R I O V A Q U E R O S CIUDAD DEL MILAGRO
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NOTA G/S N° 814-21 (D) SALTA, 04 de junio de 2021
INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA ARQ. VICENTE JAVIER GALLIPOLI S A L T A
S. / SOLICITUD EXTENSIÓN DE RED DE GAS NATURAL A 49 VIVIENDAS UBICADAS EN TERRENO MATRICULA N° 177.723 Y 162.358 DE LA CIUDAD DE SALTA – PCIA. DE SALTA. -
De nuestra consideración: Nos dirigimos a Usted en respuesta a vuestra solicitud de Extensión de red
de gas natural, que fuera ingresada a esta Distribuidora el día 09/04/2021, a fin de informarle que el suministro solicitado es factible de concretar.
Asimismo, le informamos que conforme lo dispuesto en el art. 16 c) de la
Ley 24.076, esta Distribuidora ha procedido a evaluar el emprendimiento en cuestión, habiendo arrojado la misma un resultado positivo, lo que implica que de materializarse el mismo, los clientes impulsores dispondrán de una Contraprestación siempre que se conecten hasta el segundo año de habilitado dicho emprendimiento
En tales términos, si Uds. están dispuestos a afrontar el costo de la obra,
lo invitamos a contactarse con nosotros a través de nuestro mail [email protected], donde le informaremos los pasos a seguir. A tal efecto y para su conocimiento, se envía adjunto a la presente copia del Anteproyecto respectivo (N° SS2606) sobre la base del cual se deberá realizar la obra de la red de distribución de gas natural.
En caso de que el proyecto requiera la instalación de redes de media
presión en propiedad privada, la ejecución del mismo se encontrará condicionada a la obtención de los permisos y constitución de servidumbres gratuitas a favor de GASNOR S.A., de lo contrario el proyecto se limitará a la instalación de la cámara reguladora en la línea municipal.
Finalmente, cabe destacar que, en este tipo de obras, la Distribuidora actúa en el carácter de supervisor técnico (conf. NAG 113), por lo cual resulta ajena a cualquier tipo de planteo y/o diferencias que puedan surgir entre los vecinos, la empresa contratista que se seleccione y/o los representantes vecinales designados.
Sin otro particular, saludamos a Usted atentamente.
MARÍA SILVIA GUZMÁN
JEFA DE DESARROLLO SUB-GERENCIA SALTA
Pje. Dr. Benjamín Zorrilla Nº 29 Salta Capital (A4400AVA) Tel. / Fax: (0387) 431-0822 www.edesa.com.ar
Factibilidad de Suministros - Especificaciones Comerciales
Salta, 16 de abril de 2021 DSC 2450 / 2021
SEÑORES
INSTITUTO PCIAL DE DES.URB.Y VIVIENDA
BELGRANO GRAL. 1349
Vº CALIXTO GAUNA
4400 - SALTA
Por la presente tengo el agrado de dirigirme a Ud. en respuesta a vuestra solicitud de factibilidad de energía eléctrica realizada para 49 LOTES unidades habitacionales con potencia a determinar según proyecto eléctrico de los edificios KW - CONEXION Comúnsubterránea trifásica - MAT Nº 162358 en SALTA según NIS 5332802, y a los efectos de informarle que la misma NO RESULTA FACTIBLE, hasta tanto y en cuanto se cumplan con las especificaciones y requisitos que seguidamente se mencionan.
En relación a ello le comunicamos que el punto de entronque con la red existente, será a) para el sector A desde la línea de baja tensión trifásica, ámbito de la subestación transformadora SA3580 salida 03, b) para el sector B desde la línea de baja tensión trifásica, ámbito de la subestación SA3618 salida 01; desde allí se tenderá la línea de baja tensión trifásica acorde a la subdivisión y c) para el sector C desde una nueva salida en baja tensión, ámbito de la subestación SA3583; desde allí se tenderá la línea de baja tensión trifásica acorde a la subdivisión. Deberá presentar el proyecto eléctrico de los edificios para evaluar la potencia demandada.
En forma previa a cualquier tramitación en el Consejo Profesional de Agrimensores Ingenieros y Profesiones Afines, en adelante "COPAIPA", deberá presentar la documentación técnica para su previsado, esto significa que el cliente o por medio de su representante técnico, presentará ante la Gerencia de Proyectos y Obras de EDESA SA un anteproyecto para evaluar las condiciones particulares de la factibilidad técnica, luego de su revisión el cliente conformará el proyecto ejecutivo para su visado.
Asimismo, con antelación a la ejecución de las obras necesarias, deberá presentar el proyectoconstructivo en ORIGINAL Y DOS (2) JUEGOS DE COPIAS PARA OBRAS A CONSTRUIRSE EN SALTA CAPITAL - VALLE DE LERMA, U ORIGINAL Y TRES (3) JUEGOS DE COPIAS PARA AQUELLAS A REALIZARSE EN EL INTERIOR DE LA PROVINCIA y su correspondiente archivo digital. Dicha documentación deberá estar compuesta por memoria técnica, cálculos eléctricos y de líneas, cómputo de materiales con precio unitario y totales incluidos, mano de obra, planos generales y detalles, previa verificación por el "COPAIPA", suscripta por el profesional responsable, adjuntando constancia de matrícula otorgada por el Consejo Profesional. DEBERÁ ADJUNTAR A LOS LEGAJOS TÉCNICOS, COPIA DEL PRESENTE CERTIFICADO DE FACTIBILIDAD.
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Pje. Dr. Benjamín Zorrilla Nº 29 Salta Capital (A4400AVA) Tel. / Fax: (0387) 431-0822 www.edesa.com.ar
En todos los casos, se deberán utilizar marcas normalizadas y homologadas en los equipos ymateriales principales a instalar, ello con el fin de que la Inspección de la Gerencia de NuevosSuministros pueda dar su aprobación a los efectos posibilitar que las obras entren en servicio.
En los PLANOS DE PROYECTO deberá consignarse en forma visible el nombre, matrícula yespecialidad del profesional a cargo del proyecto y de la dirección técnica de la obra (funciones que podrá desempeñar la misma persona).
Una vez que se encuentren acreditados los requisitos y condiciones antes mencionados, EDESA S.A. otorgara en favor del solicitante, un "Certificado de Disponibilidad de Energía Eléctrica", el cual servirá para ser presentado por ante la Dirección General de Inmuebles de la Provincia de Salta (en adelante "Inmuebles"), para el correspondiente tramite de subdivisión catastral.
Sin perjuicio de lo cual, la infraestructura eléctrica que cumpla con los requisitos señalados solo podrá ser transferida a EDESA S.A., para su operación y mantenimiento, una vez acreditado fehacientemente que están concluidas las restantes obras de servicios que resulten necesarias para la habilitación del loteo y obtención de matrícula individual, conforme a los requerimientos de Inmuebles.
Al momento de la transferencia de las obras, y considerando el costo total de las mismas, segenerará el correspondiente crédito, destinado a compensar las inversiones realizadas por elorganismo o empresa ejecutante, en un todo de acuerdo con el apartado 2 del reglamento deaplicación de la C.E.R. (Res. ENRESP 328/10 y modificación Res. ENRESP 1024/13), el cual se adjunta. El reintegro se volcará sobre los lotes en la forma indicada por los artículos 2.11, 2.12. y 2.13. del citado reglamento.
Finalmente, cabe aclarar que hasta tanto no se efectivice la transferencia definitiva de lainfraestructura eléctrica, su custodia, conservación y reparación, corre por cuenta y orden delloteador; pasando dichas obligaciones a EDESA S.A., a partir del momento de recepción de laobra.
Se deja constancia que las condiciones de otorgamiento de la presente factibilidad, tendrá validez por el término de Seis (6) meses a partir de la fecha de otorgamiento debido a la situación imperante del momento, pudiendo variar las mismas por razones de servicio en el tiempo que demande su implementación.
En atención a esta realidad, deberá prever los tiempos que demandarán los visados en la Gerencia de Proyectos de EDESA SA y la tramitación en el "COPAIPA", por lo que en caso de estimar que la presente factibilidad se encontrará vencida al momento de tales tramitaciones, deberá solicitar su actualización con anterioridad a tales trámites.
Sin más lo saludamos atentamente.