RECURSOS HUMANOS Aspectos Legales – Código del Trabajo.
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RECURSOS HUMANOSAspectos Legales – Código del Trabajo
INDICE
Principios generales
Contrato de trabajo
Jornada de trabajo
Feriado anual y permisos
Remuneraciones
El reglamento interno
La protección a los trabajadores
La terminación del contrato
CODIGO DEL TRABAJO (Extracto actualizado a Sep.2014)
Presentación ADES 2015
PRINCIPIOS GENERALES
LEGISLACION PROTECCIONISTADERECHOS IRRENUNCIABLESPRINCIPIO DE LA REALIDAD
PRINCIPIOS GENERALES
Presentación ADES 2015
EL CONTRATO DEBE CONTENER
Lugar y fecha del contrato. Individualización de las partes, nacionalidad y fechas de nacimiento e ingreso.Determinación de la naturaleza de los servicios y del lugar en que hayan de
prestarse.Monto, forma y período de pago de la remuneración acordada.Duración y distribución de la jornada de trabajo. El trabajo por turno puede estar
en el Reglamento Interno.Plazo del contrato.Demás pactos que acordaren las partes
CONTRATO DE TRABAJO
Presentación ADES 2015
LA ESCRITURACIÓN
El plazo legal para la escrituración del contrato es de 15 días de incorporado el
trabajador.En contratos por obra o de duración inferior a 30 días el plazo es de cinco días. La multa por incumplimiento de 1 a 5 UTM.Si no se firma se presume que las estipulaciones del contrato las que declare el
trabajador.Se debe modificar con anexos e incorporar reajustes de sueldo a lo menos una
vez al año.Se debe tener un ejemplar del contrato en el lugar del trabajo salvo autorización
de la Dirección del Trabajo.
CONTRATO DE TRABAJO
Presentación ADES 2015
CONTRATO A PLAZO FIJO
Como norma general su duración máxima corresponde a un año. Los servicios discontinuos en virtud de más de dos contratos a plazo que en total
sumen doce meses o más, en un período de quince meses, se presume contrato
indefinido.Cualquiera sea la duración del contrato a plazo, no corresponde indemnización
por años de servicio.Se puede renovar una sola vez. La segunda renovación lo convierte en
indefinido. Igualmente si el trabajador continúa prestando servicios después de expirado el
plazo, se convierte en indefinido.
CONTRATO DE TRABAJO
Presentación ADES 2015
CONTRATO INDEFINIDO
La terminación de este contrato tiene formalidades y obligaciones distintas del
contrato a plazo que se muestra en la última parte de este resumen.
CONTRATO DE TRABAJO
Presentación ADES 2015
CLÁUSULAS TÁCITAS EN LOS CONTRATOS DE TRABAJO
IMPORTANTE
El contrato no sólo incluye las estipulaciones escritas, sino que también las
cláusulas tácitas incorporadas al mismo. Estas derivan de la reiteración u
omisión de determinados beneficios, o de prácticas relativas al funcionamiento,
jornada, etc. que han sido constantemente aplicadas por las partes durante un
lapso prolongado, con aceptación diaria o periódica de las mismas, configurando
así un consentimiento tácito entre ellas. Estas cláusulas tácitas perfeccionan o modifican el contrato escrito.Regla de conducta: "Las cláusulas de un contrato se interpretaran por la
aplicación práctica que, hayan hecho de ellas ambas partes o una de las partes
con la aprobación de la otra".
CONTRATO DE TRABAJO
Presentación ADES 2015
NACIONALIDAD DE LOS TRABAJADORES
En empresas con más de 25 trabajadores el 85% debe ser chilenos
CONTRATO DE TRABAJO
Presentación ADES 2015
CONCEPTO DE JORNADA SEMANAL
Se define como el período de 7 días continuados, no necesariamente de lunes a
domingo. Esta jornada tiene un máximo 45 horas semanales, distribuidos en 5 o 6 días
laborales. La jornada ordinaria no puede exceder de 10 horas por día. Pueden existir distintas horas de ingreso y término, para que en las horas puck
haya personal suficiente a las necesidades del servicio.
LA JORNADA DE TRABAJO
Presentación ADES 2015
JORNADA PARCIAL
Consiste en jornada de trabajo no superior a dos tercios de la jornada ordinaria
semanal. En los contratos a tiempo parcial se permitirá el pacto de horas extraordinarias. La jornada ordinaria diaria deberá ser continua y no podrá exceder de las 10
horas, pudiendo interrumpirse por un lapso no inferior a media hora ni superior
a una hora para la colación.
LA JORNADA DE TRABAJO
Presentación ADES 2015
SUMATORIA DE HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE
Tanto en el libro de asistencia como en las tarjetas individuales en caso de reloj
control, se deben sumar semanalmente las horas trabajadas - tanto ordinarias
como extraordinarias – y el trabajador firmar en señal de conformidad
LA JORNADA DE TRABAJO
Presentación ADES 2015
REGISTRO DE ASISTENCIA
El trabajador debe controlar su asistencia al inicio y término de la jornada de
trabajo. Es responsabilidad del empleador que el registro se lleve adecuadamente. Es obligación del trabajador firmar el libro o timbrar la tarjeta en el inicio real y
término real de su jornada.
LA JORNADA DE TRABAJO
Presentación ADES 2015
HORAS EXTRAORDINARIAS
Jornada extraordinaria es la que excede del máximo legal de 45 horas
semanales o de la pactada contractualmente si fuere menor. No son horas extraordinarias las trabajadas en compensación de permisos o
atrasos. Es obligatorio que este pacto de horas extraordinarias se convenga por escrito
con el trabajador, con una vigencia de tres meses, pudiendo renovarse.
LA JORNADA DE TRABAJO
Presentación ADES 2015
MÁXIMO DE HORAS Y PAGO DE HORAS EXTRAORDINARIAS
Máximo 2 por día, pactadas en contrato o anexo por un plazo máximo de tres
meses renovables. Respecto al pago: A) Sueldo fijo: valor con 50% recargo, B) Solamente
comisiones y/o tratos: no hay cargo alguno y C) Sueldo base más comisiones o
tratos: 50% sobre valor hora respectivo sueldo base.
LA JORNADA DE TRABAJO
Presentación ADES 2015
DESCANSO DENTRO DE LA JORNADA
Mínimo 1/2 hora para colación. Tiempo de descanso no se considera trabajado para completar la jornada.
LA JORNADA DE TRABAJO
Presentación ADES 2015
DESCANSO SEMANAL (1)
Las Estaciones de Servicio están exceptuadas del descanso dominical, pudiendo
distribuir las 45 horas en 6 días con uno de descanso (7º día) que puede ser
cualquier día, no necesariamente domingo. Sin embargo, 2 de estos séptimos
días en el mes deben ser Domingos. El séptimo día es irrenunciable, no es compensable en dinero. Debe hacerse
efectivo el séptimo día en la respectiva semana, siendo ilegal su acumulación.
LA JORNADA DE TRABAJO
Presentación ADES 2015
DESCANSO SEMANAL (2)
Además los trabajadores tienen derecho a su día de descanso por cada festivo
que incida en la semana. Este día adicional del séptimo, puede ser negociado y
compensado en dinero con un valor no inferior al 50% de recargo. También este día puede postergarse o acumularse para descansarlo
posteriormente, en cuyo caso no hay recargo ni pago adicional alguno. Esta norma no es aplicable a trabajadores, que se contraten por un plazo de 30
días o menos. Aquellos contratados en jornada parcial ni a los que se contrate
exclusivamente para trabajar los días sábados, domingos y festivos.
LA JORNADA DE TRABAJO
Presentación ADES 2015
TURNOS Y DESCANSOS (1)
La distribución horaria queda a criterio de las partes para distribuir las 45 horas
en 6 días como lo estimen conveniente y debe quedar consignada en el contrato
de trabajo. Esta distribución horaria no puede considerar una jornada ordinaria superior a
diez horas diarias. Estas diez horas ordinarias no incluyen las posibles dos horas
extraordinarias que la ley faculta pactar a las partes. Los turnos rotativos pueden recaer o extenderse hasta las 24 horas del día
anterior al descanso. El trabajador puede reintegrarse a trabajar en un turno
que comience a las 00:00 hora del día siguiente al descanso.
LA JORNADA DE TRABAJO
Presentación ADES 2015
TURNOS Y DESCANSOS (2)
Descanso entre turno y turno debe haber a los menos un descanso no inferior a
la duración del respectivo turno. Sin embargo, el siguiente turno no puede recaer en el mismo día del turno
anterior pues excedería la norma que dispone que nadie debe trabajar una
jornada ordinaria de más de 10 horas diarias. En ningún caso es legalmente aceptable la prestación de servicios entre las
00:00 horas del día domingo, festivo o descanso compensatorio y las 00:00 del
día siguiente. Ningún sistema de turnos puede comprender parte alguna del día de descanso.
LA JORNADA DE TRABAJO
Presentación ADES 2015
PERMISOS POR FALLECIMIENTO
En caso de muerte de un hijo o conyuge del trabajador corresponde dar un
permiso de 7 días corridos pagados. En caso de muerte de un hijo en gestación o del padre o madre del trabajador
corresponde dar un permiso de 3 días hábiles. Estos permisos no pueden ser compensados en dinero
FERIADO ANUAL Y PERMISOS
Presentación ADES 2015
PERMISOS POR MAMOGRAFIA o PROSTATA
Tendrán derecho a medio día de permiso pagado al año para hacerse exámenes
de mamografía o próstata mas el tiempo de traslado si fuese necesario Rige solo para las trabajadoras mayores de 40 años y los trabajadores mayores
de 50 años y que cuenten con contrato mayor a 30 días Se debe solicitar el permiso con una semana de antelación.
FERIADO ANUAL Y PERMISOS
Presentación ADES 2015
VACACIONES ANUALES
Los trabajadores con más de un año de servicio tendrán derecho a un feriado
anual de quince días hábiles. Los trabajadores que presten servicios desde la Provincia de Palena al sur
tendrán derecho a un feriado anual de 20 días h. Para efectos del feriado, el día sábado se considerará siempre inhábil El feriado deberá ser continuo, pero el exceso sobre diez días hábiles podrá
fraccionarse. El feriado también podrá acumularse sólo hasta por dos períodos consecutivos. Todo trabajador, con diez años de trabajo, para uno o más empleadores,
continuos o no, tendrá derecho a un día adicional de feriado por cada tres
nuevos años trabajados. Sólo podrán hacerse valer hasta diez años de trabajo
prestados a empleadores anteriores.
FERIADO ANUAL Y PERMISOS
Presentación ADES 2015
EL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO
El trabajador conservará la propiedad de su empleo, sin derecho a
remuneración, mientras hiciere el Servicio Militar. El Servicio Militar no interrumpe la antigüedad del trabajador.
FERIADO ANUAL Y PERMISOS
Presentación ADES 2015
FORMAS DE REMUNERACIÓN
Sueldo fijo. Sueldo fijo más comisiones y/o tratos. Solamente comisiones o tratos.
REMUNERACIONES
Presentación ADES 2015
INGRESO MÍNIMO
Cualquiera sea la forma remuneración al del trabajador, su monto no podrá ser
inferior al ingreso mínimo mensual por una jornada laboral completa. Para el ingreso mínimo no se consideran las horas extraordinarias, las
asignaciones familiares legales, las asignaciones que no constituyen
remuneración ni los aguinaldos o beneficios esporádicos. Tampoco se considera la gratificación aunque ésta se pague mes a mes, pues
este beneficio tiene otro origen y es de naturaleza diferente.
REMUNERACIONES
Presentación ADES 2015
ASIGNACIÓN DE MOVILIZACIÓN- COLACIÓN- PÉRDIDA DE CAJA
Para que estas asignaciones no constituyan remuneración deben tener un valor
prudencial, acorde con el nivel remuneracional del trabajador y el valor de
mercado de las mismas. Cabe tener presente que estas asignaciones tienen el carácter de reembolso de
gastos en que incurre el trabajador al concurrir a su trabajo. Por tanto, es conveniente indicar en el contrato que se pagarán "por día
efectivamente trabajado".
REMUNERACIONES
Presentación ADES 2015
LAS GRATIFICACIONES
Los dos sistemas legales para el pago de la gratificación. A) Pago del 30% de las
utilidades, pagado en forma proporcional a lo devengado por el trabajador en el
respectivo período anual y B) Pago del 25% de lo devengado por cada
trabajador en el respectivo ejercicio comercial, por concepto de remuneraciones
mensuales con tope de 4,75 ingresos mínimos mensuales. Para el cálculo de la gratificación legal debe incluirse el pago por horas
extraordinarias. Para el cálculo del valor a pagar por las horas extraordinarias, sólo se considera
el sueldo y no la gratificación, aun cuando ésta sea pagada mes a mes. Para enterar el ingreso mínimo no puede considerarse la gratificación legal, aun
cuando ésta sea pagada mes a mes.
REMUNERACIONES
Presentación ADES 2015
LOS DESCUENTOS DE LAS REMUNERACIONES
Descuentos obligatorios:
Impuestos. Cotizaciones previsionales. Cuotas sindicales (ordinarias y extraordinarias). Obligaciones con instituciones de previsión o con organismos públicos. No pueden exceder al 30% de la remuneración total del trabajador. Retenciones judiciales: son obligatorias y no tienen tope.
REMUNERACIONES
Presentación ADES 2015
LOS DESCUENTOS DE LAS REMUNERACIONES
Descuentos permitidos:
Debe haber acuerdo escrito de las partes, y es para pagos de cualquier
naturaleza. No pueden exceder del 15% de la remuneración total. Cláusulas contractuales de autorización de descuentos. Estos descuentos se incluyen entre los permitidos con el tope respectivo (15%) y
deben ser autorizados por escrito por el trabajador.
REMUNERACIONES
Presentación ADES 2015
EL REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD
Debe contener las obligaciones y prohibiciones de los trabajadores, en relación
con sus labores, permanencia y vida en las dependencias de la respectiva
empresa o establecimiento. Una copia del reglamento deberá remitirse al Ministerio de Salud y a la Dirección
del Trabajo dentro de los cinco días siguientes a la vigencia del mismo.
EL REGLAMENTO INTERNO
Presentación ADES 2015
DEBE TENER A LO MENOS (1):
Las horas en que empieza y termina el trabajo y las de cada turno si
corresponde. Los descansos. Los diversos tipos de remuneraciones. El lugar, día y hora de pago. Las obligaciones y prohibiciones a que estén sujetos los trabajadores. La designación de los cargos ejecutivos ante quienes los trabajadores deban
plantear sus peticiones, reclamos, consultas y sugerencias. Las normas especiales pertinentes a las diversas clases de faenas, de acuerdo
con la edad y sexo de los trabajadores.
EL REGLAMENTO INTERNO
Presentación ADES 2015
DEBE TENER A LO MENOS (2):
La forma de comprobación del cumplimiento de las leyes de previsión, de servicio
militar obligatorio, de cédula de identidad y, en el caso de menores, de haberse
cumplido la obligación escolar. Las normas e instrucciones de prevención, higiene y seguridad que deban observarse
en la empresa o establecimiento. Las sanciones que podrán aplicarse por infracción a las obligaciones que señale este
reglamento. El procedimiento para las sanciones referidas en el número anterior. El procedimiento al que se someterán y las medidas de resguardo y sanciones que se
aplicarán en caso de denuncias por acoso sexual. El procedimiento a que se someterán los reclamos que se deduzcan por infracción a la
igualdad de remuneraciones.
EL REGLAMENTO INTERNO
Presentación ADES 2015
EL SEGURO SOCIAL
El empleador es responsable de las obligaciones de afiliación y cotización que se
originan del seguro social obligatorio contra riesgos de accidentes del trabajo y
enfermedades profesionales. En los mismos términos, el dueño de la obra, empresa o faena es
subsidiariamente responsable de las obligaciones que en materia de afiliación y
cotización, afecten a los contratistas en relación con las obligaciones de sus
subcontratistas.
LA PROTECCION DE LOS TRABAJADORES
Presentación ADES 2015
LA CARGA MÁXIMA
La carga manual máxima permitida es de 50 kilogramos. Los menores de 18 años y mujeres no podrán llevar, transportar, cargar,
arrastrar o empujar manualmente cargas superiores a los 20 kilogramos.
LA PROTECCION DE LOS TRABAJADORES
Presentación ADES 2015
LA PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD (1)
Ningún empleador podrá condicionar la contratación de trabajadoras, su
permanencia o renovación de contrato, o la promoción o movilidad en su
empleo, a la ausencia o existencia de embarazo, ni exigir para dichos fines
certificado o examen alguno para verificar si se encuentra o no en estado de
gravidez. Las trabajadoras tendrán derecho a un descanso de maternidad de seis
semanas antes del parto y doce semanas después de él. El padre tendrá
derecho a un permiso pagado de cinco días en caso de nacimiento de un hijo, el
que podrá utilizar a su elección desde el momento del parto, y en este caso será
de días corridos, o distribuirlo dentro del primer mes desde la fecha del
nacimiento.
LA PROTECCION DE LOS TRABAJADORES
Presentación ADES 2015
LA PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD (2)
Las trabajadoras tendrán derecho a un permiso postnatal parental de doce
semanas a continuación del período postnatal. Con todo, la trabajadora podrá
reincorporarse a sus labores una vez terminado el permiso postnatal, por la
mitad de su jornada, en cuyo caso el permiso postnatal parental se extenderá a
dieciocho semanas. Si ambos padres son trabajadores, cualquiera de ellos, a elección de la madre,
podrá gozar del permiso postnatal parental, a partir de la séptima semana del
mismo, por el número de semanas que ésta indique. Las semanas utilizadas por
el padre deberán ubicarse en el período final del permiso y darán derecho al
subsidio
LA PROTECCION DE LOS TRABAJADORES
Presentación ADES 2015
LA PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD (3)
Cuando la salud de un niño menor de un año requiera de atención en el hogar con
motivo de enfermedad grave, la madre trabajadora tendrá derecho al permiso por el
período que el respectivo servicio determine. En el caso que ambos padres sean
trabajadores, cualquiera de ellos y a elección de la madre, podrá gozar del permiso y
subsidio referidos Cuando la salud de un menor de 18 años requiera la atención de sus padres con
motivo de un accidente grave o enfermedad grave, aguda y con probable riesgo de
muerte, la madre trabajadora tendrá derecho a un permiso para ausentarse de su
trabajo por el número de horas equivalentes a diez jornadas ordinarias de trabajo al
año, distribuidas a elección de ella. Si ambos padres son trabajadores dependientes,
cualquiera de ellos, podrá gozar del referido permiso. El tiempo no trabajado deberá
ser restituido por el trabajador mediante imputación a su próximo feriado anual o
laborando horas extraordinarias o a través de cualquier forma que convengan
libremente las partes.
LA PROTECCION DE LOS TRABAJADORES
Presentación ADES 2015
LA PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD (4)
Durante el período de embarazo y hasta un año después de expirado el
descanso de maternidad, la trabajadora estará sujeta a fuero laboral. En caso de que el padre haga uso del permiso postnatal parental también
gozará de fuero laboral, por un período equivalente al doble de la duración de
su permiso, a contar de los diez días anteriores al comienzo del uso del mismo.
Con todo, este fuero del padre no podrá exceder de tres meses. Durante el período de embarazo, la trabajadora que esté ocupada
habitualmente en trabajos considerados perjudiciales para su salud, deberá ser
trasladada a otro trabajo que no sea perjudicial para su estado.
LA PROTECCION DE LOS TRABAJADORES
Presentación ADES 2015
LA PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD (5)
Se entenderá como perjudicial todo trabajo que: A) obligue a levantar, arrastrar
o empujar grandes pesos; B) exija un esfuerzo físico, incluido el hecho de
permanecer de pie largo tiempo; C) se ejecute en horario nocturno; D) se realice
en horas extraordinarias de trabajo, y e) la autoridad declare inconveniente
para el estado de gravidez. Las trabajadoras tendrán derecho a disponer de una hora al día, para dar
alimento a sus hijos menores de dos años. Este derecho podrá ejercerse
A) En cualquier momento dentro de la jornada de trabajo,
B) Dividiendo la jornada en dos porciones o
C) Postergando o adelantando en media hora, o en una hora, el inicio o el
término de la jornada de trabajo.
LA PROTECCION DE LOS TRABAJADORES
Presentación ADES 2015
LA PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD (6)
En caso que el padre y la madre sean trabajadores, ambos podrán acordar que
sea el padre quien ejerza el derecho. Esta decisión y cualquier modificación de
la misma deberán ser comunicadas por escrito a ambos empleadores con a lo
menos treinta días de anticipación, mediante instrumento firmado por el padre y
la madre, con copia a la respectiva Inspección del Trabajo.
LA PROTECCION DE LOS TRABAJADORES
Presentación ADES 2015
CAUSALES LEGALES QUE NO IRROGAN PAGO INDEMNIZACIÓN AÑOS DE
SERVICIO
Mutuo Acuerdo de las Partes. Renuncia del Trabajador dando aviso a su empleador con 30 días de
anticipación. Muerte del Trabajador. Vencimiento del Plazo Convenido en el Contrato. Conclusión del Trabajo o Servicio que Dio Origen al Contrato. Caso Fortuito o Fuerza Mayor.
LA TERMINACION DEL CONTRATO
Presentación ADES 2015
CAUSALES LEGALES IMPUTABLES AL TRABAJADOR QUE NO IRROGAN PAGO DE
INDEMNIZACIÓN POR AÑOS DE SERVICIOS
Peso de la prueba recae en el empleador. Este al invocarlas tiene que tener certeza
de los hechos y contar con los medios probatorios: documentales y/o testimoniales (2
testigos). El empleador está facultado para invocar la causal en su oportunidad en la ocurrencia
y/o constatación de los hechos. De no hacerlo se presume perdón de su parte o que
estimó no revestían gravedad. Estas causales exigen comunicación a entregar personalmente al trabajador o
enviada por carta certificada al domicilio de éste consignada en el contrato dentro de
los tres días hábiles siguientes a la fecha del despido y dentro del mismo plazo enviar
copia de esta comunicación a la Inspección del Trabajo. Las comunicaciones legales deben consignar los hechos que configuran la causal o
las causales en forma precisa y concreta.
LA TERMINACION DEL CONTRATO
Presentación ADES 2015
ANÁLISIS DE LAS CAUSALES (1)
Falta de probidad del trabajador en el desempeño de sus funciones. Conductas de acoso sexual. Vías de hecho en contra del empleador u otro trabajador de la empresa. Injurias proferidas por el trabajador al empleador. Conducta inmoral del trabajador que afecte a la empresa donde se deempeña. Negociaciones dentro del giro del negocio y que hubiesen sido prohibidas por
escrito en el respectivo contrato por el empleador.
LA TERMINACION DEL CONTRATO
Presentación ADES 2015
ANÁLISIS DE LAS CAUSALES (2)
Inasistencia al Trabajo. "No concurrencia del trabajador a sus labores sin causa justificada durante dos
días seguidos, dos lunes en el mes o un total de tres días durante igual período
de tiempo. Abandono del trabajo por parte del trabajador. Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al
funcionamiento del establecimiento, a la seguridad, salud o actividad de los
trabajadores. El perjuicio material causado intencionalmente en las instalaciones,
maquinarias, herramientas, útiles de trabajo, productos o mercaderías. Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.
LA TERMINACION DEL CONTRATO
Presentación ADES 2015
CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO POR RAZONES NO IMPUTABLES AL
TRABAJADOR
Estas causales - necesidades de la empresa y desahucio patronal - no pueden ser
invocadas con respecto a trabajadores que gocen de licencia por enfermedad común,
accidente del trabajo o enfermedad profesional. El empleador debe dar al trabajador una comunicación o aviso por escrito con 30 días
de anticipación, con copia a la Inspección del Trabajo. Esta comunicación puede darse de inmediato al trabajador, correspondiendo entonces
pagarle a éste la indemnización substitutiva del aviso previo, con copia a la Inspección
del Trabajo.
LA TERMINACION DEL CONTRATO
Presentación ADES 2015
INDEMNIZACIÓN POR AÑOS DE SERVICIO
El pago sólo procede en casos de terminación del contrato por necesidades de la
empresa y por desahucio patronal. Se requiere que el contrato haya estado vigente a lo menos 1 año. Indemnización a pagarle: 30 días de indemnización por cada año de servicio y fracción
superior a 6 meses, con un límite máximo de 11 meses; excepto para los contratados
antes del 14 de agosto de 1981. Se excluyen: asignación familiar legal, sobretiempo u horas extraordinarias, beneficios
o asignaciones que se otorguen en forma esporádica o por una sola vez en el año.
LA TERMINACION DEL CONTRATO
Presentación ADES 2015
OTRAS CONSIDERACIONES (1)
Para proceder al despido de un trabajador el empleador le deberá informar por escrito
el estado de pago de las cotizaciones previsionales devengadas hasta el último día del
mes anterior al del despido, adjuntando los comprobantes que lo justifiquen. Si el
empleador no hubiere efectuado el integro de dichas cotizaciones previsionales al
momento del despido, éste no producirá el efecto de poner término al contrato de
trabajo. En el caso de los trabajadores sujetos a fuero laboral, el empleador no podrá poner
término al contrato sino con autorización previa del juez competente.
LA TERMINACION DEL CONTRATO
Presentación ADES 2015
OTRAS CONSIDERACIONES (2)
El finiquito, la renuncia y el mutuo acuerdo deberán constar por escrito. El
instrumento respectivo que no fuere firmado por el interesado y que no fuere
ratificado por el trabajador ante el inspector del trabajo, notario público de la
localidad, el oficial del registro civil de la respectiva comuna o el secretario municipal
no podrá ser invocado por el empleador. No tendrá lugar lo dispuesto en el inciso primero en el caso de contratos de duración
no superior a treinta días salvo que se prorrogaren por más de treinta días. El finiquito ratificado por el trabajador ante el inspector del trabajo o ante alguno de
los funcionarios autorizados tendrá mérito ejecutivo respecto de las obligaciones
pendientes que se hubieren consignado en él.
LA TERMINACION DEL CONTRATO
Presentación ADES 2015
FIN PRESENTACIÓNPara obtener mayor información consulte la página web de ADES