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eberá procederse a la destrucción de los expedientes judiciales en las siguientes oportunidades, los expedientes tribunales Civiles, Comerciales, de Minas, de Trabajo, Tributarios y de Paz, que estén paralizados, a los diez aos de su  paralización! "os expedientes sobre in#ormaciones sumarias y todo expediente que se re #i er a a pr ocesos no contr adi ct or ios, a los di ez aos de su $l tima actuac ión! "os procesos penale s ter minados por abs olución , sobres eimient o de#ini tivo o proviso rio o prescr ipción de la acció n o de la pena, a los cinco aos de producidos cualquier a de estos %ec%os ! "os procesos penales, terminado s por condena, a los cinco aos de cumplida la condena o de producida la muerte del condenado! "os expedientes correspondientes a procesos sustanciados ante los tribunales de menores, a los cinco aos de cumplida la mayor&a de edad del menor! Protocolo 3: (342 palabras) "os expedi ent es cor res pond ient es a act uac iones adminis tra tivas del Poder 'udi cia l, a los diez aos de ter mina dos! "os expedientes corr espondi ente s a  procesos judiciales no comprendidos en la enumeración precedente, a los cinco aos de paral iza dos o ter mina dos! "os "ibro s, consta nci as de lisa s y demás documentos de los Tribunales no contemplados serán destruidos a los diez aos de %aber sido llenados o de %aber sido con#eccionados, respectivamente! (o  podrán ser destruidos total o parcialmente los libros de ent radas de los ' uzgados o Tribunales, los juicios sucesorios, los vinculados a los derec%os de #amilia o al estado de las personas, los de quiebras o concursos, los relativos a los derec%os reales y los que tengan alg$n interés %istórico, jur&dico, social o económico! )l inte s %i st ór ic o, jur& di co, soci al o económic o en la cons erva ci ón de un expediente será establecido por la comisión que tiene a su cargo la destrucción de

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eberá procederse a la destrucción de los expedientes judiciales en las siguientes

oportunidades, los expedientes tribunales Civiles, Comerciales, de Minas, de

Trabajo, Tributarios y de Paz, que estén paralizados, a los diez aos de su

 paralización! "os expedientes sobre in#ormaciones sumarias y todo expediente

que se re#iera a procesos no contradictorios, a los diez aos de su $ltima

actuación! "os procesos penales terminados por absolución, sobreseimiento

de#initivo o provisorio o prescripción de la acción o de la pena, a los cinco aos

de producidos cualquiera de estos %ec%os! "os procesos penales, terminados por 

condena, a los cinco aos de cumplida la condena o de producida la muerte del

condenado! "os expedientes correspondientes a procesos sustanciados ante los

tribunales de menores, a los cinco aos de cumplida la mayor&a de edad del

menor!

Protocolo 3: (342 palabras)

"os expedientes correspondientes a actuaciones administrativas del Poder 

'udicial, a los diez aos de terminados! "os expedientes correspondientes a

 procesos judiciales no comprendidos en la enumeración precedente, a los cinco

aos de paralizados o terminados! "os "ibros, constancias de lisas y demás

documentos de los Tribunales no contemplados serán destruidos a los diez aos

de %aber sido llenados o de %aber sido con#eccionados, respectivamente! (o

 podrán ser destruidos total o parcialmente los libros de entradas de los 'uzgados

o Tribunales, los juicios sucesorios, los vinculados a los derec%os de #amilia o al

estado de las personas, los de quiebras o concursos, los relativos a los derec%os

reales y los que tengan alg$n interés %istórico, jur&dico, social o económico! )l

interés %istórico, jur&dico, social o económico en la conservación de unexpediente será establecido por la comisión que tiene a su cargo la destrucción de

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los expedientes judiciales! Cuando la conservación de un expediente judicial

#uere solicitada por un museo, centro de estudios o#icialmente autorizado,

 biblioteca o por el arc%ivo %istórico y administrativo, el mismo no deberá ser 

destruidos y en tales casos la comisión encargada de la destrucción de los

expedientes judiciales podrá encomendarle la custodia y conservación del

expediente! *acultase a la +uprema Corte de 'usticia de la Provincia, para

con#ormar, en la circunscripción judicial que estime necesario, una comisión

integrada por igual n$mero de #uncionarios con los mismo cargos, o similares,

enunciados en el art&culo precedente, quedando a cargo de cada delegado, la

designación del personal idóneo para la realización de la tarea, que por "ey se

establece, a los #ines de la destrucción de los expedientes judiciales que se

encuentren en estado! )l personal de la comisión encargada de la destrucción de

expedientes actuará bajo la dirección del Presidente de la misma, quién tendrá a

su cargo la organización y realización de la tarea que dic%a comisión deba

cumplir! e los expedientes a destruirse se %ará una nómina, clasi#icándolos por 

'uzgado y +ecretar&a, en la que constará la carátula completa y la #ec%a de la

sentencia, si la %ubiere!

Protocolos 4: (301 palabras)

Con#eccionada la lista de los expedientes a destruirse, por una publicación

durante cinco d&as en el -olet&n .#icial, se %ará saber a los interesados que

 pueden concurrir a la comisión a compulsar la lista de los expedientes cuya

destrucción %a sido dispuesta! entro de los diez d&as a contar desde la $ltima

 publicación, los interesados y pro#esionales intervinientes podrán solicitar el

desglose de documentos, la expedición de testimonios o certi#icaciones que

%icieran a su derec%o, la devolución de documentos reservados en las cajas de

seguridad de, los tribunales, que corresponda a expedientes cuya destrucción %a

sido dispuesta, o que se excluya de la destrucción alg$n expediente! )stos

 pedidos serán es resueltos sin sustanciación y por resolución #undada por la

comisión encargada de la destrucción de expedientes judiciales! Contra dic%aresolución podrá apelarse ante el titular del juzgado o tribunal que %ubiere

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conocido en la causa, dentro de los cinco d&as de noti#icada! También dentro de

los diez d&as a contarse desde la $ltima publicación, los interesados podrán

solicitar se les entregue copia de la sentencia reca&da cuya autenticidad será

certi#icada por la comisión! "a +uprema Corte de 'usticia licitará la venta de los

expedientes destruidos, como también podrá licitar la venta de los expedientes a

destruirse, y en este caso la comisión encargada de la destrucción de los mismos

deberá controlar que los expedientes sean destruidos en la #orma establecida por 

la "ey! "os #ondos obtenidos de la venta de los expedientes destruidos o a

destruirse, ingresará a /entas 0enerales de la Provincia! Cuando %ubiere

constancia de que no se %ubieren %ec%o depósitos judiciales y estos deberán

tras#erir a una cuenta a su nombre de la +uprema Corte de 'usticia, los #ondos

depositados en los expedientes destruidos! "os #ondos de esta cuenta deberán ser 

ingresados a /entas 0enerales de la provincia!

Protocolo 5: (332 palabras)

"a sección 1rc%ivo 'udicial estará a cargo de un je#e que suscribirá con el

irector 0eneral los certi#icados e in#ormes que se expidan, dando recibo de todo

lo que se remita para arc%ivo siempre que estuviera en #orma, expresando el

n$mero de #ojas que contengan! "os expedientes que deberá cumplirse en el

momento del desarc%ivo! "os expedientes arc%ivados en calidad de terminados

sólo podrán ser retirados por orden de cualquier 'uez competente! "os

expedientes arc%ivados en calidad de paralizados, por orden del 'uez del 'uzgado

donde %ubieren tramitado! "os protocolos podrán arc%ivarse a$n sin la reposición

correspondiente! )n tal supuesto, el irector del 1rc%ivo comunicará el débito a

la irección de /entas! "a comisión creada, podrá disponer también la

incineración o destrucción de libros de préstamos de expedientes, libros de pase ede expedientes y otros instrumentos accesorios que se encuentren arc%ivados o si

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uso desde más de cinco aos! )stá sección tendrá a su cargo la tarea de reunir y

catalogar todos los datos que se relacionen con la marc%a general de la dirección

y muy principalmente, la mesa de entradas y la atención directa del p$blico!

eberá ser la preocupación constante del personal de esta sección la atención

rápida de los pedidos del p$blico, evitando toda clase de discusiones,

aglomeraciones y di#icultades para el despac%o pronto de los asuntos! )l irector 

0eneral dispondrá sobre el mejor medio de llevar una estad&stica severa de la

repartición a su cargo y deberá someter a la +uprema Corte, para su aprobación,

en el término de tres meses, a contar de la promulgación de la presente ley, el

 proyecto de reglamento interno de todas las secciones que a ella se re#iere, )l

cobro de derec%os se %ará por las distintas secciones, o como lo dispongan la

dirección, seg$n lo que al respecto dispongan las leyes de rentas de la provincia!

"os jueces regularan los %onorarios de los depositarios con el diez por ciento de

los #rutos producidos por costa o costas puestas en depósitos!

Protocolo 6: (316 palabras)

+i no %ubiere #rutos o #ueren muy exiguos a juicio del 'uez, estimará este

%onorario atendiendo al trabajo que demande o %aya demandado el depósito!

isposiciones complementarias! "a suprema Corte, %ará igualmente los

nombramientos de todos los empleados subalternos de la administración de

 justicia, determinados en esta ley, a siempre propuesta del 'uez o tribunal donde

deba prestar servicios! 2ueda agregado a esta ley de procedimientos civil y

comercial, o donde será incluido el siguiente art&culo, si el demandante no tuviera

domicilio en la provincia, será también excepción dilatoria la del arraigo del

 juicio, salvo que poseyese en la misma, bienes ra&ces de un valor su#iciente para

cubrir el de las costas, daos y perjuicio que puedan ocasionarse en el juicio! 2ue

la acción verse a sobre alimentos, litis expensas, sueldos o salarios! 2ue se tratede acciones posesorias o de derec%os que consten en documentos #e%acientes y

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%agan improbable la condenación en costas! 2ue la demanda sea deducida por 

v&a de reconvención! 2ue %ubiere sido declarado pobre para litigar! 2ueda

incorporado a la ley de procedimientos criminales, el procedimiento para los

'ueces en lo correccional establecido en el ley de la Capital *ederal! 2ueda

modi#icado el procedimiento de la 'usticia de Paz en los asuntos cuya cuant&a no

exceda de doscientos pesos, en la siguiente #orma, el procedimiento en todos los

asuntos que no sean sucesorios y de concursos de acreedores, será verbal y sólo

se levantará acta de la $ltima audiencia con relación al asunto y con la resolución

#inal, que será #irmada por las partes que concurrieran si supieran y pudieran

%aberlo y por el 'uez! Para un juicio no podrán %aber más de tres audiencias, bajo

 pena de nulidad de todo lo actuado, siendo los gastos a cargo del 'uez de Paz! "a

+uprema Corte, cumplirá estrictamente con lo dispuesto en la segunda parte del

art&culo de la constitución de la provincia!

Protocolo 7 (303 palabras)

"a investigación de la inspección ocular, se comprobará mediante la inspección

de personas, lugares y cosas, los rastros y otros e#ectos materiales que el %ec%o

%ubiera dejado, se los describirá detalladamente y, cuando #uere posible, se

recogerán o conservarán los elementos probatorios $tiles! Consiste en la

descripción escrita, minuciosa y detallada de personas, lugares, cosas, rastros y

otras circunstancias que se consideren de interés a la investigación! Podemos

decir, que es una #otogra#&a, plasmada en #orma escrita en un acta! )ste acto, al

ser escrito, tiene las mismas exigencias #ormales que todas las actas! 1demás

debe quedar muy claro, que el acta %ace constar solo aquello que quien la labra

 percibe por sus sentidos! )sto, elimina como dato para %acer constar en acta,

apreciaciones, convicciones, e impresiones! 3ay que tener en cuenta que comoun medio de gra#icar o representar las circunstancias de un lugar o cosa que es

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objeto de inspección ocular, es conveniente con#eccionar un croquis como #orma

de mejorar lo que muc%as veces cuesta expresar con la palabra escrita! )sto es

 posible como complemento del 1cta de 4nspección .cular, que consiste en un

dibujo o diseo e#ectuado para mostrar grá#icamente la ubicación del lugar, cosas

y5o personas, rastros que se observan al momento de constatarla! Cuando en un

grá#ico o croquis deba dejarse constancia de distintos lugares en los que

sucedieran distintas partes o etapas de los sucesos que deban documentarse, esto

se deberá %acer constar marcando en el mismo grá#ico distintos n$meros

correlativos y luego aclarando al pié de la %oja, lo que quiere marcar cada

n$mero! )s importante identi#icar los puntos cardinales, para aclarar la ubicación

del lugar indicado! "os croquis, no son prueba independiente, ni pueden

reemplazar de ninguna manera al acta de inspección ocular, por lo que, lo que

debe ser muy completo, es el acta!

(Este protocolo me lo tomaron a mí en el examen de dactilograía para elingreso al poder 10!12!13""en m#a cap)

Protocolo $ (30$ palabras)

"a Polic&a 'udicial se crea con miras de lograr un órgano auxiliar de la 1dministración

de 'usticia con la independencia pol&tica que caracteriza al Poder 'udicial! )s que la

atribución de la investigación de los delitos en manos de la Polic&a 1dministrativa no

garantiza esa independencia, por su pertenencia al Poder )jecutivo! )l primer avance en

la implementación de la Polic&a 'udicial lo constituye la asignación a órbitas del

Ministerio P$blico de los #uncionarios que llevarán a cabo la llamada #unción sumarial

de aquélla6 es decir, la #ormación de los sumarios que originan la investigación penal

 preparatoria! +e distingue as& de la Polic&a 1dministrativa, que tiene como misión el

mantenimiento del orden y la seguridad p$blica, y la prevención de los delitos! +iendo

ello as&, la Polic&a 'udicial act$a todos los d&as del ao, ya que debe garantizar lainvestigación de los delitos que ocurren en cualquier momento! +in perjuicio de ello, el

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Código Procesal Penal sigue imponiendo a la Polic&a 1dministrativa la obligación de

actuar como Polic&a en #unción 'udicial en todo lo que exceda de la #unción sumarial

 propiamente dic%a, atribuida a%ora a personal dependiente del Ministerio P$blico y

también en los casos en que la Polic&a 'udicial no pueda %acerlo inmediatamente!

"a investigación de los delitos, por ser una actividad que integra la persecución penal,

debe ser iniciada, como principio general, por orden del Ministerio P$blico, pues es éstequien ejerce la acción penal, )ste principio tienen excepción del #iscal en la decisión

inicial de investigar tenga como consecuencia probable la pérdida de prueba $til y

e#icaz que pueda obtener la Polic&a 'udicial! )n este caso, la Polic&a 'udicial debe iniciar 

automáticamente la investigación, de o#icio, salvo casos de delitos dependientes de

instancia privada, en que sólo podrá proceder si denuncia quien se encuentra legitimado

 para %acerlo y comunicar de inmediato lo actuado al *iscal!

(Este protocolo se lo tomaron a %na amiga en el examen de dactilograía

para el ingreso al poder 10!12!13""en m#a cap)