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r; ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE . DE LAMBAYEQUE SA /' ./ CONVENIO 00 g -2013-EPSEL S.A. CONVENIO INTERINSTlTUCIONAL ENTRE LA ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE LAMBAYEQUE EPSEL S.A. y LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLA YO PARA EL FINANCIAMIENTO Y EJECUCION DE LA OBRA QUE CORRESPONDE A LOS PROYECTOS: "MEJORAMIENTO DEL PAVIMENTO EN LAS VIAS DE LA URBANIZACION URB. CAMPODONICO Y LA URB. SAN MARTIN DE LA LOCALIDAD DE CHICLAVO-DISTRITO DE CHICLAYO, PROVINCIA DE CHICLAYO-LAMBAYEQUE,CON CODIGO SNIP 279415 Y EL PROYECTO "MEJORAMIENTO DEL PAVIMENTO Y VEREDAS EN LAS CALLES DE LA URB. CAMPODONICO Y URB. SAN MARTlN DE LA CIUDAD CHICLAYO-DlSTRITO DE CHICLAYO PROVINCIA DE CHICLAYO-LAMBAYEQUE CON CODIGO SNIP 279281" ;8 :5;( I Cl Ir Conste por el presente documento, y en cumplimiento al Acuerdo N" 02-0rden del Ola del Acta de :.5~ 1:> W Sesión Ordinaria de Directorio de fecha 14 de Septiembre del 2013, en la cual el Directorio Acordó ;~~ por Unanimidad, y en atención al Oficio N"0492-2013-MPCH/GG de fecha 03 de Septiembre del 2013 1>: § presentado por el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, aprobar la solicitud de ~ ~inanciamiento y ejecución de las obras contempladas en los PROYECTOS: "MEJORAMIENTO DEL ¡2~ PAVIMENTO EN LAS VIAS DE LA URBANIZACION URB. CAMPODONICO Y LA URB. SAN ¡ 15 MARTIN DE LA LOCALIDAD DE CHICLAYO-DISTRITO DE CHICLA YO, PROVINCIA DE ¡¡¿ CHICLAYO-LAMBAYEQUE, CON CODIGO SNIP 279415 Y EL PROYECTO "MEJORAMIENTO DEL PAVIMENTO Y VEREDAS EN LAS CALLES DE LA URB. CAMPODONICO Y URB. SAN MARTIN DE LA CIUDAD CHICLAYO-DISTRITO DE CHICLAYO PROVINCIA DE CHICLAYO- LAMBAYEQUE CON CODIGO SNIP 279281" y cuyo Expediente Técnico Integral que contempla los dos proyectos asciende a la suma de S/10 927 080.00 Nuevos Soles. Los Proyectos mencionados contemplan la reconstrucción de las Calles y Avenidas que han quedado afectadas por la ejecución de la Obra ."MEJORAMIENTO DE LAS REDES DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO CON CONEXIONES DOMICILIARIAS DE LAS URBANIZACIONES CAMPODONICO Y SAN MARTIN-CHICLAYO", por lo que para dar solución a dicha problemática que afecta el ornato de la ciudad, se acuerda suscribir el Convenio que celebran de una parte la ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE LAMBAYEQUE con RUC N° 20103348591 representado por su Gerente General Eco. Juan Valdivia Goycochea, con domicilio <;) í~ Oto"" legal en Av. Sáenz Peña N" 1860 - José Leonardo Ortiz y con DNI N° 16572153 a quien en adelante . ~ )1- J.i\ se le denominará "EPSEL S.A.", y de otra parte la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO, ~ . URA ~\ debidamente representado por su Alcalde Eco. Roberto Torres Gonzales identificado con DNI N° %iJ 16448003, señalando domicilio legal en la Avenida Grau N° 152 del Distrito de Chiclayo, Provincia de '~Ps~ Chiclayo y Región Lambayeque, a quien en adelante se le denominará "LA MUNICIPALIDAD", . quienes intervienen por su propio derecho, en términos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA: DE LAS PARTES.- EPSEL S.A. es una Empresa de Propiedad Municipal dedicada a la administración, Operación y Mantenimiento de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado, organizada bajo la forma societaria de una Sociedad Anónima, de acuerdo con lo normado por la Ley N° 26388 - Ley General de Saneamiento, su Reglamento cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por el D.S. N° 023-2005- Vivienda la Ley General de Sociedades, sus Estatutos Sociales, y demás normas complementarias, modificatorias y conexas IrrCI:~lI~~ PROIJINCIA~ ClilClAYO C-~.·- ---- o - _. - ••• --.- - •• _ •••••••• _ •••• Econ. ROBERTO TORRES GONZALES ALCALDE OFICINAS: Av. Sáenz Peña W 1860 (Planta de Agua Potable) Chiclayo . Telef. 253479 . 252291 - Telefax 253520 Gerencia Operacional Telf. 254132 . Av. Miguel Grau N° 451 Gerencia Comercial Telf. 273609 . 235757 Emergencias Telf. 238363: 208877- Pago Web: www.epsel.crm.pe

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r;ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOSDE . DE LAMBAYEQUE SA

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CONVENIO N° 00g -2013-EPSEL S.A.

CONVENIO INTERINSTlTUCIONAL ENTRE LA ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DESANEAMIENTO DE LAMBAYEQUE EPSEL S.A. y LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DECHICLA YO PARA EL FINANCIAMIENTO Y EJECUCION DE LA OBRA QUE CORRESPONDE ALOS PROYECTOS: "MEJORAMIENTO DEL PAVIMENTO EN LAS VIAS DE LA URBANIZACIONURB. CAMPODONICO Y LA URB. SAN MARTIN DE LA LOCALIDAD DE CHICLAVO-DISTRITODE CHICLAYO, PROVINCIA DE CHICLAYO-LAMBAYEQUE,CON CODIGO SNIP 279415 Y ELPROYECTO "MEJORAMIENTO DEL PAVIMENTO Y VEREDAS EN LAS CALLES DE LA URB.CAMPODONICO Y URB. SAN MARTlN DE LA CIUDAD CHICLAYO-DlSTRITO DE CHICLAYOPROVINCIA DE CHICLAYO-LAMBAYEQUE CON CODIGO SNIP 279281"

;8:5 ;(I Cl Ir Conste por el presente documento, y en cumplimiento al Acuerdo N" 02-0rden del Ola del Acta de:.5 ~1:> W Sesión Ordinaria de Directorio de fecha 14 de Septiembre del 2013, en la cual el Directorio Acordó; ~ ~ por Unanimidad, y en atención al Oficio N"0492-2013-MPCH/GG de fecha 03 de Septiembre del 20131>: § presentado por el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, aprobar la solicitud de~ ~inanciamiento y ejecución de las obras contempladas en los PROYECTOS: "MEJORAMIENTO DEL¡2~ PAVIMENTO EN LAS VIAS DE LA URBANIZACION URB. CAMPODONICO Y LA URB. SAN¡15 MARTIN DE LA LOCALIDAD DE CHICLAYO-DISTRITO DE CHICLA YO, PROVINCIA DE¡¡¿ CHICLAYO-LAMBAYEQUE, CON CODIGO SNIP 279415 Y EL PROYECTO "MEJORAMIENTO

DEL PAVIMENTO Y VEREDAS EN LAS CALLES DE LA URB. CAMPODONICO Y URB. SANMARTIN DE LA CIUDAD CHICLAYO-DISTRITO DE CHICLAYO PROVINCIA DE CHICLAYO-LAMBAYEQUE CON CODIGO SNIP 279281" y cuyo Expediente Técnico Integral que contempla losdos proyectos asciende a la suma de S/10 927 080.00 Nuevos Soles.

Los Proyectos mencionados contemplan la reconstrucción de las Calles y Avenidas que han quedadoafectadas por la ejecución de la Obra ."MEJORAMIENTO DE LAS REDES DE AGUA POTABLE YALCANTARILLADO CON CONEXIONES DOMICILIARIAS DE LAS URBANIZACIONESCAMPODONICO Y SAN MARTIN-CHICLAYO", por lo que para dar solución a dicha problemáticaque afecta el ornato de la ciudad, se acuerda suscribir el Convenio que celebran de una parte laENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE LAMBAYEQUE con RUC N°20103348591 representado por su Gerente General Eco. Juan Valdivia Goycochea, con domicilio

<;) í~ Oto"" legal en Av. Sáenz Peña N" 1860 - José Leonardo Ortiz y con DNI N° 16572153 a quien en adelante. ~ )1- J.i\ se le denominará "EPSEL S.A.", y de otra parte la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO,

~ . URA ~\ debidamente representado por su Alcalde Eco. Roberto Torres Gonzales identificado con DNI N°%iJ 16448003, señalando domicilio legal en la Avenida Grau N° 152 del Distrito de Chiclayo, Provincia de

'~Ps~ Chiclayo y Región Lambayeque, a quien en adelante se le denominará "LA MUNICIPALIDAD",. quienes intervienen por su propio derecho, en términos y condiciones siguientes:

CLAUSULA PRIMERA: DE LAS PARTES.-

EPSEL S.A. es una Empresa de Propiedad Municipal dedicada a la administración, Operación yMantenimiento de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado, organizada bajo la forma societariade una Sociedad Anónima, de acuerdo con lo normado por la Ley N° 26388 - Ley General deSaneamiento, su Reglamento cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por el D.S. N° 023-2005-Vivienda la Ley General de Sociedades, sus Estatutos Sociales, y demás normas complementarias,modificatorias y conexas

IrrCI:~lI~~ PROIJINCIA~ ClilClAYO

C-~.·----- o - _. - ••• --.- - •• _ •••••••• _ ••••

Econ. ROBERTO TORRES GONZALESALCALDE

OFICINAS: Av. Sáenz Peña W 1860 (Planta de Agua Potable) Chiclayo . Telef. 253479 . 252291 - Telefax 253520Gerencia Operacional Telf. 254132 . Av. Miguel Grau N° 451 Gerencia Comercial Telf. 273609 . 235757Emergencias Telf. 238363: 208877- Pago Web: www.epsel.crm.pe

CLAUSULA TERCERA: OBJETO.-

"s E S El presente Convenio tiene por objeto establecer el marco Legal dentro del cual EPSEL S.A."'OEV inanciara el Presupuesto para la ejecución de la Obra que corresponde a los Proyectos:1'1t0 ¡,;~f.~cl· MEJORAMIENTO DEL PAVIMENTO EN LAS VIAS DE LA URBANIZACION .URB.

~\:/ 811,\S s AMPODONICO y LA URB. SAN MARTIN DE LA LOCALIDAD DE CHICLAYO-DISTRITO DE,:y TUR~O: CHICLAYO, PROVINCIA DE CHICLAYO-LAMBAYEqUE, CON CODIGO SNIP 279415 y ELC'..!::!>/"" PROYECTO "MEJORAMIENTO DEL PAVIMENTO Y VEREDAS EN LAS CALLES DE LA URB.

CAMPODONICO Y URB. SAN MARTIN DE LA CIUDAD CHICLAYO-DISTRITO DE CHICLAYOPROVINCIA DE CHICLAYO-LAMBAYEQUE CON CODIGO SNIP 279261", los cuales contemplan lareconstrucción de las Calles y Avenidas que han quedado afectadas por la ejecución de la Obra"MEJORAMIENTO DE LAS REDES DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO CONCONEXIONES DOMICILIARIAS DE LAS URBAAN.IZACIONES CAMPODONICO Y SAN MARTIN-CHICLAYO" CON CODIGO SNIP 129802.

La ejecución de la Obra que corresponde a los Proyectos:"MEJÓRAMIENTO DEL PAVIMENTOEN LAS VIAS DE LA URBANIZACION URB. CAMPODONICO Y LA URB. SAN MARTlN DE LALOCALIDAD DE CHICLAYO-DISTRITO DE CHICLAYO, PROVINCIA .DE CHICLAYO-LAMBAYEQUE, CON CODIGO SNIP 279415 Y EL PROYECTO "MEJORAMIENTO DEL

r • r~~--.." PAVIMENTO Y VEREDAS EN LAS CALLES DE LA URB. CAMPODONICO Y URB. SAN MARTIN" •. ) .

le, -, . ~,,'i(E LA CIUDAD CHICLAYO-DISTRITO DE CHICLAYO PROVINCIA DE CHICLAYO-LAMBAYEQUE{"--ti:' ."".;peN CODIGO SNIP 279281.", presenta un Presupuesto de Inversión que asciende a la suma\ -:; l.' :::\~; ", ~rSI 10 927 ü80.0? incluido 1?% de Gast~s Generales, 5% de Utilidad y 18% de IGV, con-t\ .:-•.~ ..::/ n plazo de ejecucron de 210 días Calendarios.'/),

''-L~' La ejecución de la Obra, se encuentran en la Jurisdicción de EPSEL S.A., que comprende alDistrito de Chiclayo y en el ámbito de influencia de EPSEL S.A.

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ENTIDAD PRESTA DORA DE SERVICIOSDE DELAMBAYEQUE S.A.

""TB.4BA,1AIIOB~ PABALLBVABI..BAGUA DELA M1UOB CAr.lDAD, CUIDHLA NO LA DR!SPlDlDICIr'

EL MUNICIPIO, es una persona jurídica de derecho público, con autonomía técnica, económica yadministrativa en los asuntos de su competencia, de acuerdo con lo normado por la Ley Orgánica deMunicipalidades-Ley N° 27972 Y la Constitución Política del Estado, teniendo dentro de sus objetivoslograr que se ejecuten Obras de Saneamiento Básico en su jurisdicción.

CLAUSULA SEGUNDA: BASE LEGAL.-

Ley N° 24948-Ley de la Actividad Empresarial del Estado.Ley N° 26338-Ley General de servicios de Saneamiento.Decreto Supremo N° 023-2005-VIVIENDA~Reglamento de la Ley N° 26338.Decreto Legislativo N° 1017 -Ley de Contrataciones del Estado.Ley N° 29873-Modifcatoria del Decreto Legislativo N° 1017.OS N° 184-2008 EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado .OS N° 138-2012 EF - Modificatoria del OS N° 184-2008-EF.OS N° 26887 - Ley General de Sociedades.OS W 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.OS N° 28411 - Ley General del Sistema nacional de Presupuesto.Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema de Control y de la Contra loría General de laRepública.Ley N° 29951-Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2013.

UNICIPAUMO pROVINCiAl DE C"IClA~O

. C~······iiER¡O·i¡;¡¡RÉS·¿ZAlES

OFICINAS: Av. Sáenz Peña W 1860 (Planta de Agua Potable) Chiclayo - Telef. 253479 - 252291 - Telefax 253520Gerencia Operacional Telf. 254132 - Av. Miguel Grau N° 451 Gerencia Comercial Telf. 273609 - 235757Emergencias Telf. 238363 - 208877- Pago Web: www.epsel.com.pe

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ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOSDE SANEAMIENTO DE LAMBAYEQUE S.A.

"TRABAJAMOS PERMANENTEMENTE PARA LLEVARLE AGUA DELA MEJOR CALIDAD, CUIDELA NO LA DESPERDICIE"

C4AUSULA CUARTA: OBLlGACION DE LAS PARTES.-

DE EPSEL S.A:

2. EPSEL S.A. será la encargada de ejecutar los trabajos por ser la Unidad Ejecutara

5. EPSEL S.A. aportará mediante el presente Convenio en calidad de coñnanciamiento lasuma de S/. 7 000 000.00 (Siete Millones con 00/100 Nuevos Soles) incluido 10% deGastos Generales, 5% de Utilidad, y 18 % de IGV, para financiar el Presupuesto para laEjecución de la Obra que corresponde a los Proyectos:"MEJORAMIENTO DELPAVIMENTO EN LAS VIAS DE LAURBANIZACION URB. CAMPODONICO y LA URB. SANMARTIN DE LA LOCALIDAD DE CHICLAYO-DISTRITO DE CHICLAYO, PROVINCIA DECHICLAYO-LAMBAYEQUE, CON CODIGO SNIP 279415 y EL PROYECTO"MEJORAMIENTO DEL PAVIMENTO Y VEREDAS EN LAS CALLES DE LA URB.CAMPODONICO Y URB. SAN MARTIN DE LA CIUDAD CHICLAYO-DISTRITO DE CHICLAYOPROVINCIA DE CHICLAYO-LAMBAYEQUE CON CODIGO SNIP 279281".

\La Ejecución de los trabajos materla del presente convenio serán ejecutados porEPSEL S.A bajo la modalidad de Contrata.

3.

7. Coordinar con LA MUNICIPALIDAD las acciones que permitan llevar a cabo el cabaldesempeño de los objetivos planteados en el presente Convenio.

5. Después de culminada y recepcionada la Obra del presente Convenio y una vezliquidada y activada Contablemente pasara a formar parte del Activo Fijo Patrimonial deEPSEL S.A.

6. Las cancelaciones de las valorizaciones presentadas por el Proveedor y/o Contratistasegún el calendario de ejecución de obra, las efectuará directamente EPSEL S.A.,previa sustentación del comprobante de Pago y con la conformidad de las áreasusuarias y/o responsables de la Supervisión de la Obra. Así como con el visto bueno dela Sub Gerencia de Contabilidad y Finanzas y la Gerencia de Administración yFinanzas; debiendo la Oficina Desarrollo Empresarial otorgar la Cobertura Presupuestalrequerida a través del Presupuesto Institucional de Apertura Año 2014 de EPSEL S.A.;hasta por la suma de S/. 7000000.00 de Nuevos Soles. .

Ejecutar la Obra que corresponde a los Proyectos:"MEJORAMIENTO DEL PAVIMENTOEN LAS VIAS DE LA URBANIZACION URB. CAMPODONICO Y LA URB. SAN MARTIN DELA LOCALIDAD DE CHICLAYO-DISTRITO DE CHICLAYO, PROVINCIA DE CHICLAYO-LAMBAYEQUE, CON CODIGO SNIP 279415 y EL PROYECTO "MEJORAMIENTO DELPAVIMENTO Y VEREDAS EN LAS CALLES DE LA URB. CAMPODONICO y URB. SANMARTlN DE LA CIUDAD CHICLAYO-DISTRITO DE CHICLAYO PROVINCIA DE CHICLAYO-LAMBAYEQUE CON CODIGO SNIP 279281" materia del presente Convenio, con estrictasujeción al Expediente Técnico Integral elaborado para tal fin y aprobado por EPSEL S.A.

Llevar a cabo los actos administrativos propios y necesarios para realizar la Ejecuciónde los trabajos bajo la normativa establecida por la Ley de Contrataciones del Estado ysu Reglamento y los Gastos necesarios, y que estos se desarrollen de acuerdo a losprocedimientos establecidos en la normatividad presupuestal vigente aplicable al SectorPúblico.

Av. Sáenz Peña W J860 (Planta de Agua Potable) Chiclayo - Telcf 253479 - 252291 - Telefax 253520Gerencia Operacional Telf. 254132 - Av. Miguel Grau N° 451 Gerencia Comercial Telf 273609 - 235757Emergencias Telf 238363 - 208877 - Pag. Web.: www.epsel.corn.pe

ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOSDE SANEAMIENTO DE LAMBAYEQUE B.A.

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-rRABAJAMOB pliJllM.ANENTEME PARA LLEVARLE AGUA DELA MEJOR CALIDAD, CUIDELA NO LA DESPERDICIE"

EPSEL S.A. aprobará la Liquidación Técnica y Financiera de la Obra de conformidadcon la Ley de Contrataciones del Estado y normatividad vigente sobre la materia, entreotros en el término y plazos de Ley, copia de la Liquidación aprobada será enviada a laMUNICIPALIDAD para los fines pertinentes.

10. Elaborar y presentar a LA MUNICIPALIDAD la Liquidación Técnica y Financiera de laObra ejecutada con la debida documentación sustentatoria correspondiente, entiéndasepor Valorizaciones aprobadas, informe del Ingeniero Residente y del IngenieroSupervisor por EPSEL S.A., Memoria Descriptiva, Planos, Metrados realmenteejecutados en la diferentes partidas del Presupuesto Base y sus modificaciones, equipoy materiales incorporados a las Obras, cierre y entrega de cuaderno de obra, reportedetallado de gastos discriminado por rubros y meses, cuadro comparativo conpresupuesto base, declaración jurada de no adeudos pendientes, eritre otros en eltermino y plazos de Ley.

11. Realizar las actividades de Control, monitoreo del cumplimiento del Expediente TécnicoIntegral, coordinación y seguimiento de las actividades en coordinación con laMUNICIPALIDAD.

;?:Cf'.TIIS~?; c-, o/~ "'.-J~-~)~\G..Y'~O ./}/ 12. Otras, que determinen las partes para concretar los Objetivos del presente Convenio.

"'y-~ DE LA MUNICIPALIDAD:

1. LA MUNICIPALIDAD aportará mediante el presente Convenio en calidad decofinanciante la suma de SI. 3 927 080.00, (Tres Millones Novecientos Veinte y SieteMil Ochenta con 00/100 Nuevos Soles) incluido 10%. de Gastos generales, 5% deUtilidad, y 18 % de IGV para financiar el Presupuesto para la ejecución de la Obra quecorresponde a los Proyectos:"MEJORAMIENTO DEL PAVIMENTO EN LAS VIAS DE LAURBANIZACION URB. CAMPODONICO y LA URB. SAN MARTlN DE LA LOCALIDAD DECHICLAYO-DISTRITO DE CHICLAYO, PROVINCIA DE CHICLAYO-LAMBAYEQUE, CONCODIGO SNIP 279415 y EL PROYECTO "MEJORAMIENTO DEL PAVIMENTO Y VEREDASEN LAS CALLES DE LA URB. CAMPODONICO Y URB. SAN MARTIN DE LA CIUDADCHICLAYO-DlSTRITO DE CHICLAYO PROVINCIA DE CHICLAYO-LAMBAYEQUE CONCODIGO SNIP 279281".

La Ejecución de los trabajos materia del presente convenio serán ejecutados porEPSEL S.A.

Coordinar con EPSEL S.A. las acciones que permitan levar a cabo el cabal desempeñode los objetivos planteados en el presente Convenio.

4. Realizar las actividades de Control, monitoreo del cumplimiento del Expediente Técnico" Integral, coordinación y seguimiento de las actividades en coordinación con EPSEL S.A.

Asumir las responsabilidades derivadas de los compromisos adquiridos en virtud delpresente Convenio.

Otras, que determinen las partes para concretar los Objetivos del presente Convenio.

wtN~1 AUDAD PROYltiClAL DECKIC~~

~~.:.:_-----_._---_._. __ .._--_._._._.-ego. ROBERTO TORRES GONZALES

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OF1CINAS: Av. Sáenz Peña W 1860 (Planta de Agua Potable) Chiclayo - Telef. 253479 - 252291 - Telefax 253520Gerencia Operacional Telf. 254132 - Av. Miguel Grau W 45\ Gerencia Comercial Telf. 273609 - 235757Emergencias Telf. 238363 - 208871- Pago Web: www.epsel.com.pe

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"TRABAJAMOS PH1lMANENTIilM1 PARA LLEV.ARLE .AGUA DELA. MEJOR CALIDAD, CUIDELA NO LA Dl!JSPJ!1BDICIJr

CLAUSULA QUINTA: COMPROMISO DE LAS PARTES

Por el presente Convenio Interinstitucional, las partes declaran el compromiso que asumenpara el financiamiento y ejecución de las obras contempladas en los PROYECTOS:"MEJORAMIENTO DEL PAVIMENTO EN LAS VIAS DE LA URBANIZACION URB.CAMPODONICO Y LA URB. SAN MARTlN DE LA LOCALIDAD DE CHICLAYO-DISTRITO DECHICLAYO, PROVINCIA DE CHICLAYO-LAMBAYEQUE, CON CODIGO SNIP 279415 Y ELPROYECTO "MEJORAMIENTO DEL PAVIMENTO Y VEREDAS EN LAS CALLES DE LA URB.CAMPODONICO Y URB. SAN MARTIN DE LA CIUDAD CHICLAYO-DISTRITO DE CHICLAYOPROVINCIA DE CHICLAYO-LAMBAYEQUE C()N CODIGO SNIP n9281" y cuyo ExpedienteTécnico Integral que contempla los dos proyectos asciende a un monto de SI 10 927 080.00 NuevosSoles.

A). EPSEL S.A. cancelara las valorizaciones presentadas por el Proveedor y/o Contratistasegún el calendario de ejecución de obra, previa sustentación del comprobante de Pagoy con la conformidad de las áreas usuarias y/o responsables de la Supervisión de laObra. Así como con el visto bueno de la Sub Gerencia' de Contabilidad y Finanzas y laGerencia de Administración y Finanzas; hasta por la suma de S/. 7 000 000.00 (SieteMillones con 00/100 Nuevos Soles) incluido 10% de Gastos Generales, 5% de Utilidad,y 18 % de IGV.

LA MUNICIPALIDAD se compromete aportar con el cofinanciamiento hasta por unmonto equivalente a S/. 3 927 080.00, (Tres Millones Novecientos Veinte y Siete MilOchenta con 00/100 Nuevos Soles) incluido 10% de Gastos Generales, 5% de Utilidad,y 18 % de IGV.

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f'l ~%J\tCI,.f·)7 LAUSULA SEXTA: DE LA VIGENCIA Y RENOVACION.-\ o/){7'os .\'\/ "'''l: ..•.18 ,\1- .2~:~"9.::'/EI plazo de vigencia del presente Convenio es hasta el 31 de Julio del 2014, este plazo

""'--;>' podrá ser renovado mediante la suscripción de la addenda respectiva, que se realizara porescrito y con el mismo nivel de aprobación del presente Convenio.

CLAUSULA SEPTIMA: DELA LIBRE ADHESION y SEPARACION

De conformidad con el Articulo 77 'Numeral 77.3 de la Ley N°~7444-Ley del Procedimientoadministrativo General, las partes declaran expresamente que el presente. Convenio es delibre adhesión.

<:??-OVINC4{ LAUSULA OCTAVA: DE LA SOLUCION DE CONTROVERSIASoe: 1.--.....,....--.:- \'

~ G6 ~ ~~~~RA~ Iquier discrepancia y/o controversias derivada de la interpretación o cumplimiento del~ ,Itf LlCA te ente Convenio, se tratara de solucionar mediante el trato directo de las partes,

¿Jt uiendo las reglas de la buena fe y común intención, comprometiéndose a brindar susayores esfuerzos para lograr una solución armoniosa en atención al espíritu de

colaboración mutua que anima a las partes a la celebración del presente Convenio .

• MUNICIPALlDAD PROVINCiAl DE CHICLAYO

--..- ..-- .................•.. -•...............••.....•.•• -....Econ. ROBERTO TORRES GONZAlES

ALCALDE

O'FrCINAS: Av. Sáenz Peña W 1860 (Planta de Agua Potable) Chiclayo - Telef. 253479 - 252291 - Telefax 253520Gerencia Operacional Telf. 254132 - Av. Miguel Grau N° 451 Gerencia Comercial Telf. 273609 - 235757Emergencias Telf. 238363 - 208877- Pago Web: www.epsel.corn.pe

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ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS (JDE SANEAMIENTO.DE LAMBAYEQUE S.A.

"TRABAJAMOS PERMANENTEMENTE PARA LLEVARLE AGUA DELA MEJOR CALIDAD, CUIDELA NO LA DESPERDICIE"

, Sin perjuicio de los señalado, para los efectos del presente Convenio, las partes acuerdanque cualquier controversia que surja desde la celebración del Convenio, será resueltamediante arbitraje institucional (arbitro único designado por el OSCE) y bajo las reglas delSistema Nacional de Arbitraje del OSCE.

CLAUSULA NOVENA: DE LA RESOLUCION DEL CONVENIO

El cumplimiento del presente Convenio será evaluado por los funcionarios de las áreasresponsables que se indican: El Gerente de Proyectos y Obras y el Sub Gerente de Obras yCatastro Técnico de EPSEL S.A. y el Gerente de Infraestructura y Desarrollo Urbano de laMunicipalidad Provincial de Chiclayo.

El presente Convenio podrá ser resuelto por los intervinientes cuando se de algunas de lassiguientes causales:\ .

• Incumplimiento de las Obligaciones contenidas sin la justificación debida:• Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobada.• Por mutuo acuerdo.

En estos casos la Resolución del Convenio surtirá efecto a los tres (03) días calendariosiguientes de producido el hecho y/o de recibido la carta correspondiente alegando la causalinvocada; acuerdo de resolución de la presente clausula, sin perjuicio de desarrollarse lasactividades que a esa fecha se encuentren en ejecución o respecto de las cuales las partesya hubieran contraído obligaciones dentro del Cronograma y presupuestos previstos.

Las partes deberán adoptar las medidas necesarias para evitar o minimizar perjuicios tantoa ellas como a terceros.

CLAUSULA DECIMA: DISPOSICIONES FINALES.-

1. Toda modificación de los términos u obligacion'es contenidas en el presente Conveniodeberán ser realizadas por escrito y con el mismo nivel de aprobación .

.Toda comunicación que deba ser cursada entre las partes, se entenderá válidamenterealizada en los domicilios consignados en la parte introductoria del presente Convenio.

6. Cualquier cambio de domicilio durante la vigencia del convenio, se notificara por escritoa la otra parte, con la anticipación de no menos a tres (03) días hábiles y surtirá efectodesde la fecha de comunicación de dicho cambio a la otra parte, por cualquier medioescrito y previa constancia de notificación.

Queda expresamente establecido que cada una de las partes asume cualquierresponsabilidad que pudiera derivarse del incumplimiento de alguno de loscompromisos u obligaciones a su cargo y que perjudique el cumplimiento de losobjetivos señalados en el presente Convenio.

. . / .

• ~ PAUOAD PROVINCIAL ~~CHICLAYO

-¡r~¡;E¡¡¡O-¡OiiRES¡¡iiÑiAiESALCALDE

OFICINAS: Av. Sáenz Peña W 1860 (Planta de Agua Potable) Chiclayo - Telef. 253479 - 252291 - Telefax 253520Gerencia Operacional Telf. 254132 - Av. Miguel Grau N° 451 Gerencia Comercial Telf. 273609 - 235757Emergencias TeJf. 238363 - 208877- Pago Web: www.epsel.com.pe

ENTIDAD PRESTA~ORADE SERVICIOSDE SANEAMIENTO DE LAMBAYEQUE S.A.

"TRABAJAMOS PERMANElfTEMENTE PARA LLEVARLE AGUA DELA MEJOR CALIDAD, CUÍDELA NO LA DESPERDICIE"

. CLAUSULA DECIMA PRIMERA: DEClARACION ESPECIAL

Previa a la firma del presente Convenio EPSELS.A. mediante Oficio deberá declarar expresa ytaxativamente que cuenta con la capacidad técnica y económica, necesaria para la optimaEjecución de los trabajos materia del presente Convenio y bajo la modalidad de Contrata,manifestación que tiene la calidad de Declaración Jurada por lo que LA MUNICIPALIDAD no asumey queda excluido de cualquier responsabilidad que pudiera derivar de la Ejecución de la Obra,siendo esta de responsabilidad exclusiva de EPSEl S.A.

Estando las partes de acuerdo en toda su extensión con' el presente Convenio, proceden asuscribirlo en señal de aceptación y conformidad, en la ciudad de Chiclayo a los 26 días del mes deDiciembre del 2013.

Gerente GeneralEPSELS.A. Municipalidad Provincial de Chiclayo

OFICINAS: Av. Sáenz Peña W 1860 (Planta de Agua Potable) Chiclayo - Teléf. 253479 - 252291 - Telefax 253520Gerencia Operacional Teléf. 254132 - Av. Miguel Grau N° 451 Gerencia Comercial Teléf. 273609 - 235757Emergencias Teléf 238363 - 208877 - Pág. Web: www.epsel.corn.pe