¿Que Es La Paternidad? dEtERMInaCIÓn dEL JUZGado · Jurada de Paternidad. a PaRtIR dEL 1 dE JULIo...

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(CONT’D ON BACK) ¿Que Es La Paternidad? Paternidad significa ser padre. El establecimiento de la paternidad le da a su hijo un padre legal. ¿Porque es Importante Establecer La Paternidad? El establecimiento de la paternidad podría afectar la vida entera de su hijo. Si los padres no están casados en el momento de la concepción o al nacer el niño, ambos debieran empe- zar a pensar en establecer la paternidad que se reclama. Incluso, si los padres viven juntos o planean casarse, el establecimiento de la paternidad les asegura ciertos derechos a los padres y al niño. IDENTIDAD Es importante saber quiénes somos. Al conocer a ambos padres, el niño adquirirá un sentido de pertenencia. FINANCIERO Si no se establece la paternidad se le podrían negar ciertos beneficios a su hijo: Seguro Social para un padre fallecido o discapacitado Derechos de herencia Beneficios de Veterano de Guerra Seguro de vida Seguro de salud La ley requiere que ambos padres mantengan a su hijo. El establecimiento de la paternidad es el primer paso hacia el desarrollo de un plan que le proveerá a su hijo, la asistencia económica que necesitará, de modo que sea justo para ambos padres. El establecimiento de la paternidad hace posible el poder recaudar manutención más adelante, aunque el padre no pueda o no quiera pagar manutención ahora. MÉDICO Es importante que los padres y el niño tengan conocimiento de las condiciones de salud congéni- tas, ya sean por herencia materna o paterna. Además, podría ser que el niño tenga seguro de salud disponible a través del trabajo, sindicato o servicio militar de alguno de los padres. RELACIONES AMBOS PADRES tienen: El derecho de establecer una relación saludable con; y, La responsabilidad de cuidar a su hijo o hija. Legalizar la relación desde un principio: Provee mayor oportunidad para una relación salu- dable; y, Le asegura al padre (varón) su derecho de tener una relación con su hijo. ACTA DE NACIMIENTO Y NOMBRE Si se establece la paternidad: El acta de nacimiento tendrá el nombre del padre; y, El niño puede tener el apellido del padre o de la madre. Si los padres no están casados cuando nace el niño y la paternidad no está establecida: El padre (varón) no será nombrado en el acta de nacimiento; y, El niño tendrá el apellido de su madre. CUSTODIA El Tribunal puede cambiar la custodia legal y física de un niño en un procedimiento judicial bajo IC 31-14. CUSTODIA FÍSICA La madre tendrá la custodia física primaria sobre el niño. CUSTODIA LEGAL La madre tendrá la custodia legal exclusiva del niño a no ser que: La Declaración Jurada de Paternidad haya sido firmada después del 1 de Julio, 2010; y, Ambos padres acuerdan en tener custodia legal compartida; y, Todos los pasos requeridos para establecer la custo- dia legal compartida hayan sido completados. La custodia legal identifica quién tendrá la autoridad y la responsabilidad de tomar decisiones de mayor importancia en la crianza de su hijo. Esto incluye: Decisiones acerca de la educación del niño, cuidados de salud, y orientación religiosa; y, Acceso a los expedientes escolares e historial médica del niño. CUSTODIA LEGAL COMPARTIDA significa que ambos, el padre y la madre, comparten la autoridad y la respon- sabilidad asociada a la custodia legal. Para que exista la custodia legal compartida basada en una Declaración Jurada de Paternidad, todo lo siguiente deberá ser cumplido: Ambos padres deberán estar de acuerdo con la cus- todia legal compartida. Ambos padres deberán indicar su acuerdo en par- ticipar en la custodia legal compartida marcando las dos casillas en el punto 1, de la Sección F de la Declaración Jurada de Paternidad. Ambos padres deberán firmar el punto 1 de la Sección F y los puntos iniciales 2 y 3 de la Declaración Jurada de Paternidad. Después del 1 de Julio del 2010, ambos padres deberán firmar la Sección E de la Declaración Jurada de Paternidad. Pruebas genéticas deberán ser llevadas a cabo por un laboratorio acreditado. Una prueba de paternidad casera no será admisible legalmente. Los resultados de la prueba deberán demostrar que el hombre que firmó la Declaración Jurada de Paternidad es el padre biológico. Los resultados de la prueba deberán ser entregados al Departamento de Salud local dentro de los prim- eros 60 días después del nacimiento del niño. SI la prueba genética verifica que el hombre no es el padre O, si no se le entregan los resultados al Depart- amento de Salud local dentro de los primeros 60 días después del nacimiento del niño: El acuerdo de custodia legal compartida será invali- dado; y, La madre tendrá custodia legal exclusiva; y, El establecimiento de la paternidad AUN ES VÁLIDA; y, El hombre que firmó la Declaración Jurada de Paternidad aun será el padre legal del niño. ¿Cómo se establece la paternidad? MATRIMONIO Se presume que un hombre es el padre de un niño cuando: Él y su esposa están casados al nacer el niño; o, Si el niño nace antes del tricentésimo (300) día de haberse terminado el matrimonio. Si el esposo dice no ser el padre del niño o si otro hombre se declara el padre del niño, entonces un juzgado podría requerir una prueba genética para determinar la paternidad. DECLARACIÓN JURADA DE PATERNIDAD EN EL HOSPITAL Se puede establecer la paternidad dentro de las prim- eras 72 horas después del nacimiento del niño si ambos padres completan y firman una Declaración Jurada de Paternidad en el hospital. Esta es la forma más fácil de establecer esta relación legal entre el niño y el padre. EN EL DEPARTAMENTO DE SALUD La paternidad también se puede establecer comple- tando una Declaración Jurada de Paternidad en el Departamento de Salud local: En cualquier momento antes de que el niño se emancipe (21 años de edad a no ser que el juzgado ordene distinto), Siempre que ningún padre esté mencionado en el acta de nacimiento. DETERMINACIÓN DEL JUZGADO Se puede establecer la paternidad por medio de la pre- sentación de una acción de paternidad en el juzgado. Los padres pueden acordar a la paternidad o podrían solicitar una prueba genética. Si un hombre ha firmado una Declaración Jurada de Paternidad y luego desea una prueba genética, deberá solicitarla dentro de los 60 días después de haber firmado la Declaración Jurada o el tribunal podría negarle su petición. Sus derechos y responsabilidades legales en lo que concierne a la Declaración Jurada de Paternidad COSAS A SABER EN GENERAL El Firmar una Declaración Jurada de Paternidad es una acción voluntaria. La paternidad y sus responsabilidades legales pueden ser irreversibles una vez que se haya firmado la Declaración Jurada de Paternidad. La información acerca de la paternidad de su hijo y el proceso por el cual establece su paternidad se tratarán de modo confidencial por los empleados del hospital, la Oficina del Fiscal y por los abogados. Si usted no ha firmado una Declaración Jurada de Paternidad y tiene temor de establecer paternidad debido a violencia domestica, usted deberá contactar a la Oficina del Fiscal. Ellos le pueden otorgar protec- ción de privacidad. Dado que el firmar una Declaración Jurada de Pater- nidad tiene consecuencias legales quizás quiera consultar con un abogado antes de firmar. Usted tiene que recibir información en forma escrita y verbal acerca de sus alternativas, derechos y respon- sabilidades y, los efectos de firmar una Declaración Jurada de Paternidad. A PARTIR DEL 1 DE JULIO DEL 2010 Si usted aun no ha cumplido 18 años de edad, se le deberá dar una oportunidad para que consulte con el adulto de su elección, antes de firmar la Declaración Jurada de Paternidad. La Declaración Jurada de Paternidad deberá ser presentada a cada padre por separado y en ausencia del otro. Si no, la Declaración Jurada de Paternidad será anulable. Un hombre tiene derecho a pedir una audiencia en el tribunal si no está seguro de ser el padre del niño. 2001 Estab Pater Spanish Version.indd 1 3/22/2011 1:08:15 PM

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¿Que Es La Paternidad?Paternidad significa ser padre. El establecimiento de la paternidad le da a su hijo un padre legal.¿Porque es Importante Establecer La Paternidad? El establecimiento de la paternidad podría afectar la vida entera de su hijo. Si los padres no están casados en el momento de la concepción o al nacer el niño, ambos debieran empe-zar a pensar en establecer la paternidad que se reclama. Incluso, si los padres viven juntos o planean casarse, el establecimiento de la paternidad les asegura ciertos derechos a los padres y al niño. IdEntIdad Es importante saber quiénes somos. Al conocer a ambos padres, el niño adquirirá un sentido de pertenencia. FInanCIERo Si no se establece la paternidad se le podrían negar ciertos beneficios a su hijo:

Seguro Social para un padre fallecido o discapacitado Derechos de herencia Beneficios de Veterano de Guerra Seguro de vida Seguro de salud

La ley requiere que ambos padres mantengan a su hijo. El establecimiento de la paternidad es el primer paso hacia el desarrollo de un plan que le proveerá a su hijo, la asistencia económica que necesitará, de modo que sea justo para ambos padres. El establecimiento de la paternidad hace posible el poder recaudar manutención más adelante, aunque el padre no pueda o no quiera pagar manutención ahora. MÉdICo Es importante que los padres y el niño tengan conocimiento de las condiciones de salud congéni-tas, ya sean por herencia materna o paterna. Además, podría ser que el niño tenga seguro de salud disponible a través del trabajo, sindicato o servicio militar de alguno de los padres.RELaCIonES AMBOS PADRES tienen:

El derecho de establecer una relación saludable con; y, La responsabilidad de cuidar a su hijo o hija.

Legalizar la relación desde un principio: Provee mayor oportunidad para una relación salu-dable; y,

Le asegura al padre (varón) su derecho de tener una relación con su hijo.

aCta dE naCIMIEnto Y noMbRE Si se establece la paternidad:

El acta de nacimiento tendrá el nombre del padre; y, El niño puede tener el apellido del padre o de la madre.

Si los padres no están casados cuando nace el niño y la paternidad no está establecida:

El padre (varón) no será nombrado en el acta de nacimiento; y,

El niño tendrá el apellido de su madre. CUStodIa El Tribunal puede cambiar la custodia legal y física de un niño en un procedimiento judicial bajo IC 31-14.CUSTODIA FÍSICA La madre tendrá la custodia físicaprimaria sobre el niño.CUSTODIA LEGAL La madre tendrá la custodia legal exclusiva del niño a no ser que:

La Declaración Jurada de Paternidad haya sidofirmada después del 1 de Julio, 2010; y,

Ambos padres acuerdan en tener custodia legal compartida; y,

Todos los pasos requeridos para establecer la custo-dia legal compartida hayan sido completados.

La custodia legal identifica quién tendrá la autoridad y la responsabilidad de tomar decisiones de mayor importancia en la crianza de su hijo. Esto incluye:

Decisiones acerca de la educación del niño, cuidados de salud, y orientación religiosa; y,

Acceso a los expedientes escolares e historial médica del niño.

CUSTODIA LEGAL COMPARTIDA significa que ambos, el padre y la madre, comparten la autoridad y la respon-sabilidad asociada a la custodia legal. Para que exista la custodia legal compartida basada en una Declaración Jurada de Paternidad, todo lo siguiente deberá ser cumplido:

Ambos padres deberán estar de acuerdo con la cus-todia legal compartida.

Ambos padres deberán indicar su acuerdo en par-ticipar en la custodia legal compartida marcando las dos casillas en el punto 1, de la Sección F de la Declaración Jurada de Paternidad.

Ambos padres deberán firmar el punto 1 de la Sección F y los puntos iniciales 2 y 3 de la Declaración Jurada de Paternidad.

Después del 1 de Julio del 2010, ambos padres deberán firmar la Sección E de la Declaración Jurada de Paternidad.

Pruebas genéticas deberán ser llevadas a cabo por un laboratorio acreditado. Una prueba de paternidad casera no será admisible legalmente.

Los resultados de la prueba deberán demostrar que el hombre que firmó la Declaración Jurada de Paternidad es el padre biológico.

Los resultados de la prueba deberán ser entregados al Departamento de Salud local dentro de los prim-eros 60 días después del nacimiento del niño.

SI la prueba genética verifica que el hombre no es el padre O, si no se le entregan los resultados al Depart-amento de Salud local dentro de los primeros 60 días después del nacimiento del niño:

El acuerdo de custodia legal compartida será invali-dado; y,

La madre tendrá custodia legal exclusiva; y, El establecimiento de la paternidad AUN ES VÁLIDA; y,

El hombre que firmó la Declaración Jurada de Paternidad aun será el padre legal del niño.

¿Cómo se establece la paternidad?MatRIMonIo Se presume que un hombre es el padre de un niño cuando:

Él y su esposa están casados al nacer el niño; o, Si el niño nace antes del tricentésimo (300) día de haberse terminado el matrimonio.

Si el esposo dice no ser el padre del niño o si otro hombre se declara el padre del niño, entonces un juzgado podría requerir una prueba genética para determinar la paternidad. dECLaRaCIÓn JURada dE PatERnIdad EN EL HOSPITAL Se puede establecer la paternidad dentro de las prim-eras 72 horas después del nacimiento del niño si ambos padres completan y firman una Declaración Jurada de Paternidad en el hospital. Esta es la forma más fácil de establecer esta relación legal entre el niño y el padre. EN EL DEPARTAMENTO DE SALUDLa paternidad también se puede establecer comple-tando una Declaración Jurada de Paternidad en el Departamento de Salud local:

En cualquier momento antes de que el niño se emancipe (21 años de edad a no ser que el juzgado ordene distinto),

Siempre que ningún padre esté mencionado en el acta de nacimiento.

dEtERMInaCIÓn dEL JUZGadoSe puede establecer la paternidad por medio de la pre-sentación de una acción de paternidad en el juzgado. Los padres pueden acordar a la paternidad o podrían solicitar una prueba genética. Si un hombre ha firmado una Declaración Jurada de Paternidad y luego desea una prueba genética, deberá solicitarla dentro de los 60 días después de haber firmado la Declaración Jurada o el tribunal podría negarle su petición.

Sus derechos y responsabilidades legales en lo que concierne a la Declaración Jurada de Paternidad CoSaS a SabER En GEnERaL El Firmar una Declaración Jurada de Paternidad es una acción voluntaria. La paternidad y sus responsabilidades legales pueden ser irreversibles una vez que se haya firmado la Declaración Jurada de Paternidad. La información acerca de la paternidad de su hijo y el proceso por el cual establece su paternidad se tratarán de modo confidencial por los empleados del hospital, la Oficina del Fiscal y por los abogados. Si usted no ha firmado una Declaración Jurada de Paternidad y tiene temor de establecer paternidad debido a violencia domestica, usted deberá contactar a la Oficina del Fiscal. Ellos le pueden otorgar protec-ción de privacidad. Dado que el firmar una Declaración Jurada de Pater-nidad tiene consecuencias legales quizás quiera consultar con un abogado antes de firmar.Usted tiene que recibir información en forma escrita y verbal acerca de sus alternativas, derechos y respon-sabilidades y, los efectos de firmar una Declaración Jurada de Paternidad. a PaRtIR dEL 1 dE JULIo dEL 2010

Si usted aun no ha cumplido 18 años de edad, se le deberá dar una oportunidad para que consulte con el adulto de su elección, antes de firmar la Declaración Jurada de Paternidad.

La Declaración Jurada de Paternidad deberá serpresentada a cada padre por separado y en ausencia del otro.

Si no, la Declaración Jurada de Paternidad será anulable.Un hombre tiene derecho a pedir una audiencia en el tribunal si no está seguro de ser el padre del niño.

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State of IndianaMitchell E. Daniels, Jr., GovernorDepartment of Child Services402 W. WASHINGTON STREET, Room W392INDIANAPOLIS, INDIANA 46204-2739www.IN.gov/dcsEl Departamento de Servicios al Niño de Indiana no discrimina en base a raza, color, credo, sexo, edad, incapacidad, ni antepasados.DCS (R7/03-11) SpanishJob #2001

(Cont’d FRoM InSIdE)El padre del niño puede firmar la Declaración Jurada de Paternidad aunque esté casado con otra persona.SI, usted es el padre presunto y,

No establece su paternidad legal ahora, Pero, desea tener el derecho a ser notificado y a una audiencia, con respecto a cualquiera adopción del niño,

usted deberá registrarse en el Registro de Padres Putativos de Indiana (Indiana Putative Father Registry) en el Departamento de Salud de Indiana (Indiana State Department of Health). Llame al (317) 233-7085 para más información.Una mujer que a sabiendas o intencionalmente nombra a un hombre falsamente como el padre del niño comete un delito menor tipo A.Si la madre está recibiendo asistencia pública (TANF o Medicaid), se le podría exigir que coopere en esta-blecer la paternidad legal del niño y en obtener una orden de Manutención o de lo contrario, dejar de reci-bir esos beneficios. Si NO se ha firmado la Declaración Jurada de Paternidad y cualquiera de los padres esta inseguro acerca de la paternidad del niño(a) pueden contactarse con la Oficina del Fiscal en su condado para obtener asistencia en establecer la paternidad.El padre custodio puede contactar a la Oficina del Fiscal de su condado para acceder a los servicios de manutención de menores abajo descritos, a través del programa de IV-D. Se le cobrará una módica suma si la persona no está recibiendo beneficios de asistencia pública.

Establecer la paternidad legal Ubicar al padre/madre ausente Obtener una orden judicial para el pago de la manu-tención del niño y el sustento médico

Imponer el cumplimiento de las órdenes de manu-tención y médica.

Si se establece la paternidad, la madre del niño o la agencia de IV-D tienen el derecho de obtener una orden de manutención y una médica exigiendo que el padre pague manutención y, podrán recaudar dada la orden.CoSaS a SabER SI SE CoMPLEta Una dECLaRaCIÓn JURada dE PatERnIdad

No se requiere ninguna acción judicial adicional para el establecimiento legal de la paternidad.

No se requiere evidencia de paternidad adicional para que se ordenen pagos de manutención finan-ciera y médica

Los derechos de custodia de los padres están espe-cificados en la Declaración Jurada de Paternidad, salvo disposición contraria de un Tribunal. (Ver Custodia.)

El padre tendrá tiempo de visitas según lo indicado en la Directiva de los Convenios Parentales de Asignación de Tiempo y de Manutención del Niño de Indiana, salvo disposición contraria de un Tribunal.

Un hombre tiene el derecho de retirar/rescindir su reconocimiento de paternidad solamente dentro de los sesenta (60) días a partir de la fecha en la que se completado la Declaración Jurada de Paternidad. Para tal, deberá presentar una petición en un tribunal que tenga jurisdicción sobre asuntos de paternidad y, tal vez, tenga que someterse a pruebas genéticas y responsabilizarse por los costos de tal. Después de sesenta (60) días pudiera ser irreversible la paternidad previamente establecida, aun si las pruebas genéticas probaron que el niño no era de él.

La madre no tiene el derecho de retirar/rescindir su conocimiento de paternidad.

¿PoRQUÉ dEbo ConSIdERaR ESto a La HoRa QUE naCE EL nIÑo?

Usted no tiene que firmar una Declaración Jurada de Paternidad ahora. Está en su derecho de primero obtener una prueba genética. Pero si desea establecer la paternidad legal, existen razones por las que con-viene comenzar el proceso inmediatamente.

Si usted desea visitas en exceso de lo indicado en la Directiva de los Convenios Parentales de Asignación de Tiempo y de Manutención del Niño de Indiana deberá contactar a un abogado. (Ver OBTENIENDO AYUDA LEGAL para obtener representación legal gratuita si no puede costearse un abogado.)

Si ambos firman la Declaración Jurada de Paternidad, no tendrá que efectuarse una audiencia en el tribu-nal para establecer la paternidad legal.

Si usted completa la Declaración Jurada de Paternidad con anterioridad al acta de nacimiento, el niño podría llevar el apellido de su padre y usted se evita el trabajo y el gasto de cambiarlo más adelante.

El completar la Declaración Jurada de Paternidad antes de poner una solicitud para obtener el número de Seguro Social del niño, asegurará que la infor-mación del niño esté correcta la primera vez.

Las órdenes judiciales de manutención financiera y médica se pueden implementar más aprisa cuando la paternidad ya ha sido establecida.

RECURSOS IMPORTANTESwww.IN.gov/dcs

OBTENIENDO AYUDA LEGAL

IndIana baR aSSoCIatIon317-639-5465

www.in.gov/judiciary/selfservice www.indianajustice.org www.in.gov/dcs/support

REGISTRO DE PADRES PUTATIVOS DE INDIANAINDIANA PUTATIVE FATHER REGISTRY

317 233-7085 www.in.gov/isdh/20371.htm

DIRECTIVA DE LOS CONVENIOS PARENTALES DE ASIGNACIÓN DE TIEMPO Y

DE MANUTENCIÓN DEL NIÑO, DE INDIANAINDIANA PARENTING TIME & CHILD SUPPORT GUIDELINES

www.in.gov/judiciary/childsupport

LINEA DIRECTA DE MANUTENCIÓN DEL NIÑOCHILD SUPPORT KIDS LINE

800-840-8757 www.in.gov/dcs/support

LINEA DIRECTA DE ABUSO Y NEGLIGENCIACHILD ABUSE & NEGLECT HOTLINE

800-800-5556 www.in.gov/dcs/2398.htm

Establecer La Paternidad

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