Proyecto Educativo Para La Apertura y Funcionamientocaratula y Ri

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PROYECTO EDUCATIVO PARA LA APERTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA INICIAL DE GESTIÓN PRIVADA MODALIDAD ESTIMULACIÓN TEMPRANA DIRECCIÓN: MZ. E, LOTE 7 V ETAPA URB. SAN ANDRÉS PROPIETARIA: LUZ HAYDEÉ MANTILLA MARCHENA DIRECTORA: FLOR AMADA MANTILLA MARCHENA

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PROYECTO EDUCATIVO PARA LA APERTURA Y

FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

INICIAL DE GESTIÓN PRIVADA

MODALIDAD ESTIMULACIÓN TEMPRANA

DIRECCIÓN:

MZ. E, LOTE 7

V ETAPA URB. SAN ANDRÉS

PROPIETARIA: LUZ HAYDEÉ MANTILLA MARCHENA

DIRECTORA: FLOR AMADA MANTILLA MARCHENA

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DOCUMENTOS DEL PROPIETARIO

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INVENTARIO DE LOS EQUIPOS Y BIENES

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INVENTARIO DE EQUIPOS Y BIENES DE LA I.E.I.P.

“ANGELITOS DEL FUTURO”

1. MOBILIARIO :

- Mesas para trabajo grupal : 12

- Sillas individuales : 50

- Escritorios de madera : 03

- Escritorios de madera (oficina) : 02

- Sillas para adultos : 10

- Estantes de madera : 07

- Vitrina de madera : 03

- Pizarras acrílicas : 04

- Juego de sillones de espera : 01

- Mesa de madera : 01

- Sillón Ejecutivo : 01

- Caballetes de madera : 15

- Colchonetas : 20

2. EQUIPOS:

- Computadoras : 07

- Televisor a color : 01

- VHS/DVD : 01

- Equipo de sonido : 01

- Impresora : 01

- Fotocopiadora : 01

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3. AMBIENTES :

- Aulas de clase : 03

- Aula Multifuncional : 01

- Sala de Espera (estar) : 01

- Ambiente administrativo : 01

- Deposito : 01

- Patios : 01

4. SS.HH .

- Niñas : 01

- Niños : 01

- Profesoras : 01

- Lava manos : 04

5. MATERIAL EDUCATIVO :

- Bloques lógicos.

- Pelotas.

- Rompecabezas.

- Colchonetas.

- Botellas.

- Cuentos.

- Sellos.

- Carteles.

- Videos en CD.

- Juguetes armables

- Ábacos

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6. BIBLIOGRAFÍA :

Para el Profesorado :

- Diccionario Enciclopédico Ilustrado. LAROUSSE.

- Diccionario de sinónimos y antónimos, LAROUSSE.

- Enciclopedia Infantil “Mi Jardín”. 4 tomos. Lexus.

- Libro de la Educadora. Lexus.

- Nueva Guía práctica para la maestra Jardinera.

- Guía didáctica de Programa de Articulación.

- Revistas PARA Docentes del Educación Inicial: Jardín –

Ediciones KAPELUSZ.

- Revistas “Maestra Jardinera.

- La Biblia Infantil. Grupo Océano.

- Diccionario Pedagógico. Crisólogo Arce Aurelio. Ediciones Abedul

E.I.R.L., 2004.

- Manos Creativas. Q.W Ediciones, colección de 9 fascículos.

- Diccionario de Inglés – Español Pocket. LONGMAN, Edición

2003.

- Gran Atlas del Perú: Autor: Carlos Garayar.

- Perú. Edén Natural de aves. Autor: Thomas Vaiqui.

- Manualidad para todos: Q.W.Ediciones S.A.C.

- Primaria Interactiva: Libro de trabajo.

- Enciclopedia Temática Escolar: “El Gran Maestro”.

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- Sazones del Perú. Q.W. Ediciones S.A.C. Colección del Diario El

Popular.

- Calidad Educativa y Enfoques Constructivistas. Autor: Huaranga

Ross Oscar.

- Seducidos por la tele. Huellas Educativas de la Televisión en

padres e hijos. (CALANDRIA).

- Actualizador Pedagógico: El docente de la excelencia en el tercer

milenio. 2005.

- Estructura Curricular Básica de E.I. Ministerio de Educación.

- Guía: Del Dibujo a la escritura UNICEF. Ministerio de Educación.

- Guías de Aprendizaje para la iniciación a la lecto- escritura.

UNICEF – Ministerio de Educación.

- Estudiemos. Aprestamiento 3 años. María E. Rosas Rivero.

Editorial Brasa S.A.

- Revistas: Mi Primer Icarito. Ministerio de Educación Cailena.

Preparando la Navidad.

Las razas.

Nuevo Hermanito.

América Nuestro Continente.

Mi amigo el doctor, etc.

Cuentos para niños:

- La Biblia Infantil. Grupo Océano.

- Cuentos Infantiles. Editorial SOL90.

- Cuentos en Ingles: “LOONEY AVENTURAS”.

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- Mi Primer Diccionario. Autor el Dr. Carlos Campo Salvá.

- Dominando la ciencia: “Las aventuras de Jimmy Neutron”, el niño

genio.

- Dominando la computadora con “Bob Esponja”. Autora: María

Sierralta Valdez.

- Colección Fantasía Popular: cuentos populares (grupo la

Republica)

- Libro: ¿Qué hora es?

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NIVELES Y MODALIDADES DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS QUE

CUBRIRA LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

De conformidad con la Ley General de Educación No. 28044, Reglamento

de Educación Inicial – modalidad Estimulación Temprana, y demás

dispositivos que norman el Sector Educación.

La Institución Educativa Inicial Privada “ANGELITOS DEL FUTURO”,

Ofrecerá a partir de Enero del año 2015.

Educación Inicial para niños y niñas menores de 0 a 2 años de edad,

a través de un aprendizaje activo y creativo, en la modalidad de

estimulación temprana.

Programas Integrales de Estimulación Temprana con base en la

familia para niños menores de 0 a 2 años, en horas especiales de

enero y marzo.

Programas de Escuela de Padres.

Así mismo, brindará los siguientes servicios gratuitos de proyección social:

a. Departamento de Psicología.

b. Psicomotricidad.

c. Computación

d. Ingles.

e. Danzas.

f. Arte.

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NÚMERO PROBABLE DE ALUMNOS Y SECCIONES

INFORMACION ANUAL SOBRE OFERTA EDUCATIVA:

PENSIONES Y BECAS

OFERTA EDUCATIVA ANUAL

1. Educación Inicial :

- Niños de 0 a 2 años Meta Anual: 20

2. Escuela de Padres : Meta Anual : 40

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COSTO DE MATRÍCULA Y PENSIONES MENSUALES DE ENSEÑANZA

1. Matrícula Anual: S/ 150.00 Nuevos Soles.

2. Pensión Mensual (10 mensualidades)

3. Educación Inicial: S/ 150.00 Nuevos Soles.

4. Impresiones y fotochek: S/ 50. 00 Nuevos Soles.

SISTEMAS DE BECAS

1. Becas Integrales (pensiones mensuales de enseñanza).

Educación Inicial 3 Becas.

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PRESENTACIÓN

El Proyecto Educativo de Factibilidad para la Autorización de Apertura y

Funcionamiento de la Institución Educativa Inicial de gestión Privada –

Modalidad Estimulación Temprana "ANGELITOS DEL FUTURO" en Laredo, se

elabora con iniciativa de su propietaria Luz Haydée Mantilla Marchena, con el

único propósito de brindar una educación de calidad y así apoyar al Sector

Educación a superar el déficit de eficacia y atención en lo referente a

Educación en nuestra Provincia, siendo conocedora del gran esfuerzo que

realiza el estado para atender las necesidades educativas en el país.

La Petición la amparamos en la Constitución Política del Perú, Ley

General de Educación No. 28044, Reglamento de Educación Básica Regular

aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED y demás dispositivos que

norman el Sector Educación. En tal sentido alcanzamos el presente documento

a su digna Dirección, para que a través de los órganos que tienen la

responsabilidad efectúen el estudio y análisis respectivo y se determine su

aprobación, considerando que nuestro estudio efectuado nos demuestra, que

existe falta de servicios educativos que satisfagan la demanda de niños en

edad para el nivel de Educación Inicial.

Desde ya, nuestro compromiso de ejercer nuestra labor con amor,

esmero y dedicación, por el engrandecimiento de la Provincia, la Región y por

ende del país que tanto anhela de nosotros.

Por una Educación Inicial de calidad en Laredo.

LUZ HAYDEÉ MANTILLA MARCHENA

PROPIETARIA DE LA I.E.P.

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PROYECTO DE

REGLAMENTO

INTERNO

PROYECTO DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E.P.

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“ANGELITOS DEL FUTURO”

CAPITULO I

GENERALIDADES

Art. 1° DEL CONTENIDO

El presente Reglamento Interno, establece las normas que rigen la

Organización y funcionamiento de la Institución Educativa Particular

“ANGELITOS DEL FUTURO” del distrito de Laredo.

Art. 2° DEL ALCANCE

EL presente Reglamento tiene alcance para todos los

estamentos del centro de estimulación temprana: Directora, docentes,

administrativo, alumnos y alumnas, APAFA.

Art. 3° BASE LEGAL

- Constitución Política del Perú

- Ley N° 23384

- Ley Nº 28044.- Ley General de Educación

- D.S. Nº 011-2012-ED.- Aprueba Reglamento de la Ley de

Educación

- Ley N° 26549.- Ley de los Centros Educativos Privados.

- D.L. N° 882.- Ley de Promoción de Inversión en la Educación.

- D.S. N° 001-96-ED.- Reglamento de los Centros y Programas

Educativos Privados. Ley N° 26549.

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- D.S. N° 04-96-ED.- Demarcación de los Órganos Internos.

- R.M. N° 166-96-ED.- Reglamento de las Unidades de Servicios

Educativos.

- D.S. N° 075-94-ED.- Texto Único de Procedimientos

Administrativos (TUPA) del Ministerio de Educación.

Art. 4° - El presente Reglamento orienta el trabajo educativo, la

consecución de los objetivos educacionales y la formación integral

del educando.

Art. 5° - Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento serán

distribuidas entre todo el personal, padres de familia, alumnos y

alumnas para su conocimiento y cumplimiento y está sujeto a

actualización de acuerdo a los nuevos dispositivos legales y la

realidad Institucional.

CAPITULO II

DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

Art. 6°- DE LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMEINTO:

La apertura y funcionamiento de la Institución Educativa Particular

“ANGELITOS DEL FUTURO” será autorizado mediante Resolución

Directoral emitida por la UGEL - Laredo, siendo su sede institucional

en la Mz. E, Lote 7, V Etapa, Urb. San Andrés de la ciudad de Trujillo.

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Art. 7 °: DE LOS OBJETIVOS

Los objetivos trazados por la Institución Educativa Particular Inicial

“ANGELITOS DEL FUTURO” son los siguientes:

a.- Brindar atención integral a los niños de 0 a 2 años,

proporcionándoles el ambiente educativo necesario, preservación

de su salud, primeros auxilios y medios de seguridad.

b.- Orientar y asesorar a los padres de familia para una

mejor educación de sus hijos.

c.- Detectar y tratar oportunamente los problemas de orden bio- sico-

social del niño.

d.- Integrar a la familia en la tarea educativa, propiciando la

comunicación a través de distintas formas (reuniones de padres,

entrevistas, informes personales, etc.).

e.- Acercamiento a las matemáticas y desarrollar la lecto - escritura.

f.- Desarrollar y tratar de perfeccionar la tecnología educativa que

permita dar una educación de calidad e incorporar las

experiencias y aportes culturales de la comunidad.

g.- Promover la educación participativa y del conocimiento de los

deberes cívicos y sociales.

h.- Propiciar actitudes democráticas y promover el desarrollo de

valores que reflejen la solidaridad, el respeto por las ideas,

sentimientos y diferencias en los otros, el dialogo afectivo y la

resolución conjunta de problemas.

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i.- Lograr fortalecer su autonomía e identidad personal, requisito

indispensable para que progresivamente se reconozca en su

identidad cultural y nacional.

j.- Cultivar los hábitos de puntualidad, responsabilidad, aseo, trabajo

y colaboración entre los niños, docentes y padres de familia.

k.- Fomentar el placer de jugar, asegurando la experimentación, la

expresión, y la adquisición de conocimientos significativos que

amplíen sus potencialidades de comprensión del mundo.

Art. 8 °: DEL REGIMEN ACADEMICO – NIVELES DE ENSEÑANZA

El Régimen académico se inicia según determine la Dirección

Regional de Educación.

La Institución Educativa Particular Inicial “ANGELITOS DEL FUTURO”

tiene carácter no estatal y está destinado a ofrecer servicios de Jardín

de 0 a 2 años.

Art. 9°.- DEL FUNCIONAMIENTO ACADEMICO DEL JARDÍN DE NIÑOS

a.- En el mes anterior al inicio de clases se cumplirá con las

siguientes acciones:

- Elaborar el PEI.

- Actualización del Reglamento Interno

- Conformación de equipos de trabajo

- Cuadro de horas y horario de clases

- Proceso de matrícula

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- Preparación del material educativo

- Elaboración del Plan de Trabajo

- Revisión y ajuste de los programas curriculares

C A P I T U L O III DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO

Art. 10° El Plan de Trabajo Anual de la Institución Educativa Particular Inicial

“ANGELITOS DEL FUTURO” será elaborado por la Promotora,

directora, personal docente en el mes de febrero.

Art. 11° El Plan Anual de Trabajo es aprobado, antes del inicio del año

escolar y será presentado a la UGEL.

Art. 12° La directora y el personal docente que labora en el Jardín de

Niños, son responsables de la ejecución del Plan Anual de Trabajo

de la Institución Educativa Particular Inicial – modalidad Estimulación

Temprana “ANGELITOS DEL FUTURO”.

Art. 13° La Directora evaluará el avance del Plan Anual de Trabajo, haciendo

los ajustes necesarios e informará periódicamente a la UGEL.

Art. 14° La Directora y el personal docente participarán en la

elaboración de la programación curricular a nivel de UGEL.

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Art. 15° La Programación Curricular a nivel de Estimulación Temprana se

realizará los últimos días de la fecha anterior a su ejecución, de

Marzo a Diciembre conformándose grupos de trabajo.

Art. 16° La Promotora visará la Programación Curricular de cada docente y

efectuará el seguimiento respectivo.

Art. 17° Cada docente velará por el incremento de material educativo

de su aula promocionando la participación de los Padres de Familia.

Art. 18° La evaluación del progreso del niño será permanente, el que se

registrará en los instrumentos de evaluación respectivos, informando

trimestralmente a los padres de familia.

Art. 19° Al finalizar el año escolar los docentes entregarán a los padres de

familia la siguiente documentación:

- Niños y niñas de 0 a 2 años:

- Ficha Integral

- Informe de progreso del niño

- Fólder de trabajo

Art. 20° La Directora es la responsable de la orientación, asesoramiento y

supervisión del personal a su cargo, según cronograma establecido.

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Art. 21° La supervisión podrá ser opinada o inopinada. La supervisión

opinada se supervisará mensualmente y la inopinada, cada vez

que la directora lo juzgue necesario.

Art. 22° De acuerdo a los resultados de la supervisión la Directora orienta al

personal que tenga dificultades en el ejercicio de su labor.

Art. 23° La supervisión del personal docente a nivel de aula, se efectuará

mensualmente mediante una ficha de evaluación.

C A P I T U L O IV DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO

Art. 24° El trabajo administrativo anual de la Institución Educativa

Particular Inicial “ANGELITOS DEL FUTURO” se planifica y

organiza en el mes de febrero con el asesoramiento de la

promotora del centro de estimulación temprana,

Art. 25° La formulación actualización de los inventarios de bienes y enseres

de la Institución, se realiza anualmente al final del año lectivo.

Art. 26° La distribución de ambientes y aulas se realizará bajo la

supervisión de la Directora.

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Art. 27° El cuidado, mantenimiento y conservación de los ambientes

de la Institución es responsabilidad del personal de servicios.

Art. 28° La promotora del centro de estimulación temprana, ejerce supervisión

permanente a las acciones Administrativas del plantel evaluándolas

permanentemente.

C A P I T U L O V

DEL FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

Art. 29° La Jornada de Trabajo del personal, se ajustará a las normas

legales vigentes.

Art. 30° La Institución Educativa Particular Inicial “ANGELITOS DEL FUTURO”

está a cargo de la promotora quien tiene la responsabilidad

pedagógica y administrativa. Cumple sus funciones en jornada

laboral de 40 horas pedagógicas semanales distribuidas de acuerdo

al funcionamiento del la Institución Educativa Particular Inicial

“ANGELITOS DEL FUTURO”. La directora tiene responsabilidades

pedagógicas y cumple sus funciones en jornada laboral de 25 horas

pedagógicas semanales distribuidas de acuerdo al funcionamiento de

la institución.

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Art. 31° La jornada laboral ordinaria de los docentes de la Institución

Educativa Particular Inicial – Modalidad Estimulación Temprana

“ANGELITOS DEL FUTURO” es de 20 horas pedagógicas semanales

distribuidas de acuerdo al funcionamiento del Jardín de Niños.

Art. 32° La jornada de trabajo del personal no docente del centro de

estimulación temprana, es de 30 horas semanales.

Art. 33° La jornada mínima de atención de los niños de 0 a 2 años es de

cuatro (4) horas diarias de lunes a viernes.

Art. 34° Para el cumplimiento de la jornada de trabajo educativo se establece

dos turnos:

Por las mañanas:

8:30 a 12:30 pm

Por las Tardes:

1:30 a 5:30 pm

Art. 35° Es obligatorio que todo trabajador registre su asistencia, de acuerdo en

el horario establecido en el Jardín de Niños mediante el sistema de

control.

Art. 36° Para efectos del Control de Asistencia, se utilizará el Parte Diario, en

donde el trabajador firmará la hora de ingreso y la salida.

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Art. 37° Constituye tardanza, el ingreso al Jardín de Niños pasada la

hora señalada según turno establecido pasado los 15 minutos

después de la hora de ingreso y colocado nuevamente a la salida.

Art. 38° El parte diario de Asistencia será retirado 15 minutos después de

la hora de ingreso y colocado nuevamente a la salida.

Art. 39° La distribución de Jornada diaria con los niños está establecida

según grupos de Edad.

C A P I T U L O VI DE LAS INSCRIPCIONES Y DE LOS TRASLADOS

Art. 40° La pre - inscripción en la Institución Educativa Particular Inicial

“ANGELITOS DEL FUTURO” será a partir del mes de Enero hasta

la cuarta semana de febrero.

Art. 41° La inscripción (matrícula) se efectuará la segunda quincena

de febrero. Los padres de familia al momento de la matrícula

presentarán los siguientes documentos:

a) Partida de Nacimiento del niño

b) Constancia de vacunas

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Los Padres de Familia en el momento de la matrícula se

comprometerán a respetar el reglamento Interno del la Institución

Educativa Particular Inicial “ANGELITOS DEL FUTURO”.

Art. 42° Es obligatoria la presencia de los padres en el acto de inscripción

de los niños (matrícula) y en caso de imposibilidad de éstos, las de un

apoderado.

Art. 43° Los docentes serán responsables de la inscripción de los niños, la que

se registrará en la ficha integral.

Art. 44° El niño o la niña puede ser retirado(a) del Jardín de Niños por las

siguientes razones:

a) Ausencia del niño durante un mes sin razón justificada

b) Razones de salud según prescripción médica

c) Decisión del Padre de Familia

d) No asistencia de los padres a las reuniones programadas.

Art. 45° Los padres de familia al finalizar el año deberán dejar

constancia sobre la continuidad o no de sus hijos en el Jardín de Niños

para el siguiente año.

Art. 46° Los docentes preparan el informe final y la documentación del niño que

egresa de la Institución Educativa Particular Inicial “ANGELITOS DEL

FUTURO”

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C A P I T U L O VII

DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES, ESTIMULOS

Y SANCIONES DEL PERSONAL

Art. 47° El personal Docente y Administrativo del Jardín de Niños tiene los

derechos y obligaciones establecidas por las leyes y reglamentos

correspondientes.

Art. 48° Los derechos del personal docente:

a) Recibir un trato justo, acorde con la alta función que desempeña

dentro y fuera del plantel.

b) Recibir una remuneración justa por el trabajo desempeñada.

c) Solicitar permiso o licencia cuando el caso lo requiera.

d) Participar en actividades que organice el Jardín de Niños.

e) Coordinar y mantener permanentemente la comunicación con

los Padres de Familia, sobre asuntos relacionados con el

rendimiento escolar y el comportamiento del alumnado.

f) Gozar de estabilidad mientras dure su contrato.

g) Capacitación, actualización y especialización de acuerdo a

los intereses institucionales y su interés personal.

h) Gozar de bienestar y seguridad social que le otorgue la constitución

y las leyes.

Art. 49° Son obligaciones del personal docente:

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a) Mantener en toda ocasión comportamiento personal acorde con la

dignidad de la función que desempeña.

b) Asumir la responsabilidad de la formación integral de los

educandos.

c) Desempeñar sus funciones con la responsabilidad y eficiencia

profesional, educación orientándola en beneficio de los niños.

d) Cultivar los valores morales y cívicos que sustentan nuestra cultura

vinculando el respeto por nuestros símbolos patrios y nuestros

héroes.

e) Cumplir con las acciones de capacitación, actualización que

propicia la institución y los organismos superiores.

f) Velar por la conservación y el mantenimiento de la

infraestructura y el equipamiento del Jardín promoviendo su

mejoramiento.

g) Rechazar toda acción que atente contra la dignidad humana y

las buenas costumbres.

h) Abstenerse de realizar actos proselitistas en el ejercicio de

sus funciones.

i) Cumplir con las disposiciones impartidas por la dirección del plantel

relacionadas con su función.

Art. 50° Constituyen faltas administrativas del personal docente:

a) Incumplir las funciones del cargo o desempeñarlas con

negligencia.

Page 27: Proyecto Educativo Para La Apertura y Funcionamientocaratula y Ri

b) Inasistir, llegar tarde o ausentarse reiteradamente del centro

de trabajo sin causa justificada.

c) Atentar contra la integridad física o moral, abandonar o exponer

a peligro al educando.

d) Faltar de palabra u obra a la autoridad o personal de la escuela

observar mala conducta.

e) Realizar actividades políticas partidarias en el ejercicio de sus

funciones.

f) Incumplir las obligaciones que señale la ley y los dispositivos

vigentes.

Art. 51° Las sanciones aplicables al personal son:

a) Amonestación

b) Descuento de haberes

c) Suspensión temporal del servicio sin goce de haber

d) Separación definitiva del servicio en el plantel

Art. 52° Las sanciones administrativas son independientes de la

responsabilidad judicial y las sanciones que de ella deriven.

Art. 53° Las sanciones administrativas siguen su proceso de acuerdo

a las normas vigentes.

Art. 54° Son derechos del personal administrativo:

a) Trato adecuado y justo del personal de la escuela.

Page 28: Proyecto Educativo Para La Apertura y Funcionamientocaratula y Ri

b) Gozar de estabilidad en el servicio mientras dure su contrato y no

haya medio causal para su despido de acuerdo a la ley del

servicio.

c) Percibir una remuneración justa de acuerdo a los dispositivos

pertinentes y sin disminución salvo los descuentos previstos por

ley o por mandato judicial.

d) Gozar de bienestar y seguridad social conforme a las leyes.

Art. 55° Son obligaciones del personal administrativo:

a) Mantener actualizada la documentación a su cargo.

b) Llegar al plantel antes del inicio de clases, teniendo la

tolerancia de 5 minutos, después de la hora de entrada,

tolerancia considerada como tardanza, pasada esta hora será

considerada falta.

c) Colaborar con el personal de turno en las formaciones y en las

actividades en que participe el Jardín de Niños.

d) Participar en forma activa en el desarrollo del Calendario Cívico

Escolar y otras actividades del Jardín de Niños.

e) Participar en acciones de tutoría y PEC.

f) Permanecer en el plantel durante el desarrollo de las clases, de

las salidas, toda salida sin permiso se considerará abandono y

será sometido a descuento.

g) Mantener un comportamiento personal acorde con el cargo que

desempeña.

Page 29: Proyecto Educativo Para La Apertura y Funcionamientocaratula y Ri

h) Asumir con responsabilidad y eficiencia las funciones que se le

encomienden.

i) Velar por la conservación y mantenimiento de la

infraestructura y equipamiento del Jardín de Niños.

j) Cultivar buenas relaciones con el personal directivo, docente y

alumnado del Plantel.

Art. 56° Son faltas administrativas del personal

a) Incumplir las funciones a su cargo o desempeñarlas con

negligencia.

b) Inasistir, llegar tarde o ausentarse reiteradamente en horas del

plantel, en horas de labor, sin causa justificada

c) Atentar contra la integridad física y equipamiento del plantel. La

reincidencia de una falta constituye agravante.

Art. 57° Las sanciones aplicadas al personal administrativo son:

a) Amonestación.

b) Descuento de haberes.

c) Suspensión del servicio temporalmente sin derecho a remuneración.

d) Suspensión definitiva del servicio.

Art. 58° Las sanciones administrativas son independientes de las

responsabilidades judiciales ha que hubiese lugar.

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C A P I T U L O VIII

DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES Y

ESTIMULOS DE LOS NIÑOS

Art. 59° Los educandos de la Institución Educativa Particular Inicial

“ANGELITOS DEL FUTURO” tiene los siguientes derechos:

a) Ser tratados con dignidad, respeto y sin discriminación.

b) Recibir una enseñanza técnico – científica integral que le permita

desarrollar sus aptitudes bio- psico- sociales en un ambiente

apropiado.

c) Recibir estímulos por sus acciones destacadas.

d) Recibir formación integral dentro de un ambiente que le brinde

seguridad moral y física así como los servicios de orientación y

bienestar.

e) Ser sujeto principal y eje primordial de toda acción educativa que

lo involucre.

Art. 60° Los alumnos de nuestro Jardín tienen los siguientes deberes:

a) Asistir al plantel con puntualidad y correctamente uniformados.

b) Respetar a sus educadores, compañeros, profesores, personal

administrativo, de servicio así como a toda persona dentro y fuera

del plantel.

c) Cuidar la infraestructura del centro de estimulación temprana,

mobiliario y mantenimiento educativo.

Page 31: Proyecto Educativo Para La Apertura y Funcionamientocaratula y Ri

d) Velar por la limpieza del aula, como también de los demás

ambientes del centro de estimulación temprana,

e) Observar buena conducta dentro y fuera del plantel.

f) Cumplir con las tares dadas por los profesores.

g) Los niños practicarán los valores morales éticos.

h) Ser cuidadosos con sus útiles, con el mobiliario y todos los bienes

del Jardín de niños Educativo.

Art. 61° Los estímulos que se hacen acreedores los educandos que realizan

acciones extra ordinarias o fuera del plantel son:

a) Anotaciones positivas en el “Diario Escolar” y/o libreta del Progreso

del Niño.

b) Felicitaciones publicadas ante todo el alumnado y en otras

dependencias.

c) Felicitación escrita con copia a la carpeta personal del niño

d) Diplomas y /o medallas entregadas en acto público.

Art. 62° Las sanciones a excepción de la corrección deberán ser

informadas al padre de familia y/o apoderado.

C A P I T U L O IX

DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS PADRES DE

FAMILIA

Art. 63° Son deberes de los padres de familia y tutores:

Page 32: Proyecto Educativo Para La Apertura y Funcionamientocaratula y Ri

a) Concurrir al Plantel cuando menos una vez al mes para informarse

del avance de la educación de sus hijos.

b) Cancelar los derechos de pensión de enseñanza de sus hijos o

pupilos dentro de los 5 primeros días del mes por adelantado.

c) Asistir obligatoriamente a todas las reuniones programadas por la

Dirección o docentes, en caso contrario a pagar la multa

establecida.

d) Participar en forma responsable en todos los eventos

programados por el Jardín de Niños.

e) Identificarse con el Jardín de Niños.

f) Participar obligatoriamente en representación del Jardín de Niños

en los actos cívicos, ceremonias, inicio de clases, clausura del

año escolar y otras actividades que se programen durante el año

escolar

g) Contribuir activamente en la adquisición y mejoramiento de la

infraestructura, mobiliario y otros enseres del Centro Educativo.

h) Asistir obligatoriamente a las asambleas ordinarias al finalizar cada

bimestre y a las extraordinarias.

Art. 64° Son derechos de los padres de familia y tutores:

a) Recibir información exacta sobre el rendimiento escolar de sus hijos

o pupilos.

b) Recibir información completa de las actividades económicas

que se realice conjuntamente con los directivos del centro

educativo.

c) Recibir un trato digno acorde con la dignidad humana.

d) A ser considerado en todas las actividades programadas por el

centro educativo.

Page 33: Proyecto Educativo Para La Apertura y Funcionamientocaratula y Ri

C A P I T U L O X

DE LAS RELACIONES Y COORDINACIONES

Art. 65° La Institución Educativa Particular Inicial “ANGELITOS DEL FUTURO”

mantiene relaciones y coordinación a su interior entre sus miembros

del personal directivo, docente y alumnos, tanto en las tareas técnicas

y pedagógicas como en las diversas actividades educativas que

ejecute.

Art. 66° Las coordinaciones con los padres de familia se realizarán cada vez

que se estime necesario.

Art. 67° Las coordinaciones tanto técnico – pedagógicas como administrativas

se realizan con la DRELL.

Art. 68° El Jardín de Niños coordina con las siguientes instituciones:

a) Centro de Salud

b) Comisaría de la Policía

c) Otros

C A P I T U L O XI

DE LOS ESTIMULOS DEL PERSONAL DOCENTE

Art. 69° El personal se hará acreedor a los estímulos de agradecimiento,

mención honrosa y/o diploma, cuando realice acciones excepcionales

en beneficio de la educación del Jardín o en cumplimiento altamente

eficiente en las comisiones o tareas que se le encargue.

Page 34: Proyecto Educativo Para La Apertura y Funcionamientocaratula y Ri

Art. 70° Se consideran acciones sobresalientes:

a) Gestión para mejorar el equipamiento del Jardín de Niños.

b) Desarrollar fuera de la jornada laboral, programa de

alfabetización y promoción educativa comunal.

c) Innovación del currículum escolar.

d) Ejecución de programas experimentales o acciones de investigación

orientados a elevar la calidad de la enseñanza - aprendizaje.

Art. 71° El personal que incurre en incumplimiento de sus deberes y

obligaciones a su cargo, son objeto de las sanciones siguientes:

a) Amonestación

b) Multa con descuento de sus remuneraciones

c) Separación por abandono injustificado del plantel de 3 o más días

d) Destitución de acuerdo a ley.

C A P I T U L O XII

DE LOS ESTIMULOS DEL NIÑO

Art. 72° Los estímulos a que se hace acreedor los alumnos que

realicen acciones extraordinarias dentro y fuera del Jardín de Niños

son:

- Felicitación, oral o escrita, diploma al mérito etc.

Page 35: Proyecto Educativo Para La Apertura y Funcionamientocaratula y Ri

Art. 73° Se consideran acciones extraordinarias dentro del plantel, el buen

comportamiento y aprovechamiento.

C A P I T U L O XIII DE LOS SERVICIOS DE BIENESTAR SOCIAL Y

RECREACION

Art. 74° El Jardín de Niños organizará actividades de actividad social y

recreación para el personal, alumnos y padres de familia en los

aspectos siguientes:

a) Atención y servicio médico

b) Actividades sociales y recreativas

c) Paseos, visitas y excursiones

Art. 75° Las actividades de bienestar social y recreación buscan la

integración de toda la comunidad educativa del Jardín de Niños.

C A P I T U L O XIV

DEL REGIMEN ECONOMICO

ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS

Art. 76° Constituyen recursos económicos y financieros de la Institución

Educativa Particular Inicial – Modalidad Estimulación Temprana

“ANGELITOS DEL FUTURO” los siguientes:

Page 36: Proyecto Educativo Para La Apertura y Funcionamientocaratula y Ri

a) Las mensualidades que por derecho de enseñanza cancelan

mensualmente los padres de familia.

b) Los ingresos de recursos propios.

c) Las donaciones.

d) Los fondos obtenidos mediante actividades de beneficio.

Art. 77 ° La administración de los recursos financieros es responsabilidad

de la Promotora y el administrador del Jardín de Niños Privado en

base a una programación presupuestal anual.

Art. 78° El Jardín de Niños Privado de acuerdo a los principios de

contabilidad, pone a disposición de los órganos especializados del

Ministerio de Educación para fines de supervisión y controles de

la documentación económica financiera y los informes de balance

general.

C A P I T U L O XV

DE LAS PENSIONES Y BECAS

Art. 79° Las pensiones de enseñanza son calculadas en proporción al

presupuesto de gastos del Jardín de Niños Privado, y para su

incremento se tomará en cuenta los dispositivos legales que expida

el gobierno.

Page 37: Proyecto Educativo Para La Apertura y Funcionamientocaratula y Ri

Art. 80° En el Jardín de Niños Privado funcionará el Comité de

Pensiones y Becas (COPEBE), encargado de determinar las

pensiones de enseñanza mensuales y demás derechos, otorgar

becas y otros tipos de ayuda a los alumnos que lo necesiten,

previa comprobación.

Art. 81° El pago de las pensiones de enseñanza se hará en forma mensual,

por adelantada y en forma puntual, asegurando los gastos

que origine el funcionamiento del Jardín de Niños.

Art. 82° El COPEBE, determinará el número de becas y los criterios para su

funcionamiento, se encontrará integrado de acuerdo a lo dispuesto el

Ministerio de Educación.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Art. 83° El presente reglamento interno tendrá vigencia a partir de la

fecha de su aprobación y por término de un año.

Art. 84° Los casos no contemplados en el presente reglamento, serán

resueltos por la promotora de la Institución Educativa Privada, sin

el inconveniente de hacer las anotaciones para las modificaciones o

ampliaciones según el caso.