PROPUESTA DE NORMA TÉCNICA COMPLEMENTARIA ... - Arquitectura · Estudios Integrales en...

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PROPUESTA DE NORMA TÉCNICA COMPLEMENTARIA SOBRE EDIFICACIÓN BIOCLIMÁTICA PARA CIUDADES DE CLIMA CÁLIDO SECO CASO HERMOSILLO, SONORA RED ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA PROYECTO: REGLAMENTACIÓN Y NORMATIVIDAD PARA ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA CUERPOS ACADÉMICOS INVOLUCRADOS UAM-A-CA-88 Arquitectura Bioclimática Universidad Autónoma Metropolitana Azcapotzalco UNISON-CA-79 Estudios Integrales en Arquitectura Universidad de Sonora UCOL-CA-25 Arquitectura y Medio Ambiente Universidad de Colima Aníbal Figueroa Castrejón (responsable) José Manuel Ochoa de la Torre (Responsable) Adolfo Gómez Amador (Responsable) Víctor Fuentes Freixanet, Irene Marincic Lovriha Armando Alicántara Lomelí José Roberto García Chávez, María Guadalupe Alpuche Cruz Luis Gabriel Gómez Azpeitia Pablo Elías López (en proceso de registro) Alejandro Duarte Aguilar Carlos Javier Esparza López (Colaborador) Gloria María Castorena Espinosa (asociado) M. C. Luisa María Gutiérrez Sánchez Marcos Eduardo González Trevizo (Colaborador) Héctor Valerdi Madrigal (asociado) Luis Arturo Vargas Robles (Colaborador) Karen Estrella Martínez Torres (Colaborador) Israel Tovar Jiménez (alumno de Doctorado) Ileana González Corrales (Colaboradora) Silvia Gabriela García Martínez, (Maestría) Gloria Elena Stone Osorno (Becaria) Alma García Sotelo, Programa de (Maestría) Annel Ramos Salazar (Becaria) Patricia Cuevas Heredia (Maestría) Universidad de Buenos Aires (Invitado Externo) Arquitectura y Energía Universidad Politécnica De Cataluña (Invitado Externo) Cualidade e Sustentabilidade do Ambiente Construido Universidad Estatal de Campinas (Invitado Externo) Martin Evans Helena Coch Roura (Responsable) Lucila Chebel Labaki Silvia de Schiller Rafael Serra Florensa Vanessa Gomes da Silva CIE-UNAM (Invitado Externo) Antoni Isalgué Buxeda Guadalupe Huelsz Lesbros Jaume Roset Calzada Jorge Rojas Menéndez Juan Antonio Marín Herrera (Colaborador)

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PROPUESTA DE NORMA TÉCNICA COMPLEMENTARIA SOBRE

EDIFICACIÓN BIOCLIMÁTICA PARA CIUDADES DE CLIMA CÁLIDO SECO

CASO HERMOSILLO, SONORA

RED ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA

PROYECTO:

REGLAMENTACIÓN Y NORMATIVIDAD PARA ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA

CUERPOS ACADÉMICOS INVOLUCRADOS

UAM-A-CA-88

Arquitectura Bioclimática Universidad Autónoma

Metropolitana Azcapotzalco

UNISON-CA-79 Estudios Integrales en Arquitectura

Universidad de Sonora

UCOL-CA-25 Arquitectura y Medio Ambiente

Universidad de Colima

Aníbal Figueroa Castrejón (responsable)

José Manuel Ochoa de la Torre (Responsable)

Adolfo Gómez Amador (Responsable)

Víctor Fuentes Freixanet, Irene Marincic Lovriha Armando Alicántara Lomelí

José Roberto García Chávez, María Guadalupe Alpuche Cruz Luis Gabriel Gómez Azpeitia

Pablo Elías López (en proceso de registro) Alejandro Duarte Aguilar Carlos Javier Esparza López (Colaborador)

Gloria María Castorena Espinosa

(asociado)

M. C. Luisa María Gutiérrez Sánchez Marcos Eduardo González Trevizo

(Colaborador)

Héctor Valerdi Madrigal (asociado) Luis Arturo Vargas Robles (Colaborador)

Karen Estrella Martínez Torres (Colaborador)

Israel Tovar Jiménez (alumno de Doctorado)

Ileana González Corrales (Colaboradora)

Silvia Gabriela García Martínez, (Maestría)

Gloria Elena Stone Osorno (Becaria)

Alma García Sotelo, Programa de (Maestría)

Annel Ramos Salazar (Becaria)

Patricia Cuevas Heredia (Maestría)

Universidad de Buenos Aires

(Invitado Externo) Arquitectura y Energía

Universidad Politécnica De Cataluña

(Invitado Externo)

Cualidade e Sustentabilidade do Ambiente Construido

Universidad Estatal de Campinas (Invitado Externo)

Martin Evans Helena Coch Roura (Responsable) Lucila Chebel Labaki

Silvia de Schiller Rafael Serra Florensa Vanessa Gomes da Silva

CIE-UNAM

(Invitado Externo)

Antoni Isalgué Buxeda

Guadalupe Huelsz Lesbros Jaume Roset Calzada

Jorge Rojas Menéndez Juan Antonio Marín Herrera (Colaborador)

PRESENTACIÓN

En el presente apartado se presenta la propuesta base de una “Norma Técnica

Complementaria Sobre Edificación Bioclimática”, la propuesta es general y en

apartados específicos se han dejado en los espacios necesarios para que, llegado

el caso, se pongan las recomendaciones apropiadas para cada sitio, tratando de

cubrir los aspectos más críticos y vulnerables al clima de las edificaciones.

Para llegar a esta propuesta se ha hecho, en primer lugar una investigación

exhaustiva sobre el estado de la reglamentación y normatividad en distintas

regiones del mundo; posteriormente se analizó la utilización actual de los diversos

sistemas pasivos de acondicionamiento ambiental en casas y edificios. Así mismo

se realizaron monitoreos de las condiciones ambientales interiores de diversos

modelos de casas, así como simulaciones térmicas y energéticas de su

comportamiento y desempeño en distintas situaciones y estrategias de diseño; de

tal manera que se tuviera un panorama general de los requerimientos y

necesidades en cada región estudiada, en este caso la ciudad de Hermosillo,

Sonora..

Se propone una norma técnica complementaria porque, como se menciona en

párrafos anteriores, para que una norma de este tipo sea obligatoria, debe

integrarse al reglamento de construcción municipal, que es el que dicta los

requerimientos mínimos de seguridad y habitabilidad que deben tener todas las

edificaciones en el ámbito municipal, para que se otorgue una licencia de

construcción.

Modificar un reglamento de construcción es una labor que puede llevar mucho

tiempo y dificultades, la manera más fácil de actualizarlo es a través de la

integración de nuevas normas técnicas complementarias.

Desde luego que esto solo no es suficiente, se requiere a demás de la

normatividad, implementar un sistema de verificación, así como un programa

formación y actualización profesional para que los actores involucrados puedan

aplicarla adecuadamente.

PROPUESTA DE NORMA TÉCNICA COMPLEMENTARIA SOBRE

EDIFICACIÓN BIOCLIMÁTICA PARA CIUDADES DE CLIMA CÁLIDO SECO

CASO HERMOSILLO, SONORA

CONTENIDO

EXPOSICION DE MOTIVOS ........................................................................................................................ 4

CAPÍTULO I. CONSIDERACIONES GENERALES ................................................................................... 5 ARTÍCULO 1. CONTENIDO ........................................................................................................................................... 5 ARTÍCULO 2. OBJETIVO GENERAL .............................................................................................................................. 5 ARTÍCULO 3. ÁMBITOS DE APLICACIÓN .................................................................................................................... 6 ARTÍCULO 4. OBLIGATORIEDAD DE LA NORMA ...................................................................................................... 6

CAPÍTULO II. CONSIDERACIONES SOBRE PROYECTOS URBANOS .............................................. 6 ARTÍCULO 5. DISEÑO DE VIALIDADES ....................................................................................................................... 6 ARTÍCULO 6. MEDIDAS PARA LA REDUCCIÓN DEL EFECTO DE ISLA DE CALOR URBANA ................................... 7

CAPÍTULO III. CONSIDERACIONES SOBRE PROYECTO DE EDIFICACIÓN BIOCLIMÁTICA ... 8 ARTÍCULO 7. FORMA Y COMPACIDAD ....................................................................................................................... 8 ARTÍCULO 8. ORIENTACIÓN ........................................................................................................................................ 8 ARTÍCULO 9. AISLAMIENTO TÉRMICO ....................................................................................................................... 9 ARTÍCULO 10. ABERTURAS Y PROTECCIONES ......................................................................................................... 9 ARTÍCULO 11. CAPTACIÓN SOLAR PASIVA ............................................................................................................ 10 ARTÍCULO 12. ILUMINACIÓN NATURAL ................................................................................................................. 11 ARTÍCULO 13. VENTILACIÓN .................................................................................................................................. 11 ARTÍCULO 14. INSTALACIONES ............................................................................................................................... 12 ARTÍCULO 15. ÁREAS EXTERIORES ........................................................................................................................ 14

CAPÍTULO IV. CONTROL E INSPECCIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMA ..................... 15 ARTÍCULO 16. ............................................................................................................................................................ 15

CAPÍTULO V. TRANSITORIOS ................................................................................................................ 15 TRANSITORIO 1. INCENTIVOS PARA LA APLICACIÓN DE LA NORMA .................................................................. 15

CAPÍTULO VI. ANEXOS ............................................................................................................................ 16 ANEXO 1. NORMAS OFICIALES MEXICANAS RELACIONADAS ............................................................................. 16 ANEXO 2. FICHAS DE CUMPLIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMA .......................... 16

EXPOSICION DE MOTIVOS

La normalización del diseño y construcción de edificios con características

bioclimáticas tiene como objetivo reducir el impacto ambiental de la actividad

constructiva y del uso de los edificios, mediante la incorporación de disposiciones

obligatorias, opcionales o incentivadas que mejoren la eficiencia en el uso de la

energía, la habitabilidad y reduzcan el impacto ambiental de las edificaciones.

En México al menos el 30% de la energía eléctrica producida se consume en los

edificios, por otro lado en la zona norte y en las localidades costeras, las

condiciones climáticas obligan a usar aire acondicionado, en algunos casos hasta

seis meses del año. Esta figura se incrementa si incluimos industrias como la

turística, cuyas actividades se llevan a cabo en locales generalmente climatizados

artificialmente.

Con ésta norma técnica se pretende de reducir el consumo de energía en las

edificaciones y mejorar su habitabilidad.

Para ello se han identificado, evaluado y propuesto diferentes parámetros,

recomendaciones o estándares de desempeño energético, aplicables a las

condiciones climáticas de Municipio de cada municipio

También se han revisado los elementos arquitectónicos más relevantes que

afectan la respuesta energética de una construcción con su entorno físico local y

se han establecido recomendaciones sobre los usos, tipos y equipos de

climatización electromecánica e iluminación artificial.

Todo esto con la finalidad de integrar soluciones y propuestas que enriquezcan y

maticen la normatividad vigente y faciliten una reglamentación y/o normatividad

efectiva.

CAPÍTULO I. CONSIDERACIONES GENERALES

Artículo 1. Contenido

Esta norma técnica complementaria desarrolla de forma articulada un conjunto

disposiciones en tres ámbitos principales vinculados a la edificación y el espacio

urbano: uso eficiente de la energía, confort ambiental y vegetación de bajo

consumo de agua en zonas urbanas.

1. Uso eficiente de la energía

Comprende la planeación urbanística y la edificación con base en criterios

bioclimáticos. La eficiencia energética se alcanzará mediante dos enfoques que

deberán considerarse de forma simultanea en el proyecto: el uso de tecnología de

punta y el diseño eficiente de las instalaciones según las Normas Mexicanas

(NMX) y las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) vigentes, y por otro lado a través

de un eficiente diseño urbano y arquitectónico aplicando las recomendaciones

bioclimáticas correspondientes a la región del proyecto.

2. Confort ambiental

Se refiere a las condiciones ambientales, tanto climáticas como las generadas por

la interacción de las personas con el entorno natural y construido, apropiadas para

que el ser humano realice sus actividades cotidianas confortablemente en los

aspectos termo-higrométricos, visuales y acústicos.

3. Vegetación de bajo consumo de agua en zonas urbanas

Se centra en el uso de vegetación relacionada con los edificios y la vegetación de

los espacios públicos, potenciando sus efectos climáticos benéficos e

incentivando un bajo consumo de agua.

Artículo 2. Objetivo general

El objetivo de esta norma técnica complementaria es reducir el impacto ambiental

de la actividad constructiva y de la habitabilidad en los edificios, mediante la

incorporación de disposiciones obligatorias, optativas o incentivadas que mejoren

la eficiencia en el uso de la energía y reduzcan el impacto ambiental de las

edificaciones.

Artículo 3. Ámbitos de aplicación

Esta norma técnica complementaria es de aplicación en el municipio de Hermosillo

en aquellas actividades de urbanización de suelo y de edificación, tanto para

proyectos nuevos, remodelaciones o cambio de uso del edificio, de carácter

público y privado, para el desarrollo de actividades humanas.

Artículo 4. Obligatoriedad de la Norma

La aplicación de esta norma es obligatoria en todos los casos señalados en el

Articulo 3, sin embargo en determinadas circunstancias se puede prescindir del

cumplimiento de algún apartado, siempre y cuando se presenten causas técnicas

debidamente justificadas y aceptadas por el Ayuntamiento, y que se hayan tomado las medidas compensatorias para alcanzar el objetivo pretendido.

CAPÍTULO II. CONSIDERACIONES SOBRE PROYECTOS URBANOS

Artículo 5. Diseño de vialidades

Los proyectos de planeación urbana deberán cumplir con los criterios siguientes:

1. Ventilación

Es obligatorio que todos las edificaciones cuenten con al menos dos fachadas

exteriores opuestas o bien, dispuestas con un ángulo de 90 º, con la finalidad de

permitir la ventilación cruzada. No se admitirán diseños de edificios con espacios

de uso residencial con una única fachada exterior, salvo que se justifiquen

medidas compensatorias que reduzcan los efectos negativos sobre el confort y la

higiene, debidas a una deficiente ventilación sin añadir mayor consumo de

energía.

2. Orientación de calles y lotes

Con el objetivo de mejorar las condiciones térmicas de los edificios se recomienda

potenciar el trazado de calles en el sentido Este-Oeste a fin de conseguir que una

de las dos fachadas principales esté orientada al Sur o al Norte (con un desvío

máximo de 40 º) y evitar la orientación Este y Oeste en las fachadas principales.

En los casos en que esta solución no sea aplicable por incompatibilidad con la

trama urbana preexistente o el paisaje urbano, es recomendable utilizar otras

soluciones que permitan que el mayor número posible de edificios tengan alguna

de las fachadas principales orientadas al Sur o al Norte.

En los casos que no cumplan esta determinación, será necesario que en la fase

de proyecto ejecutivo se compense adecuada y justificadamente este inconveniente.

3. Trazado de las calles

Las vialidades primarias destinadas a la circulación, permitirán acceder, salir y

rodear el área urbanizada nueva, integrándola a la trama urbana existente podrán

estar orientadas esencialmente siguiendo el eje Norte-Sur.

4. Vialidades secundarias

Estas acogerán la mayoría de los edificios y viviendas deberán estar orientadas

siguiendo el eje Este-Oeste. Estas calles dispondrán de soluciones que

desincentiven el tráfico de paso.

5. Diseño de la lotificación y sembrado de viviendas

En cuanto a las proporciones del lote se buscará que el frente del lote este

orientado al Sur o Norte. En el caso de viviendas las fachadas Este y Oeste que

son colindancias, se tratará de que estas estén protegidas del soleamiento

excesivo por las casas adyacentes.

Artículo 6. Medidas para la reducción del efecto de isla de calor urbana

Con el objetivo de reducir el sobrecalentamiento de las zonas urbanas que

fomenta el incremento del consumo de energía y la incomodidad térmica, se

estudiará la aplicación de medidas en el diseño urbano que amortigüen el efecto

de isla de calor sobre las zonas urbanas.

1. Pavimentos y recubrimientos

Se promoverá el uso de materiales de baja absortancia de la radiación solar,

tanto de los edificios como de los pavimentos. El albedo o reflectancia solar de

estos materiales será superior al 40% y se emplearán sustitutos del asfalto con

mayor reflectancia, o bien se utilizarán aditivos para aumentarla.

2. Elementos artificiales de sombreado

Se aplicarán soluciones para fomentar el sombreado de espacios públicos, calles,

plazas, zonas de juego, etc., durante la temporada cálida, creando espacios

protegidos o semi-protegidos de un exceso de soleamiento. Asimismo, durante la

época invernal se procurará que estos espacios tengan soleamiento moderado

3. Vegetación

Los proyectos urbanos deberán incluir proyectos específicos de recuperación,

conservación y plantación de las especies vegetales existentes en el sitio así

como vegetación propia de la región en las zonas públicas del espacio urbanizado,

detallando las especies, cantidad y distribución, requerimientos de agua y

sistemas de riego e indicaciones de mantenimiento que garanticen la salud de dichas especies.

CAPÍTULO III. CONSIDERACIONES SOBRE PROYECTO DE EDIFICACIÓN BIOCLIMÁTICA

Artículo 7. Forma y Compacidad

1. Para edificios o viviendas aisladas, la forma en planta térmicamente óptima es

la rectangular, con el eje mayor orientado en el sentido Este-Oeste.

2. En edificios o viviendas en hilera la situación óptima es exponer las caras Norte

y Sur, mientras que las Este y Oeste quedan protegidas por otros edificios contiguos.

3. En función del tamaño del edificio, la Compacidad (C) debe ser lo más baja

posible.

C úmen

V (m3) contenido por la envolvente t S de las superficies (m2) de dicha envolvente. C=V/S (m).

Artículo 8. Orientación

1. Es obligatorio orientar una de las fachadas principales al Sur o al Norte (con un

desvío máximo de + ó - 40º). Sólo se admitirán mayores desviaciones en

proyectos de edificios y lotificaciones existentes que condicionen inevitablemente

la orientación y justificando medidas que permitan reducir los inconvenientes del

desvío excesivo respecto a la orientación óptima.

2. En el caso de proyectos residenciales o de servicios con una sola fachada

orientada al Este o al Oeste, se deberán implementar medidas compensatorias en

el proyecto ejecutivo privilegiando sistemas pasivos de acondicionamiento ambiental.

3. En el caso de casas o edificios en esquina se deberá proteger la fachada

expuesta mediante sistemas pasivos o vegetación.

Artículo 9. Aislamiento térmico

1. Los proyectos deberán justificar que la solución constructiva de la envolvente

del edificio, garantiza como máximo la transmisión de calor señalada en las

siguientes Normas Oficiales Mexicanas vigentes1: NOM-008-ENER-20012 y la

NOM-020-ENER-20113 según corresponda4, sin embargo, adicionalmente a la

metodología de cálculo propuesta en las normas citadas, se recomienda

determinar la transferencia de calor tomando en cuenta la capacidad calorífica

de los materiales de construcción de la envolvente haciendo un calculo

dependiente del tiempo mediante un programa de simulación térmica.

2. Para garantizar la efectividad del aislamiento térmico de los muros, aumentar la

inercia térmica del edificio y eliminar los puentes térmicos, se situará el

aislamiento por la cara exterior de los muros. En caso de que sólo sea posible el

aislamiento interior se deberán aplicar medidas para eliminar los puentes térmicos

en las intersecciones de paredes, estructura u otros.

Artículo 10. Aberturas y protecciones

1. Todas las aberturas acristaladas tendrán protecciones solares exteriores, fijas o

móviles que garanticen un factor de sombra (radiación directa admitida con

protección/radiación directa admitida sin protección) adecuado según la

orientación de la apertura y la zona climática (entre menos sea el factor de sombra

mayor será la protección solar). El cálculo de este factor de protección solar se

realizará según el modelo propuesto en la NOM-008-ENER-2001 y la NOM-020-

1 Todas las NOM que citan en este documento se pueden consultar en el sitio de Internet de la Comisión

Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (CONUEE):

http://www.conae.gob.mx/wb/CONAE/CONA_1002_nom_publicadas_vigen 2 NOM-008-ENER-2001, Eficiencia energética en edificaciones, envolvente de edificios no residenciales.

3 NOM-020-ENER-2011 (PDF) Eficiencia energética en edificaciones, Envolvente de edificios para uso

habitacional. 4 Ver tablas de valores para el cálculo del flujo de calor a través de la envolvente en las normas referidas.

ENER-20115. La protección solar en las fachadas al sur se hará preferentemente

mediante los aleros o voladizos en combinación con protecciones verticales

cuando sea necesario, la longitud de las cuales estará calculada para evitar la

incidencia de sol directo sobre las aperturas en los meses de más insolación. En

las otras fachadas se instalarán preferentemente protecciones verticales ya sea

fijas o móviles.

2. Las protecciones exteriores deberán estar diseñadas para resistir las

características del clima local (corrosión, radiación UV, polvo, viento, plagas, entre

otros).

3. No se admitirán vanos exteriores acristalados en espacios climatizados (con

calefacción y / o refrigeración), cuya superficie sea mayor a la del edificio de

referencia mencionado en la NOM-008-ENER-2001 y la NOM-020-ENER-2011.

Estas dimensiones podrán incrementarse en el caso de que las ganancias de calor

por radiación se compensen aumentando el factor de sombra, mejorando las

propiedades térmicas de las ventanas, así como la protección solar utilizando

dispositivos de sombra exteriores que eviten la entrada de sol directo durante el

verano, y que se justifique que las ganancias solares invernales útiles superan las

pérdidas, debido a protecciones móviles interiores o exteriores.

4. En las cubiertas, las aberturas transparentes o translúcidas horizontales no

superarán a la del edifico de referencia mencionado en la NOM-008-ENER-2001 y

la NOM-020-ENER-2011, excepto en los casos que dispongan de protecciones,

filtros u otros dispositivos que reduzcan la aportación de radiación directa,

permitiendo la entrada de luz difusa.

5. El uso de cristales tintados o ahumados, así como de cristales reflectantes

como medio de protección solar, estará condicionado a que se compruebe su

eficiencia y que no provoquen reflejos molestos sobre edificios vecinos y

vialidades. Se deberá presentar un estudio técnico donde se demuestre lo

anterior.

Artículo 11. Captación solar pasiva

En los proyectos de nuevos edificios se deberá incluir una valoración cuantitativa

de las ganancias solares invernales que se prevé conseguir con los medios de

5 Ver tablas para determinar el factor de corrección de sombreado exterior en las normas referidas.

captación solar pasiva incorporados al proyecto. Se recomienda que los

elementos de captación solar consideren la protección solar durante la temporada

cálida.

Artículo 12. Iluminación natural

1. Además de las ventanas, se considerará la iluminación cenital como una

manera de conseguir una distribución más homogénea de luz natural en

espacios bajo cubierta, siempre y cuando se de cumplimiento a lo señalado en

el Artículo 10.

2. La iluminación provista por ventanas y tragaluces proporcionarán el mayor

porcentaje posible de los requerimientos necesarios para realizar

adecuadamente las actividades propias de cada local, complementándose con

dispositivos de iluminación artificial.

Artículo 13. Ventilación

1. Es obligatorio que todos los edificios tengan al menos dos fachadas exteriores

opuestas o dispuestas con un ángulo de 90º para edificios en esquina, con la

finalidad de permitir la ventilación cruzada. Cuando esto no sea posible, se deberá

disponer de cubos de ventilación interiores. No se admitirán proyectos de edificios

con locales de uso residencial con una única fachada exterior, salvo que se

justifiquen medidas compensatorias que reduzcan los efectos negativos en el

confort y la higiene debidas a deficiencias de ventilación, sin añadir mayor

consumo de energía6.

2. Las aberturas de los vanos verticales en muros deberán poderse abrir

totalmente o en una proporción suficiente (al menos 50% de la superficie del

mismo) para garantizar una ventilación natural adecuada de los espacios

cerrados. 3. En los espacios edificados propensos a acumular aire caliente en las partes

altas se emplearán dispositivos de ventilación natural que favorezcan la

evacuación de aire por efecto chimenea. Los espacios bajo cubiertas que actúen

como cámara de aire, deberán estar ventilados.

6 Ductos de luz, patios interiores, entre otros.

4. Las estrategias de ventilación natural se emplearán solamente en la horas del

día y las épocas del año que la temperatura ambiente sea igual o menor a la

temperatura preferente de confort.

Artículo 14. Instalaciones

Los proyectos de instalaciones de los edificios deberán incorporar las directrices

desarrolladas en los apartados siguientes, tanto en edificios de nueva construcción

como en caso de obras de rehabilitación y/o remodelación.

1. Instalación eléctrica e iluminación artificial

1.1. En las viviendas multifamiliares los puntos de iluminación permanentes

en pasillos, descansos de escaleras, puerta y cabina del elevador, etcétera,

deberán ser siempre de alta eficiencia (eficiencia mínima 50 lumen/W).

1.2. En espacios privados comunes de uso esporádico, los interruptores de

iluminación serán de encendido programado o con detección de presencia.

1.3. En estacionamientos colectivos, la ventilación mecánica y la

iluminación, estarán programadas con relación a la apertura de la puerta de

acceso o el encendido de la iluminación.

1.4. Las luminarias de espacios privados comunes que dispongan de

iluminación natural deberán contar con sensores de luz y balastros capaces

de adaptar la intensidad luminosa en función de la de la luz natural.

1.5. Las luminarias para iluminación exterior vinculadas a los edificios

deberán estar provistas de dispositivos automáticos para su encendido y

apagado en función de la luz natural, ya sea incorporado a la luminaria o

centralizado.

1.6. Todos los equipos de iluminación exterior estarán provistos de

pantallas adecuadas para reflejar la luz únicamente hacia el suelo.

1.7. No se utilizarán lámparas con una eficiencia energética inferior a 50

lumen/W para la iluminación de espacios privados, y sólo serán admisibles

para la iluminación puntual concentrada, o un uso muy ocasional o

decorativo.

1.8. Es obligatorio sectorizar la iluminación de espacios privados grandes

mediante varios interruptores para poder adaptar el grado de iluminación en

función de las necesidades.

2. Calefacción de agua

En viviendas permanentes sólo se admitirá la electricidad como energía para el

calentamiento del agua, si actúa de soporte a una instalación solar térmica.

Solo cuando resulte imposible la disponibilidad de cubierta para la instalación solar

térmica, se permitirá el uso exclusivo de calentadores de paso alimentados con

gas L. P. como sistema para dotar de agua caliente a la edificación.

3. Instalación hidráulica

2.1. La instalación de agua caliente debe tener puntos de conexión

específicos para lavadora y lavavajillas.

2.2. Las conducciones de agua caliente que estén empotradas o aparentes

deberán estar protegidas con aislamiento térmico.

4. Secado de ropa

Todos los edificios residenciales, incluidos los multifamiliares, deben incluir un

espacio adecuado – soleado y ventilado – para tender la ropa, cumpliendo la

norma técnica del reglamento de construcción del municipio de Hermosillo.

5. Aire acondicionado

Cuando se requieran equipos de aire acondicionado, no se admitirán si no tienen

una Relación de Eficiencia Energética (REE) mayor o igual a 2.72 Wt / We ( donde

Wt=Watt térmico y We=Watt eléctrico), según lo indica el Capítulo 6 de la NOM-

023ENER-20107 para equipos de tipo dividido sencillos o múltiples, sin ductos de

aire, con descarga libre (split o multisplit).

7 Norma Oficial Mexicana NOM-023-2010-ENER, Eficiencia energética de

acondicionadores de aire de tipo dividido, descarga libre y sin conductos de aire, límites,

método de prueba y etiquetado

En el caso de equipos de aire acondicionado tipo central, paquete o dividido la

Relación de Eficiencia Energética estacional (REEE) debe ser mayor o igual a

3.81 Wt / We como lo marca, en este caso, el capítulo 6 de la NOM-011-ENER-

20068.

6. Instalación Sanitaria y pluvial

6.1 Las edificaciones deberán de disponer de instalaciones sanitarias y pluviales

independientes.

6.2 Las redes de aguas pluviales deberán descargar en cisternas, en áreas

verdes, cuencas o escurrimientos naturales, y en última instancia al arroyo vial

siempre y cuando sea permeable (superficies como terracerías, empedrado,

adoquín, etc.)

6.3 En edificaciones nuevas deberán de colocarse sistemas o accesorios para el

ahorro de agua en la alimentación de los muebles sanitarios (W.C. dual, llaves

ahorradoras de agua, mingitorios secos, etc.)

6.4 El drenaje de la condensación de los equipos de aire acondicionado deberá

recuperarse de igual manera que el agua pluvial.

Artículo 15. Áreas exteriores

1. Todos los espacios exteriores públicos o privados, ya sean de paso o

permanencia, deberán estar sombreados durante la época de mayor insolación, ya

sea por vegetación u otros dispositivos como pergolados aleros y parasoles, o

preferentemente utilizando combinaciones de estos.

2. La proyección de sombras, tanto de los elementos construidos como de los

árboles, se deberá calcular para que durante la temporada fría se tenga la

posibilidad de soleamiento. En el caso de los árboles es posible la utilización de

especies caducifolias.

8 Norma Oficial Mexicana NOM-011-2006-ENER, Eficiencia energética de

acondicionadores de aire de tipo central, paquete o dividido, límites, método de prueba y

etiquetado.

3. En el caso de las áreas que no sean de circulación o permanencia, deberá

evitarse en lo posible el uso de pavimentos, siendo referibles las coberturas

vegetales con especies regionales de bajo consumo de agua.

4. En los estacionamientos al menos el 50% de los espacios deberán estar

sombreados por una combinación de parasoles y árboles. La proyección de

sombras se deberá calcular para garantizar la protección de vehículos y usuarios

al menos durante la época de mayor soleamiento.

5. Se deberán proveer pasos peatonales protegidos para la circulación de los

usuarios dentro de los espacios de estacionamiento.

CAPÍTULO IV. CONTROL E INSPECCIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMA

Artículo 16.

El control, inspección y sanciones sobre la aplicación de ésta norma se llevará a

cabo según lo establecido en el reglamento de construcción del municipio de ___.

CAPÍTULO V. TRANSITORIOS

Transitorio 1. Incentivos para la aplicación de la norma

Este apartado lo redactará cada municipio de acuerdo a sus posibilidades y

apoyos con que cuente.

CAPÍTULO VI. ANEXOS

Anexo 1. Normas Oficiales Mexicanas relacionadas

Todas las Normas Oficiales Mexicanas NOM que citan en este documento se

pueden consultar en el sitio de Internet de la Comisión Nacional para el Uso

Eficiente de la Energía (CONUEE):

http://www.conae.gob.mx/wb/CONAE/CONA_1002_nom_publicadas_vigen

Norma Oficial Mexicana NOM-008-ENER-2001, Eficiencia energética en

edificaciones, envolvente de edificios no residenciales.

Norma Oficial Mexicana NOM-020-ENER-2011, Eficiencia energética en

edificaciones, Envolvente de edificios para uso habitacional.

Norma Oficial Mexicana NOM-023-2010-ENER, Eficiencia energética de

acondicionadores de aire de tipo dividido, descarga libre y sin conductos de

aire, límites, método de prueba y etiquetado

Norma Oficial Mexicana NOM-011-2006-ENER, Eficiencia energética de

acondicionadores de aire de tipo central, paquete o dividido, límites, método

de prueba y etiquetado.

Anexo 2. Fichas de cumplimiento y evaluación del cumplimiento de la Norma

Se adjuntan en documento por separado.