Proyecto de Reglamento Interno de Trabajo

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1. OBJETIVOS DEL REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO. 1.1 OBJETIVO GENERAL: Crear un reglamento Interno de Trabajo para la empresa Grupo El Ángel, por medio del cual se regulen las relaciones laborales entre los trabajadores de la empresa y el patrono de la misma, consolidando y respetando los derechos de los trabajadores a través de normas que regulen la aplicación de sus derechos, como también las obligaciones de los trabajadores y de la empresa, por medio de un marco regulatorio con un régimen de faltas, sanciones y procedimientos a seguir. 1.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS: Que la empresa Grupo el Ángel tenga un marco regulatorio de relaciones internas entre los trabajadores y el patrono, por medio de un Reglamento Interno de Trabajo que este conforme a los requisitos y formalidades que establecen los artículos 302 al 306 del código de trabajo vigente. Crear el reglamento interno de trabajo de la empresa Grupo el Ángel, respetando los derechos de los trabajadores, y aplicando un régimen de obligaciones 1

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ES UN REGLAMENTO DE UNA EMPRESA

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1. OBJETIVOS DEL REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO.

1.1 OBJETIVO GENERAL:

Crear un reglamento Interno de Trabajo para la empresa Grupo El ngel, por medio del cual se regulen las relaciones laborales entre los trabajadores de la empresa y el patrono de la misma, consolidando y respetando los derechos de los trabajadores a travs de normas que regulen la aplicacin de sus derechos, como tambin las obligaciones de los trabajadores y de la empresa, por medio de un marco regulatorio con un rgimen de faltas, sanciones y procedimientos a seguir.

1.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS:

Que la empresa Grupo el ngel tenga un marco regulatorio de relaciones internas entre los trabajadores y el patrono, por medio de un Reglamento Interno de Trabajo que este conforme a los requisitos y formalidades que establecen los artculos 302 al 306 del cdigo de trabajo vigente.

Crear el reglamento interno de trabajo de la empresa Grupo el ngel, respetando los derechos de los trabajadores, y aplicando un rgimen de obligaciones y prohibiciones para los trabajadores y para la empresa.

Solicitar la aprobacin del Reglamento Interno de la Empresa Grupo El ngel al Ministerio de Trabajo y Previsin Social.

Configurar la aplicacin del Reglamento Interno de Trabajo de la Empresa Grupo El ngel, explicando a los trabajadores los derechos y obligaciones que este conlleva para la empresa como para los empleados.

2. AMBITO DE APLICACIN O ALCANCES DEL REGLAMENTO.

El presente Reglamento Interno tiene carcter complementario, para la legislacin laboral salvadorea y las estipulaciones del contrato de trabajo. Es normativo de las relaciones de la Empresa con su personal y de este ltimo entre si y tiene como finalidad preservar el entendimiento laboral en beneficios para los trabajadores como para la empresa. El presente Reglamento ser igualmente de aplicacin a los trabajadores eventuales en lo que sea pertinente.Todo trabajador recibir una copia del Reglamento Interno de Trabajo, con el fin de que conozca sus deberes y obligaciones, quedando obligado a respetar y cumplir todas sus normas, firmando una constancia en seal de recepcin y acatamiento de las mismas. Es derecho exclusivo de la empresa, planear, organizar, coordinar, dirigir, orientar, supervisar y controlar el personal del centro de trabajo. Este derecho, comprende entre otras las siguientes prerrogativas: Ser el nico evaluador para determinar la capacidad e idoneidad de cualquier trabajador para el puesto, tarea o funcin a que haya designado, as como para contemplar los mritos o decidir su ascenso y/o mejora de remuneracin, salvo en este ltimo caso las medidas que se disponga conforme a Ley.

La introduccin y aplicacin de nuevos mtodos de trabajo.

La designacin del trabajo y/o de las personas que lo han de realizar, pudiendo adoptar medidas disciplinarias correspondientes de acuerdo con las disposiciones de este Reglamento y normas vigentes.

Reclutamiento, seleccin, evaluacin y contratacin del personal.

Establecer las descripciones y los deberes correspondientes a cada posicin o funcin dentro del campo de accin de la Empresa.

Dar estricto cumplimiento a las leyes y al presente Reglamento Interno de Trabajo.

Brindar una supervisin racional fundada en el respeto a la persona humana y dignidad del trabajador, procurando mantener la armona, comprensin, camaradera y mutuo respeto dentro de las relaciones de trabajo.

Cumplir con las obligaciones que como empleador seale la legislacin laboral.

Disponer que los diversos niveles de supervisin presenten oportuna y debida atencin a las quejas y sugerencias de los trabajadores.

Efectuar evaluaciones peridicas del desempeo del trabajador a fin de obtener, informacin que sustente sus promociones, cambios o reemplazos.

Proporcionar un ambiente de trabajo adecuado, incluyendo los equipos, materiales y herramientas bsicas para realizarlo en forma eficiente, segura y econmica.

Supervisar las labores de los trabajadores, sealando objetivos concretos y evaluando los resultados con el propsito de procurar que el trabajo sea efectuado al mnimo costo posible y conforme a estndares de productividad, calidad y eficiencia.

Promover la capacitacin y entrenamiento de los trabajadores con el fin de aumentar sus conocimientos y especializacin profesional.

En los das feriados extraordinarios, la empresa se sujetar a lo que establezca el dispositivo legal correspondiente.

La empresa debe velar por el bienestar y seguridad del personal, as como la integridad y seguridad de sus instalaciones.

El Reglamento Interno de Trabajo de se aplicara en todas la empresas Grupo el ngel, y sus disposiciones sern de obligatorio cumplimiento para las Empresas como para cada uno de los trabajadores que en ellas laboran; su alcance consiste en que los derechos en el reconocidos para los trabajadores, constituyen fuente del derecho laboral as como lo establece el artculo 24 lit. b, y las obligaciones establecidas sern de obligatorio acatamiento para la empresa y los trabajadores.

3. REQUISITOS Y VIGENCIA.

El reglamento interno de trabajo deber contener los requisitos que establece el artculo 304 del cdigo de trabajo vigente.- Entre las reglas a que se refiere el artculo anterior, el reglamento interno deber contener:

a) Horas de entrada y salida de los trabajadores;b) Horas y lapsos destinados para las comidas;c) Lugar, da y hora del pago;ch) Designacin de la persona ante quien podr ocurrirse para peticiones o reclamos en general;d) Disposiciones disciplinarias y modo de aplicarlas;e) Labores que no deben ejecutar las mujeres y los menores de edad;f) Tiempo y forma en que los trabajadores deben someterse a los exmenes mdicos, previos o peridicos, as como a las medidas profilcticas que dicten las autoridades;g) Indicaciones y reglas que en atencin a la naturaleza de la empresa, negocio o explotacin, sean indispensables para obtener la mayor higiene, seguridad y regularidad en el desarrollo del trabajo; yh) Las dems reglas que a juicio del Director General de Trabajo fueren necesarias.

El reglamento interno de trabajo entra en vigencia a los quince das despus de su aprobacin por el Ministerio de Trabajo y Previsin Social, y su vigencia ser indefinida mientras la empresa tenga existencia jurdica.

4. RESPONSABLES.-

De conformidad con el ttulo cuarto del cdigo de trabajo vigente, los intervinientes en la aplicacin del Reglamento Interno de Trabajo estn los siguientes:

Misterio de Trabajo y Previsin Social: es el vigilante del cumplimiento del reglamento interno de trabajo, y de las relaciones que se generan entre el patrono y los trabajadores.

Empresas Grupo el ngel: es decir, la parte patronal, quien podr ser representado por la propietaria Seora Claudia Elizabeth Mata Rosales, por Representante Legal o representante patronal.

Los Trabajadores: constituyen el conjunto de Empleados que Laboran en la empresa, ya sea supervisores, encargados de sucursales, vendedores, motoristas, cajeros, cocineros, entre otros.

5. DESCRIPCION DEL REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO.-

REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DE LA EMPRESA GRUPO EL ANGEL

CAPITULO IDISPOSICIONES PRELIMINARES

En el presente Captulo deber determinarse el objeto del Reglamento, las principales unidades de su organizacin, en caso que las tuviere y la Estructura Jerrquica. Asimismo debern relacionarse las definiciones y disposiciones que se estimen convenientes y la finalidad de la empresa.

Por otra parte, deber agregarse el domicilio y la direccin exacta de la Empresa, debiendo tenerse en cuenta que el domicilio y la direccin de la Empresa son conceptos diferentes, el primero se define como el lugar que la ley fija como asiento o sede de la Empresa para la produccin de asientos jurdicos y direccin se entiende como el lugar en que la Empresa tiene establecido el asiento principal de sus actividades y operaciones.Agregar la denominacin que se le dar a la parte patronal y a la parte trabajadora en todo el reglamento.

CAPITULO IIREQUISITOS DE INGRESO

En el presente Captulo debern consignarse las condiciones y requisitos personales que deben reunir los trabajadores de la Empresa, tales como solicitud, edad, certificados mdicos, certificados de estudio, etc. Asimismo, deber incluirse dentro de los requisitos de ingreso que: En ningn caso la empresa solicitar prueba de embarazo, ni examen de VIH-SIDA, as como tampoco se exigir constancia de no afiliacin a una Asociacin Profesional de Trabajadores.Agregar de manera expresa el contenido del Art. 28 del Cdigo de Trabajo.

CAPITULO IIIDIAS Y HORAS DE TRABAJO

En el presente Captulo deber establecerse con la mayor claridad y precisin posible los horarios de trabajo de la Empresa, indicando las horas de entrada y salida de los trabajadores, al igual que la pausa alimenticia, ya sean estas horas diurnas o nocturnas, de conformidad con lo dispuesto en los Artculos 161, 165, 168, 169 y 170 del Cdigo de Trabajo.En caso que en la Empresa existiere ms de un horario de trabajo, ste deber sealar en qu unidades de Organizacin se aplicar, tal como lo seala el Artculo 304 literales a) y b) del Cdigo de Trabajo.

CAPITULO IVHORAS DESTINADAS PARA LA COMIDA

En el presente Captulo deber establecerse claramente la aplicacin prctica que dentro de la Empresa o establecimiento tendr lo dispuesto en los Artculos 163 y 166 del Cdigo de Trabajo, en cuanto al tiempo destinado para la alimentacin de los trabajadores, sealando claramente la duracin de este lapso, as como la hora de inicio y finalizacin del mismo, procurando que ste sea conforme al horario de trabajo establecido.

CAPITULO VLUGAR, DIA Y HORA PARA EL PAGO DE LOS SALARIOS, COMPROBANTES DE PAGO

En el presente Captulo deber sealarse la forma en la que el patrono aplicar lo dispuesto en los Artculos 119 y siguientes del Cdigo de Trabajo, en lo relativo a las formas de estipulacin de salarios en la Empresa, as como el lugar, da y hora en que se efectuarn los mismos, debiendo indicar la forma en que se entregarn los comprobantes de pago de salarios, anticipos, etc.Lo contenido en los Artculos 119, 122, 132, 138 y 143 del Cdigo de Trabajo, deber consignarse de forma expresa en el Reglamento Interno de Trabajo.

CAPITULO VIDESCANSO SEMANAL

En el presente Captulo deber sealarse la forma en la que se conceder el descanso semanal, de conformidad con lo dispuesto en los Artculos 171 al 176 del Cdigo de Trabajo.Lo dispuesto en los Artculos 171, 173, 175 y 176 del Cdigo de Trabajo, deber consignarse de forma expresa en el Reglamento Interno de Trabajo.

CAPITULO VIIASUETOS

En el presente captulo debern incorporarse los das de asuetos que concede la Empresa a los trabajadores, adems de los establecidos por la ley en el Artculo 190 del Cdigo de Trabajo, debiendo regular expresamente lo relativo a la remuneracin de dichos das de asuetos, tal como lo sealan los Artculos 191, 192 y 194 del Cdigo de Trabajo.No deber excluirse ninguno de los das de asueto sealados por la ley.

La siguiente redaccin, deber consignarse de forma expresa despus de los das de asueto sealados en el Art. 190 del Cdigo de Trabajo, en un artculo adicional:

Art. Toda modificacin, supresin o reforma que por Decreto Legislativo se hiciere de los das de asueto, quedar incorporada de pleno derecho en el artculo que antecede, teniendo efecto dicha modificacin, supresin o reforma, desde el da en que entre en vigencia el decreto correspondiente.

CAPITULO VIIIVACACIONES ANUALES

En el presente captulo debern establecerse las reglas de orden prctico conforme a las cuales se dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artculos del 177 al 189 del Cdigo de Trabajo. En caso que la duracin y remuneracin de las vacaciones fueren mayores a las establecidas por el Cdigo de Trabajo, deber incorporarse en el referido Reglamento la cantidad que efectivamente se pagar y su duracin.Para la redaccin de este Capitulo deber considerarse el contenido de los Artculos a los que se hace referencia anteriormente, en la medida que fueren aplicables en la empresa, de acuerdo con la modalidad de concesin de las vacaciones anuales.

CAPITULO IXAGUINALDOS

En el presente Captulo debern sealarse las reglas de orden prctico conforme a las cuales se dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artculos del 196 al 202 del Cdigo de Trabajo. En caso que la Empresa pagare en concepto de aguinaldo, cuantas superiores a las indicadas en el Cdigo de Trabajo, stas debern consignarse claramente en el Reglamento Interno de Trabajo.Lo dispuesto en los Artculos 196, 197, 198, 199, 200 y 201 del Cdigo de Trabajo deber consignarse de forma expresa, dependiendo de la modalidad de pago que se practica en la empresa.

CAPITULO XOBLIGACIONES Y PROHIBICIONES PARA LOS TRABAJADORES

En el presente Captulo debern sealarse las obligaciones y prohibiciones de los trabajadores de acuerdo a la naturaleza de los puestos o cargos desempeados en la Empresa y la organizacin y funcionamiento de la misma, que sean necesarias para la buena marcha de sta. Adems, debern incluirse las obligaciones establecidas por costumbre en la Empresa y las indicadas en cualquier otra Ley. Todo de conformidad con lo dispuesto en los Artculos 31 y 32 del Cdigo de Trabajo.

CAPITULO XIOBLIGACIONES Y PROHIBICIONES PARA LA EMPRESA

En el presente Captulo lo dispuesto en los Artculos 29 y 30 del Cdigo de Trabajo, deber consignarse de forma expresa en el Reglamento Interno de Trabajo, sin excluir ningn numeral.Asimismo ser necesario establecer dentro de las obligaciones de la empresa, la establecida en el Artculo 24 de la Ley de Equiparacin de Oportunidades para las Personas con Discapacidad con la siguiente redaccin:

La empresa contratar como mnimo, por cada veinticinco trabajadores que tenga a su servicio, a una persona con discapacidad y formacin profesional, apta para desempear el puesto de trabajo de que se trate.

Dentro de las prohibiciones debern agregarse adicionalmente las siguientes, respetando la presente redaccin: Exigir a las mujeres trabajadoras, que se sometan a exmenes para comprobar s se encuentran en estado de gravidez. Exigir a los trabajadores la prueba del VIH SIDA, durante la vigencia del contrato de trabajo.

CAPITULO XIILABORES QUE NO DEBEN EJECUTAR MUJERES NI MENORES DE EDAD

En el presente Captulo debern determinar, tomando en cuenta las tareas que realmente se ejecutan en la empresa, las labores que se estimen insalubres o peligrosas y que se prohbe sean realizadas por mujeres y menores de edad, de conformidad con lo dispuesto en los Artculos del 104 al 117 del Cdigo de Trabajo.

Aun cuando la empresa no contrate menores de edad, deber regularse lo consignado anteriormente dentro del Reglamento Interno de Trabajo.

CAPITULO XIIIEXMENES MDICOS Y MEDIDAS PROFILCTICAS

El presente Captulo deber redactarse conforme lo establecido en el Artculo 304 literal f) del Cdigo de Trabajo de la siguiente forma, debiendo respetar su redaccin:

Art. Cuando a juicio de la Direccin General de Previsin Social la naturaleza de las labores ofrezca algn riesgo para la salud, vida o integridad fsica del trabajador, es obligacin de los patronos mandar a practicar exmenes mdicos o de laboratorio a sus trabajadores.

Art. Los trabajadores debern someterse a exmenes mdicos o de laboratorio cuando fueren requeridos por el patrono o por las autoridades administrativas, con el objeto de comprobar su estado de salud.

Art. Los trabajadores deben ser destinados a desempear aquellos trabajos ms adecuados a su estado de salud y su capacidad fsica, con base en los exmenes mdicos correspondientes.

CAPITULO XIVSEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO

En el presente Captulo debern consignarse las medidas generales y especiales de Seguridad e Higiene Ocupacional, las cuales deben respetarse en la Empresa, con el objeto de evitar toda clase de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales. Adems deber Indicarse la forma y la aplicacin de los Artculos 314 y 315 del Cdigo de Trabajo (ver Artculo 77 del Reglamento General sobre Seguridad e Higiene en los Centros de Trabajo).

CAPITULO XVBOTIQUIN

El presente Captulo deber redactarse de la siguientes forma: La Empresa mantendr en lugares accesibles y para uso gratuito de todos los trabajadores a su servicio, un botiqun equipado con los medicamentos y enseres necesarios, en la forma que determine la Direccin General de Previsin Social.

CAPITULO XVIPRESTACIONES CUBIERTAS POR EL ISSS

El presente Captulo deber redactarse de la siguiente forma, respetando su redaccin:Art. En virtud de que la Empresa est sujeta al rgimen del Seguro Social, sta quedar exenta de las prestaciones que le impongan el Cdigo de Trabajo y otras leyes en favor de los trabajadores, en la medida en que sean cubiertas por el Instituto Salvadoreo del Seguro Social.No obstante lo sealado anteriormente, si por disposiciones reguladas en los contratos de trabajo o contenidas en el Reglamento, el patrono estuviera obligado a proporcionar prestaciones superiores a las concedidas por el Instituto Salvadoreo del Seguro Social, los trabajadores podrn reclamarle la parte que no recibieron del mencionado Instituto.

CAPITULO XVIIPETICIONES RECLAMOS Y MODO DE RESOLVERLOS

En el presente Captulo deber determinarse la forma y el tiempo en que los trabajadores deban presentar sus peticiones y reclamos a la Empresa, indicando el cargo de la o las personas que debern conocer de tales reclamos, as como la forma y plazo para resolverlos.

CAPITULO XVIIIDISPOSICIONES DISCIPLINARIAS Y MODO DE APLICARLAS

En el presente Captulo deber establecerse las sanciones de acuerdo a las faltas cometidas por cualquier miembro del personal que labore para la Empresa. Asimismo, se indicarn la o las personas que podrn imponerlas y el procedimiento que se seguir para tal efecto. Las sanciones podrn ser las siguientes:a)Amonestacin verbal.b)Amonestacin por escrito.c)Suspensin sin goce de salario por un da.d)Suspensin sin goce de salario por ms de un da y hasta treinta, previa autorizacin y calificacin de motivos de la Direccin General de Inspeccin de Trabajo, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 305 del Cdigo de Trabajo.e)Terminacin de Contrato Individual de Trabajo, sin responsabilidad patronal, de conformidad a las Clusulas establecidas en el Art. 50 del Cdigo de Trabajo. (Las que deber consignarse expresamente).

CAPITULO XIXDISPOSICIONES FINALES, PUBLICIDAD Y VIGENCIA

En el presente Captulo deber incluirse toda forma en la que opera la Empresa y que no haya sido establecida en los Captulos anteriores, concluyendo el Reglamento con las siguientes disposiciones, respetando la presente redaccin:

Art. Lo no previsto en el presente Reglamento Interno de Trabajo, deber resolverse de conformidad con lo dispuesto por la Legislacin Laboral vigente, entendindose sin perjuicio de mejores derechos establecidos en favor de los trabajadores por las leyes, contratos, convenciones o arreglos colectivos de trabajo y los consagrados por la costumbre de Empresa.

Art. Dentro de los seis das siguientes a aqul en que fuere aprobado por el Director General de Trabajo el presente Reglamento Interno de Trabajo, se dar a conocer a los trabajadores por medio de ejemplares escritos con caracteres legibles, los cuales se colocarn en lugares visibles dentro de la Empresa.

El Reglamento entrar en vigencia quince das despus de aquel en que fue dado a conocer en la forma indicada en el inciso anterior.

Art. Toda reforma o modificacin al presente Reglamento, no tendr validez, sino se observa el trmite y plazos establecidos en el artculo anterior.

Art. Mientras el presente Reglamento Interno de Trabajo y sus reformas o modificaciones estn vigentes, no ser necesario el plazo de quince das para que sus disposiciones sean de obligatoria observancia, respecto de los nuevos patronos o sus representantes y los trabajadores de nuevo ingreso.

6. FORMALIDADES QUE DEBER CONTENER EL PROYECTO DE REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO PARA SU APROBACIN

El Empleador, Apoderado o Representante Legal, segn sea el caso, debidamente acreditados, debern solicitar por escrito al Director General de Trabajo, la aprobacin del Proyecto de Reglamento Interno de Trabajo, acompandolo de tres ejemplares del mismo.La solicitud de aprobacin y los ejemplares del Proyecto de Reglamento Interno de Trabajo, se redactarn en papel comn.Las modificaciones al Reglamento Interno de Trabajo, debern solicitarse en la forma sealada anteriormente.

Para su aprobacin, el Reglamento Interno de Trabajo, deber estar redactado de acuerdo con lo dispuesto en el Cdigo de Trabajo, las Leyes, Reglamentos, Contratos y Convenciones Colectivas de Trabajo que lo afecten, as como con la costumbre de la Empresa.

El Reglamento Interno de Trabajo, deber redactarse respetando signos de puntuacin, ortografa, interlineado, mrgenes, y Enumerar todas las pginas que conforman el proyecto de Reglamento.

Deber evitarse hacer referencia nicamente a los Artculos del Cdigo de Trabajo que se relacionan, debiendo desarrollar su contenido en los Captulos correspondientes del Reglamento Interno de Trabajo.

El Proyecto de Reglamento Interno de Trabajo, deber redactarse con enfoque de gnero, para dar cumplimiento a la Poltica Nacional de la Mujer.

En la parte final del Reglamento Interno de Trabajo, deber consignarse el lugar, la fecha y la firma del REPRESENTANTE LEGAL O DEL PROPIETARIO DEL CENTRO DE TRABAJO segn sea el caso, as como el sello de la Empresa o Sociedad, si tuvieren.

Los Captulos y Artculos del Reglamento Interno de Trabajo, debern numerarse correlativamente.

7. CONCLUSIONES.

El Reglamento Interno de Trabajo, le permite a las empresas dirigir adecuadamente susoperaciones, evita tener que impartir instrucciones a cada trabajador en particular; adems permite sancionar disciplinariamente a quienes lo incumplen y contribuye al cumplimiento de las metas yobjetivos.

Es una manera decomunicacinefectiva entre Empleador y Empleado, ya que se deben realizar las consultas entre ambos para la elaboracin del Reglamento Interno y as llegar a un consenso sobre derechos yobligacionesde ambos dentro de laorganizacin.

8. RECOMENDACIONES

Que el Reglamento Interno de Trabajo sea elaborado en equipo, es decir, que se designe un Coordinador conocedor en materia Laboral para que lo redacte, consultando las razones del patrono, jefes, algunos trabajadores especializados o tcnicos y personas autorizadas, a efecto que en el Reglamento Interno se regulen las relaciones empleador - trabajador.

Que en los Centros de Trabajo Industriales en donde se empleen 20 o ms trabajadores, el Reglamento Interno de Trabajo regule lo dispuesto en el Captulo XIV del presente Instructivo, en cuanto a la existencia de Comits de Seguridad e Higiene.

Sobre las disposiciones relativas al nmero de Comits, sus objetivos principales, su organizacin y funcionamiento, deber solicitarse la asesora del Departamento Nacional de Higiene y Seguridad Ocupacional de la Direccin General de Previsin Social y de la Seccin de Prevencin de Riesgos Profesionales del Instituto Salvadoreo del Seguro Social.

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