PROYECTO DE RESTAURACIÓN DE VEGETACIÓN DE RIBERA EN...

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Región de Murcia Consejería de industria y Medio Ambiente Dirección General del Medio Natural Servicio de Ordenación y Gestión de los Recursos Naturales 1 PROYECTO DE RESTAURACIÓN DE VEGETACIÓN DE RIBERA EN LA RAMBLA DE MALVARICHE. PARQUE REGIONAL DE SIERRA ESPUÑA. Septiembre 2006 Asistencia técnica:

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PROYECTO DE RESTAURACIÓN DE VEGETACIÓN DE RIBERA EN LA RAMBLA DE MALVARICHE. PARQUE

REGIONAL DE SIERRA ESPUÑA.

Septiembre 2006 Asistencia técnica:

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DIRECCIÓN GENERAL DEL MEDIO NATURAL SERVICIO DE ORDENACIÓN Y GESTIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES Unidad Técnica Noroeste – Río Mula - Espuña

Asistencia Técnica: Ingeniería y Medio Ambiente

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MEMORIA Asistencia Técnica:

Ingeniería y Medio Ambiente

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INDICE MEMORIA 1. INTRODUCCIÓN. 2. OBJETIVO DEL PROYECTO. 3. ANTECEDENTES.

3.1 NORMATIVA DE PROTECCIÓN. 3.2 LUGAR DE IMPORTANCIA COMUNITARIA Y ZEPA. 3.3 PLAN DE ORDENACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES (PORN). 3.4 PLANIFICACIÓN FORESTAL EN EL PORN. 3.5 PLAN SECTORIAL FORESTAL. 3.6 PLAN RECTOR DE USO Y GESTIÓN (PRUG). 3.7.ESTRATEGÍA BÁSICA DE GESTIÓN Y CONSERVACIÓN DE ESPECIES DE FLORA EN EL PARQUE REGIONAL DE SIERRA ESPUÑA (ECGF).

4. MEDIO FÍSICO Y BIÓTICO.

4.1. OROGRAFÍA Y RED HIDROGRÁFICA. 4.2. BIOCLIMATOLOGÍA Y FITOGEOGRAFÍA.

4.2.1 Generalidades bioclimatológicas. 4.2.2 Pisos bioclimáticos.

4.2.2.1 Tipos de Pisos Bioclimáticos. 4.2.3. Ombrotipos. 4.2.4. Fitogeografía.

5. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.

5.1 MONTES Y FINCAS DE ACTUACIÓN.

5.1.1 Montes Públicos. 5.1.2 Fincas Privadas.

5.2 ELECCIÓN DE ESPECIES.

5.2.1. ZONAS HIPERHÚMEDAS.

5.2.1.1. Zonas hiperhúmedas públicas. 5.2.1.2. Zonas hiperhúmedas privadas.

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5.2.2. ZONAS HÚMEDAS

5.2.2.1. Zonas húmedas públicas. 5.2.2.2. Zonas húmedas privadas.

5.2.3. RESUMEN DEL NÚMERO DE PLANTAS.

5.3 APEO DE RODALES.

5.3.1 Montes Públicos 5.3.2 Fincas Privadas. 5.3.3 Accesos.

5.4 DISEÑO DE LA REPOBLACIÓN.

5.4.1 Densidad. 5.4.2 Distribución de la planta. 5.4.3 Preparación del terreno.

5.4.3.1 TRATAMIENTO DE LA VEGETACIÓN PREEXISTENTE. 5.4.3.2 PREPARACIÓN DEL SUELO.

5.4.4 Plantación. 5.4.5 Trabajos complementarios.

6. PRESUPUESTO.

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1. INTRODUCCIÓN. El presente proyecto describe los trabajos de recuperación de la vegetación de

ribera en el Barranco de Malvariche, en el Parque Regional de Sierra Espuña.

Es una de las actuaciones que el Plan Sectorial Forestal define para la unidad

de barrancos y riberas, contribuyendo su realización a los objetivos de este

plan, tanto al incremento de la diversidad estructural y específica de la masa,

como a la evolución de la misma hacia una situación más madura y estable

(Fig. 1.1).

a) Conservar y garantizar la perdurabilidad de los recursos forestales de Sierra

Espuña.

b) Favorecer la evolución de la masa forestal hacia sistemas más maduros y estables. c) Incrementar la diversidad vegetal y faunística de los ecosistemas forestales. d) Compatibilizar la conservación y aprovechamiento de los recursos forestales con la

funcionalidad del espacio natural.

Fig. 1.1 Objetivos del PORN para el Plan Sectorial Forestal.

2. OBJETIVO DEL PROYECTO.

El objetivo del proyecto es definir las actuaciones de restauración de la

vegetación de ribera en la Rambla de Malvariche, como muestra la figura 2.1.

y el plano 1:

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Fig. 2.1 Zona de actuación, barranco coloreados dentro del marco rosa, dentro y fuera de los límites del

Parque Regional de Sierra Espuña, en negro.

3. ANTECEDENTES. 3.1 NORMATIVA DE PROTECCIÓN. Año

Figura

1931:

Sitio Natural de Interés Nacional.

1979:

Parque Natural.

1992:

Parque Regional. Ley 4/92 de Ordenación y Protección del Territorio de la Región

de Murcia.

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1995:

El Decreto nº 13/1995, de 31 de marzo (BORM nº 85 del 11 de abril de 1995),

aprueba definitivamente el Plan de Ordenación de Recursos Naturales del

Parque Regional de Sierra Espuña.

La Ley 6/1995, de 21 de abril modifica los límites del Parque Regional de Sierra

Espuña

La Ley 7/1.995 de La Fauna Silvestre, Caza y Pesca Fluvial, establece que las

Zonas de Especial Protección para las Aves pasen a ser consideradas Áreas de

Protección de la Fauna Silvestre. Regula además las actividades cinegéticas.

1998:

La Resolución de 30 de septiembre (BORM nº 236 del 13 de octubre de 1.998)

designa el territorio como ZEPA en cumplimiento de la Directiva del Consejo de

las Comunidades Europeas 79/409/CEE, de 2 de abril de 1.979.

Fig. 3.1 Figuras de Protección del Parque a lo largo del tiempo

3.2 LUGAR DE IMPORTANCIA COMUNITARIA Y ZEPA. El ámbito territorial del Parque Regional se ha propuesto como Lugar de

Importancia Comunitaria (LIC) por los hábitats singulares que se pueden

encontrar en él. Se trata de un macizo montañoso cuyo paisaje forestal está

dominado por Pinus halepensis, producto de las repoblaciones llevadas a cabo

a principios de siglo. Las comunidades vegetales más relevantes son los

sabinares de Juniperus phoenicea, tanto termomediterráneos con palmito como

meso-supramediterráneos, a los que se asocian comunidades de Sedum

sediforme y las escasas formaciones de carrascales en calizas y dolomías de

las umbrías. Igualmente, son singulares los retamares de Genista valentina; las

comunidades rupícolas con numerosos endemismos como Centaurea saxicola,

Lafuentea rotundifolia, Teucrium rivasii y Erodium saxatile; los jarales sobre

argilitas con especies de Cistus muy raras en la Región (C. laurifolius, C.

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populifolius, etc.); y las saucedas relictuales del río Espuña dominadas por

Salix pedicellata y Erica erigena. Otras especies de flora importantes son

Fumana fontanesii (única localidad de presencia en Europa) y Rhamnus

lycioides subsp. atlantica (única localidad regional y posiblemente de la

Península Ibérica).

4090 NR Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga.

5210 NR Matorrales arborescentes de Juniperus spp

5334 NR Matorrales y tomillares termófilos, principalmente semiáridos.

5335 NR Retamares y matorrales de genisteas.

6110 * R Prados calcáreos cársticos o basófilos del Alysso-Sedion albi.

6175 NR Pastizales psicroxerófilos supraoromediterráneos

6220 * NR Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6420 R Prados húmedos

8211 R Vegetación casmofítica calcícola del Mediterráneo occidental.

8230 R Roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion

9240 NR Robledales ibéricos de Quercus faginea y Quercus canariensis.

92A0 R Bosques galería de Salix alba y Populus alba.

92D0 R Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos

9340 NR Encinares de Quercus ilex y Quercus rotundifolia

9561 * NR Sabinares albares (Juniperus thurifera) de España, Francia y Córcega

Fig. 3.2 Hábitats de interés comunitario en el Parque Regional de Sierra Espuña

Sierra Espuña está declarada Zona de Especial Protección para las Aves

por las poblaciones de Búho real y Águila real (Directiva 79/409). Incluidos en

el Anexo II de la Directiva 92/43 están presentes los quirópteros Rhinolophus

hipposideros y Myotis emarginatus y el Galápago leproso. Existen además

otras especies de interés como los lepidópteros endémicos, Aricia morronensis

y Cupido carswelli; o la ardilla de Sierra Espuña, Sciurus vulgaris hoffmani.

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3.3 PLAN DE ORDENACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES

(PORN). A continuación se detallan los aspectos del PORN, además de los objetivos

antes mencionados, que influyen de manera directa en la definición y en la

ejecución de las actuaciones forestales.

Artículo 61: Concepto y zonas.

1. A los efectos de regular los usos y actividades de las distintas zonas del

Parque Regional y definir los criterios de gestión que habrán de seguirse, se

zonifica interiormente el Parque en las siguientes zonas:

a) Zona de Conservación Prioritaria

- Subzona 1: Cumbres de Espuña y la Hoz.

- Subzona 2: Riberas y Barrancos.

b) Zona de Conservación Compatible

- Subzona 1: Umbrías del Bosque y la Sepultura.

- Subzonas 2 y 3: Estribaciones de Espuña.

- Subzona 4: Valdelaparra-Prado Mayor.

c) Zona de Uso Público Extensivo (Valle del río Espuña-Las Tanganeras).

d) Zona de Uso Público Intensivo (Núcleos Recreativos de Alquerías, Fuente

del Hilo, La Perdiz y la Santa de Totana)

e) Viales.

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Artículo 62: Concepto de usos compatibles, incompatibles y preferentes.

1. Se definen como usos compatibles aquellos que genéricamente se

consideran adecuados para la Zona, en función de las características del tipo

de uso, estado de conservación y vocación de uso de la Zona y el destino de la

misma de acuerdo con la planificación.

2. Son usos preferentes aquellos que se consideran prioritarios para la Zona

entre los compatibles.

3. Se definen los usos incompatibles por exclusión de los anteriores, como

aquellos que se considera inconvenientes para la Zona en función de su

vocación de uso y sus necesidades de protección.

Sección 2: Zona de Conservación Prioritaria.

Artículo 63: Definición.

1. Se considera Zona de Conservación Prioritaria aquellas que requiere un alto

grado de protección por albergar mayores valores naturales, científicos,

culturales o paisajísticos, así como por la singularidad de sus hábitats, especies

y comunidades.

Se corresponde con las áreas cuyas condiciones paisajísticas y ecológicas

definen una vocación de uso claramente dirigida a la conservación y mejora

del medio, compatible con un tipo de uso público extensivo meramente

orientado a la investigación, la educación e interpretación ambiental y la

contemplación de la naturaleza de forma controlada.

f) Se determinan dos Subzonas, correspondientes a:

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- Subzona 1: Cumbres de Espuña y la Hoz. Corresponde a los terrenos

culminales de la Sierra y el área comprendida por el cañón del Barranco de la

Hoz.

- Subzona 2: Riberas y Barrancos. Corresponde a las líneas de drenaje más

adecuadas para la aplicación de programas de conservación y recuperación de

la vegetación riparia y matorral autóctono asociados a las condiciones

ombroclimáticas de fondos de barranco.

Artículo 64: Usos preferentes, compatibles e incompatibles.

Se consideran usos preferentes para esta zona los siguientes:

- Las actividades dirigidas a la investigación.

- Las actividades dirigidas exclusivamente a la conservación y mejora del

medio natural, en especial la restauración de la vegetación de ribera en la

Subzona 2.

Para la Subzona 1 (Cumbres de Espuña y la Hoz) se consideran usos

compatibles los siguientes:

a) Las actividades deportivas informales (escalada), bajo la regulación

realizada por el PRUG y el Plan de Uso Público.

b) Las actividades dirigidas a la educación e interpretación ambiental, bajo

la regulación realizada por el PRUG y el Plan de Uso Público, que no impliquen

construcción de ninguna nueva infraestructura de cualquier índole, excepto

señalizaciones.

c) El uso y acondicionamiento de construcciones ya existentes para las

actividades mencionadas en el párrafo anterior.

d) Las actividades de contemplación y disfrute de la naturaleza a través de

caminos y sendas habilitadas para ello.

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Para la Subzona 2 (Riberas y Barrancos) se considera compatible el uso

público extensivo.

Para esta Zona, se consideran usos incompatibles los restantes, en particular:

a) Para la Subzona 1:

-El pastoreo.

-Los trabajos o aprovechamientos forestales que no vayan exclusivamente

dirigidos a la mejora de las condiciones ecológicas.

-La actividad cinegética excepto el control de las poblaciones de Arrui y de

especies oportunistas.

-La instalación de nuevas infraestructuras o equipamientos permanentes o

temporales dirigidos al uso público.

-La apertura de nuevos caminos o pistas, así como el asfaltado de las actuales.

-La localización de cualesquiera otra infrestructura no dirigida estrictamente a la

conservación, investigación o gestión del Parque.

b) Para la Subzona 2:

-El pastoreo.

-Los trabajos o aprovechamientos forestales que no vayan exclusivamente

dirigidos a la mejora de las condiciones ecológicas.

El acceso rodado en la Zona será, con carácter general, incompatible. No

obstante:

a) Se permitirá el ingreso de vehículos relacionados con la gestión del Parque.

b) Se podrá autorizar el acceso de vehículos por razones de servidumbre,

seguridad, investigación, de gestión de la zona, relacionadas con visitas

organizadas o por circunstancias excepcionales de otra índole.

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c) El acceso al tráfico rodado por la carretera de subida al Morrón desde el

Collado Bermejo, estará permitido para vehículos militares. Para los restantes

vehículos, el PRUG definirá la conveniencia y modos del acceso.

Sección 4: Zona de Uso Público Extensivo (Valle del Río Espuña- Las Tanganeras).

Artículo 67: Definición.

1. Se define como la zona que alberga formaciones naturales representativas

pero en general de menor fragilidad, en las que se desarrolla actualmente un

cierto tipo de uso público extensivo compatible con la conservación.

2. Corresponde al área central del Parque cuya vocación de uso es la

constituir una amplia zona en la que el uso público extensivo implique

actividades lúdicas y de contemplación que no requieran infraestructuras

significativas en el marco de un área gestionada para la conservación y mejora

de las condiciones del medio natural.

3. A los terrenos privados incluidos dentro de esta zona se les aplicará la

normativa prevista para la Zona de Conservación Compatible.

Artículo 68: Usos preferentes, compatibles e incompatibles.

1. Se consideran usos preferentes para esta zona los siguientes:

a) Las actividades dirigidas a la investigación.

b) Las actividades dirigidas a la conservación y mejora del medio natural.

c) Las actividades dirigidas a garantizar el correcto desarrollo del uso público y

recreo extensivos.

d) Las actividades dirigidas a la aplicación de programas y campañas de

educación e interpretación ambiental, incluido la instalación de señalizaciones.

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2. Se consideran usos compatibles, además de los anteriormente citados, los

siguientes:

a) Las actividades deportivas no organizadas.

b) Las actividades deportivas organizadas que no requieran infraestructura y

los regulados por el PRUG y el plan de Uso Público.

c) La adecuación y utilización de construcciones e infraestructuras ya

existentes para uso público, recreativo o turístico.

3. Se consideran usos incompatibles los restantes.

4. La compatibilidad o incompatibilidad de la actividad cinegética en esta zona

será determinada por el Plan Sectorial de Aprovechamiento Cinegético, y en

cualquier caso será considerada actividad compatible los métodos de control

de las poblaciones de Arrui y de especies oportunistas.

3.4 PLANIFICACIÓN FORESTAL EN EL PORN. El PORN establece en su artículo número 97 las unidades de gestión forestal y

las directrices a seguir en cada una de ellas (Fig. 3.3). Esas unidades se

superponen a la división general de la superficie de la manera que se indica en

la Fig. 3.4.

PORN FORESTAL 1. Se define la Unidad de Protección como los terrenos forestales que estarán destinados a

la protección de enclaves de alto interés ecológico o paisajístico, siendo áreas en las que las características ambientales hacen incompatible el aprovechamiento forestal.

2. Se define la Unidad de Regeneración y Recuperación de Carrascales como los

terrenos forestales cuyo objetivo es promover actuaciones que permitan la regeneración de un monte bajo de encinas y establecer modelos de gestión para la recuperación de los carrascales dentro de su área potencial.

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3. Se define la Unidad de Uso Recreativo como aquellos terrenos cuyo objetivo forestal es la ordenación y adecuación paisajística del entorno de las áreas de recreo intensivo y la creación de zonas periféricas que impliquen un gradiente de intensidad de uso y sirvan de amortiguamiento de los posibles impactos generados. Se identifican como unidades de uso recreativo las ocupadas actualmente por núcleos de recreo y estancia, así como su área de influencia.

4. Se define la Unidad de Conservación como aquellos terrenos forestales cuyo objetivo es

la conservación y mejora de la masa forestal mediante la adopción y aplicación de modelos de gestión que favorezcan el establecimiento de una masa irregular y la dinámica evolutiva hacia sistemas forestales de mayor diversidad y estabilidad.

5. Se define la Unidad de Potencialidad Productiva como aquellos terrenos forestales

cuyas condiciones ambientales podrían permitir un aprovechamiento forestal que generara un rendimiento económico. Esta evaluación derivará de las conclusiones del Plan Sectorial de Ordenación Forestal.

6. Se define la Unidad de Corredores de Vegetación de Ribera como aquellas unidades

de tipo lineal asociadas a las grandes líneas de drenaje de Sierra Espuña, cuya finalidad es la conservación y regeneración de las comunidades vegetales de carácter ripícola con objeto de aumentar la diversidad vegetal.

Fig. 3.3 Unidades territoriales definidas en el PORN para la gestión forestal

ZONA PORN

SUBZONA PORN

PORN FORESTAL

Conservación Compatible

Umbrías del Bosque y la Sepultura

Potencialidad Productiva

Conservación Compatible

Estribaciones de Espuña Protección

Potencialidad Productiva

Conservación

Conservación Compatible

Valdelaparra-Prado Mayor

Recuperación y Regeneración de Carrascales Potencialidad Productiva Conservación

Prioritaria Cumbres de Espuña y la Hoz

Conservación

Conservación Prioritaria

Riberas y barrancos

Uso Recreativo Uso Público Intensivo

Protección Potencialidad Productiva Uso Público

Extensivo

Protección Fig. 3.4 Comparación entre la división que hace el PORN para la regulación de usos y actividades y la que aparece

en el mismo documento para la correcta gestión forestal del Parque de Sierra Espuña (PORN forestal).

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3.5 PLAN SECTORIAL FORESTAL. A partir de la zonificación general que realiza el PORN, el apartado del mismo

dedicado a la gestión forestal y la división dasocrática anterior, se definieron los

cuarteles y sus respectivos objetivos principales. Como se muestra en la figura

3.5, cada tipo de cuartel presenta un conjunto de actuaciones posibles de entre

los que se elige uno u otro atendiendo a las características particulares de cada

cantón. Las parcelas incluidas en el presente proyecto se encuentran en

cuarteles con dos finalidades principales: producción y recreo. En cada tipo se

prevén unas actuaciones diferentes que se detallan a continuación.

ACTUACIONES P.S.F. PORN FORESTAL

ZONA PORN

SUBZONA PORN

Potencialidad Productiva

Conservación Compatible

Umbrías del Bosque y la Sepultura

Protección

Conservación Compatible

Estribaciones de Espuña

Conservación

Recuperación y Regeneración de Carrascales

Conservación Compatible

Valdelaparra-Prado Mayor

Conservación

Conservación Prioritaria

Cumbres de Espuña y la Hoz

Protección

Uso Público Extensivo

C.H. A.S.U. C.M.

Conservación

Protección

Uso Intensivo

Paisajes agrarios

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Uso Recreativo

Entresaca C.M. R. Vallado

Recreativo

Protección

Uso Público Intensivo

Fig. 3.5 a Distribución de las Actuaciones (A.S.U.:Aclareo Sucesivo Uniforme; R.:Restauración; C.H.:Corta a Hecho;

C.M.:Cortas de Mejora;S.N.: Selvicultura Nula)

ACTUACIONES P.S.F. PORN FORESTAL

ZONA PORN

SUBZONA PORN

Uso Público Extensivo

Conservación Prioritaria

Cumbres de Espuña y la Hoz Umbrías del Bosque y la Sepultura

C.H. A.S.U. C.M. Entresaca

Producción

Potencialidad Productiva

Conservación Compatible

Valdelaparra-Prado Mayor

A.S.U. R.

Conservación Prioritaria

Riberas y barrancos

S.N.

Protección

Conservación

Conservación Prioritaria

Cumbres de Espuña y la Hoz Umbrías del Bosque y la Sepultura

A.S.U. Resalveo

Carrascales

Potencialidad Productiva

Conservación Compatible

Valdelaparra-Prado Mayor

Fig. 3.5 b Distribución de las Actuaciones (A.S.U.:Aclareo Sucesivo Uniforme; R.:Restauración; C.H.:Corta a Hecho;

C.M.:Cortas de Mejora;S.N.: Selvicultura Nula)

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3.6 PLAN RECTOR DE USO Y GESTIÓN (PRUG).

El PRUG del Parque Regional de Sierra Espuña establece, junto con lo visto

en el PORN, una serie de criterios que tienen que ser contemplados en la

definición y en la ejecución del proyecto. Los fundamentales a tener en cuenta

a la hora de llevar a cabo este proyecto quedan recogidos en el “Art.54.- Repoblaciones, regeneraciones y tratamientos”, que son los siguientes:

1. Los trabajos de repoblación, regeneración y tratamiento de la cubierta

vegetal habrán de garantizar la efectiva conservación y mejora del medio

natural, bajo los principios de aprovechamiento sostenible y

conservación de la biodiversidad, favoreciendo las condiciones para

la conservación y recuperación en su caso de los distintos hábitats,

comunidades y especies silvestres, en particular las catalogadas.

2. Las repoblaciones y tratamientos de la cubierta vegetal estarán sujetos a

autorización de la Administración del Parque Regional. Cuando

dichas actuaciones estén contempladas en los instrumentos de

planificación y ordenación forestal, que hayan sido informados

favorablemente por la Administración del Parque Regional de forma

previa a su aprobación según lo contemplado en el Art. 53.1, solo será

necesaria la comunicación previa al inicio de los trabajos.

3. La Consejería competente en materia de medio ambiente podrá

incentivar la conservación o establecimiento de masas forestales

que mantengan una elevada diversidad específica y estructural,

representaciones de formaciones climáticas de la zona o que sean

favorables para la cría y albergue de especies catalogadas; en el marco

de las acciones contempladas en el “Plan de A poyo a las Actividades

de Conservación de la Naturaleza y Desarrollo Comunitario” del

presente PRUG.

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4. Las repoblaciones en los montes de titularidad pública fomentarán

incrementar y diversificar la estructura vegetal y aumentar la cobertura

del suelo, considerando las tipologías de los hábitats presentes y la

singularidad de sustratos, prevaleciendo estos considerandos sobre el

aprovechamiento económico que pudiera derivarse subsidiariamente de

las formaciones vegetales creadas. Para ello, los trabajos de repoblación

crearán o potenciarán no solo masas arbóreas, sino que tendrán en

cuenta también los estratos arbustivos y herbáceos.

5. En las repoblaciones se utilizarán exclusivamente especies, variedades y ecotipos vegetales autóctonos, procedentes de viveros legalizados

que garanticen la procedencia de las semillas y plantas de regiones o

zonas con similares características ecológicas a las que poseen los

terrenos a forestar, de acuerdo con las regiones de procedencia

establecidas por la normativa vigente. Será igualmente de aplicación la

normativa de producción, comercialización y utilización de los materiales

forestales que se establezcan con carácter general. Serán prioritarias en

las repoblaciones las especies catalogadas presentes en las

comunidades vegetales correspondientes a la zona a repoblar.

6. Sólo se permitirán aquellos método de preparación del terreno que no

modifiquen de forma notable el perfil del suelo existente, buscando

alternativas que minimicen los volúmenes de tierra movidos y los efectos sobre el paisaje y los riesgos de erosión.

7. En los trabajos de repoblación y tratamiento silvícolas no se podrá eliminar de modo sistemático la vegetación natural arbustiva o

herbácea.

8. Los restos originados en los tratamientos silvícolas se eliminarán para

evitar riesgos de incendios y plagas. Se evitará, en lo posible, la quema

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de los residuos, realizándose preferiblemente la eliminación mediante

astillado in situ. Los troncos de calibre excesivo para el astillado se

sacarán de los espacios arbolados.

Además, el PRUG desarrolla en su CAPITULO V una serie de Planes y

Programas de Desarrollo. Uno de ellos es el PLAN DE CONSERVACIÓN Y

RESTAURACIÓN DE LOS VALORES NATURALES Y CULTURALES, cuyos

objetivos se definen en los artículos 117 y 121 del PORN de Sierra Espuña.

- Objetivos del Plan de Conservación y Restauración de los Valores Naturales:

a) Asegurar la preservación de la biodiversidad

b) Favorecer las etapas más maduras de la sucesión de los ecosistemas

c) Favorecer ecosistemas y políticas de gestión que faciliten la

autosostenibilidad con una mínima intervención

d) Favorecer el efecto estabilizador de Sierra Espuña sobre su entorno

espacial, en particular el papel moderador y regulador en los flujos de materia y

energía de los cuales es exportador por su condición de macizo montañoso

e) Mantener e incrementar la calidad estética de los paisajes

- Objetivos del Plan de Conservación y Restauración de los Valores Culturales:

“El inventario, conservación y, en su caso, restauración de los valores

culturales, históricos, antropológicos y preceptúales del Parque”

*En el marco de los objetivos básicos contemplados por el PORN el presente

Plan de Conservación y Restauración de Los Valores Naturales y Culturales

establece los siguientes objetivos específicos:

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- Compatibilizar la conservación uso sostenible de los recursos naturales y los

procesos ecológicos esenciales

- Conservar y favorecer en especial los ecosistemas de mayor valor ecológico,

incluyendo los “hábitats de protección especial”, las especies de flora y fauna

silvestres catalogadas, las formaciones vegetales climácicas y los enclaves de

especial relevancia botánica.

- Contribuir al mantenimiento del patrimonio arqueológico, etnográfico e

histórico, así como la conservación de los elementos tradicionales de la cultura

y costumbres locales.

Dentro de las líneas de actuación del Plan mencionado se encuentra el

Programa de gestión y manejo de la flora, comunidades vegetales y hábitats naturales. La acción número 4 se refiere a las zonas prioritarias de

recuperación de la vegetación, mencionando la necesaria:

A/ Conservación de los cursos de agua, fuentes y vegetación de barrancos y

riberas.

El objetivo es promover la conservación y restauración de los ecosistemas

ligados a los cursos y fuentes de agua, permanentes o temporales. Para ello se

partirá de la información obtenida en la “Acción 12: Uso y Gestión de los

Recursos Hídricos del Parque Regional” del Plan de Investigación. Se

considera Zona Prioritaria la establecida en el presente PRUG en su titulo II

“Zonificación y Normas Particulares de Ordenación”:

Cabe destacar el objetivo de “Recuperación de la vegetación de ribera de la Subzona 2 de la Zona de Conservación Prioritaria” recogido dentro de este

programa, el cual se desarrolla en el presente proyecto.

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3.7.- ESTRATEGÍA BÁSICA DE GESTIÓN Y CONSERVACIÓN DE ESPECIES DE FLORA EN EL PARQUE REGIONAL DE SIERRA ESPUÑA (ECGF).

En la ECGF de Sierra Espuña, se encuentran recogidas las especies de flora

del Parque, así como el grado de protección de las mismas a diferentes

escalas, y medidas de conservación y gestión para las especies “prioritarias”.

Siendo estas últimas (1) las especies consideradas “en peligro de extinción” en

el Decreto 50/2003 de 30 de Mayo por el que se crea el Catálogo Regional de

Flora, y (2) las clasificadas como “vulnerables”, pero con gran importancia

relativa dentro del Parque por ser la única localidad regional o por tener un

peso específico importante.

De las especies seleccionadas como prioritarias en Sierra Espuña las que se

encuentran dentro del ámbito de actuación de este proyecto son las siguientes:

ESPECIE GRADO DE PROTECCIÓN

Coronilla glauca VULNERABLE

Erica erigena PELIGRO EXTINCIÓN

Fraxinus angustifolia PELIGRO EXTINCIÓN

Phillyrea media PELIGRO EXTINCIÓN

Salix pedicellata VULNERABLE

Sorbus aria PELIGRO EXTINCIÓN

También se incluye en la ECGF, los “lugares clave para la flora de Sierra

Espuña”, es decir, localizaciones dentro del parque que presentan un gran

número de especies protegidas y de interés científico. El área del presente

proyecto, situada en la Rambla de Malvariche.

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4. MEDIO FÍSICO Y BIÓTICO

4.1. OROGRAFÍA Y RED HIDROGRÁFICA.

El macizo de Espuña, se encuentra situado en la Cuenca Hidrográfica del Río

Segura. Vertiendo sus aguas a dos subcuencas, la parte Sur al Guadalentín y

la Norte al río Mula.

Las características climáticas e hidrogeológicas de la zona determinan la

irregularidad de la circulación de aguas superficiales, permaneciendo los

cauces secos la mayor parte del año. Sólo algunos de esos barrancos

presentan una cierta continuidad debido a la existencia en ellos de manantiales

y fuentes naturales, aunque se suelen encauzar para ser aprovechados en el

en terrenos de cultivo.

Los tramos seleccionados se encuentran en la subcuenca del Río Mula,

tratándose de superficies de baja pendiente en altitudes que oscilan en torno a

los 500 m.s.n.m.

4.2. BIOCLIMATOLOGÍA Y FITOGEOGRAFÍA La clasificación bioclímática propuesta por Rivas Martínez (1987) y

fundamentada en las series de Braun Blaquet (1923), Meusel, Jeager y Weiner

(1965), dividen la Península Ibérica en dos regiones Biogeográfica, siendo una

herramienta muy importante para acometer este tipo de proyectos, al

establecer la descripción de la vegetación, a continuación se describen:

-Región Eurosiberiana: el balance hídrico en el estío no es negativo (no

presenta sequía estival). Dentro de esta región se engloba Galicia, norte de

Portugal, Cornisa Cantábrica y gran parte de los Pirineos.

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-Región Mediterránea: Abarca el resto de la Península Ibérica e Islas

Baleares.

4.2.1 Generalidades bioclimatológicas.

La Bioclimatología es una ciencia ecológica, que ha adquirido vigencia en los

últimos años, que trata de poner de manifiesto la relación existente entre los

seres vivos (Biología) y el clima (Física). Se diferencia esencialmente de la

Climatología en que la información, índices y unidades que utiliza, intenta que

estén relacionados y delimitados por las especies y biocenosis, entre las cuales

las vegetales, por su estatismo, son muy adecuadas.

Su objetivo es llegar a poder predecir las características del clima de un

territorio, una vez conocidas algunas características relevantes de su

vegetación y viceversa, dados unos datos climáticos determinados, poder

predecir las principales características de su cubierta vegetal.

De entre los factores climáticos la precipitación y la temperatura se han

destacado como los más directamente responsables sobre la distribución de

los ecosistemas sobre la Tierra. Por tal razón, a lo largo de este siglo, se han

propuesto diversos índices numéricos y gráficos para tratar de poner en

evidencia tales relaciones entre el clima y los seres vivos, en particular con la

vegetación.

4.2.2 Pisos bioclimáticos

Entendemos como pisos cada uno de los tipos o espacios termoclimáticos que

se suceden en una cliserie altitudinal o latitudinal. En la práctica, tales unidades

bioclimáticas se conciben y delimitan en función de aquellas fitocenosis que

presentan evidentes correlaciones con determinados intervalos o cesuras

termoclimáticas. El fenómeno de la zonación altitudinal o latitudinal térmica

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tiene jurisdicción universal, y en cada región o grupo de regiones

biogeográficas afines existen unos peculiares pisos bioclimáticos con sus

particulares valores térmicos, calculables utilizando los índices de termicidad.

El índice de termicidad (It), conviene recordar, es el valor o guarismo resultante

de la suma en décimas de grado centígrado de: T (temperatura media anual),

m (temperatura media de las mínimas del mes más frío) y M (temperatura

media de las máximas del mes más frío); se expresa como It = (T + m + M) 10.

La bondad de este índice de aplicación universal se basa en que el valor de las

mínimas del mes más frío (m) y su corrección en tanto a su duración a lo largo

del día con la media de las máximas también del más frío del año (M), opera

como factor limitante en la Ley del Mínimo.

En conjunto conocemos con cierto detalle los pisos bioclimáticos

correspondientes a las regiones o grupos de regiones Mediterránea (6 pisos),

Eurosiberiana (5 pisos), Macaronésica (5 pisos). Andina (6 pisos) y Amazónica

(3 pisos).

En lo que respecta a España, en la región Mediterránea se han delimitado

cinco de los seis pisos bioclimáticos existentes: (infra-), termo-, meso-, supra-,

oro- y crioromediterráneo; en la región Eurosiberiana, cuatro, o tal vez cinco si

consideramos piso el horizonte termocolino *: colino, montano, subalpino y

alpino; y cinco en la Macaronésica (subregión Canaria): infra-, termo-, meso-,

supra- y orocanario. Cada uno de estos pisos, subdivisibles en horizontes,

posee especies y comunidades vegetales propias. En la Península Ibérica,

hemos representado en el mapa 8.1 los pisos bioclimáticos reconocidos.

Región Mediterránea:

E. Crioromediterráneo: T < 4°, m < - 7°, M < 0°, It < - 30.

F. Oromediterráneo: T 4° a 8°, m - 7° a - 4°, M 0° a 2°, It - 30 a 60.

G. Supramediterráneo: T 8° a 13°, m - 4° a - 1°, M 2° a 9°, It 60 a 210.

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H. Mesomediterráneo: T 13° a 17°, m - 1° a 4°, M 9° a 14°, It 210 a 350.

I. Termomediterráneo: T 17° a 19°, m 4° a 10°, M 14° a 18°, It 350 a 470.

J. Inframediterráneo: T > 19°, m > 10°, M > 18°, It > 450 (SO de Marruecos).

4.2.2.1 Tipos de Pisos Bioclimáticos.

Dentro de la Región de Murcia, teniendo en cuenta las categorizaciones

climáticas empleadas, aparecen 5 termotipos, de ellos, sólo Mesomediterráneo

y Supramediterraneo están representados en la zona donde se pretende

actuar.

Piso mesomediterráneo o de Meseta.

Está ampliamente distribuido, sobre todo en la mitad norte de la Región. Por lo

general se presenta en altitudes comprendidas entre 300-400(500) m y

1.100(1.300) m.

Se pueden distinguir dos subpisos, uno cálido caracterizado por la presencia de

elementos claramente termófilos como el baladre (Neriun oleander), mirto

(Myrtus communis), lentisco (Pistacia lentiscus), jaguarzo (Cistus

monspeliensis), zarzaparrilla (Smilax aspera), Hyparrhenia pubescens, Ephedra

fragilis, Anthyllis terniflora, Rubia peregrina subsp. longifolia, etc., que

dependiendo de la orientación -solana-umbría-, no suelen sobrepasar los 700-

800(1.100) m. Este subpiso está muy extendido en los territorios manchego-

murciano, manchego-espunense, murciano-septentrional y sierras murciano-

almerienses del sur (Almenara, Carrascoy). El subpiso frío está mucho más

extendido en altitudes medias del noroeste, sobre todo en el campo de

Caravaca (subsector Manchego-Espunense) y zonas más frescas de Jumilla y

Yecla (subsector Manchego-Xucrense). Dentro de este dominio son

relativamente frecuentes especies como Genista mugronensis subsp.

mugronensis, Teucrium leonis, Salvia lavandulifolia s. l., etc. El tránsito hacia el

piso supramediterráneo se caracteriza por la desaparición paulatina del esparto

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(Stipa tenacissima), albardín (Lygeum spartum), el chaparro (Quercus

coccifera), siendo cada vez más frecuentes los matorrales pulvinulares de

caméfitos.

Piso Supramediterraneo o de Montaña.

Está sobre todo extendido por el noroeste regional, pero también alcanza las

umbrías altas de algunas montañas del centro regional (Sierra Espuña, Sierra

del Gigante, Pedro Ponce, El Carche, Salinas,etc.).

Se caracteriza por la desaparición de numerosas especies sensibles a los ya

intensos fríos invernales (Lygeum spartum, Quercus coccifera, Rhamnus

lycioides subsp. lycioides, Stipa tenacísima) y la extensión de los matorrales

almohadillados (Erinacea anthyllis, Genista longipes, Genista pumila subs.

Pumila,etc.). Son especies frecuentes en las áreas poco alteradas la sabina

albar (Juniperus thuriphera), el agracejo (Bereris vulgaris subs. Australis),

Rhamnus saxatilis, Ramnus pumilus, Lonicera splendida, Erinacea anthyllis,

Thymus serpilloides susp. gadorensis, Cytisus scoparius subsp. reverchoni, el

Pino blanco(Pinus nigra Subs.. mauretanica).Las zonas pertenecientes a este

piso están generalmente alejadas de las principales poblaciones humanas, por

lo que quedan bastantes áreas de vegetación de montaña bien conservada en

la Región de Murcia.

En el Parque Regional de Sierra Espuña, el piso supramediterraneo se

cirscuncribe a las partes más altas, se observa en altitudes superiores a 1.200

metros, en el que aparecen matorrales de caméfitos pulvinulares de Genista

longipes subsp. longipes, Erinacea anthyllis, Hormatophilla spinosa, etc, así

como la presencia de pastizales de Helictotrichon filifolium con sabinares.

4.2.3. Ombrotipos.

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A grandes rasgos, en Murcia podemos encontrar los ombrótipos indicados en el

cuadro 7.3.1.

Ombrótipo P Semiárido

200-350 (400)

Seco

350-500(600)

Subhúmedo

500(600)-1000

Cuadro 4.2.3.1 Intervalo de precipitaciones P (mm) que corresponde a cada ombrótipo.

De los tres ombrotipos que se dan en Murcia, el seco y el subhúmedo están

presentes en la zona que se pretende restaurar.

Seco.

Presenta un límite inferior de precipitaciones que oscila entre 350-400 mm. El

límite superior llega hasta 500-600 mm. en las zonas montañosas (Sierra

Espuña y Noroeste).

La vegetación potencial está representada por carrascales dominados por

Quercus rotundifolia más raramente lentiscares en zonas cálidas o sabinares

de sabina albar (Juniperus thurifera) en zonas continentales. Sobre litosuelos

suelen presentarse sabinares de Juniperus phoenicea o distintos tipos de

pinares abiertos, sobre todo, Pinus halepensis y Pinus nigra subsp. cluisiana.

Subhúmedo.

Queda relegado a las zonas más elevadas de Sierra Espuña y a zonas

umbrosas, con precipitaciones por encima de 500 (600) mm anuales.

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La vegetación potencial corresponde a carrascales y a bosquetes de árboles y

arbustos caducifolios, así como a sabinares y pinares abiertos en la zonas más

altas. En la actualidad la mayor parte de esta zona esá ocupada por el pino

rodeno (Pinus pinaster) y el pino blanco (Pinus nigra subsp. clusiana).Son

indicadores de este ombrotipo Acer monpesulanum, Cotoneaster granatensis,

Prunus prostata, Rhamnus saxatilis, Sorbus aria, etc.

4.2.4. Fitogeografía. La Región de Murcia, como el resto del territorio español, pertenece al Reino

Holártico, participando de la Región Mediterranea, subregión Mediterránea-

Occidental.

De las diversas provincias fitogeográficas reconocidas en la actualidad llegan a

la Región de Murcia cuatro:

- BETICA

- MURCIANO-ALMERIENSE

- MEDITERRANEA-IBÉRICA-CENTRAL

- CATALANO-PROVENZAL-BALEAR

El Sector Manchego, incluido en la Subprovincia Castellana de la Provincia

Mediterranea-Iberica-Central se divide en 3 subsectores:

- Subsector Manchego-Sucrense

- Subsector Manchego-Murciano

- Subsector Manchego-Espunense

La mayor parte de Sierra Espuña, incluidas las zonas en las que se va a

restaurar, se encuentra dentro del Subsector Manchego-Espunense, que a

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su vez forma parte del Sector Manchego, incluido en la Provincia Mediterranea-Iberica-Central. Provincia Mediterranea-Iberica-Central.

Incluye los territorios meso-supramediterraneos de las dos mesetas y la

depresión del Ebro, con clima continental y sustratos en su mayoría ricos en

bases. En la Región de Murcia está represetada por su sector meridional

(Manchego), que alcanza la comarca del Altiplano Jumilla-Yecla, el Campo de

Caravaca y parte del de Lorca y diversos sistemas montañosos (El Carche,

Sierra de la Pila, Sierra Espuña, Cambrón, La Zarza, Mojantes, Sierra del

Gigante, Cabezo de la Jara-Rambla de Nogalte, de la Torrecilla.

Sector Manchego.

Es uno de los que cubre mayor superficie en la Península. Se caracteriza por el

predominio del piso de vegetación mesomediterráneo seco, sólo interrumpido

en algunas solanas térmicas en las que el piso termomediterráneo puede

representarse de forma relíctica, mientras que en las zonas de cumbres de las

montañas hace acto de presencia el piso supramediterraneo.

Subsector Manchego-Espunense.

Comprende un nutrido grupo de sierras (Sierra Espuña, Pedro Ponce, Sierra de

Lavia, Mojantes, La Zarza, Sierra del Gigante, El Gabar, Cabezo de la Jara-

Rambla de Nogalte, de la Torrecilla, etc.) y de las depresiones que median en

ellas. El piso predominante es el mesomediterraneo, sobre todo con

ombroclima seco, que puede ascender hasta los 1.300 m en las solanas, pero

en las umbrías las cumbres presentan ya el supramediterraneo subhúmedo o

incluso con tendencia al húmedo. Los matorrales calcícolas espunenses están

muy relacionados con los béticos (Alianza Lavandulo-Genistión boissieri), pero

en los de yesos las relaciones son almerienses (Lepidio subulati-Teucrietum

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balthazaris). En las áreas donde se presenta el piso de montaña

(supramediterráneo) la influencia de la cercana provincia fitogeográfica bética

se acrecienta, hasta el punto que los sistemas de hábitats son, con alguna

peculiaridad, claramente béticos. Dentro del subsector manchego espunense la

gran extensión que presenta determina una cierta diversidad, que puede ser

caracterizada a través del reconocimiento de cinco zonas o superdistritos:

Espuña-Cambrón, Pantano de Alfonso X-Cehegín, Caravaca-Topares, Sierra

del Gigante, Cabezo de la Jara-La Torrecilla. En el primero (Espuña-El

Cambrón) destacan las altas precipitaciones y el núcleo de montañas

relativamente elevadas; el superdistrito Pantano de Alfonso X-Cehegín

presenta un predominio del ombroclima semiárido y la compleja banda de

transición hacia los territorios murciano-almerienses; el superdistrito Caravaca-

Topares tiene grandes extensiones margosas, algunas yesíferas, en las que la

vegetación se degrada con facilidad y se recupera muy lentamente de las

agresiones sufridas; el superdistrito Sierra del Gigante muestra muchas

influencias del cercano macizo de la Sierra de María; por último, el superdistrito

Cabezo de la Jara-La Torrecilla tiene como elemento más destacable la

presencia de grandes extensiones con materiales silicatados, que llevan un

sistema de hábitats muy peculiar, con algunas influencias de las sierras

silicatadas béticas (Sierra de Filabres sobre todo).

5. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO. 5.1 MONTES Y FINCAS DE ACTUACIÓN

5.1.1 Montes Públicos.

A continuación, se dan algunos datos de los montes en los que se encuentran

las zonas de actuación del presente proyecto:

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MONTE: Sierra Espuña de Mula

PERTENENCIA: COMUNIDAD AUTÓNOMA

TÉRMINO: Mula

SUPERFICIE: 5108 ha

Nº CUP: 79

5.1.2 Fincas Privadas. Se pretende actuar en tramos del barranco que se encuentran en el seno del

Parque, además de varios tramos de la Rambla de Malvariche cuyo recorrido

se sale fuera del mismo.

5.2 ELECCIÓN DE ESPECIES.

La información de base que se ha utilizado para decidir las especies a utilizar

es la recogida en la Estrategia Básica de Gestión y Conservación de Especies

de Flora en el Parque Regional de Sierra Espuña y en el Censo de Freatófitos

de la Cuenca del Segura en la Región de Murcia.

Las especies seleccionadas para llevar a cabo la repoblación se han elegido en

función del nivel freático, pedregosidad y pisos bioclimáticos

principalmente. Del amplio abanico de especies que se pueden utilizar en las

repoblaciones, se han seleccionado las que por sus características

poblacionales dentro del contexto de la Región de Murcia se encuentran

mermadas y/o protegidas por el Decreto 50/2003. Además, la mayoría de los

taxones elegidos para llevar acabo la restauración de ribera forman parte de los

Hábitats de Interés establecidos por la Directiva Hábitats 92/43/CEE, con lo que

se persigue potenciar y restaurar estos Hábitats de Interés.

A su vez, la mayor parte de las especies tienen frutos comestibles que sirve de

alimento a mamíferos omnivoros, así como a numerosas aves. También, se ha

tenido en cuenta el cromatismo que cada una de estas especies adquiere en el

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periodo otoñal, buscando que el resultado presente una amplia variedad de

colores otoñales, y aumentar así el valor paisajístico de la zona.

Se han definido tres tipos de zonas o tramos de actuación, principalmente en

función del nivel freático que dando definidos; hiperhúmedo, húmedo y seco,

a continuación se describen cada uno de ello:

Se han definido como tramo hiperhúmedo a aquellos que presentan

especies freatófitas tales como Potentilla reptans, Mentha suaveolens,

Chara vulgaris, Equisetum ramosissimun o Adiantum capillus-veneris, en

una cantidad y continuidad aceptable para que sean representativas del

tramo, que a su vez pueden ir asociadas a otras especies indicadoras de

humedad como tarays, adelfas, juncos, álamos, durillos, etc.

Se han definido como tramo húmedo a aquellos que presentan especies

freatófitas tales como Fraxinus angustifolia, Salix sp., Nerium oleander,

Celtis australis, Ulmus sp., Populus sp., Phillyrea angustifolia, Viburnum

tinus, Cotoneaster granatensis, Myrtus communis, Sorbus domestica,

Rosa sp, Brachypodium phoenicoides, en una cantidad y continuidad

aceptable para que sean representativas del tramo.

Se ha llamado tramo seco a aquel en el que no aparecen las especies

de los tramos húmedos ni de los hiperhúmedos.

Las especies con aptitudes fisiológcas de freátofito (Populus spp. y Salix spp.)

que arraiga por simple estaquillado serán plantadas a raíz desnuda con

cepellón, para aumentar la seguridad de arraigue. En cambio, las plántulas

que lo precisen (almez, fresno) se servirán en envase por las ventajas

siguientes:

1. Manejo más seguro.

2. La época de plantación es más larga, pues permite contener substrato

dentro del envase manteniendo la humedad en la rizosfera.

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3. Puede facilitar el arraigo mediante la inoculación de micorrizas.

4. Ofrece más posibilidades de éxito en plantaciones.

5.2.1. ZONAS HIPERHÚMEDAS

Las especies a plantar en los tramos hiperhúmedos, de forma general, son:

ESPECIES PROPORCIÓN (%)

Populus alba 15 Salix fragilis 10

Fraxinus angustifolia 10 Acer monspessulanum 10

Quercus faginea 5 Populus nigra 10

Salix pedicellata 10 Salix atrocinerea 10

Salix pupurea 10 Sorbus aria 10

Estos porcentajes, así como las especies, varían según el tramo, ya sea por

variaciones de humedad dentro de un mismo tramo catalogado como

hiperhúmedo o por el grado de pedregosidad o altitud.

5.2.1.1. Zonas hiperhúmedas públicas.

TRAMO ESPECIE Nº PLANTAS

Populus alba 27 Salix fragilis 15 Fraxinus angustifolia 15 Acer monspessulanum 15 Quercus faginea 13 Populus nigra 15 Salix pedicellata 15 Salix atrocinerea 15 Salix pupurea 15

B

Nº total de plantas por tramo 145

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5.2.1.2. Zonas hiperhúmedas privadas

TRAMO ESPECIE Nº PLANTAS Populus alba 19 Salix fragilis 20 Fraxinus angustifolia 19 Acer monspessulanum 13 Quercus faginea 7 Populus nigra 13 Salix pedicellata 13 Salix atrocinerea 13 Salix pupurea 13

B

Nº total de plantas por tramo 130

5.2.2. ZONAS HÚMEDAS

Las especies a plantar en los tramos húmedos, de forma general, son:

ESPECIE PROPORCIÓN (%) Populus alba 25 Celtis australis 5 Salix fragilis 10 Fraxinus angustifolia 10 Acer monspessulanum 5 Crataegus monogyna 5 Cotoneaster granatensis 5 Arbutus unedo 5 Myrtus communis 5 Quercus faginea 10 Sambucus nigra 5 Sorbus domestica 5 Sorbus aria 10

TRAMO ESPECIE NºPLANTAS Celtis australis 10 Fraxinus angustifolia 10 Populus nigra 7 Salix pedicellata 10

D

Nº total de plantas por tramo 37

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37

Estos porcentajes, así como las especies, varían según el tramo, ya sea por

variaciones de humedad dentro de un mismo tramo catalogado como húmedo,

por el grado de pedregosidad o la altitud.

5.2.2.1. Zonas húmedas públicas.

TRAMO ESPECIE Nº PLANTAS

Populus alba 70 Celtis australis 17 Salix fragilis 38 Fraxinus angustifolia 40 Acer monspessulanum 33 Crataegus monogyna 17 Cotoneaster granatensis 17 Arbutus unedo 17 Myrtus communis 17 Quercus faginea 33 Sambucus nigra 17 Sorbus domestica 17

A

Nº total de plantas por tramo 333

TRAMO ESPECIE Nº PLANTAS

Populus alba 10 Celtis australis 5 Salix fragilis 5 Fraxinus angustifolia 5

C

Nº total de plantas por tramo 25

5.2.2.2. Zonas húmedas privadas.

TRAMO ESPECIE Nº PLANTAS

Populus alba 87 Celtis australis 30 Salix fragilis 44 Fraxinus angustifolia 35 Acer monspessulanum 17 Crataegus monogyna 17 Cotoneaster granatensis 17

A

Arbutus unedo 17

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38

Myrtus communis 17 Quercus faginea 35 Sambucus nigra 17 Sorbus domestica 17

Nº total de plantas por tramo 350

TRAMO ESPECIE Nº PLANTAS

Populus alba 69 Celtis australis 17 Salix fragilis 23 Fraxinus angustifolia 23 Acer monspessulanum 12 Crataegus monogyna 12 Cotoneaster granatensis 12 Arbutus unedo 12 Myrtus communis 12 Quercus faginea 23 Sambucus nigra 12 Sorbus domestica 11

C

Nº total de plantas por tramo 238

TRAMO ESPECIE Nº PLANTAS

Populus alba 269 Celtis australis 83 Salix fragilis 107 Fraxinus angustifolia 107 Acer monspessulanum 53 Crataegus monogyna 53 Cotoneaster granatensis 53 Arbutus unedo 53 Myrtus communis 53 Quercus faginea 139 Sambucus nigra 53 Sorbus domestica 53

D

Nº total de plantas por tramo 1076

TRAMO ESPECIE Nº PLANTAS

Populus alba 62 Celtis australis 29 Salix fragilis 25 Fraxinus angustifolia 25 Acer monspessulanum 12 Crataegus monogyna 12 Cotoneaster granatensis 12

E

Arbutus unedo 12

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Myrtus communis 12 Quercus faginea 25 Sambucus nigra 12 Sorbus domestica 12 Nº total de plantas por tramo 250

TRAMO ESPECIE Nº PLANTAS

Populus alba 97 Celtis australis 22 Salix fragilis 39 Fraxinus angustifolia 58 Acer monspessulanum 19 Crataegus monogyna 19 Cotoneaster granatensis 19 Arbutus unedo 19 Myrtus communis 19 Quercus faginea 39 Sambucus nigra 19 Sorbus domestica 19

F

Nº total de plantas por tramo 388

TRAMO ESPECIE Nº PLANTAS

Populus alba 306 Celtis australis 122 Salix fragilis 122 Fraxinus angustifolia 122 Acer monspessulanum 62 Crataegus monogyna 62 Cotoneaster granatensis 62 Arbutus unedo 62 Myrtus communis 62 Quercus faginea 122 Sambucus nigra 61 Sorbus domestica 61

G

Nº total de plantas por tramo 1226

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5.2.3. RESUMEN DEL NÚMERO DE PLANTAS.

RESUMEN MALVARICHE PÚBLICO ESPECIE Nº PLANTAS Populus alba 117 Celtis australis 22 Salix fragilis 58 Fraxinus angustifolia 70 Acer monspessulanum 48 Crataegus monogyna 17 Cotoneaster granatensis 17 Arbutus unedo 17 Myrtus communis 17 Quercus faginea 46 Sambucus nigra 17 Sorbus domestica 17 Populus nigra 22 Salix pedicellata 25 Salix atrocinerea 15 Salix pupurea 15 Nº total de plantas por barranco 540

RESUMEN MALVARICHE PRIVADO ESPECIE Nº PLANTAS Populus alba 909 Celtis australis 303 Salix fragilis 380 Fraxinus angustifolia 389 Acer monspessulanum 188 Crataegus monogyna 175 Cotoneaster granatensis 175 Arbutus unedo 175 Myrtus communis 175 Quercus faginea 390 Sambucus nigra 174 Sorbus domestica 173 Populus nigra 13 Salix pedicellata 13 Salix atrocinerea 13 Salix purpurea 13 Nº total de plantas por barranco 3658

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RESUMEN MALVARICHE (PÚBLICO Y PRIVADO) ESPECIE Nº PLANTAS Populus alba 1026 Celtis australis 325 Salix fragilis 438 Fraxinus angustifolia 459 Acer monspessulanum 236 Crataegus monogyna 192 Cotoneaster granatensis 192 Arbutus unedo 192 Myrtus communis 192 Quercus faginea 436 Sambucus nigra 191 Sorbus domestica 190 Populus nigra 35 Salix pedicellata 38 Salix atrocinerea 28 Salix pupurea 28 Nº total de plantas por barranco 4.198

5.3 APEO DE RODALES.

Se ha procedido a clasificar las zonas de repoblación en torno a tres criterios

principales:

1.- Disponibilidad de agua freática: para ello se ha valorado la presencia o no

de bioindicadores (juncos, álamos, chopos u otras especies freatófitas).

2.- Condiciones edafológicas y topográficas adecuadas para realizar

labores de plantación, es decir, se han excluido los litosuelos y aquellas zonas

de mayor pendiente en las que se dificultan en exceso los trabajos.

3.- Existencia de un estrato denso de vegetación que pueda impedir el

desarrollo de las plántulas.

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5.3.1 Montes Públicos

Después de aplicar estos criterios se han definido los cuatro tramos que se

exponen en el Cuadro 5.3.1.1:

ID RODAL LONGITUD (m) A TRAMO A 1.000 B TRAMO B 434 C TRAMO C 74 D TRAMO D 110

TOTAL 1.618

Cuadro 5.3.1.1 Longitud de los cauces en los que se realizará la restauración.

Fig. 5.3.1.2 Zona de actuación pública (dentro de los límites del Parque): A, B, C y D.

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43

A continuación, se describe los distintos tramos de barranco en los que se

llevará a cabo la repoblación:

BARRANCO RAMBLA DE MALVARICHE TRAMO A HUMEDAD HUMEDO LONGITUD (m) 1000 UTM INICIO 624425 / 4198509 UTM FINAL 624031 / 4198127

BARRANCO RAMBLA DE MALVARICHE TRAMO B HUMEDAD HIPERHUMEDO LONGITUD (m) 434 UTM INICIO 624638 / 4198835 UTM FINAL 624425 / 4198509

BARRANCO RAMBLA DE MALVARICHE TRAMO C HUMEDAD HUMEDO LONGITUD (m) 74 UTM INICIO 624659 / 4198906 UTM FINAL 624638 / 4198835

BARRANCO RAMBLA DE MALVARICHE TRAMO D HUMEDAD HIPERHUMEDO LONGITUD (m) 110 UTM INICIO 625194 / 4199627 UTM FINAL 625131 / 4199550

5.3.2 Fincas Privadas. Se han definido las siguientes zonas de actuación en terreno privado tramos de

rambla que quedan fuera de los límites del mismo, de acuerdo a los criterios

fijados en el 5.3:

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ID RODAL LONGITUD (m) A TRAMO A 525 B TRAMO B 195 C TRAMO C 358 D TRAMO D 1.615 E TRAMO E 375 F TRAMO F 582 G TRAMO G 1.840

TOTAL 5.490

Fig. 5.3.2 Zona de actuación en la Rambla de Malvariche, en su recorrido fuera del Parque Regional. A continuación, se describe los distintos tramos del Barranco de Malvariche, en

su recorrido fuera del Parque, en los que se llevará a cabo la repoblación:

BARRANCO BARRANCO DE MALVARICHE TRAMO A HUMEDAD HUMEDO LONGITUD (m) 525 UTM INICIO 625131 / 4199550 UTM FINAL 624668 / 4199364

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BARRANCO BARRANCO DE MALVARICHE TRAMO B HUMEDAD HIPERHUMEDO LONGITUD (m) 195 UTM INICIO 624668 / 4199364 UTM FINAL 624499 / 4199227

BARRANCO BARRANCO DE MALVARICHE TRAMO C HUMEDAD HUMEDO LONGITUD (m) 358 UTM INICIO 624499 / 4199227 UTM FINAL 624659 / 4198906

BARRANCO BARRANCO DE MALVARICHE TRAMO D HUMEDAD HUMEDAD BAJA LONGITUD (m) 1615 UTM INICIO 623381 / 4197240 UTM FINAL 624031 / 4198127

BARRANCO BARRANCO DE MALVARICHE TRAMO E HUMEDAD HUMEDO LONGITUD (m) 375 UTM INICIO 623070 / 4197094 UTM FINAL 623381 / 4197240

BARRANCO BARRANCO DE MALVARICHE TRAMO F HUMEDAD HUMEDAD BAJA LONGITUD (m) 582 UTM INICIO 622866 / 4196727 UTM FINAL 623070 / 4197094

BARRANCO BARRANCO DE MALVARICHE TRAMO G HUMEDAD HUMEDO LONGITUD (m) 1840 UTM INICIO 621713 / 4195823 UTM FINAL 622886 / 4196727

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5.3.3 Accesos.

La Rambla de Malvariche tiene varios accesos, lo cual facilita mucho el empleo

de maquinaria pesada, por ejemplo, una retroexcavadora o un camión

cargador. A continuación, de entre todos los accesos, se indican los que están

en mejor estado:

Se accede a través de la pedanía de Casas Nuevas, en dirección a la

Casa del Cura, a 300 m de esta por el paraje de “Las Oliveras”.

También, se accede siguiendo 700 m hacia delante en una bifurcación a

través de un camino que cruza la rambla, en el paraje “Casa del Cura”.

Se accede también a través de la carretera que une Casas Nuevas con

Lorca (C-5), a 100 m del Km.13 a través de un camino que cruza la

rambla en el paraje de “Las Lentejas”. Desde la Casa de Las Lentejas

hay un camino en dirección a la Casa Perea, que va bordeando la

rambla en un tramo de 600 m.

Se accede por la carretera une Casas Nuevas con Lorca (C-5) a 150 m

del Km.15 se accede al extremo Sur de tramo a repoblar a través de un

camino en el paraje del “Rincón del Calderero”.

5.4 DISEÑO DE LA REPOBLACIÓN. 5.4.1 Densidad.

La planta se distribuye de manera alterna en dos hileras, una a cada lado del

cauce principal en la parte pública, y en su recorrido privado se distribuirá en

cuatro hileras, dos a cada lado del cauce (ver Fig.5.4). La densidad de

plantación en los rodales estará definida por el marco de plantación, siendo la

distancia entre pies de 6 metros.

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Fig. 5.4 La distancia x será de 6 m. 5.4.2 Distribución de la planta. En cada módulo se dispone un ejemplar de cada especie, en función de las

especies definidas para cada rodal (punto 5.2).

Especie A Especie B Especie C Especie D Especie E Especie F Especie G

Fig. 8.3.2 Una vez dispuesto un ejemplar de cada especie, comienza el siguiente módulo de plantación.

X

X/2

CAUCE

CAUCE

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5.4.3 Preparación del terreno.

5.4.3.1 TRATAMIENTO DE LA VEGETACIÓN PREEXISTENTE.

Únicamente, será necesario tratamiento de la vegetación preexistente, en el

caso la caña (Arundo donax), en su recorrido fuera del Parque, (Tramo B, ver

figura 5.3.2. y Anexo fotográfico). Se realizará mediante motodesbrozadora

manual en un área de 1.950 m². en el margen izquierdo del barranco y se

aplicará el herbicida denominado Glifosato. De esa manera, se eliminará la

vegetación circundante permitiendo así el desarrollo de los ejemplares

plantados antes de que vuelva a cerrarse la vegetación. En el resto de rodales,

en los que ya se encuentran comunidades arbóreas y arbustivas naturales, se

respetarán todos lo pies ya que no presentan un impedimento en el momento

de realizar la repoblación.

5.4.3.2 PREPARACIÓN DEL SUELO.

Las labores de preparación del suelo se ejecutarán de manera puntual sobre el

terreno, una vez que se asegure un buen “tempero” del suelo, asegurando así,

que la planta disponga de humedad edáfica. En Sierra Espuña será tras el

periodo de avenidas que suele ocurrir entre septiembre y octubre. Deben

evitarse cuando el suelo esté demasiado seco (formación de terrones), o

demasiado húmedo (suelo muy compactado y apretado).

En el caso concreto de este proyecto, el ahoyado se realizará con

retroexcavadora en toda la rambla (100x100x100). El contenido del hoyo se

dejará a su lado hasta la plantación, momento en el que se tapará. El tiempo

entre la ejecución de la preparación del suelo y la plantación deberá ser al

menos de 1 mes, para asegurar que no existen cavones o bolsas de aire en el

interior del perfil edáfico.

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5.4.4 Plantación.

La plantación se desarrollará de manera manual, despojando la planta de

cualquier tipo de envase justo antes de realizar dicha actuación.

En los hoyos realizados con retroexcavadora una vez realizada la plantación se

dejará una altura de 15 cm. sin cubrir de tierra para retener más agua.

5.4.5 Trabajos complementarios. A. En todos los tramos se contempla la aplicación de 2 unidades de riego de

socorro en verano. Las dosis de riego serán de 100 l/planta. El riego se

proporcionará mediante un tractor de neumáticos de 71/100 CV con cuba de 6

m3.

B. Se colocarán protectores a todas las especies instauradas con el fin de

evitar el ramoneo del Arrui. Serán de 1,5 m. o 1,8 m. de altura. Con tres

redondos de acero del 20 de 2 m de longitud. (Fig. 5.4.5).

Fig. 5.4.5 Protector a utilizar en la repoblación. No se incluye en el presente proyecto la malla de sombreado que

aparece en la foto, al realizarse la plantación bajo cubierta.

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C. Durante al menos un año, se obligará a la empresa adjudicataria a la

reposición de marras, siempre que estas supongan más de un 10 % de la

plantación efectuada.

6. PRESUPUESTO.

El Valor Total del Presupuesto Total de Ejecución por Contrata es de 126.518,61 €, CIENTO VEINTISÉIS MIL QUINIENTOS DIECIOCHO EUROS con SESENTA Y UN CÉNTIMOS.

Murcia, Septiembre de 2006

Ingeniero de Montes. Técnico Responsable

Fdo.: Mario Velamazán Fdo.: Juan de Dios Cabezas

VºBº Jefe de Servicio

Fdo.: Remigio Masiá