Queda aprobada la reforma laboral en la cámara de diputados

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QUEDA APROBADA LA REFORMA LABORAL EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS Con 361 votos a favor y 129 en contra, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general, el dictamen de la minuta enviada por el Senado de la República que reforma la Ley Federal del Trabajo, el cual fue devuelto a esa colegisladora para los efectos del artículo 72, fracción E, de la Constitución Política. Luego del debate, el Pleno avaló cuatro de los ocho artículos que modificó y adicionó el Senado (364 bis, 365 bis, 391 bis y 424 bis); reformó otros dos (371 y 373) y eliminó los dos restantes (388 bis y 390). Respecto al artículo 371, se aceptó la modificación relativa al procedimiento para la elección de la directiva y número de miembros, salvaguardando el libre ejercicio del voto con las modalidades que acuerde la asamblea general; de votación indirecta y secreta o votación directa y secreta. En lo referente al artículo 373, el dictamen establece que las directivas de los sindicatos deberán informar, por lo menos cada seis meses a sus agremiados, sobre la cuenta, completa y detallada, de la administración del patrimonio sindical. Menciona que en todo momento cualquier trabajador tendrá el derecho de solicitar información a la directiva sobre la administración del patrimonio del sindicato. La rendición de cuentas, plantea, “incluirá la situación de los ingresos por cuotas sindicales y otros bienes, así como su destino”. En tanto, la adición del artículo 364 bis, de acuerdo con el dictamen, deja en claro que en el registro de los sindicatos se deberán observar los principios de legalidad, transparencia, certeza, gratuidad, inmediatez, imparcialidad, equidad, respeto a la libertad, autonomía y democracia sindical. El 365 bis refiere que se hará pública, para consulta de cualquier persona, la información de los registros de los sindicatos, además de que deberán expedir copias de los expedientes de registros que se soliciten y el texto íntegro de las versiones públicas de los estatutos en los sindicatos, estarán disponibles en los sitios de Internet de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Por lo que toca a los artículos 391 bis y 424 bis, se incluye que las juntas de conciliación y arbitraje harán públicos los contratos colectivos de trabajo así como los reglamentos interiores de los

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QUEDA APROBADA LA REFORMA LABORAL EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS 

Con 361 votos a favor y 129 en contra, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general, el dictamen de la minuta enviada por el Senado de la República que reforma la Ley Federal del Trabajo, el cual fue devuelto a esa colegisladora para los efectos del artículo 72, fracción E, de la Constitución Política.

Luego del debate, el Pleno avaló cuatro de los ocho artículos que modificó y adicionó el Senado (364 bis, 365 bis, 391 bis y 424 bis); reformó otros dos (371 y 373) y eliminó los dos restantes (388 bis y 390).

Respecto al artículo 371, se aceptó la modificación relativa al procedimiento para la elección de la directiva y número de miembros, salvaguardando el libre ejercicio del voto con las modalidades que acuerde la asamblea general; de votación indirecta y secreta o votación directa y secreta.

En lo referente al artículo 373, el dictamen establece que las directivas de los sindicatos deberán informar, por lo menos cada seis meses a sus agremiados, sobre la cuenta, completa y detallada, de la administración del patrimonio sindical.

Menciona que en todo momento cualquier trabajador tendrá el derecho de solicitar información a la directiva sobre la administración del patrimonio del sindicato. La rendición de cuentas, plantea, “incluirá la situación de los ingresos por cuotas sindicales y otros bienes, así como su destino”.

En tanto, la adición del artículo 364 bis, de acuerdo con el dictamen, deja en claro que en el registro de los sindicatos se deberán observar los principios de legalidad, transparencia, certeza, gratuidad, inmediatez, imparcialidad, equidad, respeto a la libertad, autonomía y democracia sindical.

El 365 bis refiere que se hará pública, para consulta de cualquier persona, la información de los registros de los sindicatos, además de que deberán expedir copias de los expedientes de registros que se soliciten y el texto íntegro de las versiones públicas de los estatutos en los sindicatos, estarán disponibles en los sitios de Internet de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Por lo que toca a los artículos 391 bis y 424 bis, se incluye que las juntas de conciliación y arbitraje harán públicos los contratos colectivos de trabajo así como los reglamentos interiores de los sindicatos a fin de que cualquier persona pueda consultar esa información.

Cabe destacar que después de 42 años, se realizan modificaciones a la Ley Federal del Trabajo con la aprobación de la reforma laboral, lo cual ayudará a la creación de empleos.