PROVINCIA DE MENDOZAgobernac.old.mendoza.gov.ar/boletin/pdf/20050830-27478-normas.pdf · Gabriel...

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LEYES Págs. Ministerio de Hacienda 6.949 DECRETOS Ministerio de Gobierno 6.949 Ministerio de Justicia y Seguridad 6.949 Ministerio de Hacienda 6.950 FE DE ERRATAS Dirección General de Rentas 6.969 ORDENANZAS Municipalidad de Guaymallén 6.969 SECCION GENERAL Contratos Sociales 6.971 Convocatorias 6.974 Irrigación y Minas 6.975 Remates 6.975 Concursos y Quiebras 6.988 Títulos Supletorios 6.991 Notificaciones 6.992 Sucesorios 6.999 Mensuras 7.003 Avisos Ley 11.867 7.005 Avisos Ley 19.550 7.005 Licitaciones 7.006 Fe de Erratas 7.008 AÑO CVII MENDOZA, MARTES 30 DE AGOSTO DE 2005 N° 27.478 PODER EJECUTIVO Aparece todos los días hábiles FUNDADO EL 7 DE ABRIL DE 1899 Distribuye TAC POSTAL PROVINCIA DE MENDOZA R.N.P.S.P. N° 042 CORREO PRIVADO Registro Nacional de la Propiedad Intelectual N° 94397 Sumario GOBERNADOR Ing. Julio César Cleto Cobos VICEGOBERNADOR Dr. Juan Carlos Jaliff MINISTRO DE GOBIERNO Lic. Gabriel Alejandro Fidel MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD Dr. Osvaldo Daniel Tello MINISTRO DE HACIENDA Lic. Alejandro Gallego MINISTRO DE ECONOMIA Ing. Laura Gisela Montero MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL Lic. Ana María Fátima Gotusso MINISTRO DE SALUD Dr. Armando Antonio Calletti MINISTRO DE AMBIENTE Y OBRAS PUBLICAS Ing. Francisco Darío Morandini MINISTRO DE TURISMO Y CULTURA Lic. Mariana Juri DECRETOS MINISTERIO DE GOBIERNO _____ DECRETO Nº 640 Mendoza, 20 de abril de 2005 Encontrándose de regreso en la Provincia la señora Ministra de Economía, Ing. Agr. Laura Gisela Montero, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: Artículo 1º - Queda nuevamente a cargo de la Cartera de Economía, su titular, Ing. Agr. Laura Gisela Montero. Artículo 2º - El presente decreto será refrendado por los señores Mi- nistros de Gobierno y de Economía. Artículo 3º - Comuníquese, pu- blíquese, dése al Registro Oficial y archívese. JULIO CESAR CLETO COBOS Gabriel Alejandro Fidel Laura Montero MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD ______ DECRETO Nº 1.554 Mendoza, 16 de agosto de 2005 Vista la Pieza Administrativa Nº 10218-P-04-00105 (2 Cuerpos), y CONSIDERANDO: Que en las citadas actuaciones se tramita la promoción extraordi- naria por Acto Heroico del Oficial Ayudante -Personal Policial- Gabriel Emanuel Rey Aly, quien para fecha 10 de enero de 2004 encontrándose a cargo y condu- ciendo el móvil policial interno Nº 1.139 tomó conocimiento, a través MINISTERIO DE HACIENDA _____ LEY Nº 7.414 El Senado y Cámara de Dipu- tados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de L E Y: Artículo 1º - Facúltase al Poder Ejecutivo a destinar a la partida de “Personal” los ingresos que por mayor recaudación se produzcan durante el presente ejercicio, para afrontar los incrementos: salaria- les, de contratos de locación, aporte estatal a colegios privados y SEOS, aporte a la Fundación Institutos Tecnológicos Universitarios y apor- te al tercer Ciclo de la EGB depen- diente de la U.N.C., correspondien- tes al segundo semestre del año 2005. Los incrementos correspon- dientes a la partida de “Personal”, mencionados en el párrafo ante- rior, tendrán vigencia desde el 1 de julio del año 2005, mediante De- creto del Poder Ejecutivo y podrán disponerse sin perjuicio del resul- tado que surja de las negociacio- nes colectivas del sector público. El Poder Ejecutivo podrá dis- poner las reestructuraciones pre- supuestarias que estime conve- nientes sin sujeción al artículo 60 de la Ley Nº 7324 y modificatorias. En el caso del Ministerio de Justicia y Seguridad, que por su conformación no participa en me- sas de negociación colectiva, el monto anual asignado para incre- mentos salariales y reescalafona- miento del personal policial, cuer- po comando, cuerpo de apoyo y penitenciarios, es de pesos nue- ve millones quinientos veinte mil ($ 9.520.000) y un mensual equi- valente de pesos un millón cua- trocientos sesenta y cuatro mil seiscientos quince ($ 1.464.615). En el caso de los Magistrados no amparistas del Poder Judicial, asignar el monto de pesos ochocien- tos sesenta mil ($ 860.000), corres- pondiente al diez por ciento (10%) de esa masa salarial, a la recomposi- ción salarial de estos agentes. Artículo 2º - Facúltase al Po- der Ejecutivo a incrementar el Cálculo de Recursos y el Presu- puesto de Erogaciones estable- cidos en la Ley Nº 7324 y sus mo- dificatorias, a fin de atender las erogaciones derivadas de la apli- cación de lo dispuesto en la pre- sente ley. Tal modificación será afrontada con la mayor recauda- ción que se produzca respecto del cálculo vigente. Artículo 3º - Facúltase al Po- der Ejecutivo a incrementar el pre- supuesto de la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP), como consecuencia de la mayor recaudación estimada derivada de los aportes personales y con- tribuciones patronales correspon- dientes a los incrementos sala- riales que se otorguen en virtud de la presente ley. Artículo 4º - Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN EL RECINTO DE SE- SIONES DE LA HONORABLE LE- GISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil cinco. Juan Carlos Jaliff Vicegobernador Presidente H. Senado Luis A. Petri Secretario Legislativo H. Cámara de Senadores Raúl Horacio Vicchi Presidente H. Cámara de Diputados Jorge Manzitti Secretario Legislativo H. Cámara de Diputados DECRETO Nº 1.602 Mendoza, 22 de agosto de 2005 Visto el Expediente Nº 6435-H- 2005-00020 y su acumulado Nº 5679-M-2005-00020, en el que a fs. 1 del expediente citado en pri- mer término obra nota de la H. Cámara de Diputados de la Pro- vincia, recepcionada por el Poder Ejecutivo con fecha 17 de agosto de 2005, mediante la cual comu- nica la Sanción Nº 7414. EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: Artículo 1º - Téngase por Ley de la Provincia la Sanción Nº 7414. Artículo 2º - Comuníquese, pu- blíquese, dése al Registro Oficial y archívese. JULIO CESAR CLETO COBOS Alejandro Gallego LEYES

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 30 de agosto de 2005 6949

LEYES Págs.Ministerio de Hacienda 6.949DECRETOSMinisterio de Gobierno 6.949Ministerio de Justiciay Seguridad 6.949Ministerio de Hacienda 6.950FE DE ERRATASDirección General

de Rentas 6.969ORDENANZASMunicipalidadde Guaymallén 6.969SECCION GENERALContratos Sociales 6.971Convocatorias 6.974Irrigación y Minas 6.975Remates 6.975Concursos y Quiebras 6.988Títulos Supletorios 6.991Notificaciones 6.992Sucesorios 6.999Mensuras 7.003Avisos Ley 11.867 7.005Avisos Ley 19.550 7.005Licitaciones 7.006Fe de Erratas 7.008

AÑO CVII MENDOZA, MARTES 30 DE AGOSTO DE 2005 N° 27.478

PODER EJECUTIVO

Aparece todos los d ías háb i lesFUNDADO EL 7 DE ABRIL DE 1899

Distribuye

TAC POSTAL

PROVINCIA DE MENDOZAR.N.P.S.P. N° 042

CORREO PRIVADO

Registro Nacional de laPropiedad Intelectual N° 94397

Sumario

GOBERNADORIng. Julio César Cleto Cobos

VICEGOBERNADORDr. Juan Carlos Jaliff

MINISTRO DE GOBIERNOLic. Gabriel Alejandro Fidel

MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDADDr. Osvaldo Daniel TelloMINISTRO DE HACIENDALic. Alejandro Gallego

MINISTRO DE ECONOMIAIng. Laura Gisela Montero

MINISTRO DE DESARROLLO SOCIALLic. Ana María Fátima Gotusso

MINISTRO DE SALUDDr. Armando Antonio Calletti

MINISTRO DE AMBIENTEY OBRAS PUBLICAS

Ing. Francisco Darío MorandiniMINISTRO DE TURISMO Y CULTURA

Lic. Mariana Juri

DECRETOS

MINISTERIO DE GOBIERNO_____

DECRETO Nº 640

Mendoza, 20 de abril de 2005Encontrándose de regreso en

la Provincia la señora Ministra deEconomía, Ing. Agr. Laura GiselaMontero,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1º - Queda nuevamente a

cargo de la Cartera de Economía, sutitular, Ing. Agr. Laura Gisela Montero.

Artículo 2º - El presente decretoserá refrendado por los señores Mi-nistros de Gobierno y de Economía.

Artículo 3º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

JULIO CESAR CLETO COBOSGabriel Alejandro FidelLaura Montero

MINISTERIO DE JUSTICIAY SEGURIDAD

______

DECRETO Nº 1.554

Mendoza, 16 de agosto de 2005Vista la Pieza Administrativa Nº

10218-P-04-00105 (2 Cuerpos), yCONSIDERANDO:

Que en las citadas actuacionesse tramita la promoción extraordi-naria por Acto Heroico del OficialAyudante -Personal Policial-Gabriel Emanuel Rey Aly, quienpara fecha 10 de enero de 2004encontrándose a cargo y condu-ciendo el móvil policial interno Nº1.139 tomó conocimiento, a través

MINISTERIO DE HACIENDA_____

LEY Nº 7.414

El Senado y Cámara de Dipu-tados de la Provincia de Mendoza,sancionan con fuerza de

L E Y:Artículo 1º - Facúltase al Poder

Ejecutivo a destinar a la partida de“Personal” los ingresos que pormayor recaudación se produzcandurante el presente ejercicio, paraafrontar los incrementos: salaria-les, de contratos de locación, aporteestatal a colegios privados y SEOS,aporte a la Fundación InstitutosTecnológicos Universitarios y apor-te al tercer Ciclo de la EGB depen-diente de la U.N.C., correspondien-tes al segundo semestre del año2005. Los incrementos correspon-dientes a la partida de “Personal”,mencionados en el párrafo ante-rior, tendrán vigencia desde el 1 dejulio del año 2005, mediante De-creto del Poder Ejecutivo y podrándisponerse sin perjuicio del resul-tado que surja de las negociacio-nes colectivas del sector público.

El Poder Ejecutivo podrá dis-poner las reestructuraciones pre-supuestarias que estime conve-nientes sin sujeción al artículo 60de la Ley Nº 7324 y modificatorias.

En el caso del Ministerio deJusticia y Seguridad, que por suconformación no participa en me-sas de negociación colectiva, elmonto anual asignado para incre-mentos salariales y reescalafona-miento del personal policial, cuer-po comando, cuerpo de apoyo ypenitenciarios, es de pesos nue-ve millones quinientos veinte mil($ 9.520.000) y un mensual equi-valente de pesos un millón cua-

trocientos sesenta y cuatro milseiscientos quince ($ 1.464.615).

En el caso de los Magistradosno amparistas del Poder Judicial,asignar el monto de pesos ochocien-tos sesenta mil ($ 860.000), corres-pondiente al diez por ciento (10%) deesa masa salarial, a la recomposi-ción salarial de estos agentes.

Artículo 2º - Facúltase al Po-der Ejecutivo a incrementar elCálculo de Recursos y el Presu-puesto de Erogaciones estable-cidos en la Ley Nº 7324 y sus mo-dificatorias, a fin de atender laserogaciones derivadas de la apli-cación de lo dispuesto en la pre-sente ley. Tal modificación seráafrontada con la mayor recauda-ción que se produzca respecto delcálculo vigente.

Artículo 3º - Facúltase al Po-der Ejecutivo a incrementar el pre-supuesto de la Obra Social deEmpleados Públicos (OSEP),como consecuencia de la mayorrecaudación estimada derivadade los aportes personales y con-tribuciones patronales correspon-dientes a los incrementos sala-riales que se otorguen en virtudde la presente ley.

Artículo 4º - Comuníquese alPoder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SE-SIONES DE LA HONORABLE LE-GISLATURA DE LA PROVINCIADE MENDOZA, a los diecisietedías del mes de agosto del añodos mil cinco.

Juan Carlos JaliffVicegobernador

Presidente H. SenadoLuis A. Petri

Secretario LegislativoH. Cámara de Senadores

Raúl Horacio VicchiPresidente

H. Cámara de DiputadosJorge Manzitti

Secretario LegislativoH. Cámara de Diputados

DECRETO Nº 1.602

Mendoza, 22 de agosto de 2005Visto el Expediente Nº 6435-H-

2005-00020 y su acumulado Nº5679-M-2005-00020, en el que afs. 1 del expediente citado en pri-mer término obra nota de la H.Cámara de Diputados de la Pro-vincia, recepcionada por el PoderEjecutivo con fecha 17 de agostode 2005, mediante la cual comu-nica la Sanción Nº 7414.

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1º - Téngase por Ley

de la Provincia la Sanción Nº 7414.Artículo 2º - Comuníquese, pu-

blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

JULIO CESAR CLETO COBOSAlejandro Gallego

LEYES

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 30 de agosto de 20056950

del Comando Radioeléctrico, queen Costanera y calle Vicente Zapa-ta de Ciudad, se había producidoun accidente de tránsito entre unautomóvil Renault 9 y un taxi y ésteúltimo había caído al cauce del ca-nal Cacique Guaymallén con pa-sajeros en su interior, por lo quese desplazó al lugar del hecho,pero antes de llegar, descendió dela movilidad observando que en elinterior del canal se encontrabauna persona de sexo masculinoque era arrastrada por el agua y,sin dudarlo, se arrojó al cauce acu-diendo en su rescate, realizandomaniobras de natación hasta in-terceptar a la víctima, comproban-do que estaba inconsciente.

Que mientras intentaba salvar ala víctima, sufrió golpes y heridas quepusieron en peligro su vida por lafuerza de la corriente, hasta que per-sonal policial acudió en su ayuda;

Que en los acontecimientosrelatados la intervención del fun-cionario en el procedimiento fuedeterminante, actuando conprofesionalismo, arriesgó su vidaen aras del cumplimiento del de-ber y en la salvaguarda de la vidade sus semejantes, demostran-do valor e intrepidez en la resolu-ción de la situación vivida, confor-me con los principios básicos deactuación policial;

Que la acción desplegada porel citado funcionario en los hechosde referencia debe ser calificadacomo acto heroico, por lo que re-sulta pertinente disponer su pro-moción al grado inmediato supe-rior (Oficial Inspector), de confor-midad con lo dispuesto en losarts. 199, inc, 1) y 200 de la Ley dePolicías de la Provincia.

Que lo solicitado cuenta con laautorización del señor SecretarioAdministrativo, Legal y Técnico dela Gobernación, de acuerdo conlo establecido en el Decreto-Acuer-do Nº 143/02, cuya vigencia semantiene a tenor de lo dispuestopor Decreto-Acuerdo Nº 2586/04 ymodificatorio;

Por ello, atento a lo dictamina-do por Asesoría Letrada del Minis-terio de Justicia y Seguridad a fs.259 y lo dispuesto por el art. 179de la Ley Nº 6722,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1º - Promuévase por

«acto heroico», de conformidad conlo establecido en los arts. 199, inc.1) y 200 de la Ley Nº 6722, a la je-rarquía de Oficial Inspector, Carác-ter 1, Jurisdicción 16, Unidad Or-ganizativa 06, Régimen Salarial 12,Agrupamiento 1, Tramo 1, Subtra-mo 03, Clase 003, U.G.E. J00098,de las Policías de la Provincia deMendoza, a Dn. Gabriel EmanuelRey Aly, D.N.I. Nº 29.015.607, Le-gajo Nº 3-29015607-8-01, actual

Oficial Ayudante, Carácter 1, Juris-dicción 16, Unidad Organizativa 06,Régimen Salarial 12, Agrupamien-to 1, Tramo 1, Subtramo 02, Clase002, U.G.E. J00036, de las Poli-cías de la Provincia de Mendoza.

Artículo 2º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

JULIO CESAR CLETO COBOSOsvaldo D. Tello

______________________________

MINISTERIO DE HACIENDA______

DECRETO N° 972

Mendoza, 3 de junio de 2005Visto el Expte. N° 1868-S-2005-

30091 y la necesidad de modifi-car el Presupuesto de Erogacio-nes vigente; yCONSIDERANDO:

Que el Poder Ejecutivo puedereestructurar partidas presupuesta-rias entre distintas Jurisdicciones;

Que es necesario reforzar lapartida Bienes de Capital del Minis-terio de Ambiente y Obras Públicas;

Que existe saldo disponible enla partida Bienes de Capital del Mi-nisterio de Hacienda;

Que la modificación aludida noimplica el incremento del gastoautorizado a nivel global;

Por ello y atento a lo estableci-do por el artículo 14 inciso d) de laLey 7.324;

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Modifíquese el Pre-

supuesto de Erogaciones vigentepara el año 2005, del modo quese indica en la Planilla Anexa I queforma parte integrante de esteDecreto, cuyo monto asciende aSeiscientos mil pesos ($ 600.000).

Artículo 2° - Modifíquese el cál-culo de Recursos del SIPCAT corres-pondiente al presupuesto vigentepara el año 2005, del modo que seindica en la Planilla Anexa II, que for-ma parte de este Decreto, cuyo mon-to total asciende a la suma de Seis-cientos mil pesos ($ 600.000).

Artículo 3° - Modifíquese el Pre-supuesto de Erogaciones de laProvincia vigente para el año 2005correspondiente a las Erogacio-nes Figurativas de la Administra-ción Central, del modo que se in-dica en la Planilla Anexa III, queforma parte de este Decreto, cuyomonto asciende a la suma deSeiscientos mil pesos ($ 600.000).

Artículo 4° - Notifíquese el pre-sente decreto a la Contaduría Ge-neral de la Provincia para su re-gistración, previa intervención dela Dirección de Finanzas.

Artículo 5° - El presente decre-to será refrendado por los Sres.Ministros de Ambiente y ObrasPúblicas y de Hacienda.

Artículo 6° - Esta norma le-gal se dicta ad-referendum dela Honorable Legislatura de laProvincia.

Artículo 7° - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

JULIO CESAR CLETO COBOSAlejandro GallegoFrancisco Morandini

DECRETO Nº 1.120

Mendoza, 28 de junio de 2005Visto el expediente Nº 00502-

U-05-91303, en el cual se tramitala aprobación del Convenio deAdhesión suscripto entre el Minis-terio de Hacienda y la DirecciónGeneral de Escuelas, a los efec-tos de implementar el«Subprograma III - FormaciónTécnico-Profesional», dentro delPrograma de Desarrollo Producti-vo y Competitividad de la Provin-cia de Mendoza, yCONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 7324 autoriza alPoder Ejecutivo Provincial a sus-cribir un Convenio de Préstamocon el Banco Interamericano deDesarrollo (B.I.D.), a los efectos deimplementar el Programa de De-sarrollo Productivo y Competitivi-dad de la Provincia de Mendoza.

Que a tal efecto, mediante De-creto Nº 810/05, se creó la Unidadde Financiamiento Internacional(U.F.I.) como órgano de Adminis-tración que deberá implementareste Programa.

Que tanto el Ministerio de Ha-cienda, como la Dirección Gene-ral de Escuelas, son competen-tes para la firma del Convenio deAdhesión, en virtud de lo dispues-to por Decreto Nº 810/05 que fa-culta en su Artículo 3º al Ministeriode Hacienda para celebrar Con-venio de Adhesión con los Minis-terios y Autoridades de las Areasu Organismos comprometidas encada programa.

Que la firma del convenio re-sulta necesaria para implementarel Programa de Desarrollo Pro-ductivo y Competitividad de la Pro-vincia de Mendoza, toda vez que laDirección General de Escuelas seencuentra involucrada como Uni-dad Técnica Ejecutora (Co-Ejecu-tora del Subprograma), para lo cualdeberá afectar Recursos Huma-nos, Conocimientos Técnicos, yprestar en general la colaboraciónque fuere necesaria, conformesurge del Artículo 5º, Inciso I) delDecreto Nº 810/05, así como delReglamento Operativo Especificoaprobado por el Banco Interame-ricano de Desarrollo (B.I.D.), queforma parte del Convenio de Ad-hesión como Anexo.

Que resulta necesario el cono-cimiento del Subprograma por laDirección General de Escuelas, loque se evidencia con su interven-ción en el Convenio de Adhesión,ya que es en el ámbito de dichaDirección donde actuará la Uni-dad Ejecutora de esteSubprograma. Resultando ade-más necesaria la celebración deeste convenio, por ser exigencia

PLANILLA ANEXA IIMODIFICACION DEL CALCULO DE RECURSOS DEL SIPCAT

Expediente Nº 1868-S-05-30091 - Decreto Nº 972

30601 SIPCAT 3 1 1 01 000 Remesas de laAdm. Central 600.000,00

TOTAL 600.000,00

Se

cto

r

Orig

en

Sec

ción

P. P

rinci

pal

Fin

anci

am.

Repartición Concepto Disminución

Car.Jur.

U. Org

PLANILLA ANEXA IIIExpediente Nº 1868-S-05-30091 - Decreto Nº 972

06 25 H 20001 628 02 611000028 000 600.000,00

TOTALES — 600.000,00

Unidadde

Gestión

Clasif.Econ.

Disminu-cionesAumentos

Juris

.

U. O

rg.

Fin

anc.

GrupoInsumo

PLANILLA ANEXA IMODIFICACION PRESUPUESTARIA

Expediente Nº 1868-S-05-30091 - Decreto Nº 972

1 09 01 Q21278 51101 00 270020021 600.000

3 06 01 Q96322 51201 00 512000000 600.000

TOTAL 600.000 600.000

UnidadGestiónCrédito

Clasif.Econ.

Dismi-nuciónAumento

Fin

anc.

InsumoCJUO

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 30 de agosto de 2005 6951

del Banco Interamericano de De-sarrollo (B.I.D.) como requisito in-dispensable previo a la firma delConvenio de Préstamo para todoel Programa.

Que por imperio del Artículo 3ºdel Decreto Nº 810/05 in fine, re-sulta necesario que el convenio deadhesión sea ratificado por el Po-der Ejecutivo.

Por ello, conforme con lo dic-taminado por el Area Legal de laUnidad de Financiamiento Interna-cional (U.F.I.), a fs. 59 y vta. del ex-pediente Nº 00502-U-05-91303,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1º - Apruébese el Con-

venio de Adhesión suscripto entreel Ministerio de Hacienda, repre-sentado por el señor Ministro Li-cenciado Alejandro Gallego y laDirección General de Escuelas, re-presentada por su Directora Licen-ciada Emma Magdalena Cunietti,a los efectos de implementar el«Subprograma III - FormaciónTécnico-Profesional», dentro delPrograma de Desarrollo Producti-vo y Competitividad de la Provin-cia de Mendoza, el que comoAnexo, en fotocopia certificada, for-ma parte integrante del presentedecreto.

Artículo 2º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

JULIO CESAR CLETO COBOSAlejandro Gallego

______

ANEXOCONVENIO DE ADHESIONEntre el Ministerio de Hacien-

da, representado en este acto porel Sr. Ministro de Hacienda, Licen-ciado Alejandro Gallego, por unaparte, y por la otra, la DirecciónGeneral de Escuelas, representa-do en este acto por la Sra. Directo-ra General de. Escuelas, Licencia-da Emma Magdalena Cunietti,ambos ad-referendum del PoderEjecutivo Provincial convienen:

Primero: La Provincia de Men-doza mediante la Ley Nº 7.324, au-torizó al Poder Ejecutivo a celebrarun contrato de Préstamo con elBanco Interamericano de Desa-rrollo (BID), con la finalidad de im-plementar el Programa de Desa-rrollo Productivo y Competitividadde la Provincia de Mendoza, el queserá ejecutado a través de la Uni-dad de Financiamiento Internacio-nal (U.F.I.), creada por Decreto Nº810 del 13 de mayo de 2005. En-tre los Subprogramas que inte-gran el Programa de DesarrolloProductivo y Competitividad de laProvincia de Mendoza se encuen-tra, Subprograma III- Formación

Técnico-Profesional, para cuyaejecución la Dirección General deEscuelas debe asumir compromi-sos conforme a la estructura ymateria comprometida en el cita-do Subprograma. En este marco,la Dirección General de Escuelasse compromete a ejecutar el cita-do Subprograma conforme el Re-glamento Operativo Específico(ROE), cuyo texto ya ha sido acor-dado con el Banco Interamerica-no de Desarrollo (BID), que formaparte del presente Convenio comoAnexo I.

Segundo: De acuerdo a la ma-teria y estructura del Programa ydel Subprograma en cuestión, laDirección General Escuelas asu-me las siguientes obligaciones:1. Integrar el Comité Consultivo

previsto en la estructura de laUnidad de Financiamiento Inter-nacional, creada por Decreto Nº810 del 13 de mayo de 2005.

2. Aportar los recursos y accionesque resulten necesarios para laconformación de la Unidad Téc-nica Ejecutora (U.T.E) previstasen el Sub programa, la cualquedará bajo la dirección delDirector Ejecutivo del Programade Desarrollo Productivo y Com-petitividad de la Provincia deMendoza, así como ejecutartoda acción que resulte nece-saria para la plena vigencia delSubprograma conforme el Re-glamento Operativo Específico(ROE).Tercero: El Ministerio de Ha-

cienda, a través de la Unidad deFinanciamiento Internacional(U.F.I.) aportará los recursos ne-cesarios para completar la ejecu-ción del Programa de DesarrolloProductivo y Competitividad de laProvincia de Mendoza.

Cuarto: El Ministerio de Hacien-da, a través de la Unidad de Fi-nanciamiento Internacional (UFI),tratándose de bienes y equipos in-ventariables se procederá a latransferencia a la Dirección Gene-ral de Escuelas, una vez que ha-yan sido recepcionados de con-formidad por las reparticionesdestinatarias.

Quinto: El presente Convenioqueda condicionado, su existen-cia, a la efectiva suscripción delContrato de Préstamo de la Pro-vincia con el Banco Interamerica-no de Desarrollo (BID) y la apro-bación del Documento del Progra-ma, como así mismo a la ratifica-ción por parte del Poder Ejecutivocon relación a la intervención delos Señores Ministros en el pre-sente.

En la Ciudad de Mendoza, a los28 días del mes de junio de dosmil cinco, se firman tres ejempla-

res del mismo tenor y a un soloefecto.

Alejandro GallegoEmma Cunietti

______

ARGENTINAGOBIERNO DE MENDOZAREGLAMENTO OPERATIVO

ESPECIFICOSUBPROGRAMA DE

FORMACIONTECNICO-PROFESIONAL

PROGRAMA DE DESARROLLOPRODUCTIVO Y

COMPETITIVIDAD DE LAPROVINCIA DE MENDOZA

(AR-L1003)Mayo 2005

Programa de DesarrolloProductivo y Competitividad de la

Provincia de Mendoza(AR-L1003) Unidad de

Financiamiento InternacionalMinisterio de HaciendaGobierno de Mendoza

_____9 de Julio 1980 - Mendoza -

Argentina - Teléfonos: 54 2614493081/82

www.mendozaproductiva.mendoza.gov.armendozaproductiva@mendoza.gov.ar

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INDICEI. El Subprograma 5

A. Objetivos 5B. Beneficiarios/as 5C.Componentes

del Subprograma 61 Formación Técnico-Pro-

fesional en las Áreas delPrograma y Nivelación deEducación Básica paraAdultos 6

2 Fortalecimiento del Sis-tema de Formación Bá-sica y Técnico-Profesio-nal de la Provincia 6

D.Costos 7E. Plan de Adquisiciones 8F. Condiciones de efectividad

del Subprograma 9II. Marco institucional de ejecu-

ción del Subprograma 10A. Ejecución del

Subprograma 10B. Organización de la UTE 12

1 Nivel Estratégico 122 Nivel Técnico 143 Nivel de Coordinación

Técnica 15III. Ejecución de los servicios de

Nivelación de Educación Bá-sica (NEB) 16A. Registro de oferentes de

servicios NEB 16B. Concurso de propuestas

de servicios de NEB 17C.Pago de servicios

de NEB 20D.Supervisión y control 20E. Selección de instituciones

que proveerán servicios deevaluación y certificación deEducación Básica 21

F. Certificación de capacida-des logradas 22

G.Cronograma de convocato-rias para presentar pro-puestas de NEB 22

IV. Ejecución de los servicios deFormación Técnico - Profesio-nal (FTP) 23A. Registro de oferentes de

servicios de FTP 23B. Concurso de propuestas

de servicios de FTP 25C.Pago de los servicios de

FTP 28D.Supervisión y control 28E. Evaluación y certificación de

la Formación Técnica 28F. Cronograma de convocato-

rias para presentar pro-puestas de FTP 29

V. Ejecución de las acciones defortalecimiento del sistemade Formación Básica y Técni-co-Profesional de laProvincia 30A. Asistencia técnica para la

identificación de competen-cias básicas 301 Adaptación del Currículo

de Educación deAdultos 30

2 Marco regulatorio de lamodalidad flexible de ni-velación de estudios 30

3 Marco regulatorio de eva-luación y certificación deestudios de Tercer Ciclode la EGB 31

4 Capacitación a las insti-tuciones proveedoras yevaluadoras de serviciosNEB 32

5 Diseño y aplicación deexámenes 32

B. Asistencia técnica para elestablecimiento del marcode competencias para laformación técnico-profesio-nal 321 Identificación de perfiles

ocupacionales y deegreso 33

2 Capacitación a las insti-tuciones que ofreceránlos servicios de forma-ción técnica 34

3 Diseño de procedimien-tos e instrumentos deevaluación 34

C.Acciones de promoción ycomunicación social 34

D.Evaluación de impacto y es-tudios para la consolida-ción del sistema 36

E. Cronograma 37VI. Adquisición de bienes y con-

tratación de servicios 38VII. Anexos 39

Anexo 1- Perfiles de cargo dela UTE 39

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 30 de agosto de 20056952

Anexo 2 - Modelo de grilla deevaluación de las propuestasde Servicios de Nivelación deEducación Básica 45Anexo 3 - Modelo de grilla deEvaluación de las propuestasde Servicios de FormaciónTécnico-Profesional 46

INTRODUCCIÓNEl presente Reglamento Ope-

rativo Específico, establece lostérminos y condiciones que regi-rán la ejecución de los compo-nentes del Subprograma de For-mación Técnico-Profesional (enadelante el «Subprograma»), enel marco del Programa de Desa-rrollo Productivo y Competitividadde la Provincia de Mendoza (AR-L1003), (en adelante, el «Progra-ma»).

El Reglamento define y descri-be las responsabilidades y todoslos procedimientos necesariospara la ejecución de las accionesy actividades del Subprograma, elque será ejecutado por la UnidadTécnica Ejecutora (UTE) depen-diente de la Dirección General deEscuelas (DGE) y trabajará demanera coordinada con la Unidadde Financiamiento Internacionalde la Provincia (UFI). Forman par-te integral de este Reglamento, losAnexos mencionados en el índi-ce.

Definiciones y siglas: A conti-nuación se incluye el significadode las siglas utilizadas en este Re-glamento:

BID Banco Interamericano deDesarrollo

CCT Centro de Capacitaciónpara el Trabajo

CEBA Centro de Educación Bá-sica de Adultos

CENS Centro Educativo de NivelSecundario

DCI Diseño Curricular Institu-cional

DGE Dirección General de Es-cuelas

EGB Educación General BásicaFBC Formación Basada en

CompetenciasFTP Formación Técnico Profe-

sionalIDITS Instituto de Desarrollo In-

dustrial, Tecnológico y deServicios

IDR Instituto de Desarrollo Ru-ral

INET Instituto Nacional de Edu-cación Tecnológica

NEB Nivelación de EducaciónBásica

OSC Organización de la Socie-dad Civil

POA Plan Operativo AnualUFI Unidad de Financiamien-

to InternacionalUTE Unidad Técnica Ejecutora

I. EL SUBPROGRAMAA. Objetivos1.1 El objetivo del Subprograma es

incrementar la competitividadde las cadenas de valor delsector productivo provincial ubi-cadas en los 7 circuitospriorizados por el Programa,mediante la adecuación de laoferta de formación profesio-nal, a las demandas provenien-tes de dichos sectores. Coneste Subprograma se busca:–Mejorar la calidad de la for-mación técnico-profesional,especialmente en oficios, yatender las necesidades derecursos humanos capacita-dos en las cadenas producti-vas del programa.–Mejorar las condiciones deeducación de la población ac-tiva con bajos niveles de com-petencias de base, ofreciendooportunidades para nivelarestudios y aumentar su esco-laridad, de manera que pue-dan aprovechar las oportunida-des de formación profesionalque se presenten.–Establecer un sistema de for-mación profesional basado encompetencias y de aprendiza-je continuo, que mejore lasoportunidades deempleabilidad de las perso-nas, permitiéndoles actualizary progresar en sus niveles deformación profesional y recibirreconocimiento y certificaciónpor ello.–Dejar instaladas a nivel pro-vincial, las metodologías pro-pias de un modelo de forma-ción profesional basado encompetencias, en vistas a latransferencia al sistema de for-mación profesional provincialen su conjunto, en el marco deun modelo de educación per-manente.–Fortalecer instituciones deformación básica y profesionalya existentes, a través de unaexperiencia que pueda serreplicable y que asegure lasostenibilidad delSubprograma.–Validar e institucionalizar ins-trumentos que posibiliten elaprendizaje contínuo de laspersonas.

B. Beneficiarios/as1.2 La población objetivo será de

aproximadamente 15.000 per-sonas de ambos sexos. Deese total, no menos del 40%serán mujeres de escasos re-cursos. Los beneficiarios reci-birán formación técnico-profe-sional en oficios derivados delas cadenas de valorpriorizadas, y/o nivelación edu-

cativa formal, correspondienteal Tercer Ciclo de la EGB.1

__________1Cada beneficiario podrá par-ticipar en más de un curso delos ofrecidos por el Programa.__________

1.3 Los beneficiarios/as deberáncumplir los siguientes requisi-tos:–Edad mínima de 17 añospara servicios NEB y 18 paraservicios FTP.–Escasa o nula experiencia la-boral, que se encuentren en si-tuación de desocupados/as osubocupadas/os y/o que seantrabajadores de los sectoreseconómicos priorizados por elPrograma, con baja califica-ción laboral.–Bajos niveles de escolaridadformal (desde segundo ciclode EGB o séptimo grado deNivel Primario aprobados,hasta nivel secundario o Poli-modal incompleto).

C. Componentesdel Subprogramalas cadenas de valor

1.4 El Subprograma estará inte-grado por: dos Componentes:1 Formación Técnico-Profesio-nal en las Áreas del Programay Nivelación de Educación Bá-sica para Adultos.

1.5 Se financiará la formación deaproximadamente 4000 adul-tos en cursos de nivelación deestudios del tercer ciclo de laEGB, y 11000 personas bene-ficiarias con servicios de for-mación técnico-profesional.

1.6 Los cursos de nivelación seofrecerán con un esquema cu-rricular flexible modularizado,ajustados a los tiempos y rit-mos de los beneficiarios, con

un currículo de formación enbase a competencias y perti-nente con sus condiciones dejóvenes o adultos.

1.7 El esquema de formación téc-nico-profesional será el decompetencias laborales, arti-culando todo el ciclo formativocon las cadenas de valor. Estogarantizará la relevancia y per-tinencia de los contenidos enla medida en que éstos res-pondan a los requerimientosdel desarrollo productivo.2 Fortalecimiento del Sistemade Formación Básica y Técni-co-Profesional de la Provincia.

1.8 Se desarrollarán accionesorientadas a fortalecer el sis-tema de formación técnico-pro-fesional y de aprendizaje con-tinuo para la población adultade la Provincia, con base en elenfoque de competencias. Lasprincipales líneas de accióndel Componente serán:–Asistencia técnica para laidentificación de competenciasbásicas: establecimiento de unesquema flexible de nivelacióndel tercer ciclo de la EGB eneducación de adultos.–Asistencia técnica para el es-tablecimiento del marco decompetencias para la forma-ción técnico-profesional: iden-tificación de competencias yvalidación de perfiles ocupa-cionales en sectores definidospor el Programa.–Información y Difusión: dise-ño del sistema de informacióny del plan de promoción y mar-keting social del Subprograma.–Seguimiento y Evaluación:evaluación de impacto y estu-dios para la consolidación delsistema.

D. CostosTabla de costos - Subprograma de Formación Técnico-Profesional

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 30 de agosto de 2005 6953

F. Condiciones de efectividad delSubprograma

1.9 Dado que los servicios de NEBy FTP que el Subprograma finan-ciará proponen innovaciones ycambios respecto de las moda-lidades existentes en el siste-ma, la ejecución del Compo-nente 1 requiere la verificaciónde las siguientes condiciones:• Aprobación de las adecuacio-

nes curriculares para NEBmediante Resolución de laDGE.

• Aprobación y reglamentaciónde la modalidad flexible paraNEB (incluyendo los proce-sos de evaluación y certifica-ción) mediante Resoluciónde la DGE.

• Aprobación y reglamentaciónde la evaluación y certifica-ción para FTP mediante Re-solución de la DGE.

II. MARCO INSTITUCIONALDE EJECUCIÓN DEL

SUBPROGRAMAA. Ejecución del Subprograma -2.1 El modelo operativo de ejecu-

ción del Subprograma es mix-to; la Unidad de Financiamien-to Internacional (UFI) -depen-diente de la Subsecretaría deFinanciamiento del Ministeriode Hacienda- tendrá entre susfunciones las de desarrollar enforma centralizada la Adminis-tración Financiera, Registra-ción Contable, Compras y Con-trataciones del Subprograma,en tanto que la ejecución sehará en forma descentralizadaa través de la Unidad Técnicade Ejecución del Subprograma(UTE) dependiente de la DGE.

2.2 En el siguiente diagrama sevisualiza el esquema institu-cional en el cual se inserta elPrograma y sus respectivasUTEs.

E. Plan de Adquisiciones

Dir. Ejecutivo MendozaProductiva

Armado y No Objeciónde Documentos

Apoyo a losSubprogramas

Ministerio deEconomía

Ministerio deA. y O. P.

Dirección Prov.de Vialidad

Dirección G. deEscuelas

2.3 A fin de coordinar su acción conotros órganos provinciales quepermitan esa ejecución des-centralizada, la UFI delegaráen la figura del Director Ejecu-tivo del Programa, las tareasde planificar, coordinar y con-trolar las actividades con laUTE responsable del Subpro-grama.

2.4 La UTE se constituirá con el finde coordinar, apoyar,monitorear y darle coherenciaa la ejecución del Subprogra-ma. Adicionalmente, esta Uni-dad tendrá como tarea funda-

mental en un mediano plazo,proponer desde una perspec-tiva técnica, una institucionali-dad que permita administrar ygestionar las nuevas modali-dades de educación de adul-tos y formación técnico-profe-sional, en el marco de un siste-ma de educación permanente.

2.5 La UTE depende del Comitéde Dirección del Subprogra-ma, al que reporta y requierela aprobación para las decisio-nes sobre estrategias, progra-mación, presupuesto anual ycontrataciones de personal.

2.6 Funciones de la UTE• Programar, administrar, su-

pervisar y evaluar el procesode ejecución del Subprogra-ma, en sus dimensionesinstitucionales, de recursoshumanos y programáticas,atendiendo a los plazos esti-pulados y a las especifica-ciones técnicas convenidas,en coordinación con las de-más UTEs involucradas enla ejecución del Programa.

• Establecer las coordinacionesnecesarias en materias finan-cieras y legales, con la UFI.

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1 Nivel Estratégico2.9 En este nivel se establecen

los lineamientos por los quese guiará el Subprograma yse dan orientaciones desti-nadas a mantener el rumboestablecido. En este ámbitose hacen definiciones talescomo: cuál es el impacto quese desea obtener; cuál es elvalor agregado que aporta elSubprograma; cómo sesegmentan las responsabi-lidades institucionales; enqué medida se avanza en ellogro de los objetivos; y,cómo se delimita el marcoprogramático y presupuesta-rio del Subprograma.

2.10 Comité de Dirección. En estenivel se prevé la constituciónde un Comité de Dirección,compuesto por autoridadesde la DGE, del Ministerio deHacienda y del Comité deClusters del Programa, cuyorol consiste en la definiciónde orientaciones estratégi-cas y presupuestarias alSubprograma, verificandoque la ejecución se alinee aéstas y evaluando los resul-tados e impactos del mismo.También debe velar por lacoherencia sistémica y la

• Coordinar las acciones conlas direcciones y departa-mentos técnicos de la DGE ycon las autoridades de otrosorganismos estatales cuan-do fuera necesario.

• Reportar al Comité de Direc-ción, a través del Gerente dela UTE, el estado de avancedel Subprograma y recibir delmismo, las directrices co-rrespondientes.

• Ser contraparte técnica yoperativa del BID para la im-plementación y administra-ción del Subprograma, lo cualincluye, entre otras funcio-nes: supervisar el cumpli-miento de las normas y pro-cedimientos acordados en elcontrato; organizar las activi-dades de supervisión delPrograma que el BID lleve acabo y realizar los informesparciales y finales delSubprograma.

• Diseñar e implementar unaestrategia de difusión delPrograma en los ámbitos dela educación, la capacitación,la producción, la cultura y lapolítica así como tambiénpara los beneficiarios.

B. Organización de la UTE2.7 La ejecución del

Subprograma será respon-

sabilidad de la DGE. Se pro-pone un esquema de ejecu-ción del Subprograma basa-do en el funcionamiento detres niveles: i) uno estratégi-co encargado de la entrega

de los lineamientos de carác-ter estratégico del Subpro-grama; ii) otro técnico, quedirija y apoye la ejecución delmismo; y iii) uno de coordi-nación técnica, con la función

de comprometer e involucrara las direcciones instituciona-les de la DGE.

2.8 El siguiente gráfico muestra laestructura organizacional de laUTE.

sustentabilidad delSubprograma y del sistemade formación continua en ellargo plazo, teniendo comotarea fundamental generar,validar e instalar, desde unaperspectiva política, una ins-titucionalidad que permitaadministrar y gestionar lasnuevas modalidades deeducación de adultos y deformación técnica.

2.11 Funciones. Serán funcionesy responsabilidades especí-ficas del Comité de Direc-ción:

• Aportar orientaciones políti-cas y estratégicas para el de-sarrollo del Subprograma.

• Definir las políticas de distri-bución geográfica y sectorialde la oferta de capacitación.

• Designar el Gerente de laUTE y los coordinadores deáreas, y evaluar anualmentesu desempeño.

• Aprobar el POA anual y el pre-supuesto anual delSubprograma.

• Aprobar la estructura gene-ral de funcionamiento delSubprograma y sus modifi-caciones.

• Conocer y analizar los infor-mes trimestrales del

Subprograma.• Proponer los proyectos de re-

formas legales, reglamenta-rias y administrativas nece-sarias para una mejor eje-cución del Subprograma.

• Velar por el adecuado cum-plimiento del contrato suscri-to con el BID.

• Acordar mecanismos de co-ordinación con otros secto-res públicos y privados (em-presas, gremios, otras aso-ciaciones) para la construc-ción de una propuesta inte-gral de formación técnico-profesional.

• Promover y fortalecer el ob-jetivo de vinculación entre lascapacitaciones financiadas ylas demandas del sectorproductivo.

• Encomendar la realizaciónde estudios y desarrollarcualquier otra actividad re-querida para el logro de losobjetivos del Subprograma.

• Acordar mecanismos de co-ordinación con los responsa-bles de los restantes Subpro-gramas.

2.12 Funcionamiento. El Comitéde Dirección se reunirá tri-mestralmente, de acuerdo aun cronograma establecido

anualmente. No obstantepodrá reunirse de manera ex-traordinaria, a solicitud de al-guno de sus integrantes. ElComité de Direcciónsesionará con sus integran-tes titulares; en caso de au-sencia ellos podrán ser re-emplazados por un funciona-rio del organismo debida-mente notificado.2 Nivel Técnico

2.13 En este nivel se encuentra elGerente de la UTE, respon-sable de la gestión general ycoordinación ejecutiva de lasactividades de los compo-nentes del Subprograma.Sus funciones incluyen ade-más el seguimiento y moni-toreo de la ejecución, la pre-sentación de informes y laadopción de ajustes con loscoordinadores de áreas parala buena marcha de las ac-ciones del Subprograma. Enel Anexo 1 se adjuntan el per-fil del cargo y un detalle desus funciones.

2.14 Se integrarán también a estenivel dos áreas ejecutivas: i)Ejecución de Servicios deFormación Técnico-Profe-sional y Nivelación de Edu-cación Básica para Adultos;

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tablecerá un plazo de consul-tas, en el que las institucio-nes que retiraron los docu-mentos de la convocatoriapodrán plantear sus consul-tas a la UFI, siguiendo losprocedimientos estableci-dos en el instructivo de pos-tulación al Registro. La UTEpodrá organizar en este pe-ríodo, talleres presencialesde carácter informativo yorientador, a los que invitaráa todas las instituciones queretiraron los antecedentespara postular.

3.6 Presentación de anteceden-tes. Las instituciones querespondan a la Convocato-ria, deberán completar el For-mulario de Inscripción en to-dos sus puntos y proporcio-nar toda la documentaciónde respaldo exigida en elmismo. Los formularioscompletos y la documenta-ción anexa se deberán en-tregar según instrucciones,plazos y formas de presen-tación mencionadas en losinstructivos de la convocato-ria.

3.7 Verificación de antecedentes.Una Comisión integrada porrepresentantes de la UTE yde la UFI, verificará que lasinstituciones presenten losantecedentes establecidos,dentro de los 15 días corri-dos de ingresada la solici-tud.

3.8 Constatación aleatoria de in-formación entregada. Toda lainformación, antecedentes ydatos que se entreguen enel formulario de inscripciónrevestirá carácter de decla-ración jurada y estará dispo-nible para su verificación porparte de la UFI y UTE.

3.9 Inscripción en el Registro.Las instituciones cuyos an-tecedentes sean verificadossatisfactoriamente, pasarána integrar el Registro de ins-tituciones proveedoras deservicios de NEB.

3.10 Comunicación de Registro.El resultado de la verificaciónde antecedentes será infor-mado por escrito a cada unade las instituciones por par-te de la UFI. El Subprogramamantendrá el listado actuali-zado de las instituciones re-gistradas en su página web.

3.11 Capacitación a las institucio-nes; Las instituciones incor-poradas al Registro deberánasistir a las actividades decapacitación que fijará laUTE. Ello será requisito parala presentación de propues-

y ii) Planificación, Seguimien-to y Evaluación; cuyos coor-dinadores serán los encar-gados de conducir la ejecu-ción de las líneas de acciónrespectivas y de efectuar elmonitoreo de sus activida-des.

2.15 Coordinador de Ejecución deServicios. Es el responsableoperativo del Subprograma.Tendrá entre sus funcionesestablecer las vías de con-tacto con las instituciones,coordinar las actividades decapacitación a los potencia-les oferentes, supervisar losprocesos involucrados en laformación y evaluación delos beneficiarios. En el Anexo1 se describen el perfil delcargo y un detalle de sus fun-ciones.

2.16 Del Coordinador del Área deEjecución de Servicios de-penderán las jefaturas de lasunidades: i) Competenciasbásicas, ii) Formación Téc-nico-Profesional e iii) Infor-mación de servicios a losusuarios.

2.17 Coordinador del Área de Pla-nificación, Seguimiento yEvaluación. Es el responsa-ble de la planificación y se-guimiento de las actividadesdel Subprograma, así comode la evaluación de los re-sultados de impacto. Tendráentre sus funciones la ela-boración del POA delSubprograma, la previsiónde contrataciones requeridaspor la UTE, la elaboración delas Bases para los concur-sos de propuestas de cur-sos, el diseño e instrumen-tación de los dispositivos deseguimiento técnico-peda-gógico y la elaboración deinstrumentos e informes deevaluación. En el Anexo 1 sedescriben el perfil del cargoy un detalle de sus funciones.

2.18 Las diferentes líneas de ac-ción del Subprograma sonejecutadas por los equiposde trabajo de las áreas, inte-grados por personal contra-tado para la UTE y personalasignado por la DGE.3 Nivel de Coordinación

Técnica2.19 Comité de Coordinación

Técnica. La articulación delSubprograma con las direc-ciones de línea de la DGE sedará a través de este comitéintegrado por los Directoresde Jóvenes y Adultos, de Edu-cación Técnica y Trabajo y deTransformación Educativa.Su función principal es apo-

yar la ejecución de las líneasde trabajo que se vinculandirectamente con los ámbi-tos que les corresponden enla DGE y apoyar la transfe-rencia e institucionalizaciónde las innovaciones en laDGE.

2.20 Funciones. Sus funciones yresponsabilidades específi-cas, son:• Difundir y promover el

Subprograma en sus equi-pos institucionales y en lasinstituciones de formación.

• Asegurar la participaciónde profesionales de susdirecciones en los distintosequipos de ejecución.

• Facilitar la formulación ytramitación de las materiasreglamentarias necesariaspara la ejecución delSubprograma.

• Asistir a la UTE en relacióncon la ejecución delSubprograma en las mate-rias que son de su compe-tencia.

• Facilitar los procesos deinstitucionalización de lasinnovaciones.

2.21 Funcionamiento. El Comitéde Coordinación Técnica sereunirá bimestralmente conel Gerente de la UTE (o conlos Coordinadores de áreascuando corresponda), deacuerdo con un cronogramaestablecido anualmente. Noobstante podrá reunirse demanera extraordinaria, a so-licitud de alguno de sus inte-grantes o del Gerente. El Co-mité de Coordinación Técni-ca sesionará con sus inte-grantes titulares; en caso deausencia ellos podrán ser re-emplazados por un funciona-rio del organismo debida-mente notificado.III. EJECUCIÓN DE LOS

SERVICIOS DE NIVELACIÓNDE EDUCACIÓN BÁSICA (NEB)3.1 La ejecución de los servicios

de NEB, forma parte delComponente I delSubprograma.Para ello se desarrollarándos procesos:–Selección y contratación de

las instituciones que pro-veerán servicios de NEB.

–Selección y pago a las ins-tituciones que proveeránservicios de evaluación ycertificación a los alumnosde los cursos de NEB.

A. Registro de oferentes deservicios NEB

3.2 Las instituciones convoca-das a presentar anteceden-tes para la incorporación al

Registro son:–CEBAs y CENS de gestión

estatal o privada que pres-ten servicios de EGB3Completa.

–Otras instituciones públicaso privadas con experienciaen programas educativos,destinados preferentemen-te a personas adultas, o quecuenten con docentes con3 años o más de experien-cia en educación de adul-tos.

3.3 Las instituciones debencumplir con los siguientesrequisitos para la incorpora-ción al Registro:–Acreditar su constitución for-

mal y no tener impedimen-tos, apercibimientos, suma-rios, demandas u otros an-tecedentes que impidan supresentación en convocato-rias/licitaciones u otros pro-cesos de selección de pro-veedores con financiamien-to estatal o del BID.

–Disponer de sede propia,arrendada, en comodato ocompartida, ubicada en laregión a la cual postulará eindicando la capacidad po-tencial y los horarios de li-bre disposición para laprestación de los servicios.El edificio deberá contarcon la habilitación del mu-nicipio correspondiente y/ode la Dirección de Recur-sos Físicos de la DGE, se-gún corresponda.

–Docentes con al menos 3años de experiencia eneducación de jóvenes yadultos o especializadosen Trayecto Curricular Dife-renciado en Educación deAdultos.

Los procedimientos para elRegistro de oferentes de ser-vicios de NEB son los si-guientes:

3.4 Convocatoria pública y retirode instructivo: La UFI publi-cará en periódicos de circu-lación provincial y uno de cir-culación nacional la convo-catoria a las instituciones,con el fin de crear un Regis-tro de oferentes de serviciosde Las instituciones intere-sadas deberán retirar los do-cumentos de la convocatoriaen el lugar establecido en lapublicación de la misma. LaUFI deberá mantener unanómina de las institucionesque retiraron la documenta-ción como una forma de po-der planificar las siguientesinstancias.

3.5 Período de consultas. Se es-

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 30 de agosto de 20056956

tas de servicios de NEB.3.12 Carácter abierto del Regis-

tro. La UFI recibirá de mane-ra permanente las solicitu-des de las instituciones quedeseen incorporarse al Re-gistro, las procesará, verifi-cará, decidirá e informará enconjunto con la UTE su ins-cripción, previa condición decumplimiento de los requisi-tos establecidos.

B. Concurso de propuestasde servicios de NEB

3.13 La selección de propuestasde servicios de NEB se reali-zará mediante concurso pú-blico. Para ello se elaboraráun documento conteniendoinstrucciones, condiciones,especificaciones y formula-rios (en adelante las Bases)necesarias para la elabora-ción de la propuesta.

3.14 Para cada convocatoria a pre-sentar propuestas de servi-cios de NEB, existirá un do-cumento de Bases del con-curso público. Serán parte delos documentos del Concur-so:–El documento de Bases del

Concurso.–Los Formularios de Pre-

sentación de Propuestas.–El Currículo de Educación

de Adultos vigente para lamodalidad.

–Los módulos de formación–Los Reglamentos pertinen-

tes a la modalidad.3.15 Requisitos técnicos de las

propuestas. La propuestatécnica que la institución pre-sente considerará los si-guientes aspectos:–Una descripción detallada

de las capacidades que seespera logren los beneficia-rios.

–La concepción de enseñan-za y de aprendizaje con quese abordará el curso.

–Las estrategias metodoló-gicas que se utilizarán.

–La modalidad y herramien-tas de evaluación que seutilizarán.

–Propuestas de actividadespara los módulos, con es-pecificación de las referi-das a las sesiones presen-ciales y no presenciales.

–Una descripción de las ca-pacidades institucionalespara abordar exitosamentela propuesta, que incluya:los antecedentes del equi-po docente y otros de apo-yo, la infraestructura y equi-pamiento para ofrecer losservicios, el mínimo y máxi-mo de beneficiarios que

están en condiciones deatender, la manera cómoabordará los servicios deorientación laboral y el planpara motivar y retener a losbeneficiarios.

A continuación se presentanlos procedimientos com-prendidos en el Concurso depropuestas de cursos deNEB:

3.16 Convocatoria. La UFI publi-cará en periódicos de circu-lación provincial y uno de cir-culación nacional, el llama-do a convocatoria de institu-ciones para. La convocatoriaestablecerá que podrán pre-sentar propuestas las insti-tuciones que hayan participa-do en las actividades de ca-pacitación, señalará los lu-gares, horarios y plazos enlos que se podrán retirar lasBases y las fechas, horariosy lugares de presentación delas propuestas.

3.17 Retiro de Bases. Las institu-ciones interesadas en parti-cipar, deberán retirar los do-cumentos de la convocatoria,siguiendo las instruccionesestablecidas. La UFI deberámantener una nómina de lasinstituciones que retiraron lasBases y demás documentosdel Concurso como una for-ma de poder planificar lassiguientes instancias.

3.18 Período de consultas. Se es-tablecerá un plazo de consul-tas, en el que las institucio-nes que retiraron las Basespodrán plantear sus consul-tas a la UFI, siguiendo losprocedimientos estableci-dos en las mismas. La UFIresponderá la totalidad delas consultas y las pondrá adisposición de todas las ins-tituciones que retiraron Ba-ses.

3.19 Presentación de propuestas.Las instituciones que res-pondan a la convocatoria,deberán completar el Formu-lario de Presentación de Pro-puesta en todos sus puntosy proporcionar toda la docu-mentación de respaldo exi-gida en el mismo y en lasBases. El Formulario com-pleto y la documentaciónanexa se deberán entregarsegún instrucciones, plazosy formas de presentaciónmencionadas en las Bases,en sobres cerrados. Toda lainformación, antecedentes ydatos que se entreguen enla presentación de las pro-puestas revestirán el carác-ter de declaración jurada y

podrá ser verificada por laUFI.

3.20 Apertura de propuestas. Laapertura de las propuestasse realizará en la fecha, horay lugar establecidos en lasBases y en un acto público.La UFI verificará que las pro-puestas se hayan presenta-do en los formularios corres-pondientes y que incluyan ladocumentación requerida.Se levantará un acta de aper-tura.

3.21 Evaluación de las propues-tas. La evaluación de las pro-puestas estará a cargo deuna Comisión de Evaluaciónintegrada por el Gerente dela UTE, dos profesionales dela Dirección General de Es-cuelas (uno de la Direcciónde Jóvenes y Adultos y otrode la Dirección de Transfor-mación Educativa) y un pro-fesional de la UTE, así comopor representantes de la UFI,nombrados por ella. La Co-misión evaluará cada pro-puesta sobre la base de unagrilla de evaluación, que to-mará en cuenta y ponderará,en una escala cuantitativa,las características y dimen-siones institucionales ycurriculares estipuladas an-teriormente. Un modelo degrilla de evaluación para lacalificación se encuentra enel Anexo 2.

3.22 En caso de ser necesario, laComisión podrá solicitaraclaraciones de las ofertas,fijando el plazo para recibir-las, pedir la opinión de ex-pertos o verificar en terrenouno o más aspectos de lapropuesta. La Comisión or-denará las propuestas de lasinstituciones por estricto or-den de puntaje, el que resul-tará de la aplicación de lagrilla de evaluación y sólopodrán ser potencialesadjudicatarias, aquellas ins-tituciones cuyas propuestasalcancen una calificación fi-nal igual o superior al 60%.

3.23 Asignación de cupos de be-neficiarios a las instituciones.La distribución de cupos debeneficiarios se hará consi-derando un promedio de 20beneficiarios por curso y seasignarán siguiendo el or-den de las calificaciones delas propuestas de las insti-tuciones declaradas elegi-bles por la Comisión de Eva-luación, de mayor a menor,hasta completar los cuposdisponibles. Para ello consi-derará el rango de beneficia-

rios, cantidad mínima y máxi-ma de alumnos, definidopreviamente por cada insti-tución.

3.24 Inscripción de beneficiarios.La UFI comunicará formal-mente a las instituciones ele-gibles los cupos de benefi-ciarios asignados. Sobre esabase, las instituciones pro-cederán a la inscripción delos beneficiarios que cum-plan con los requisitos. Lainscripción se hará en un for-mulario elaborado por la UFI,al que deberán acompañar-se los antecedentes de cadaestudiante en un plazo deter-minado. Una vez inscriptoslos beneficiarios, la institu-ción lo comunicará median-te una nota a la UFI, acom-pañando una lista de los be-neficiarios y sus datos per-sonales. La UFI verificará quelos antecedentes de los be-neficiarios se ajusten a losrequerimientos e informaráa la institución la lista de be-neficiarios aceptados, en unplazo no mayor a 10 días co-rridos.

3.25 Una vez autorizados los be-neficiarios y adjudicado cadacurso, la instituciónprestadora de los serviciosdeberá presentar una copialegalizada de la póliza deseguro de responsabilidadcivil correspondiente.

3.26 Contrato de adjudicación.Una vez autorizados los cu-pos de beneficiarios, pre-sentada la póliza de seguroy acreditados los demás re-quisitos establecidos por ley,se procederá a la firma delconvenio entre la UFI y la ins-titución adjudicada.

3.27 Las instituciones sólo po-drán reemplazar a los bene-ficiarios durante los primeros30 días corridos, luego de ini-ciado el servicio de forma-ción, sólo en el caso que al-guno de los autorizadosdeba abandonar la actividad.Las instituciones estaránobligadas a presentar losantecedentes de los nuevosalumnos a la UFI, la que co-municará en un plazo nomayor a 10 días corridos laautorización correspondien-te.

C. Pago de servicios de NEB3.28 Los recursos que se asigna-

rán en el convenio, se defini-rán sobre la base del cupode beneficiarios adjudicadoa la institución prestadora delos servicios. La modalidadde pago será por resultado.

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 30 de agosto de 2005 6957

3.29 Cronograma de pagos. Lospagos se calcularán sobre labase de la cantidad de be-neficiarios que efectivamen-te asisten a la institución encada momento.–15% una vez que la UFI

haya aprobado la lista debeneficiarios en forma de-finitiva y se haya firmado elcontrato de adjudicación.

–25% una vez que la UFIhaya aprobado la Planifica-ción del curso presentadapor cada institución.

–20% una vez presentadauna Propuesta de ajustesa los servicios, sobre labase del análisis de los re-sultados de una evaluaciónformativa, al final del segun-do mes de iniciado el servi-cio.

–El 40% restante lo recibiráuna vez que los alumnoshayan aprobado el tercerciclo de EGB.

D. Supervisión y control3.30 La UTE, conjuntamente con

la Dirección de Educación deJóvenes y Adultos de la DGE,tendrá la responsabilidad desupervisar el cumplimientode los convenios suscritoscon las institucionesprestadoras de servicios.Las Bases de cada concur-so de propuestas incluiránuna descripción de las accio-nes de monitoreo y control ylas sanciones correspon-dientes en caso de incum-plimiento por parte de lasinstituciones prestadoras delos servicios. Para ello, lasBases definirán el porcenta-je de instituciones que seránvisitadas, los criterios y losinstrumentos que se utiliza-rán y otros mecanismos desupervisión.

3.31 La UTE mantendrá en el Re-gistro de instituciones, infor-mación sobre el desempe-ño de cada una y una sínte-sis de los resultados de lasupervisión al cierre de cadacontrato. Esta informaciónserá un antecedente a con-siderar en la evaluación delas propuestas que haga lainstitución en otras convoca-torias.

E. Selección de instituciones queproveerán servicios de evalua-ción y certificación de Educa-ción Básica

3.32 Dado el tipo de programasde NEB que ejecutará elSubprograma y el mecanis-mo de pago a los proveedo-res, el cual es por alumnonivelado, se requiere la se-

lección de entidades exter-nas a los proveedores de loscursos de NEB para que rea-licen el examen diagnóstico2

y final y certifiquen a los alum-nos. En el presenteSubprograma ninguna insti-tución que preste un serviciopuede examinar y certificar asus propios alumnos. En elcaso de NEB, dichos terce-ros deben ser escogidos yhabilitados por la DGE, quees el órgano que puede ex-pedir los certificados de es-tudios.___________2La examinación diagnósticaprocederá en los casos enlos que no sea posible acce-der al último certificado deestudios del beneficiario yautorizará o no el ingreso delalumno al Tercer Ciclo deEGB.____________

3.33 Las instituciones que pres-tarán los servicios deexaminación y certificaciónde estudios serán CEBAs yCENS de gestión estatal y/oprivada incorporados por laDGE.

3.34 Las instituciones evaluado-ras deberán cumplir los si-guientes requisitos para serelegibles por la DGE:–Disponibilidad para realizar

experiencias de evaluacióny certificación externa en elmarco de esta nueva mo-dalidad, lo que implica di-námicas de trabajo diferen-tes a las habituales y tras-lados a otros Departamen-tos en los que se prestenlos servicios de NEB.

–Planta funcional, con míni-mo de experiencia en edu-cación de adultos de 2(dos) años o especializa-dos en Trayecto CurricularDiferenciado en Educaciónde Adultos.

–Disponibilidad del planteldirectivo y docente, capaci-tados en la nueva modali-dad de evaluación deaprendizaje de jóvenes yadultos.

–No participar como oferen-te de servicios de NEB enel marco del Subprograma.

3.35 Los procedimientos para se-leccionar dichas institucio-nes serán establecidos me-diante Resolución de la DGE,organismo que especificará:–Los propósitos y procesos

involucrados en el sistemade evaluación y certificaciónde la modalidad flexible denivelación de estudios.

–Los requisitos que deberáncumplir las institucionesprestadoras de los servi-cios de evaluación y certifi-cación de estudios.

–Las obligaciones y compro-misos de las partes, tantode las escuelas, como dela DGE.

–Las incompatibilidades dela institución y de los do-centes para prestar servi-cios de nivelación de estu-dios.

–Los aspectos administrati-vos incluidos en el sistemade evaluación y certificaciónde estudios y el sistema depagos.

–El carácter eventual de susservicios, en la medida enque la DGE le asigne estu-diantes para examinar.

–El carácter rotativo de lasfunciones de evaluación ycertificación, atendiendo agrupos de examinados endistintos territorios.

–Los mecanismos de super-visión del cumplimiento delas obligaciones de las en-tidades examinadoras y losmotivos para su elimina-ción.

3.36 La DGE mantendrá una listaactualizada de escuelas se-leccionadas como evaluado-

ras y certificadoras de estamodalidad.

F. Certificación de capacidadeslogradas

3.37 El proceso de certificación deestudios de los alumnos delos cursos de NEB será re-glamentado por la DGE, y sebasará en los resultados delas evaluaciones realizadaspor las instituciones exami-nadoras.

3.38 La UTE elaborará un calen-dario anual de los exámenesde diagnóstico y finales paralos alumnos. Este calenda-rio será informado a las ins-tituciones prestadoras de losservicios de NEB y de eva-luación y certificación de es-tudios y a los beneficiarios.

3.39 La UTE será responsable dela elaboración de las prue-bas de diagnóstico y exáme-nes, distribuirlas y velar porel cumplimiento de las nor-mas de revisión de los exá-menes y de información a lasinstituciones que presten losservicios de NEB y a los be-neficiarios.

3.40 Las entidades evaluadorasdeberán certificar los estu-dios de las personas queaprueben los exámenes fina-les, conforme a la normativavigente.

IV. EJECUCIÓN DE LOSSERVICIOS DE FORMACIÓN

TÉCNICO - PROFESIONAL (FTP)4.1 La ejecución de los servicios

de FTP seguirá un esquemasimil al presentado en el ca-pítulo anterior: competenciaentre instituciones por recur-sos, criterios claros de califi-cación de instituciones y pro-puestas, selección de laspropuestas en base a eva-luación de calidad, transpa-rencia en los procesos, pagopor resultados, e inclusión deun tercero en el proceso deevaluación.

A. Registro de oferentes deservicios de FTP

4.2 Si a la fecha del llamado acualquiera de los Concursosde propuestas de serviciosestipuladas, ya estuviera im-plementado en la Provinciael Registro de Instituciones

1º Concurso de Propuestas Octubre 2005 $ 225.0002º Concurso de Propuestas Abril 2006 $ 315.0003º Concurso de Propuestas Octubre 2006 $ 630.0004º Concurso de Propuestas Abril 2007 $ 630.000

Servicios NEB Fecha de las Monto total de losConvocatorias contratos (US$)

G. Cronograma de convocatorias para presentar propuestas de NEB

de Capacitación y Empleo delMinisterio de Trabajo, Em-pleo y Seguridad Social de laNación (REGICE)3, aquellasinstituciones acreditadasmediante este sistema, se-rán integradas en forma au-tomática al Registro de insti-tuciones de FTP previsto enel Subprograma._______________3La Dirección Nacional deOrientación y Formación Pro-fesional, de la Secretaría deEmpleo del Ministerio de Tra-bajo, Empleo y SeguridadSocial de la Nación(MTEySS), a través del ÁreaCalidad y de la Unidad deEvaluación, Monitoreo y Asis-tencia Técnica (UEMAT), estádesarrollando un Programade Registro y Categorizaciónde Instituciones de Capaci-tación Técnico-Profesional

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(REGICE), así como de Asis-tencia Técnica para el mejo-ramiento de la Calidad de lasprestaciones, del cual estáparticipando la provincia deMendoza.El REGICE tiene como fun-ciones principales: Registrary evaluar Instituciones deFormación Técnico-Profe-sional, precalificarlas, infor-mar para el FortalecimientoInstitucional y otorgar, en loscasos que corresponda, elCertificado de Calidad IRAM.Las Institucionescategorizadas como «A», re-ciben el Certificado de Cali-dad. Las Institucionescategorizadas como «B»,«C» o «D» reciben Asisten-cia Técnica para su posteriorrecalificación.Las dimensiones sobre lascuales se realizarán los pro-cesos de evaluación,precalificación y asistenciatécnica son: Vinculación conel contexto socio-productivo,Orientación profesional, For-mación: procesos de ense-ñanza y aprendizaje y Evalua-ción y seguimiento (de losegresados, inserción laboral,de la gestión institucional).En este marco, se cree con-veniente articular con estainiciativa del MTEySS de laNación, con el fin de evitarsuperposiciones y optimizarrecursos nacionales, provin-ciales y los provistos por fi-nanciamiento externo__________

4.3 Las instituciones convoca-das a presentar anteceden-tes para la incorporación alRegistro son:–Instituciones públicas o pri-vadas inscritas por la DGEo reconocidas por el Minis-terio de Educación, Cienciay Tecnología de la Nación opor el Ministerio de Trabajo,Empleo y Seguridad Socialde la Nación y que impartanmodalidades de formacióntécnica (capacitación labo-ral, oficio, técnico de nivelmedio y técnico de nivel su-perior).

–Organizaciones vinculadasal mundo laboral o produc-tivo, (ONGs, Cámaras, Gre-mios, empresas, asocia-ciones, fundaciones, socie-dades civiles y comercialesy otras instituciones) perti-nentes a las convocatoriasque hará el Subprograma ycon trayectorias en capaci-tación laboral y/o asociadascon otras instituciones que

la posean.4.4 Las instituciones deben

cumplir con los siguientesrequisitos para su incorpo-ración al Registro:–Acreditar su constitución for-mal y no tener impedimen-tos, apercibimientos, suma-rios, demandas u otros an-tecedentes que impidan supresentación en convocato-rias/licitaciones u otros pro-cesos de selección de pro-veedores con financiamien-to estatal o con financia-miento del BID.

–Disponer de sede propia,arrendada, en comodato ocompartida, ubicada en laregión a la cual postulará,indicando la capacidad po-tencial y los horarios de li-bre disposición para laprestación de los servicios.El edificio deberá contar conla habilitación correspon-diente.

–Disponer de planta de do-centes e instructores conexperiencia en formacióntécnica y laboral en el/lossector/es en que desarrolla-rán la formación.

–Poseer infraestructura yequipamiento didácticoapropiado para el desarro-llo de los servicios de for-mación práctica y/o contarcon acuerdos con otras ins-tituciones para que los be-neficiarios desarrollen es-quemas de formación dual,práctica laboral o comple-menten la formación teóri-ca y evaluación de sus ca-pacidades, según el esque-ma de competencias.

Los procedimientos para elRegistro de oferentes de For-mación Técnico-Profesional,serán los siguientes:

4.5 Convocatoria pública y retirode instructivo: La UFI publi-cará en periódicos de circu-lación provincial y uno de cir-culación nacional, el llama-do a convocatoria de institu-ciones, para la creación deun Registro de oferentes deservicios de FTP. Las institu-ciones interesadas deberánretirar los documentos de laconvocatoria en el lugar es-tablecido en la publicaciónde la misma. La UFI deberámantener una nómina de lasinstituciones que retiraron ladocumentación como unaforma de poder planificar lassiguientes instancias.

4.6 Período de consultas. Se es-tablecerá un plazo de consul-tas, en el que las institucio-

nes que retiraron los docu-mentos de la convocatoriapodrán plantear sus consul-tas a la UFI, siguiendo losprocedimientos estableci-dos en el instructivo de pos-tulación al Registro. La UTEpodrá organizar en este pe-ríodo, talleres presencialesde carácter informativo yorientador, a los que invitaráa todas las instituciones queretiraron los antecedentespara postular.

4.7 Presentación de anteceden-tes. Las instituciones querespondan a la convocatoria,deberán completar el formu-lario de inscripción en todossus puntos y proporcionartoda la documentación derespaldo exigida en el mis-mo. Los formularios comple-tos y la documentación com-plementaria se entregaránsegún instrucciones, plazosy formas de presentaciónmencionadas en los instruc-tivos de la convocatoria.

4.8 Verificación de antecedentes.Una Comisión integrada porrepresentantes de la UTE yde la UFI, verificará que lasinstituciones presenten losantecedentes establecidosen el instructivo de la convo-catoria, dentro de los 15 díascorridos de ingresada la so-licitud.

4.9 Constatación aleatoria de in-formación entregada. Toda lainformación, antecedentes ydatos que se entreguen enel Formulario de Inscripción,revestirá carácter de decla-ración jurada y estará dispo-nible para su verificación porparte de la UFI y UTE.

4.10 Inscripción en el Registro.Las instituciones cuyos an-tecedentes sean verificadospositivamente, pasarán a in-tegrar el Registro de institu-ciones proveedoras de ser-vicios de FTP.

4.11 Comunicación de Registro.El resultado de la verificaciónde antecedentes será infor-mado por escrito a cada unade las instituciones por par-te de la UFI. El Subprogramamantendrá el listado actuali-zado de las instituciones re-gistradas en su página Web.

4.12 Capacitación a las institucio-nes: Las instituciones incor-poradas al Registro deberánasistir a las actividades decapacitación que fijará laUTE. Ello será requisito parala presentación de propues-tas de servicios de FTP.

4.13 Carácter abierto del Regis-

tro. La UFI recibirá de mane-ra permanente las solicitu-des de las instituciones parainscribirse en el Registro, lasprocesará, verificará, decidi-rá e informará su inscripción,previa condición de cumpli-miento de los requisitos es-tablecidos.

B. Concurso de propuestasde servicios de FTP

4.14 La selección de propuestasde servicios de NEB se reali-zará mediante concurso pú-blico. Para cada concurso seelaborará un documentoconteniendo instrucciones,condiciones, especificacio-nes y formularios (en adelan-te las Bases) necesariospara la elaboración de la pro-puesta.

4.15 Serán parte de los documen-tos del Concurso:–El documento de Basesgenerales y particulares delConcurso.

–Los Formularios de presen-tación de las propuestas.

–Las Unidades de Compe-tencias asociadas a los cur-sos correspondientes.

–Los perfiles de egreso quese espera de los beneficia-rios.

–El formato con la estructurade, diseño de cada módulode formación.

–El Reglamento de evalua-ción y certificación de loscursos.

–Los formatos de instrumen-tos de evaluación.

4.16 Requisitos técnicos de laspropuestas. Las propuestastécnicas que presenten lasinstituciones deberá incluir:–Una descripción detalladade las capacidades que seespera logren los beneficia-rios.

–La concepción de enseñan-za y de aprendizaje con quese abordará el curso.

–Las estrategias metodoló-gicas que se utilizarán.

–La modalidad y herramien-tas de evaluación que seutilizarán.

–Desarrollo de un módulocompleto de formación enel marco de las unidades decompetencias definidas.

–Una descripción de las ca-pacidades institucionalespara abordar exitosamentela propuesta, que incluya:los antecedentes del equi-po docente y otros de apo-yo, la infraestructura y equi-pamiento para ofrecer losservicios, los convenios conotras instituciones para

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apoyar la formación y eva-luación de los estudiantes,el mínimo y máximo de be-neficiarios que están encondiciones de atender, lamanera cómo abordará losservicios de orientación la-boral y el plan para motivary retener a los beneficiarios.

A continuación se presentanlos procedimientos a seguirpara la selección y contrata-ción de los cursos de FTP:

4.17 Convocatoria. La UFI publi-cará en periódicos de circu-lación provincial y uno de cir-culación nacional, el llama-do a convocatoria de institu-ciones para presentar pro-puestas de servicios de FTP.Esta convocatoria establece-rá que podrán presentar pro-puestas las institucionesque hayan participado en lasactividades de capacitación.Señalará además los luga-res, horarios y plazos en losque se podrán retirar las Ba-ses y las fechas, horarios ylugares de presentación delas propuestas.

4.18 Retiro de Bases. Las institu-ciones interesadas en parti-cipar, deberán retirar los do-cumentos de la convocatoriasiguiendo las instruccionesestablecidas. La UFI deberámantener una nómina de lasinstituciones que retiraron lasBases como una forma depoder planificar las siguien-tes instancias.

4.19 Período de consultas. Se es-tablecerá un plazo en el quelas instituciones que retira-ron las Bases podrán plan-tearlas a la UFI, siguiendo losprocedimientos estableci-dos en las mismas. La UFIresponderá la totalidad delas consultas y las pondrá adisposición de todas las ins-tituciones que retiraron Ba-ses.

4.20 Presentación de propuestas.Las instituciones que res-pondan a la convocatoria,deberán completar el Formu-lario de Presentación de Pro-puestas en todos sus pun-tos y proporcionarán toda ladocumentación de respaldoexigida en el mismo y en lasBases. Los Formularioscompletos y la documenta-ción anexa se deberá entre-gar según instrucciones, pla-zos y formas de presentaciónmencionadas en las Bases,en sobres cerrados. Toda lainformación, antecedentes ydatos que se entreguen enla presentación de las pro-

puestas revestirán el carác-ter de declaración jurada yestará disponible para su ve-rificación por parte de la UFI.

4.21 Apertura de propuestas. Laapertura de las propuestasse realizará en la fecha, horay lugar establecido en lasBases y en un acto público.La UFI verificará que las pro-puestas estén elaboradas enlos formularios correspon-dientes y que incluyan la do-cumentación requerida. Selabrará un acta de apertura.

4.22 Evaluación de las propues-tas. La evaluación de las pro-puestas estará a cargo deuna Comisión de Evaluaciónintegrada por el Gerente y unprofesional de la UTE, un pro-fesional de la DGE, técnicosespecialistas en el rubro dela propuesta, y representan-tes de la UFI. La Comisiónevaluará cada propuesta so-bre la base de una grilla deevaluación, que tomará encuenta y ponderará, en unaescala cuantitativa, las carac-terísticas y dimensiones ins-titucionales y curricularesestipuladas anteriormente.La grilla de evaluación parala calificación se encuentraen el Anexo 3.

4.23 En caso de ser necesario, laComisión podrá solicitaraclaraciones de las ofertas,fijando el plazo para recibir-las, pedir la opinión de ex-pertos o verificar en terrenouno o más aspectos de lapropuesta. La Comisión or-denará las propuestas de lasinstituciones por estricto or-den de puntaje, el que resul-tará de la aplicación de lagrilla de evaluación y sólopodrán ser potencialesadjudicatarias aquellas ins-tituciones cuyas propuestasalcancen una calificación fi-nal igual o superior al 60%.

4.24 Asignación de cupos de be-neficiarios a las instituciones.La distribución de cupos debeneficiarios se asignará si-guiendo el orden de las cali-ficaciones de las propuestasde las instituciones declara-das elegibles por la Comi-sión de Evaluación, de ma-yor a menor, hasta comple-tar los cupos disponibles.Para ello considerará el ran-go de mínimos y máximos debeneficiarios definidos pre-viamente por cada institución.

4.25 Inscripción de beneficiarios.La UFI comunicará formal-mente a las instituciones loscupos de beneficiarios asig-

nados. Sobre esa base, lasinstituciones procederán a lainscripción de los beneficia-rios que cumplan con los re-quisitos en un formulario pre-parado por la UFI y harán lle-gar a ésta dicho formulario ylos antecedentes de cadaestudiante en un plazo deter-minado. Una vez inscriptoslos beneficiarios, la institu-ción lo comunicará median-te una nota a la UFI, acom-pañando una lista de los be-neficiarios y sus datos per-sonales. La UFI verificará quelos antecedentes de los be-neficiarios se ajusten a losrequerimientos e informaráa la institución la lista de be-neficiarios aceptados, en unplazo no mayor a 10 días co-rridos.

4.26 Una vez autorizados los be-neficiarios y adjudicado elcurso por parte de la UTE, lainstitución prestadora de losservicios deberá presentaruna copia legalizada de lapóliza de seguro de respon-sabilidad civil correspon-diente.

4.27 Contrato de Adjudicación.Una vez autorizados los cu-pos de beneficiarios, pre-sentada la póliza de seguroy acreditados los demás re-quisitos establecidos por ley,se procederá a la firma delconvenio entre la UFI y la ins-titución adjudica.

4.28 Posteriormente a la firma delconvenio, la DGE emitirá unaresolución aprobando demanera oficial el curso adju-dicado, dentro del marco delSubprograma.

4.29 Las instituciones no podránreemplazar a los beneficia-rios una vez completado el30% de la carga horaria totaldel curso, y sólo podrán ha-cerlo en el caso que algunode los autorizados debaabandonar la actividad. Lasinstituciones estarán obliga-das a presentar los antece-dentes de los nuevos alum-nos a la UTE, la que comuni-cará dentro de los 10 días, laautorización correspondien-te.

C. Pago de los servicios de FTP4.30 Los recursos que se asigna-

rán en el contrato, se defini-rán sobre la base del cupode beneficiarios adjudicadoa la institución prestadora delos servicios. La modalidadde pago será por resultado.

4.31 Cronograma de pagos. Lospagos se calcularán sobre labase de la cantidad de be-

neficiarios que efectivamen-te asisten a la institución encada momento.–15% una vez que la UFI

haya aprobado la lista debeneficiarios en forma de-finitiva y se haya firmado elcontrato.

–15% una vez que la UFIhaya aprobado la Planifica-ción de todos los módulosdel curso presentada porcada institución.

–20% una vez presentadauna Propuesta de ajustesa los servicios, sobre labase del análisis de los re-sultados de una evaluaciónformativa, una vez que lainstitución ha completadoel 30% de la carga horariatotal del curso.

–El 50% restante lo recibiráuna vez que los beneficia-rios hayan aprobado el cur-so.

D. Supervisión y control4.32 La UTE, en conjunto con la

Dirección de Educación Téc-nica y Trabajo de la DGE, ten-drá la responsabilidad desupervisar el cumplimientode los convenios suscriptoscon las institucionesprestadoras de servicios.Las Bases de cada convo-catoria incluirán una descrip-ción de las acciones de su-pervisión y control y las san-ciones correspondientes encaso de incumplimiento porparte de las institucionesprestadoras de los servicios.Para ello las Bases definiránel porcentaje de institucionesque serán visitadas, los cri-terios y los instrumentos quese utilizarán y otros mecanis-mos de supervisión.

4.33 La UTE mantendrá en el Re-gistro de Instituciones, infor-mación sobre el desempe-ño de cada una y una sínte-sis de los resultados de lasupervisión al cierre de cadacontrato. Esta informaciónserá un antecedente a con-siderar en la evaluación delas presentaciones quehaga la institución en otrasconvocatorias.

E. Evaluación y certificaciónde la Formación Técnica

4.34 La DGE reglamen-tará mediante Resolución,los requisitos para la eva-luación y certificación de loscursos de FTP, de acuerdocon las siguientes modali-dades.

–Aquellos beneficiarios quecuenten con experiencia la-boral superior a 6 meses

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en el oficio en el que seestán formando, deberánpresentar un Informe deCompetencias Laboralesfirmado por su empleador.El formato del informe seráelaborado por la UTE. Enesos casos, los beneficia-rios deberán aprobar los re-querimientos establecidospor la institución que pres-ta el servicio de formación,debidamente certificado enun Informe cuyo formatoserá elaborado también porla UTE. Ambos documen-tos serán entregados por lainstitución formadora a laUTE y serán la base del úl-timo pago a la institución.Los aspectos específicosde esta modalidad, seránparte del Reglamento deEvaluación y certificación decursos que aprobará laDGE.

–En el caso de beneficiariosque alternan la formaciónen la institución, con la for-mación en la empresa, através de una modalidaddual, o que desarrollan unperíodo de práctica laboralen la empresa, la aproba-ción de la actividad de for-

V. - EJECUCION DE LASACCIONES DE

FORTALECIMIENTODEL SISTEMA

DE FORMACION BASICAY TECNICO-PROFESIONAL

DE LA PROVINCIA5.1 La ejecución de las acciones

de fortalecimiento del siste-ma de formación básica y téc-nico-profesional será res-ponsabilidad de la UTE, conparticipación de las depen-dencias correspondientes dela DGE. La UTE podrá con-tratar asistencia técnica oconsultorías específicas alos fines particulares delSubprograma.

A. Asistencia técnica para laidentificación de competenciasbásicas

mación técnica estará su-jeta a un informe aprobato-rio de la empresa y de lainstitución formadora. Losformatos de los informesserán realizados por laUTE y seguirán el esque-ma de competencias. LaDGE definirá los requisitosy condiciones que deberáncumplir las modalidadesde formación dual y de prác-tica laboral en la empresa.

–En el caso de institucionesque incluyan la formaciónpráctica con equipamientopropio, la aprobación esta-rá sujeta a un informe apro-batorio de la institución deformación y otro realizadopor un especialista queaplicará un instrumento deevaluación que califique eldesempeño funcional delestudiante. Ambos instru-mentos serán elaboradospor la UTE.

4.35 Con los antecedentes an-teriores la DGE abrirá un le-gajo por estudiante y ela-borará los certificados co-rrespondientes. De igualforma, mantendrá un Re-gistro de los certificadosentregados.

1º Concurso de Propuestas Febrero 2006 $ 303.0002º Concurso de Propuestas Agosto 2006 $ 818.0003º Concurso de Propuestas Febrero 2007 $ 818.0004º Concurso de Propuestas Agosto 2007 $ 818.0005º Concurso de Propuestas Febrero 2008 $ 818.0006º Concurso de Propuestas Agosto 2008 $ 818.0007º Concurso de Propuestas Febrero 2009 $ 303.000

F. Cronograma de convocatorias para presentar propuestas de FTP

Servicios NEB Fecha de las Monto total de losConvocatorias contratos (US$)

1 Adaptación del Currículo deEducación de Adultos

5.2 La tarea de revisar y adaptarel currículo de educación deadultos -Tercer Ciclo EGB-para la modalidad flexible denivelación de estudios, tienecomo propósito principalidentificación de las compe-tencias que los beneficiariosdeben aprender en las áreasde Lengua, Matemática,Ciencias Sociales y CienciasNaturales; Esto implicará ladefinición de expectativas delogro, contenidos básicos ycriterios de evaluación encada área.

5.3 La UTE contratará los servi-cios de profesionales con ex-periencia que propondrán ala DGE -Dirección de Jóve-

nes y Adultos y Comisión Cu-rricular- las adaptacionescurriculares necesarias, in-cluyendo para cada área deaprendizaje la estructura demódulos.

5.4 La UTE dirigirá el desarrollode los módulos y sus corres-pondientes materiales deaprendizaje. Los módulosdeberán respetar los mismoslineamientos pedagógicos yseguir un mismo criterio deorganización. La confecciónde materiales de aprendizajedeberá responder a la moda-lidad de cursado semi-pre-sencial y a los intereses y ne-cesidades de jóvenes y adul-tos, teniendo en cuenta crite-rios que faciliten elautoaprendizaje. Se elabora-rá un manual con sugeren-cias metodológicas a los do-centes que deban mediar losmateriales de aprendizaje.

5.5 Los módulos contemplaránlas competencias transver-sales que se desarrollarándurante todo el proceso for-mativo. Para ello se emplea-rán estrategias pedagógicasque permitan incluir e inte-grar en el Currículo los com-ponentes de fortalecimientode la Empleabilidad, la Ciu-dadanía, la equidad de Gé-nero y la concientización So-cio-Ambiental.

15.6 La DGE aprobará, medianteResolución, las adecuacionescurriculares, incluyendo unaestructura de equivalencia dela modalidad flexible con elsistema del Tercer ciclo deEGB vigente. Esta Resoluciónes una de las condiciones deefectividad del Componente 1del Subprograma.2 Marco regulatorio de lamodalidad flexible denivelación de estudios

5.7 La DGE, mediante Resolu-ción, establecerá las normasque regularán la modalidadflexible de nivelación de es-tudios del Tercer Ciclo EGB.Esta Resolución, condiciónde efectividad del Compo-nente 1 del Subprograma,deberá establecer:–Los requisitos de las insti-

tuciones que pueden im-partir el servicio.

–Los mecanismos y procedi-mientos para el estableci-miento de un Registro deinstituciones interesadas enprestar el servicio educativo.

–Los requisitos de las per-sonas que pueden accedera los servicios de nivelaciónde estudios.

–El sistema de evaluaciónde la modalidad, que inclui-rá los procedimientos quese utilizarán para el diag-nóstico y la examinación delos beneficiarios.

–Los casos en los que es apli-cable el examen diagnósti-co a los beneficiarios.

–Las características del ser-vicio educativo.

–Los componentes de laspropuestas que se evalua-rán.

–Las formas de pago y losmecanismos de supervi-sión y control.

3 Marco regulatorio deevaluación y certificaciónde estudios de Tercer Ciclode la EGB.

5.8 La DGE mediante Resolu-ción, fijará las normas queregirán para el sistema deevaluación y certificación deestudios de Tercer Ciclo EGBpara la modalidad flexible. LaResolución establecerá:–Los requisitos para ser se-

leccionada como escuelaevaluadora y certificadorade la modalidad flexible porla DGE

–Los mecanismos y proce-dimientos para la selecciónde escuelas que prestaránlos servicios de evaluacióny certificación de estudios.

–Las obligaciones a las quedeberá comprometerse laescuela una vez seleccio-nada como entidadevaluadora.

–Los casos en los que pro-cede el examen diagnósti-co y consecuencias de susresultados.

–Las características del exa-men final como instanciade acreditación del nivel delogro de los aprendizajescorrespondientes a cadaárea.

–Los criterios de aprobaciónpor área, curso y ciclo.

–El número de exámenes fi-nales a los que tiene dere-cho cada beneficiario.

–Los criterios acerca del des-tino de los alumnos que re-prueben.

–Los procedimientos para laconfección de actas y certi-ficados de estudio.

–Los procedimientos de apli-cación y revisión de los exá-menes.

–La obligación de definir uncalendario de exámenes dediagnóstico y finales anua-les.

–La incompatibilidad de es-cuela y docentes con la

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prestación de servicioseducativos en la modalidadflexible.

–Los procedimientos de co-municación de los resulta-dos de la examinación.

–El valor del servicio por be-neficiario.

4 Capacitación a lasinstituciones proveedorasy evaluadoras de serviciosNEB

5.9 La UTE organizará activida-des de capacitación a docen-tes y directivos de las institu-ciones destinadas a transmi-tir los objetivos del Subpro-grama y su carácter innova-dor. La capacitación estará re-ferida a la adaptación curricu-lar, la modularización, las ca-racterísticas del concurso depropuestas, las característi-cas de la modalidad flexiblede nivelación de estudios, elsistema de evaluación y cer-tificación de estudios y la re-gulación de estos procesos.

5.10 La capacitación incluirá as-pectos teóricos y prácticos re-lacionados con el abordajede los procesos de enseñan-za y aprendizaje. También sedefinirán estrategias de me-diación incluyendo las rela-cionadas con los materialesde aprendizaje.5 Diseño y aplicación de exá-menes

5.11 La UTE contratará la elabo-ración de instrumentos deexaminación diagnóstica y fi-nal que se aplicarán a los be-neficiarios. Para cada cursode NEB se elaborarán exá-menes por área, y en el casode las examinaciones fina-les se prepararán uno paracada oportunidad de exa-men. Los instrumentos de-berán ser consistentes conel marco curricular adaptadoy serán aprobados por laDGE.

5.12 La UTE desarrollará proce-sos de validación de losítems de las pruebasdiagnósticas y finales, con elpropósito de ir conformandoun banco de ítems para me-jorar los instrumentos.

5.13 La UTE establecerá el calen-dario anual de evaluacionesy los procedimientos admi-nistrativos de copia, distribu-ción y aplicación de las prue-bas por parte de las entida-des evaluadoras y certifica-doras.

B. Asistencia técnica para el esta-blecimiento del marco de com-petencias para la formacióntécnico-profesional

5.14 Para la ejecución de esta lí-nea de acción, se desarro-llarán las siguientes activida-des principales:–Identificación de perfiles

ocupacionales y de egresosobre la base del esquemade competencias laborales.

–Capacitación a las institucio-nes proveedoras de los ser-vicios de formación técnica.

–Diseño de procedimientose instrumentos de evalua-ción.

1 Identificación de perfilesocupacionales y de egreso

5.15 La UTE en acuerdo con la Di-rección del Programa elabo-rará una estrategia depriorización de los sectoresproductivos en los que seofrecerá formación técnico-profesional. Ello se hará so-bre la base de los sectoresproductivos seleccionadospor el Programa y conside-rará el estado de situaciónde cada sector en relacióncon el desarrollo de foros yestudios específicos, y su di-námica y requerimientos decapacitación.

5.16 La UTE establecerá conve-nios con instituciones espe-cializadas y vinculadas conlos temas y organizacionesproductivas, a efectos decontar con los estudios sec-toriales, la identificación decompetencias y la identifica-ción de perfiles ocupaciona-les, considerando para ellolas distintas situaciones deavance de los sectores. Alrespecto, y en lo que sea po-sible, se privilegiará dar con-tinuidad al trabajo y a las ca-pacidades ya instaladas delInstituto de Desarrollo Indus-trial y de Servicios (IDITS), yal Instituto de Desarrollo Ru-ral (IDR) de la Provincia deMendoza.

5.17 Cualquiera sea la institucióncon la que se firmen conve-nios, la UTE se aseguraráque la identificación de com-petencias y de perfiles ocu-pacionales implique:–La participación de las or-

ganizaciones productivas yde trabajo del sector.

–Una metodología consis-tente de identificación decompetencias que incluyalos conocimientos, habili-dades, destrezas y actitu-des que el trabajador movi-liza para desempeñar demanera efectiva una fun-ción laboral, y que contribu-ya a la formación basada encompetencias.

–El análisis de las funcionesproductivas de un área, em-presa u organización, orde-nadas en propósitos prin-cipales y funciones consti-tutivas o claves,subfunciones y elementos,criterios de desempeño,contextos de competencia,así como los conocimien-tos principales requeridos,las conductas y actitudes yel tiempo de vigencia esti-mado de la definición dedichas competencias.

5.18 La UTE definirá los perfilesde egreso, con la asistenciatécnica de consultores espe-cialistas, sobre la base de losperfiles ocupacionales. Es-tos perfiles de egreso inclui-rán, en cada caso, el conjun-to de capacidades que losegresados deben poseer alconcluir el plan de formación,así como las competenciastransversales vinculadas alfortalecimiento de laEmpleabilidad, la Ciudada-nía, la equidad de Género yla concientización Socio-Am-biental.

5.19 La UTE elaborará documen-tos guía para la elaboraciónde módulos de formación;para asistir a las institucio-nes que prestarán los servi-cios de FTP. Estos ofreceránorientaciones y ejemplospara el desarrollo de módu-los bajo el enfoque de com-petencias. Se plantearán for-mas de abordaje de losaprendizajes esperadosasociados a los conocimien-tos, habilidades, destrezas yactitudes; estrategiasformativas, incluyendo méto-dos vinculados al saber, alsaber hacer y al saber ser.También se incluirán los cri-terios de evaluación que res-pondan a la formación basa-da en competencias.

5.20 Los perfiles de egreso y losdocumentos guía para la ela-boración de módulos seránincluidos en las Bases delConcurso de Propuestas y suconsideración será impera-tiva para las instituciones queofrezcan los servicios de for-mación técnica. De igual for-ma serán materiales que seutilizarán en las acciones decapacitación a los potencia-les oferentes.2 Capacitación a lasinstituciones que ofreceránlos servicios de formacióntécnica

5.21 La UTE organizará actividadesa docentes y directivos ten-

dientes a informar sobre laejecución del Subprograma ya capacitar respecto al diseñoy desarrollo de la formaciónbasada en competencias: su-gerencias metodológicas entorno a la elaboración de mó-dulos, sistemas de evaluacióny certificación, aspectos admi-nistrativos y de supervisión delos cursos, forma de pago delos servicios.3 Diseño de procedimientose instrumentos de evaluación

5.22 La UTE, sobre la base de losperfiles de egreso de las ocu-paciones licitadas, elaborarálos siguientes instrumentosde evaluación de los benefi-ciarios: i) informe de desem-peño laboral de los beneficia-rios con experiencia laboralprevia pertinente; ii) Registroe informe final de desempe-ño de los beneficiarios enmodalidad de formacióndual; iii) Registro e informe fi-nal de desempeño de bene-ficiarios en modalidad depráctica laboral; iv) Registro einforme final de desempeñode beneficiarios en las insti-tuciones formadoras. La UTEelaborará un documento dedifusión destinado a diversosusuarios en el que se deta-llará el sentido, los instrumen-tos y los procedimientos deevaluación y el marco norma-tivo que rige el sistema.

5.24 De igual forma, mantendráun registro de beneficiariosevaluados que incluirá losinstrumentos aplicados y susresultados. Este registro,además, será la base delpago de los servicios de for-mación técnico-profesional.

C. Acciones de promocióny comunicación social

5.25 Como servicios de apoyo a lagestión del Subprograma seincluirá en la página web in-formación asociada a los ser-vicios de NEB y FTP, como porejemplo: información sobreentidades ejecutoras, regis-tro de beneficiarios, bases deconcursos, formularios depresentación de propuestas,módulos para educación deadultos, estudios de sectoresproductivos, competenciasidentificadas, perfiles ocupa-cionales y de egreso, docu-mentos de consulta sobrecompetencias laborales, etc.

5.26 La estrategia de difusión ypromoción del Subprogra-ma, formará parte la estrate-gia de comunicación del Pro-grama y privilegiará tresáreas complementarias

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 30 de agosto de 20056962

constituidas a partir de losobjetivos del Subprograma yde un concepto central de co-municaciones. Estas serán:a) Comunicación interna: dise-

ñar acciones que contribu-yan a la articulación de lasacciones y a fortalecer laidentidad de las reparticio-nes públicas involucradas,especialmente de la DGE.Se promoverán acciones decomunicación que permitana los diversos actores, com-partir los conocimientos re-levantes para el cumpli-miento de los objetivos es-tratégicos del Subprograma.

b) Relaciones institucionalesy comunicación externa: setrata de generar un conjun-to de actividades que per-mitan la difusión y apropia-ción de la estrategia y con-tenidos del Subprogramaentre actores socios exter-nos (instituciones de for-mación y empresas), líde-res de opinión, beneficia-rios y público en general.

c) Marketing: diseñar y planificaracciones de publicidad y es-trategia de promoción y sen-sibilización de los productos

del Subprograma, entre losproveedores, los beneficia-rios y público en general.

5.27 Constituyen el público internolas autoridades políticas delGobierno de la Provincia, es-pecialmente de Educación,Hacienda, Economía y Traba-jo; de igual forma los técnicosy profesionales de la DirecciónGeneral de Escuelas, espe-cialmente de las Direccionesde Jóvenes y Adultos, de For-mación Técnica y Trabajo y deTransformación Educativa

5.28 Constituyen el público externolos líderes de opinión vincula-dos a los segmentos políticosy sociales, las asociacionesproductivas que agrupan agrandes, medianos y pequeñosempresarios, los representan-tes del mundo académico y dela formación, las institucionesejecutoras de los servicios, losusuarios finales de los servi-cios y el público general.

5.29 A nivel interno se llevarán acabo jornadas de difusión ydiscusión del Subprogramay de información de sus es-tados de avance. Para el pú-blico externo, se desarrolla-rán jornadas y talleres de

sensibilización, se participa-rá de eventos organizadospor instituciones como elIDITS y el IDR cuya temáticase relacione con capital hu-mano y desarrollo producti-vo, presentación de informesde avance y de resultadosdel Subprograma, ceremo-nias de lanzamiento del añoescolar de Adultos y de For-mación Técnica, un boletínvirtual de avance del Subpro-grama, de resultado; delSubprograma, entrevistascon líderes de opinión.

5.30 Las actividades de Marketingincluirán la producción de fo-lletos y afiches, campañas enmedios (radiales, gráficos) deinvitación a los beneficiarios,elementos de promoción(certificados, lápices, etc.).

D. Evaluación de impacto y estu-dios para la consolidación delsistema

5.31 Los informes y evaluacionesde seguimiento de las accio-nes de NEB y FTP estaránorientados a obtener infor-mación consistente que per-mita ir ajustando continua-mente el Subprograma du-rante su ejecución y que sir-

va de base para tomar las de-cisiones sobre la inclusióndel Subprograma en la se-gunda etapa de la ejecución.

5.32 La evaluación de impactoconsiderará por lo menos dosconvocatorias (tanto en NEBcomo en FTP) de todas lasconsideradas en elSubprograma, y medirá im-pactos a los 6, 12 y 18 mesesde finalizados los cursos res-pectivos, con el fin de medirla duración de los impactosen el tiempo. Entre los aspec-tos cuyos impacto serán eva-luados están: (i) tasa de em-pleo; (ii) horas trabajadas; (iii)ingresos laborales; (iv) tiem-po promedio para conseguirempleo; (v) segregación ocu-pacional por género; (v) cali-dad de los empleos; y (vi) per-cepción de los empleadoressobre los egresados delSubprograma. La primeramedición se realizará sobrelos beneficiarios de la prime-ra convocatoria del Subpro-grama. Para la evaluación deimpacto se contratará unaentidad académica o de in-vestigación especializada eneste tipo de evaluaciones.

E. Cronograma

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 30 de agosto de 2005 6963

VI. ADQUISICIÓN DE BIENES YCONTRATACIÓN DE SERVICIOS6.1 La adquisición de bienes y

servicios relacionados conlos recursos del Subprogra-ma, seguirá las normas ge-nerales acordadas para todoel Programa, las cuales de-ben ser consistentes con losprincipios generales estable-cidos en las Políticas para laAdquisición de Obras y Bie-nes Financiados por el BIDde enero de 2005 (GN-2349-4). La selección y contrata-ción de los servicios de con-sultoría del Subprograma,seguirá las normas genera-les acordadas para todo elPrograma y se realizarán deacuerdo con los principiosgenerales establecidos enlas Políticas para la Selec-ción y Contratación de Con-sultores Financiados por elBID de enero de 2005 (GN-2350-4).

6.2 La adquisición de obras cuyocosto estimado sea igual omayor a US$ 5 millones y bie-nes y servicios conexos cuyocosto estimado sea igual omayor a US$ 500 mil se rea-lizará mediante licitación pú-blica internacional. La adqui-sición de obras cuyo costoestimado sea igual o mayora US$ 350 mil y menor a US$5 millones se realizará porlicitación pública nacional.Por debajo de US$ 350 milpodrá realizarse por compa-ración de precios. La adqui-sición de bienes cuyo costoestimado sea igual o mayora US$ 100 mil y menor a US$500 mil se realizará por lici-tación pública nacional y pordebajo de US$ 100.000 po-drá realizarse por compara-ción de precios. La contrata-ción y selección de serviciosde consultoría cuyo costoestimado sea igual o mayora US$ 500 mil serán anun-ciadas internacionalmente.Las listas cortas de consul-tores para trabajos cuyo costoestimado sea por debajo deUS$ 500 mil podrán estarcompuestas enteramente deconsultores nacionales.

6.3 La ejecución del Componen-te 1 se realizará mediante lacontratación de entidadesproveedoras de servicios deFTP y NEB. Dado el montode los contratos con los pro-veedores se seguirán lasnormas locales de contrata-ción, siempre y cuando nosean contrarias a las normasdel BID.

6.4 La selección y contrataciónde cada una de las entida-des proveedoras de servi-cios de FTP y NEB del Com-ponente 1 del Subprogramase realizará por medio deconcursos públicos de pro-puestas de cursos o progra-mas, a realizarse en formasemestral o anual. Dichosconcursos estarán destina-dos a todas las institucionesque expresen interés, tenganlas calificaciones apropia-das y hayan asistido a las ac-tividades de capacitación es-tablecidas por la UTE. Sepublicará un aviso específi-co de adquisiciones en dia-rios de circulación provincialy un diario de amplia circula-ción nacional, invitando a pre-sentar expresiones de inte-rés para cada convocatoria.

6.5 Selección de cursos. La se-lección de los cursos se de-sarrollará mediante un proce-so de conformidad con laspolíticas de consultoras delBID (GN-2350-4) y según losmontos a contratar. Se reali-zará una evaluación técnica delcurso, en que se calificaránmetodologías, equipos do-centes y pertinencia del mis-mo. En casos especiales, ta-les como ausencia de provee-doras adecuadas de serviciosde FTP o de NEB, elSubprograma podrá celebrarconvenios con institucionespúblicas o contratar los servi-cios con entidades mixtas (pú-blico-privadas) con experien-cia comprobada en dichas ac-tividades, previa justificaciónde los casos ante la Repre-sentación del BID en el país.

VII. ANEXOSAnexo 1 - Perfiles de cargo

de la UTEGerente de la UTE

Definición del cargoEs el responsable de dirigir la

ejecución del Subprograma de For-mación Técnico-Profesional. El Co-mité de Dirección nombrará al Ge-rente y evaluará su desempeño. Ladesignación del cargo se hará pre-via evaluación de la terna propues-ta y el inicio de las funciones reque-rirá la no objeción del BID.

En el ejercicio de sus funcio-nes el Gerente del Subprogramadeberá relacionarse con el Direc-tor General de Escuelas y las dis-tintas Direcciones de Línea de laDGE, con otros organismos guber-namentales, en particular la Uni-dad de Financiamiento Internacio-nal, entidades del mundo produc-tivo (empresas, cámaras, organi-zaciones gremiales) y con entida-

des de formación públicas y priva-das que ofrecen distintos nivelesde formación técnica y de educa-ción de adultos.Perfil de capacidades–Conocimientos

Grado universitario de formaciónen el área de las ciencias socia-les, económicas o educación.Conocimiento de los temas dedesarrollo productivo, educacióntécnica y educación de jóvenes yadultos.

–Habilidades: Se requiere expe-riencia y conocimiento en:Diseño y ejecución de progra-mas de fomento productivo, so-ciales o educativos. Dirección deequipos multidisciplinarios.Establecer vínculos y acuerdoscon actores de los sectores pro-ductivos, de la formación técnicay organizaciones sociales.Establecer acuerdos y relacionar-se con autoridades políticas dela Provincia.Comunicación oral y escrita.

–DisposicionesCompromiso con la promocióny el desarrollo de las personas,especialmente de los sectoresmás pobres.Dedicación exclusiva a las tareaspropias del cargo.Compromiso con el desarrolloproductivo y la formación del ca-pital humano de la provincia.

FuncionesLas funciones y responsabili-

dades específicas del Gerenteson las siguientes:–Planificar, dirigir y coordinar las

actividades requeridas para laejecución del Subprograma.

–Coordinar la preparación y pre-sentar al Comité de Dirección yal Director Ejecutivo del Progra-ma, el Plan Operativo Anual y elpresupuesto anual del Subpro-grama.

–Emitir opinión técnica respecto alseguimiento y monitoreo delSubprograma, planteando lasrecomendaciones que estimeconvenientes para implementarlas correcciones necesarias.

–Elaborar informes trimestrales deavance y evaluación para presen-tar al Comité de Dirección y al Di-rector Ejecutivo del Programa.

–Solicitar la contratación de Con-sultores para formar parte de laUTE de acuerdo a las necesida-des del Subprograma.

–Coordinar la preparación y apro-bar los términos de referencia ylas condiciones particulares y/otécnicas para las adquisicionesy contrataciones requeridas porel Subprograma.

–Aprobar los informes y produc-tos generados por los consulto-res.

–Realizar evaluaciones de des-empeño de los Consultores yotros miembros de la UTE.

–Designar a los representantesde la UTE que participarán en lascomisiones evaluadoras de pro-yectos e instituciones.

–Evaluar en modo conjunto con elequipo técnico la actuación de lasinstituciones y en caso de sernecesario proponer sanciones aUFI y DGE.

–Visar, en señal de conformidad,todos los documentos soportede pago que se generen comoconsecuencia de la gestión delSubprograma.

–Asegurar el registro y documen-tación de los acuerdos del Co-mité de Dirección, en su carác-ter de Secretario Técnico.

–Aprobar los informes de evaluacióny de impacto del Subprograma.

–Asegurar el correcto manteni-miento del sistema de informa-ción del Subprograma.

–Asegurar el diseño e implemen-tación de estrategias de difusióndel subprograma en ámbitos dela educación, la capacitación, laproducción, la política y los be-neficiarios potenciales.

–Ejecutar otras actividades condu-centes al buen funcionamientode los componentes dentro delmarco de sus atribuciones y delContrato de Préstamo.

–Coordinar las actividades de lasunidades operativas de Ejecu-ción de Servicios y de Planifica-ción, Seguimiento y Evaluación.

–Promover la institucionalizaciónde las líneas de trabajo delSubprograma y sus productos enla DGE y en las instituciones deeducación de adultos y de forma-ción técnica.

Coordinador del Áreade Ejecución de ServiciosDefinición del cargo

El Coordinador del Área seráresponsable de conducir todaslas actividades relacionadas conla ejecución de los servicios deNEB y FTP. Depende del Gerentede la UTE y es nombrado por elComité de Dirección del Subpro-grama, previa evaluación de unaterna propuesta por el Gerente dela UTE.Perfil de capacidades–Conocimientos

Grado universitario de formaciónen educación, sociología, psico-logía o psicopedagogía.Conocimiento del sector de laformación técnica y la educaciónde jóvenes y adultos.

–HabilidadesExperiencia en la dirección deequipos técnicos en el sectoreducación, trabajo o juventud.Experiencia en la ejecución de

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 30 de agosto de 20056964

programas de innovación edu-cativa, de promoción social y/ode empleo para sectoresdesfavorecidos.Experiencia en elaboración delos pliegos, términos de referen-cia y especificaciones técnicasrelacionados a proyectos de ca-pacitación.Capacidad de establecer rela-ciones con actores y organizacio-nes de los sectores educaciona-les y productivos.Capacidad para programar, eva-luar y elaborar informes.Comunicación oral y escrita.

–DisposicionesCompromiso con la promocióny el desarrollo de las personas,especialmente de los sectoresmás pobres.Dedicación exclusiva a las tareaspropias del cargo.Compromiso con el desarrolloproductivo y la formación del ca-pital humano de la provincia.

FuncionesLas funciones y responsabili-

dades específicas del Coordina-dor del Área de Ejecución de Ser-vicios son las siguientes:–Participar en la elaboración Plan

de Trabajo Anual delSubprograma.

–Coordinar la elaboración y pre-sentar términos de referencia ycondiciones particulares y/o téc-nicas para las contrataciones re-queridas por el Subprograma.

–Establecer contactos con los pro-veedores potenciales de NEB yFTP.

–Coordinar y supervisar en formadirecta la actuación de equiposde consultores encargados de laelaboración de los productosbajo su responsabilidad.

–Ejecutar y supervisar en forma di-recta los procesos de capacita-ción a las instituciones oferen-tes.

–Participar de las ComisionesEvaluadoras para Registro deoferentes y Selección de pro-puestas de NEB y FTP, de acuer-

do con indicaciones y requeri-mientos del Gerente.

–Coordinar y participar en las ac-ciones de monitoreo y control delas instituciones prestadoras deservicios.

–Realizar informes bimestrales yelevarlos al Gerente, suminis-trando toda información adicio-nal que le sea requerida.

–Promover la articulación Horizon-tal y Vertical del Subprograma.

–Mantener activos y actualizadoslos sistemas de informaciónprevistos en el Subprograma co-rrespondientes a su área.

–Informar al Gerente sobre cual-quier irregularidad que atentecontra los criterios y procesosacordados en el ROE.

–Apoyar la institucionalización delas líneas de trabajo de su Áreade ejecución, en la DGE y en lasinstituciones de educación deadultos y de formación técnica.

Coordinador del Área Planifica-ción, Seguimiento y EvaluaciónDefinición del cargo

El Coordinador del Área seráresponsable de la Planificación,Seguimiento y Evaluación delSubprograma. Dependerá delGerente del Subprograma y serádesignado por el Comité de Direc-ción del Subprograma, sobre labase de una terna propuesta porel Gerente de la UTE.Perfil de capacidades–Conocimientos

Grado universitario de formaciónen sociología, ingeniería, econo-mía o educaciónConocimiento del sector de laformación técnica y la educaciónde jóvenes y adultos.Conocimiento en gestión, desa-rrollo y evaluación de programasy proyectos.

–HabilidadesExperiencia en el diseño, imple-mentación y ejecución de proyec-tos y/o programas de innovacióneducativa, social o de trabajo.Capacidad para facilitar relacio-nes interinstitucionales y opera-

tivas con actores del sector edu-cativo y productivo.Experiencia en el diseño de dis-positivos de monitoreo, asisten-cia técnica y evaluación.Participación en estudios y/oevaluación de proyectos y progra-mas.Capacidad para programar, eva-luar y elaborar informes.

–DisposicionesCompromiso con la promocióny el desarrollo de las personas,especialmente de los sectoresmás pobres.Dedicación exclusiva a las tareaspropias del cargo.Compromiso con el desarrolloproductivo y la formación del ca-pital humano del país.

FuncionesLas funciones y responsabili-

dades específicas del Coordina-dor del Área de Planificación, Se-guimiento y Evaluación son las si-guientes:–Proponer al Gerente el Plan de

Trabajo Anual del Subprograma.–Preparar términos de referencia,

bases y especificaciones parti-culares y/o técnicas para las con-trataciones requeridas por elárea.

–Planificar y proponer al Gerenteel mapa de distribución de ofer-tas de NEB y de FTP en las dis-tintas Regiones/Departamentosde la Provincia.

–Monitorear procesos y resultadosde los estudios sectoriales defi-nidos en el Subprograma, asícomo de los perfiles ocupacio-nales que se elaboren.

–Monitorear y evaluar los procesosde asistencia técnica y orienta-ción que brinde el Subprogramaa las instituciones oferentes.

–Monitorear los procesos de se-lección y orientación de benefi-ciarios a ofertas de NEB y FTP.

–Proponer criterios y modelos deseguimiento, control y monitoreode la ejecución de los serviciosde NEB y FTP, en vistas a garan-tizar la calidad de la ejecución del

Subprograma en el territorio pro-vincial.

–Coordinar, en conjunto con laDGE, los procesos de segui-miento y monitoreo de las ofer-tas de NEB y STP, según modali-dades establecidas.

–Supervisar los procesos de eva-luación y certificación de ofertasde NEB y FTP, suministrando in-formaciones requeridas para laacreditación de pagos por resul-tados a las instituciones oferen-tes.

–Coordinar y aportar a la concre-ción de la evaluación de impactoprevista en el Subprograma, asícomo en otras acciones de eva-luación del accionar delSubprograma.

–Realizar informes bimestrales yelevarlos al Gerente delSubprograma, suministrandotoda información adicional quele sea requerida.

–Proveer, según requerimientos,datos e informaciones que ase-guren la articulación Horizontal yVertical del Subprograma.

–Informar al Gerente delSubprograma sobre cualquierirregularidad que atente contralos criterios y procesos acorda-dos en el ROE.

–Mantener activo y actualizado lossistemas de información previs-tos en el Subprograma y corres-pondientes a su área.

–Coordinar y supervisar el diseñoe implementación de estrategiasde difusión del Subprograma enámbitos de la educación, la ca-pacitación, la producción, la po-lítica y los beneficiarios potencia-les.

–Coordinar todas las accionesque correspondan con el áreade Ejecución de Servicios, conel fin de garantizar el desarrolloarticulado del Subprograma.

–Apoyar la institucionalización delas líneas de trabajo de su Áreade ejecución, en la DGE y en lasinstituciones de educación deadultos y de formación técnica

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 30 de agosto de 2005 6965

Calificación: Se aplicará una escala de notas del 1 al 6.

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 30 de agosto de 20056966

TOTAL 100%

Calificación: Se aplicará una escala de notas del 1 al 6.

DECRETO N° 1.137

Mendoza, 29 de junio de 2005Visto los Exptes. N° 545-P-05-

3882 y su acumulado N° 3394-S-05-00020 en los cuales la Direc-ción de Administración del PoderJudicial y la Secretaría Administra-tiva Legal y Técnica solicitan re-fuerzos presupuestarios en suscuentas según detalle obrante enlos mismos; yCONSIDERANDO:

Que los aumentos de créditosolicitados son factibles de otorgarante la existencia de saldos dispo-nibles en el Presupuesto de Eroga-ciones de la Administración Cen-tral;

Que los aumentos y la modifi-cación presupuestaria que se tra-mitan no provocan un aumento delgasto global, a nivel Provincia; sino que las distintas cuentas pre-supuestarias se reorganizan den-tro del Poder Ejecutivo;

Que el Poder Ejecutivo puedereestructurar partidas presupuesta-rias entre distintas Jurisdicciones,de acuerdo a lo dispuesto por elartículo 14 inciso d) de la Ley 7.324;

Por ello y atento a lo estableci-do por el artículo 14 inciso d) de laLey 7.324;

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Modifíquese el Pre-

supuesto de Erogaciones vigentepara el año 2005 correspondientea la Administración Central, delmodo que se indica en la PlanillaAnexa I, que forma parte de esteDecreto, cuyo monto total ascien-de a la suma de Pesos veintitrésmil ($ 23.000,00).

Artículo 2° - El presente Decretoserá refrendado por los Señores Mi-nistros de Gobierno y Hacienda.

Artículo 3° - La presente normalegal deberá ser remitida ad referén-dum de la Honorable Legislatura.

Artículo 4° - Notifíquese el pre-sente decreto a la Contaduría Ge-neral de la Provincia para su re-gistración, previa intervención dela Dirección de Finanzas.

Artículo 5° - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

JULIO CESAR CLETO COBOSAlejandro GallegoGabriel Fidel

DECRETO N° 1.172

Mendoza, 1 de julio de 2005Visto el expediente N° 3950-M-

05-00020, mediante el cual la Go-

renta mil ($ 40.000,00).Artículo 2° - Modifíquese el Pre-

supuesto de Erogaciones vigenteaño 2005, del modo que se indicaen Planilla Anexa, que forma parteintegrante de este decreto, cuyomonto asciende a la suma de Pe-sos cuarenta mil ($ 40.000,00).

Artículo 3° - Otórguese a la Muni-cipalidad de General Alvear un sub-sidio con cargo de rendir cuentas porel importe total de Pesos cuarentamil ($ 40.000,00), en concepto deAjuste de Desequilibrios Financie-ros, con imputación a la partidaU.G.C. B96001-43117-74, U.G.E.B00001, del Presupuesto año 2005.

Artículo 4° - La Municipalidad deGeneral Alvear, deberá realizar larendición de cuentas indicada enel artículo anterior, conforme a lasnormas contenidas en el AcuerdoN° 2514/97, del Honorable Tribu-nal de Cuentas de la Provincia yDecreto Acuerdo N° 2074/03.

Artículo 5° - En cumplimiento delo dispuesto en el artículo 18°, últi-mo párrafo de la Ley 7324, remíta-se copia del presente Decreto aconocimiento de la H. Legislatura.

Artículo 6° - Notifíquese el pre-sente Decreto a Contaduría Gene-ral de la Provincia para su regis-tración, previa intervención de laDirección de Finanzas.

Artículo 7° - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

JULIO CESAR CLETO COBOSAlejandro Gallego

PLANILLA ANEXAMODIFICACION PRESUPUESTARIA

Expediente Nº 3950-M-05-00020 - Decreto Nº 1172

1 04 01 B96001 431 17 74 153000077 40.000,00

TOTAL 40.000,00

Unidadde

Gestión

Clasif.Econ.

Disminu-cionesAumentos

Car

ác.

Juris

.

U. O

rg.

Fin

anc.

Insumobernación solicita se incorpore alPresupuesto 2005, el importe otor-gado por el Ministerio del Interiora la Provincia de Mendoza, en con-cepto de Ajuste de Desequilibrios

Financieros para la Municipalidadde General Alvear, yCONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 778/05del Ministerio del Interior, éste pro-cedió a otorgar a la Municipalidadde General Alvear, la suma de Pe-sos cuarenta mil ($ 40.000,00) enconcepto de Ajuste de Desequili-brios Financieros;

Que a fs. 3 de las presentesactuaciones, Contaduría Generalde la Provincia certifica la recepciónde los fondos aludidos, contabili-zados mediante remito N° 376 defecha 24/05/2005 - Banco 890;

Por ello y en virtud de la facul-tad conferida por el Artículo 18° inc.d) de la Ley N° 7324- Presupues-to año 2005, Artículo 5° del Decre-to-Acuerdo N° 774/96 y su modifi-catorio N° 1186/96 y Decreto Acuer-do N° 2074/03,

EL GOBERNADOR DELA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Modifíquese el Cál-

culo de Recursos de la Administra-ción Pública Provincial año 2005, através de la siguiente partida: Sec-ción 1: “Recursos Corrientes”, Ori-gen 2: “De Origen Nacional”, Sector7: “Aportes No Reintegrables”, Par-tida Principal 01: “Del Tesoro Na-cional”, Partida Parcial 01: “Del Mi-nisterio del Interior”, Financiamien-to 074: “Situaciones de Emergen-cias y Desequilibrios Financieros”,considerándose aumentado global-mente en la suma de Pesos cua-

PLANILLA ANEXA IMODIFICACION PRESUPUESTARIA

Expte. Nº 545-P-2005-03882 y acumulado Nº 3394-S-05-00020Decreto Nº 1137

1 02 01 P96001 41305 148000000 000 15,0001 04 01 B96007 41305 148000000 000 8,0001 05 02 G96060 41305 148000000 000 23,000

TOTALES 23,000 23,000

UnidadGestión

Clasif.Econ.

Dismi-nuciónAumento

Car

ác.

Juris

.

U. O

rg.

Fin

anc.

Insumo

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 30 de agosto de 2005 6967

DECRETO Nº 1.413

Mendoza, 28 de julio de 2005.Visto el expediente Nº 01049-

A-05-01027, yCONSIDERANDO:

Que a fs. 1/2 del expediente dereferencia, se solicita un refuerzopresupuestario, el cual respondea la necesidad de afrontar las obli-gaciones y gastos provenientes delas contrataciones directas de losservicios de asesoramiento y re-presentación legal de la Provinciaen jurisdicción extranjera, en con-formidad al proceso de reestruc-turación del "Bono Aconcagua2007" y los litigios relacionadoscon el mismo.

Que el Artículo 92 de la Ley Nº7324 faculta al Poder Ejecutivopara que a través del Ministerio deHacienda realice las contratacio-nes directas de los servicios deasesoramiento y representaciónlegal necesarios para la comple-ta defensa de los intereses de laProvincia en las causas judicialesvinculadas con la reestructuraciónde la deuda pública y/o el "BonoAconcagua", como a incrementarel Presupuesto de Erogacionescontra Uso del Crédito para afron-tar las obligaciones y gastosemergentes de dichas contratacio-nes.

Por ello,EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1º - Increméntese el Fi-

nanciamiento del Presupuesto vi-gente de la Administración Públi-ca Provincial Ley Nº 7324, delmodo que se indica en la PlanillaAnexa I, que forma parte integran-te del presente decreto, cuyo mon-to que asciende a la suma total dePesos ochocientos cuarenta y dosmil seiscientos veinticuatro concincuenta y siete centavos ($842.624,57).

Artículo 2º - Modifíquese el Pre-supuesto de Erogaciones vigentede la Administración Pública Pro-vincial-Ley Nº 7324, del modo quese indica en la Planilla Anexa II,que forma parte integrante del pre-sente decreto, cuyo monto ascien-de a la suma total de Pesos ocho-cientos cuarenta y dos mil seis-cientos veinticuatro con cincuentay siete centavos ($ 842.624,57).

Artículo 3º - Notifíquese el pre-sente decreto a Contaduría Gene-ral de la Provincia para su regis-tración, previa intervención de laDirección de Finanzas.

Artículo 4º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

JUAN CARLOS JALIFFAlejandro Gallego

PLANILLA ANEXA IINCREMENTO DEL FINANCIAMIENTODE LA ADMINISTRACION CENTRAL

Expediente Nº 01049-A-05-01027 - Decreto Nº 1413

Sec

.

Orig

en

Sec

tor

P. P

ar.

Fin.

CONCEPTO IMPORTE

AUMENTO

7 Financiamiento 842.624,571 Uso del Crédito 842.624,57

3 A Corto Plazo 842.624,5704 000 Proveedores y Contratista 842.624,57

PLANILLA ANEXA IIMODIFICACION PRESUPUESTARIA

Expediente Nº 01049-A-05-01027 - Decreto Nº 1413

1 06 01 H96065 41301 00 143000000 842.624,57

TOTALES 842.624,57

UnidadGestión

Clasif.Econ. Aumentos

Car

ác.

Juris

.

U. O

rg.

Fin

anc.

Grupo/Insumo

DECRETO Nº 1.415

Mendoza, 29 de julio de 2005.Visto el Expediente Nº 4385-

S-05-00020, en el que se tramitala designación en planta perma-nente de Cecilia Fabiana Palo-mo, yCONSIDERANDO:

Que resulta imprescindiblela designación solicitada a losfines de realizar tareas en la Se-cretaria Privada del señor Go-bernador;

Que la señora Palomo actual-mente posee un cargo docentede 12. hs. cátedras en la Direc-ción General de Escuelas, desig-nada por Resolución Nº 01096de fecha 14 de noviembre de2003 del ex Director General deEscuelas;

Que el cargo a utilizar para de-signar a la señora Palomo se en-cuentra vacante en forma interinadebido a que su titular está ha-ciendo uso de licencia sin gocede haberes por el término de unaño a partir del 1 de junio del co-rriente año, según resolución Nº179/2005 del Secretario Adminis-trativo, Legal y Técnico de la Go-bernación.

Por ello,EL VICEGOBERNADOR DE LA

PROVINCIA EN EJERCICIO DELPODER EJECUTIVO

DECRETA:Artículo 1º - Exceptúese lo dis-

puesto en el presente Decreto delas disposiciones establecidas enel artículo 59º de la Ley Nº 7324-Presupuesto año 2005.

Artículo 2º - Desígnese interi-namente, a partir del 1 de agos-to de 2005, a Cecilia Fabiana Pa-

lomo, D.N.I. Nº 21.917.146, Cla-se 1970, en el cargo Clase 010-Jefe División-, Código Escalafo-nario: 05-1-03-08, Jurisdicción04, Unidad Organizativa 01 -Se-cretaría Administrativa, Legal yTécnica de la Gobernación-, has-ta tanto se reintegre la titular y/ohasta tanto se cubra el mismopor concurso.

Artículo 3º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

JUAN CARLOS JALIFFAlejandro Gallego

______________________________

DECRETO Nº 1.468

Mendoza, 2 de agosto de 2005.Visto el Expediente Nro. 439-

P-05-0408, yCONSIDERANDO:

Que la Dirección de Agricultu-ra y prevención de Contingenciasperteneciente al Ministerio de Eco-nomía solicita un Fondo sin Re-posición para atender la solicitudde créditos por parte de los pro-ductores agrícolas para adquirircombustible para ser destinado ala defensa contra las heladas.

Que la Contaduría General dela Provincia informa a fs. 6 que larepartición no tiene saldos pen-dientes de rendición.

Que se adjunta el volante deimputación preventiva a fs. 5.

Por ello y en función de lo dis-puesto por el artículo 4º del De-creto Acuerdo Nro. 420/99;

EL VICEGOBERNADOR DE LAPROVINCIA EN EJERCICIO DEL

PODER EJECUTIVODECRETA:

Artículo 1º - Otórguese a la Di-

rección de Agricultura y Preven-ción de Contingencias pertene-ciente al Ministerio de Economíaun Fondo sin Reposición concargo de rendir cuentas, por lasuma de Pesos ochocientos mil($ 800.000), con destino a otor-gar créditos a productores agrí-colas para la adquisición decombustible para la defensacontra las heladas.

Artículo 2º - El Fondo otorgadopor el artículo anterior será aten-dido con cargo a la Cuenta Patri-monial Nº 1161020161.

Artículo 3º - La rendición dedicho fondo deberá realizarsedentro de los sesenta días co-rridos de entregados los mis-mos, debiendo constar en lamisma el número de este De-creto.

Artículo 4º - El presente Decre-to será refrendado por los Sres.Ministros de Economía y de Ha-cienda.

Artículo 5º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

JUAN CARLOS JALIFFAlejandro Gallego

__________________________

DECRETO Nº 1.478

Mendoza, 2 de agosto de 2005.Visto el expediente Nº 00010-

S-04-01138, en el cual la Subdi-rección de Regalías, solicita auto-rización para invertir hasta $160.000,00 para la contratación"llave en mano" de un softwarepara el Control de Regalías y delServicio de auditoría contable a losconcesionarios, yCONSIDERANDO:

Que a fs. 83 obra el Visto Bue-no del Comité de Información Pú-blica.

Que a fs. 93/128 del expedien-te de referencia obra el Pliego deBases y Condiciones Particularesque resulta necesario para reali-zar dicha contratación.

Que el referido llamado a lici-tación se encuadra en lo dispues-to por el Artículo 28 de la Ley Nº3799.

Que dado que la contrataciónque se propicia compromete pre-supuesto del ejercicio futuro, di-cho servicio debe considerarseincluido en las excepciones delArtículo 17, inciso b) de la Ley deContabilidad.

Por ello, conforme con lo es-tablecido por el Decreto-Acuer-do Nº 642/94 y modificatorioshabiéndose imputado el gastoa fs. 41 y lo dictaminado por elDepartamento Asuntos Legalesde la Dirección General de Ren-tas a fs. 85 y por Asesoría Letra-

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 30 de agosto de 20056968

da del Ministerio Hacienda fs.130 todas del expediente Nº00010-S-04-01138,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1º - Facúltese a la Di-

rección de Compras y Suminis-tros, para que en conformidad conlo previsto por el Artículo 28 de laLey Nº 3799, proceda medianteLicitación Pública a contratar "lla-ve en mano" de un software parael Control de Regalías y el Servi-cio de auditoría contable a los con-cesionarios para la Subdirecciónde Regalías dependiente de laDirección General de Rentas delMinisterio de Hacienda y a tal finautorícese a invertir hasta la sumade Pesos ciento sesenta mil ($160.000,00).

Artículo 2º - Apruébese el Plie-go de Bases y, Condiciones Parti-culares obrante a fs. 93/128 delexpediente Nº 00010-S-04-01138,para el llamado a Licitación Públi-ca autorizado por el artículo ante-rior.

Artículo 3º - La contratación delítem 2 tendrá una duración de doce(12) meses, computados a partirde la firma del contrato prorroga-bles por un lapso igual cuando laspartes manifiesten su voluntad, ental sentido cuarenta y cinco (45)días hábiles antes de finalizar losprimeros doce meses.

Artículo 4º - El gasto que de-mande lo dispuesto por el Artículo1º del presente Decreto, será aten-dido con cargo a la Cuenta Gene-ral: H96091 51101 00 UGE H30805-Presupuesto Año 2005.

Artículo 5º - Autorícese al Ser-vicio Administrativo respectivo aimputar el gasto en las partidascorrespondientes a ejercicio futu-ro.

Artículo 6º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

JULIO CESAR CLETO COBOSAlejandro Gallego

____________________________

DECRETO Nº 1.502

Mendoza, 4 de agosto de 2005.Visto el expediente Nº 12963-

D-04-01225, en el cual se solicitala aprobación del Convenio y delActa Complementaria oportuna-mente suscriptos entre el Ministe-rio de Hacienda de la Provincia deMendoza y la Municipalidad deSan Carlos, yCONSIDERANDO:

Que el citado Convenio tienepor objeto establecer intercambiode información que permitaoptimizar los Catastros Provincialy Municipal en sus aspectos físi-

cos, jurídicos y económicos; man-tener la base de datos del Siste-ma de Información Territorial a tra-vés de un proceso dinámico depermanente actualización de lasmutaciones y unificacionesparcelarias, así como de las su-perficies cubiertas; propiciar elprocesamiento descentralizadode la información territorial a fin deposibilitar el uso distribuido demúltiples aplicaciones y usuariosy mejorar la capacidad de gestióncatastral de ambas jurisdicciones,mediante el intercambio de expe-riencias en el tratamiento de la in-formación catastral.

Que a fs. 24 del expediente Nº12963-D-04-01225, se agrega dic-tamen del Comité de InformaciónPública (COM.I.P.).

Por ello, atento lo dictaminadopor Asesoría Letrada de la Direc-ción Provincial de Catastro del Mi-nisterio de Hacienda a fs. 21 delexpediente de referencia,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1º - Apruébense el

Convenio y el Acta Complementa-ria suscriptos el día 10 de abril de2005 entre el Ministerio de Hacien-da de la Provincia de Mendoza,representado por el señor Minis-tro Licenciado Alejandro Gallego yla Municipalidad de San Carlos,representada por el señor Inten-dente Doctor Mario Juan Guiñazu,los que en fotocopias certificadas,como Anexo, forma parte del pre-sente decreto.

Artículo 2º - El presente decre-to será refrendado por los seño-res Ministros de Hacienda y deGobierno.

Artículo 3º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

JULIO CESAR CLETO COBOSAlejandro GallegoGabriel Fidel

_______

CONVENIOEn la Ciudad de Mendoza, a los

diez días del mes de abril del añodos mil cinco, entre el Ministeriode Hacienda, representado eneste acto por su Ministro Lic. Ale-jandro Gallego, en adelante "ElMinsterio", y la Municipalidad delDepartamento de San Carlos, re-presentada por el señor Intenden-te, Dr. Mario Juan Guiñazu, en ade-lante "El Municipio", convienen encelebrar el presente Convenio deacuerdo a las siguientes cláusu-las:

Artículo 1º - Objeto del Conve-nio: Las partes establecen comoobjetivos principales de este con-venio la cooperación recíproca e

intercambio de información quepermita:a) Optimizar los Catastros Provin-

cial y Municipal en sus aspec-tos físicos, jurídicos y económi-cos.

b) Mantener la base de datos delSistema de Información Terri-torial a través de un proceso di-námico de permanente actua-lización de las mutaciones yunificaciones parcelarias,como así también de las super-ficies cubiertas.

c) Propiciar el procesamientodescentralizado de la infor-mación territorial a fin de po-sibilitar el uso distribuido demúlt ip les apl icaciones yusuarios.

d) Mejorar la capacidad de ges-tión catastral de ambas juris-dicciones, mediante el inter-cambio de experiencias en eltratamiento de la informacióncatastral.Artículo 2º - Obligaciones de

las Partes:2.1- De "El Ministerio", a través dela Dirección Provincial de Catas-tro:2.1.1- La Dirección Provincial deCatastro, como responsable de laelaboración de la cartografía bá-sica oficial y temática catastral dela Provincia, en el marco de la ad-ministración del Sistema de Infor-mación Territorial, proveerá a "ElMunicipio" la cartografía catastralautomatizada, en formato deARCVIEW, y la respectiva base deinformación alfanumérica que secorresponde unívocamente con lagráfica de los centros urbanos,como así también la cartografíarural digitalizada del Departamen-to.2.1.2- Actualizará mensualmentela base de datos durante la vigen-cia del presente convenio a partirde la firma del mismo, incluyendolos cambios de titularidad portransferencias realizadas en elRegistro de la Propiedad.2.1.3- Brindará la cobertura téc-nica sobre asesoramiento en elproceso de iniciación de esteConvenio y supervisión durantela ejecución del mismo, necesa-rios para la ejecución adminis-trativa que decida encarar "El Mu-nicipio".2.2- De "El Municipio"2.2.1- Suministrará los datosgráficos y alfanuméricos, espe-cia lmente en lo que hace aapertura de nuevas calles, nor-mas legales de afectacionespor aperturas o ensanches, su-per f ic ies cubier tas, año deconstrucción, uso y Padrón Mu-nicipal, en soporte magnéticoen condiciones técnicas para

ser incorporados al Sistema deInformación Territorial en formamensual.2.2.2- Podrá adoptar el Avalúo Fis-cal Provincial y establecer los vín-culos más convenientes en losregistros municipales, para quequeden relacionados éstos conlas nomenclaturas catastrales, afin de uniformar la identificaciónparcelaria.2.2.3- Otorgará apoyo permanen-te a los relevamientos catastralesque la Dirección Provincial de Ca-tastro realice en el ámbito de sucompetencia.

Artículo 3º - Destino y Uso dela Información: Las partes esta-blecen expresamente que la in-formación transfer ida comoconsecuencia del presente con-venio, podrá ser utilizada exclu-siva e indistintamente por laspartes.

De conformidad con las dispo-siciones contenidas en la Ley Nº25.326 (Habeas Data) y en el De-creto Provincial Nº 1806/99, laspartes designan en un Acta Com-plementaria que forma parte deeste convenio como Anexo I, a losresponsables directos de la en-trega y recepción de la informa-ción.

Se deja expresa constanciaque la Dirección Provincial de Ca-tastro y la Municipalidad son pro-pietarias absolutas de toda la in-formación que proporcionan, porlo que de ningún modo confierenpropiedad alguna permanente otransitoria de la misma; reserván-dose plenas atribuciones y pode-res para proceder judicialmente,en caso de que la misma de al-gún modo, sea cedida a terceros,sin el correspondiente consenti-miento y acuerdo técnico econó-mico previo.

Artículo 4º - Duración delConvenio: El presente Conveniotendrá una duración de tres (3)años y una renovación automá-tica por otro período igual, deComún acuerdo entre las par-tes, si no se manifiesta nada encontrario.

Artículo 5º - Rescisión del Con-venio: El presente Convenio podráser rescindido por cualquiera delas partes intervinientes. La quedeberá denunciar el mismo en for-ma fehaciente con treinta (30) díasde antelación.

En prueba de conformidad sefirman tres (3) ejemplares del mis-mo tenor, debiendo ser el presen-te Convenio ratificado por Decretodel Poder Ejecutivo Provincial (Art.2º inc. g) de la Ley de MinisteriosNº 6366).

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 30 de agosto de 2005 6969

ANEXO IACTA COMPLEMENTARIADe conformidad con lo esta-

blecido por el Artículo 3º del Con-venio suscripto entre el Ministeriode Hacienda y el Municipio de SanCarlos se designa, por parte de laComuna, como responsable di-recto de la recepción de la infor-mación al Agrim. Roberto Ghiotti(Jefe Departamento Agrimensu-ra), a los señores Oscar ArmandoLinares (Jefe Departamento Ca-tastro e Inmuebles Municipales) yMiguel Naballes (Inspector deCatastro), y por el Ministerio deHacienda, como responsable di-recto de su entrega, al señor Di-rector Provincial de CatastroAgrim. Jorge Carlos Martínez. Men-doza, a los diez días del mes deabril del año dos mil cinco_____________________________

DECRETO Nº 1.516

Mendoza, 8 de agosto de 2005.Visto el expediente Nº 16552-

D-05-01134, en el cual la Direc-ción General de Rentas solicitaautorización para proceder me-diante Licitación Pública a contra-tar el alquiler de un inmueble des-tinado a la instalación y funciona-miento del Centro de Atención deClientes (Telefónico y Personali-zado) - Call Center para esa Di-rección, yCONSIDERANDO:

Que a fs. 7 del expediente Nº16552-D-05-01134 obra el detallede necesidades y características,ubicación y demás requisitos conque deberá contar el inmueble aarrendar, estimando en $11.000,00 el canon mensual aabonar.

Que a fs. 11 del expediente dereferencia, se encuentra el informedel Responsable del Registro Uni-co de Propiedades Inmuebles(R.U.P.I.), según lo dispuesto por elArtículo 3º del Decreto Nº 1506/01.

Que el alquiler regirá desde ello de septiembre de 2005, por loque es necesaria la reducción deplazos que prevé el Artículo 33, 3er.párrafo de la Ley Nº 3799 y su mo-dificatoria.

Que dado que la contrataciónque se propicia compromete pre-supuesto de ejercicios futuros, lamisma debe considerarse incluidaen las excepciones del Artículo 17,inciso b) de la Ley de Contabilidad.

Por ello, atento lo dictaminadopor el Departamento Asuntos Le-gales de la Dirección General deRentas a fs. 10, habiéndose efec-tuado la imputación preventiva delgasto y teniendo en cuenta que elllamado a licitación que se propi-cia se encuadra en lo dispuesto

por el Artículo 28 de la Ley Nº 3799,EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1º - Facúltese a la Di-

rección de Compras y Suminis-tros, para que en conformidad conlo previsto por el Artículo 28 de laLey Nº 3799, proceda a la contra-tación mediante Licitación Públi-ca, del alquiler de un inmueblesegún detalle y condicionesobrantes a fs. 7 del expediente Nº16552-D-05-01134, destinado a lainstalación y funcionamiento delCentro de Atención de Clientes(Telefónico y Personalizado) - CallCenter, invirtiéndose en ello hastala suma de Pesos cuarenta y cua-tro mil ($ 44.000,00) a razón de Pe-sos once mil ($ 11.000,00) men-suales.

Artículo 2º - Establézcase queel Contrato regirá a partir de la efec-tiva ocupación del inmueble y porel término de tres (3) años conopción a dos (2) años más de pró-rroga a favor del Estado.

Artículo 3º - El gasto que de-mande la presente contrataciónserá atendido con cargo a la Cuen-ta General: H96091 41301 00 -U.G.E. H00966 - Presupuesto Año2005.

Artículo 4º - El Servicio Admi-nistrativo correspondiente quedaautorizado para imputar el gastoen los ejercicios futuros.

Artículo 5º - Deberá tenerse encuenta en el llamado a licitaciónque se autoriza, la reducción deplazos que prevé el Artículo 33, 3ºpárrafo de la Ley Nº 3799 y susmodificatorias.

Artículo 6º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

JULIO CESAR CLETO COBOSAlejandro Gallego

DIRECCION GENERALDE RENTAS

_____

RESOLUCION GENERAL Nº 36/05

Donde dice:Artículo 1º -I) Cajas y Bancosa) ....intereses calculados sobrecapital ajustado, a la taso practi-cada.Debe decir:Artículo 1º -I) Cajas y Bancosa) ....intereses calculados sobrecapital ajustado, a la tasa practi-cada.30/8/2005 (1 P.) s/c.

Ordenanzas

Fe de erratas

MUNICIPALIDADDE GUAYMALLEN

______

ORDENANZA N° 6.971/2005

Visto las constanciasobrantes en el expediente N°471.184-DM-04, caratulado “Di-rección de Obras Municipales, s/Beneficios Ordenanza N° 2000/85 Agente Quiroga (LegítimoAbono Suplemento por Ries-go)”, y;CONSIDERANDO:

Que las presentes actuacio-nes se remiten a este H.C.D., afin que se reconozca de Legíti-mo Abono, la suma que en con-cepto de Suplemento por Ries-go, se le adeuda, por el períodocomprendido entre el 01/10/04y el 31/12/04, al Agente Munici-pal Leonardo Quiroga D.N.I. N°22.189.246, quien reviste en elCargo Cat. “D” Agrupamiento 1,Tramo 2, Subtramo 00, depen-diente de la Dirección de ObrasMunicipales;

Que conforme surge de la li-quidación incorporada a fs. 16, elmonto adeudado asciende a $260,78.

Que al respecto, el Departa-mento Ejecutivo presta su con-formidad mediante el dictamenvertido por la D.A.L. a fs. 14 y elDecreto N° 955/05 obrante a fs.17, documentación que este ForoDeliberativo estimó suficientepara que se proceda a laefectivización del monto reclama-do;

Por ello, y en uso de sus atri-buciones.

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DE GUAYMALLEN

ORDENA:Artículo 1º - Reconócese de

Legítimo Abono la suma de $260,78; que en concepto de Su-plemento por Riesgo, se le adeu-da por el período comprendidoentre el 01-10-04 y el 31-12-04, alAgente Municipal LeonardoQuiroga – D.N.I. N° 22.189.246,quien reviste en el Cargo Cate-goría “D” Agrupamiento 1, Tramo2, Subtramo 00, dependiente dela Dirección de Obras Municipa-les.

Artículo 2º - Encomiéndase alDepartamento Ejecutivo, confec-cione la pertinente Imputación Pre-ventiva que afecte el gasto autori-zado en el artículo 1° de la pre-sente.

Artículo 3º - Regístrese, comu-níquese, etc.

Dada en la Sala de Sesionesdel Honorable Concejo Deliberan-te de Guaymallén, el 7 de julio de2005.

Juan F. NarváezPresidente H.C.D.Juan D. Brovarone

Prosecretario H.C.D._____

DECRETO N° 1507/05

Guaymallén, 19 de julio de2005

Visto y considerando la Orde-nanza Municipal N° 6.971-05 dic-tada por el Honorable ConcejoDeliberante de Guaymallén;

Por ello, y en uso de sus facul-tades;

EL INTENDENTE MUNICIPALDECRETA:

Artículo 1º - Téngase por Orde-nanza del Departamento Guayma-llén, la dictada por el HonorableConcejo Deliberante bajo el N°6.971-05.

Artículo 2º - Publíquese en elBoletín Oficial de la Provincia.

Artículo 3º - Regístrese. Cúm-plase. Notifíquese. Dése al Diges-to Municipal.

Juan Manuel GarcíaIntendente

Roberto P. MandarinoSecretario de Gobierno

C.A.D. 870730/8/2005 (1 P.) a/cobrar______________________________

ORDENANZA N° 6.972/2005

Visto las constanciasobrantes en el expediente N°474.934/M/04, caratulado “MartínJuan Pedro, s/Beneficio Orde-nanza 2000/85”, y;CONSIDERANDO:

Que la presente pieza admi-nistrativa es girada a este Hono-rable Cuerpo, con el fin de dar tra-tamiento a lo peticionado a fs. 1por el agente municipal Juan Pe-dro Martín D.N.I. 0.143.858, quienrevista en el Cargo Categoría A,Designación eventual, depen-diente de la Dirección de Servi-cios Públicos, quien solicita seincluya en el pago del Suplemen-to por Riesgo por las tareas querealiza;

Que a fs. 04 vuelta de autos,consta informe de la Dirección deServicios Públicos en donde sedeja constancia que el agente an-tes mencionado cumple desde el01/06/04 en forma habitual y per-manente tareas de limpieza delimpieza de los desagües del la-vadero y las fosas de la secciónmecánica;

Que la Dirección de AsuntosLegales, atento a los informes

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 30 de agosto de 20056970

obrantes, dictamina que al Agen-te Martín le corresponde el 20%del Régimen de Jubilación Espe-cial y Pago del Suplemento deRiesgo, a partir del 01 de octubrede 2004, debido a que el informedel jefe inmediato superior es ex-temporáneo y por ello no es viablela liquidación y pago retroactivodesde el 01/06/04;

Que en virtud de lo expresado,es girada la presente pieza admi-nistrativa a este Honorable Cuer-po para dar tratamiento de Legíti-mo Abono al importe correspon-diente a la liquidación obrante afs. 08, perteneciente a ejerciciosvencidos;

Que luego del análisis de loactuado y habiéndose emitido elDecreto N° 1081/05 del solicitado,dictando en la actual instancia lanorma correspondiente;

Por ello, y en uso de sus atri-buciones.

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DE GUAYMALLEN

ORDENA:Artículo 1º - Reconócese de

Legítimo Abono la suma de $160,06 (pesos ciento sesenta con06/100), reclamada por el AgenteMunicipal Juan Pedro Martín, D.N.I.N° 08.143.858, que reviste el Car-go Categoría A, Designación Even-tual, dependiente de la Direcciónde Servicios Públicos, correspon-diente al período comprendidoentre el 01 de octubre de 2004 yhasta el 31 de diciembre de 2004,acorde a los fundamentos expues-tos.

Artículo 2º - Encomiéndase alDepartamento Ejecutivo confec-cione la imputación preventiva per-tinente, que afecte la erogaciónautorizada en el Artículo 1° de lapresente.

Artículo 3º - Comuníquese,Regístrese, etc.

Dada en la Sala de Sesionesdel Honorable Concejo Deliberan-te de Guaymallén, a los 7 días delmes de julio de 2005.

Juan F. NarváezPresidente H.C.D.Juan D. Brovarone

Prosecretario H.C.D.______

DECRETO N° 1511/05

Guaymallén, 19 de julio de2005

Visto y considerando la Orde-nanza Municipal N° 6.972-05 dic-tada por el Honorable ConcejoDeliberante de Guaymallén;

Por ello, y en uso de sus facul-tades;

EL INTENDENTE MUNICIPALDECRETA:

Artículo 1º - Téngase por Orde-

nanza del Departamento Guayma-llén, la dictada por el HonorableConcejo Deliberante bajo el N°6.972-05.

Artículo 2º - Publíquese en elBoletín Oficial de la Provincia.

Artículo 3º - Regístrese. Cúm-plase. Notifíquese. Dése al Diges-to Municipal.

Juan Manuel GarcíaIntendente

Roberto P. MandarinoSecretario de Gobierno

C.A.D. 870730/8/2005 (1 P.) a/cobrar________________________________

ORDENANZA N° 1.973/2005

Visto las constancias obrantesen el expediente N° 478773-G-04,caratulado “Gutierrez Juan Carlos,s/Beneficios Ordenanza N° 2000/85- Legítimo Abono Riesgoso”, y;CONSIDERANDO:

Que las presentes actuacio-nes se remiten a este H.C.D., a finque se reconozca de LegítimoAbono el pago que en conceptode suplemento por Riesgo, se leadeuda, por el mes de diciembrede 2004, al Agente Municipal JuanCarlos Gutierrez, D.N.I. N°20.810.340, quien reviste en elCargo Categoría “A” (Temporariopor Temporada dependiente de laDirección de Espacios Verdes);

Que conforme surge la liqui-dación incorporada a fs. 7 de au-tos la suma adeudada asciendea $ 44,29;

Que al respecto, el Departa-mento Ejecutivo presta su confor-midad mediante el dictamen verti-do por la Dirección de AsuntosLegales a fs. 5 y el Decreto N°1069/05 obrante a fs. 8, documen-tación que resultó suficiente paraque se proceda a la efectivizacióndel monto reclamado.Por ello, y en uso de sus atribucio-nes.

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DE GUAYMALLEN

ORDENA:Artículo 1º - Reconócese de

Legítimo Abono la suma de $44.29, que en concepto por Ries-go, se le adeuda, por el mes deDiciembre de 2004, al Agente Mu-nicipal Juan Carlos GutierrezD.N.I. N° 20.810.340, Categoría “A”(Temporario por Temporada de-pendiente de la Dirección de Es-pacios Verdes), conforme surge dela Dirección Incorporada a fs. 7 delexpediente N° 478773-G-04.

Artículo 2º - Encomiéndase alDepartamento Ejecutivo, confec-cione la pertinente Imputación pre-ventiva afectando el gasto autori-zado en el Artículo 1° de la pre-sente.

Artículo 3º - Regístrese, comu-níquese, etc.Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberantede Guaymallén, el 07 de julio de2005.

Juan F. NarváezPresidente H.C.D.Juan D. Brovarone

Prosecretario H.C.D.______

DECRETO N° 1508/05

Guaymallén, 19 de julio de2005

Visto y considerando la Orde-nanza Municipal N° 6.973-05 dic-tada por el Honorable ConcejoDeliberante de Guaymallén;

Por ello, y en uso de sus facul-tades;

EL INTENDENTE MUNICIPALDECRETA:

Artículo 1º - Téngase por Orde-nanza del Departamento Guayma-llén, la dictada por el HonorableConcejo Deliberante bajo el N°6.973-05.

Artículo 2º - Publíquese en elBoletín Oficial de la Provincia.

Artículo 3º - Regístrese. Cúm-plase. Notifíquese. Dése al Diges-to Municipal.

Juan Manuel GarcíaIntendente

Roberto P. MandarinoSecretario de Gobierno

C.A.D. 870730/8/2005 (1 P.) a/cobrar________________________________

ORDENANZA N° 1.974/2005

Visto las constancias obrantesen el expediente N° 481.907-A-05,caratulado “Albornoz Fabián s/Le-gítimo Abono Haberes Desconta-dos, y;CONSIDERANDO:

Que las presentes actuacio-nes se remiten a este HonorableConsejo Deliberante, a fin que sereconozcan de Legítimo abono,los Haberes descontados por elperíodo comprendido entre el 27de octubre y el 2 de noviembre de2004, al Agente Municipal FabiánCeferino Albornóz D.N.I. N°23.713.093 (Categoría “A”, Agrupa-miento 6, Tramo 2, Subtramo 01),dependiente de la Dirección deprevención Sanitaria y Micro-Hos-pital de Puente de Hierro;

Que según consta en la liqui-dación incorporada a fs. 9 y vta. , elmonto que debe abonársele almencionado Agente asciende a lasuma de $ 83.11;

Que teniendo en cuenta la con-formidad puesta de manifiesto porel Departamento Ejecutivo, a tra-vés del Informe interpuesto por el

Departamento de Personal a fs. 8y el Decreto N° 1087/05 (fs. 12),este Foro Deliberativo estimó quese hallan dadas las condicionespara efectivizar el monto reclama-do;

Por ello, y en uso de sus atri-buciones.

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DE GUAYMALLEN

ORDENA:Artículo 1º - Reconócese de

Legítimo Abono la suma de $83,11- que en concepto de Habe-res Descontados por el períodocomprendido entre el 27 de octu-bre y el 2 de noviembre de 2004,se le adeudan al Agente Munici-pal Fabián Ceferino Albornóz D.N.I.N° 23.713.093 (Categoría “A”, Agru-pamiento 6, Tramo 2, Subtramo01, dependiente de la Dirección dePrevención y Micro-Hospital dePuente de Hierro), conforme sur-ge de la documentación e infor-mes incorporados en expedienteN° 481907-A-05.

Artículo 2º - Encomiéndase alDepartamento Ejecutivo, confec-cione la pertinente Imputación pre-ventiva, afectando el gasto autori-zado en el artículo 1° de la pre-sente.

Artículo 3º - Regístrese, comu-níquese, etc.

Dada en la Sala de Sesionesdel Honorable Concejo Deliberan-te de Guaymallén, el 07 de julio de2005.

Juan F. NarváezPresidente H.C.D.Juan D. Brovarone

Prosecretario H.C.D.______

DECRETO N° 1510/05

Guaymallén, 19 de julio de2005

Visto y considerando la Orde-nanza Municipal N° 6.974-05 dic-tada por el Honorable ConcejoDeliberante de Guaymallén;

Por ello, y en uso de sus facul-tades;

EL INTENDENTE MUNICIPALDECRETA:

Artículo 1º - Téngase por Orde-nanza del Departamento Guayma-llén, la dictada por el HonorableConcejo Deliberante bajo el N°6.974-05.

Artículo 2º - Publíquese en elBoletín Oficial de la Provincia.

Artículo 3º - Regístrese. Cúm-plase. Notifíquese. Dése al Diges-to Municipal.

Juan Manuel GarcíaIntendente

Roberto P. MandarinoSecretario de Gobierno

C.A.D. 870730/8/2005 (1 P.) a/cobrar