dicha materia hubiera sido negativa, no se computará como pendiente ni tendrá efectos académicos.

16. A los alumnos con problemas graves de audición, visión o motricidad a los que se hubiera eximido de calificación en determinadas materias del currículo se les hará constar esta circunstancia con la expresión Exento «EX» en los

documentos oficiales de evaluación. En este caso deberá incorporarse al expediente una copia de la resolución de la Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Educativa por la que se autoriza la exención.

17. A los efectos de convalidación de alguna de las materias cursadas para los alumnos que accedan a bachillerato desde los ciclos formativos de grado medio se estará a lo dispuesto en los artículos 46 y 50 del Real Decreto 1538/2006, de

15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo. 18. Los centros podrán determinar los mecanismos para la participación de los

alumnos en el proceso de evaluación.

ACUERDO DE CENTRO

Teniendo en cuenta el carácter de evaluación continua establecida

por la normativa, la calificación del alumno en cada evaluación no podrá venir determinada por la realización de una única prueba.

La evaluación continua deberá contemplar instrumentos de

recuperación para las materias evaluadas negativamente a lo largo

del curso.

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5.3.- PROMOCIÓN Y TITULACIÓN

La ORDEN EDU/2134/2008, de 10 de diciembre, por la que se regula la evaluación en bachillerato en la Comunidad de Castilla y León, en su artículo 11 establece:

PROMOCIÓN

1. Al finalizar el primer curso, y como consecuencia del proceso de evaluación, el equipo docente de cada grupo adoptará las decisiones correspondientes sobre su promoción al segundo curso.

2. Promocionarán al segundo curso los alumnos que hayan superado todas las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo. 3. Los alumnos que no promocionen a segundo curso deberán permanecer un

año más en primero, que deberán cursar de nuevo en su totalidad si el número de materias con evaluación negativa es superior a cuatro. 4. Los alumnos que no promocionen a segundo curso y tengan tres o cuatro

materias con evaluación negativa podrán optar por repetir el curso en su totalidad o por matricularse de las materias de primero con evaluación negativa y ampliar matrícula. Dicha ampliación se hará con dos materias de segundo, si

tiene pendientes cuatro de primer curso, o con tres materias de segundo, si tiene pendientes tres de primer curso. La ampliación de matrícula podrá llevarse a cabo con materias que no sean de carácter progresivo, de acuerdo

con lo dispuesto en el Anexo III de la Orden EDU/1061/2008, de 19 de junio, respecto de materias de primero que tenga suspensas, de forma que se garantice la regular asistencia a clase.

5. La matrícula en estas materias de segundo tendrá carácter condicionado, siendo preciso estar en condiciones de promocionar a segundo dentro del curso escolar, en los términos establecidos en el punto 2 de este artículo, para que

dichas materias puedan ser calificadas. 6. En el caso de los alumnos menores de edad, la decisión de repetir curso en su integridad o ampliar matrícula con algunas de segundo deberá ser

comunicada al director del centro por los padres o tutores de los alumnos al formalizar la matrícula. 7. Los alumnos que al término del segundo curso tuvieran evaluación negativa

en algunas materias, podrán matricularse de ellas sin necesidad de cursar de nuevo las materias superadas. 8. Las materias de carácter progresivo, según correspondencias del Anexo III de

la Orden EDU/1061/2008, de 19 de junio, contabilizarán como materias independientes a efectos de repetición. 9. Los centros deberán organizar actividades de recuperación para los alumnos

que promocionen sin haber superado todas las materias, y estarán orientadas a la superación de las dificultades detectadas y a la evaluación de las materias pendientes. Corresponde a los departamentos didácticos asumir las tareas de

apoyo y evaluación de los alumnos de segundo curso que tengan materias pendientes del curso anterior. A este fin propondrán a los alumnos un plan anual de trabajo con expresión de los contenidos mínimos exigibles y de las

actividades recomendadas.

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SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO

El Tribunal Supremo estima un recurso de la FERE y anula el apartado segundo del artículo 14 del R.D. de Enseñanzas mínimas del bachillerato.

Articulo 14: “Quienes no promocionen a segundo curso y tengan evaluación negativa en tres

o cuatro materias podrán optar por repetir en su totalidad o por matricularse de las materias de primero con evaluación negativa y ampliar la matricula con dos o tres materias de segundo en los términos que determinen las administraciones

educativas”. El recurso se basa en considerar este artículo contrario al artículo 36 de la LOE

que determina que los alumnos promocionarán de primero a segundo cuando hayan superado todas las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo.

El Supremo considera que “promocionar” significa “subir de categoría” y señala que la LOE no establece la matrícula condicionada de asignaturas de segundo

que sí establece el Real Decreto. Por lo tanto quedan anulados los apartados 3, 4, 5 y 6 del artículo 11 de la

orden la ORDEN EDU/2134/2008, de 10 de diciembre, por la que se regula la evaluación en bachillerato en la Comunidad de Castilla y León y para la promoción nos basamos en lo siguiente:

PROMOCIÓN

En el apartado Decimonoveno de la RESOLUCIÓN de 18 de junio de 2009, de la Viceconsejería de educación escolar, por la que se unifican las actuaciones de los centros docentes no universitarios de Castilla y León

correspondientes al inicio del curso 2009/2010 se cita: 19.1. Los alumnos que hayan suspendido más de dos materias cursarán de

nuevo el curso completo y serán calificados de todas las materias. 19.2. Excepcionalmente, los centros podrán disponer para los alumnos con

tres o cuatro materias suspensas, en atención a sus circunstancias personales y académicas y a las propias del centro, que en algunas materias se mantengan aquellas calificaciones aprobadas en el curso anterior, si bien deberán cursar las

mismas, con la posibilidad de mejorar la calificación. En nuestro centro se tomó el ACUERDO:

- Promocionarán al segundo curso los alumnos que hayan superado todas las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo.

- Los alumnos que hayan suspendido más de dos materias cursarán de nuevo el curso completo y serán calificados de todas las materias.

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TITULACIÓN

1. La titulación de los alumnos que cursen bachillerato se regirá por lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 42/2008, de 5 de junio.

2. Al finalizar el segundo curso de bachillerato, los alumnos que tengan evaluación positiva en todas las materias de los dos cursos obtendrán el título de

Bachiller. 3. El título de Bachiller facultará al alumno para acceder a la educación superior,

tanto a la enseñanza universitaria como a las enseñanzas artísticas superiores, la formación profesional de grado superior, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y las enseñanzas deportivas de grado

superior. 4. De acuerdo con el artículo 11.2 del Decreto 42/2008, de 5 de junio, el

alumnado que finalice las enseñanzas profesionales de música y de danza, obtendrá el título de Bachiller si supera las materias comunes de bachillerato. A tales efectos, en el expediente y en el historial académico, se hará constar esta

circunstancia mediante diligencia del secretario del centro con el visto bueno de la dirección del mismo y se agregará al historial académico la certificación de las calificaciones correspondiente a las enseñanzas de música o danza.

La propuesta de expedición del título quedará condicionada hasta que el centro en el que ha cursado las enseñanzas profesionales de música o de danza certifique que se han superado todas las materias de dichas enseñanzas.

MATERIAS " LLAVE"

La evaluación final de los alumnos en aquellas materias que se imparten con idéntica denominación en ambos cursos estará condicionada a la superación de

la asignatura cursada en el primer año. Del mismo modo se procederá en la evaluación de las materias cuyos contenidos son total o parcialmente progresivos:

1º BACHILLERATO 2º BACHILLERATO

Lengua castellana y literatura I Es cierre de Lengua castellana y literatura II

Lengua extranjera I Es cierre de Lengua extranjera II

Matemáticas I Es cierre de Matemáticas II

Latín I Es cierre de Latín II

Griego I Es cierre de Griego II

Matemáticas aplicadas I Es cierre de Matemáticas aplicadas II

Segunda lengua extranjera I Es cierre de Segunda lengua extranjera II

Tecnología industrial I Es cierre de Tecnología industrial II

Física y Química Es cierre de Física, Química y Electrotecnia

Dibujo técnico I Es cierre de Dibujo técnico II

Biología y Geología Es cierre de Biología, Ciencias de la tierra y

Geología

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5.4.- METODOLOGÍA

La metodología debe tener en cuenta, entre otros aspectos, la procedencia del alumnado, las características de la etapa, el desarrollo de capacidades y los principios del aprendizaje significativo.

El entorno social y cultural del centro tiene las siguientes características:

Es una población bastante homogénea procedente en su mayor parte de clase media. Tienen fácil acceso a nuevas tecnologías.

Se estima que al acabar la educación secundaria obligatoria, del conjunto de los alumnos: un 80 % accede a la Universidad, un 10% a Ciclos Formativos y un 10% al mundo laboral.

Los alumnos, en general, pertenecen a familias estructuradas y tienen un seguimiento cercano de su evolución por parte de sus padres.

Al comenzar los estudios de Bachillerato los alumnos han adquirido, en cierto grado, el pensamiento abstracto formal, pero todavía esta forma de pensamiento no se ha consolidado. Es en esta etapa donde debe alcanzar su pleno

desarrollo. Por otra parte también tienen que adquirir una preparación para estudios posteriores universitarios o profesionales. El Bachillerato ha de contribuir a orientar a los alumnos en un determinado itinerario educativo y

también profesional. En el establecimiento del currículo del Bachillerato adquieren una gran

relevancia los elementos metodológicos y epistemológicos propios de las disciplinas que configuran las materias. Cada departamento deberá concretar las líneas metodológicas propias de sus áreas.

La especialización disciplinar tiene que complementarse con la presencia en las distintas materias de contenidos educativos imprescindibles en la formación de

ciudadanos. Esto va a influir de alguna forma en la metodología de las distintas áreas. Los contenidos educativos, llamados transversales, podemos resumirlos en: la educación para la paz, la educación para la salud, la educación para

igualdad de sexos, la educación ambiental, la educación sexual, la educación para el consumo, la educación vial, la educación en la utilización de los medios de comunicación

En función de los aspectos anteriores, de las características de los alumnos, de las capacidades que se pretenden desarrollar en el Bachillerato y de los

principios del aprendizaje significativo proponemos unas pautas metodológicas de carácter general que se basan en cuatro ejes:

. Facilitar el trabajo autónomo del alumno.

. Estimular sus capacidades para el trabajo en equipo.

. Potenciar las técnicas de indagación e investigación.

. Fomentar la aplicación y la transferencia de lo aprendido al mundo real.

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Para facilitar el trabajo autónomo del alumno se utilizarán metodologías que

desarrollen en él capacidades de aprender por sí mismo. El profesor debe actuar como orientador del proceso educativo a través de la materia que trabaja en el aula. Casos particulares de esta forma de actuación podrían ser:

- Formulación y comprobación de hipótesis.

- Análisis de un texto filosófico, histórico, literario,

- Pequeñas investigaciones dirigidas por el profesor.

- Actividades encaminadas a relacionar los conocimientos de las distintas

materias con sus aplicaciones en la sociedad.

Las estrategias metodológicas encaminadas a la estimulación de capacidades para el trabajo en equipo podrán ser, entre otras:

- Hacer grupos pequeños en prácticas de Biología, Física, Química. - Realizar en pequeños equipos, trabajos de investigación históricos, filosóficos,

artísticos. - Promover debates moderados del profesor; en los que haya libre expresión de ideas, puesta en común y resumen final de las conclusiones obtenidas.

- Utilizar cualquier dinámica de grupo que se considere oportuna. Para la potenciación de las técnicas de indagación e investigación el profesor

presentará al alumno un conjunto de materiales que él deberá ordenar, estructurar y analizar con las instrucciones que se le suministren. La investigación será semidirigida o más libre según se plantee en el primer curso o

en el segundo. Algunas técnicas podrían ser: - Investigaciones individuales o de grupo pequeño.

- Elaboración de proyectos, excursiones y visitas con preparación anterior y revisión posterior. - Preparación de debates.

- Elaboración de revistas.

- Aplicación de nuevas tecnologías,

La aplicación y transferencia de lo aprendido al mundo real se trabaja de forma transversal a través de todas las estrategias metodológicas propuestas.

Se utilizará, sobre todo, la metodología expositiva en la profundización de los aspectos teóricos de la materia; el profesor se servirá para ello de distintos

recursos didácticos: pizarra, libros de texto, apuntes, fotocopias, diferentes medios audiovisuales como retroproyector de transparencias, ordenador portátil, cañón de proyección,…

Para que estas estrategias metodológicas sean eficaces se hace aconsejable una buena conexión entre los objetivos didácticos, los contenidos, las

actividades, los recursos y, muy especialmente, entre los alumnos y profesores. Además, deben estar abiertas a la posterior revisión y posible cambio.

TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN

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De forma general se pueden estudiar tres grandes cuestiones: 1°.- ¿Cuándo evaluar? Como la evaluación es continua, se entiende que se debe evaluar durante todo

el proceso educativo, aunque haya momentos y formas más significativas. Estas formas estarán de acuerdo con el tipo de enseñanza y metodología que siga cada disciplina.

2°.- ¿Qué evaluar? Se evalúan los objetivos, los contenidos y la metodología. Es objetivo de

evaluación no sólo lo relativo a los alumnos sino también la labor del profesor, para aplicar las correcciones oportunas en cada caso y circunstancia en que se desarrolla la enseñanza.

3°.- ¿Cómo evaluar? Los procedimientos mediante los cuales se va a obtener la información

necesaria para evaluar el proceso de enseñanza-aprendizaje, se enuncian en el anexo l. Los Departamentos Didácticos harán referencia en sus Programaciones a los

instrumentos que van a emplear en la obtención de la información que permita evaluar más certeramente los procesos de enseñanza y aprendizaje.

Anexo I

PROCEDIMIENTOS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN.

Observación sistemática:

Escalas de observación

Listas de control Registro anecdótico

Diarios de clase

Análisis de las producciones de los alumnos:

Monografías

Resúmenes Trabajo de aplicación y síntesis

Cuadernos de clase Resolución de ejercicios y problemas

Textos escritos

Producciones orales

Producciones plásticas o musicales Producciones motrices

Investigaciones Juegos de simulación y dramatizaciones

Intercambios orales con los alumnos: Diálogos

Entrevistas

Asambleas

Puestas en común.

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Pruebas específicas:

Objetivas

Abiertas Interpretación de datos

Exposición de un tema Resolución de ejercicios y problemas Pruebas de capacidad motriz Cuestionarios Grabaciones en magnetófono o video

5.5.- CRITERIOS PARA EVALUAR Y, SI PROCEDE, REVISAR LOS PROCESOS DE ENSEÑANZA Y LA PRÁCTICA DOCENTE DE LOS PROFESORES.

En el artículo 10 de la ORDEN EDU/2134/2008, de 10 de diciembre, por la que se regula la evaluación en bachillerato en la Comunidad de Castilla y León se establece:

1. El profesorado, además de evaluar los aprendizajes de los alumnos, evaluará los procesos de enseñanza y su propia práctica docente en relación con la

consecución de los objetivos del currículo. El plan de evaluación del proceso de enseñanza y la práctica docente se incorporará al proyecto educativo e incluirá los momentos en los que ha de realizarse esta evaluación y los instrumentos

para realizarla. 2. Los resultados de la evaluación se incluirán en la memoria anual del centro. A

partir de estos resultados se deberán modificar aquellos aspectos de la práctica docente que hayan sido detectados como poco adecuados a las características de los alumnos y al contexto socioeconómico y cultural del centro.

3. La evaluación del proceso de enseñanza y de la práctica docente tendrá en cuenta los resultados de la evaluación del alumnado y deberá incluir, al menos,

los siguientes elementos: a) La organización y aprovechamiento de los recursos del centro. b) El carácter de las relaciones entre los distintos sectores de la comunidad

educativa en favor de una adecuada convivencia. c) La coordinación entre los órganos y las personas responsables en el centro de la planificación y desarrollo de la práctica docente: equipo directivo, claustro de

profesores, departamentos y tutores. d) La aplicación de los criterios de evaluación del aprendizaje. e) Las medidas de apoyo empleadas.

f) Las actividades de orientación educativa y profesional. g) La idoneidad de la metodología, así como de los materiales curriculares y didácticos empleados.

h) La adecuación de la oferta de materias optativas a las necesidades educativas de los alumnos. i) Las relaciones con los padres o representantes legales

.Teniendo en cuenta estas indicaciones de la normativa legal, podemos

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establecer en nuestro Proyecto Curricular los siguientes criterios:

- Anualmente y cuando a juicio del Equipo Directivo o de los Departamentos Didácticos la práctica docente lo aconseje, se procederá a evaluar y revisar los procesos de enseñanza.

- La evaluación del Proyecto Curricular de la etapa de Bachillerato será coordinada por el Equipo Directivo, que recabará la colaboración de la Comisión

de Coordinación Pedagógica para analizar, en el último trimestre de cada curso: - La idoneidad de los itinerarios académicos propuestos a los alumnos.

- La oferta de materias optativas. - El funcionamiento del Plan de Orientación de los alumnos, valorando si les

facilita la elección de estudios posteriores. - La racionalidad de la distribución de espacios y de la organización del horario.

- El funcionamiento de la evaluación de los alumnos.

Las conclusiones a las que llegue la Comisión de Coordinación Pedagógica, tras el análisis del Proyecto Curricular de la etapa de Bachillerato con los anteriores criterios, serán presentados al Claustro en el mes de septiembre, para

su discusión, rechazo o aprobación; las modificaciones que se acepten serán incorporadas al proyecto curricular y entrarán en vigor en el curso que se inicia.

Las evaluaciones de las programaciones didácticas de las distintas materias será realizada por los Departamentos, al finalizar el curso, con las siguientes indicaciones:

- Se revisarán las programaciones iniciales teniendo en cuenta los debates y acuerdos recogidos en las actas a lo largo del curso.

- Se valorarán las calificaciones obtenidas por los alumnos y los factores que han podido influir en ellas.

- Si se acuerda introducir modificaciones en la programación de las distintas materias, han de incluirse en la programación del curso siguiente.

- Se analizará si los contenidos han sido seleccionados, distribuidos y secuenciados correctamente, si los métodos empleados han sido los adecuados

y si los criterios de evaluación han sido aplicados correctamente.

PROPUESTA CURRICULAR BACHILLERATO 2015/16

14

5.6. ORGANIZACIÓN

El instituto "Conde Diego Porcelos" cuenta con dos modalidades de Bachillerato:

Ciencias y Tecnología y Humanidades y Ciencias Sociales. Este curso 2015/16 SE HA DEJADO DE IMPARTIR 1º DE BACHILLERATO

CON LA LEGISLACIÓN LOE. SE SIGUE IMPARTIENDO 2º DE BACHILLERATO LOE

4.1. MODALIDAD DE CIENCIAS Y TECNOLOGÍA

CURSO 1º

Materias comunes

Lengua Castellana y Literatura I (3 horas semanales), Lengua Extranjera I (3 horas), Filosofía y Ciudadanía (3 horas), Ciencias para el Mundo Contemporáneo (2 horas), Educación Física (2 horas) y Medidas de Atención

Educativa o Religión (2 horas semanales). Materias de modalidad (cada una de ellas de 4 horas semanales)

Matemáticas I, Física y Química y una materia a elegir entre Biología y Geología, Dibujo Técnico I o Tecnología Industrial I.

Materias Optativas

El alumno debe elegir una materia, de 3 horas semanales, entre las siguientes: - Segunda Lengua Extranjera I (en nuestro centro puede ser Francés o Alemán)

- Psicología - Fundamentos de Electrónica - Historia de la Música

- Estadística Aplicada - Tecnología de la Información

CURSO 2º

Materias comunes Lengua Castellana y Literatura II (4 horas semanales), Historia de España (4

horas), Historia de la Filosofía (3 horas) y Lengua Extranjera II (3 horas). Materias de modalidad (cada una de ellas 4 horas semanales)

En nuestro centro se aprobó desde el curso 2009-1010 establecer las siguientes opciones:

Opción 1:

PROPUESTA CURRICULAR BACHILLERATO 2015/16

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- Física

- Matemáticas II Elegir una entre: Biología, Dibujo Técnico II, Química y Tecnología Industrial II

Opción 2: - Biología - Química

Elegir una entre: Ciencias de la Tierra y Matemáticas II Materias Optativas

El alumno debe elegir una de 4 horas semanales, entre las siguientes:

- Ciencias de la Tierra - Economía - Electrotecnia

- Geología - Química - Segunda Lengua Extranjera II (Alemán o Francés)

4.2. MODALIDAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES

CURSO 1º

Materias comunes Lengua Castellana y Literatura I (3 horas semanales), Lengua Extranjera I (3

horas), Filosofía y Ciudadanía (3 horas), Ciencias para el Mundo Contemporáneo (2 horas), Educación Física (2 horas) y Medidas de Atención Educativa o Religión (2 horas).

Materias de modalidad (cada una de ellas 4 horas semanales)

Historia del Mundo Contemporáneo y elegir dos materias entre: Economía, Griego I, Latín I y Matemáticas Aplicadas I.

Materias Optativas

El alumno debe elegir una materia, de 3 horas semanales, entre las siguientes: - Segunda Lengua Extranjera I (en nuestro centro puede ser Francés o Alemán)

- Psicología - Historia de la Música - Estadística Aplicada

- Tecnología de la Información

PROPUESTA CURRICULAR BACHILLERATO 2015/16

16

CURSO 2º

Materias comunes

Lengua Castellana y Literatura II (4 horas semanales), Historia de España (4 horas), Historia de la Filosofía (3 horas) y Lengua Extranjera II (3 horas).

Materias de modalidad (cada una de ellas 4 horas semanales) En nuestro centro se aprobó desde el curso 2009-1010 establecer las siguientes

opciones: Opción 1:

- Historia del Arte Elegir una de las siguientes parejas de materias:

- Geografía + Economía de la Empresa - Latín II + Economía de la Empresa - Latín II + Griego II

- Latín II + Literatura Universal Opción 2:

- Geografía - Matemáticas Aplicadas II

Elegir una materia entre: Economía de la Empresa y Literatura Universal Materias Optativas

El alumno debe elegir una de 4 horas semanales, entre las siguientes:

- Fundamentos de la Administración y Gestión - Latín II - Literatura Universal

- Segunda Lengua Extranjera II (Alemán o Francés)

5.3.- AUTORIZACIÓN PARA CURSAR MATERIAS EN OTROS CENTROS O

EN LA MODALIDAD DE DISTANCIA. En la ORDEN EDU/2134/2008, de 10 de diciembre, por la que se regula la

evaluación en bachillerato en la Comunidad de Castilla y León, en su Disposición adicional Primera se establece:

1. En desarrollo de lo previsto en el artículo 6.8 de la Orden EDU/1061/2008, de 19 de junio, los alumnos podrán cursar alguna materia de modalidad en otro centro escolar o a través de la modalidad a distancia si la oferta de dichas

materias queda limitada en su centro por razones organizativas. 2. Para ello el interesado o sus padres o representantes legales, si éste es

menor de edad, presentará una solicitud en la Dirección Provincial de Educación

PROPUESTA CURRICULAR BACHILLERATO 2015/16

17

en la que figurará el nombre del centro al que desea asistir, así como la materia

de modalidad que desea cursar. 3. La Dirección Provincial de Educación correspondiente, previo informe de la Inspección Educativa, resolverá la solicitud autorizando al alumno la asistencia a

clase, siempre que haya plaza y el horario sea compatible, en un centro distinto a aquél en el que está matriculado.

4. La autorización correspondiente se concederá siempre con carácter individual. 5. La Resolución se hará llegar a los dos centros implicados en el proceso.

6. Una vez concedida la autorización, el alumno se someterá al proceso de enseñanza establecido en el centro de destino en lo relativo al aprendizaje y

evaluación de la materia. 7. En ningún caso podrá autorizarse la asistencia de alumnos de centros

privados a centros públicos para cursar una materia y viceversa, salvo en la modalidad de régimen a distancia.

PROPUESTA CURRICULAR CON LEGISLACIÓN LOMCE NORMATIVA: Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.(BOE 3 de enero de 2015)

ORDEN EDU/363/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y

se regula la implantación, evaluación y desarrollo del bachillerato en la Comunidad de Castilla y León.(BOCyL 8 de mayo 2015)

FINALIDAD, OBJETIVOS Y PRINCIPIOS GENERALES

FINALIDAD

El bachillerato tiene como finalidad proporcionar al alumnado formación,

madurez intelectual y humana, conocimientos y habilidades que les permitan desarrollar funciones sociales e incorporarse a la vida activa

con responsabilidad y competencia. Asimismo, capacitará al alumnado para acceder a la educación superior.

OBJETIVOS

El Bachillerato contribuirá a desarrollar en los alumnos y las alumnas las

capacidades que les permitan:

a) Ejercer la ciudadanía democrática, desde una perspectiva global, y

adquirir una conciencia cívica responsable, inspirada por los valores de la Constitución española así como por los derechos humanos, que fomente la corresponsabilidad en la construcción de una sociedad justa y equitativa.

PROPUESTA CURRICULAR BACHILLERATO 2015/16

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b) Consolidar una madurez personal y social que les permita actuar de

forma responsable y autónoma y desarrollar su espíritu crítico. Prever y resolver pacíficamente los conflictos personales, familiares y sociales.

c) Fomentar la igualdad efectiva de derechos y oportunidades entre

hombres y mujeres, analizar y valorar críticamente las desigualdades y discriminaciones existentes, y en particular la violencia contra la mujer e impulsar la igualdad real y la no discriminación de las personas por cualquier

condición o circunstancia personal o social, con atención especial a las personas con discapacidad.

d) Afianzar los hábitos de lectura, estudio y disciplina, como condiciones

necesarias para el eficaz aprovechamiento del aprendizaje, y como medio de desarrollo personal.

e) Dominar, tanto en su expresión oral como escrita, la lengua castellana y,

en su caso, la lengua cooficial de su Comunidad Autónoma. f) Expresarse con fluidez y corrección en una o más lenguas extranjeras. g) Utilizar con solvencia y responsabilidad las tecnologías de la información

y la comunicación. h) Conocer y valorar críticamente las realidades del mundo contemporáneo,

sus antecedentes históricos y los principales factores de su evolución.

Participar de forma solidaria en el desarrollo y mejora de su entorno social. i) Acceder a los conocimientos científicos y tecnológicos fundamentales y

dominar las habilidades básicas propias de la modalidad elegida.

j) Comprender los elementos y procedimientos fundamentales de la investigación y de los métodos científicos. Conocer y valorar de forma crítica la contribución de la ciencia y la tecnología en el cambio de las condiciones de

vida, así como afianzar la sensibilidad y el respeto hacia el medio ambiente. k) Afianzar el espíritu emprendedor con actitudes de creatividad, flexibilidad,

iniciativa, trabajo en equipo, confianza en uno mismo y sentido crítico.

l) Desarrollar la sensibilidad artística y literaria, así como el criterio estético, como fuentes de formación y enriquecimiento cultural.

m) Utilizar la educación física y el deporte para favorecer el desarrollo

personal y social. n) Afianzar actitudes de respeto y prevención en el ámbito de la seguridad vial.

PRINCIPIOS GENERALES El Bachillerato comprende dos cursos, se desarrollará en modalidades

diferentes, y se organizará de modo flexible, a fin de que pueda ofrecer una

preparación especializada al alumnado acorde con sus perspectivas e intereses de formación o permita la incorporación a la vida activa una vez finalizado el mismo. y la orientación educativa y profesional del alumnado.

COMPETENCIAS DEL CURRÍCULO

a) Comunicación lingüística. b) Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y

tecnología.

c) Competencia digital. d) Aprender a aprender. e) Competencias sociales y cívicas.

f) Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor. g) Conciencia y expresiones culturales.

PROPUESTA CURRICULAR BACHILLERATO 2015/16

19

Se potenciará el desarrollo de las competencias Comunicación lingüística, Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.

ORGANIZACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS

Las modalidades del bachillerato que se imparten en nuestro centro

son:

Ciencias y Humanidades y Ciencias Sociales. La modalidad de

Humanidades y Ciencias Sociales se organizará en dos itinerarios: Humanidades y Ciencias Sociales.

CONTINUIDAD ENTRE MATERIAS DE BACHILLERATO

Para poder cursar una materia de segundo curso de carácter progresivo

se deberá haber cursado anteriormente la correspondiente de primero, según correspondencias del Anexo II (MATERIAS LLAVE).

Dado el carácter de continuidad, la superación de las materias de segundo

curso estará condicionada a la evaluación positiva de las correspondientes materias de primer curso.

No obstante y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33 del Real Decreto

1105/2014, de 26 de diciembre, el alumnado podrá matricularse de la materia de segundo curso sin haber cursado la correspondiente materia de primer curso siempre que el profesorado que la imparta considere que el alumno

reúne las condiciones necesarias para poder seguir con aprovechamiento la materia de segundo curso. En caso contrario, deberá cursar la materia de primer curso, que tendrá la consideración de materia pendiente, si bien no será

computable a efectos de modificar las condiciones en las que ha promocionado a segundo curso.

Para la consideración por parte del profesorado de que se reúnen las condiciones necesarias para poder seguir con aprovechamiento la materia de segundo curso, el departamento de coordinación didáctica correspondiente

podrá realizar una prueba.

EVALUACIÓN, PROMOCIÓN Y TITULACIÓN (LOMCE)

En lo relativo a la evaluación de los aprendizajes, se estará a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y en el artículo 30 del

Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre.

Los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las

competencias y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las materias de los bloques de asignaturas troncales y

específicas y, en su caso de libre configuración autonómica, serán los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables que figuran en los Anexos I.B, I.C y, I.D, respectivamente, de esta orden.

PROPUESTA CURRICULAR BACHILLERATO 2015/16

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A lo largo de cada curso escolar se realizarán, al menos, tres sesiones de

evaluación de los aprendizajes del alumnado, una por trimestre. La última sesión se entenderá como la de evaluación final ordinaria del curso. El equipo docente coordinado por el tutor, y asesorado, en su caso, por el orientador del

centro, intercambiarán información y adoptarán decisiones sobre el proceso de aprendizaje del alumnado. El tutor levantará acta del desarrollo de las sesiones, en la que se harán constar los acuerdos y decisiones adoptadas De

los resultados del proceso de evaluación se informará por escrito a las familias, de acuerdo a lo que se establezca a estos efectos en el proyecto educativo.

Con el fin de facilitar a los alumnos la recuperación de las materias con

evaluación negativa en la convocatoria ordinaria de junio, los centros

organizarán la oportuna prueba extraordinaria en las fechas que determine la consejería competente en materia de educación. Asimismo, el tutor podrá especificar en un programa individualizado las recomendaciones propuestas

por los profesores de las materias no superadas en dicha convocatoria para contribuir a que el alumno alcance los estándares de aprendizaje evaluables de las mismas.

Antes de la evaluación final ordinaria de junio y de la evaluación de la prueba extraordinaria de cada curso, se celebrará una sesión de evaluación de los

alumnos con materias pendientes, que será coordinada por el jefe de estudios. Del resultado de esta evaluación se levantará acta y sus resultados se trasladarán a todos los documentos de evaluación. También se dará cuenta al

alumno y a sus padres, madres o tutores legales de acuerdo a lo que se establezca a estos efectos en el proyecto educativo.

En el contexto de la evaluación continua, cuando los alumnos promocionen con

evaluación negativa en alguna de las materias, la superación de los estándares de aprendizaje evaluables correspondientes a éstas será determinada por el

profesor de la materia respectiva del segundo curso. En el caso de materias que el alumno haya dejado de cursar, el departamento de coordinación didáctica correspondiente determinará su superación.

La superación de las materias de segundo curso que sean de carácter progresivo estará condicionada a la evaluación positiva de las correspondientes de primero, según las correspondencias indicadas en el Anexo I MATERIAS

LLAVE. Esta circunstancia se consignará en los documentos de evaluación, en las materias de segundo que correspondan, como Pendiente de primero «P1».

Los alumnos que accedan a segundo curso mediante la correspondiente

convalidación o acreditación de los conocimientos necesarios no estarán sujetos a la condición indicada en el apartado anterior.

Los centros, de acuerdo con lo dispuesto por la consejería competente en materia de educación, dispondrán las medidas más adecuadas para que las

condiciones de realización de las evaluaciones, incluida la evaluación final de etapa, se adapten a las necesidades del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

PROMOCIÓN

PROPUESTA CURRICULAR BACHILLERATO 2015/16

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En lo referente a la promoción en bachillerato, se aplicará lo dispuesto en el

artículo 36.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y en el artículo 32 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre.

Los alumnos y alumnas promocionarán de primero a segundo de

Bachillerato cuando hayan superado las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias, como máximo. En todo caso, deberán matricularse en segundo curso de las materias pendientes de primero. Los

centros docentes deberán organizar las consiguientes actividades de recuperación y la evaluación de las materias pendientes.

A los efectos de este apartado, sólo se computarán las materias que como

mínimo el alumno o alumna debe cursar en cada uno de los bloques. Los alumnos y alumnas podrán repetir cada uno de los cursos de

Bachillerato una sola vez como máximo, si bien excepcionalmente podrán

repetir uno de los cursos una segunda vez, previo informe favorable del equipo docente.

Los alumnos y las alumnas que al término del segundo curso tuvieran evaluación negativa en algunas materias podrán matricularse de ellas sin necesidad de cursar de nuevo las materias superadas u optar por repetir el

curso completo.

TÍTULO DE BACHILLER

Para obtener el título de bachiller se aplicará lo regulado en el artículo

37 de Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y en el artículo 34 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre.

Para obtener el título de Bachiller será necesaria la superación de la evaluación final de Bachillerato, así como una calificación final de Bachillerato

igual o superior a 5 puntos sobre 10. La calificación final de esta etapa se deducirá de la siguiente ponderación:

a) con un peso del 60 %, la media de las calificaciones numéricas obtenidas

en cada una de las materias cursadas en Bachillerato. b) con un peso del 40 %, la nota obtenida en la evaluación final de

Bachillerato. El título de Bachiller facultará para acceder a las distintas enseñanzas que

constituyen la educación superior establecidas en el artículo 3.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

En el título de Bachiller constará al menos la siguiente información:

a) Modalidad cursada. En el caso de alumnos y alumnas que deseen

obtener el título de Bachillerato por más de una modalidad, se harán constar las modalidades que hayan superado en la evaluación final.

b) Calificación final de Bachillerato.

PROPUESTA CURRICULAR BACHILLERATO 2015/16

22

La evaluación positiva en todas las materias del Bachillerato sin haber

superado la evaluación final de esta etapa dará derecho al alumno o alumna a obtener un certificado que surtirá efectos laborales y los académicos previstos en los artículos 41.2.b), 41.3.a), y 64.2.d) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de

mayo.

EVALUACIÓN FINAL DE BACHILLERATO

Los alumnos y alumnas realizarán una evaluación individualizada al finalizar Bachillerato, en la que se comprobará el logro de los objetivos de esta etapa y

el grado de adquisición de las competencias correspondientes en relación con las siguientes materias:

a) Todas las materias generales cursadas en el bloque de asignaturas

troncales. En el supuesto de materias que impliquen continuidad, se tendrá en cuenta sólo la materia cursada en segundo curso.

b) Dos materias de opción cursadas en el bloque de asignaturas troncales, en cualquiera de los cursos. Las materias que impliquen continuidad entre los

cursos primero y segundo sólo computarán como una materia; en este supuesto se tendrá en cuenta sólo la materia cursada en segundo curso.

c) Una materia del bloque de asignaturas específicas cursada en cualquiera de

los cursos, que no sea Educación Física ni Religión.

Sólo podrán presentarse a esta evaluación aquellos alumnos y alumnas que hayan obtenido evaluación positiva en todas las materias.

A los efectos de este apartado, sólo se computarán las materias que como mínimo el alumno o alumna debe cursar en cada uno de los bloques.

La superación de esta evaluación requerirá una calificación igual o superior a 5 puntos sobre 10. Los alumnos y alumnas que no hayan superado esta evaluación, o que deseen

elevar su calificación final de Bachillerato, podrán repetir la evaluación en convocatorias sucesivas, previa solicitud. Se tomará en consideración la calificación más alta de las obtenidas en las

convocatorias a las que se haya concurrido. Se celebrarán al menos dos convocatorias anuales, una ordinaria y otra extraordinaria.

PRINCIPIOS METODOLÓGICOS DE LA ETAPA

Para el logro de la finalidad y los objetivos de la etapa de Bachillerato se requiere una metodología didáctica que, fundamentada en principios básicos del aprendizaje, sea acorde con la naturaleza de la materia, las condiciones

socioculturales, la disponibilidad de recursos y las características del alumnado con el fin de propiciar un aprendizaje eficaz. En el actual proceso de inclusión de las competencias como elemento esencial del currículo, es preciso señalar

PROPUESTA CURRICULAR BACHILLERATO 2015/16

23

que cualquiera de las metodologías seleccionadas por los docentes debe

ajustarse al nivel competencial inicial de éstos. Se deberá planificar la enseñanza de nuevos aprendizajes en base a lo

que el alumno sabe y es capaz de hacer, creando las condiciones para incorporar en la estructura mental del alumno aprendizajes puente frente al objeto de enseñanza, lo que permitirá que aquellos sean consolidados y no se

trate de aprendizajes esencialmente memorísticos. Además de lo anterior, uno de los elementos clave en la enseñanza por competencias es despertar y mantener la motivación del alumnado, lo que implica un planteamiento del

papel del alumno, activo y autónomo, consciente de ser el responsable de su aprendizaje. La motivación se relaciona directamente con el rendimiento académico del alumno, por lo que en las diferentes materias se desarrollarán

actividades y tareas que fomenten la motivación. Por ello, conviene hacer explícita la utilidad del nuevo aprendizaje, tanto desde un punto de vista propedéutico como práctico y, en la medida de lo posible, crear condiciones

para extrapolar dicha utilidad a contextos diferenciados. Las metodologías que contextualizan el aprendizaje, el trabajo por

proyectos, los centros de interés, el estudio de casos o el aprendizaje basado en situaciones-problema, favorecen tanto la participación activa y el desarrollo de competencias, como la búsqueda de información, la planificación previa, la

elaboración de hipótesis, la tarea investigadora y la experimentación, la capacidad de síntesis para trasmitir conclusiones, etc. que caracterizan los aprendizajes funcionales y transferibles. Por otro lado, dadas las características

del alumnado de Bachillerato, el grupo es una variable interviniente clave en el logro académico, fuente de estímulos que impactan en los niveles de ajuste afectivo de cada uno de sus integrantes. Más allá de una consideración

generalista sobre ello, relacionado con la necesidad de un clima de convivencia adecuado en el aula, está la consideración del grupo como recurso metodológico.

El trabajo cooperativo y en equipos, adecuadamente planificado,

constituye un recurso de primer nivel para la adquisición de ciertos

aprendizajes, además de incidir de manera natural en los factores de clave motivacional y de ajuste emocional. Por otro lado, además de favorecer el trabajo individual, se debe propiciar que el alumnado desarrolle la capacidad de

trabajo en equipo. Incorporar actividades y tareas de naturaleza diferente, tanto en su presentación, como desarrollo, ejecución y formato, contribuye a fomentar las relaciones entre aprendizajes, facilita oportunidades de logro a

todos los alumnos y mejora la motivación de los alumnos. El profesor diseñará secuencias de aprendizaje integradas que permitan

a los alumnos poner en juego un conjunto amplio de conocimientos, habilidades o destrezas y actitudes personales, es decir, los elementos que integran las distintas competencias. La selección y uso de materiales y

recursos didácticos constituye un aspecto esencial de la metodología y las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), constituyen un recurso metodológico indispensable en las aulas, en el que convergen aspectos

PROPUESTA CURRICULAR BACHILLERATO 2015/16

24

relacionados con la facilitación, integración, asociación y motivación de los

aprendizajes. En esta etapa se prestará especial atención al desarrollo de la capacidad

del alumno de expresarse correctamente en público, mediante el desarrollo de presentaciones, explicaciones y exposiciones orales, así como el uso del debate como recurso que permita la gestión de la información y el conocimiento

y el desarrollo de habilidades comunicativas.

ORGANIZACIÓN DEL BACHILLERATO LOMCE

Este curso 2015/16 sólo se ha implantado el primer curso, quedando

en nuestro centro: 1º BACHILLERATO CIENCIAS

HORAS

TRONCALES COMUNES

INGLÉS 3

FILOSOFÍA 3

LENGUA Y LITERATURA 4

TRONCALES DE

MODALIDAD

MATEMÁTICAS I 4

FÍSICA Y QUÍMICA 4

TRONCALES DE OPCIÓN

Se elige una

BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA 4

DIBUJO TÉCNICO I 4

ESPECÍFICAS

Se elige 4 + 2

ANATOMÍA APLICADA 4

TRONCAL NO CURSADA 4

TECNOLOGÍA IND. I

ECONOMÍA

4

4

CULTURA CIENTÍFICA 2

2º IDIOMA 2

TIC I 2

RELIGIÓN 2

ESPECÍFICA EDUCACIÓN FÍSICA 2

PROPUESTA CURRICULAR BACHILLERATO 2015/16

25

1º BACHILLERATO HUMANIDADES

HORAS

TRONCALES COMUNES

INGLÉS 3

FILOSOFÍA 3

LENGUA Y LITERATURA 4

TRONCALES DE MODALIDAD

LATÍN I 4

HISTORIA MUNDO

CONTEMP.

4

TRONCALES DE OPCIÓN Se elige una

GRIEGO I 4

LITERATURA 4

ESPECÍFICAS

Se elige 4 + 2

TRONCAL NO CURSADA 4

CULTURA CIENTÍFICA 2

2º IDIOMA 2

TIC I 2

RELIGIÓN 2

ESPECÍFICA EDUCACIÓN FÍSICA 2

1º BACHILLERATO CIENCIAS SOCIALES

HORAS

TRONCALES COMUNES

INGLÉS 3

FILOSOFÍA 3

LENGUA Y LITERATURA 4

TRONCALES

DE MODALIDAD

MATEMÁTICAS APLICADAS I 4

HISTORIA MUNDO

CONTEMPORÁNEO

4

TRONCALES DE OPCIÓN

Se elige una

ECONOMÍA 4

LITERATURA 4

PROPUESTA CURRICULAR BACHILLERATO 2015/16

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ESPECÍFICAS

Se elige 4 + 2

TRONCAL NO CURSADA 4

CULTURA CIENTÍFICA 2

2º IDIOMA 2

TIC I 2

RELIGIÓN 2

ESPECÍFICA EDUCACIÓN FÍSICA 2

EL curso 2016/17 se implantará el segundo curso, quedando:

2º BACHILLERATO CIENCIAS

HORAS

TRONCALES

COMUNES

INGLÉS 3

HISTORIA DE ESPAÑA 4

LENGUA Y LITERATURA 4

TRONCAL DE MODALIDAD

MATEMÁTICAS II 4

TRONCALES DE OPCIÓN

Se eligen dos

BIOLOGÍA 4

DIBUJO TÉCNICO II 4

FÍSICA 4

GEOLOGÍA 4

QUÍMICA 4

ESPECÍFICAS

Se elige 4 + 3

CIENCIAS DE LA TIERRA 4

TECNOLOGÍA INDUSTRIAL II 4

TRONCAL NO ELEGIDA 4

2º IDIOMA 4

HISTORIA MÚSICA 3

PSICOLOGÍA 3

TIC II 3

PROPUESTA CURRICULAR BACHILLERATO 2015/16

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2º BACHILLERATO HUMANIDADES

HORAS

TRONCALES

COMUNES

INGLÉS 3

HISTORIA DE ESPAÑA 4

LENGUA Y LITERATURA 4

TRONCAL DE MODALIDAD

LATÍN II 4

TRONCALES DE OPCIÓN

Se eligen dos

ECONOMÍA DE LA

EMPRESA

4

GEOGRAFÍA 4

GRIEGO II 4

HISTORIA DEL ARTE 4

HISTORIA FILOSOFÍA 4

ESPECÍFICAS

Se elige 4 + 3

TRONCALES NO ELEGIDAS 4

FUNDAMENTOS ADMIN. 4

2º IDIOMA 4

HISTORIA MÚSICA 3

PSICOLOGÍA 3

TIC II 3

2º BACHILLERATO CIENCIAS SOCIALES

HORAS

TRONCALES

COMUNES

INGLÉS 3

HISTORIA DE ESPAÑA 4

LENGUA Y LITERATURA 4

PROPUESTA CURRICULAR BACHILLERATO 2015/16

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TRONCAL DE MODALIDAD

MATEMÁTICAS APLICADAS

II

4

TRONCALES DE OPCIÓN Se eligen dos

ECONOMÍA DE LA EMPRESA

4

GEOGRAFÍA 4

GRIEGO II 4

HISTORIA DEL ARTE 4

HISTORIA FILOSOFÍA 4

ESPECÍFICAS

Se elige 4 + 3

TRONCALES NO ELEGIDAS 4

FUNDAMENTOS ADMIN. 4

2º IDIOMA 4

HISTORIA MÚSICA 3

PSICOLOGÍA 3

TIC II 3

ANEXO II MATERIAS LLAVE

1º CURSO 2º CURSO

LENGUA CASTELLANA Y LIT. I LENGUA CASTELLANA Y LIT. II

MATEMÁTICAS I MATEMÁTICAS II

INGLÉS I INGLÉS II

DIBUJO TÉCNICO I DIBUJO TÉCNICO II

LATÍN I LATÍN II

GRIEGO I GRIEGO II

MATEMÁTICAS APLICADAS I MATEMÁTICAS APLICADAS II

2ª LENGUA EXTRANJERA I 2ª LENGUA EXTRANJERA II

TECNOLOGÍA INDUSTRIAL I TECNOLOGÍA INDUSTRIAL II

TIC I TIC II

FÍSICA Y QUÍMICA FÍSICA

QUÍMICA

BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA BIOLOGÍA

GEOLOGÍA

PROPUESTA CURRICULAR BACHILLERATO 2015/16

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