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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA.
INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL
1
ConsultoríaConsultoría
REDACCIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA
Informe de Sostenibilidad Ambiental
NE 16276
Octubre 2012
ConsultoríaConsultoría
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 2
ÍNDICE
1 INTRODUCCIÓN......................................................................................................................................................... 8
1.1. Equipo redactor ................................................................................................................................................................9
1.2. Antecedentes....................................................................................................................................................................9
1.3. Antecedentes administrativos.........................................................................................................................................10
1.4. Resultado de las Consultas Previas...............................................................................................................................11
1.5. Respuestas al Avance del PGOU e Informe de Sostenibilidad Ambiental.....................................................................17
2 DESCRIPCIÓN DE LOS OBJETIVOS ESTRATÉGICOS DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA
.................................................................................................................................................................................. 19
2.1. Descripción del ámbito de actuación y alcance temporal del plan .................................................................................20
2.2. Exposición del objeto y objetivos del plan general de ordenación urbanística...............................................................20
2.2.1. Potenciación del Centro Urbano.....................................................................................................................................20
2.2.2. Dotación de una Oferta Residencial variada. .................................................................................................................21
2.2.3. Rentabilización social de los suelos y usos de oportunidad...........................................................................................21
2.2.4. Protección del suelo no urbanizable del proceso urbanizador. ......................................................................................22
2.2.5. Recuperación de la calidad ambiental de los suelos no urbanizables. ..........................................................................22
2.2.6. Protección de los elementos que conformen el patrimonio histórico de Lezama...........................................................22
2.2.7. Otros objetivos ambientales ...........................................................................................................................................23
2.3. Descripción y análisis de las alternativas .......................................................................................................................23
2.4. Determinaciones relacionadas con directrices y criterios de otros planes .....................................................................25
2.5. Identificación de actuaciones de las alternativas que pueden dar lugar a impactos......................................................25
2.5.1. Efectos ambientales en fase de ordenación...................................................................................................................25
2.5.2. Efectos ambientales en fase de desarrollo del Plan General de Ordenación ................................................................26
2.6. Fases de ejecución del plan y proyectos que lo desarrollan ..........................................................................................26
2.7. Grado de participación pública .......................................................................................................................................27
3 ANÁLISIS DE LAS INTERACCIONES CON OTROS PLANES O PROGRAMAS .................................................. 28
3.1. Directrices y criterios que provienen de planes o programas jerárquicamente superiores ............................................29
3.1.1. Directrices de ordenación territorial del país vasco (DOT).............................................................................................30
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 3
3.1.2. Planes territoriales parciales y planes territoriales sectoriales (PTS).............................................................................31
3.2. Identificación de las metas y compromisos ambientales................................................................................................40
3.3. Identificación de otros planes con incidencia en el ámbito de estudio ...........................................................................44
3.3.1. Plan territorial sectorial de ordenación de los ríos y arroyos de la CAPV-vertiente cantábrica......................................44
3.3.2. Plan territorial sectorial de la red ferroviaria de la CAPV ...............................................................................................49
3.3.3. Plan territorial sectorial de las zonas húmedas de la CAPV ..........................................................................................51
3.3.4. Plan territorial sectorial de creación pública de suelo para actividades económicas y de equipamientos comerciales de
la comunidad autónoma del país vasco .....................................................................................................................................51
3.3.5. Plan territorial sectorial agroforestal de la CAPV ...........................................................................................................53
3.3.6. Plan territorial sectorial de protección y ordenación del litoral de la CAPV....................................................................55
3.3.7. Plan territorial sectorial de patrimonio cultural vasco .....................................................................................................55
3.3.8. Plan territorial sectorial de la red intermodal y logística del transporte de la CAPV.......................................................56
3.3.9. Plan integral de prevención de inundaciones de la CAPV .............................................................................................57
3.3.10. Red de espacios naturales protegidos de la CAPV (parques naturales, biotopos protegidos y árboles singulares) .....58
3.3.11. Propuesta de Euskadi de mayo 2003 de espacios de la red natura europea (lugares de importancia comunitaria y
zonas de especial protección para las aves)..............................................................................................................................58
3.3.12. Plan de suelos contaminados del país vasco 2007-2012 ..............................................................................................58
3.3.13. Plan director ciclable de Bizkaia.....................................................................................................................................62
3.3.14. Plan Director del Aeropuerto de Bilbao ..........................................................................................................................63
3.3.15. Planes de gestión de fauna y flora del territorio histórico de Bizkaia. Plan de gestión del visón europeo.....................65
3.3.16. Otros planes a tener en consideración por el PGOU .....................................................................................................66
4 DESCRIPCIÓN Y VALORACIÓN DEL INVENTARIO AMBIENTAL........................................................................ 69
4.1. Definición del ámbito de estudio.....................................................................................................................................69
4.2. Diagnóstico ambiental del ámbito objeto del plan ..........................................................................................................69
4.2.1. Medio físico y biológico ..................................................................................................................................................70
4.2.2. Factores estético-culturales..........................................................................................................................................124
4.2.3. Figuras de protección y áreas de interés natural .........................................................................................................129
4.2.4. Procesos y riesgos .......................................................................................................................................................129
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 4
4.2.5. Factores sociales, económicos y territoriales...............................................................................................................147
4.2.6. Calidad del medio. Síntesis del inventario....................................................................................................................157
5 EXAMEN AMBIENTAL DE LAS ALTERNATIVAS TÉCNICAMENTE RAZONABLES......................................... 158
5.1. Definición de las actuaciones contenidas en las distintas alternativas del plan...........................................................158
5.2. Definición de la alternativa 0 o “no intervención”..........................................................................................................158
5.2.1. Clasificación del suelo ..................................................................................................................................................159
5.2.2. La estructura general y orgánica del territorio. .............................................................................................................160
5.2.3. La oferta de suelo.........................................................................................................................................................162
5.3. Definición de la alternativa 1 ........................................................................................................................................163
5.3.1. Clasificación del suelo ..................................................................................................................................................163
5.3.2. La estructura general y orgánica del territorio ..............................................................................................................164
5.3.3. La nueva oferta de suelo ..............................................................................................................................................166
5.3.4. Adaptación del planeamiento a la nueva legislación....................................................................................................167
5.3.5. Adaptación de la ordenación a los nuevos límites municipales ...................................................................................168
5.3.6. Adaptación de la ordenación a la nueva realidad construida.......................................................................................168
5.3.7. Propuesta del ámbito de Garaioltza como suelo urbano..............................................................................................168
5.3.8. Revisión de las posibles protecciones al patrimonio histórico-cultural.........................................................................168
5.4. Definición de la alternativa 2 ........................................................................................................................................168
5.4.1. Propuesta de mayor desarrollo residencial ..................................................................................................................168
5.4.2. Propuesta de mayor desarrollo industrial .....................................................................................................................169
5.5. Descripción de los criterios ambientales utilizados para valorar las distintas alternativas...........................................170
5.6. Descripción y valoración global de los principales impactos generados por las distintas alternativas ........................171
Alternativa 0..............................................................................................................................................................................171
Alternativa 1..............................................................................................................................................................................171
Alternativa 2..............................................................................................................................................................................172
Resumen de conclusiones sobre la comparación ambiental de alternativas ...........................................................................173
5.7. Justificación de la alternativa elegida y motivos por los cuales las otras alternativas han sido rechazadas ...............174
5.7.1. Justificación en relación con el planeamiento supramunicipal .....................................................................................174
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 5
5.8. Solución adoptada........................................................................................................................................................174
5.8.1. Descripción general......................................................................................................................................................175
5.8.2. Clasificación del suelo ..................................................................................................................................................176
5.8.3. La estructura general y orgánica del territorio ..............................................................................................................177
5.8.4. La nueva oferta de suelo ..............................................................................................................................................180
5.8.5. El patrimonio.................................................................................................................................................................183
5.8.6. Las instalaciones urbanas............................................................................................................................................183
5.8.7. Calidad acústica ...........................................................................................................................................................186
5.8.8. Suelos potencialmente contaminados..........................................................................................................................188
6 IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS IMPACTOS DE LAS DIFERENTES ACTUACIONES DEL PLAN. 189
6.1. Análisis de los posibles efectos ambientales de los objetivos del plan........................................................................189
6.2. Identificación y valoración de los posibles efectos de las actuaciones del PGOU.......................................................190
6.2.1. Identificación de actuaciones y efectos que han sido objeto de la evaluación conjunta de impacto ambiental en niveles
jerárquicos superiores del plan o programa .............................................................................................................................190
6.2.2. Identificación y predicción de los impactos para las diferentes actuaciones del plan o programa que no han sido objeto
anteriormente de una evaluación de impacto ambiental ..........................................................................................................191
6.2.3. Valoración de impactos ................................................................................................................................................192
6.2.4. Descripción, caracterización y valoración de los impactos sobre el medio físico y biológico ......................................196
6.2.5. Descripción, caracterización y valoración de los impactos sobre los factores estético-culturales ...............................203
6.2.6. Descripción, caracterización y valoración de los impactos sobre las figuras de protección y áreas de interés natural203
6.2.7. Descripción, caracterización y valoración de riesgos...................................................................................................204
6.2.8. Descripción, caracterización y valoración de impactos sobre los factores sociales y económicos..............................205
6.2.9. Matriz causa-efecto, matriz de valoración de impactos y síntesis de los impactos más significativos ........................205
7 PROPUESTA DE MEDIDAS PROTECTORAS Y CORRECTORAS...................................................................... 209
7.1. Identificación de medidas provenientes de la Evaluación de impacto ambiental a escalas superiores de la planificación
209
7.2. Propuesta de adecuación de los objetivos y estrategias del plan ................................................................................210
7.3. Medidas protectoras y correctoras provenientes de las actuaciones planificadas.......................................................210
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8 PROGRAMA DE SUPERVISIÓN DE LOS EFECTOS DEL PLAN......................................................................... 214
8.1. Objetivo ........................................................................................................................................................................214
8.2. Definición de indicadores .............................................................................................................................................214
PLANOS
Zenbakia Número
Izena Nombre
Eskala A1 Escala A1
Eskala A3 Escala A3
PISA-A-01 0. Aukera Alternativa 0 10.000 20.000
PISA-A-02 1. Aukera Alternativa 1 10.000 20.000
PISA-A-03 2. Aukera Alternativa 2 10.000 20.000
PISA-01 Geologia esparrua Marco geológico 10.000 20.000
PISA-02 Hidrologia Hidrología 10.000 20.000
PISA-03 Gomendioak eta erabilera murrizketak Recomendaciones y restricciones de uso de suelo 10.000 20.000
PISA-04 Landaredi potentzial Vegetación potencial 10.000 20.000
PISA-05 Egungo landaredia Vegetación actual 10.000 20.000
PISA-06 Batasunaren intereseko habitatak Hábitats de interés comunitario 10.000 20.000
PISA-07 Fauna mehatxatua Fauna amenazada 10.000 20.000
PISA-08 Paisaia unitateak Unidades de paisaje 10.000 20.000
PISA-09 Potentzialki kutsatutako lurzoruak Suelos potencialmente contaminados 10.000 20.000
PISA-10 Ondarre kulturala Patrimonio Cultural 10.000 20.000
PISA-11-A Arrisku naturalak. Urpegarritasuna Riesgos naturales. Inundabilidad 10.000 20.000
PISA-11-B Arrisku naturalak. Geomorfologia Riesgos naturales. Geomorfología 10.000 20.000
PISA-11-C Arrisku naturalak. Iragazkortasun Riesgos naturales. Permeabilidad 10.000 20.000
PISA-11-D Arrisku naturalak. Akuiferoen ahultasuna Riesgos naturales. Vulnerabilidad de acuíferos 10.000 20.000
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Zenbakia Número
Izena Nombre
Eskala A1 Escala A1
Eskala A3 Escala A3
PISA-11-E Arrisku naturalak Geoteknikoak Riesgos naturales. Geootécnicos 10.000 20.000
PISA-11-F Arrisku naturalak. Erosioa Riesgos naturales. Erosión 10.000 20.000
PISA-11-G Arrisku naturalak. Baso-sueta Riesgos naturales. Incendios forestales 10.000 20.000
PISA-12 Ur puntuak Puntos de agua 10.000 20.000
PISA-13 Neurri zuzentzaileak Medidas correctoras 10.000 20.000
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 8
1 INTRODUCCIÓN
El 5 de Septiembre de 2.003 entró en vigor el Decreto 183/2003 del Gobierno Vasco por el que se regula el procedimiento de
evaluación conjunta de impacto ambiental: mediante este procedimiento es posible evaluar, durante su preparación y previamente a
su adopción o tramitación por el procedimiento legislativo, los posibles efectos en el medio ambiente de las políticas sectoriales y de
las políticas territoriales y urbanísticas.
El citado Decreto está en total concordia con lo que ya, en el año 1.998, recogía la Ley 3/1998 de 27 de febrero, General de
Protección del Medio Ambiente del País Vasco en la cual se establecía un sistema de evaluación conjunta de impacto ambiental de
determinados planes y programas.
También la Unión Europea, según la Directiva 2001/42/CE ha reconocido la importancia de evaluar los posibles efectos de los
planes y programas en el medio ambiente, al objeto de poder introducir en las primeras fases del proceso de planificación el análisis
relativo a las posibles repercusiones ambientales de dichos planes, teniendo en cuenta los efectos acumulativos y sinérgicos
derivados de las diversas actividades y en orden a la elección de las alternativas más adecuadas.
La evaluación de estos planes y programas resulta esencial ya que en ellos se establecen los criterios estratégicos para decidir el
emplazamiento de los grandes proyectos e infraestructuras cuyo impacto ambiental se presupone de mayor importancia dentro de
las áreas supramunicipales o municipales.
El presente Informe de Sostenibilidad Ambiental ha sido elaborado para suministrar información objetiva al personal técnico adscrito
al Órgano Ambiental Competente sobre las repercusiones ambientales de la aplicación de la revisión del Plan General de
Ordenación Urbanística de Lezama.
Este estudio se presenta como documento técnico complementario y recoge los impactos significativos generados por las diferentes
acciones del Plan General de ordenación o tras el cruzamiento de los datos propios de la calidad ambiental del área en estado
preoperacional y las consecuencias ambientales de las actividades a desarrollar en dicho área.
De acuerdo a la normativa vigente que regula la realización de los estudios de Evaluación Conjunta (Decreto 183/2003 del Gobierno
Vasco), el presente estudio desarrolla los siguientes contenidos:
Descripción de los objetivos estratégicos del plan y de las alternativas consideradas para alcanzar dichos objetivos.
Análisis de las interacciones con otros planes o programas: analizar e identificar la relación jerárquica y transversal
con otros planes o programas que puedan incidir en la generación de sinergias y efectos acumulativos ambientales
adversos.
Análisis, diagnóstico y valoración ambiental del ámbito afectado por el plan. Análisis de la situación preoperacional
del área de actuación, identificando las variables de componente ambiental que puedan verse afectadas por la
ejecución de las acciones asociadas al plan. Se tendrán también en cuenta las prioridades de conservación y
desarrollo sostenible del territorio.
Examen ambiental de las alternativas técnicamente razonables: justificación de la solución adoptada.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 9
Identificación y valoración de impactos de las diferentes actuaciones del plan o programa mediante el cruce de
informaciones relativas al plan objeto de análisis y al medio físico sobre el que se produce.
Propuesta de medidas protectoras, correctoras y compensatorias de cara a reducir, minimizar o eliminar la alteración
producida.
Programa de supervisión de los efectos del plan o programa al objeto de verificar la correcta aplicación del mismo,
teniendo en cuenta las medidas de mitigación y corrección de impacto.
Documento síntesis: resumen no técnico donde se recoge, de forma sencilla, la información facilitada en el resto de
apartados.
1.1. Equipo redactor
Supervisión de los trabajos
AYUNTAMIENTO DE LEZAMA
Equipo redactor
IDOM INGENIERÍA Y CONSULTORÍA, S.A..
1.2. Antecedentes
Las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Lezama cuya normativa fue publicada en el BOB núm. 190, de 3 de octubre
de 2008, han sido objeto de un procedimiento judicial que se ha resuelto con la anulación de éstas. Estas NN.SS. revisaban a su
vez las Normas Subsidiarias aprobadas definitivamente por el Diputado Foral de Urbanismo y Medio Ambiente el 9 de junio de 1988
(cuya normativa fue publicada en el BOB de 23 de septiembre de 1988) y que, debido a la anulación de las del 2008, son vigentes
en la actualidad.
Las Normas del 1988 constituían la adopción de unos criterios propios de ordenación municipal en sustitución de los contenidos en
el Plan General de la Comarca del Gran Bilbao. El documento mantenía dentro de ordenación el ya mencionado PERI del Centro
Urbano (1981), situado al norte de la Casa Consistorial y al oeste de la Carretera hacia Garaioltza, y conformaba el núcleo central
de Lezama en torno a los tres polos, Iglesia, Ayuntamiento y Frontón, con una formalización circular excesivamente geometrizada y
rígida, que dejaba fuera de ordenación numerosos edificios. Con las dificultades de desarrollo y gestión del suelo sectorizado en
baja densidad, las actuaciones particulares para autoconsumo de vivienda se prodigaron de forma masiva por todo el territorio
municipal, con la consiguiente dispersión residencial e hipoteca de futuro.
En cuanto al uso industrial, la oferta propuesta por las Normas se ceñía al Sector de la Cruz, a caballo entre Lezama y Zamudio,
que fue objeto de una modificación para su desarrollo.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 10
También durante la vigencia de estas NN.SS. de 1988, mediante dos modificaciones puntuales de gran calado, se implantaron el
trazado del ferrocarril hasta el centro urbano y el Corredor del Txorierri que convirtió la anterior carretera comarcal en un vial de
naturaleza urbana.
En el punto Alternativa 0 de esta Memoria se describe detalladamente la ordenación propuesta en estas Normas.
1.3. Antecedentes administrativos
Con objeto de iniciar el procedimiento ambiental, en febrero de 2011 se elaboró el correspondiente Documento Inicial, que el
promotor de la actuación remitió al órgano ambiental competente, el Departamento de Medio Ambiente de la Diputación Foral de
Bizkaia, al objeto de informarle sobre las actuaciones proyectadas para la realización de los trabajos de redacción del Plan General
de Ordenación Urbana de Lezama. Este documento fue el que sirvió al Órgano Ambiental como base para la realización de la fase
de Consultas Previas a instituciones y administraciones previsiblemente afectadas por el proyecto, dentro del plazo legalmente
establecido.
De acuerdo asimismo, con el artículo 9 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y
programas en el medio ambiente, el alcance, el nivel de detalle y el grado de especificidad del Informe de Sostenibilidad Ambiental
se determinará por el órgano ambiental, tras identificar y consultar a las Administraciones públicas afectadas y al público interesado,
mediante la emisión de un documento de referencia que incluirá además, los criterios ambientales y principios de sostenibilidad
aplicables en cada caso.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 11
1.4. Resultado de las Consultas Previas.
El Ayuntamiento de Lezama, promotor del Plan General de Ordenación Urbana, solicitó al Departamento de Medio Ambiente de la
Diputación Foral de Bizkaia el inicio de las Consultas Previas y el Documento de Referencia ambiental.
Durante el trámite de identificación y consulta establecido por Ley, fue consultada una serie de organismos y entidades. Finalizado
el plazo estipulado, fueron recibidas únicamente las respuestas de las siguientes entidades:
- Euskal Trenbide Sarea. Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes. Gobierno Vasco.
- Confederación Hidrográfica del Cantábrico.
- IHOBE S.A. Servicio de Consultas de Suelos. Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y
Pesca. Gobierno Vasco.
- Consorcio de aguas Bilbao Bizkaia.
- Dirección de Patrimonio Cultural. Departamento de Cultura. Gobierno Vasco .
- AENA. Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea.
- Asociación Lezama Bizirik.
- Departamento de Obras Públicas. Diputación Foral de Bizkaia.
- Departamento de Cultura. Diputación Foral de Bizkaia.
- Dirección de Desarrollo Rural y Litoral. Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca.
Gobierno Vasco.
- Dirección General de Montes y Espacios Naturales. Departamento de Agricultura. Diputación Foral de Bizkaia.
- Dirección de Biodiversidad y Participación Ambiental. Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial,
Agricultura y Pesca. Gobierno Vasco
- Dirección de Calidad Ambiental. Viceconsejeria de Medio Ambiente. Departamento de Medio Ambiente, Planificación
Territorial, Agricultura y Pesca. Gobierno Vasco.
- Dirección de Planificación Ambiental- Viceconsejería de Medio Ambiente. Departamento de Medio Ambiente, Planificación
Territorial, Agricultura y Pesca. Gobierno Vasco.
- Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología. Viceconsejería de Interior. Departamento de Interior. Gobierno
Vasco.
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A continuación, se realiza una síntesis de los principales temas tratados en el resultado de las Consultas Previas remitidas al
Ayuntamiento de Lezama.
RESUMEN DE LAS RESPUESTAS RECIBIDAS DURANTE EL PROCESO DE CONSULTAS PREVIAS
ORGANISMO,
INSTITUCIÓN,
ASOCIACIÓN
FECHA RESUMEN DE LA RESPUESTA
Euskal Trenbide Sarea. Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes. Gobierno Vasco.
10/03/11 ETS indica la existencia de 2 estaciones en el municipio de Lezama, y recuerda que debe ser tenida en cuenta la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario.
Confederación Hidrográfica del Cantábrico.
11/03/11 Se informa que la solicitud ha sido trasladada a URA.
IHOBE S.A. Servicio de Consultas de Suelos. Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca. Gobierno Vasco.
24/03/11
Desde IHOBE se indica que en el Documento para la Solicitud de Consultas Previas, no se ha considerado la existencia de parcelas que han soportado históricamente usos industriales, incluidas en el “Decreto 165/2008, de 30 de septiembre, de inventario de suelos que soportan o han soportado actividades o instalaciones potencialmente contaminantes del suelo”.+-
Consorcio de aguas Bilbao Bizkaia.
28/03/11
El Consorcio de Aguas informa de las redes de saneamiento existentes.
Así mismo se recuerda que;
- Deberán respetarse las distancias mínimas al colector. Y que cualquier desarrollo urbanístico que afecte al colector, requerirá la obtención de la correspondiente autorización previa al inicio de las obras.
- Asimismo, los vertidos al colector existente, deberán cumplir el reglamento de vertidos del Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia y se deberá solicitar la correspondiente autorización con la debida antelación.
Dirección de Patrimonio Cultural. Departamento de Cultura. Gobierno Vasco.
4/04/11
Desde esta dirección se aportan los listados de bienes culturales declarados, propuestos para declarar y propuestos para ser protegidos, del patrimonio histórico-arquitectónico y del patrimonio arqueológico, así como las recomendaciones respecto a los usos e intervenciones a permitir en estos elementos que deben ser incluidos en el PGOU con el fin de garantizar la conservación de dicho patrimonio.
AENA. 4/04/11 Desde AENA se indica que se debe contar con el informe favorable del Ministerio de Fomento, Dirección General de Aviación Civil.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 13
ORGANISMO,
INSTITUCIÓN,
ASOCIACIÓN
FECHA RESUMEN DE LA RESPUESTA
Las limitaciones que se deriven de este informe, que tiene carácter vinculante, deben quedar incorporadas tanto en la documentación gráfica como en la Normativa del PGOU.
Lezama Bizirik. 4/04/11
Desde esta Asociación se indica:
- La existencia de dudas sobre la intención del Ayuntamiento de fomentar la participación ciudadana en la elaboración del PGOU, e indica que no ha sido convocada a las reuniones organizada por el Ayuntamiento para recoger sugerencias.
- Pone de manifiesto la intención del Ayuntamiento de recuperar propuestas rechazadas anteriormente (como la calificación de suelo urbano del núcleo rural de Goitioltza).
- Considera desproporcionada la propuesta de nuevos desarrollos residenciales y destaca la afección a suelo agrario de las propuestas industriales de Aretxalde.
- Pone de manifiesto la necesidad de que la tramitación del nuevo PGOU no permita la incorporación al Plan de propuestas rechazadas en las normas anteriores por ir en contra de los criterios básicos de la ordenación territorial.
- Propiciar que desde el PGOU se proteja y potencie el sector primario de Lezama.
- Por último resaltan la necesitas de mencionar/establecer medidas compensatorias o correctoras se quieran activar.
Departamento de obras públicas. Diputación Foral de Bizkaia.
6/04/11
Desde esta dirección se indica lo siguiente:
-Afección a la carretera foral BI-3726. El desarrollo de las accesibilidades a los futuros ámbitos de gestión deberán ser a través de la adecuación de los accesos existentes. En caso de no ser posible, se hará mediante la habilitación de sistemas viarios municipales con estructura mallada.
-Las nuevas parcelas previstas para edificar en el Núcleo Rural de Goitioltza situadas junto a la carretera deberán cumplir el articulo 29 de “Régimen específico de los núcleos rurales” de la Ley 2/2006, según el cual deberán contar con un acceso previamente existente.
-Afección a la carretera foral N-637. Deberán cumplirse los requisititos del artículo 34 “línea de edificación” de la Norma Foral 2/2011.
Departamento de Cultura. Diputación Foral de Bizkaia.
6/04/11
Desde esta dirección se aportan los listados de bienes culturales del patrimonio histórico-arquitectónico y del patrimonio arqueológico, así como las recomendaciones respecto a los usos e intervenciones a permitir en estos elementos que deben ser incluidos en el PGOU con el fin de garantizar la conservación de dicho patrimonio.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 14
ORGANISMO,
INSTITUCIÓN,
ASOCIACIÓN
FECHA RESUMEN DE LA RESPUESTA
Dirección de Desarrollo
Rural y Litoral.
Departamento de Medio
Ambiente, Planificación
Territorial, Agricultura y
Pesca. Gobierno Vasco.
6/04/11
Desde esta dirección se indica lo siguiente:
- Las zonas de Alto Valor Estratégico y su correspondiente regulación de usos (de la matriz del PTS) deberían quedar recogidos en el planeamiento municipal.
- Muestra su preocupación por la posible recalificación de suelo no urbanizable de núcleo rural a suelo urbano
- Se considera necesaria la evaluación de la afección sectorial agraria que y sea incorporada al estudio del EcIA.
Dirección de
Biodiversidad y
Participación Ambiental.
Departamento de Medio
Ambiente, Planificación
Territorial, Agricultura y
Pesca. Gobierno Vasco.
15/04/11
Desde esta Dirección se indica:
- El PGOU deberá incluir una ordenación de suelo no urbanizable, que proteja adecuadamente las formaciones vegetales autóctonas y los hábitats de Interés prioritario, incluyéndolos como Especial Protección.
- Se recomienda la realización de un estudio por parte de expertos en la materia, que sirva como base para identificar posibles afecciones derivadas del PGOU y así establecer medidas para su protección y conservación.
Dirección General de
Montes y Espacios
Naturales. Departamento
de Agricultura. Diputación
Foral de Bizkaia.
13/04/2011
Desde esta dirección se formulan las siguientes observaciones:
- Se cree necesario que el PGOU considere las categorías y usos del Plan Territorial Sectorial Agroforestal.
- El planeamiento debe cumplir lo establecido en el Decreto 415/1998, por el que se aprueba el Plan Territorial Sectorial de Ordenación de Márgenes de Ríos y Arroyos de la CAPV.
- Deberá cumplir, así mismo, las normas de aplicación para la gestión de los Montes de Utilidad Pública, calificados como no urbanizables de Especial Protección. Cualquier modificación de dicha calificación, requerirá la aprobación expresa del Departamento de Agricultura. Dicho informe será vinculante en el supuesto de montes de utilidad pública.
- Podrían ser de aplicación las determinaciones contenidas en la Norma Foral 11/1997 de 14 de Octubre de Régimen Específico de Diversas Especies Forestales Autóctonas y la Ley 42/2007 de 13 de Diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, en concordancia con la Directiva 92/42/CEE
- También serán de aplicación las determinaciones del Plan de Gestión del Pez Espinoso aprobado por Decreto Foral 186/2008 de 9 de diciembre.
Dirección de Calidad
Ambiental. Viceconsejeria 20/04/11
Desde esta dirección se recuerdan las posibles actuaciones
derivadas del PGOU que debieran someterse al EcIA, así como
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 15
ORGANISMO,
INSTITUCIÓN,
ASOCIACIÓN
FECHA RESUMEN DE LA RESPUESTA
de Medio Ambiente.
Departamento de Medio
Ambiente, Planificación
Territorial, Agricultura y
Pesca. Gobierno Vasco.
las directrices para la evaluación individualizada.
Dirección de Planificación
Ambiental- Viceconsejería
de Medio Ambiente.
Departamento de Medio
Ambiente, Planificación
Territorial, Agricultura y
Pesca. Gobierno Vasco.
28/04/11
Se aportan los criterios ambientales a tener en cuenta y los
Planes a integrar en la elaboración del Plan.
Dirección de Atención de
Emergencias y
Meteorología.
Viceconsejería de Interior.
Departamento de Interior.
Gobierno Vasco.
17/05/12
Desde esta Dirección se indica lo siguiente en cuanto a los
riesgos asociados al municipio de Lezama:
Inundabilidad: En líneas generales, dentro del PGOU de
Lezama, se respetarán los retiros hidráulicos del PTS de
Ordenación de Márgenes de Ríos y Arroyos de la CAPV, y lo
dispuesto en las Normas del Plan Hidrológico Norte III
(Cantábrico).
Riesgos sísmicos: Se califica al municipio dentro de la zona de
intensidad IV-V, según el Plan de Emergencias ante el Riesgo
Sísmico (Sep. 2006), por tanto, el municipio de Lezama está
exento de realizar un Plan de Emergencia Sísmico. No obstante,
deberá tenerse en cuenta la Norma de Construcción
sismorresistente para las nuevas edificaciones.
Riesgos de Incendio Forestal: Se adjunta un plano con los
riesgos asociados a cada zona, en función de su vegetación
principalmente.
Riesgos tecnológicos: Se agrupan en dos grandes grupos:
Normativa SEVESO II y Riesgo por el transporte de mercancías
peligrosas. En lo referente a la normativa, no se han detectado
industrias asociadas a actividades industriales potencialmente
peligrosas en el municipio, y en lo que al transporte de
mercancías peligrosas se refiere, se adjunta un plano indicando
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 16
ORGANISMO,
INSTITUCIÓN,
ASOCIACIÓN
FECHA RESUMEN DE LA RESPUESTA
la zona a intervenir en el caso de accidente en condiciones
adversas.
Se adjunta además un listado de documentación técnica y
jurídica de transporte (Normativa vasca de protección civil y
atención de emergencias, Normativa estatal de protección civil,
otras normas y documentación técnica).
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 17
1.5. Respuestas al Avance del PGOU e Informe de Sostenibilidad Ambiental.
En el mes de abril de 2011 se elabora el Informe de Sostenibilidad Ambiental, que se remite con fecha 27 de abril al Departamento
de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Bizkaia, junto con el Avance del documento de modificación de normas.
Con fecha 9 de mayo de 2011 se recibe la Orden Foral 873, de 9 de mayo de 2011, por la que se resuelve formular el documento
de referencia del plan especial citado, y se reciben las respuestas de las administraciones públicas afectadas y del público
interesado.
Durante este periodo se reciben una serie de sugerencias, algunas de las cuales han sido estimadas y motivan las modificaciones
al Plan General.
Los órganos administrativos e interesados que han emitido un informe durante la fase de exposición pública, en relación con el
Informe de Sostenibilidad Ambiental del PGOU de Lezama han sido:
Nº Organismos y Entes Oficiales
Fecha de emisión
1 AENA. Aeropuertos Españoles y Navegación aérea. 2011-03-28
2 AENA. Aeropuertos Españoles y Navegación aérea. 2011-07-13
3 AENA. Aeropuertos Españoles y Navegación aérea. 2011-08-11
4 Confederación Hidrográfica del Cantábrico (CHC). 2011-07-19
5 Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia. 2011-08-01
6 Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia. 2012-09-06
7 Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia. 2012-09-25
8
Departamento de Agricultura, Servicio de conservación, Red Natura 2000 y Biodiversidad. Diputación Foral
de Bizkaia. 2011-09-22
9
Departamento de Agricultura, Servicio de conservación, Red Natura 2000 y Biodiversidad. Diputación Foral
de Bizkaia. 2011-10-21
10 Departamento de Cultura. Diputación Foral de Bizkaia. 2011-09-06
11
Departamento de Cultura, Dirección de Patrimonio Cultural, Centro de Patrimonio Cultural Vasco. Gobierno
Vasco. 2011-03-21
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 18
Nº Organismos y Entes Oficiales
Fecha de emisión
12
Departamento de Cultura, Dirección de Patrimonio Cultural, Centro de Patrimonio Cultural Vasco. Gobierno
Vasco. 2012-01-10
13
Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca. Dirección de Desarrollo Rural
y Litoral. Gobierno Vasco. 2011-07-03
14
Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca. Dirección de Desarrollo Rural
y Litoral. Gobierno Vasco. 2012-03-16
15 Departamento de Obras Públicas y Transportes. Diputación Foral de Bizkaia. 2011-08-17
16 Euskal Trenbide Sarea. 2011-06-24
17 IHOBE. Sociedad Pública de Gestión Ambiental. Servicio de Consulta de Suelos. Gobierno Vasco. 2011-07-15
18 Lezama Bizirik Auzo Elkartegia. 2011-06-15
19
Sección de Conservación y Ordenación Forestal. Servicio de Montes. Departamento de Agricultura.
Diputación Foral de Bizkaia. 2011-08-12
20 Subdelegación del Gobierno en Bizkaia. Gobierno de España. 2011-06-29
21 URA. Agencia Vasca del Agua. 2011-07-15
22 URA. Agencia Vasca del Agua. 2011-12-16
23 URA. Agencia Vasca del Agua (remitiendo Informe de Confederación Hidrográfica del Cantábrico-CHC) 2012-03-30
24 URA. Agencia Vasca del Agua. 2012-07-04
Además se han presentado sugerencias por parte de particulares.
Para la redacción del presente documento, se tendrán en cuenta las sugerencias y respuestas de carácter medioambiental.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 19
2 DESCRIPCIÓN DE LOS OBJETIVOS ESTRATÉGICOS DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA
Las Normas Subsidiarias de 2008, en vigor en el momento de la redacción del Avance, han sido anuladas mediante resolución
judicial firme por razones relacionadas con su tramitación. Estas NN.SS., que como se ha dicho en el punto anterior, revisaban a su
vez las Normas Subsidiarias de 1988, tuvieron un procedimiento de elaboración que, por diversos avatares, se prolongó durante
ocho años. Pese a su buena factura y relativamente buena adaptación a la normativa entrada en vigor en dicho intervalo, resulta
conveniente proceder a la revisión del planeamiento general del municipio por, entre otras, las razones que se exponen a
continuación.
En primer lugar, a pesar de su vigencia indefinida, el agotamiento del período de programación de actuaciones que estaba
motivando la modificación repetida del documento original. Recuérdese que el Plan General es el medio, tanto desde el punto de
vista técnico-jurídico como político, para el cumplimiento de los objetivos de desarrollo del Municipio. Es evidente la utilidad que
presenta, para una gestión municipal coherente y eficaz, la existencia dentro del Plan General de un Programa de Actuaciones que
fije objetivos, directrices y estrategias para el desarrollo del municipio a largo plazo, al tiempo que plazos y previsiones específicas
para el desarrollo concreto de los sistemas públicos de dotaciones.
En segundo lugar, la adaptación a los criterios de ordenación y terminología urbanística actuales.
En tercer lugar, la necesidad de adaptarse al planeamiento de carácter territorial aprobado hasta la fecha y cuyas
determinaciones tienen carácter básico y aplicación directa en el planeamiento municipal.
En consecuencia, el nuevo documento permitirá también obtener un documento informatizado que facilite la gestión y consulta del
mismo.
Aparte de estas tres razones esgrimidas ya en el momento en el que las NN.SS. de 2008 estaban aún en vigor, la anulación de
éstas supone por sí misma razón suficiente para la redacción de este PGOU.
El planeamiento de Lezama, como el de cualquier otro municipio, persigue una serie de objetivos genéricos de búsqueda de una
ciudad mejor, de un urbanismo de carácter sostenible, de la búsqueda de la coordinación sectorial en el ámbito municipal, el
incentivo de la actividad económica, la protección de los valores naturales y patrimoniales, o el fomento de la participación pública
en la redacción del nuevo plan.
En el presente caso, estos objetivos genéricos se desarrollan a continuación agrupados en los temas relativos a la potenciación del
núcleo urbano (en el que se concentra la oferta de nueva vivienda), la reserva de suelo para Actividades Económicas, la protección
del suelo no urbanizable (tanto del proceso urbanizador como en su calidad ambiental) y la potenciación del patrimonio histórico.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 20
2.1. Descripción del ámbito de actuación y alcance temporal del plan
El ámbito está definido por los límites municipales de Lezama. Limita al este con el territorio de Larrabetzu, al sur con Galdakao, al
oeste con Zamudio y al norte con Gamiz-Fika.
El municipio se sitúa en el valle de Asúa, por el que discurre el río del mismo nombre y comprende una zona central llana, limitada
por dos alineaciones montañosas. Al sur, algunos montes, entre los que se encuentra el Santa Marina, lo separan del valle del
Ibaizabal. Por el norte destacan los montes Irurimendi, Xantoibaso y Urrusti. Una serie de arroyos que descienden de estos montes
forman la cabecera del río Asúa, que se dirige a Zamudio.
Este municipio ocupa una superficie de casi 17 km² y tiene una población de unos 2.500 habitantes.
Figura 1. Límites del municipio de Lezama.
2.2. Exposición del objeto y objetivos del plan general de ordenación urbanística
2.2.1. Potenciación del Centro Urbano.
La redensificación del centro urbano ha propiciado la creación de un núcleo que equilibra la dispersión de viviendas que se han
asentado en el paisaje de carácter rural, convirtiendo el centro tradicional en la zona más densa y atrayente desde el punto de vista
cívico y de relación.
La presente propuesta, de acuerdo con lo recogido en el planeamiento actual, mantiene la mayor parte de la oferta residencial para
los nuevos crecimientos en la zona centro, mediante actuaciones integradas en los suelos clasificados como suelo urbano con
categoría de no consolidado y urbanizable.
La configuración de viales propuesta se corresponde con la recogida en las anteriores Normas Subsidiarias del 2008: contempla la
ubicación de 2 rotondas, una en cada uno de los extremos de la antigua carretera en esta zona centro. Esto posibilitará la
restricción de tráfico en esta zona central, transformando la barrera anterior en un eje cívico generador de vida social del municipio.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 21
Por otro lado, para la potenciación del centro urbano, se precisa no sólo densidad poblacional, sino también dotaciones generales
que aglutinen al conjunto ciudadano. A los equipamientos tradicionales, Ayuntamiento, Iglesia y Frontón, no se les va a sumar otros
debido a la escala de Lezama, pero sí se mantienen el Ayuntamiento y la Iglesia, y se sustituye el frontón, situándolo en mejor
emplazamiento desde el punto de vista de la ordenación urbana. El aspecto dotacional se ve completado con la protección de la
zona de la Iglesia, de gran valor ambiental y que tiene un efecto representativo que no puede perder.
La revalorización del centro urbano se ve facilitada por el cambio de carácter del eje viario este-oeste que se ha producido a raíz de
la infraestructura del corredor del Txorierri. La antigua carretera, entre las rotondas oeste y este, puede transformarse en una vía de
tránsito restringido, incluso cerrada al tránsito de los automóviles en algunos tramos. Ambos hemisferios del centro gozarán de
mayor comunicación peatonal.
2.2.2. Dotación de una Oferta Residencial variada.
La excelente situación y comunicaciones (acrecentada con el corredor del Txorierri), provoca que Lezama tenga unas expectativas
elevadas de demanda residencial para las gentes del Área Metropolitana de Bilbao. El PTP del Bilbao Metropolitano no hace sino
reforzar esta idea, previendo uno de los mayores crecimientos del Área Funcional para el Municipio de Lezama.
En la redacción del presente PGOU se prevé continuar con esta directriz del PTP manteniendo la oferta residencial de las Normas
Subsidiarias del 2008, aún no desarrollada en su mayor parte. Así, se potencian las viviendas sujetas a algún tipo de protección, ya
sean viviendas de protección oficial o tasadas: este tipo de viviendas de precio controlado se ubicarán preferiblemente en los
bloques de residencia colectiva en la zona más céntrica y darán respuesta a la demanda que se recoge en el PTP, sin llegar a los
niveles máximos que se otorga al municipio.
El objetivo es que la oferta residencial sea amplia y variada, aunque en una cuantía que permita la integración progresiva de los
nuevos habitantes, sin que el municipio se convierta en ciudad dormitorio, perdiendo las principales características o señales de
identidad.
2.2.3. Rentabilización social de los suelos y usos de oportunidad.
La potencialidad de Lezama en cuanto a asentamientos de actividades económicas resulta indiscutible, por su ubicación en el
Txorierri bajo el influjo de Bilbao, y por sus excelentes comunicaciones. Pero esta capacitación teórica no resulta suficiente si se
carece de dinamismo para llevarlo a la práctica, bien sea por iniciativa privada o por parte de la Administración.
En nuestro caso a las expectativas privadas que permanecen latentes a la espera del planeamiento pormenorizado, se vienen a
sumar las previsiones de la Administración concretadas en el Plan Territorial Parcial del Bilbao Metropolitano, que inicialmente se
formulaban como una unidad mixta de más de 100 hectáreas, capaz para acoger la Unidad Alimentaria, un polígono industrial y un
aparcamiento de camiones.
El Plan propone dos suelos de Actividades Económicas ubicados al este y oeste del municipio, entre la antigua carretera y el
Corredor, de forma que interfieran lo menos posible en el desarrollo urbano del núcleo de Lezama y no resulte agresivo para el
medio natural y las edificaciones dispersas, agrarias o no.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 22
2.2.4. Protección del suelo no urbanizable del proceso urbanizador.
Entendemos que los efectos de la edificación dispersa de viviendas aisladas en el suelo rural de un modo incontrolado, son
negativos. La concentración del la edificación en el centro y la protección del paisaje rural son los mecanismos que se adoptaran
para evitar la colonización del suelo rural.
Sin embargo, los núcleos tradicionales constituyen la excepción en materia de ocupación residencial en el suelo no urbanizable. Las
escasas viviendas que puedan construirse en los núcleos rurales de Gotioltza y Garaioltza, tratan de permitir la reproducción del
hombre en su medio, y no de proporcionar un plus en la oferta residencial.
2.2.5. Recuperación de la calidad ambiental de los suelos no urbanizables.
En el suelo no urbanizable existen varias manchas de vegetación autóctona que descienden de las cumbres, siguiendo el río de
Basobalza, y los arroyos del sur. El Plan Territorial recoge algunas de estas zonas de bosque autóctono. La trama de este tipo de
bosque aparece hoy desmembrada, pero hace desear enlazar las áreas existentes para recuperar en lo posible la trama original. El
objetivo puede ser recuperar el bosque autóctono en las cumbres y reforzar los corredores fluviales y las manchas ya existentes,
con el fin de redibujar el paisaje original y lograr una trama cerrada sin apenas mermar las actuales explotaciones forestales.
Por otra parte, el valle interior del Basobalza y Goitioltza, con sus explotaciones agrarias y ganaderas, es un ejemplo de
productividad y de mantenimiento de las actividades tradicionales. Es merecedor de fomento y protección de las mismas, como
insinúa el Plan Territorial.
2.2.6. Protección de los elementos que conformen el patrimonio histórico de Lezama.
Lezama está situada en la ruta Juradera y del Camino de Santiago. Posee un gran patrimonio histórico que debe ser puesto en
valor, catalogado y mantenido.
A expensas de un estudio más exhaustivo, el conjunto urbano creado en torno a la Iglesia de Santa María, tiene un valor ambiental
que debe ser potenciado. Igualmente el planeamiento debe proteger, entre otros, las ermitas del Santo Cristo y de San Vicente, la
Torre de Lezama y los muchos caseríos repartidos por el municipio.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 23
2.2.7. Otros objetivos ambientales
El PGOU contempla, además de los ya descritos, otros objetivos de carácter ambiental.
Así por ejemplo, el PGOU fomentará el consumo responsable de los recursos naturales (sensibilización e información en cuanto al
impacto que ejerce el consumo del agua sobre el medio natural, esencial para alcanzar el objetivo de consumo sostenible del agua)
protección de las aguas (establecimiento de medidas correctoras que impidan el deterioro del estado ecológico de ríos y arroyos,
tratamiento y control de vertidos), protección de la biodiversidad (implantación de medidas correctoras para la protección de la
vegetación, fauna, hábitats..etc.), calidad de vida (El PGOU instará al cumplimiento de los Objetivos de Calidad Acústica,
preservación de la calidad del aire, integración paisajística y protección del patrimonio cultural), pérdida de suelos (cuidadosa
determinación y control inicial (con apoyo de medios topográficos) de los límites de las superficies de ocupación)…etc.
2.3. Descripción y análisis de las alternativas
La modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Lezama plantea 3 Escenarios o Alternativas, para poder alcanzar los
objetivos definidos.
Para la definición de las alternativas, se analizan los siguientes factores:
- Orografía y relieve
- Planeamiento Urbanístico y edificaciones existentes, potencialmente afectadas
- Integración dentro de la planificación
Modificación de Planes Urbanísticos
Redes Vertebradoras del Territorio Foral de Bizkaia
- Captación y ordenación del tráfico
- Condiciones Geológico-Geotécnicos
- Aspectos técnicos de las alternativas:
Trazados
Captación de tráfico
Afecciones a servicios e infraestructuras existentes
Movimiento de tierras
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 24
Drenaje y estructuras
- Aspectos Ambientales:
Climatología
Calidad del aire
Geología
Suelo
Hidrología
Vegetación
Comunidades faunísticas
Factores estético-culturales
Figuras de protección y áreas de interés cultural
Procesos y riesgos
Los anteriores factores han sido tenidos en cuenta a la hora de definir las alternativas viables y compatibles con el mayor número
de condicionantes.
La modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Lezama plantea 3 Escenarios o Alternativas, para poder alcanzar los
objetivos definidos.
Escenario 0
Esta alternativa es llamada también la de “no actuación”. Con este término se entiende el reflejo de la situación que se produciría
según la tendencia actual de desarrollo del municipio. En los casos en los que existe un planeamiento, la situación prevista
corresponde al desarrollo de la ordenación planificada.
Escenario 1
La solución adoptada por las Normas Subsidiarias del 2008 responde de manera óptima a las necesidades y expectativas del
municipio. Por lo tanto, cabe formular una alternativa que recoja la ordenación propuesta en estas Normas, adaptándola a la nueva
situación legislativa y efectuando ligeras correcciones.
Escenario 2
Ésta se plantea como un redimensionamiento de la alternativa 1.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 25
Habiendo propuesto anteriormente un crecimiento mínimo, tanto de superficie residencial como de industrial, respecto de las
necesidades detectadas y las disposiciones de rango superior, parece oportuno formular esta alternativa como un aumento de estas
superficies, considerando un escenario posible futuro de mayor desarrollo, tanto industrial como residencial.
2.4. Determinaciones relacionadas con directrices y criterios de otros planes
En el apartado 3 del presente ISA se realiza una exposición de las interacciones del Plan General de Ordenación Urbanística de
Lezama con otros planes y programas de rango jerárquicamente superiores, como son las Directrices de Ordenación del Territorio
(DOT), el Plan Territorial Parcial de Bilbao Metropolitano (PTP) y diversos Planes Territoriales Sectoriales (PTS), en distintas fases
de aprobación.
2.5. Identificación de actuaciones de las alternativas que pueden dar lugar a impactos
2.5.1. Efectos ambientales en fase de ordenación
De forma general, las actuaciones que desarrolla el Plan General de Ordenación que pueden generar impactos se citan a
continuación:
- Delimitación y clasificación del suelo
- Cambio de uso del suelo
- Asignación de usos globales y usos pormenorizados por áreas
- Ubicación de actividades
- Equipamientos y servicios
- Trazado y localización de infraestructuras
- Consumo de recursos
- Emisión de contaminantes y residuos
- Inducción de actividad
Teniendo en cuenta la definición de impacto ambiental como la alteración que introduce una actividad humana en el entorno, es
evidente que cualquiera de las actuaciones contempladas en al Plan Especial Viario pueden ser susceptibles de generar impacto.
Además, este impacto puede ser valorado como positivo o negativo.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 26
Generalmente, toda ocupación de nuevo suelo para desarrollos urbanísticos genera una afección a uno o varios factores del medio,
lo que implica una variación o alteración en el mismo que da lugar a impactos negativos de diversa índole, pudiendo éstos
agravarse en función del tipo de actuación, características del emplazamiento y su entorno, etc., y en ocasiones, limitarse o
mitigarse, mediante el establecimiento de medidas preventivas y correctoras.
Estos impactos sobre factores ambientales del medio biofísico deberán ser contrastados con otras necesidades y aspiraciones de la
población, en concreto con una buena calidad de vida para los habitantes. .No siempre es posible conjugar perfectamente estas
aspiraciones con la no afección al medio, en cuyo caso el consumo del recurso deberá ajustarse a los principios de sostenibilidad.
2.5.2. Efectos ambientales en fase de desarrollo del Plan General de Ordenación
Las actuaciones que implican efectos ambientales se materializarán a través de su desarrollo, cuyas principales afecciones
ambientales serán las siguientes:
- Ocupación del suelo y cambio de uso del mismo
- Eliminación de la cubierta vegetal
- Alteración de la fauna existente
- Alteración de los ecosistemas
- Alteración de la calidad del aire
- Incremento de niveles sonoros
- Modificación de calidad paisajística
- Aumento en el consumo de recursos naturales
- Generación de residuos
- Mejora del tráfico rodado y descongestión del mismo.
En el capítulo 6 se realizará un examen riguroso de los impactos que puedan tener lugar en el entorno.
2.6. Fases de ejecución del plan y proyectos que lo desarrollan
Para los diferentes pasos de tramitación deberán cumplirse las determinaciones del Decreto 183/2003, de 22 de julio, del Gobierno
Vasco de regulación del procedimiento de Evaluación Conjunta de Impacto Ambiental.
El conjunto del expediente –Informe de Sostenibilidad Ambiental y Plan General de Ordenación Urbana- será trasladado al órgano
ambiental de la Diputación Foral de Bizkaia.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 27
La documentación correspondiente a la Aprobación Inicial será expuesta a información pública, periodo durante el cual se podrán
recoger las alegaciones pertinentes, en caso de existir. En caso de que tales alegaciones conlleven la necesidad de modificar el
documento de forma importante, se adaptará el mismo y posteriormente se abrirá un nuevo periodo de exposición pública.
Transcurrido el periodo de exposición pública se procederá a la Aprobación Provisional del plan. Posteriormente, el expediente
completo se trasladará al órgano sustantivo competente de la Diputación Foral de Bizkaia para su aprobación, desde donde se
enviará al órgano ambiental de la propia diputación.
El órgano ambiental emitirá el Informe Definitivo de Impacto Ambiental, que será empleado por el órgano sustantivo para proceder a
la Aprobación Definitiva del Plan General de Ordenación Urbanística.
2.7. Grado de participación pública
El grado de participación pública está recogido según el procedimiento establecido en la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación
del Territorio del País Vasco y en el propio Decreto 183/2003.
El Programa de Participación se desarrolla a lo largo de los trámites que el desarrollo del Plan General vaya recorriendo; las
acciones que se han previsto, según el momento de la tramitación y de acuerdo al Programa aprobado, son las siguientes:
Avance, se prevén tres acciones, además del correspondiente período de exposición:
o Entrevistas con las asociaciones del municipio. Estas entrevistas se han realizado antes de comenzar la
redacción del Avance con el objeto de recoger sugerencias para el nuevo Plan; y se realizará una segunda
entrevista para presentar el resultado de Avance a las asociaciones.
o Entrevistas personales. Durante el preceptivo período de exposición pública, al menos uno de los miembros del
Equipo Redactor acudirá semanalmente para atender las cuestiones que soliciten los ciudadanos.
o Presentación Pública: se realizará una presentación pública del avance abierta al público en general.
Aprobación Inicial, además del preceptivo período de exposición, se acometerán las siguientes acciones:
o Entrevistas personales. Durante el preceptivo período de exposición pública, al menos uno de los miembros del
Equipo Redactor acudirá semanalmente para atender las cuestiones que soliciten los ciudadanos.
Resultado de la participación pública en la fase de Avance
En esta fase, se han celebrado reuniones con las asociaciones del municipio para recoger las sugerencias que quisieran aportar.
Se invitaron a todas las asociaciones del municipio (Asociación Tercera edad Adintsuen, Lezama Sport, AMPA de la Escuela
pública de Lezama, Gurutze dantza taldea, Gailur mendi taldea, Oxangoiti kultur elkartea, Ekidazu, Bizia kirol taldea y Zorribike
txirrindulari kirol taldea) y se les convocó en diferentes fechas, entre los días 1 y 7 de febrero de 2011.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 28
3 ANÁLISIS DE LAS INTERACCIONES CON OTROS PLANES O PROGRAMAS
En este apartado se persigue identificar la relación jerárquica y transversal con otros planes o programas que pueden incidir en la
generación de sinergias y efectos acumulativos ambientales adversos, entre otros objetivos, tal y como se establece en el Decreto
183/2003. Los Planes y Programas con los que se considera que puede existir relación y que se han revisado se han agrupado de
la siguiente forma:
Directrices y criterios que provienen de Planes o programas jerárquicamente superiores que, condicionando el contenido del plan o
programa y, en consecuencia, la propuesta de alternativas, sus interacciones han sido evaluadas.
Directrices de Ordenación Territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco
Plan Territorial Parcial del Área Funcional del Bilbao Metropolitano
Disposiciones administrativas y legislación de índole ambiental, de conservación de los recursos naturales o de fomento del
desarrollo sostenible:
Compromiso para la Sostenibilidad del País Vasco, 2001
Programa Marco Ambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco 2007-2010. Estrategia Ambiental Vasca de
Desarrollo Sostenible 2002-2020
Plan Director del Transporte Sostenible de la Comunidad Autónoma del País Vasco 2002-2012
Otros planes con incidencia en el ámbito de estudio (planes sectoriales, de ordenación integral del territorio, planes
medioambientales, planes de protección civil, de protección y conservación del medio natural, etc.).
Plan General de carreteras del País Vasco
PTS de carreteras de Bizkaia
1ª Modificación del Plan Territorial Sectorial de Ordenación de los Ríos y Arroyos de la CAPV (Vertiente Cantábrica)
PTS de la Red ferroviaria de la CAPV
PTS de las Zonas Húmedas de la CAPV
PTS de Creación Pública de Suelo para Actividades Económicas y de Equipamientos Comerciales de la CAPV
PTS Agroforestal de la CAPV
Plan Territorial Sectorial de Protección y Ordenación del Litoral de la CAPV
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 29
PTS de Patrimonio Cultural
PTS de la Red Intermodal y Logística del Transporte de la CAPV
Plan Integral de prevención de inundaciones de la CAPV
Red de espacios naturales protegidos de la CAPV (Parques naturales, Biotopos protegidos y Árboles singulares)
Propuesta de Euskadi de Mayo 2003 de Espacios de la Red Natura Europea (Lugares de importancia comunitaria y
Zonas de especial protección para las Aves)
Plan de Suelos Contaminados del País Vasco (y Programa de Recuperación de Suelos Contaminados para
Ayuntamientos y Mancomunidades de la CAPV).
Plan Ciclable de Bizkaia
Plan Director del Aeropuerto de Bilbao
Planes de gestión de fauna y flora del territorio histórico de Bizkaia. Plan de gestión del visón europeo y del pez
espinoso.
A continuación se analizan las interacciones existentes entre las actuaciones propuestas y estos Planes, destacando para cada uno
de ellos el contenido de las directrices consideradas y comentando las incidencias detectadas, si las hubiera, que deriven efectos
adversos acumulativos sobre el medio ambiente.
El objetivo fundamental será, por tanto, el encaje de las actuaciones del Plan General de Ordenación de Lezama en el conjunto de
las estrategias que pretenden la vertebración y desarrollo territorial previamente diseñadas con la conservación de los recursos
naturales, culturales y sociales presentes en el marco del Territorio Histórico de Bizkaia.
3.1. Directrices y criterios que provienen de planes o programas jerárquicamente superiores
Tal y como articula la Ley 4/1990, de 31 de Mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, los Planes Territoriales Sectoriales
están jerárquicamente subordinados a las Directrices de Ordenación Territorial y, dentro de su marco territorial, a los Planes
Territoriales Parciales correspondientes.
En este capítulo se desarrollan las principales directrices y criterios provenientes de los planes y programas jerárquicamente
superiores aplicables que han sido enumeradas en el apartado anterior, describiendo los contenidos de dichos planes o programas
y la incidencia que puedan tener sobre las actuaciones sobre el medio ambiente propuestas por el Plan General.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 30
3.1.1. Directrices de ordenación territorial del país vasco (DOT)
Aprobadas mediante Decreto 28/1997, de 11 de febrero, las Directrices de Ordenación Territorial de la Comunidad Autónoma del
País Vasco establecen los ejes básicos de actuación futura sobre el medio ambiente, los recursos naturales, el entramado urbano e
industrial, los equipamientos e infraestructuras, así como el patrimonio cultural. Persiguen la integración y coordinación del conjunto
de estrategias de desarrollo en un marco de sostenibilidad, de forma que los planes territoriales y sectoriales, así como el
planeamiento urbanístico municipal, no se elaboren de forma independiente, sino que persigan objetivos comunes.
Para ello, establece toda una serie de determinaciones en los diversos ámbitos de ocupación y uso del territorio, tanto directamente
vinculantes, como orientativas, a desarrollar mediante los otros dos instrumentos principales establecidos por la LOT, los Planes
Territoriales Parciales de las distintas Áreas Funcionales y los Planes Territoriales Sectoriales. Estos dos instrumentos, a su vez,
vinculan el planeamiento urbanístico municipal.
Conforme a este modelo, la ordenación del medio físico de la CAPV, regulado en el capítulo VIII, se organiza en torno a tres
grandes apartados: las Directrices Generales, relativas a los Elementos y Procesos del Medio Físico y al control de las Actividades,
las Directrices Particulares, relativas a las Categorías de Ordenación que definen el Modelo Territorial establecido para el Suelo No
Urbanizable y las Propuestas de Actuación Positiva. Estas directrices establecen tanto las determinaciones directamente
vinculantes, como orientativas.
Las Directrices Generales relativas al control de las actividades, en relación con las infraestructuras, se limitan a establecer criterios
orientativos, insistiendo sobre todo en la necesidad de plantear diversas alternativas que tengan en cuenta la capacidad de acogida
del territorio, remitiéndose por lo demás a las Directrices Particulares y a los instrumentos de desarrollo de las DOT.
Las directrices Particulares por su parte, se articulan mediante un sistema matricial dentro del modelo territorio, analizándose
específicamente el medio físico como soporte y su oportuna ordenación, asignando para distintas categorías de clasificación del
medio, incluidos condicionantes superpuestos o sobrecargas, la tipología de usos potenciales, según la capacidad de acogida del
territorio.
Así, las zonas de Especial Protección del Territorio que aparecen, constituidas por un catálogo abierto de áreas de interés
naturalístico, parques naturales y biotopos protegidos, resultan claramente incompatibles con usos asignados a vías de transporte,
englobadas en el apartado de infraestructuras, tipificándose como uso “Prohibido”, aunque para las categorías de ordenación del
territorio restantes se considera como “Admisible”, siempre que se regule en los diferentes instrumentos de planeamiento existente
o a desarrollar.
El 24 de febrero de 2012 se aprobó inicialmente la modificación de las DOT como consecuencia de su reestudio. Esta modificación
es no sustancial, es decir, no implica una alteración del modelo del planeamiento vigente, sino una modificación de aspectos
puntuales y accesorios.
En relación a las implicaciones sobre el municipio de Lezama, es de señalar que las DOT lo recogen como parte del Eje de
Innovación del Txorierri. Se prevé desarrollar estrategias de generación de Nodos de Innovación en el valle.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 31
Figura 2. Modificación de las DOT como consecuencia de su reestudio. Aprobación Inicial. Eje de Transformación
del Txorierri. Fuente: Gobierno Vasco
3.1.2. Planes territoriales parciales y planes territoriales sectoriales (PTS)
El Plan General de Ordenación Urbana es jerárquicamente inferior a los Planes Territoriales Sectoriales y Planes Territoriales
Parciales aprobados definitivamente y por lo tanto está obligado a su cumplimiento.
Por lo tanto, a la hora de establecer las actuaciones, la modificación del PGOU también ha tenido en cuenta los siguientes Planes y
Programas:
3.1.2.1 Plan territorial parcial para el área funcional del Bilbao metropolitano:
El Plan Territorial Parcial (PTP) del Bilbao Metropolitano fue aprobado definitivamente mediante el Decreto 179/2006, de 26 de
septiembre, del Gobierno Vasco. El PTP establece una serie de medidas y realiza una serie de propuestas de actuación que
buscan, como objetivo primordial, el de conseguir una ordenación integral del Bilbao Metropolitano, propiciando la comarcalización
de todo aquello que adquiere sentido en este marco y posibilitando, a su vez, la actuación municipal, desde su propia autonomía.
El Plan Territorial Parcial de Bilbao Metropolitano, que comprende 35 municipios (entre ellos Lezama) tiene como objetivos
principales coordinar las acciones con incidencia territorial que se deben producir en un horizonte temporal de 16 años, para
garantizar el desarrollo sostenible del Área Funcional. El PTP incorpora las Normas de Ordenación, en el que se recogen el
conjunto de las disposiciones y propuestas a las que el Plan les confiere carácter normativo.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 32
El Plan Territorial Parcial de Bilbao Metropolitano ha sido aprobado definitivamente mediante el Decreto 179/2006, de 26 de
septiembre, con posterioridad a la aprobación inicial de las Normas Subsidiarias del 2008. Entre las propuestas generales
desarrolladas en el mismo, se resumen a continuación las que afectan a aspectos del modelo territorial propuesto, a la
cuantificación residencial e industrial o a la ordenación de los espacios libres.
Modelo Territorial de asentamientos urbanos. Suelos residenciales e industriales
El Modelo Territorial propuesto por el PTP tiene como marco de referencia, en cuanto a la Ordenación del Territorio dos elementos
esenciales: El Desarrollo Sostenible y El Desarrollo Equilibrado, elementos de referencia que establecen las líneas principales sobre
las que se sustentan las propuestas: Operaciones Estratégicas y Acciones Estructurantes. Las nuevas propuestas de residencia o
actividad económica que se realizan desde el PTP se hacen a través de diferentes modos de intervención: renovación,
regeneración, redensificación y nuevos desarrollos.
El municipio de Lezama se ve afectado por el modo de intervención de “Nuevos Desarrollos”, proponiéndose para él ámbitos de
Nuevos Desarrollos Residenciales, Actividades Económicas (Actividades Económicas Mixtas) de Promoción Pública así como
Equipamientos Metropolitanos.
Las nuevas previsiones residenciales se localizan circunvalando el actual suelo residencial de Lezama, delimitando tres ámbitos;
dos de ellos al norte del actual núcleo urbano, a ambos lados de la carretera al núcleo de Garaioltza, con una densidad
condicionada en uno de ellos entre 30 y 50 viv/ha y el otro, más densificado, entre 50 y 75 viv/ha. El ámbito que se localiza al sur
del centro urbano, al otro lado de la carretera Asua-Erletxes (BI-737), se condiciona igualmente a una alta densidad entre 50 y 75
viv/ha.
El modelo propuesto por el PTP prevé la implantación de nuevos asentamientos de Actividades Económicas, situados al sur, entre
el núcleo urbano y el Corredor del Txorierri. Se trata de una franja de suelo que recorre el municipio de este a oeste en el que se
proponen, tal como se ha dicho antes, Actividades Económicas Mixtas de Promoción Pública alternadas con Equipamientos
Metropolitanos. Dentro de esta área, ya colindando con el vecino municipio de Zamudio, se propone una Infraestructura del
Transporte (Aparcamiento disuasorio de camiones). También en el apartado de Infraestructuras, se prevé un intercambiador al final
de la línea Deusto-Lezama, ligado al final de la línea de Euskotren, para la cual se baraja la conversión a una hipotética
tranviarización.
En cuanto al dimensionamiento de la Capacidad Residencial de Lezama se encuentra comprendida entre 960 (máx) y 435 (mín) de
nuevas viviendas para los dieciséis años del período previsto en el PTP. En dicha cifra se incluyen las viviendas resultantes de las
propuestas de Reequilibrio Interno: 699 (máx) y 174 (mín) y Necesidades Endógenas: 261 que se generan como consecuencia del
modelo territorial planteado por el PTP. La referida cantidad se entiende suficiente para cubrir las necesidades previstas en el
municipio en el período 2006/2022. También el propio PTP prevé una horquilla de valores entre 737 y 344 de nuevas viviendas para
un periodo de 8 años, cifra que resulta, al igual que la anterior de las propuestas, del Reequilibrio Interno: 524 (máx) y 131 (mín) y
de las Necesidades Endógenas: 213.
Sobre la cuantificación del nuevo suelo que se propone para Actividades Económicas el documento cifra para un periodo de 16
años una horquilla entre 120 y 74 Has, todas ellas de Promoción Pública. Para el período de ocho años la propuesta estimada se
cifra entre 77 y 55 Has, de las cuales todas ellas se prevén de Promoción Pública.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 33
Medio Físico y Espacios libres.
A los efectos del PTP, se define como Medio Físico la totalidad del suelo comprendido dentro del Área Funcional en cuanto
elemento que soporta y sobre el que se proyecta el Modelo Territorial definido por el Plan.
Se recogen las determinaciones generales del Capítulo II que pueden ser de aplicación para el municipio de Lezama.
Usos presentes en el municipio de Lezama
Categoría de Subcategoría Carácter del suelo en el PGOU
Especial protección Bosques autóctonos o asimilados Suelos protegidos por el PTP; se
incorporan en el PGOU según lo
Protección de aguas
superficiales
Aguas sometidas a la influencia de aguas
superficiales y sus correspondientes zonas de
protección, delimitadas y reguladas conforme
al PTS de Ordenación de Márgenes de Ríos y
Arroyos de la CAPV (Vertiente Cantábrica)
Áreas protegidas; cuenca Asua
Protección del medio
rural
Forestal Áreas de uso predominantemente
agroforestal y ganadero
Protección del medio
rural
Agroganadera y campiña Áreas de uso predominantemente
agroforestal y ganadero
Núcleos rurales
Condicionantes
superpuestos
Áreas inundables
Montes de utilidad
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 34
Afecciones debidas a las Acciones Estructurantes y a las Operaciones Estratégicas:
Vía Norte del Txorierri (AE.6): se trata lograr un vial que sirva a los distintos suelos que lo bordean, de modo que acoja
transporte público y preserve los núcleos existentes del Txorierri del tráfico de paso. Su trazado parte de la carretera BI-
2704 (en Loiu) y finaliza en la BI-737 (en Lezama). Afecta muy poco al municipio de Lezama, ya que únicamente uno de
los extremos de la Vía Norte llega a penetrar en el territorio municipal, en la zona más oeste, cerca del enlace de
Torrelarragoiti.
Vía Interior de los polígonos del Txorierri (AE.7): consiste en crear una vía especializada que recorra los diferentes
ámbitos destinados a actividades económicas. El trazado propuesto por el PTP discurre entre el Corredor del Txorierri (N-
637) y la BI-737, y es sensiblemente paralelo a estas vías. En lo que respecta a Lezama, este vial hace de frontera entre
los usos residenciales al sur de la BI-737 y los usos de actividades económicas que se ubicarían entre este nuevo vial y el
Corredor del Txorierri.
Ejes transversales del Txorierri (AE.8): el PTP plantea una serie de ejes transversales destinados a la jerarquización de la
malla viaria, y que suponen los enlaces con el Corredor del Txorierri. En el término de Lezama se plantea un eje, ya
ejecutado, de penetración entre los polígonos de Torrelarragoiti y la Cruz.
Transporte ferroviario de pasajeros en el ámbito metropolitano (AE.14): esta acción propone la tranviarización de la Línea
y, en este caso, la prolongación hasta Larrabetzu. Esta tranviarización depende del diseño final de la red ferroviaria de
todo el Área Funcional, fundamentalmente en lo que respecta al acceso ferroviario al Aeropuerto desde Bilbao.
Red de itinerarios naturalísticos de la Malla Verde (AE.19): el PTP define una serie de itinerarios, ciclables y peatonales,
que recorren el territorio, apoyándose en la malla viaria y los caminos existentes. En Lezama se define como itinerario
ciclable la actual BI-737 y, como itinerarios peatonales, las cordilleras que forman el valle del Txorierri y el camino que
discurre junto al Belakuriko Erreka.
La Red Ciclable (AE.23): se corresponde en parte de la acción antes descrita.
Reserva Estratégica de Aretxalde (OE.18): se trata del suelo antes mencionado, que se ubica entre la vía prevista de los
polígonos del Txorierri y el Corredor del Txorierri. De acuerdo al PTP, se trata de una reserva estratégica de carácter
público destinada ala implantación de grandes empresas consumidoras de suelo, articulando dos espacios diferenciados
en función del uso del suelo: área industrial productiva y área logística de servicio al transporte.
Tratamiento de Residuos Urbanos (OE.21): se trata de una operación que afecta de manera integral a todos los
municipios del Área Funcional, como potenciales generadores de residuos sólidos urbanos.
Tratamiento de residuos peligrosos y suelos contaminados (OE.22): también se trata de una operación que afecta de
manera integral a todos los municipios del Área Funcional en relación con la presencia de suelos potencialmente
contaminados y la gestión de estos y otros residuos peligrosos.
La Burbuja Atmosférica (OE.24): nuevamente se trata de una operación que afecta de manera integral a todos los
municipios del Área Funcional, que plantea la necesidad de mejorar la calidad del aire.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 35
Infraestructuras.
Red viaria
Entre las nuevas propuestas recogidas en el Plan Territorial Parcial, y ya descritas anteriormente, se encuentran las siguientes:
Afecciones debidas a las Acciones Estructurantes:
o Vía Norte del Txorierri (AE.6)
o Vía interior de los polígonos del Txorierri (AE.7)
o Ejes transversales del Txorierri (AE.8)
• Afecciones debidas a las Operaciones Estratégicas:
o Reserva Estratégica de Aretxalde (OE.18)
El objetivo fundamental de estas infraestructuras es el de preservar los núcleos existentes de los movimientos de paso, provocados
por las diferentes áreas de actividad económica.
Red ferroviaria
Según se ha señalado, la principal actuación que se propone de manera orientativa es la tranviarización y, en su caso, prolongación
de la actual línea ferroviaria hasta Larrabetzu.
Transporte ciclable
El PTP toma como base la red definida en el Plan Director Ciclable (que se expone más adelante), complementando la misma con
determinados recorridos de carácter supramunicipal en el ámbito de su área funcional.
Entre los objetivos y criterios para la ordenación, el PTP contempla la conexión de todos los núcleos centrales del Txorierri
mediante un bidegorri que discurra de manera central, facilitado por la reconversión a vialidad urbana de la carretera BI-737. Esta
propuesta, que no tiene carácter de determinación vinculante, se recoge en el plano de ordenación 3.Malla Verde, que se muestra a
continuación.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 36
Figura 3. Bidegorri contemplado por el PTP.
3.1.2.2 Plan General de carreteras del País Vasco
El marco regulador del Plan General de Carreteras del País Vasco (PGCVPV) es la Ley 2/1989, de 30 de mayo, reguladora del Plan
General de Carreteras del País Vasco, así como sus leyes posteriores de modificación:
El objetivo es establecer un instrumento coordinador entre los Órganos Forales y la Comunidad Autónoma, debido al carácter
continuo y unitario de las redes viarias. Se establece también cuál es el mecanismo para elaborar, revisar y modificar el PGCPV,
cuales son sus contenidos, la jerarquización y catálogo de las carreteras (red objeto del PGCPV) y se regula la Comisión del Plan
General de Carreteras.
Actualmente esta vigente la Revisión del 2º Plan General de Carreteras del País Vasco, cuyo esquema se basa en una serie de
objetivos que se definen en el propio Plan y unos criterios de intervención. Asume además, el objetivo principal de mejorar la
integración de la red de carreteras actual y futura en los procesos del medio ambiente.
En el Plan se definen programas detallando la vía, el plazo, la inversión y su financiación y características funcionales de la vía para
la consecución de los objetivos, en base a tres ejes: Obra Principal, Acondicionamiento, Variantes Urbanas e Integración y Mejora
Ambiental. Además, en el 1º PGCPV se indicaban las Normas Técnicas y de Señalización correspondiente al trazado de carreteras
en la Comunidad Autónoma, que aún siguen vigentes.
Para el presente Plan General de Ordenación Urbana, es importante señalar la inclusión de la carretera N-637 Cruces – Erletxe en
el catálogo de la red objeto del PGCPV, puesto que su trazado discurre por el término municipal de Lezama.
Nomenclatura nueva
Nomenclatura vigente
Denominación Comienzo Final Longitud (km)
N-637 N-637 De Cruces a Erletxe por el puente de Rontegi Enlace Cruces Erletxe 19,97
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 37
La N-637 está incluida en la Red de Interés Preferente, y en el vigente PGCPV, correspondiente al Decreto 307/2010, no se
planifica actuación alguna en el tramo de la N-637 que discurre por Lezama.
3.1.2.3 Plan Territorial Sectorial de carreteras de Bizkaia
El Plan Territorial Sectorial de Carreteras de Bizkaia (PTS de Carreteras), está íntimamente ligado a las Normas Forales de
Carreteras, ya que regulan su ámbito, objeto, contenido y formulación. El objeto del PTS y la Normas Forales es la planificación,
proyecto, construcción, conservación, modificación, financiación, uso y explotación de las carreteras y caminos de Bizkaia (sin
perjuicio de las facultades que la Comunidad Autónoma de Euskadi ostente a fin de coordinar las distintas redes de carreteras de
cada uno de los Territorios Históricos).
El ámbito del PTS es la red de carreteras forales, que se define en el artículo 5 de la Norma Foral y que puede ser modificado por
cambio de titularidad o por la construcción de nuevas carreteras.
Hasta la fecha, se han producido las siguientes normas forales que establecen la regulación en la materia:
Norma Foral 2/1993, de 18 de Febrero, de Carreteras que regula el régimen jurídico del Plan Territorial de Carreteras de
Bizkaia. Es la regulación base del PTS y establece las determinaciones básicas y los criterios en materia de carreteras.
Norma Foral 8/1997, de 14 de octubre, por la que se modifica la norma foral 2/1993, de 18 de febrero de Bizkaia. Se
trata de una modificación relativa a la necesidad de la evaluación ambiental de los proyectos de carreteras.
Norma Foral 7/1999, de 15 de abril, por la que se modifica el artículo 17 “Áreas de Servicio” de la norma foral 2/1993 de
carreteras de Bizkaia.
Norma Foral 8/1999, de 15 de Abril, por la que se aprueba el Plan Territorial Sectorial de Carreteras de Bizkaia. Es la
Norma que aprueba el primer PTS de Carreteras, aún vigente. Introduce modificaciones en la clasificación y jerarquización
de las vías al incluir la Red Complementaria (Azul).
Norma Foral 4/2005, de 10 de marzo, mediante la que se modifica la Norma Foral 8/1999, de 15 de abril, por la que se
aprueba el Plan Territorial Sectorial de Carreteras de Bizkaia. Esta Norma Foral prevé la introducción en la red del PTS de
la Variante Sur Metropolitana (Supersur), basando sus previsiones en el Plan Especial de Accesibilidad Bizkaia 2003. Por
tratarse de una modificación sustancial del PTS, se tramita como una modificación del mismo rango que el propio PTS.
Norma Foral 2/2006, de 20 de junio, de modificación de la norma foral 2/1993, de 18 de febrero, de carreteras de Bizkaia.
Esta modificación es relativa a la forma en que se realiza la entrega de la titularidad de las carreteras forales a los
ayuntamientos.
Norma Foral 2/2007, de 7 de febrero, de modificación de la norma foral 2/1993, de 18 de febrero, de carreteras de
Bizkaia. Fundamentalmente la modificación realiza adaptaciones en los preceptos relativos a la financiación de las
carreteras.
Decreto Foral 2078/2007, de 20 de noviembre, sobre la aprobación de la segunda modificación ordinaria del Plan
Territorial Sectorial de Carreteras de Bizkaia. Esta modificación esta justificada por la necesidad de adaptar el PTS a las
nuevas determinaciones urbanísticas a introducir en el desarrollo urbano de la Península de Zorrotzaurre.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 38
Regulación y afecciones
EL PTS jerarquiza las carreteras en atención a su funcionalidad y ámbito espacial.
En el ámbito metropolitano:
o Red de interés preferente (Roja)
o Red básica (Naranja)
o Red complementaria (Azul)
o Red comarcal (Verde)
o Red local (Amarilla)
En el Resto del Territorio:
o Red de interés preferente (Roja)
o Red básica (Naranja)
o Red comarcal (Verde)
o Red local (Amarilla)
Figura 4. Red funcional de Lezama.
Algunos tramos de estas carreteras han sido ya cedidos al Ayuntamiento.
BI-737 (Erandio-Erletxes) del p.k. 22+620 (límite con Zamudio) al p.k. 25+850, que incluye todo el recorrido de la
carretera en el término municipal, de acuerdo al Decreto Foral 150/2008, de 21 de octubre, sobre cambio de titularidad por
cesión al Ayuntamiento de Lezama.
BI-3713 (accesos a Larrabetzu) del p.k. 10+780 al p.k. 12+150 (límite con Larrabetzu), que igualmente implica que todo el
recorrido, dentro del termino municipal, pasa a ser de titularidad del Ayuntamiento, por el Decreto mencionado
anteriormente.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 39
BI-3726 (Lezama-Gamiz Fika), del p.k. 12+300 al p.k. 12+160, tramo cedido en el año 2001.
La Norma Foral establece una serie de Zonas de Protección, con el objeto de controlar los actos de edificación y uso de las
carreteras y sus superficies de protección, al objeto de preservarlas en su función y conservación. Estas zonas de protección
coinciden con las establecidas por la legislación estatal y se encuentran coordinadas con las establecidas para las carreteras de
interés general. Así, la Norma establece tres zonas de protección:
De domino público: se trata de los terrenos ocupados por la carretera y sus elementos funcionales más una franja
variable en función del tipo de carretera. Sólo pueden realizarse obras o instalaciones cuando la prestación de un servicio
público de interés general así lo exija, y previa autorización.
De servidumbre: se trata de dos franjas de terreno colindantes a la zona de domino público, de anchura variable según la
jerarquía de la carretera. En esta zona no podrán realizarse obras ni se permiten usos que no sean compatibles con la
seguridad vial, previa autorización.
De afección: se trata de dos franjas de terreno a ambos lados de la zona de servidumbre, y también de anchura variable
según la jerarquía de la carretera. Para ejecutar en esta zona cualquier tipo de obras e instalaciones fijas o provisionales,
cambiar el uso o destino de las mismas se requerirá autorización previa. No se podrán ejecutar construcciones, salvo que
queden fuera de la línea de edificación.
Además se establecen dos líneas:
Línea de edificación: se trata de una línea situada a una distancia variable (según la jerarquía de la carretera) a ambos
lados de las carreteras. Las edificaciones e instalaciones ya existentes delante de la línea de edificación podrán realizar
obras de reparación, previa autorización.
Línea de servicios generales: se trata de una línea que define una franja de terreno destinada a servir de alojamiento a
los servicios públicos no directamente relacionados con el servicio de la carretera.
A continuación se incluyen una tabla y una serie de esquemas gráficos donde se recogen las distintas zonas de protección y líneas,
según la jerarquía de las carreteras forales presentes en el municipio de Lezama.
NOMBRE DE VÍA TIPO DE VÍA SEGÚN EL
PTS
DOMINIO PÚBLICO
en m desde la arista exterior de
la explanación
SERVIDUMBRE
en m desde la arista exterior
de la explanación
AFECCIÓN
en m desde la arista exterior
de la explanación
LÍNEA DE EDIFICACIÓN
en m desde la arista exterior de la calzada
N-637- Corredor Txorierri (Erandio – Erletxe)
CARRETERA DE INTERÉS PREFERENTE
(AUTOPISTAS, AUTOVÍAS Y VÍAS
RÁPIDAS)
8 25 100 50
BI-3726 (Lezama-Gamiz Fika)
CARRETERA LOCAL 3 8 30 12
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 40
3.2. Identificación de las metas y compromisos ambientales
La Estrategia Ambiental Vasca de Desarrollo Sostenible fue aprobada por el Gobierno Vasco, en junio de 2002, y fija cinco metas
ambientales y cinco condiciones necesarias que deben ser impulsadas prioritariamente por la Administración Pública Vasca. Estas
metas y condiciones se han establecido en coherencia con las formuladas en la Estrategia de la Unión Europea para un desarrollo
sostenible y en el Sexto Programa de Acción Comunitaria en materia de medio ambiente.
Las metas ambientales serían las siguientes:
Garantizar un aire, agua y suelos limpios y saludables.
Gestión responsable de los recursos naturales y de los residuos.
Protección de la naturaleza y la biodiversidad: un valor único a potenciar.
Equilibrio territorial y movilidad: un enfoque común.
Limitar la influencia en el cambio climático.
Siendo las condiciones necesarias:
Integrar la variable ambiental en otras políticas.
Mejorar la legislación vigente y su aplicación.
Incitar al mercado a actuar a favor del medio ambiente.
Capacitar y corresponsabilizar a la ciudadanía, administración y empresas y modificar sus comportamientos hacia
una mayor sostenibilidad.
Investigación, desarrollo tecnológico e innovación en materia medioambiental.
El II Programa Marco Ambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco 2007-2010 fue aprobado por el Gobierno Vasco, en
junio de 2007, explicitando 44 compromisos medioambientales a la vez que establecen las siguientes prioridades:
Actuar frente al cambio climático y prepararnos para sus consecuencias.
Reforzar nuestro capital natural, proteger nuestra biodiversidad.
Mejorar la calidad ambiental de nuestros núcleos urbanos.
Consumo y producción sostenibles.
El Plan Director del Transporte Sostenible 2002-2012, fue aprobado por el Gobierno Vasco en noviembre de 2.002, y tiene por
objeto formular la política común del transporte, considerado como un sector con valor estratégico y básico, con capacidad de
cohesión social y territorial. Constituye un instrumento de relación económica, social y cultural de Euskadi con su entorno.
El marco de referencia ambiental lo configura la Ley 3/1998, General de Protección de Medio Ambiente del País Vasco la cual fija
como objetivo, el desarrollo sostenible para toda la política ambiental que se desarrolle en el ámbito territorial de la Comunidad. La
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 41
Ley señala que el uso del aire, el agua, el suelo, el paisaje, la flora y la fauna se hará de modo sostenible (Artículo 1), y hace suyo
el compromiso de garantizar un desarrollo sostenible que satisfaga las necesidades del presente sin poner en peligro la capacidad
de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades (Artículo 2).
La legislación sectorial o temática aplicable en este caso para la fase de proyecto y de obras sería:
▪ Ley 4/1990 de 31 de Mayo de Ordenación del Territorio del País Vasco.
▪ Decreto 317/2002 sobre actuaciones protegidas de rehabilitación del Patrimonio Urbanizado y Edificado:
impulsa la rehabilitación de edificios y viviendas ocupadas y el fomento de las vacías para su arrendamiento y
renovación.
▪ Ley 10/1998 de Desarrollo Rural: Establece el marco normativo de las políticas orientadas a las zonas rurales
además de los instrumentos para adecuar el resto de las políticas y actuaciones administrativas con la
consecución de los objetivos de desarrollo rural de esta ley.
▪ Directiva marco aguas 2000/60/CE: coordina las medidas necesarias para asegurar la calidad del agua en cada
cuenca hidrográfica.
▪ RD Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido por la ley 29/1985 de 2 de Agosto
de Aguas: regula el Dominio Público Hidráulico, el uso del agua y el ejercicio de las competencias atribuido al
Estado en materias relacionadas con dicho dominio.
▪ Real Decreto-Ley 4/2007, de 13 de abril, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado
por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.
▪ Directiva envases y residuos de envases 94/62/CEE: establece una normativa específica para la gestión de
envases y sus residuos.
▪ Directiva Residuos Peligrosos 91/689/CEE: establece normas comunitarias para la gestión controlada de los
Residuos Peligrosos.
▪ Directiva Residuos 75/442/CEE: exige planes de gestión de residuos que determinen instalaciones y lugares
adecuados para la eliminación.
▪ Ley 10/1998 de 21 de Abril de Residuos: Previene la producción de residuos, establece el régimen jurídico de
su producción y gestión y fomenta, por este orden, su reducción, reutilización, reciclado y otras formas de
valorización.
Modificada por el RD-Ley 4/2001.
Modificada por Ley 24/2001 de 27 de Diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de
orden social.
▪ Ley 11/1997 de Envases y Residuos de envases: Transposición de la Directiva 94/62/CEE.
▪ Real Decreto 679/2006, de 2 de junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 42
▪ Decreto 259/1998, por el que se regula la gestión del aceite usado en el ámbito de la Comunidad Autónoma del
País Vasco.
▪ Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en
vertedero.
▪ Decreto 49/2009, de 24 de febrero, por el que se regula la eliminación de los residuos mediante depósito en
vertedero y la ejecución de los rellenos.
▪ Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente
contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
▪ Ley 1/2005, de 4 de febrero, para la prevención y corrección de la contaminación del suelo del País Vasco.
▪ Decreto 199/2006, de 10 de octubre, por el que se establece el sistema de acreditación de entidades de
investigación y recuperación de la calidad del suelo y se determina el contenido y alcance de las investigaciones
de la calidad del suelo a realizar por dichas entidades.
▪ Directiva 85/337/CEE del Consejo, de 27 de Junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de
determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente.
(* Modificada por la Directiva 97/11/CE del Consejo de 3 de Marzo de 1997).
▪ Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio
ambiente.
▪ Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación
de Impacto Ambiental de proyectos y el Reglamento vigente Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre.
▪ Ley 3/1998 de 27 de Febrero de Protección General del Medio Ambiente del País Vasco
Establece el marco normativo de protección del medio ambiente del País Vasco determinando los
derechos y deberes de las personas físicas y jurídicas.
Define los contenidos que deben tener las Evaluaciones de Impacto Ambiental
Establece en su Anexo I las obras o actividades que deben ser objeto de una Evaluación de Impacto
Ambiental
(*Modificada por la Ley 2/2006 de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo (artículo 97)).
▪ Directiva hábitats 92/43/CEE: definición de diferentes ámbitos geográficos donde deben establecerse medidas
especiales de protección del medio ambiente.
▪ Directiva 79/409/CEE del Consejo de 2 de abril de 1979 relativa a la conservación de las aves silvestres y sus
hábitats.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 43
▪ RD 1997/1995 de 7 de diciembre por el que se establecen las medidas para contribuir a garantizar la
biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la flora y fauna silvestres.
(*Modificado por el RD 1193/1998, de 15 de junio).
▪ Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Deroga la Ley 4/1989, de
Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres y los anexos I, II, III, IV, V y VI del Real
Decreto 1997/1995, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la
conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.
▪ Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas.
▪ Ley 16/1994 de Conservación de la Naturaleza del País Vasco: Establece el régimen jurídico de conservación
de la naturaleza y plantea las bases para la creación del Catálogo Vasco de Especies Amenazadas.
▪ ORDEN de 10 de enero de 2011, de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y
Pesca, por la que se modifica el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora Silvestre y
Marina, y se aprueba el texto único.
▪ Norma Foral de Bizkaia 11/1997, de 14 de octubre, sobre Régimen específico de diversas especies forestales
autóctonas.
▪ Norma foral de 2/1994, 2 de junio de montes y administración de espacios naturales protegidos: Articula
jurídicamente la acción forestal en el Territorio Histórico de Bizkaia.
▪ Directiva 2000/14/CE del Parlamento y del Consejo, de 8 de mayo de 2000, relativa a la aproximación de las
legislaciones de los Estados miembros sobre emisiones sonoras en el entorno debidas a las máquinas de uso al
aire libre y Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, que regula las emisiones sonoras en el entorno, debidas a
determinadas máquinas de uso al aire libre.
▪ Directiva marco calidad aire 96/62/CE: planes o programas necesarios en zonas donde alguna sustancia rebase
el límite establecido legalmente.
(*Modificada por el Reglamento (CE) nº 1882/2003).
▪ Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.
▪ Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire, por el que se modifica la ley
34/2007.
▪ Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.
▪ Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, de
Ruido, en lo referente a la zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas, posteriormente
modificado por el Real Decreto 1038/2012, de 6 de julio
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 44
▪ Ley 22/1973 de 21 de julio de Minas: Establece el régimen jurídico de la investigación y aprovechamiento de los
yacimientos minerales y demás recursos geológicos cualesquiera que fuera su origen y estado físico.
(*Modificada por Ley 54/1980 de 5 de Noviembre).
▪ Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. Art.1, 23, 76.
▪ Ley 7/1990 del Patrimonio Cultural Vasco: Legisla la defensa, el enriquecimiento, la protección así como la
difusión y fomento del Patrimonio Cultural Vasco.
▪ Decreto 234/1996 de 8 de Octubre por el que se establece el Régimen para la determinación de Zonas de
Presunción Arqueológica
▪ Decreto Foral nº 62/1998 de 12 de mayo de la Diputación Foral de Bizkaia por el que se establece la normativa
para la ejecución de actividades arqueológicas en Bizkaia (B.O.B. nº 98, de 27 de mayo de 1998).
▪ Reales Decretos de traspaso al País Vasco de funciones y servicios en materia ambiental. Según la Ley
Orgánica de marzo de 1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para el País Vasco.
▪ Ordenanzas forales y municipales, en su caso, sobre las actividades clasificadas y sobre ruidos y vibraciones.
▪ Cuantas disposiciones oficiales existan sobre la materia de acuerdo con la legislación vigente que guarden
relación con la misma, con la protección de los distintos componentes del entorno y con sus instalaciones
auxiliares o con trabajos necesarios para ejecutarlas. Se deberá prestar atención especial a las disposiciones
que vayan saliendo sobre Patrimonio Cultural, sobre especies de flora y fauna protegidas y sobre árboles
singulares.
3.3. Identificación de otros planes con incidencia en el ámbito de estudio
3.3.1. Plan territorial sectorial de ordenación de los ríos y arroyos de la CAPV-vertiente cantábrica
El Plan Territorial Sectorial de Ordenación de Márgenes de los Ríos y Arroyos de la CAPV (Vertiente Cantábrica) se aprobó el 22 de
diciembre de 1998 mediante el Decreto 415/1998. Debido a la incorporación al PTS de diversa normativa de aplicación (criterios de
uso del suelo en función de su grado de inundabilidad, criterios técnicos de diseño para los estudios hidráulicos, LIC Fluviales, Red
Natura 2000, Directiva Marco del Agua, etc.), se encuentra en tramitación la 1ª modificación del citado plan, modificando, entre
otros aspectos, la denominación del PTS al eliminar la referencia a márgenes.
El objeto del PTS es desarrollar y pormenorizar los criterios de las Directrices de Ordenación Territorial correspondientes a las
Directrices Generales relativas a los Elementos y Procesos del Medio Físico y Categorías de Ordenación del Medio Físico relativos
a Aguas Superficiales.
Los márgenes de los ríos y arroyos se zonifican y/o tramifican a través del PTS según su Componente Hidráulica, Urbanística y
Ambiental. La normativa a aplicar a cada punto del ámbito del presente plan será la resultante de la aplicación conjunta de la
normativa que le corresponde en virtud de cada componente.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 45
Dentro del Plan se diferencian, en función de la componente medioambiental, cuatro zonas que no son excluyentes entre sí:
Márgenes en Zonas de Interés Naturalístico Preferente
Márgenes con Vegetación Bien Conservada
Márgenes en Zonas con Riesgo de Erosión y/o Deslizamiento
Márgenes con Necesidad de Recuperación
El ámbito de aplicación del PTS está constituido por el conjunto de las franjas de suelo de 100 m de anchura situadas a cada lado
de la totalidad de los cursos de agua de las cuencas hidrográficas cantábricas. Dichas franjas se consideran desde el mismo
nacimiento del río hasta su desembocadura en el mar. En el entorno de los embalses las franjas de suelo son de 200 m de anchura.
Componente Urbanística
El PTS determina para el suelo urbanizable o apto para urbanizar, la alineación máxima de la edificación con respecto al cauce
fluvial.
Márgenes en Ámbitos Desarrollados (F.3)
Para toda nueva edificación en las márgenes de los ámbitos desarrollados los retiros mínimos de la edificación de la línea de
deslinde del cauce público serán los siguientes, en función de la superficie de la cuenca afluente:
Niveles
de
tramos
de
cauces
Superficie cuenca
afluente
(km2)
Retiro mínimo de la edificación
Con línea de deslinde o
encauzamiento definida (metros)
Retiro mínimo de la edificación
Sin línea de deslinde o
encauzamiento definida (metros)
0 1 < C ≤ 10 Km2 10 12
Márgenes en Ámbitos con Potencial de Nuevos Desarrollos Urbanísticos (F.4)
En ámbitos con potencial de nuevos desarrollos urbanísticos, se parte del supuesto de que las obras de encauzamiento o de
tratamiento de márgenes no se encuentran todavía definidas y que los retiros se refieren en todos los casos a la línea teórica de
deslinde del cauce público.
Los retiros mínimos planteados para la edificación y para la plataforma de urbanización son los siguientes:
Niveles
de
tramos
de
cauces
Superficie
cuenca
afluente
(km2)
Retiro mínimo de la
edificación
(metros)
Retiro mínimo de la
urbanización
(metros)
0 1 < C ≤ 10 12 2 (4)
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 46
Km2
En el caso presente en el municipio de Lezama en el que parte de la zona urbanística de Márgenes en Ámbitos con Potencial de
Nuevos Desarrollos Urbanísticos coincide con la zona medioambiental de Márgenes con Vegetación Bien Conservada, el parámetro
de retiro mínimo de la urbanización se puede ampliar hasta la cifra indicada entre paréntesis en el cuadro, con la finalidad de
posibilitar la conservación de la vegetación de ribera.
La ordenación de los retiros a las escorrentías o cursos menores se regulará en base a las disposiciones de la Ley de Aguas (que
se describe más adelante).
Márgenes en Ámbito Rural (F.1)
En las márgenes consideradas según la componente urbanística como márgenes en ámbito rural se respetará obligatoriamente un
retiro mínimo a la línea de deslinde de cauce de :
Niveles
de
tramos
de
cauces
Superficie cuenca afluente
(Km2)
Retiro mínimo de la edificación
(Metros)
0 1 < C ≤ 10 Km2 15
00 C ≤ 1 Km2 5 (aplicación de la Ley de Aguas)
Además, en una banda de 100 metros de anchura a cada lado de los cauces, tan sólo se permitirán aquellas construcciones,
actividades y usos del suelo propios del Suelo No Urbanizable.
La Ley de Aguas, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio y publicada en el BOE número 176 de 24/7/2001,
y sus posteriores modificaciones, entre las que se encuentra el Real Decreto-ley 4/2007, de 13 de abril, por el que se modifica el
texto refundido de la Ley de Aguas, establece, en su artículo 6. Definición de riberas, lo siguiente:
Las márgenes están sujetas, en toda su extensión longitudinal:
a) A una zona de servidumbre de cinco metros de anchura, para uso público que se regulará reglamentariamente.
b) A una zona de policía de 100 metros de anchura en la que se condicionará el uso del suelo y las actividades que se
desarrollen.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 47
Figura 5. Zonificación de los márgenes en función de la componente urbanística.
En el caso concreto de Lezama, y como se observa en la imagen, el río Asua tiene márgenes:
en el ámbito desarrollado del núcleo urbano
con potencial de nuevos desarrollos, al norte del actual polígono industrial de la Cruz
en ámbito rural
El arroyo de Basobaltza Errexa tiene márgenes en el ámbito desarrollo del núcleo rural de Goitioltza.
El resto de arroyos sólo cuenta con márgenes en ámbito rural.
Componente Hidráulica
El PTS de Ordenación de los Ríos y Arroyos de la CAPV, mediante la homogeneización de los trabajos existentes (Plan Integral de
Prevención de Inundaciones y Estudio Hidráulico de los Ríos Autonómicos), representa en el plano de la componente hidráulica las
manchas de inundación para períodos de retorno de 10, 100 y 500 años. Éstas son vigentes en ausencia de estudios posteriores
más detallados que cuenten con la aprobación de la Agencia Vasca del Agua (URA). Como se detalla más adelante, se han
realizado estudios para la mayor parte del recorrido del Asua, validados por URA, que corrigen las manchas reflejadas en este PTS.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 48
Figura 6. Componente hidraúlica..
El río Asua y el arroyo Basobaltza pertenecen a la categoría 0 en función de su componente hidráulica; es decir, tiene una
superficie de cuenca afluente de entre 1 y 10 km2.
El resto de arroyos tienen categoría 00 (c ≤ 1 km2).
Por otro lado, actualmente se está tramitando la primera modificación del citado PTS, mediante Orden de 10 de diciembre de 2.007
de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio se aprobó inicialmente. Esta modificación actualiza toda la
información referente a actuaciones realizadas en los cauces y además corrige algunas de las manchas de inundabilidad.
Figura 7. Manchas de inundabilidad.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 49
Componente Medioambiental
Figura 8. Zonificación de márgenes en función de la componente medioambiental..
El Asua, en el tramo colindante con el municipio de Zamudio, presenta las dos márgenes con necesidad de recuperación. Algo más
aguas arriba, sin embargo, la margen derecha cuenta con vegetación bien conservada.
3.3.2. Plan territorial sectorial de la red ferroviaria de la CAPV
El Plan Territorial Sectorial de la Red Ferroviaria en la Comunidad Autónoma del País Vasco se aprobó mediante Decreto 41/2001,
de 27 de febrero. Posteriormente, se aprobó mediante Decreto 34/2005, de 22 de febrero, la modificación del Plan Territorial
Sectorial de la Red Ferroviaria en la Comunidad Autónoma del País Vasco, relativa a la ordenación ferroviaria en el área del Bilbao
Metropolitano y otros municipios.
El Plan Territorial Sectorial estudia los usos del suelo contemplados en el planeamiento municipal vigente en el ámbito de la red
ferroviaria, así como las tendencias de desarrollo, planeamientos en estudio, posibles interferencias con otros proyectos de
infraestructura viaria y en general, aquellos aspectos de la estructura urbana y de infraestructuras que aparezcan al proponer un
trazado ferroviario para implantar en la Nueva Red, integrándose en el territorio a través de este PTS.
Para ello se tienen en cuenta las diversas propuestas o planes para las líneas de RENFE, Eusko Tren, FEVE, Metro Bilbao, Metro
Ligero al objeto de recoger y aglutinar las diversas actuaciones que se plantean, tanto del transporte de viajeros como de
mercancías, y desde los servicios de largo recorrido hasta los servicios urbanos y comarcales, de manera que pueda manifestarse
el carácter integrador expuesto en la vigente ley de Ordenación del Territorio del País Vasco.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 50
En el ámbito del PTS Ferroviario, de acuerdo a la planificación territorial y sectorial de rango superior en cuanto a la nueva red
ferroviaria, el esquema global de ordenación está orientado a resolver las necesidades de la demanda potencial de transporte para
el modo ferroviario desde tres vertientes que se potencian y complementan entre sí a través de:
Nueva Red de metro y/o metro ligero para las relaciones urbanas y comarcales
Nueva Red de Cercanías, Eusko Tren y FEVE
Nueva Red de Largo Recorrido
En el municipio discurre la línea ferroviaria Bilbao-Lezama, propiedad de Euskal Trenbide Sarea – Red Ferroviaria Vasca (gestor de
las infraestructuras ferroviarias de Euskadi) y operadas por Eusko Tren. Se trata de una línea competencia de la Comunidad
Autónoma Vasca, para la que es de aplicación el Plan Territorial Sectorial de la Red Ferroviaria en la Comunidad Autónoma del
País Vasco (PTS Ferroviario).
Lezama está servida por la línea de ferrocarril “Txorierri”, cuyo recorrido comienza en la estación de Deustu de Bilbao y finaliza en
la estación del centro urbano de Lezama. Esta línea es de ancho métrico, vía única y está electrificada.
En Lezama se encuentran el apeadero de la Cruz, situado en el homónimo barrio, y la estación del centro urbano del municipio,
final de línea.
Figura 9. PTS de la Red Ferroviaria de la CAPV.
El PTS se refiere a esta línea Bilbao - Lezama en su apartado de Propuestas, señalando lo siguiente: “Se estima conveniente el
mantener la conexión de la línea que recorre el Txorierri con Lutxana, a través del ramalSondika-Lutxana, que permitiría una
conexión intermodal con la Línea 1 del metro, y técnica con el sistema de Metro Ligero. En un futuro se plantea la conversión de
esta línea al Sistema de Metro Ligero.”
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 51
3.3.3. Plan territorial sectorial de las zonas húmedas de la CAPV
El Plan Territorial Sectorial de Zonas Húmedas, aprobado mediante el Decreto 160/2004, de 27 de julio, desarrolla las
determinaciones de las Directrices de Ordenación Territorial a través de la inventarización y clasificación de los humedales de la
CAPV y la regulación de los usos y actividades de acuerdo con su capacidad de acogida en las zonas húmedas objeto de
ordenación específica. El PTS establece además una serie de recomendaciones y criterios generales para la protección de la
totalidad de los humedales inventariados.
Debido tanto a la presencia de la franja costera donde se forman estuarios más o menos desarrollados en la interfase fluvio-marina,
al régimen climático principalmente lluvioso y al tipo de sustrato y orografía, que favorecen la acumulación de masas de agua
formándose lagos, lagunas, balsas y charcas de diversa índole distribuidas por todo el territorio, las zonas húmedas son
relativamente abundantes en el País Vasco. A estas zonas húmedas naturales se añaden la existencia de numerosas balsas
artificiales, unas ubicadas en antiguas explotaciones mineras (fundamentalmente en la zona minera de Bizkaia), así como los
embalses, que ocupan una importante superficie. En algunos casos el grado de naturalización que se viene produciendo en estas
zonas, las equipara en muchas de sus características con las zonas húmedas naturales.
Transcurridos casi diez años desde la realización de los trabajos del actual PTS, y habida cuenta de la disponibilidad de más y
mejor información técnica y cartográfica se ha considerado necesario revisar y actualizar el inventario de los humedales de la
CAPV, particularmente los recogidos en los grupos I y III, sobre los que el PTS no establece ninguna regulación específica.
Este Plan no recoge la existencia de zonas húmedas en el municipio de Lezama, por lo que no es de aplicación.
3.3.4. Plan territorial sectorial de creación pública de suelo para actividades económicas y de equipamientos comerciales de
la comunidad autónoma del país vasco
El Plan Territorial Sectorial de Creación Pública de Suelo para Actividades Económicas y de Equipamientos Comerciales de la
Comunidad Autónoma del País Vasco se aprobó mediante el Decreto 262/2004, de 21 de diciembre. Su meta es constituir el
instrumento planificador y regulador que sirva de referencia para la intervención tanto sectorial como urbanística precisa para el
desarrollo de sus determinaciones, dirigiéndose a la consecución de los siguientes objetivos:
1. La identificación sectorial del modelo de ordenación territorial de las Directrices de Ordenación del Territorio en relación
con la regulación urbanística del suelo para actividades económicas.
2. El establecimiento de un instrumento de coordinación para el proceso de elaboración de los planes territoriales
parciales.
3. El enunciado de unos criterios generales para la programación de las operaciones de creación pública de suelo para
actividades económicas.
4. La sistematización de la ordenación territorial de las grandes superficies comerciales.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 52
El Plan define los criterios generales para la ordenación de suelo para actividades económicas en su capítulo 5, en relación con las
siguientes cuestiones:
El medio natural y la sostenibilidad del desarrollo.
El equilibrio territorial.
La estructura urbana y la diversificación de usos.
El dimensionamiento y la cuantificación del suelo para actividades económicas.
En el mencionado capítulo se establecen unas pautas de localización prioritaria en sintonía con los mencionados criterios,
estableciendo una categorización en «municipios de interés preferente», «municipios de crecimiento moderado» y «municipios de
bajo desarrollo».
Por otra parte, el Plan propone unas «Áreas de Incentivación» estableciéndose también tres tipos o niveles para la implantación de
nuevas actividades económicas:
Incentivación para la recuperación económica y la regeneración urbanística de zonas de reconversión industrial.
Incentivación para la dinamización de cabeceras comarcales con déficit de empleo industrial.
Incentivación de la actividad industrial en zonas rurales.
Dentro del apartado en el que se analizan las pautas de localización prioritaria para el desarrollo de actividades económicas, el PTS
propone la categorización del municipio de Lezama como “Municipio de interés preferente para la ordenación, gestión y promoción
urbanística de los suelos destinados a la actividad económica”, incluyéndose además parte del territorio municipal dentro un
“Ámbito prioritario para el desarrollo de actividad económica”.
En relación a la cuantificación de suelo propuesto para la totalidad del Área Funcional de Bilbao Metropolitano y más concretamente
para la Subcomarca del Txorierri, el PTS plantea en el horizonte del Plan (16 años) un dimensionamiento global comprendido entre
470 y 520 Has, como resultado de la suma de los suelos ya ocupados (369 Has), la superficie de los suelos libres ya calificados
cuya oferta se considera viable (70 Has), nuevas calificaciones necesarias para el desarrollo de las operaciones de promoción
pública (25/50) y otras reservas de suelo calificado a prever en el horizonte del Plan (16 años) (25/50).
Dentro del apartado 6.3.- “Propuestas Específicas” señala respecto a la zona del Txorierri:
o Nuevo Polígono para Actividades del Transporte y distribución de Mercancías en el corredor del Txorierri:
Estudios de localización y viabilidad de alternativas ligadas a la 2ª fase del Corredor del Txorierri.
Lezama/Larrabetzu. 25/50 Has.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 53
Por otro lado, en relación con los grandes equipamientos comerciales, en función de su posición estratégica respecto a las redes de
comunicaciones, su peso poblacional, su disponibilidad espacial y su idoneidad urbanística para la acogida de este tipo de centros,
el PTS incluye el municipio de Lezama dentro de la Categoría A “Municipios de máxima centralidad”. En dicha categoría el
dimensionamiento máximo de los nuevos equipamientos comerciales queda regulado con arreglo a los siguientes parámetros:
Superficie neta máxima de plataforma explanada: 75.000 m².
Superficie máxima de techo edificable: 25.000 m²
Igualmente, dentro de las Normas de ordenación del PTS, en el punto 3º del Artículo 14 Regulación Territorial de los Grandes
Equipamientos Comerciales, el planeamiento territorial establece como una determinación vinculante la obligatoriedad de justificar
expresamente, en la documentación del correspondiente planeamiento de desarrollo de cada Sector de Suelo para Actividades
Económicas, o Terciario, Comercial, o de Servicios, como Sector susceptible de albergar un Gran Equipamiento Comercial; que el
régimen de usos pormenorizados previsto en dicho planeamiento se ajuste a la normativa del PTS para la regulación urbanística de
los grandes equipamientos comerciales.
3.3.5. Plan territorial sectorial agroforestal de la CAPV
De acuerdo con la Orden de 8 de Noviembre de 2010, el Plan Territorial Sectorial Agroforestal de la CAPV está aprobado
provisionalmente. Éste Plan tiene como objetivo general ser un documento básico, globalizador y dinámico que, por un lado, sugiera
y canalice actividades encaminadas a la planificación y gestión de los usos agroforestales, acogiéndolas en un marco de
planeamiento global del territorio y, por otro, defienda los intereses del sector agrario frente a otro tipo de usos.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 54
Figura 10. PTS agroforestal de la CAPV.
En la siguiente tabla se dividen los usos propuestos en categorías, subcategorías y carácter que estos suelos deberían tener en el
planeamiento municipal según el PTS.
Categoría de ordenación Subcategoría Carácter del suelo en el PGOU
Agroganadera y campiña Alto valor estratégico Suelo agrícola protegido
Agroganadera y campiña Paisaje rural de transición Suelo de interés agroforestal
Monte Forestal
Condicionantes
superpuestos
Montes de utilidad pública Suelo forestal protegido (recomendado)
Agroganadera y campiña
Se señala que, de estos usos, sólo tendrán carácter vinculante, cuando se apruebe el PTS, el de Agroganadera y Campiña – Alto
Valor Estratégico y el condicionante superpuesto de Montes de Utilidad Pública.
Por otra parte, en el propio PTS se señala la relación de éste con el resto de Planes de rango superior al del planeamiento
municipal:
Prevalecen sobre el PTS Agroforestal:
- PTP Bilbao Metropolitano
- Sistema General Aeropuerto: Zonas de Servidumbre Aeronáutica y Huellas de Ruido
En caso de solapamiento o contradicción, prevalecen sobre el PTS Agroforestal:
- PTS Márgenes de Ríos y Arroyos
- PTS Zonas Húmedas
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 55
- PTS Patrimonio Cultural
Relación del PTS Agroforestal con otros planes:
- En la subcategoría Alto Valor Estratégico prevalece el área más restrictiva entre PTS y PTP
- Se realizará la evaluación sectorial agroforestal para la determinación de su coordinación con los PTS de
Infraestructuras (Actividades Económicas, Red Ferroviaria, etc.)
- En caso de contradicción con otros instrumentos, el PTS Agroforestal tiene validez en lo que afecta a su ámbito de
ordenación sectorial y en concreto en lo que atañe a los sectores agrario y forestal
3.3.6. Plan territorial sectorial de protección y ordenación del litoral de la CAPV
El Plan Territorial Sectorial de Protección y Ordenación del Litoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco se aprobó mediante
el Decreto 43/2007, de 13 de marzo.
El PTS del litoral viene a complementar los también definitivamente aprobados PTS de Zonas Húmedas y PTS de Ordenación de
Márgenes de Ríos y Arroyos, fortaleciendo y afianzando así el grado de protección global del litoral vasco.
Su ámbito de ordenación es la franja de anchura mínima de 500 metros a partir del límite interior de la ribera del mar, que es la
zona de influencia definida en la Ley de Costas. Esta zona se hace extensible a los márgenes de los ríos, hasta donde se haga
extensible la influencia de las mareas.
En esa área de ordenación se establecen los criterios de protección, mejora y conservación de los recursos naturales, de un lado; y
las directrices para regular el uso público en el litoral, de otro. Junto a ello, propone criterios tanto para el señalamiento de zonas de
especial protección, a efectos de la ley de costas, como para la inclusión de determinadas áreas en el catálogo de zonas
ambientalmente sensibles del litoral vasco, a efectos de la Ley General de Medio Ambiente del País Vasco.
A los efectos de esa protección del litoral, se determinan distintas categorías de protección y, a su vez, se proponen una serie de
usos admisibles en cada una de esas categorías, respetando lo establecido en otros instrumentos de planificación ambiental u
ordenación territorial contemplados para determinadas zonas situadas en el litoral (Urdaibai, los Parques Naturales, los Biotopos
Protegidos, las áreas pertenecientes a la Red Ecológica Europea Natura 2000, puertos, etc.).
Las actuaciones definidas en el PGOU quedan fuera del ámbito de ordenación y protección del citado PTS.
3.3.7. Plan territorial sectorial de patrimonio cultural vasco
El Plan Territorial Sectorial del Patrimonio Cultural se encuentra en fase de Avance de aprobación por la Orden 06/07/2001. En él,
se propone el establecimiento de criterios, objetivos y determinaciones generales que deben regir las actuaciones que afecten a los
bienes inmuebles – suelo, construcciones y espacios – considerados como Bienes Culturales o pertenecientes al Patrimonio
Cultural de la C.A.P.V., con la última y evidente finalidad de su protección, recuperación y mejora.
A los efectos de regulación normativa de índole territorial y urbanística, el planeamiento delimitará Zonas de protección cultural de
Patrimonio Cultural Inmueble con algunas de las siguientes calificaciones:
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 56
Patrimonio Arquitectónico
- Construcciones y Espacios Monumentales (EM)
- Conjunto Monumental Edificado (CME)
Patrimonio Arqueológico
- Zona de Presunción Arqueológica (ZPA)
- Zona Arqueológica (ZA):
Santuarios prehistóricos en cueva (ZA1)
Villas (ZA2)
Otros Yacimientos (ZA3)
También se indican niveles de protección más detallados (Niveles Pormenorizados de Protección y Categorías de Intervención)
para los Conjuntos Monumentales Edificados y para las Zonas Arqueológicas.
El Plan General determinará las debidas protecciones a través de su normativa. Asimismo identificará los bienes inmuebles
propuestos para su declaración como monumento de la Comunidad, para los que normará las intervenciones que se realicen en
ellos. Por otra parte, sólo uno de los elementos propuestos para su protección a nivel municipal se ve afectado: se trata del
polideportivo de Lezama, del que se propone su demolición, como se viene haciendo desde las Normas Subsidiarias de 1988. Esto
es así debido al estadio precario de su construcción; teniendo este edificio como único uso el juego de la pelota, su manutención es
muy reducida. El Plan propone la sustitución de este edificio por otro polifuncional en ubicación cercana más al sur. Se pretende de
este modo un menor consumo de suelo, ya que se compactarán diversas necesidades en un solo volumen, un espacio óptimo
desde el punto de vista constructivo para este juego y sus espectadores. Además se resolverán vialidad, accesos y aparcamientos
al nuevo complejo deportivo, así como se liberará un espacio verde comunitario en el lugar del viejo frontón, en el corazón del casco
urbano y servido por el eje que constituye el Camino de Santiago.
3.3.8. Plan territorial sectorial de la red intermodal y logística del transporte de la CAPV
El 19 de noviembre de 2002 el Consejo de Gobierno aprobó el “Plan Director de Transporte Sostenible. La política común de
Transportes de Euskadi 2002-2010”, plan a través del cual se articula la política de transportes de la Comunidad Autónoma.
El referido Plan Director recoge como una línea de actuación concreta la de redactar el Plan Territorial Sectorial de la Red
Intermodal y Logística del Transporte, conforme a las estrategias de potenciar el desarrollo de la intermodalidad, de potenciar la
Plataforma Logística Aquitania – Euskadi, la creación de Centros Logísticos con capacidad para atender y gestionar el transporte
integral, el desarrollo de transporte combinado y la intermodalidad, etc.
El Avance de Plan Territorial Sectorial de la Red Intermodal y Logística del Transporte de la Comunidad Autónoma del País Vasco
tiene por objeto articular la malla de conexión y relación entre los nodos de la red de ciudades, centros productivos y logísticos y de
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 57
éstos con el exterior, en función de los intereses de la comunidad y de la problemática específica de su desarrollo e incardinación
en el sistema económico general.
El objetivo principal es la definición de la tipología de los nodos de las redes de intercambio modal de pasajeros y de la realización
de actividades logísticas en suelo estructurado para tal fin, desarrollando la identificación de las localizaciones ideales de dichos
nodos, la estimación de superficies y características funcionales de los mismos y finalmente la determinación de opciones de
ubicación de nodos de acuerdo a proyectos existentes o a planificar que respondan a las necesidades y objetivos de la Comunidad.
El Plan propone Lezama como uno de los centros secundarios de intercambio modal del Territorio Histórico de Bizkaia para
responder a la estrategia de favorecer el intercambio modal ferrocarril – autobús - vehículo privado y disminuir por tanto la presencia
de éste último en el área metropolitana de Bilbao. Lezama se convertiría de esta manera en intercambiador periférico para los
desplazamientos del Valle del Txorierri – Bilbao a través del servicio de cercanías de EUSKOTREN.
Otra de las propuestas de este Plan es la organización de varios centros de soporte a la logística de distribución o agregación como
nodos de la plataforma logística de Euskadi. Entre estos centros se encuentra el Aeropuerto de Loiu, área de influencia del Txorierri
y los municipios de Leioa. Loiu, Sondika, Derio, Zamudio, Lezama, Larrabetxu y Erandio. La función de estos centros es la de
asegurar la distribución de alta rotación asociada a los grandes centros de consumo y de las principales áreas de producción de la
CAPV.
3.3.9. Plan integral de prevención de inundaciones de la CAPV
El Plan Integral de Prevención de Inundaciones (PIPI) afronta la problemática de avenidas de los ríos del País Vasco, persiguiendo
los siguientes objetivos: Mejorar el conocimiento de los fenómenos meteorológicos e hidrológicos que ocasionan las avenidas
extraordinarias, cuantificar los riesgos de inundación con bases homogéneas para todo el País Vasco, plantear y evaluar
alternativas de actuación para reducir riesgos, proponer un catálogo de actuaciones y proponer una red de medida y un plan de
alarmas.
El Plan Integral de Prevención de Inundaciones (PIPI) ha zonificado áreas en medida de los periodos de avenida debido a su
tamaño.
- Áreas que quedan fuera de la mancha de avenida de 500 años de periodo de retorno.
- Áreas comprendidas entre las líneas de avenida de 100 y 500 años de periodo de retorno.
- Áreas inundadas con avenidas de periodo de retorno comprendido entre 10 y 100 años.
Cabe mencionar que, actualmente se está tramitando la primera modificación del citado PTS, mediante Orden de 10 de diciembre
de 2.007 de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio se aprobó inicialmente. Esta modificación actualiza toda la
información referente a actuaciones realizadas en los cauces y además corrige algunas de las manchas de inundabilidad.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 58
Sin embargo, hay que señalar que posteriormente al PTS, en el año 2007, se ha elaborado un Estudio Hidráulico para el río Asúa a
su paso por el término municipal, contando con la aprobación de URA. También, en el año 2010, se ha desarrollado un Proyecto de
Encauzamiento para la Unidad de Ejecución de Txupetxa, con el objetivo de corregir los riesgos de inundabilidad que afectaban al
ámbito.
Esta información puede ser consultada en el plano de Inundabilidad.
3.3.10. Red de espacios naturales protegidos de la CAPV (parques naturales, biotopos protegidos y árboles singulares)
La Red de Espacios Protegidos de la Comunidad Autónoma del País Vasco la componen los Biotopos protegidos, Parques
naturales, y Árboles singulares. El PGOU, no afecta a ningún espacio de estas características.
3.3.11. Propuesta de Euskadi de mayo 2003 de espacios de la red natura europea (lugares de importancia comunitaria y zonas
de especial protección para las aves)
La última propuesta de espacios para la Red Natura 2000 en Euskadi (mayo 2002) consta de Lugares de importancia comunitaria
(LIC) y Zonas de especial protección para las Aves (ZEPA), y ninguno de los mismos queda cercano del ámbito del PGOU por lo
que no se interfiere con la misma.
3.3.12. Plan de suelos contaminados del país vasco 2007-2012
El Plan de suelos contaminados 2007-2012 del País Vasco emerge de la Estrategia ambiental vasca de desarrollo sostenible 2002-
2020 y de los compromisos adquiridos en esta materia en el Programa marco ambiental 2002-2006. Es además, un mandato de la
Ley 1/2005, de 4 de febrero, de prevención y corrección de la contaminación del suelo del País Vasco, a través de su artículo 34,
que configura el plan como uno de los instrumentos de la política de protección del suelo frente a la contaminación.
En consonancia con la Estrategia ambiental vasca de desarrollo sostenible (2002- 2020), el Plan de suelos contaminados del País
Vasco 2007-2012 tiene como visión “alcanzar una gestión óptima del suelo en el marco de un sistema socioeconómico adaptado a
la nueva legislación, que prevenga la contaminación y asegure la mínima incidencia de la alteración de la calidad del suelo -fruto de
la actividad humana pasada, presente y futura- y sus efectos sobre la salud de las personas y el funcionamiento de los
ecosistemas”.
Esa visión se concreta en cuatro objetivos estratégicos, que emergen del análisis de la situación actual, el avance de la política de
suelos y el marco normativo. El impulso de estos objetivos hará que se incida sobre las fuerzas motrices, se reduzcan las presiones
y los impactos y se desarrollen las condiciones e instrumentos óptimos para la protección del suelo frente a la contaminación,
avanzando así hacia la visión.
- Objetivo 1.- Prevenir la alteración de la calidad del suelo.
- Objetivo 2.- Impulsar la recuperación racional de los suelos contaminados.
- Objetivo 3.- Reutilizar suelos desocupados y alterados en su calidad para ubicar nuevos usos.
- Objetivo 4.- Valorizar suelos asignándoles nuevos usos no contaminantes y de alto valor añadido.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 59
El Gobierno Vasco pone a disposición un Inventario de Suelos Potencialmente Contaminados de la Comunidad Autónoma Vasca,
en el que se identifican en un primer lugar, aquellos suelos que podrían estar soportando o haber soportado actividades
potencialmente contaminantes del suelo. En el documento de Avance se analizaron los suelos incluidos en el Inventario publicado
en el “Decreto 165/2008, de 30 de septiembre, de inventario de suelos que soportan o han soportado actividades o instalaciones
potencialmente contaminantes del suelo”. Ihobe elaboró un informe de respuesta a la consulta realizada en relación a dicho Avance
y proporcionó el Borrador de la actualización de este inventario.
La información de la que se dispone sobre estos suelos es la siguiente: Este Borrador aumenta el número de suelos de estas
características en el municipio de Lezama, así como la superficie de alguno de ellos.
Por otra parte, se ha completado y actualizado, a su vez, la información proporcionada en este Borrador, ya que dos de estos
suelos han sido remediados.
Los emplazamientos catalogados como suelos potencialmente contaminados en Lezama y contemplados hasta ahora, eran los que
se indican a continuación;
Código Tipo
Emplazamiento Área (m²) Tipo De Actividad / Empresa Estado actual Otra información
48081-00001 Industrial 12.024 Uriarte Elektro, S.A.
48081-00002 Industrial 2.558 Nuevo edificio En construcción Se remedió el suelo
48081-00003 Industrial 23.541 Stabilus - Sachs Automotive
España, S.A. En actividad ambas
empresas
Ha sido analizada una pequeña superficie del suelo, ya que se
ha visto afectado por la urbanización del polígono
realizada
48081-00004 Industrial 2.124 Empresa que ha cesado su
actividad Edificio vacío
Se realizó un estudio sobre el suelo del aparcamiento porque éste resultaba afectado por la
urbanización del polígono realizada
48081-00005 Industrial 1.970 Empresa que ha cesado su
actividad Edificio vacío
48081-00006 Vertedero 10.478
Vertedero de residuos urbanos, inertes e industriales no
autorizado empleado entre los años 1986 y 1988
Suelo libre
48081-00007 Vertedero 585 Vertedero de residuos inertes
no autorizado iniciado en el año 1996
48081-00008 Vertedero 1.577
Vertedero de residuos industriales no autorizado
empleado entre los años 1960 y 1985
Había sido ocupado como
almacenamiento de residuos de la marmolería anexa
48081-00009 Vertedero 3.440 Vertedero de residuos
industriales no autorizado empleado hasta el año 1979
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 60
Código Tipo
Emplazamiento Área (m²) Tipo De Actividad / Empresa Estado actual Otra información
48081-00010 Vertedero 9.743 Vertedero de residuos inertes no autorizado empleado hasta
el año 1986
A continuación se muestra la tabla con la información disponible y los planos para la ubicación de los suelos.
Código Tipo Emplaza- miento
Área (m²) Empresa Tipo De Actividad Estado actual Otra información
48081-00001 Industrial 13.229 Uriarte Elektro, S.A.
Actividades Económicas
En activo
48081-00002 Industrial 8.479 Nuevo edificio Ninguna En construcción Se remedió el suelo
48081-00003 Industrial 22.793 Stabilus - Sachs
Automotive España, S.A.
Actividades Económicas
En actividad ambas
empresas
Ha sido analizada una pequeña superficie del
suelo, ya que se ha visto afectado por la
urbanización del polígono realizada
48081-00004 Industrial 10.443 Empresa que ha
cesado su actividad
Ninguna Edificio vacío
Se realizó un estudio sobre el suelo del
aparcamiento porque éste resultaba afectado por la urbanización del
polígono realizada. Ha comenzado el
procedimiento para la declaración de calidad del suelo; al momento, pendiente de respuesta
por parte del GV
48081-00005 Industrial 3.871 Empresa que ha
cesado su actividad
Ninguna Edificio vacío
Ha comenzado el procedimiento para la declaración de calidad del suelo; al momento, pendiente de respuesta
por parte del GV
48081-00006 Vertedero 10.500 En ctra. Lezama-Larrabetzu
Vertedero de residuos urbanos,
inertes e industriales no autorizado
empleado entre los años 1986 y 1988
Suelo libre
48081-00007 Vertedero 600 En ctra. Lezama-
Larrabetzu
Vertedero de residuos inertes no autorizado iniciado
en el año 1996
Ocupado por un nuevo vial Se remedió el suelo
48081-00008 Vertedero 1.600 Marmolería Vertedero de residuos industriales
Suelo Había sido ocupado como almacenamiento
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 61
Código Tipo Emplaza- miento
Área (m²) Empresa Tipo De Actividad Estado actual Otra información
no autorizado empleado entre los años 1960 y 1985
de residuos de la marmolería anexa
48081-00009 Vertedero 3.400 Extetxupea o
Iturtxueta
Vertedero de residuos industriales
no autorizado empleado hasta el
año 1979
Inactivo
48081-00010 Vertedero 9.700 Goitioltza
Vertedero de residuos inertes no
autorizado empleado hasta el
año 1986
Inactivo
48081-000011 Industrial 350 Acoplamientos Lezama
Actividades Económicas
Sin actividad Situado en zona residencial
48081-000012 Industrial 1.440 Garaje Aurtenetxe, S.A.
Talleres En activo
48081-000013 Industrial 224 Taller Larrabe Talleres En activo
Situado en un bajo de zona residencial, en el
edificio más cercano a la BI-737 y no en lugar del
indicado
48081-000014 Subestación eléctrica
1.642 Subestación eléctrica
Energía En funcionamiento
Incluida en el suelo de actividades económicas
de Ugarte
48905-000014 Industrial 18.056 Recupresa y otras Actividades Económicas
En activo Parte de este suelo se
ubica en el municipio de Zamudio
48905-000015 Industrial 16.980 Foret Actividades Económicas
En activo Parte de este suelo se
ubica en el municipio de Zamudio
Figura 11. Emplazamientos potencialmente contaminados en el municipio de Lezama.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 62
Leyenda suelos potencialmente contaminados Inventario del Decreto 165/2008 Borrador de la actualización del Inventario (agosto 2011)
Estos emplazamientos pueden ser consultados en el plano de Suelos potencialmente contaminados.
Para estos emplazamientos, en el caso de que se produzcan algunos de los supuestos contemplados en los apartados a), b), c) y
e) del artículo antes mencionado, deberá darse inicio al correspondiente procedimiento de declaración de calidad del suelo.
3.3.13. Plan director ciclable de Bizkaia
Desde el Departamento de Obras Públicas de la Diputación Foral de Bizkaia, en colaboración estrecha con otros Departamentos y
con los Ayuntamientos de Bizkaia, se viene trabajando en estos últimos años en el desarrollo del Plan Director Ciclable 2.003-2.016,
que entre sus objetivos finalistas plantean, por una parte, la introducción paulatina de la bicicleta como modo de transporte cotidiano
dentro de la movilidad obligada, fundamentalmente en el Área Metropolitana de Bilbao y por otra, el impulsar la movilidad en
bicicleta por motivo de ocio y como medio de acercamiento y conocimiento de las áreas rurales, favoreciendo su desarrollo.
Dicho Plan se enmarca en la actualidad en la estrategia que esta Diputación Foral de Bizkaia viene desarrollando a favor de un
Desarrollo Sostenible para nuestro Territorio Histórico, todo ello a través del establecimiento del “PROGRAMA BIZKAIA 21-
Estrategia para el Desarrollo Sostenible 2005-2010”.
Tras su consulta, se ha comprobado que el PGOU de Lezama no interfiere con el mismo.
Como se refleja en la siguiente ilustración, este Plan no afecta el municipio de Lezama.
Figura 12. Plan ciclable de Bizkaia.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 63
3.3.14. Plan Director del Aeropuerto de Bilbao
Con fecha de 17 de julio de 2001 se aprobó mediante Orden Ministerial, publicada en el BOE de 7 de agosto de 2001, este Plan
Director.
Este Plan determina la incidencia del aeropuerto y de sus infraestructuras en el ámbito territorial circundante.
Las servidumbres aeronáuticas son limitaciones al desarrollo urbanístico del entorno del aeropuerto derivadas jurídicamente del
dominio eminente del Estado sobre el espacio aéreo, y cuyo objeto es garantizar la seguridad de las aeronaves en vuelo,
incluyendo la protección de las ayudas a la navegación aérea.
Por otra parte, el Real Decreto 370/2011, de 11 de marzo, actualiza las servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de Bilbao y sus
instalaciones radioeléctricas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación
Aérea, y de conformidad con lo estipulado en el artículo 27 del Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas.
Estas servidumbres han sido insertadas en el Plan Director mencionado anteriormente, dando como resultado los planos de las
servidumbres aeronáuticas actuales (de aeródromo y radioeléctricas -plano 6.1.1- y de la operación de aeronaves –plano 6.1.2) y
de las servidumbres aeronáuticas según el desarrollo previsible (de aeródromo y radioeléctricas -plano 6.2-
Figura 13. Plan Director. Plano 6.1 Servidumbres aeronáuticas. Estado actual. Servidumbres de aeródromo y
radioeléctricas
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 64
Figura 14. Plan Director. Plano 6.1 Servidumbres aeronáuticas. Estado actual. Servidumbres de la operación de
aeronaves
Figura 15. Plan Director. Plano 6.2 Servidumbres aeronáuticas. Desarrollo previsible. Servidumbres de aeródromo
y radioeléctricas
*Consultar Art. 1.3.37 de Servidumbres Aeronáuticas establecidos en la Normativa del PGOU.
Por otra parte, mediante la Orden FOM/926/2005, de 21 de marzo se regula la revisión de las huellas de ruido de los aeropuertos
de interés general, con motivo de la cual AENA realizó la actualización de las huellas acústicas correspondientes al "escenario
actual (2004)" del Plan Director del aeropuerto de Bilbao. Según esta actualización, como se ve en el plano que sigue, Lezama no
se ve afectada por las huellas de ruido en periodo diurno.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 65
Figura 16. Huellas acústicas en el municipio de Lezama.
3.3.15. Planes de gestión de fauna y flora del territorio histórico de Bizkaia. Plan de gestión del visón europeo
El artículo 47 de la Ley 16/1994, de 30 de junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco crea el Catálogo Vasco de
Especies Amenazadas de la Fauna y Flora, silvestre y marina, el cual estará integrado por las especies, subespecies o poblaciones
cuya protección exige medidas específicas.
El Decreto 167/1996, de 9 de julio, del Gobierno Vasco, por el que se regula el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la
Fauna y Flora, Silvestre y Marina, incluyó varias especies dentro de la categoría de «Vulnerable».
Mediante la Orden de 20 de mayo 2003, del Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, por la que se modifica el
Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora Silvestre y Marina, se cambió la catalogación de algunas de estas
especies, pasando a categoría de «En Peligro de Extinción», debido a la situación en en la Comunidad Autónoma del País Vasco y
a escala mundial.
La catalogación de dichas especies conlleva, además de la aplicación de las medidas protectoras establecidas en el artículo 50.1
de la ley 16/1994, de 30 de junio, la elaboración de un Plan de Gestión que contendrá las directrices y medidas necesarias para
tratar de eliminar las amenazas existentes sobre cada especie, promoviendo la recuperación, conservación o manejo adecuado de
sus poblaciones, así como la protección y mantenimiento de sus hábitats, conforme dispone el artículo 50.3 de dicha Ley.
Las dos especies protegidas que podrían habitar en la zona serían:
Pez Espinoso (Gastorosteus Aculeatus), catalogado como vulnerable y con Plan De Gestión propio (D.F. 186/2008,
de 9 de diciembre). En el plan de Gestión se menciona la necesidad de conservar y mejorar los hábitats de la
especie, esto es, las charcas, pequeñas veguillas y regatos que lindan con el río Asúa. En la zona en cuestión sólo
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 66
quedan dos vegas-arroyos con las características necesarias para el mantenimiento de las poblaciones, (que junto
con el rio Asúa son áreas de interés), por lo que deben ser respetados y protegidos de cualquier actuación.
En el caso concreto del Visón Europeo (Mustela Lutreola), catalogado como en peligro de extinción en el País
Vasco y con Plan de Gestión propio (O.F. 118/2006, de 19 de junio). Próximas al ámbito de estudio se encuentran
una zona de distribución preferente para la especie (tramos de río humanizados) pero su presencia en el Asúa,
parece poco probable. No obstante, no puede descartarse su presencia.
3.3.16. Otros planes a tener en consideración por el PGOU
El PGOU tendrá en cuenta además de todos los planes mencionados, lo establecido en los siguientes planes y programas de
carácter general:
- Programa de Bizkaia 21
- Plan de Protección civil
- Plan Hidrológico Norte III
- Plan forestal vasco (1994-2030)
- Programa de desarrollo rural sostenible para el periodo 2010-2014
Programa Bizkaia 21
El Programa Bizkaia 21, estrategia foral para el desarrollo sostenible del Territorio Histórico y de los municipios que lo componen,
nació en el año 2005 con el objeto de dar respuesta a los grandes retos que planteaba la Estrategia Europea de Desarrollo
Sostenible.
Posteriormente, en 2011, se aprobó el II Programa Bizkaia 21, para el periodo 2011-2016 (B.O.B, nº 121, de 24 de junio de 2011).
Se trata de una estrategia global que compromete al conjunto de la institución, es decir, a todos y cada uno de sus departamentos,
y que supone un salto cualitativo para pasar de la declaración de voluntades a la acción, dando respuesta a los retos planteados en
los distintos ámbitos y programas de la Unión Europea (UE) y de la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV).
El Programa Bizkaia 21 (2011-2016), recoge las acciones que orientan políticas en su compromiso a favor de un modelo de
desarrollo sostenible para el Territorio Histórico de Bizkaia, y los municipios que lo componen, con un ámbito de actuación local
pero vocación global.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 67
Plan de Protección Civil.
El Plan de Protección Civil de Euskadi denominado como «Larrialdiei aurregiteko bidea-LABI», se aprueba mediante Decreto
153/1997. Regula los mecanismos de integración del sistema vasco de atención de emergencias.
El Plan define las tácticas operativas en caso de emergencias (que han de contemplar diversos niveles de aplicación en función del
modo de activación de los recursos que sean necesarios para solucionar el incidente y de la necesidad de una dirección de las
operaciones en el lugar de la emergencia) y los mecanismos de interrelación entre tácticas operativas y planes de protección civil.
Plan Hidrológico Norte III
El Plan Hidrológico de Cuenca, tiene por objeto ser el instrumento técnico para desarrollar y aplicar los contenidos de la Ley de
Aguas y demás disposiciones legales en el ámbito territorial del Plan.
El objetivo del Plan, según el Art. 38.1 de la Ley de Aguas, es "conseguir la mejor satisfacción de las demandas de agua y equilibrar
y armonizar el desarrollo regional y sectorial, incrementando las disponibilidades del recurso, protegiendo su calidad, economizando
su empleo y racionalizando sus usos en armonía con el medio ambiente y los demás recursos naturales".
El ámbito territorial del Plan Hidrológico Norte III está definido por el Real Decreto 650/1987 de 8 de Mayo; abarca las "cuencas de
los ríos que vierten al mar Cantábrico entre el límite de los términos municipales de Castro Urdiales y San Julián de Musques y la
frontera con Francia y el territorio español de los ríos Nive y Nivelle".
Dicho ámbito territorial se extiende por cinco provincias pertenecientes a tres Comunidades Autónomas abarcando una superficie
total de 5.845 Km2. donde se asientan casi 2 millones de habitantes. La CAPV es la comunidad con mayor participación en el
ámbito del Plan, dado que a su territorio pertenece el 75% de la superficie y se asienta el 98% de la población del plan.
Plan Forestal Vasco (1994-2030)
El Plan Forestal Vasco viene a desarrollar el Plan Estratégico Rural Vasco sobre una parte del territorio en la que se muestra cada
vez más receptiva nuestra sociedad: los bosques, la fauna, la flora y los Parques Naturales.
El Plan se dirige a todas las superficies que sean forestales y además a las que deban serlo en el futuro, a tenor de los factores del
Medio o de los condicionantes socioeconómicos.
Se considera que el Plan debe tener por referencia la duración de los ciclos vitales productivos de las diferentes especies forestales
más abundantes en el País Vasco puesto que, en relación con su existencia, hay implicaciones socioeconómicas de gran
importancia.
El Plan Forestal está concebido como un instrumento planificador e integrador de las distintas actuaciones de todo tipo, normativo,
reglamentario y ejecutivo cuya normativa y/o resolución corresponda a Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma del País
Vasco y a los Órganos Forales de los Territorios Históricos en función del sistema de competencias. De este modo, este Plan será
objeto de aprobación por todas y cada una de las Administraciones Públicas competentes y las medidas que se contienen en el
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 68
mismo serán llevadas a cabo por las diversas Instituciones y Órganos en cada caso competentes, por el procedimiento aplicable, en
función del carácter y naturaleza de la actuación a desarrollar.
Los aspectos relacionados con la ordenación de usos y actividades agrarias serán desarrollados por el Plan Territorial Sectorial
Forestal, instrumento específico, previsto en la Ley 4/1990, de Ordenación del Territorio del País Vasco. Este Plan definirá los
criterios de adscripción del Territorio a diferentes figuras de protección, conservación y restauración, identificando los espacios
afectados y realizando una catalogación de los mismos. El desarrollo normativo de estos espacios se realizará en el marco de la
legislación vigente en la materia; caso de que ésta no existiese, podría tener un desarrollo específico o incluirse en el propio Plan
Territorial Sectorial.
Programa de desarrollo rural sostenible para el período 2010-2014
Se aprueba el primer Programa de Desarrollo Rural Sostenible 2010-2014 en aplicación de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre,
conforme al contenido y las condiciones que se establecen en el anexo. Este Programa se aplicará en las zonas rurales,
delimitadas y calificadas por las comunidades autónomas que se incorporan en el capítulo 3 del mismo.
La promulgación de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural, establece las bases de una
política rural propia, como política de Estado, plenamente adaptada a las condiciones económicas, sociales y medioambientales
particulares del medio rural español, que complemente la aplicación de los instrumentos de las políticas europeas con efectos sobre
el desarrollo rural, tanto en los próximos años y como experiencia ante el posible futuro de la política comunitaria.
Mediante esta norma se pretende llevar a cabo un impulso de desarrollo en las zonas rurales y, prioritariamente, en las que
padecen un grado mayor de atraso relativo, mejorando la situación socioeconómica de la población de las zonas rurales y el acceso
a unos servicios públicos suficientes y de calidad. Para ello, esta Ley identifica un amplio número de posibles acciones y medidas
de desarrollo rural sostenible, que pueden ser aplicadas tanto por la Administración General del Estado como por las
Administraciones autonómicas, según sus respectivas competencias.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 69
4 DESCRIPCIÓN Y VALORACIÓN DEL INVENTARIO AMBIENTAL
4.1. Definición del ámbito de estudio
El área que es objeto de ordenación por parte del Plan General de Ordenación Urbana se corresponde con el término municipal de
Lezama.
El municipio de Lezama cuenta con una extensión de 16,8 km2 y su situación geográfica es: 2º 50' 0" O 43º 16' 29" N. Se halla
situado en la comarca metropolitana formada por Bilbao y otros pueblos, en el valle de Asúa, concretamente. El municipio limita
limita al este con el territorio de Larrabetzu, al sur con Galdakao, al oeste con Zamudio y al norte con Gamiz-Fika.
4.2. Diagnóstico ambiental del ámbito objeto del plan
El objeto de este capítulo consiste en describir y valorar la situación preoperacional del medio receptor. El conocimiento del estado
actual del ámbito del Plan es necesario para poder prever las alteraciones derivadas del mismo.
Por otra parte, el ejercicio de comparación del estado preoperacional con el estado final proyectado proporcionará una de las claves
que permitan valorar el impacto producido por la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Lezama.
La valoración del inventario se ha realizado en base a la evaluación de la calidad intrínseca y de la fragilidad de los distintos
elementos del medio considerados. A su vez, la calidad intrínseca se ha valorado en función de estos parámetros: niveles
establecidos en la legislación, diversidad, rareza, grado de naturalidad y productividad. Obviamente, la aplicabilidad de estos
factores varía en función del elemento del medio considerado en cada caso.
Figura 17. Criterios de valoración del Inventario Ambiental.
Los resultados de la valoración se presentan de forma cualitativa en una escala de 4 rangos: alta, media, baja y muy baja. Estos
criterios son asignados por el grupo redactor del ISA en función de la información disponible y su criterio experto en los diferentes
campos.
CRITERIOS VALORACIÓN INVENTARIO AMBIENTAL
Legislación ambiental
Diversidad
Rareza
Naturaleza
Productividad
Fragilidad
Cal
idad
intrí
nsec
a
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 70
Cabe mencionar que se ha verificado que la información contenida en alguna de las capas utilizadas para la elaboración de los
planos para el análisis, ha sufrido algún pequeño cambio debido a las transformaciones que el territorio vive continuamente; y que
esto no se ha considerado por no ser de relevancia a efectos de este documento.
4.2.1. Medio físico y biológico
4.2.1.1 Climatología
La zona donde se ubica el proyecto pertenece a un clima atlántico, moderado en cuanto a temperaturas y muy lluvioso.
Los valores de precipitación media anual oscilan entorno a los 1.200 mm, debido, fundamentalmente, al factor orográfico. El número
medio de días de precipitación al año es del orden de 180. La precipitación es mucho mayor que la evapotranspiración a lo largo de
todo el año (incluso en verano).
En cuanto a las temperaturas cabe destacar una cierta moderación debido a la proximidad del océano. Así, la temperatura media
anual se encuentra entorno a los 14ºC. La temperatura máxima media presenta valores entre 14ºC y 16ºC, mientras que la mínima
media oscila entre 6ºC y 9ºC.
La nubosidad es muy abundante, siendo del orden de 40 el número de días anuales completamente despejados.
De entre las estaciones termopluviométricas existentes en la zona, se han de escoger aquéllas cuya proximidad al ámbito de
influencia del proyecto y cantidad y continuidad de los datos recogidos aseguren una representatividad suficiente.
Esta primera selección de estaciones se ha realizado en base a los siguientes criterios:
- Ubicación geográfica cercana a la traza
- Similitud climática. Carácter costero húmedo
- Series de datos completos y actuales
- Existencia abundante de parámetros pluviométricos y climáticos
Se procede a caracterizar los principales parámetros meteorológicos que definen la climatología de la superficie de estudio a partir
de los datos registrados en la estación meteorológica de Zarátamo (perteneciente a la Agencia Vasca de Meteorología, Euskalmet).
La denominación, situación y características de la estación seleccionada son:
Coordenadas (UTM)
Código Denominación
Longitud Latitud Altitud
Tipo de
Estación
C003 Derio 512000 4793400 30 30
Tabla 1. Características de la estación de Derio.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 71
Se ha elegido la estación C003-Derio (perteneciente a la Agencia Vasca de Meteorología, Euskalmet) esta estación meteorológica
por estar ubicada cerca del ámbito a estudiar y por ser la más fiable y completa de la zona.
El tratamiento de datos se ha realizado analizando las siguientes variables, éstas se pueden agrupar según se indica:
- Datos Pluviométricos:
Precipitación total en el mes
Precipitación media anual mensual
Precipitación máxima diaria mensual
Días de lluvia
Días de precipitación 10 décimas
- Datos Termométricos:
Temperatura máxima absoluta
Temperatura media mensual máxima diaria
Temperatura mínima absoluta
Temperatura media mensual mínima diaria
Temperatura media mensual
Temperatura media horaria mensual
Días de temperatura máxima 25º
Días de temperatura máxima 30º
Días de temperatura mínima 5º
Días de temperatura mínima 0º (número de días con helada)
Como primera parte del estudio se analizan los valores estadísticos de las principales variables climáticas. Posteriormente, y en
base a los datos anteriores, se realiza la clasificación climática, la determinación de los índices climáticos más significativos y el
cálculo de los días aprovechables para la ejecución de las obras en función de la climatología.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 72
Datos Climatológicos Generales
Para el estudio de los datos climatológicos generales, se ha elegido el periodo correspondiente al año 2009 en la estación de Derio.
Los valores climatológicos correspondientes a este periodo se han ordenado siguiendo las recomendaciones de la Organización
Meteorológica Mundial, según se muestra a continuación.
PRECIPITACIÓN (mm) NÚMERO
DE DÍAS
IRRADIACIÓN
SOLAR
MES Media
Mensual
Máxima
en un día
Máxima
en un
mes
Lluvia Media
Mensual
ENERO 20,40 3,9 53,4 18 3,8
FEBRERO 84,50 2,4 19,8 9 7,5
MARZO 108,10 1,8 24,4 13 12,5
ABRIL 103,30 2,2 30,6 18 13,8
MAYO 58,80 2,1 12,5 13 15,7
JUNIO 20,00 1,2 8,6 12 19,8
JULIO 34,60 2,1 11,3 12 19,9
AGOSTO 30,10 2 8,2 13 15,4
SEPTIEMBRE 235,10 10,2 148,9 10 12,4
OCTUBRE 75,00 2,3 18,6 12 9,5
NOVIEMBRE 228,10 6,5 38,1 19 4,7
DICIEMBRE 106,20 4,5 19 18 3,7
AÑO 1.104,20 10,20 148,90 167 11,56
Tabla 2. Estación de Derio. Valores climatológicos (precipitación e irradiación) medios y extremos (2009).
TEMPERATURA DEL AIRE (ºC)
Media Extremas absolutas MES
Máxima Mínima
Media
Mensual Máxima Mínima Oscilación
ENERO 11,8 3,3 7,5 18 -3,2 21,2
FEBRERO 12,4 2,7 7 20,5 -2,6 23,1
MARZO 14,6 3,6 8,8 25,3 -0,2 25,5
ABRIL 15,8 6,3 10,7 26,4 3,3 29,7
MAYO 19,4 10,3 14,4 28,8 4 32,8
JUNIO 22,4 12 17 32 9,1 41,1
JULIO 25,9 15,3 20 37,6 11,5 49,1
AGOSTO 26,1 16 20,4 39,4 11,8 51,2
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 73
TEMPERATURA DEL AIRE (ºC)
Media Extremas absolutas MES
Máxima Mínima
Media
Mensual Máxima Mínima Oscilación
SEPTIEMBRE 23,2 13,6 17,7 36 9,7 45,7
OCTUBRE 21,6 11 15,8 31 1,6 32,6
NOVIEMBRE 17,6 9,2 13,4 25,7 4 29,7
DICIEMBRE 13,1 5,1 9 19,6 -1,2 20,8
AÑO 26,1 2,7 13,475 39,4 -3,2 42,6
Tabla 3. Estación de Derio. Valores climatológicos (TEMPERATURA) medios y extremos (2009).
Precipitación
La precipitación engloba toda el agua procedente de las nubes, cualquiera que sea la forma de meteoro (lluvia, nieve, granizo, etc.).
En la zona objeto de estudio la mayor parte de la precipitación se produce en forma de lluvia, por lo que en este apartado se
describe este meteoro y en posteriores apartados se trata el resto. Los datos medios de precipitación de la estación estudiada son:
PRECIPITACIÓN (mm) NÚMERO MEDIO DE
DÍAS
MES Media
Mensual
Máxima
Mensual
Máxima
Diaria
Media
Mensual
respecto a
total (%)
Lluvia Precipitación
>1mm
ENERO 20,40 53,4 3,9 1,85 18 15
FEBRERO 84,50 19,8 2,4 7,65 9 8
MARZO 108,10 24,4 1,8 9,79 13 11
ABRIL 103,30 30,6 2,2 9,36 18 13
MAYO 58,80 12,5 2,1 5,33 13 10
JUNIO 20,00 8,6 1,2 1,81 12 8
JULIO 34,60 11,3 2,1 3,13 12 8
AGOSTO 30,10 8,2 2 2,73 13 9
SEPTIEMBRE 235,10 148,9 10,2 21,29 10 7
OCTUBRE 75,00 18,6 2,3 6,79 12 8
NOVIEMBRE 228,10 38,1 6,5 20,66 19 16
DICIEMBRE 106,20 19 4,5 9,62 18 14
AÑO 1.104,20 148,90 10,20 100 167 10,58
Tabla 4. Estación de Derio. Datos de precipitación (2009)
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 74
Variación Anual de la Precipitación Media (2009)
050
100150200250
ENERO
FEBR
ERO
MARZO
ABRIL
MAYO
JUNIO
JULIO
AGOSTO
SEPTI
EMBRE
OCTU
BRE
NOVI
EMBRE
DICIE
MBR
E
Pre
cipitac
ión M
edia
(m
m)
Media Mensual
Figura 18. Variación Anual de la Precipitación Media.
Variación Anual de la Precipitación Máxima (2009)
020406080
100120140160
ENERO
FEBR
ERO
MARZO
ABRIL
MAYO
JUNIO
JULI
O
AGOSTO
SEPTI
EMBRE
OCTU
BRE
NOVI
EMBRE
DICIE
MBR
E
Pre
cipitac
ión M
edia
(m
m)
Máxima Mensual Máxima diaria
Figura 19. Variación anual de la precipitación máxima.
Variación Anual del número de días de lluvia (2009)
05
101520
ENERO
FEBRERO
MARZO
ABRIL
MAYO
JUNIO
JULIO
AGOSTO
SEPTIEM
BRE
OCTU
BRE
NOVIE
MBRE
DICIE
MBREN
úm
ero
de
día
s
Lluvia
Figura 20. Variación anual del número de días de lluvia.
Las gráficas de precipitación media muestran que las precipitaciones son más abundantes en los meses de otoño e invierno que en
verano y primavera. Si se observan los valores de precipitación máxima mensual se concluye que en la estación de Derio los
máximos se dieron en septiembre. Esta misma tendencia se puede observar en los valores de precipitación máxima diaria.
El mes menos lluvioso fue junio con 20 mm, mientras que el mes más lluvioso fue septiembre con 235,10 mm.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 75
Las lluvias más intensas se producen en los meses de otoño e invierno, destacando noviembre, diciembre y enero. Esta tendencia
se observa en el número de días de lluvia significativa (> 1 mm).
Temperatura
Los valores medios y extremos registrados en la estación de Derio son:
TEMPERATURA DEL AIRE (ºC)
MES Media
Máxim
a
Media
Mínim
a
Media
Mensu
al
Extremas
Máxima
Extremas
Mínima
ENERO 11,8 3,3 7,5 18 -3,2
FEBRERO 12,4 2,7 7 20,5 -2,6
MARZO 14,6 3,6 8,8 25,3 -0,2
ABRIL 15,8 6,3 10,7 26,4 3,3
MAYO 19,4 10,3 14,4 28,8 4
JUNIO 22,4 12 17 32 9,1
JULIO 25,9 15,3 20 37,6 11,5
AGOSTO 26,1 16 20,4 39,4 11,8
SEPTIEMBRE 23,2 13,6 17,7 36 9,7
OCTUBRE 21,6 11 15,8 31 1,6
NOVIEMBRE 17,6 9,2 13,4 25,7 4
DICIEMBRE 13,1 5,1 9 19,6 -1,2
AÑO 26,1 2,7 13,475 39,4 -3,2
Tabla 5. Estación de Derio. Datos de temperatura (2009).
Variación Anual de las Temperaturas Medias y Extremas (2009)
-10-505
1015202530354045
ENERO
FEBRERO
MARZO
ABRIL
MAYO
JUNIO
JULI
O
AGOSTO
SEPTIEM
BRE
OCTUBRE
NOVIE
MBRE
DICIE
MBRE
Meses
Tem
per
atu
ra (
ºC)
Media mensual Media mínima Extremas mínima Media máxima Extremas máxima
Figura 21. Valoración anual de las temperaturas medias y extremas.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 76
La temperatura media anual es de 13,47 ºC, con las temperaturas extremas, alcanzan los 26,1 ºC (de máxima) y los 2,7 ºC (de
mínima).
Heladas
Se consideran días de helada aquellos en que se registra una temperatura igual o inferior a 0º C. Los valores medios del número de
días con temperatura negativa son:
Tabla 6. Estación de Derio. Datos de heladas (2009).
Número de días de helada (2009)
01234567
ENER
O
FEBR
ERO
MARZ
O
ABRIL
MAY
O
JUNIO
JULIO
AGOSTO
SEPT
IEMBRE
OCTU
BRE
NOVIEM
BRE
DICIE
MBR
E
Núm
ero d
e día
s
NÚMERO DE DÍAS DE HELADA
Figura 22. Variación anual del número medio de días de helada.
El número medio anual de días de helada varía en las cuatro estaciones. El número de días del año en el que se producen heladas
oscila entorno a los 17 días de media. Los meses que más días de helada registran son lógicamente los meses de invierno,;
diciembre, enero y febrero.
MES NÚMERO DE DÍAS DE HELADA
ENERO 6
FEBRERO 5
MARZO 2
ABRIL 0
MAYO 0
JUNIO 0
JULIO 0
AGOSTO 0
SEPTIEMBRE 0
OCTUBRE 0
NOVIEMBRE 0
DICIEMBRE 4
AÑO 17
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 77
Vientos
A continuación se muestra la rosa de los vientos para la estación de Derio. Se trata de un diagrama que representa la intensidad
media del viento en diferentes sectores en los que divide el círculo del horizonte. Existen 32 divisiones posibles de dirección del
viento, que son las que conforman esta rosa de los vientos, reflejados todos ellos sobre una circunferencia en un plano horizontal
abarcando sus 360ºC pero que en este caso se van a ocupar de 16 de estos vientos. Señalar que por convenio, se representa la
dirección de donde estos vienen.
Figura 23. Estación de Derio. Rosa de los vientos.Informe meteorológico del año 2009.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 78
En este caso, tal y como puede observarse en la figura anterior, las direcciones de viento predominantes son de componente oeste
y este.
Por otro lado, los vientos, son predominantemente del tercer y cuarto cuadrante, condicionado por la morfología de los valles y
propio de las condiciones climatológicas de nuestra comunidad, siendo más frecuentes los vientos del tercer cuadrante durante el
otoño al descender el frente polar y quedar bajo la influencia de las borrascas asentadas sobre el Golfo de Bizkaia y los del cuarto
cuadrante, típicos del invierno.
Valoración climática
Sobre la base de las consideraciones climáticas efectuadas, la fragilidad de la variable climática en el estado preoperacional es
BAJA. El impacto negativo sobre el clima que se pueda causar debido a la pérdida de suelo natural necesario para el desarrollo del
plan o bien debido a las emisiones de los coches que circulen por el mismo, se considera NO SIGNIFICATIVO.
4.2.1.2 Calidad del aire
El objetivo del análisis de las condiciones de la zona es el de determinar si se superan los niveles de inmisión propuestos como
límites en legislación aplicable.
Legislación vigente en materia de Calidad del Aire
Actualmente, en lo que respecta a la legislación estatal los valores límite de emisión en la zona de estudio deberán compararse con
los establecidos en el Real Decreto 102/2011 de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.
El Real Decreto define y establece objetivos de calidad del aire, de acuerdo con el anexo III de la Ley 34/2007, con respecto a las
concentraciones de dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno y óxidos de nitrógeno, partículas, plomo, benceno, monóxido de
carbono, ozono, arsénico, cadmio, níquel y benzo(a)pireno en el aire ambiente.
Establecer, para amoniaco (NH3), de acuerdo con el anexo III de la Ley 34/2007, métodos y criterios de evaluación y establecer la
información a facilitar a la población y a intercambiar entre las administraciones.
Todo ello con la finalidad de evitar, prevenir y reducir los efectos nocivos de las sustancias mencionadas sobre la salud humana, el
medio ambiente en su conjunto y demás bienes de cualquier naturaleza.
El RD 102/2011 introduce los siguientes conceptos:
▪ Margen de tolerancia: El porcentaje en el que el valor límite puede sobrepasarse de acuerdo con las condiciones
establecidas.
▪ Umbral superior de evaluación: Nivel por debajo del cual se puede utilizar una combinación de mediciones fijas y técnicas
de modelización y/o mediciones indicativas para evaluar la calidad del aire ambiente.
▪ Umbral inferior de evaluación: Nivel por debajo del cual existe la posibilidad de utilizar técnicas de modelización para
llevar a cabo la evaluación del nivel de calidad del aire ambiente.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 79
A continuación se presenta un resumen de los valores de inmisión a considerar para dióxido de nitrógeno y óxidos de nitrógeno,
dióxido de azufre, partículas en suspensión, monóxido de carbono y ozono.
Se entiende por valores límite las concentraciones referidas a las condiciones y períodos fijados en la legislación para cada
contaminante que, con el fin de proteger la salud humana, no deben superarse. Los valores límite son los máximos tolerables de
presencia en la atmósfera de cada contaminante, de manera aislada o asociados con otros, en su caso.
- DIÓXIDO DE NITRÓGENO Y ÓXIDOS DE NITRÓGENO
Período de promedio
Valor límite Margen de tolerancia Fecha de
cumplimiento del valor límite
Valor límite horario para la protección de la salud humana
1 hora
200 µg/m3 de NO2, valor que no podrá superarse en más de 18 ocasiones por año civil
50 % a 19 de julio de 1999, valor que se reducirá el 1 de
enero de 2001 y, en lo sucesivo, cada 12 meses en
porcentajes anuales idénticos, hasta alcanzar un 0% el 1 de
enero de 2010.
50 % en las zonas y aglomeraciones en las que se haya concedido una prórroga
de acuerdo con el art. 23
Debe alcanzarse el 1 de enero de 2010.
Valor límite anual para la protección de la salud humana
1 año civil 40 µg/m3 de NO2
50 % a 19 de julio de 1999, valor que se reducirá el 1 de
enero de 2001 y, en lo sucesivo, cada 12 meses en
porcentajes anuales idénticos, hasta alcanzar un 0% el 1 de
enero de 2010.
50 % en las zonas y aglomeraciones en las que se haya concedido una prórroga
de acuerdo con el art. 23
1 de enero de 2010
Nivel crítico (1) 1 año civil 30 µg/m3 de NOx (expresado como
NO2) Ninguno
En vigor desde el 11 de junio de 2008.
Los valores límite y el nivel crítico se expresan en µg/m3. El volumen a la temperatura de 293 K la presión de 101,3 kPa
(1) Para la aplicación de este nivel crítico sólo se tomarán en consideración los datos obtenidos en las estaciones de medición definidas en el apartado II.b del anexo III.
Tabla 7. Valores límite de inmisión para los óxidos de nitrógeno (RD 102/2011).
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 80
El valor correspondiente al umbral de alerta del dióxido de nitrógeno se sitúa en 400 µg/m³ registrados durante tres horas
consecutivas en lugares representativos de la calidad del aire en un área de 100 km², como mínimo, o en una zona o aglomeración
entera, tomando la superficie que sea menor.
Valor límite horario para la
protección de la salud humana (NO2)
Valor límite anual para la protección de la salud
humana (NO2)
Valor límite anual para la protección de la vegetación
(NOx)
Umbral de evaluación superior
140 µg/m3. No superar en mas de 18 ocasiones por año civil
32 µg/m3 24 µg/m3
Umbral de evaluación inferior
100 µg/m3. No superar en mas de 18 ocasiones por año civil
26 µg/m3 19,5 µg/m3
Tabla 8. Umbrales de evaluación para el dióxido de azufre (RD 102/2011)
- DIÓXIDO DE AZUFRE
Período de promedio
Valor límite Fecha de cumplimiento del
valor límite
Valor límite horario para la protección de la salud humana
1 hora
350 µg/m3 de SO2, valor que no podrá
superarse en más de 24 ocasiones por año
civil
En vigor desde el 1 de enero de 2005
Valor límite diario para la protección de la salud humana
24 horas
125 µg/m3 de SO2, valor que no podrá
superarse en mas de 3 ocasiones por año
civil
En vigor desde el 1 de enero de 2005
Nivel crítico (1)
Año civil e invierno (del 1 de octubre al 31 de marzo)
20 µg/m3 de SO2 En vigor desde el 11 de
junio de 2008.
(1): Para la aplicación de este valor sólo se tomarán en consideración los datos obtenidos en las estaciones de medición definidas en el apartado II.b del anexo III.
Tabla 9. Valores límite de inmisión para el dióxido de azufre (RD 102/2011)
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 81
El valor correspondiente al umbral de alerta del dióxido de azufre se sitúa en 500 µg/m³ registrados durante 3 horas consecutivas
en lugares representativos de la calidad del aire en un área como mínimo de 100 km2 o en una zona de aglomeración entera,
tomando la superficie que sea menor.
Valor límite diario para la protección de la
salud humana (SO2) Valor límite (de invierno) para la protección
de los ecosistemas (SO2)
Umbral de evaluación superior
75 µg/m3. No superar en mas de 3 ocasiones por año civil
12 µg/m3
Umbral de evaluación inferior
50 µg/m3. No superar en mas de 3 ocasiones por año civil
8 µg/m3
Tabla 10. Umbrales de evaluación para el dióxido de azufre (RD 102/2011)
- PARTÍCULAS PM10
Período de promedio
Valor límite Margen de tolerancia Fecha de
cumplimiento del valor límite
Valor límite diario para la protección de la salud humana
24 horas
50 µg/m3 de PM10, valor que no podrá superarse en más de 7 ocasiones por año civil
50 % (1) En vigor desde el 1 de enero de 2005
Valor límite anual para la protección de la salud humana
1 año civil 40 µg/m3 de PM10 20 % (1) En vigor desde el 1 de enero de 2005
Los valores límite se expresarán en µg/m3. El volumen a la temperatura de 293 K la presión de 101,3 kPa
(1) Aplicable sólo mientras esté en vigor la exención de cumplimiento de los calores límite concedida de acuerdo con el artículo 23.
(2) En las zonas en las que se haya concedido exención de cumplimiento, de acuerdo con el artículo 23, el 11 de junio de 2011.
Tabla 11. Valores límite de inmisión para las partículas PM10 (RD 102/2011)
Media diaria PM10 Media anual PM10
Umbral de evaluación superior
35 µg/m3. No superar en mas de 3 ocasiones por año civil
28 µg/m3
Umbral de evaluación inferior
25 µg/m3. No superar en mas de 3 ocasiones por año civil
20 µg/m3
Tabla 12. Umbrales de evaluación para las partículas (RD 102/2011)
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 82
- MONÓXIDO DE CARBONO
Período de promedio Valor límite Fecha de
cumplimiento del valor límite
Valor límite para la protección de la salud humana
Máxima diaria de las medias móviles octohorarias.
10 mg/m3 En vigor desde el 1 de enero de 2005
La concentración máxima de las medias móviles octohorarias correspondientes a un día se excogerá examinando las medias móviles de ocho horas, calculadas a partir de datos horarios y que se actualizarán cada hora.
Tabla 13. Valores límete de inmisión para el monóxido de carbono (RD 102/2011)
Media anual (CO)
Umbral de evaluación superior
7 mg/m3
Umbral de evaluación inferior
5 mg/m3
Tabla 14. Umbrales de evaluación para el monóxido de carbono (RD 102/2011)
- OZONO
Valores objetivo y objetivos a largo plazo para el ozono
Objetivo Parámetro Valor objetivo Fecha de cumplimiento del
valor límite
Valor objetivo para la protección de la salud humana
Máxima horaria de las Medias octohorarias del día. (1)
120 µg/m³ que no deberá superarse más de 25 días por cada año civil de promedio en un período de 3 años (2).
En vigor desde el 1 de enero de 2010 (3)
Valor para la protección de la vegetación
AOT40, calculada a partir de valores horarios de mayo a julio.
18.000 µg/m³ h de promedio en un período de 5 años (2).
En vigor desde el 1 de enero de 2010 (3)
Objetivo a largo plazo para la protección de la salud humana (año referencia 2020)
Máximo de las Medias octohorarias del día en un año civil
120 µg/m³ No definida
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 83
Valores objetivo y objetivos a largo plazo para el ozono
Objetivo Parámetro Valor objetivo Fecha de cumplimiento del
valor límite
Objetivo a largo plazo para la protección de la vegetación. (año referencia 2020)
AOT40, calculada a partir de valores horarios de mayo a julio.
6.000 µg/m³ h No definida
(1)El máximo de las medias móviles octohorarias del día deberá seleccionarse examinando promedios móviles de ocho horas, calculados a partir de datos horarios y actualizados cada hora. Cada promedio octohorario así calculado se asignará al día en que dicho promedio termina, es decir, el primer período de cálculo para un día cualquiera será el período a partir de las 17:00 h del día anterior hasta la 1:00 h de dicho día; el último período de cálculo para un día cualquiera será el período a partir de las 16:00 h hasta las 24:00 h de dicho día.
(2) Si las medias de tres o cinco años no pueden determinarse a partir de una serie de completa y consecutiva de datos anuales, los datos anuales mínimos necesarios para verificar el cumplimiento de los valores objetivo serán los siguientes:
Para el valor objetivo relativo a la protección de la salud humana: datos válidos correspondientes a un año.
Para el valor objetivo relativo a la protección de la vegetación: datos válidos correspondientes a tres años.
(3)El cumplimiento de los valores objetivo se verificará a partir de esta fecha. Es decir, los datos del 2010 serán los primeros que se utilizarán para verificar el cumplimiento en los tres o cinco años siguientes, según el caso.
Tabla 15. Valores límite de inmisión para el O3 (RD 102/2011)
Los umbrales de información y de alerta para el Ozono son:
Umbral de información a la población Promedio horario. 180 µg/m³
Umbral de alerta a la población Promedio horario (1). 240 µg/m³
(1) A efectos de la aplicación del artículo 25, la superación del umbral se debe medir o prever durante tres horas consecutivas.
Tabla 16. Umbrales de evaluación para el O3 (RD 102/2011)
Análisis de la calidad el aire en la situación preoperacional
A continuación se presenta la información sobre la calidad del aire en la zona para el dióxido de nitrógeno, óxidos de nitrógeno,
dióxido de azufre, monóxido de carbono, ozono y partículas durante el año 2010. Se han tomado como referencia a la hora de
comparar dichos datos los valores límite fijados por el RD 1073/2002.
La estación de control de la contaminación atmosférica más cercana a la zona de estudio es la “Estación de Larrabetzu”, que forma
parte de la Red de Control de la Calidad del Aire de la CAPV. Carece de datos de medición de algunos parámetros; SO2, PM10 y
CO. Por ello, se han tomado como referencia los datos obtenidos en la siguiente estación de control (también de la Red de Control
de la Calidad del Aire de la CAPV) más cercana y con datos de los citados parámetros. La estación escogida ha sido la·”Estación
de Lemona” Para caracterizar la calidad del aire en la zona de estudio se han recopilado datos de inmisión del año 2010 de ambas
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 84
estaciones. Estos datos han sido recopilados a partir de los informes “históricos” que proporciona la Dirección de Calidad Ambiental
del Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco.
A continuación, se muestra una tabla con los datos obtenidos de NO, NO2 y O3 (en la Red de vigilancia de Larrabetzu, (Berrezoaga
Auzoa 3, Larrabetzu) y SO2, PM10 y CO (en la Red de vigilancia de Lemona, (c/Juan de Ajuriaguerra s/n, Lemoa) en el año 2010.
Mes NO (g/m3) NO2 (g/m3) SO2 (g/m3) PM10 (g/m3) CO (g/m3) O3 (g/m3) Enero 8,25 19,75 6,63 6,03 305,30 36,51
Febrero 7,16 18,98 7,31 6,65 317,95 46,30Marzo 4,75 15,80 6,01 5,47 280,31 56,68Abril 4,76 14,37 6,30 5,73 302,84 59,82Mayo 4,66 12,67 5,04 4,58 238,06 55,00Junio 4,86 12,86 3,71 3,38 231,37 52,35Julio 5,32 10,76 3,81 3,47 258,07 35,84
Agosto 5,53 10,28 4,82 229,91 38,69Septiembre 7,80 15,69 6,38 242,27 41,52
Octubre 10,17 16,22 6,13 5,58 278,10 37,82Noviembre 10,10 20,57 6,31 5,74 275,35 31,17Diciembre 9,65 19,36 5,33 4,85 311,26 31,87
Media 6,92 15,61 5,65 5,15 272,56 43,63
Tabla 17. Promedios mensuales de inmisión (calidad del aire) en las estaciones de Larrabeztu y Lemona, en 2010.
Evolución mensual de la concentración de NO
0
2
4
6
8
10
12
Enero
Febre
ro
Mar
zoAbr
il
May
oJu
nio Julio
Agosto
Septie
mbre
Octu
bre
Noviem
bre
Diciem
bre
Meses
Co
nce
ntr
ació
n (
mic
rog
./m3)
NO
Figura 24. Promedios mensuales del NO en la estación de Larrabetzu en 2010.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 85
Evolución mensual de la concentración de NO2
0
5
10
15
20
25
Enero
Febre
ro
Mar
zoAbr
il
May
oJu
nio Julio
Agosto
Septie
mbre
Octu
bre
Noviem
bre
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bre
Meses
Co
nce
ntr
ació
n (
mic
rog
./m3)
NO2
Figura 25. Promedios mensuales del NO2 en la estación de Larrabetzu en 2010.
Evolución mensual de la concentración de SO2
012345678
Enero
Febre
ro
Mar
zoAbr
il
May
oJu
nio Julio
Agosto
Septie
mbre
Octu
bre
Noviem
bre
Diciem
bre
Meses
Co
nce
ntr
ació
n (
mic
rog
./m3)
SO2
Figura 26. Promedios mensuales del SO2 en la estación de Lemona en 2010.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 86
Evolución mensual de la concentración de PM10
0
5
10
15
20
25
Enero
Febre
ro
Mar
zoAbr
il
May
oJu
nio Julio
Octu
bre
Noviem
bre
Diciem
bre
Meses
Co
nce
ntr
ació
n (
mic
rog
./m3)
PM10
Figura 27. Promedios mensuales del PM10 en la estación de Lemona en 2010.
Evolución mensual de la concentración de CO
0
50
100
150
200
250
300
350
Ener
o
Febr
ero
Mar
zoAb
ril
May
oJu
nio Julio
Agos
to
Septie
mbr
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Octu
bre
Noviem
bre
Diciem
bre
Meses
Conce
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ació
n (m
icorg
./m3)
CO
Figura 28. Promedios mensuales del CO en la estación de Lemona en 2010.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 87
Evolución mensual de la concentración de O3
0
10
20
30
40
50
60
70
Enero
Febr
ero
Mar
zoAb
ril
May
oJu
nio Julio
Agosto
Septie
mbre
Octu
bre
Noviem
bre
Diciem
bre
Meses
Co
nce
ntr
ació
n (
mic
rog
./m3)
O3
Figura 29. Promedios mensuales del O3 en la estación de Lemona en 2010.
Del análisis de los datos, se concluye que todos los contaminantes se encuentran por debajo de los valores límite horario y diario
establecidos para la protección de la salud humana. No obstante cabe destacar, que se superan los valores límite para la protección
de la salud humana (el máximo de las medias octohorarias diarias establecido) algunos días en el caso del O3.
En lo que a los límites para la protección de la vegetación se refiere, todos los contaminantes se encuentran también por debajo de
los límites establecidos, a excepción del NO y NO2 que superan los valores límite anuales para la protección de la vegetación.
Valoración de la calidad del aire
La valoración de la calidad del aire, se realiza en base a los datos de inmisión analizados), en general no se han sobrepasado los
niveles establecidos por la legislación vigente para la salud y la vegetación.
En consecuencia, se concluye que la calidad del aire (en lo que al dióxido de nitrógeno, al dióxido de azufre, a las partículas en
suspensión, al monóxido de carbono y al ozono se refiere) en el área objeto de estudio, se puede calificar de MEDIA.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 88
4.2.1.3 Geología
Marco geológico
A escala regional, el área de estudio está incluido dentro del cuadrante de Lezama (62-I) correspondiente al Mapa Geológico del
País Vasco a escala 1/25.000 publicado por el Ente Vasco de la Energía.
Figura 30. Mapa de situación del cuadrante de Lezama (62-I) a escala 1/100000.
La zona objeto de estudio se encuadra en la Cuenca Vasco-Cantábrica, que a su vez forma parte del margen continental de la
Placa Ibérica, al oeste del Arco Vasco, dentro de la zona externa del mismo. Desde un punto de vista tectosedimentario, se
diferencian en la cuenca una serie de unidades separadas entre sí por accidentes estructurales de importancia regional, y que
tuvieron un funcionamiento más o menos individualizado y diferente durante la sedimentación que esta zona recibió principalmente
mesozoica: estos materiales se plegaron en el ciclo alpino y hoy día forman la parte oriental de la Cordillera Cantábrica,
continuación estructural hacia el oeste de la Cordillera Pirenaica.
La zona de estudio se sitúa sobre la Unidad de Oiz. Dentro de esta amplia unidad, la falla de Durango que discurre por el tercio
suroccidental del cuadrante, individualiza al norte, el Sector de Guernica, y al sur del Sector de Durango. Como se puede observar
en la figura 14, el Sector de Guernica ocupa la mayor parte en nuestra zona de estudio.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 89
Figura 31. Descripción de la Unidad Oiz a a escala 1/100000.
Los materiales que componen esta unidad son de edad comprendida entre el Albiense inferior y el Eoceno inferior, y corresponden
al Complejo Urgoniano, formación Deva, Cretácico Superior y Terciario.
Nuestra zona de estudio comprende fundamentalmente materiales de edades comprendidas entre el Cretácico Superior y el
Terciario, no obstante, aparecen algunos elementos aunque en mucha menos medida, pertenecientes al Cretácico Inferior y al
Cuaternario. Los elementos más destacables son:
Margas y margocalizas. Intercalaciones de areniscas calcarenitas) (Cretácico Superior)
Este término es un conjunto muy heterogéneo que aflora en ambos flancos del sinclinorio de Bizkaia. Consta de un tramo basal
formado mayoritariamente por margas y margocalizas que incluyen localmente niveles de caliza micrítica. Por encima del tramo
basal margocalizo, comienza a intercalar finos niveles de calcarenitas arenosas y/o areniscas calcáreas. En el flanco sur del
sinclinorio el término está pobremente representado por puntuales y aislados afloramientos al noroeste de Lezama.
Alternancia de areniscas calcáreas, lutitas y margas (17) (Cretácico Superior)
Sobre el paquete descrito anteriormente, aparece un nuevo tramo constituido por alternancia de areniscas calcáreas, lutitas y
margas. Los estratos de arenisca calcárea son más abundantes que los tramos margosos y margocalizos.
En el flanco sur los materiales equivalentes afloran en una estrecha franja que se extiende al norte de Lezama y Larrabetzu
cruzando oblicuamente el cuadrante.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 90
Margas y margocalizas (Cretácico Superior)
A continuación del tramo anterior, se desarrolla un tramo margoso y margocalizo de edad Maastrichtiense. El término es el más
bajo de los dos que forman el citado tramo. Está formado mayoritariamente por una alternancia en blancos decimétricos de margas
y margocalizas, de tonalidades blanquecinas, que incluyen localmente niveles algo más calcáreos de caliza micrítica.
Alternancia de areniscas calcáreas, calcarenitas, margas, lutitas y calizas) (Terciario).
Este término se trata de un conjunto muy heterogéneo formado por un alternancia en niveles decimétricos-centimétricos de
areniscas y calcarenitas, con margas más o menos arenosas, o lutitas, que incluye localmente en algunos tramos niveles centi-
decimétricos de caliza micrítica, además de numerosos “slumps” y niveles brechoides.
Calizas y margocalizas alternantes (Terciario).
Los materiales descritos en este término, forman una serie monótona, representada en ambos flancos del sinclinal por calizas
micríticas y margocalizas de tonalidades blanquecinas alternantes en bancos decimétricos, con aspecto flyschoide.
Areniscas y lutitas (26) (Cretácico inferior)
Es el elemento más frecuente de la formación Durango. Presenta un porcentaje similar de lutitas y areniscas, dispuestas en bancos
alternantes.
Margas, lutitas, niveles aislados de margocalizas y “slumps”) (Cretácico Superior)
Tramo de unos 200 metros de potencia, situado a techo de la formación Durango, al sur de Lezama. Podría considerarse como un
término que marca el tránsito hacia las litologías carbonatadas del Cretácico superior.
Depósitos aluviales (Cuaternario)
Se reducen a las terrazas de de inundación y lechos de ríos y arroyos.
La geología de Lezama queda recogida en el Plano de Marco geológico.
4.2.1.4 Geomorfología
La geomorfología es un elemento complejo que agrupa a diversos aspectos del medio: formas topográficas, pendiente, exposición,
altitud, etc. La necesidad de su estudio se deriva de su estrecha relación con el resto de los factores del medio (hidrología, paisaje,
vegetación, etc.) y su influencia determinante en la implantación de actividades humanas.
Las características geomorfológicas del relieve de un determinado área son un reflejo directo de la acción de distintos procesos
geomórficos sobre la misma.
El conjunto de procesos responsables de transformar constantemente la superficie, puede subdividirse en cuatro grupos: exógenos,
endógenos, el papel de los organismos vivos, incluido el hombre, y los procesos extraterrestres.
Tal y como puede observarse en el Plano de geomorfología de la zona de estudio, se distinguen dos importantes zonas aluviales.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 91
Puntos de Interés geológico
En el ámbito cercano al estudio se encuentra un punto de interés geológico denominado: Margas horizontales con en la cantera de
Goitioltza. Este hecho puede ser consultado en el Plano de Marco geológico.
Código 474 Tipo Punto
Punto o recorrido Interés Bajo
UTM X 514063 UTM Y 4793917
Descripción
Grado de interés
Accesibilidad
Fragilidad
Punto de interés geológico:
Local
Regular
Margas horizontales con una inflexión en la cantera de Goitioltza
Tabla 18. Punto de interés geológico.
Valoración de la geología
En base a los datos geológicos analizados se concluye que la calidad global del entorno en cuanto a sus características geológicas
se refiere es MEDIA.
4.2.1.5 Suelo
El suelo es un recurso vital y en gran parte no renovable que está sometido a una presión cada vez mayor.
Se define generalmente el suelo como la capa superior de la corteza terrestre. El suelo está compuesto de partículas minerales,
materia orgánica, agua, aire y organismos vivos, y es la interfaz entre la tierra (geosfera), el aire (atmósfera) y el agua (hidrosfera).
El suelo desempeña una serie de funciones clave tanto medioambientales como sociales y económicas, que resultan
fundamentales para la vida. La agricultura y la silvicultura dependen del suelo para el suministro de agua y nutrientes así como para
su soporte físico.
La capacidad de almacenaje, filtración, amortiguación y transformación convierte al suelo en uno de los principales factores para la
protección del agua y el intercambio de gases con la atmósfera. Además, constituye un hábitat y una reserva genética, un elemento
del paisaje y del patrimonio cultural así como una fuente de materias primas.
Los suelos pueden clasificarse en base a su capacidad agrológica utilizando el método de clasificación elaborado por el Soil
Services de USA, según el sistema propuesto por Klingebiel y Montgomery (1961).
Se trata de un sistema cualitativo que evalúa la capacidad de uso de los suelos para uso agrícola general.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 92
Dentro de los factores utilizados para restringir los usos del suelo se utilizan:
1.- Factores para definir la capacidad productiva:
1.1.-Intrínsecos: profundidad del suelo, textura, permeabilidad, pedregosidad, rocosidad, salinidad y manejo del suelo
1.2.- Extrínsecos: Temperatura y pluviometría
2.- Factores para valorar la pérdida de productividad.
2.1.- Pendiente del terreno
2.2.- Grado de erosión
Las clases agrológicas dentro de las cuales se distribuyen los diferentes tipos de suelo son las siguientes:
Clase I: Suelos que sólo poseen pequeñas limitaciones permanentes o riesgos de erosión.
Pueden cultivarse con toda seguridad con métodos ordinarios. Son suelos profundos, productivos, de fácil laboreo y
casi planos.
Clase II: Clase formada por suelos que están sujetos a limitaciones moderadas por el uso. Son suelos buenos que
pueden cultivarse mediante labores adecuadas de fácil aplicación.
Se diferencian de la clase anterior en que éstos presentan pendiente suave que puede inferir una moderada erosión.
Tienen una profundidad moderada por lo que pueden inundarse ocasionalmente y necesitan drenaje.
Clase III: Suelos sujetos a importantes limitaciones en el cultivo. Son suelos medianamente buenos que pueden
cultivarse regularmente siempre que se les aplique rotación de cultivos adecuada.
Requieren sistemas de cultivo que proporcionen una adecuada protección vegetal para defender al suelo de su riesgo
de erosión y preservar su estructura.
Clase IV: Suelos malos con limitaciones permanentes y severas que generalmente les obligan a limitarse a cultivos
herbáceos.
Con frecuencia se encuentran en pendientes muy fuertes sometidos a una intensa erosión.
Clase V: Suelos que pueden dedicarse a pastos o bosques. No permiten el cultivo por su carácter encharcado y
pedregoso.
Clase VI: Suelos con dedicación al pastoreo o la silvicultura al ser inadecuados para el cultivo. Su pendiente es fuerte o
su profundidad muy escasa.
Clase VII: Suelos que están sujetos a limitaciones permanentes cuando se emplean para pastoreo o silvicultura. Son
suelos someros, áridos, erosionados, accidentados o inundados.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 93
Clase VIII: No aptos para silvicultura ni para pastos y deben emplearse por lo tanto como albergue de la fauna silvestre,
esparcimiento o usos hidrológicos.
Los suelos que predominan dentro de la zona del ámbito de estudio, son los prados y las repoblaciones y cultivos en menor medida.
Cabe mencionar también la presencia de algunas manchas de sistema antropogénico, principalmente en la zona del Casco Urbano.
Este hecho puede consultarse en el plano de Recomendaciones y Restricciones de Uso de Suelo.
De la consulta del PTS Agroforestal se constata que el Plan se sitúa sobre suelos catalogados como:
▪ Forestal
▪ Agroganadera: Paisaje rural de transición
▪ Residencial, industrial, equipamiento e infraestructuras
▪ Agroganadero: alto valor estratégico
Valoración del suelo
Los suelos pertenecientes al ámbito de estudio presentan una capacidad moderada, debido fundamentalmente a sus características
físicas y químicas. Y cuentan a su vez con características que las dotan de valor; por ello, se considera una calidad MEDIA-ALTA
del suelo.
4.2.1.6 Hidrología
4.2.1.6.1 Hidrología superficial
El ámbito de estudio se encuentra dentro de la unidad hidrológica del Ibaizabal, en la cuenca del mismo nombre que desagua en el
estuario del Nervión. El río principal de esta unidad es el Ibaizabal, del cual es tributario el Nervión al que desemboca el Asúa,
cauce principal del ámbito de estudio.
La unidad hidrológica del Ibaizabal cuenta con una superficie de 1.849,38 km2, de los cuales 1.833,92 km2 corresponden a las
subcuencas del río principal y 15,46 km2 a cuencas anexas.
La zona objeto de estudio se localiza concretamente en la subcuenca del río Asúa.
Cuenca Hidrográfica del Río Asúa
La cuenca del Río Asúa tiene una superficie de 74,29 km2 y una longitud de 68 km. y desemboca en la ría de Bilbao por Lutxana
(Erandio), en la margen derecha.
Los terrenos por los que discurren los cauces de esta cuenca están constituidos principalmente por margas y calizas, atravesando
el río principal terrenos aluviales desde el tramo medio hasta la desembocadura.
La masa Asúa, se encuentra altamente modificada por canalizaciones y coberturas, se sitúa en la demarcación de Cuencas
Internas, tiene una longitud de 22,03 km, un área asociada a 67,92 km2 y un área de cuenca de alimentación de 68,42 km2. Se
localiza en el ecotipo 22-Cantabro atlánticos calcáreos.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 94
El río Asua discurre de forma casi paralela al río Nervión desde su nacimiento, en las inmediaciones de Lezama, hasta su
desembocadura en la Ría de Bilbao en Lutxana. Sus aguas bañan las localidades de Lezama, Zamudio, Derio y Sondika.
El río Asua forma un valle amplio y plano, con unas características particulares que lo diferencian de los valles típicos de la vertiente
cantábrica.
El río recibe numerosos vertidos industriales y urbanos a lo largo de su recorrido, lo cual explica la degradación de la calidad de las
aguas en gran parte de su cuenca.
El río Asúa cuenta con 2 estaciones de control en la Red de Vigilancia de las masas de agua superficial de la CAPV. Se trata de
estaciones históricas de las que se dispone información desde hace más de 10 años. En concreto, se trata de las estaciones
denominadas ASU045 y ASU160. La estación ASU045 es la que se encuentra más próxima a la zona de estudio. Tal y como se
muestra en la siguiente figura, la calidad de las aguas registrada en la estación AS-045 a su paso por Lezama se califica de “mala”.
Figura 32. Calidad ecológica del río Asúa en la estación ASU045 (UR AGENTZIA-URA)
La cuenca hidrográfica del Asua ha sufrido una grave alteración de su equilibrio natural. Los vertidos de más entidad se localizan en
Loiu (urbanos), y Lezama (tratamiento superficial de metales e industria química).
Estación Asu-045
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 95
En la campaña de 2010, realizada por URA, se obtuvieron los siguientes resultados:
Parámetros Estación ASU045
Macroinvertebrados (MBi) Moderado
Fitobentos (IPS) Muy bueno
Fauna Piscícola (ECP) Bueno
Macrófitos (ECV) Moderado
Indicadores biológicos
ESTADO BIOLOGICO Moderado
Indicadores físico-químicos IFQ Bueno
Indice QBR Malo Indicadores Hidromorfologicos
Alteraciones hidromorfológicos Deficiente
POTENCIAL ECOLÓGICO MOPDERADO
Figura 33. Resumen del diagnóstico del estado ecológico (Campaña del año 2010, (UR AGENTZIA-URA)
Valoración hidrología superficial
Tras la consultar el informe correspondiente a la Red de Seguimiento del estado Biológico de los ríos de los ríos de la CAPV (URA,
20010), se concluye que la estación ASU045, presenta un estado calificado de “moderado”, por lo que podemos concluir que el río
Asúa a su paso por el municipio de Lezama, presenta una calidad MEDIA-BAJA.
4.2.1.6.2 Hidrología subterránea
Un acuífero es simultáneamente almacén de agua y vehículo de transporte de la misma, en la forma de flujo subterráneo hacia un
río o punto de drenaje natural.
Las reservas del acuífero están constituidas por el volumen de agua que almacena y son función de los límites del acuífero, de su
porosidad y de la posición del nivel piezométrico.
La capacidad de la zona para filtrar, retener y depurar los agentes contaminantes determina un cierto grado de protección frente a la
contaminación externa, tanto natural como artificial. A ello se añade, en general, la baja velocidad de propagación de las aguas en
el acuífero que hace que el avance del frente contaminante sea lento. Naturalmente, ello depende de la permeabilidad del acuífero.
La mayor o menor facilidad con que un acuífero puede ser contaminado determina su grado de vulnerabilidad que depende también
del tipo de contaminantes, así como de los factores intrínsecos de las zonas saturada y no saturada.
Permeabilidad
Permeabilidad es la facilidad que tiene un medio poroso para transmitir agua bajo la influencia de una diferencia de presión. La
permeabilidad varía con los diferentes tipos de rocas y se encuentra relacionada de manera estrecha con la porosidad.
Como podemos observar en el Plano de Permeabilidad, el área de estudio presenta en su gran mayoría una permeabilidad BAJA
por fisuración y por porosidad.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 96
Vulnerabilidad de acuíferos
Tal como puede observarse en el Plano de Vulnerabilidad de acuíferos, la zona presenta, en términos generales, vulnerabilidad
baja o no presenta vulnerabilidad aparente. Tal y como se puede observar en el plano de Vulnerabilidad de acuíferos, la zona de
estudio presenta, principalmente zonas de vulnerabilidad baja o muy baja.
Inventario de Puntos de Agua
Según la Base de Datos de la Agencia Vasca del Agua (URA) consultada, en el municipio se constata la presencia de varios puntos
de agua. Los datos de los mismos, son los siguientes:
Captaciones superficiales
CODIGO DENOMINACIÓN OBSERVACIONES Localización UTM X UTM Y
15079201 RIO ASTOBIZA - CUENCA
RIO ALTUBE Acuicultura. Eretxalde (Lezama) 512454,3487 4790397,049
6226001 Errota Abastecimiento de Larrabetzu (urbano) Garaioltza (Lezama) 515344,3431 4790502,053
15078201 ASTEBIOCHALDE _ Aretxalde (Lezama) 512584,3519 4790627,046
6217010 Erreketa Dos captaciones superficiales en sendos
arroyos, muy próximas. Abastecimiento de Lezama (urbano)
Garaioltza (Lezama) 514694,3549 4791092,041
6217214 Iberre
Captación en arroyo formada por una caseta de ladrillo y cemento con puerta cerrada, tiene un sobrante de uralita y junto a la
puerta hay una tubería al aire; unos metros más arriba hay un gran depósito que también capta las aguas del regato.
Iruri 514709,3549 4791092,041
15079101 ASUA Riego tres campos de fútbol Garaioltza (Lezama) 513154,3632 4791412,035
15078901 MATXA Eretxalde (Lezama) 512319,3656 4791477,034
15318001 Rio Asua Actividad industrial Bº San Martin 512804,3649 4791482,034
15082002 BASOBALTZA-2 / BASO BALTZA-2
Abastecimiento de Lezama Captación en regato con depósito de hormigón que tiene dos cubetas de decantación con dos tapas de hierro redondas y otra cuadrada cerrada
con llave. Hay un cartel 'Lezamako Udal-Uraren Iturburua'.
Basobal - Goitioltza (Lezama)
515664,6503 4791923,524
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 97
15311501 Aroyo Basobalza Riego. Caserio Elorriaga o Goitizuria Bº Goitioltza 513994,3744 4792092,022
15080001 BASO BALTZA _ 514314,3752 4792152,021
15079901 SUSTINES Riego Cº LABEKOETXE - Goitioltza (Lezama)
513769,3766 4792197,021
15082001 BASOBALTZA-1 / BASABAL
Captación en el arroyo con depósito de hormigón que tiene dos cubetas de
decantación. Hay un cartel 'Lezamako Udal-Uraren Iturburua'.
Basobal 515754,3751 4792217,017
15081001 Basobal; Basobale
Captación de varíos arroyos que proceden de diversos manantiales. De ellos el más
importante es de Basobal, que da nombre a las captaciones. Abastecimiento de Lezama
(urbano).
515315,4388 4792254,516
15077601 BASALGOITI, URRESTI Y OTROS
Cº EROTABARRI - Goitioltza (Lezama)
513339,3821 4792467,017
15079301 BASALGOITI Y OTROS Riego Cº EROTABARRI - - Goitioltza (Lezama)
513349,382 4792467,017
15078001 ITURRIZARRA Cº OLAZARRA - Garaioltza (Lezama)
512674,3831 4792502,018
15079501 ARROYO ZUSTI - CUENCA
RIO NERVION Bº GOITIOLZA / CASA
GAIZKALDE - Goitioltza (Lezama)
513979,3825 4792512,014
6218200 Basobal-3
Abastece a Lezama Captación en arroyo con depósito de hormigón que tiene dos
cubetas de decantación con dos tapas de hierro redondas y otra cuadrada cerrada con llave. Hay un cartel 'Lezamako Udal-Uraren
Iturburua'.
Basobal 515414,3818 4792527,01
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 98
15079601 ARROYO ZUSTI - CUENCA RIO ASUA
Riego CASA GAIZKALDE - Goitioltza (Lezama)
513979,3828 4792532,014
15080801 BOMBEO DE PAGOA Goitioltza (Lezama) 514714,3869 4792762,007
15081301 SAGASTI Riego Cº ZUGASTI - Goitioltza
(Lezama) 513979,3892 4792862,007
6217013 Altzeko iturria Abastecimiento de Lezama (urbano) Goitioltza (Lezama) 515008,3944 4793135,998
15079801 RIO URRUSTI - CUENCA RIO ASUA
Riego Bº GOITIOLZA - Goitioltza (Lezama)
514114,3959 4793212
15080701 PRESA PAGOA Goitioltza (Lezama) 514979,3975 4793291,994
Manantial
CODIGO DENOMINACIÓN OBSERVACIONES Localización UTM X UTM Y
15082401 Juantxone Abastecimiento urbano de Lezama. Manantial captado
en caseta cerrada de hormigón, blanca con puerta verde.
Aretxalde (Lezama) 512205,6572 4790092,053
6225202 Ugarte - Lezama 515059,3377 4790157,059
6225001 Mortruerta Abastecimiento urbano de Lezama. Aretxalde (Lezama) 512529,3465 4790267,051
6226208 Andres - Garaioltza (Lezama) 515409,3483 4790802,047
20000453 Manantial Ganadero Garaioltza (Lezama) 514794,3512 4790892,045
6217207 Matsa
Manantial habilitado como fuente con caño de hierro en depósito de cemento que lo capta. Situado en zona de huertas e invernaderos. Tiene una placa en la que se lee: 'UR ZIKINZUT - EZ EDAN - NO POTABLE'.
Lezama 512284,3621 4791242,037
20000405 Manantial Agropecuario Aretxalde (Lezama) 513694,3594 4791242,038
6217213 Montalbe Manantial captado en depósito metálico con tapa; por el vértice superior derecho escapa el agua que debita
sobre una bañera utilizada como abrevadero.
Eretxalde (Lezama)
514864,3586 4791322,037
15078301 ETXEONDO-KOBASOA Lezama 515049,3591 4791372,036
15081901 Iruri
Abastecimiento urbano Manantial captado en depósito de piedra y cemento; a dos metros hay una arqueta de ladrillo con tapa de cemento de la que sale un tubo de
abastecimiento.
Eretxalde (Lezama)
515056,8593 4791382,036
6217210 Larrabetxu
Manantial habilitado como fuente con caño de hierro en depósito de piedra y cemento que lo capta; tiene un
pequeño recinto con escaleras de piedra para su acceso; situado junto a un regato.
Garaioltza (Lezama)
513994,3635 4791517,033
6217216 Larrabetxu
Manantial captado en depósito de cemento; de él parte un tubo para abastecimiento del caserío Larrabe Goikoa, y a su vez le llega otro, procedente de un sondeo situado junto al caserío Larrabetxu, para
completar el suministro de agua necesario
Garaioltza (Lezama)
514144,3636 4791542,033
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 99
15081401 Arteko Altxe Abastecimiento de caserío (doméstico) Garaioltza (Lezama) 513634,3646 4791552,033
6217218 Landetxe
Manantial habilitado como fuente con caño de acero embutido en pared de recinto de piedra, de 2x1 m, con
bancada lateral y dos peldaños de acceso. Bajo un avellano e higuera, junto a una plantación de kiwis.
Garaioltza (Lezama)
513779,3666 4791667,031
15079001 YEURI O JAUREGUI
Manantial habilitado como fuente con tubo de hierro, de unos 12 cm de diámetro, como caño embutido en la
pared de piedra de un recinto en el que hay una pila cuadrada de cemento con tres lastras laterales, y
exteriores, para lavar. Encima del caño hayì
Garaioltza (Lezama)
513639,3693 4791802,028
6217219 Zugastiene, lavadero de
Manantial habilitado como lavadero con pila cuadrada y dos lastras laterales de piedra. Lezama 514144,374 4792082,022
15324101 Garaioltza Riego Lezama 514055,3754 4792146,021
6217220 Bekoerrota Manantial captado en depósito de hormigón enterrado; se utiliza para abastecimiento del caserío.
Goitioltza (Lezama) 514619,3772 4792267,018
20000417 Nº 1 Abastecimiento urbano Lezama 513874,3841 4792592,013
15077401 Goileko Iturria;
Goiti
Abastecimiento urbano. Manantial conducido hasta una caseta de captación con azud en el regato; se
afora el sobrante de dicha caseta, si bien este sobrante en condiciones normales de abastecimiento
no debe dar el caudal señalado (el día de la fecha había problemas en la red
Goitioltza (Lezama) 514735,4809 4792772,007
6217221 Zubesti Manantial habilitado como fuente con caño metálico en depósito de cemento y ladrillo; está situado junto a una
caseta de ladrillo que alberga un sondeo.
Goitioltza (Lezama) 514024,3883 4792817,008
6217200 Armotze
Manantial disperso que cuenta con varias arquetas de captación para varios caseríos; bajo las arquetas hay
un depósito semicubierto con dos tapas de cemento.(Abastece a caseríos, para regadío)
Goitioltza (Lezama)
513349,3903 4792912,009
20000423 Manantial Abastecimiento urbano Lezama 514094,3916 4792992,004
6217222 Olabarrieta
Manantial captado en depósito de cemento y ladrillo en forma de arco; en su base hay una arqueta con tubo de abastecimiento y llave de paso que conduce el
agua a un depósito de hormigón anexo.
Goitioltza (Lezama) 514294,3926 4793042,003
15077301 Artekoa
Abastecimiento urbano. Manantial captado en caseta cerrada blanca con puerta verde; el agua es dirigida a
otra caseta de cloración unos metros más abajo. Al otro lado de la pista hay una nueva caseta que capta
las aguas de un regato para ser conducidas a la citada caseta de
Goitioltza (Lezama) 514954,3947 4793151,998
15083101 Arteko Abastecimiento urbano Goitioltza (Lezama) 515085,6137 4793161,997
6209200 Goitioltza
Manantial captado en arqueta de ladrillo y cemento de la que parte una tubería de uralita para
abastecimiento; la arqueta está tapada con una losa de cemento que está partida. Situada en un pinar.
Goitioltza (Lezama)
514394,4092 4793891,985
15082601 Baso-Baltza Manantial no captado ni habilitado que surge en zona
de arbolado y vegetación espesa; es cabecera de regato. No se utiliza.
Goitioltza (Lezama)
514444,4095 4793901,984
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 100
15083501 Urrusti-2
Manantial que surge entre areniscas y es captado con un tubo de polipropileno negro en un pequeño pocillo
tapado con dos ladrillos. Entorno de robles y salces en un pinar. No se utiliza.
Goitioltza (Lezama) 514205,4772 4794183,48
Pozo excavado
CODIGO DENOMINACIÓN OBSERVACIONES Localización UTM X UTM Y
6225201 Ugarte-2 Pozo decorativo con
brocal y cubo. Garaioltza (Lezama) 514669,3408 4790272,056
6225200 Ugarte-1 Pozo decorativo. Garaioltza (Lezama) 514634,3421 4790342,054
15079701 ARECHALDE Eretxalde (Lezama) 512534,3527 4790667,046
20000431 Pozo Garaioltza (Lezama) 514394,3538 4790992,043
15318301 Pozo
Distancia de 300 m desde el pozo al rio
Asua y de unos 250 m al arroyo Kantara-Zarra
Aretxalde (Lezama) 512629,3614 4791238,038
20000377 Pozo Aretxalde (Lezama) 513044,3615 4791292,037
6217212 Patín de Iruri nº36 Patín de cemento y ladrillo.
Iruri (Lezama) 515079,359 4791367,036
20000379 Pozo Cº Beko-Errota
(Lezama) 513144,3629 4791392,035
20000399 Pozo Garaioltza (Lezama) 513594,3629 4791442,035
20000381 Pozo Cº Elorria (Lezama) 513244,3643 4791492,034
6217224 Patín de Aurrekoetxe Pozo-patín cubierto de tierra y piedras; ya no
se usa.
Garaioltza (Lezama)
513609,3639 4791507,034
20000406 Pozo Cº Basalbeiti 513694,3644 4791542,033
20000420 Pozo Cº Basalbeiti 513994,3639 4791542,033
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 101
6217211 Patín de Iruri nº41
Entre las huertas de esta finca hay un
abastecimiento de agua sobre unas pilas
formadas por electrodomésticos
viejos, sin embargo el olor parece indicar que
se trata de aguas fecales.
Iruri (Lezama) 515044,3621 4791542,033
6217217 Patín de Bekoetxe
Patín en desuso situado en un
cañaveral; junto a él hay un abrevadero de cemento y ladrillo que
recibe agua de red.
Garaioltza (Lezama) 512869,3666 4791592,032
6217205 Patín de Bizentiene
Pozo-patín con sistema antiguo de bombeo de
palanca con caño sobre una pila rectangular
para abrevadero y una lastra exterior para
lavar. Actualmente no se usa.
Garaioltza (Lezama) 512719,3691 4791717,03
20000436 Pozo Cº Larrabe-Goiko
-Garaioltza (Lezama)
514494,367 4791742,029
6217208 Patines de Oxangoiti
Se trata de dos patines situados a ambos lados del caserío; el izquierdo
tiene adosada una pequeña pantalla con grifo y pila rectangular estilo fregadero, por encima del nivel del suelo; el patín de la
derecha es redondo, de cemento, y tiene una
pila
Garaioltza (Lezama)
512874,3699 4791777,029
20000416 USUTI Garaioltza (Lezama) 513844,3708 4791892,026
6217215 Patín de Yeuri-1
Pozo-patín con tapa sellada con cemento.
No se usa. Garaioltza (Lezama)
513669,3715 4791922,026
6217223 Patín de Yeuri-2 Pozo-patín redondo de
piedra arenisca. Garaioltza (Lezama) 513639,372 4791942,026
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 102
6217202 Patín de Mormoñe-1
Pozo-patín redondo que conserva los
postes de sujección del tambor de madera; tiene anexa una pila rectangular con grifo.
Garaioltza (Lezama) 512949,3745 4792032,025
20000371 TALLERES URIARTE,
SA Garaioltza (Lezama) 512794,3748 4792042,025
6217204 Patín de Larrena
Antiguo patín hoy día cerrado a ras de suelo
y que se utiliza mediante un sistema de bombeo para regadío.
Garaioltza (Lezama) 513204,3749 4792072,024
6217203 Patín de Mormoñe-2 Pozo-patín redondo de cemento situado en la
huerta.
512969,3755 4792092,024
20000414 Nº 2
Landetxe (Lezama) 513794,386 4792692,011
15078501 Pozo
Cº ZUGASTI (Lezama) 514379,3935 4793092,001
20000421 Pozo
Monte Eguia (Lezama)
513994,3965 4793242
Sondeo de explotación
CODIGO DENOMINACIÓN OBSERVACIONES Localización UTM X UTM Y
15083701 Larrabe-3 Antiguas coordenadas =
[514045.000,4791390.000,0070.000];; antiguo tipo = [0001 Pozo / pozo excavado]
LARRABE (Lezama) 513954,3578 4791172,039
6217002 Urgoiti Garaioltza (Lezama)
513144,3645 4791492,034
6217006 Estarta-1 Garaioltza (Lezama)
513604,3654 4791592,032
15083401 Larrabe-1 Para riego de invernaderos GARAIOLZA (Lezama)
513969,273 4791692,53
15081601 Barrabainera Riego en invernaderos Bº GARAIOLZA (Lezama)
513494,3735 4792017,024
15081801 Olaburu Pozo-patín con pila anexa. GARAIOLZA
(Lezama) 512860,5687 4792402,019
15082901 Bazalbeiti-1 Para riego de invernaderos GARAIOLZA (Lezama)
513569,3864 4792707,512
15082501 Bazalbeiti-2 Para riego de invernaderos GARAIOLZA (Lezama)
513539,6688 4792768,011
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 103
Sondeo de reconocimiento
CODIGO DENOMINACIÓN OBSERVACIONES Localización UTM X UTM Y
6209010 Berriaga-6
Objetivo del sondeo: conocimiento del potencial hídrico de los materiales areniscosos del entorno de los montes Urrusti-Berriaga. Poco productivo. No se llega a zona saturada
Goitioltza (Lezama) 513954,4031 4793591,993
6209013 Berriaga-5
Objetivo del sondeo: conocimiento del potencial hídrico de los materiales areniscosos del entorno de los montes Urrusti-Berriaga. Poco productivo. No se llega a zona saturada
Goitioltza (Lezama) 514484,4122 4794041,981
Valoración hidrología subterránea
La valoración referente a la vulnerabilidad de los acuíferos es BAJA ya que la mayor parte de la superficie posee condiciones de
baja permeabilidad por porosidad y fisuración, con lo que la posibilidad de contaminación de los acuíferos se reduce
considerablemente.
4.2.1.7 Vegetación
El análisis de la vegetación se aborda desde una doble perspectiva. Por una parte se hace referencia a la vegetación potencial
(vegetación que en teoría debería existir en una zona en función de las condiciones climáticas y geológicas de la misma si ésta no
sufriera ningún tipo de alteración antropogénica), y por otra parte, se hace referencia a la vegetación que existe en el área analizada
en el momento de realizar el estudio.
Cuanto mayores sean las diferencias existentes entre los dos tipos de vegetación (potencial y actual), mayor será el grado de
intervención humana en el área a estudiar y mayor, por lo tanto, el grado de desnaturalización del paisaje.
4.2.1.7.1 Vegetación Potencial
Antes de que el hombre interviniera alterando la naturaleza, cada territorio estaba ocupado por una vegetación primitiva. Las
acciones asociadas al hombre y su ganado provocaron y siguen provocando actualmente, grandes modificaciones en la vegetación
primitiva. El País Vasco con intensa actividad industrial, ganadera, agrícola y forestal, posee un paisaje vegetal que en muchos
casos está drásticamente alterado.
El estado imaginario en el que estas acciones asociadas al hombre y su ganado han cesado, constituye la vegetación potencial de
un territorio.
En el área de estudio, la enorme incidencia del hombre en algunas zonas dificulta su determinación y exige altas dosis de
especulación.
Las principales series de vegetación identificadas en el ámbito más cercano del área de estudio (ver Plano Vegetación Potencial)
son las siguientes:
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 104
- Robledal acidófilo y robledal-bosque mixto atlántico
Los robledales acidófilos son bosques magníficos en su pleno desarrollo. El estrato arbóreo es de total dominio del roble
(Quercus robur), pudiendo ir acompañado por el castaño (Castanea sativa). Diversos árboles de mediana talla o arbustos altos
como el abedul (Betula celtiberica), el acebo (Ilex aquifolium), el arraclán (Frangula alnus), el majuelo (Crataegus monogyna),
el avellano (Corylus avellana) y algún serbal esporádico Sorbus spp., pueden formar un segundo estrato poco conspicuo.
Las copas de los robles permiten la penetración de luz suficiente para la vida de muchas plantas en los estratos inferiores.
Matas de diversos brezos están presentes casi siempre y abundan en los robledales más secos. Las zarzas, Rubus spp.,
prefieren por el contrario suelos más frescos, en aclareos recientes del bosque.
Son comunes algunas plantas trepadoras, como la hiedra, Hedera helix y la madreselva, Lonicera periclymenum.
Los robledales acidófilos ocupan preferentemente suelos de ladera, ácidos, edificados sobre sustratos, diversos, evitando las
calizas. Se sitúan en altitudes comprendidas entre 0-600 metros, y alternan con otra agrupación vegetal también dominada en
mayor o menor medida por el roble, pero con una flora más variada y exigente en nutrientes.
Flora representativa: Quercus robur, Castanea sativa, Betula celtiberica, Ilex aquifolium, Frangula alnus, Crataegus monogyna,
Lonicera periclymenum, Blechnum spicant, Pteridium aquilinum, Dryopteris affinis, Teucrium scorodonia, Hypericum pulchrum,
Calluna vulgaris, Vaccinium myrtillus, Erica vagans, Daboisa cantabrica, Deschampsia flexuosa, Potentilla erecta, Stachys
offcinalis, Ranunculus nemorosus, Hieracium gr. Laevigatum.
- Aliseda cantábrica
Las alisedas son formaciones boscosas en galería dominadas por el aliso, Alnus glutinosa, que bordean los cursos de agua y
ocupan las depresiones con encharcamiento permanente o suelos muy húmedos. Actualmente, las alisedas, han quedado
reducidas a una o pocas hileras de árboles, acompañados, cuando no sustituidos, por plantaciones de plátanos, Platanus
hybrida, o chopos, Populus canadensis, etc.
Al aliso, árbol dominante o incluso el único existente cuando las condiciones del medio están netamente definidas: terreno
homogéneo, llano, con encharcamiento permanente, le acompañan muchas veces otros árboles, como el fresno Fraxinus
excelsior, y el roble pedunculado, Quercus robur, además de diversos arbustos, marcando la transición hacia los bosques
climáticos de la comarca. En las alisedas de cauces fluviales encajados se añaden a las plantas más características otras
muchas propias de los bosques eutrofos.
Flora representativa: Alnus glutinosa, Fraxinus excelsior, Carex pendula, C. remota, Hypericum androsaemum, Scrophularia
auriculata, Festuca gigantea, Bromus ramosus, Ranunculus repens, R. ficaria, Cardamine raphanifolia, Lathraea clandestina,
Asplenium scolopendrium, Athyrium filix-femina, Hesperis matronalis subsp. Candida, Silene dioica, Symphytum tuberosum,
Chaerophyllum hirsutum, Glechoma hederacea, Angelica sylvestris, Brachypodium sylvaticum, etc.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 105
- Marojal
Los marojales son bosques dominados por Quercus pyrenaica. Estos bosques ocupan exclusivamente suelos oligótrofos de
laderas y crestas, arenosos y de fácil drenaje, edificados sobre sustratos silíceos y preferentemente en exposiciones soleadas.
Se sitúan entre el piso del roble pedunculado y el del haya. Constituyen la agrupación arbórea más representativa del dominio
del roble tocorno o marojo, pero no son los únicos bosques que en dicho dominio pueden darse. Las exigencias en húmedad
edáfica de este tipo de bosques, son muy pequeñas.
El marojo o tocorno, árbol dominante, suele presentar en la mayor parte de su área de distribución portes modestos. Se
desarrollan sobre terrenos arenosos, de carácter ácido y con escasa retención hídrica. En ocasiones, si la humedad
atmosférica aumenta (debido a veces una ligera elevación del terreno que da lugar a una fresca umbría), el haya desplaza al
tocorno.
Flora representativa: Quercus pyrenaica, Melampyrum pratense, Pseudarrhhenatherum, longifolium, Deschampsia flexuosa,
Veronica officinalis, Calluna vulgaris, Teucrium scorodonia, Pteridium aquilinum, Agrostis curtisii.
4.2.1.7.2 Vegetación Actual
La situación actual de la flora existente es extraordinariamente diferente respecto a la situación potencial de la misma (como puede
observarse en el Plano de Vegetación actual). Ello se debe a la intervención humana a través de procesos agrícolas, de las
deforestaciones necesarias para la ubicación de asentamientos para hacer frente a la demanda de población, etc.
La vegetación actual comprende las siguientes unidades vegetales:
- Robledal acidófilo y robledal bosque mixto atlántico
Los robledales acidófilos son bosques magníficos en su pleno desarrollo. El estrato arbóreo es de total dominio del roble
(Quercus robur), pudiendo ir acompañado por el castaño (Castanea sativa). Diversos árboles de mediana talla o arbustos altos
como el abedul (Betula celtiberica), el acebo (Ilex aquifolium), el arraclán (Frangula alnus), el majuelo (Crataegus monogyna),
el avellano (Corylus avellana) y algún serbal esporádico Sorbus spp., pueden formar un segundo estrato poco conspicuo.
Las copas de los robles permiten la penetración de luz suficiente para la vida de muchas plantas en los estratos inferiores.
Matas de diversos brezos están presentes casi siempre y abundan en los robledales más secos. Las zarzas, Rubus spp.,
prefieren por el contrario suelos más frescos, en aclareos recientes del bosque.
Son comunes algunas plantas trepadoras, como la hiedra, Hedera helix y la madreselva, Lonicera periclymenum.
Los robledales acidófilos ocupan preferentemente suelos de ladera, ácidos, edificados sobre sustratos, diversos, evitando las
calizas. Se sitúan en altitudes comprendidas entre 0-600 metros, y alternan con otra agrupación vegetal también dominada en
mayor o menor medida por el roble, pero con una flora más variada y exigente en nutrientes.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 106
Flora representativa: Quercus robur, Castanea sativa, Betula celtiberica, Ilex aquifolium, Frangula alnus, Crataegus monogyna,
Lonicera periclymenum, Blechnum spicant, Pteridium aquilinum, Dryopteris affinis, Teucrium scorodonia, Hypericum pulchrum,
Calluna vulgaris, Vaccinium myrtillus, Erica vagans, Daboisa cantabrica, Deschampsia flexuosa, Potentilla erecta, Stachys
offcinalis, Ranunculus nemorosus, Hieracium gr. Laevigatum.
*Aperecen también, tal y como se puede observar en el plano de vegetación actual, fases juveniles o degradadas de robledal.
- Encinar cantábrico
Los encinares cantábricos se desarrollan en áreas edáficamente secas, y generalmente, sobre calizas. El estrato arbóreo es de
total dominio de la encina (Quercus ilex), pudiendo ir acompañado por el labiérnago negro (Phillyrea latifolia) el madroño
(Arbutus unedo)…etc. Es habitual encontrar en este tipo de bosques, Smilax aspera, que trepan hasta las copas de los árboles
y luego cuelgan hasta el suelo, formando una espesísima y enmarañada cortina de tallos espinosos. Además de la
zarzaparrilla, podemos encontrar Rosa sempervirens, Rhamnus alaternus etc., en los claros y lindes e incluso en raras
ocasiones, los encinares, pueden aparecer salpicados de roble pubescente, Q.pubescens o sus híbridos.
El encinar es un bosque típicamente mediterráneo y, sin embargo, bien representado en la cornisa cantábrica, en plena región
oceánica. Se sitúan en el piso basal o colino, y salpicando la zona inferior del montano; entre 0 y 600 (800m).
Flora representativa: Quercus ilex subsp. Ilex, Phillyrea latifolia, Rhamnus alaternus, Arbutus unedo, Laurus nobilis, Ligustrum
vulgare, Smilax aspera, Rosa sempervirens, Rubia peregrina, Ruscus aculeatus, Hedera helix, Prunus mahalev, Pistacia
terenbinthus.
- Prados y cultivos atlánticos
Los prados son formaciones herbáceas naturales o seminaturales, verdes todo el año, constituidas por plantas perennes en su
mayoría, adaptadas a las labores del caserío (siega y estercolado).
Al tener los prados origen en diversos ambientes, existe cierta variabilidad en su composición paisajística. Sin embargo, dicha
variabilidad queda atenuada por las labores que en ellos se practican. Podemos diferenciar fundamentalmente dos tipos de
prados; los que ocupan suelos profundos, ricos y húmedos, y los suelos más secos y menos profundos.
Los prados presentes en el ámbito de estudio son prados húmedos que ocupan tierras de robledal de fondo de valle e incluso
de alisedas drenadas, se caracterizan por la abundancia de especies como Holcus lanatus, Ranunculus acris y Festuca
arundinacea.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 107
- Plantaciones forestales
El clima benigno, atemperado y húmedo de nuestro territorio permite el uso de especies de veloz crecimiento que aprovechan
el largo período de actividad vegetal. Tales especies, principalmente, Pinus radiata y Eucaliptus globulus, se han convertido en
los árboles más abundantes de la Cornisa Cantábrica. Otras especies también utilizadas son Pinus pinaster, Picea abies, Larix
kaempferi, Cryptomeria japonica, Chamaecyparis lawsoniana, Pseudotsuga menziessi, Eucalyptus camaldulensis, Quercus
rubra, etc., que suelen completar el ámbito de plantaciones de las dos especies principales. El resultado de esta actividad es
un mosaico de teselas geométricas, donde cada una este rellena de árboles de la misma edad dispuestos en perfecta
alineación.
- Vegetación ruderal-nitrófila
Esta unidad está compuesta por zonas totalmente alteradas o humanizadas, como poblaciones, grandes vías de comunicación,
canteras y minas, escombreras, complejos industriales, baldíos, etc.
Comprende un numeroso y heterogéneo grupo de plantas adaptadas a vivir en bordes de caminos y carreteras, viejos muros y
tapias, terrenos removidos, etc.
- Abedular
Los abedulares se tratan, casi siempre, de formaciones secundarias, originadas por talas o aclareos de robledales acidófilos
sobre sustratos silíceos y suelos húmedos. El abedul (Betula celtiberica) se comporta también como colonizador en algunas
cortas de pinares de repoblación. En ocasiones forma rodales permanentes en el seno de los robledales, en enclaves de
suelos inestables, por desprendimientos o corrimientos de bloques silíceos.
Las plantas que con mayor frecuencia acompañan al abedul son un grupo de acidófilas, tales como Vaccinium myrtillus,
Pteridium aquilinum, Rubus gr.glandulosus, Blechnum spicant, Deschampsia flexuosa, Calluna vulgaris, Salix atrocinerea,
Teucrium scorodonia….
- Aliseda cantábrica
Las alisedas son formaciones boscosas en galería dominadas por el aliso, Alnus glutinosa, que bordean los cursos de agua y
ocupan las depresiones con encharcamiento permanente o suelos muy húmedos. Actualmente, las alisedas, han quedado
reducidas a una o pocas hileras de árboles, acompañados, cuando no sustituidos, por plantaciones de plátanos, Platanus
hybrida, o chopos, Populus canadensis, etc.
Al aliso, árbol dominante o incluso el único existente cuando las condiciones del medio están netamente definidas: terreno
homogéneo, llano, con encharcamiento permanente, le acompañan muchas veces otros árboles, como el fresno Fraxinus
excelsior, y el roble pedunculado, Quercus robur, además de diversos arbustos, marcando la transición hacia los bosques
climáticos de la comarca. En las alisedas de cauces fluviales encajados se añaden a las plantas más características otras
muchas propias de los bosques eutrofos.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 108
Flora representativa: Alnus glutinosa, Fraxinus excelsior, Carex pendula, C. remota, Hypericum androsaemum, Scrophularia
auriculata, Festuca gigantea, Bromus ramosus, Ranunculus repens, R. ficaria, Cardamine raphanifolia, Lathraea clandestina,
Asplenium scolopendrium, Athyrium filix-femina, Hesperis matronalis subsp. Candida, Silene dioica, Symphytum tuberosum,
Chaerophyllum hirsutum, Glechoma hederacea, Angelica sylvestris, Brachypodium sylvaticum, etc.
- El brezal-argomal-helechal atlántico
Esta unidad comprende agrupaciones vegetales dominadas por brezos, Erica spp. Y helecho común, Pteridium aquilinum,
participando en proporciones diversas plantas de los tres grupos. Son los matorrales más abundantes de la vertiente
cantábrica. En el estrato herbáceo puede vivir un numeroso grupo de plantas acidófilas.
Estos matorrales ocupan suelos ácidos de laderas y cumbres edificados sobre materiales silíceos, pobres en bases, o de otra
naturaleza tras el lavado del suelo que provoca la fuerte pluviosidad.
En términos generales, estos brezales-argomales-helechales son de origen secundario y se han originado tras la tala de
robledales acidófilos y marojales principalmente; en algunas áreas y en montaña, del hayedo acidófilo y puntualmente del
robledal de roble albar o del encinar silicícola. En la actualidad se desarrollan con suma facilidad en las cortas a matarrasa de
las plantaciones forestales.
Flora representativa: Ulex europaeus, U. gallii, Erica cinerea, E. vagans, Calluna vulgaris, Daboisa cantabrica, Pteridium
aquilinum, Lithodora prostrata, Pseudarrhenatherum longifolium, Agrostis curtisii, Potentilla erecta, Galium saxatile, Polygala
serpyllifolia, Laserpitium prutenicum subsp. Dufourianum, Serratula tinctoria subsp. Seoanei.
- Lastonar de Barachypodium pinnatum y pastos mesófilos
Los lastonares de Brachypodium pinnatum son formaciones herbáceas densas, dominadas por esta gramínea; hasta tal punto
puede llegar el grado de ocupación del suelo por el lastón, que apenas deja espacio para otras especies.
Flora representativa: Tal y como hemos citado anteriormente, es el Barachypodium pinnatum la especie predominante, siendo
su aptitud ecológica muy amplia en la comarca. En algunos herbazales marginales la composición florística es más variada,
siendo frecuentes plantas como: Centaurea debe auxii, Dactylis glomerata, Agrostis capillaris, festuca gr. Rubra, Plygala
vulgaris, Pimpinella saxifraga, Lotus corniculatus, Dianthus monspessulanus, etc.
- Espinar o zarzal
Zarzales y espinares son formaciones caracterizadas por grandes matas, arbustos, y algún arbolillo, configurando las orla de
diversos bosques; son también la primera etapa en la sucesión de éstos.
Flora representativa: Rubus ulmifolius, Rubus spp., Crategus monogyna, Prunus spinosa, Rosa gr canina, Rosa spp., Cornus
sanguinea, Tamus communis, Rubia peregrina, Clematis vitalba, Lonicera periclymenum, Salix atrocinerea, Eounymus
europaeus, Corylus avellana…
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 109
Aparecen, además, también las siguientes unidades:
- Otros pastos mesófilos
- Parques urbanos y jardines
- Huertas y frutales
- Viñedos
4.2.1.7.3 Especies presentes en la lista roja de la flora vascular de la CAPV
Tal y como se indica en los informes remitido por el Departamento de Agricultura, servicio de conservación, Red Natura 2000 y
Biodiversidad del Departamento de agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia, y la Dirección de Biodiversidad y Participación
Ambiental. Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca. Gobierno Vasco, el municipio de
Lezama coincide con 5 cuadriculas donde se han citado varias especies incluidas en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas.
Las especies coincidentes con los ámbitos propuestos son Ilex Aquifolium (de color verde) y Narcissus bulbocodium subsp. Citrinus
(de color amarillo):
Figura 34. Cuadrículas de Narcissus bulbocodium subsp. Citrinus e Ilex Aquifolium presentes en el municipio de
Lezama.
Ilex Aquifolium
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 110
Se ha localizado en numerosas cuadrículas UTM de 10x10 Km2 (75) con lo que se considera una especie de preocupación
menor. Su distribución mundial se restringe al Sur de Europa, Noroeste de África y Suroeste asiático. En la Península Ibérica
se puede considerar abundante en su mitad Norte, haciéndose más raro hacia el sur. En buena parte de los espacios naturales
protegidos de la CAPV existe algún ejemplar de esta especie. (Lista Roja de la flora vascular de la CAPV, biodiversidad y
paisaje, Departamento de medio ambiente, Planificación territorial, Agricultura y Pesca, Gobierno vasco).
Narcissus bulbocodium subsp. Citrinus:
Tanto el número de poblaciones como el número de individuos es elevado (41 cuadrículas UTM de 10 kilómetros de lado), por
lo que se incluye en la categoría de preocupación menor.Es un endemismo del Golfo de Bizkaia, que se extiende desde
Asturias hasta el País Vasco, con una singular penetración hacia los páramos de Burgos. En la CAPV se distribuye en buena
parte de su superficie Algunas de las poblaciones son muy numerosas.
El cambio del uso del suelo a cultivos forestales y el abonado de los pastos, influye negativamente en su conservación. Dada
su amplia distribución por la CAPV, muchas sus poblaciones se ubican dentro de los límites de varios espacios naturales
protegidos. (Lista Roja de la flora vascular de la CAPV, biodiversidad y paisaje, Departamento de medio ambiente, Planificación
territorial, Agricultura y Pesca, Gobierno vasco).
*No obstante, tal y como se indica en citados informes, no se prevén afecciones importantes sobre las mismas ya que
no es previsible su presencia en los ámbitos propuestos.
Hábitats de interés comunitario
En el ámbito de estudio se observan tres formaciones herbáceas como hábitats de interés comunitario:
- 4030 Brezales Secos Europeos
- 91E0* Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)
- 9340 Bosques aluviales de Quercus ilex y Quercus rotundifolia
- 6510 Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba oficinales)
Todos ellos están recogidos en el anexo I de la Directiva Hábitats (92/43/CEE) y en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del
Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. (Ver Plano de Hábitats).
El Plan afecta, principalmente a los prados pobres de siega y a los brezales secos europeos.
Se recomienda, no obstante, adoptar medidas para reducir al mínimo imprescindible las afecciones sobre estos hábitats.
Vegetación invasora
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 111
Durante las visitas realizadas al municipio de Lezama, se ha observado la presencia de algunos ejemplares de Cortaderia selloana
y Robinia Pseudoacacia en diferentes zonas del municipio.
Cortaderia selloana
En Bizkaia y Gipuzkoa C. selloana (o Carrizo de la Pampa) coloniza principalmente hábitats artificiales o alterados, tales como
baldíos, zonas removidas, taludes y cunetas de vías de comunicación.
Sin embargo, cada vez con más frecuencia se la puede observar en
hábitats menos alterados y en ocasiones de alto valor medioambiental,
como matorrales, pastizales, humedales, marismas y arenales costeros.
Su capacidad de invasión se ve incrementada cerca de la costa por las
suaves temperaturas invernales y los años de inviernos más benignos
puede alargar su crecimiento vegetativo hasta unos 10 meses, lo que le
otorga una gran ventaja frente a otras especies nativas.
Actualmente, fruto de su profusa comercialización como especie ornamental, se ha convertido en una importante planta exótica
invasora en diversas zonas, de hecho, está considerada como una de las 20 especies exóticas invasoras más dañinas presentes en
España.
(Diagnosis de la flora aloctona invasora de la CAPV, Gobierno Vasco).
Robinia pseudoacacia
En Bizkaia y Gipuzkoa invade bosques mixtos cercanos a arroyos y sustituye a robledales acidófilos (Quercion robori-pyrenaicae,
Carpinion, Alnion incanae, Corylo-Populion tremulae).
Presenta un extenso sistema radicular del que pueden surgir numerosos
chupones que originan nuevos árboles.
Uno de los efectos más importantes sobre los ecosistemas que invade es que
provoca un notable incremento del nitrógeno en el suelo, procedente de las hojas
que se acumulan en la hojarasca; se han estimado incrementos de hasta el doble
que en otros bosques. Esto provoca un empobrecimiento de la flora forestal,
muchas veces en favor de unas pocas especies nitrófilas generalistas.
(Diagnosis de la flora aloctona invasora de la CAPV, Gobierno Vasco).
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 112
Por ello, y tal y como se indica en le punto 7 del presente documento (Propuesta de medidas protectoras y correctoras), si alguna
de las actuaciones previstas en el PGOU (en especial, que impliquen intervención reversible sobre la cubierta vegetal) se desarrolla
sobre un área donde se detecte la presencia de ejemplares de especies invasoras, se procederá a la eliminación de las mismas.
Valoración de la vegetación presente
Por todo ello se concluye que la vegetación del ámbito de estudio cuenta con un interés MEDIO-ALTO.
4.2.1.8 Comunidades faunísticas
La composición específica de la fauna que habita en un determinado territorio está condicionada en primer lugar por la región
biogeográfica en la que se encuentra, y en segundo lugar por las características particulares de ese territorio, tanto en lo que se
refiere al medio físico (clima, topografía, hidrografía, etc.) como a la cubierta vegetal; en la mayoría de los casos muy alterada
respecto a la potencial por las actividades que soporta: asentamientos humanos, aprovechamientos agrícolas, ganaderos y
forestales, infraestructuras, industrias, etc.
Las actividades humanas actuales y pasadas, tanto por su influencia sobre el hábitat como por su acción directa sobre las especies
animales, que las puede llevar incluso a la extinción, condicionan en gran medida la composición de las comunidades faunísticas
que habitan un territorio.
A pesar de que los vertebrados presentan una movilidad considerable, especialmente las aves y los grandes mamíferos, existe una
tendencia a ocupar un hábitat de forma preferente y a establecer relaciones ecológicas con las especies que lo ocupan. Los
vertebrados guardan una estrecha relación con la estructura y esencia de la vegetación, por lo que las comunidades faunísticas se
definen basándose en criterios de vegetación principalmente.
Las especies que a continuación se citan son extraídas como consecuencia del estudio de las unidades de vegetación íntimamente
relacionadas con los hábitats potenciales donde crece y se desarrolla la fauna.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 113
4.2.1.8.1 Especies presentes
Anfibios:
ESPECIE NOMBRE_COMÚN GENERO FAMILIA CLASE DIVISION REINO CATEGORIA
Alytes obstetricans Sapo partero comén Alytes Discoglossidae Amphibia Chordata Animalia NT
Bufo bufo Sapo comén Bufo Bufonidae Amphibia Chordata Animalia LC
Lissotriton helveticus
Tritón palmeado Lissotriton Salamandridae Amphibia Chordata Animalia LC
Rana perezi Rana comén Rana Ranidae Amphibia Chordata Animalia LC
Rana temporaria Rana bermeja Rana Ranidae Amphibia Chordata Animalia LC
Triturus marmoratus Tritón jaspeado Triturus Salamandridae Amphibia Chordata Animalia LC
INVENTARIO NACIONAL DE BIODIVERSIDAD (INB), 2008. CUADRÍCULA 30TWN19
Tabla 19. Especies potenciales de anfibios en el ámbito de estudio
Reptiles:
ESPECIE NOMBRE_COMÚN GENERO FAMILIA CLASE DIVISION REINO CATEGORIAAnguis fragilis
Lución Anguis Anguidae Reptilia Chordata Animalia LC
Lacerta bilineata
Lagarto verde Lacerta Lacertidae Reptilia Chordata Animalia LC
Lacerta vivipara
Lagartija de turbera Lacerta Lacertidae Reptilia Chordata Animalia NT
Natrix natrix Culebra de collar Natrix Colubridae Reptilia Chordata Animalia LC
Podarcis muralis
Lagartija roquera Podarcis Lacertidae Reptilia Chordata Animalia LC
Vipera seoanei
Víbora de Seoane Vipera Viperidae Reptilia Chordata Animalia LC
INVENTARIO NACIONAL DE BIODIVERSIDAD (INB), 2008. CUADRÍCULA 30TWN19
Tabla 20. Especies potenciales de reptiles en el ámbito de estudio
Peces:
ESPECIE NOMBRE_COMÚN GENERO FAMILIA CLASE DIVISION REINO CATEGORIAAnguilla anguilla
Anguila Anguilla Anguillidae Chordata Chordata Animalia Vulnerable
Barbatula barbatula
Lobo de río Barbatula Balitoridae Chordata Chordata Animalia Vulnerable
Chelon labrosus
Mujel Chelon Mugilidae Chordata Chordata Animalia
Phoxinus phoxinus
Piscardo Phoxinus Cyprinidae Chordata Chordata Animalia
Salmo trutta Trucha común Salmo Salmonidae Chordata Chordata Animalia Vulnerable
INVENTARIO NACIONAL DE BIODIVERSIDAD (INB), 2008. CUADRÍCULA 30TWN19
Tabla 21. Especies potenciales de actinopterigios en el ámbito de estudio
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 114
Aves:
ESPECIE NOMBRE_COMÚN GENERO FAMILIA CLASE DIVISION REINO CATEGORIA
Accipiter gentilis Azor común Accipiter Accipitridae Aves Chordata Animalia
Accipiter nisus Gavilán común Accipiter Accipitridae Aves Chordata Animalia VU
Actitis hypoleucos Andarríos chico Actitis Scolopacidae Aves Chordata Animalia
Aegithalos caudatus Mito Aegithalos Aegithalidae Aves Chordata Animalia
Alauda arvensis Alondra común Alauda Alaudidae Aves Chordata Animalia
Alcedo atthisMartín pescador
comúnAlcedo Alcedinidae Aves Chordata Animalia NT
Anas platyrhynchos Ánade azulón Anas Anatidae Aves Chordata Animalia
Anthus trivialis Bisbita arbóreo Anthus Motacillidae Aves Chordata Animalia
Apus apus Vencejo común Apus Apodidae Aves Chordata Animalia
Ardea cinerea Garza real Ardea Ardeidae Aves Chordata Animalia
Asio otus Búho chico Asio Strigidae Aves Chordata Animalia DD
Athene noctua Mochuelo europeo Athene Strigidae Aves Chordata Animalia
Buteo buteo Busardo ratonero Buteo Accipitridae Aves Chordata Animalia NT
Caprimulgus europaeus Chotacabras gris Caprimulgus Caprimulgidae Aves Chordata Animalia
Carduelis cannabina Pardillo común Carduelis Fringillidae Aves Chordata Animalia DD
Carduelis carduelis Jilguero Carduelis Fringillidae Aves Chordata Animalia
Carduelis chloris Verderón común Carduelis Fringillidae Aves Chordata Animalia
Certhia brachydactyla Agateador común Certhia Certhiidae Aves Chordata Animalia
Cettia cetti Ruiseñor bastardo Cettia Sylviidae Aves Chordata Animalia
Circaetus gallicus Culebrera europea Circaetus Accipitridae Aves Chordata Animalia
Circus cyaneus Aguilucho pálido Circus Accipitridae Aves Chordata Animalia
Cisticola juncidis Buitrón Cisticola Sylviidae Aves Chordata Animalia
Columba domestica Paloma doméstica Columba Columbidae Aves Chordata Animalia
Columba livia/domesticaPaloma
bravía/domésticaColumba Columbidae Aves Chordata Animalia
Columba palumbus Paloma torcaz Columba Columbidae Aves Chordata Animalia
Corvus corax Cuervo Corvus Corvidae Aves Chordata Animalia EN
Corvus corone Corneja Corvus Corvidae Aves Chordata Animalia
Coturnix coturnix Codorniz común Coturnix Phasianidae Aves Chordata Animalia DD
Cuculus canorus Cuco común Cuculus Cuculidae Aves Chordata Animalia
INVENTARIO NACIONAL DE BIODIVERSIDAD (INB), 2008. CUADRÍCULA 30TWN19
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 115
ESPECIE NOMBRE_COMÚN GENERO FAMILIA CLASE DIVISION REINO CATEGORIA
Delichon urbicum Avión común Delichon Hirundinidae Aves Chordata Animalia
Dendrocopos major Pico picapinos Dendrocopos Picidae Aves Chordata Animalia
Dendrocopos minor Pico menor Dendrocopos Picidae Aves Chordata Animalia
Emberiza calandra Triguero Emberiza Emberizidae Aves Chordata Animalia
Emberiza citrinella Escribano cerillo Emberiza Emberizidae Aves Chordata Animalia
Erithacus rubecula Petirrojo Erithacus Turdidae Aves Chordata Animalia DD
Falco peregrinus Halcón peregrino Falco Falconidae Aves Chordata Animalia
Falco tinnunculus Cernícalo vulgar Falco Falconidae Aves Chordata Animalia DD
Fringilla coelebs Pinzón vulgar Fringilla Fringillidae Aves Chordata Animalia DD
Gallinula chloropus Gallineta común Gallinula Phasianidae Aves Chordata Animalia
Garrulus glandarius Arrendajo Garrulus Corvidae Aves Chordata Animalia
Hippolais polyglotta Zarcero común Hippolais Sylviidae Aves Chordata Animalia
Hirundo rustica Golondrina común Hirundo Hirundinidae Aves Chordata Animalia
Jynx torquillaTorcecuello euroasiático
Jynx Picidae Aves Chordata Animalia DD
Lanius collurio Alcaudón dorsirrojo Lanius Laniidae Aves Chordata Animalia
Larus michahellis Gaviota patiamarilla Larus Laridae Aves Chordata Animalia
Locustella naevia Buscarla pintoja Locustella Sylviidae Aves Chordata Animalia
Milvus migrans Milano negro Milvus Accipitridae Aves Chordata Animalia NT
Milvus migrans Milano negro Milvus Accipitridae Aves Chordata Animalia NT
Milvus milvus Milano real Milvus Accipitridae Aves Chordata Animalia EN
Motacilla alba Lavandera blanca Motacilla Motacillidae Aves Chordata Animalia
Motacilla cinereaLavandera cascadeña
Motacilla Motacillidae Aves Chordata Animalia DD
Motacilla flava Lavandera boyera Motacilla Motacillidae Aves Chordata Animalia
Muscicapa striata Papamoscas gris Muscicapa Muscicapidae Aves Chordata Animalia
Otus scops Autillo europeo Otus Strigidae Aves Chordata Animalia
Parus aterCarbonero garrapinos
Parus Paridae Aves Chordata Animalia
Parus caeruleus Herrerillo común Parus Paridae Aves Chordata Animalia EN
Parus cristatus Herrerillo capuchino Parus Paridae Aves Chordata Animalia
Parus major Carbonero común Parus Paridae Aves Chordata Animalia
Parus palustris Carbonero palustre Parus Paridae Aves Chordata Animalia
Passer domesticus Gorrión común Passer Passeridae Aves Chordata Animalia
Passer montanus Gorrión molinero Passer Passeridae Aves Chordata Animalia
INVENTARIO NACIONAL DE BIODIVERSIDAD (INB), 2008. CUADRÍCULA 30TWN19
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 116
ESPECIE NOMBRE_COMÚN GENERO FAMILIA CLASE DIVISION REINO CATEGORIA
Pernis apivorus Abejero europeo Pernis Accipitridae Aves Chordata Animalia
Phoenicurus ochruros Colirrojo tizón Phoenicurus Turdidae Aves Chordata Animalia
Phylloscopus bonelli Mosquitero papialbo Phylloscopus Sylviidae Aves Chordata Animalia
Phylloscopus collybita/ibericus
Mosquitero común/ibérico
Phylloscopus Sylviidae Aves Chordata Animalia
Phylloscopus collybita/ibericus
Mosquitero común/ibérico
Phylloscopus Sylviidae Aves Chordata Animalia
Pica pica Urraca Pica Corvidae Aves Chordata Animalia
Picus viridis Pito real Picus Picidae Aves Chordata Animalia
Prunella modularis Acentor común Prunella Prunellidae Aves Chordata Animalia
Pyrrhula pyrrhula Camachuelo común Pyrrhula Fringillidae Aves Chordata Animalia
Rallus aquaticus Rascón europeo Rallus Rallidae Aves Chordata Animalia
Regulus ignicapilla Reyezuelo listado Regulus Sylviidae Aves Chordata Animalia
Saxicola torquatus Tarabilla común Saxicola Turdidae Aves Chordata Animalia
Scolopax rusticola Chocha perdiz Scolopax Scolopacidae Aves Chordata Animalia
Serinus serinus Verdecillo Serinus Fringillidae Aves Chordata Animalia
Streptopelia decaocto Tórtola turca Streptopelia Columbidae Aves Chordata Animalia
Streptopelia turtur Tórtola común Streptopelia Columbidae Aves Chordata Animalia VU
Strix aluco Cárabo común Strix Strigidae Aves Chordata Animalia
Sturnus vulgaris Estornino pinto Sturnus Sturnidae Aves Chordata Animalia
Sylvia atricapilla Curruca capirotada Sylvia Sylviidae Aves Chordata Animalia
Sylvia borin Curruca mosquitera Sylvia Sylviidae Aves Chordata Animalia
Sylvia communis Curruca zarcera Sylvia Sylviidae Aves Chordata Animalia
Sylvia undata Curruca rabilarga Sylvia Sylviidae Aves Chordata Animalia
Troglodytes troglodytes Chochín Troglodytes Troglodytidae Aves Chordata Animalia
Turdus merula Mirlo común Turdus Turdidae Aves Chordata Animalia DD
Turdus philomelos Zorzal común Turdus Turdidae Aves Chordata Animalia
Tyto alba Lechuza común Tyto Tytonidae Aves Chordata Animalia EN
INVENTARIO NACIONAL DE BIODIVERSIDAD (INB), 2008. CUADRÍCULA 30TWN19
Tabla 22. Especies potenciales de aves en el ámbito de estudio
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 117
Mamíferos:
ESPECIE NOMBRE_COMÚN GENERO FAMILIA CLASE DIVISION REINO CATEGORIA
Apodemus sylvaticus Ratón de campo Apodemus Muridae Mammalia Chordata Animalia LC
Crocidura russula Musaraña gris Crocidura Soricidae Mammalia Chordata Animalia LC
Crocidura suaveolens Musaraña de campo Crocidura Soricidae Mammalia Chordata Animalia DD
Eptesicus serotinus Murciélago hortelano EptesicusVespertilionid
aeMammalia Chordata Animalia LC
Erinaceus europaeus Erizo europeo Erinaceus Erinaceidae Mammalia Chordata Animalia LC
Genetta genetta Gineta Genetta Viverridae Mammalia Chordata Animalia LC
Martes foina Garduña Martes Mustelidae Mammalia Chordata Animalia LC
Meles meles Tejón Meles Mustelidae Mammalia Chordata Animalia LC
Micromys minutus Ratón espiguero Micromys Muridae Mammalia Chordata Animalia LC
Microtus agrestis Topillo agreste Microtus Muridae Mammalia Chordata Animalia LC
Microtus gerbei Topillo pirenaico Microtus Muridae Mammalia Chordata Animalia LC
Microtus lusitanicus Topillo lusitano Microtus Muridae Mammalia Chordata Animalia LC
Mus musculus Ratón casero Mus Muridae Mammalia Chordata Animalia LC
Mustela lutreola Visón europeo Mustela Mustelidae Mammalia Chordata Animalia EN A4e
Mustela nivalis Comadreja Mustela Mustelidae Mammalia Chordata Animalia LC
Myodes glareolus Topillo rojoClethrionomy
sMuridae Mammalia Chordata Animalia LC
Neomys fodiens Musgaño patiblanco Neomys Soricidae Mammalia Chordata Animalia LC
Neovison vison Visón americano Mustela Mustelidae Mammalia Chordata Animalia NE
Nyctalus leisleri Nóctulo pequeño NyctalusVespertilionid
aeMammalia Chordata Animalia NT
Oryctolagus cuniculus Conejo Oryctolagus Leporidae Mammalia Chordata Animalia VU A2abde
Pipistrellus kuhlii Murciélago de borde claro PipistrellusVespertilionid
aeMammalia Chordata Animalia LC
Pipistrellus pipistrellu Murciélago enano o común PipistrellusVespertilionid
aeMammalia Chordata Animalia LC
Pipistrellus pygmaeus Murciélago de cabrera PipistrellusVespertilonid
aeMammalia Chordata Animalia LC
Plecotus austriacusMurciélago orejudo gris u
orejudo meridionalPlecotus
Vespertilionidae
Mammalia Chordata Animalia NT
Rattus norvegicus Rata parda Rattus Muridae Mammalia Chordata Animalia LC
Rhinolophus ferrumequinu Murciélago grande de herradura RhinolophusRhinolophida
eMammalia Chordata Animalia NT
Sciurus vulgaris Ardilla roja Sciurus Sciuridae Mammalia Chordata Animalia LC
Sorex coronatus Musaraña tricolor Sorex Soricidae Mammalia Chordata Animalia LC
Sorex minutus Musaraña enana Sorex Soricidae Mammalia Chordata Animalia LC
Sus scrofa Jabalí Sus Suidae Mammalia Chordata Animalia LC
Talpa europaea Topo europeo Talpa Talpidae Mammalia Chordata Animalia LC
Vulpes vulpes Zorro Vulpes Canidae Mammalia Chordata Animalia LC
INVENTARIO NACIONAL DE BIODIVERSIDAD (INB), 2008. CUADRÍCULA 30TWN19
Tabla 23. Especies potenciales de mamíferos en el ámbito de estudio
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 118
Por otra parte, cabe mencionar en este punto las consideraciones realizadas en el informe remitido por el Departamento de
Agricultura, servicio de conservación, Red Natura 2000 y Biodiversidad del Departamento de agricultura de la Diputación Foral de
Bizkaia, y en el informe remitido por la Dirección de Biodiversidad y Participación Ambiental. Departamento de Medio Ambiente,
Planificación Territorial, Agricultura y Pesca. Gobierno Vasco
Por un lado, el Departamento de Agricultura de la Diputación Foral indica lo siguiente:
La existencia de un nido o zona de reproducción de cuervo (Corvus corax), especie de interés especial, así como la
existencia de 11 nidos o zonas de reproducción de cárabo común (Strix aluco) y 4 nidos o zonas de reproducción de
lechuza (Tyto alba).
Existencia de mancha de jabalí en Gaztelumendi.
En lo que al informe de la Diercción de Biodiversidad y Participación Ambiental del Gobierno Vasco se refiere, se informa de:
La presencia de las especies indicadas en el anterior informe emitido por esta Dirección; pez espinoso (Gasterosteus
aculeatus), visón europeo (Mustela lutreola), lagarto verdinegro (Lacerta schereiberi) y rana patilarga (Rana iberica), si
bien los impactos que se producirán sobre estas especies no son significativos.
4.2.1.8.2 Especies de elevado interés faunístico
La Ley 16/94 de Conservación de la Naturaleza del País Vasco, crea el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas.
Se han considerado especies de elevado interés faunístico aquellas que crían en el ámbito considerado y que han sido
catalogadas. Las categorías que se establecen en este catálogo son las siguientes:
- En peligro de extinción
- Vulnerable
- Rara
- De interés especial
Existen varias especies catalogadas como amenazadas dentro de la fauna potencial de la zona. Concretamente, existe una en
peligro de extinción, tres vulnerables, cinco raras y ocho de interés especial.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 119
Las especies de elevado interés faunístico son:
En peligro de extinción:
Visón Europeo (Mustela lutreola)
Vulnerables:
Milano real (Milvus milvus)
Murciélago orejudo meridional (Plecotus austriacus)
Murciélago grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinu)
Raras:
Azor común (Accipeter gentilis)
Culebra europea (Circaetus gallicus)
Halcón peregrino (Falco peregrinus)
Abejero europeo (Pernis apivorus)
Rascón europeo (Rallus aquaticus)
De interés Especial:
Gavilán común (Accipiter nisus)
Marín pescador común (Alcedo atthis)
Chotacabras gris (Caprimulgus europaeus)
Aguilucho pálido (Circus cyaneus)
Cuervo (Corvux corax)
Pico menor (Dendrocopos minor)
Torcecuello euroasiático (Jynx torquilla)
Nóctulo menor (Nyctalus leisleri)
No obstante, tal y como se puede observar en el Plano de Fauna Amenazada, en el área de estudio se puede distinguir una “Zona
de distribución preferente” del Visón europeo, y especies como la Rana patilarga (de interés especia) o el Pez espinoso
(Vulnerable).
Tal y como hemos citado anteriormente, en el informe remitido por la Dirección de Biodiversidad y Participación Ambiental.
Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca. Gobierno Vasco, con fecha de 22 de septiembre de
2011, considera que los impactos que se producirán sobre estas especies no son significativos. Además, contempla, aunque sin
impactos significativos tampoco, la presencia de lagarto verdinegro (Lacerta schereiberi).
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 120
A continuación se incluye una breve descripción de cada una de estas cuatro especies:
Visón europeo
Esta especie, catalogada como En Peligro de extinción en el País Vasco, también cuenta con un Plan de Gestión (Orden Foral
18/2006 19 de junio). Sin embargo, la zona de estudio no está incluida dentro de las áreas de interés para la especie debido al
grave deterioro de los cauces.
El Visón Europeo (Mustela lutreola) es un mustélido de pequeño tamaño adaptado a los hábitats semiacuáticos. Es de color marrón
chocolote de pelaje uniforme, y presenta manchas blancas en los labios superior e inferior. Una de sus características más
importantes es la presencia de membranas interdigitales. Exhibe un marcado dimorfismo sexual: el peso de los machos oscila entre
los 800 y 1000 g. y el de las hembras entre 400 y 600 g., alcanzando una longitud total entre 500 y 555 mm para los primeros y
entre 450 y 500 mm para las hembras.
Es un animal marcadamente territorial que desarrolla su actividad en las riberas de los ríos, charcas, canales y otras zonas
húmedas, seleccionando favorablemente zonas con alta cobertura vegetal (zarzas, vegetación herbácea y arbustiva densa). Son
animales con una nítida actividad nocturna y crepuscular, siendo los machos más activos y haciendo mayores desplazamientos que
las hembras. No suelen alejarse de los cauces fluviales aunque algunos individuos han sido encontrados a considerable distancia
del agua. Los machos tienen áreas de campeo de entre 6 y 15 km de ríos, y las de las hembras son menores, entre 2 y 10 km;
estas áreas vitales pueden oscilar dependiendo de las características del hábitat, la disponibilidad de alimento, etc.
En cuanto a la reproducción, el celo se produce en marzo-abril y los partos ocurren en junio, con una media de 2 a 4 crías por
camada. La hembra se hace cargo de la cría, existiendo grupos familiares hasta finales de verano.
La dieta del visón europeo está formada en mayor medida por micromamíferos, ratas, peces de pequeño tamaño y aves; de forma
estacional captura cangrejos, anfibios y reptiles.
Su distribución mundial se ciñe al continente europeo donde podemos encontrarlo en la zona central y norte de Rusia. En la Unión
Europea existe en el suroeste de Francia y en el norte de España. La próspera población que ocupaba gran parte del centro y norte
de Europa ha quedado reducida a tres pequeñas subpoblaciones relictas: 1) noroeste de Rusia (población oriental), 2) Delta del
Danubio, Rumania, 3) suroeste de Francia y norte de España (población occidental). Podrían existir otras poblaciones en Moldavia,
Cáucaso o Montes Urales, pero todavía están por verificarse (recientemente se ha confirmado la presencia de visón europeo en el
sur de los Montes Urales, donde se había dado por desaparecido). La población oriental se encuentra sumida en un acelerado
proceso de extinción por la introducción masiva de visón americano (Mustela visón) para el comercio de pieles. Este problema
también se ha confirmado en el Delta del Danubio. La población occidental es la única que persiste en la Unión Europea: en las
últimas décadas ha reducido su área de distribución en un 70%. Hoy, se estima que sólo quedan menos de 1.000 ejemplares,
distribuidos en unos 40.000 Km2 de superficie, aunque dentro de éstos, su hábitat vital se restringe a unos pocos km2 en las riberas
de los ríos.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 121
En España, el visón europeo está presente en unos 15.700 Km2 de superficie, si bien dentro de éstos, su hábitat vital -ríos y zonas
húmedas- se restringen a unas pocas decenas de km2 de las provincias de Burgos y Soria (Castilla y León), Álava, Gipuzkoa y
Bizkaia (País Vasco), Navarra y La Rioja. Su población se estima en menos de 500 ejemplares adultos. En la última década la
especie ha mostrado síntomas de regresión a consecuencia del establecimiento de poblaciones incipientes de visón americano
(Mustela visón) dentro de su área de distribución, lo que añadido a la creciente destrucción y alteración de su hábitat, la
contaminación y la mortalidad no natural (atropellos, furtivismo...) ha determinado que haya desaparecido de algunas de sus zonas
de presencia tradicional. Los expertos consideran que, de no tomarse medidas urgentes de conservación, el visón europeo
desaparecerá del planeta durante la próxima década.
Está catalogado tanto en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas de España como en el Catálogo Vasco de Especies de
Amenazadas de la Flora y Fauna, Silvestre y Marina como “En peligro de extinción”. La catalogación de esta especie conlleva,
además de las medidas protectoras establecidas, la elaboración de un Plan de Gestión que debe contener las directrices y medidas
necesarias para tratar de eliminar las amenazas existentes sobre dicha especie, promoviendo la recuperación, conservación o
manejo adecuado de sus poblaciones, así como la protección y mantenimiento de sus hábitats.
En el BOB nº 129, de 6 de julio de 2006, ha sido publicado el DECRETO FORAL 118/2006 por el que se aprueba el Plan de
Gestión del Visón Europeo, Mustela lutreola (Linnaeus, 1761), en el Territorio Histórico de Bizkaia, como especie en peligro de
extinción y cuya protección exige medidas específicas; en él se establecen varias “Áreas de Interés Especial para la conservación
del Visón Europeo”.
Algunas de las amenazas que afectan a este pequeño mustélido son:
- Competencia interespecífica con el visón americano.
- Afección de patologías (virus de la enfermedad aleutiana, moquillo...).
- Destrucción y modificación del hábitat.
- Contaminación del hábitat.
- Elevada mortalidad no natural (atropellos, furtivismo, venenos...).
- Pérdida de la variabilidad genética por el pequeño tamaño de la población.
Para conocer el estatus de esta especie en el ámbito más cercano del proyecto se ha optado finalmente por un enfoque
bibliográfico.
Un aspecto a tener en cuenta es que a pesar de que el visón europeo desarrolla su actividad en un hábitat muy concreto y de
carácter muy lineal (los ríos y sus riberas), existen citas de ejemplares alejados de los cauces fluviales (Luzuriaga, com. pers.).
Las primeras citas en el Territorio Histórico de Bizkaia se remontan a los años 60 del pasado siglo (Rodríguez de Ondarra, 1963);
posteriormente varios estudios han confirmado la presencia de la especie (Castién & Mendiola, 1985; Palazón & Ruíz-Olmo, 1997;
Aihartza et al., 1999; Zuberogoitia et al., 2001; Gonzalez-Esteban et al., 2001; Palazón et al., 2002).
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 122
En el siguiente mapa puede observarse la distribución del Visón europeo en Bizkaia en cuadrículas UTM de 10 x 10 km, basada en
capturas, atropellos y observaciones en el período 2000-2002 (Zuberogoita & Zabala, 2003). Estudios recientes (Zabala &
Zuberogoitia, 2006) determinan un incremento en el área de distribución de este mustélido. En cuanto al tamaño poblacional, se
desconoce el número de ejemplares que puede existir en Bizkaia (anónimo/ DFB, 2006).
Figura 35. Distribución del Visón europeo en Bizkaia (2000-2002).
Pez espinoso
Este pez está catalogado como Vulnerable en el País Vasco, y cuenta con poblaciones muy exiguas y amenazadas en Bizkaia,
concretamente en el río Galindo, Asúa, Udondo y Bolue, todos pertenecientes a la cuenca del Ibaizabal (Ver Plan de Gestión del
Espinoso, Decreto Foral 186/2008 de 9 de Diciembre).
El espinoso es un pez de pequeño tamaño que no suele superar los 6 centímetros. Su principal característica, que es la que le
otorga su nombre común, es la presencia de varias espinas. Generalmente poseen 3 espinas dorsales (siendo la más pequeña de
ellas la más caudal), 2 espinas ventrales asociadas a una estructura ósea denominada aparato pélvico, y una espina anal de
pequeño tamaño. Otra característica notable es la ausencia de escamas, que se han transformado en una serie de placas óseas
situadas en ambos flancos a lo largo del cuerpo. En la época reproductiva, entre abril y junio, aparece un marcado dimorfismo
sexual, ya que los machos adquieren en la zona de la cabeza y la zona ventral un color rojo característico.
En cuanto a su hábitat, en la Península Ibérica parece habitar sólo en aguas dulces o ligeramente salobres en las desembocaduras
de algunos ríos. Prefiere los ríos de corrientes suaves, charcas y lagunas. Generalmente se encuentra en zonas con cañaverales,
juncos, algas u otras plantas que habitan los lechos de los ríos.
Sólo se ha encontrado en localidades costeras de Bizkaia y Gipuzkoa; ha sido citada en el embalse de Leioa y en las cuencas de
los ríos Gobelas, Galindo y Udondo en Bizkaia y en la regata de Jaizubía en Gipuzkoa . Existen citas antiguas, que no han vuelto a
confirmarse, de su presencia en la regata de Igara en San Sebastián. Es posible que existan otras poblaciones dispersas por ríos
costeros, charcas o marismas de la cornisa cantábrica vasca. En la Península Ibérica, presenta una distribución muy localizada en
puntos concretos de Cantabria, Galicia, cuencas del Guadiana y Guadalquivir, Levante y Cataluña. Ampliamente repartido por
Europa, desde Noruega e Islandia hasta España, los países mediterráneos y el mar Negro.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 123
Rana patilarga
Rana parda de pequeño tamaño y muy esbelta. Presenta una mancha oscura entre el ojo y el tímpano, así como una garganta
oscura con una línea central clara. Tal y como indica su nombre, presenta unos miembros posteriores muy largos.
Se encuentra en arroyos de aguas frías y rápidas, charcas y lagunas de alta montaña, viviendo cerca de la orilla.
La Rana patilarga está presente de forma dispersa por el área nor-occidental del territorio de la Comunidad Autónoma del País
Vasco, en Bizkaia y parcialmente en Álava, con una presencia ligada a enclaves favorables, que van desde la costa hasta las cotas
medias del piso colino; aparecen localidades aisladas fuera de este área, como la de Gipuzkoa. Se trata de un endemismo ibérico
de origen nor-occidental que ocupa el norte peninsular, desde Galicia hasta Gipuzkoa, extendiéndose hasta el Sistema Ibérico
Central.
La rana patilarga está catalogada como especie de interés comunitario (Anexos IV de la Directiva 92/43/CEE, o Anexo I de la
Directiva 79/409/CEE); y De Interés Especial según el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas.
Especie de hábitos terrestres y acuáticos, ocupa gran variedad de hábitats en los que haya cursos de agua. La principal amenaza
que afecta a esta especie es la alteración de los hábitats.
Lagarto verdinegro.
El lagarto verdinegro está catalogado como especie de interés comunitario (Anexos II y IV de la Directiva 92/43/CEE, o Anexo I de
la Directiva 79/409/CEE); y De Interés Especial según el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas.
Esta especie aparece mayoritariamente en la campiña donde se localiza en muros y cúmulos de piedras cubiertos con abundante
vegetación y bordes de formaciones boscosas o de matorrales. Su principal amenaza es la alteración, reducción y destrucción de
sus hábitats.
Valoración de la fauna
La zona en la que se plantea la ejecución del PGOU se encuentra, en su mayoría, en un ámbito ya desarrollado, lo cual reduce
considerablemente la presencia de todo tipo de especies y más aún de aquellas que requieren un medio natural de gran valor para
su desarrollo.
Como conclusión, teniendo en cuenta las especies potenciales en el área de estudio, se considera que la variable fauna en este
estudio cuenta con un valor MEDIO.
No son previsibles afecciones relevantes sobre estas especies en peligro de extinción.
En el caso del espinoso, las posibles afecciones se relacionan con alteraciones del cauce o de la calidad de sus aguas, por lo que
será necesario definir las medidas preventivas y correctoras suficientes para evitarlas.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 124
4.2.1.9 Red de corredores ecológicos
La Red de Corredores Ecológicos de la CAPV busca gestionar el conjunto de los elementos del paisaje que mejores la migración, la
distribución geográfica y el intercambio genético de las especies silvestres, tal y como recomienda en su artículo 10 la Directiva
92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992. Establecer estos corredores es un compromiso recogido en el Programa Marco
Ambiental de la CAPV.
No existen corredores ecológicos en el municipio.
4.2.2. Factores estético-culturales
4.2.2.1 Calidad del paisaje
En el ámbito de estudio no se encuentra ninguno de los paisajes singulares contemplados en el “Anteproyecto de Catálogo de
Paisajes Singulares y Sobresalientes de la CAPV”.
El ámbito del PGOU está formado por las siguientes unidades de paisaje:
UNIDADES DE PAISAJE
Vegetación/Usos del Suelo Dominio geomorfológico
Localización fisiográfica Relieve del entorno
Valor
Mosaico periurbano Fluvial Laderas e interfluvios alomados
Ondulado 5
Matorral Fluvial Laderas e interfluvios
alomados Ondulado 4
Agrario con dominio de prados y cultivos atlánticos Fluvial
Laderas e interfluvios alomados Ondulado 3
Plantaciones forestales Fluvial Laderas e interfluvios alomados
Accidentado 4
Tabla 24. Unidades de paisaje presentes en el ámbito del PGOU.
Estas unidades pueden ser consultadas en el Plano de Unidades de Paisaje.
Valoración de la calidad del paisaje
Se concluye que el ámbito de estudio se caracteriza por una MEDIA calidad del paisaje.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 125
4.2.2.2 Patrimonio histórico-cultural
En el municipio de Lezama se encuentran los siguientes elementos, edificios y áreas de interés cultural, divididos según el régimen
de protección adquirido o propuesto, según el caso:
Denominación
Régimen de protección
actual Categoría Decreto de calificación
Delimitación de área de
protección1
Patrimonio histórico-arquitectónico. Bienes culturales declarados o incoados para su declaración2
BCC_01 Camino de Santiago (Trazado)
Calificado. Bien Cultural
Conjunto Monumental
Decreto 2/2012 de 10 de enero (BOPV nº 19 de 27 de enero de 2012)
BCC_02
Iglesia de Santa María (elemento afecto al Camino de Santiago)
Calificado. Protección Especial
Conjunto Monumental
Decreto 2/2012 de 10 de enero (BOPV nº 19 de 27 de enero de 2012)
entorno de protección de 15 metros
BCC_03
Torre de Lezama (elemento afecto al Camino de Santiago)
Calificado. Protección Especial
Conjunto Monumental
Decreto 2/2012 de 10 de enero (BOPV nº 19 de 27 de enero de 2012)
entorno de protección de 15 metros
BCC_04
Ermita Santo Cristo (elemento afecto al Camino de Santiago)
Calificado. Protección Básica
Conjunto Monumental
Decreto 2/2012 de 10 de enero (BOPV nº 19 de 27 de enero de 2012)
BCC_05 Torre de Lezama Calificado. Bien Cultural Monumento
Decreto 275/2003 de 11 de noviembre (BOPV nº 226 de 19 de noviembre de 2003)
superficie circular alrededor de la torre de 65 metros de radio
Patrimonio arqueológico. Zonas declaradas de presunción arqueológica por la Comunidad Autónoma del País Vasco3
ZPA_01 Asentamiento de Artxanda-III
Zona de presunción arqueológica*
Resolución de 5 de mayo de 1997, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes (BOPV nº 104, de 3 de junio de 1997) (Anexo 1) E
ZPA_02 Molino Errotabarri (hoy caserío)
Zona de presunción arqueológica*
Resolución de 5 de mayo de 1997, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes (BOPV nº 104, de 3 de junio de 1997) (Anexo 1) D
ZPA_03 Molino Olasarre (hoy caserío)
Zona de presunción arqueológica*
Resolución de 5 de mayo de 1997, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes (BOPV nº 104, de 3 de junio de 1997) (Anexo 1) D
1 Delimitación del Área de Protección:
Clave A: área intramuros del edificio
Clave B: área intramuros del edificio + 15 metros alrededor del mismo, a partir de sus bordes más exteriores
Clave D: área que ocupan el edificio y las instalaciones anexas al mismo
Clave E: área que se especifica en el plano (Zonas y Elementos Arqueológicos. Lezama 48081 - 1. 23/07/2007)
2 Intervenciones permitidas según Ley 7 / 1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco; art. 12 y 28
3 Intervenciones permitidas según Ley 7 / 1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco; art. 49. Real Decreto 234 / 1996, de 8 de octubre
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 126
Denominación
Régimen de protección
actual Categoría Decreto de calificación
Delimitación de área de
protección1
ZPA_04
Molino Bekoerrota (sin estructuras visibles)
Zona de presunción arqueológica*
Resolución de 5 de mayo de 1997, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes (BOPV nº 104, de 3 de junio de 1997) (Anexo 1) E
ZPA_05
Casa-torre de Oxangoiti (hoy caserío)
Zona de presunción arqueológica*
Resolución de 5 de mayo de 1997, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes (BOPV nº 104, de 3 de junio de 1997) (Anexo 1) A
ZPA_06 Asentamiento de Lezama
Zona de presunción arqueológica*
Resolución de 5 de mayo de 1997, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes (BOPV nº 104, de 3 de junio de 1997) (Anexo 1) E
ZPA_07 Ermita Humilladero del Cristo
Zona de presunción arqueológica*
Resolución de 5 de mayo de 1997, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes (BOPV nº 104, de 3 de junio de 1997) (Anexo 1) B
ZPA_08 Iglesia de Santa María
Zona de presunción arqueológica*
Resolución de 5 de mayo de 1997, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes (BOPV nº 104, de 3 de junio de 1997) (Anexo 1) B
ZPA_10 Casa-Torre de Lezama
Zona de presunción arqueológica*
Resolución de 5 de mayo de 1997, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes (BOPV nº 104, de 3 de junio de 1997) (Anexo 1) A
ZPA_11 Ermita de San Antolín
Zona de presunción arqueológica*
Resolución de 5 de mayo de 1997, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes (BOPV nº 104, de 3 de junio de 1997) (Anexo 1) A
ZPA_12 Asentamiento de Ganguren
Zona de presunción arqueológica*
Resolución de 5 de mayo de 1997, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes (BOPV nº 104, de 3 de junio de 1997) (Anexo 1) E
El Camino de Santiago ha sido inscrito en el Registro de Bienes Culturales Calificados, con la categoría de Conjunto Monumental,
por el Decreto 14/2000, de 25 de enero (BOPV nº 29 del viernes 11 de febrero de 2000) y posteriormente por el Decreto 2/2012, de
10 de enero, publicado en el BOPV del viernes 27 de enero de 2012.
En el País Vasco recorre dos rutas. Una de ellas, la de la Costa, recorre el País Vasco de este a oeste, atravesando Gipuzkoa y
Bizkaia. A lo largo del itinerario el Camino aparece vinculado a conjuntos y elementos patrimoniales de primer orden, todo ello
representativo del patrimonio cultural de los lugares y las zonas que atraviesa.
Este Camino de la Costa atraviesa Lezama sobre el trazado de la antigua carretera BI-637, hoy vía municipal. En el Anexo I del
mencionado Decreto se describe el trazado del Camino, que en concreto recoge, a propósito de su paso por Lezama: “…Tras dejar
atrás la iglesia de San Emeterio y San Celedonio y el crucero, se continúa hacia el casco urbano de Larrabetzu para seguir después
hacia Lezama. Se pasa junto a la ermita del Cristo Crucificado para llegar a la iglesia de San Martín en Zamudio…” Los planos C19
y C20 incluidos en este Decreto recogen este trazado.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 127
Existen otros bienes inmuebles de interés cultural, identificados por el Departamento de Cultura del Gobierno Vasco, pero que aún
no han sido calificados:
Denominación Régimen de Protección Propuesta Regulación intervenciones permitidas
BIC_01 CASA IZUZKITZA CALIFICADO O INVENTARIADO. MONUMENTO DE LA CAPV LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ARTT. 22, 12 Y 18
BIC_02 CASERÍO EGUSKITZA CALIFICADO O INVENTARIADO. MONUMENTO DE LA CAPV LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ARTT. 22, 12 Y 18
BIC_03 CASERÍO GOITIZURIA CALIFICADO O INVENTARIADO. MONUMENTO DE LA CAPV LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ARTT. 22, 12 Y 18
BIC_04 CASA BI-737 65 CALIFICADO O INVENTARIADO. MONUMENTO DE LA CAPV LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ARTT. 22, 12 Y 18
BIC_05 CASERÍO OLAZARRE CALIFICADO O INVENTARIADO. MONUMENTO DE LA CAPV LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ARTT. 22, 12 Y 18
BIM_01 CASA SABINO ARANA
ENPARANTZA 84 * PROTECCIÓN LOCAL / MUNICIPAL LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ART. 20
BIM_02 CASA ANGETU PROTECCIÓN LOCAL / MUNICIPAL LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ART. 20
BIM_03 CASERÍO JUGA PROTECCIÓN LOCAL / MUNICIPAL LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ART. 20
BIM_04 ERMITA DE SAN
VICENTE PROTECCIÓN LOCAL / MUNICIPAL LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ART. 20
BIM_05 CASERÍO BIZENTIENA PROTECCIÓN LOCAL / MUNICIPAL LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ART. 20
BIM_06 CASA GOIKOTABERNA PROTECCIÓN LOCAL / MUNICIPAL LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ART. 20
BIM_07 CASERÍO ELORRIA
NAGUSI PROTECCIÓN LOCAL / MUNICIPAL LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ART. 20
BIM_08 CASERÍO OLABARRI PROTECCIÓN LOCAL / MUNICIPAL LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ART. 20
BIM_09 CASA SABINO ARANA
ENPARANTZA 82 PROTECCIÓN LOCAL / MUNICIPAL LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ART. 20
BIM_10 FRONTÓN DE
GARAIOLTZA PROTECCIÓN LOCAL / MUNICIPAL LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ART. 20
BIM_11*** FRONTÓN DE
LEZAMA*** PROTECCIÓN LOCAL / MUNICIPAL LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ART. 20
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 128
Denominación Régimen de Protección Propuesta Regulación intervenciones permitidas
BIM_11 CASA CONSISTORIAL PROTECCIÓN LOCAL / MUNICIPAL LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ART. 20
BIM_12 CASA BI-737 138** PROTECCIÓN LOCAL / MUNICIPAL LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ART. 20
BIM_13 CASA GARAIOLTZA 75 PROTECCIÓN LOCAL / MUNICIPAL LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ART. 20
BIM_14 CASA GARAIOLTZA 92 PROTECCIÓN LOCAL / MUNICIPAL LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ART. 20
BIM_15 ESCUELA DE
BARRIADA PROTECCIÓN LOCAL / MUNICIPAL LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ART. 20
BIM_16 VILLA MARILOLI PROTECCIÓN LOCAL / MUNICIPAL LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ART. 20
BIM_17 MOLINO TAMBORTENE PROTECCIÓN LOCAL / MUNICIPAL LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ART. 20
BIM_18 MOLINO BOLU PROTECCIÓN LOCAL / MUNICIPAL LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ART. 20
BIM_19 MOLINO DE OLAZARRE PROTECCIÓN LOCAL / MUNICIPAL LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ART. 20
BIM_20 ESTACIÓN DE LEZAMA PROTECCIÓN LOCAL / MUNICIPAL LEY 7 / 1990, DE 3 DE JULIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL
VASCO; ART. 20
Tabla 25. Elementos del Patrimonio Histórico-Cultural de Lezama.
* Casa Sabino Arana Enparantza 84: corresponde al elemento identificado como Casa Sabino Arana Enparantza 77 en el listado
del Gobierno Vasco
** Casa Bi-737 138: corresponde al elemento identificado como Casa BI-737 38 en el listado del Gobierno Vasco
*** El frontón de Lezama es uno de los elementos que cuenta con propuesta para su protección municipal. Ésta nace de la
recomendación habitual que se hace para los frontones municipales en el País Vasco.
Sin embargo, el Plan General prevé su demolición y sustitución por otro frontón, integrado en el nuevo polideportivo que se
construirá a través del desarrollo de la Actuación Integrada A.I. 1.
Esta sustitución está justificada por razones de utilidad social; en concreto, por el mal estado de conservación del actual frontón y
por su localización, que es central en relación al resto del municipio y sobre un tramo del arroyo Aretxalde. Esta ubicación impide la
valorización del área en relación al arroyo.
Las acciones a realizar previamente a su demolición están recogidas en la Normativa.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 129
4.2.3. Figuras de protección y áreas de interés natural
No consta la existencia de ningún espacio protegido ni de interés especial en el área de estudio en las bases de datos consultadas:
Red de Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000, Otros espacios naturales de interés (Áreas de Interés Naturalístico de las
DOT, Zonas Húmedas de la CAPV, Catálogo Abierto de Espacios Naturales Relevantes, Humedales de importancia internacional),
Plan Territorial Sectorial de Protección y Ordenación del Litoral.
4.2.4. Procesos y riesgos
4.2.4.1 Ruido
Para la determinación de las características acústicas de la situación actual se ha empleado información existente procedente de la
Diputación Foral de Bizkaia (Mapas Estratégicos de Ruido de la Red Foral de Carreteras de Bizkaia), así como de estudios
acústicos específicos.
Legislación existente en materia de ruido
Ámbito Estatal
Ley del Ruido: Ley 37/2003 de 17 de noviembre, por la que se traspone al Estado Español la Directiva Europea 2002/49/CE.
Esta ley tiene por objeto prevenir, vigilar y reducir la contaminación acústica, para evitar y reducir los daños que de ésta puedan
derivarse para la salud humana, los bienes o el medio ambiente.
Están sujetos a las prescripciones de esta ley todos los emisores acústicos de cualquier índole, así como las edificaciones en su
calidad de receptores acústicos.
El Gobierno ha de fijar los objetivos de calidad acústica aplicables a cada tipo de área acústica, de manera que se garantice, en
todo el territorio del Estado español, un nivel mínimo de protección frente a la contaminación acústica. Las comunidades autónomas
gozan de competencias para fijar los tipos de áreas acústicas, siendo el Gobierno el encargado de establecer reglamentariamente
los criterios a emplear en su delimitación.
Se emplearán índices acústicos homogéneos correspondientes a las 24 horas del día, al periodo diurno, al periodo vespertino y al
periodo nocturno. A su vez, los valores límite de emisión de los diferentes emisores acústicos, así como los valores límite de
inmisión, serán determinados por el Gobierno, si bien las comunidades autónomas y los ayuntamientos pueden establecer valores
límites más rigurosos que los fijados por el Estado.
En la ley se enuncian además los instrumentos de los que las Administraciones públicas competentes pueden servirse para
procurar el máximo cumplimiento de los objetivos de calidad acústica. Las medidas se dividen, con carácter general, en dos
grandes bloques: la acción preventiva y la acción correctora.
Real Decreto 1513/2005, de 16 de Diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de Noviembre, del Ruido, en lo
referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 130
Este real decreto tiene por objeto desarrollar la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a evaluación y gestión
del ruido ambiental, estableciendo un marco básico destinado a evitar, prevenir o reducir con carácter prioritario los efectos nocivos,
incluyendo las molestias, de la exposición al ruido ambiental y completar la incorporación a nuestro ordenamiento jurídico de la
Directiva 2002/49/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de junio de 2002, sobre evaluación y gestión del ruido
ambiental.
Real Decreto 1367/2007, de 19 de Octubre, por el que se desarrolla la ley 37/2003, de 17 de Noviembre de ruido en lo referente a
zonificación acústica, objetos de calidad y emisiones acústicas, modificado por el Real Decreto 1038/2012, de 6 de julio.
Entre los aspectos de mayor relevancia destacan los siguientes:
- La definición y aplicación de índices acústicos.
- La definición y delimitación de áreas acústicas (zonificación acústica) y de objetivos de calidad para las mismas,
tanto para espacio exterior como interior.
- La delimitación de zonas de servidumbre acústica asociadas a determinadas infraestructuras.
- El establecimiento de valores límite de emisión e inmisión originados por los emisores acústicos y determinadas
infraestructuras.
- Los procedimientos y métodos de evaluación de la contaminación acústica.
- La elaboración de mapas de ruido, estratégicos y no estratégicos.
Se establecen unos niveles límite (Tabla A) en el espacio exterior aplicables en los distintos tipos de áreas acústicas, los cuales se
muestran a continuación:
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 131
Tabla 26. Objetivos de calidad acústica para ruido aplicables a áreas urbanizadas existentes.
En la tabla que se muestra a continuación se indican los valores límite de inmisión originados por nuevas infraestructuras.
Tabla 27. Valores límite de inmisión de ruido aplicables a nuevas infraestructuras viarias, ferroviarias y aeroportuarias.
Ámbito Autonómico
Ley General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco: Ley 3/1998, de 27 de febrero.
La citada ley establece, en el apartado referente a la protección del aire, ruido y vibraciones, cómo la política de protección de la
atmósfera estará orientada a prevenir, vigilar y corregir la presencia en el aire de materias o formas de energía, incluida la acústica
y vibratoria, que impliquen riesgo, daño o molestia para las personas y bienes de cualquier naturaleza, procediéndose a tal fin a la
definición y establecimiento de objetivos de calidad, valores límite y umbrales de alerta.
En aras de cumplimentar los objetivos de protección del ambiente atmosférico en materia de ruido y vibraciones, se desarrollarán
las siguientes acciones:
- La definición y el establecimiento de los objetivos de calidad del aire ambiente para evitar, prevenir o reducir
los efectos nocivos que sobre la salud humana, el sosiego público y el medio ambiente en su conjunto se derivan de
la generación de ruidos y vibraciones.
- La determinación de los niveles máximos de ruido y vibración permitidos para los Medios de transporte,
industrias, actividades, instalaciones, máquinas, aparatos, elementos y, en general, cualquier situación susceptible
de generar niveles de ruido o vibraciones que puedan ser causa de molestia o suponer riesgos de cualquier
naturaleza para las personas, los bienes o el medio ambiente.
- La fijación de las limitaciones o especificaciones al planeamiento urbanístico en áreas expuestas al ruido o
la vibración.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 132
- La definición de las condiciones de aislamiento y otros requisitos acústicos a cumplir por los edificios que
alberguen usos sensibles al ruido o la vibración.
- La evaluación de los niveles de ruido y vibración.
Con el fin de cumplimentar los fines de la política de protección del medio atmosférico, los municipios de la Comunidad Autónoma
del País Vasco procederán a la promulgación de ordenanzas o a la adaptación de las ya existentes, así como a la incorporación a
sus instrumentos de planificación territorial de los objetivos de calidad, valores límite y umbrales de alerta, pudiendo incorporar
medidas de restricción en la utilización de suelos donde se hayan observado altos niveles de contaminación y limitando asimismo la
implantación de nuevas fuentes emisoras.
Estudio de los mapas de ruido de carreteras y líneas ferroviarias presentes
Carreteras
Las recientes actuaciones de las diferentes administraciones, dirigidas a fomentar el análisis y los planes de gestión del ruido
provocado por las infraestructuras de transporte encaminadas en concreto a conseguir un desarrollo sostenible, quedan
enmarcadas dentro de las líneas de acción de las nuevas políticas de lucha contra el ruido elaboradas por la Unión Europea e
impulsadas en España, por un lado con la aprobación de la Ley del Ruido 37/2003 de 17 de noviembre y su desarrollo
reglamentario (Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre y Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre), que traspone y amplía el
alcance de la Directiva sobre evaluación y gestión del ruido ambiental (2002/49/CE, de 25 de junio), y por otro lado, con el
documento básico DB-HR Protección frente al ruido (Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo) y cuyas exigencias de aislamiento
están en consonancia con los valores objetivo de ruido establecidos en la citada Ley del Ruido.
Una de las mayores fuerzas de esta corriente legislativa es la obligatoriedad de que cada país miembro deba abordar la realización
de una serie de Mapas Estratégicos de Ruido y Planes de Acción asociados, planteando una progresión lógica desde el diagnóstico
del problema hasta el desarrollo de medidas correctoras y preventivas.
La Directiva Europea 2002/49/CE y el desarrollo legislativo estatal que se ha traducido en la Ley del Ruido 37/2003 solicita la
elaboración de Mapas Estratégicos de Ruido, en una primera fase, de grandes ejes viarios cuyo tráfico supere los 6.000.000 de
vehículos al año (IMD>16.000), para la fecha 30 de junio de 2007 y, en una segunda fase, de los grandes ejes viarios definidos
como carreteras con un tráfico superior a 3.000.000 de vehículos por año (IMD>8.000) para la fecha 18 de julio de 2013.
En la siguiente imagen se puede observar la carretera (UME-21) de la Red Foral de Bizkaia identificada dentro del alcance de la
citada primera fase de la Directiva.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 133
Leyenda de la Red Foral de Bizkaia
Color Descripción
A-8
BI-737
N-240
BI-625
N-634
BI-631
N-637
MUNICIPIOS BIZKAIA
Figura 36. Paso de la N-637 por el muncipio de Lezama.
Se ha consultado el mapa referido al municipio de Lezama, en el cual se aporta información sobre la Distribución de los usos
acústicos, Superficie expuesta y población afectada por ruido para distintos rangos de dB.
Figura 37. Distribución de Usos Acústicos N-637
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 134
Los resultados obtenidos en el estudio se han representado según los requisitos de la Directiva 2002/49/CE Anexo VI:
Rango Superficie (km2) Nº de habitantes 55-60 1,3212 62 60-65 0,8546 22 65-70 0,3198 1 70-75 0,1845 -
Ldía dB(A)
>70 0,1494 - 55-60 1,5192 64 60-65 0,7452 29 65-70 0,368 1 70-75 0,1887 -
Ltarde dB(A)
>70 0,1497 - 55-60 1,1978 58 60-65 0,5721 8 65-70 0,2577 - 70-75 0,1354 -
Lnoche dB(A)
>70 0,0852 -
Tabla 28. Número de habitantes y Suelo expuesto en km2 según rangos de niveles sonoros en Lezama.
La Diputación Foral de Bizkaia ha redactado, entre otros, el Mapa de Ruido Estratégico de la antigua carretera N-637 (UME-21-
N637), que habrá de ser considerado para la redacción del PGOU de Lezama.
Este mapa identifica la situación de los niveles sonoros estimados (en rangos de 5 dB) por parámetro de evaluación seleccionado, y
representativo de un promedio anual. A continuación se representan los correspondientes a los parámetros: Ldía, Ltarde, Lnoche y
Lden.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 135
Figura 38. Niveles sonoros estimados (N-637) (Ldia)
Figura 39. Niveles sonoros estimados (N-637) (Ltarde)
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 136
Figura 40. Niveles sonoros estimados (N-637) (Lnoche)
Figura 41. Niveles sonoros estimados (N-637) (Lden)
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 137
Línea de ferrocarril
“Según el artículo 14.1, de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, las administraciones competentes elaborarán y aprobarán, de
acuerdo con los requisitos mínimos establecidos en el anexo IV, mapas estratégicos de ruido correspondientes a cada uno de los
grandes ejes viarios, de los grandes ejes ferroviarios, de los grandes aeropuertos y de las aglomeraciones, con arreglo al calendario
siguiente:
a) Antes del 30 de junio de 2007 se habrán elaborado y aprobado por las autoridades competentes, mapas estratégicos de ruido
sobre la situación del año natural anterior, correspondientes a todas las aglomeraciones con más de 250.000 habitantes y a todos
los grandes ejes viarios cuyo tráfico supere los seis millones de vehículos al año, grandes ejes ferroviarios cuyo tráfico supere los
60.000 trenes al año, y grandes aeropuertos existentes en su territorio.
b) Antes del 30 de junio de 2012, y después cada cinco años, se han de elaborar y aprobar por las autoridades competentes,
mapas estratégicos de ruido sobre la situación al año natural anterior, correspondientes a todas las aglomeraciones urbanas y a
todos los grandes ejes viarios y grandes ejes ferroviarios existentes en su territorio.
En cuanto a la vía ferroviaria Deustu – Lezama, que discurre por el municipio, sin embargo, no es un gran eje, por lo que Euskotren
no está obligado hasta el 2012 a realizar el mapa de ruido que esta infraestructura origina.
Zonificación acústica definida en el PGOU.
Se ha elaborado la zonificación acústica según lo previsto en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, y en los Reales
Decretos 1367/2007 y 1038/2012.
Para ello se han tenido en cuenta las siguientes categorías:
- Suelo residencial consolidado, que recoge los suelos urbanos residenciales existentes.
- Suelo residencial no consolidado, que propone los suelos para el crecimiento residencial previsto por el PGOU.
- Suelo industrial consolidado, que recoge los suelos urbanos que actualmente albergan, como uso global, el de
actividades económicas.
- Suelo industrial no consolidado, que propone los suelos con uso de actividades económicas para un futuro crecimiento.
- Suelo afectado a sistemas generales de infraestructuras de transporte, que recoge las zonas del territorio de dominio
público en el que se ubican los sistemas generales de las infraestructuras de transporte; en el caso de Lezama éstos son
el viario y el ferroviario.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 138
Por otro lado, las zonas de servidumbre acústica se han definido del siguiente modo:
- Afecciones derivadas del Txorierri, siendo la fuente los planos Ldía, Ltarde y Lnoche de la UME-21-N637, elaborados por
la Diputación Foral de Bizkaia. Esta información se muestra en el capítulo 1.3.4 Contaminación acústica.
- Afección derivada del aeropuerto de Bilbao, siendo la fuente el Mapa Estratégico de Ruido del Aeropuerto de Bilbao de
2007, elaborado en mayo del 2007 por el Ministerio de Fomento y Aena. Los planos se muestran en el capítulo 1.3.3
Plan Director del Aeropuerto de Bilbao.
- No ha sido posible incorporar las afecciones derivadas de la vía de Euskotren, ya que aún no cuenta con el relativo Mapa
de Ruido no Estratégico (menos de 30.000 circulaciones al año).
- Finalmente se estima que, tanto el resto de vías rodadas existentes como las propuestas, no soportan un nivel de tráfico
elevado que pudiera hacer necesario el cálculo de sus niveles de emisión de ruido.
A partir de estos datos se han definido las diferentes áreas acústicas. Para cada una de ellas se establece un objetivo de calidad
acústica según los criterios planteados en el Real Decreto, art. 14, que consiste en no superar los índices de inmisión de ruido
recogidos en la tabla siguiente para cada situación contemplada.
Para los suelos afectados a sistemas generales de infraestructuras de transporte se plantea el objetivo de adoptar las medidas
necesarias de prevención con el fin de no superar los actuales niveles de emisión.
(1) En estos suelos las administraciones competentes adoptarán las medidas adecuadas de prevención de la contaminación acústica, en particular mediante la aplicación de las tecnologías de menor incidencia acústica de entre las mejores técnicas disponibles, de acuerdo con el apartado a, del artículo 18.2 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre.
Por otro lado se han delimitado los suelos gravados por servidumbres acústicas, áreas del territorio afectadas al funcionamiento o
desarrollo de las infraestructuras de transporte y/o situados en el entorno de tales infraestructuras. Para ello se ha analizado la
relación que se produce entre las categorías de suelo establecidas y las zonas de servidumbre acústica.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 139
El resultado es que las afecciones derivadas del aeropuerto no empeoran los objetivos de calidad acústica de los suelos implicados,
ya que los niveles de producción de ruido del aeropuerto no superan los 55 decibelios durante el día y la tarde y no llegan a los 50
durante la noche; por lo tanto no suponen gravamen.
En cuanto al Txorierri, se ven afectados el núcleo colindante residencial de Aretxalde y el suelo urbanizable industriadle actividades
económicas de Ugarte.
Esta infraestructura grava con servidumbres acústicas algunas franjas de suelo situadas al sur. En ellas es necesario compatibilizar
las actividades existentes o futuras con las propias de las infraestructuras. En estas franjas el objetivo es, al menos, cumplir los
valores límites de inmisión establecidos para la infraestructura. Por ello, las inmisiones podrán superar los objetivos de calidad
acústica aplicables a las correspondientes áreas acústicas con los límites recogidos en el plano normativo Zonificación Acústica.
4.2.4.2 Calidad del suelo
La legislación aplicable en este aspecto es la siguiente:
Real Decreto 9/2005
Ley 1/2005, de 4 de febrero, para la prevención y corrección del suelo de la Comunidad Autónoma del País Vasco
Esta última Ley establece que la protección del suelo constituye un deber básico de las personas físicas y jurídicas poseedoras de
suelos, deber que conlleva la obligación de conocer y controlar la calidad del suelo, así como de adoptar medidas preventivas, de
defensa, de recuperación y de control y seguimiento.
El órgano ambiental de la Comunidad Autónoma realiza la declaración de calidad del suelo, por la que se determina si un suelo está
contaminado, alterado o no alterado, en los casos de (art. 17.1º de Ley 1/2005):
a) instalación o ampliación de una actividad en un suelo que soporte o haya soportado una actividad o instalación
potencialmente contaminante
b) ejecución de proyectos de movimientos de tierras en un emplazamiento que hubiera soportado una actividad o instalación
potencialmente contaminante del suelo y que en la actualidad se encuentre inactivo
c) cese definitivo de una actividad o instalación potencialmente contaminante del suelo
d) cambio de calificación de un suelo que soporte o haya soportado una actividad o instalación potencialmente contaminante
e) a iniciativa de las personas físicas propietarias o poseedoras del suelo, para el desarrollo de una actividad potencialmente
contaminante del suelo
El Gobierno Vasco pone a disposición un Inventario de Suelos Potencialmente Contaminados de la Comunidad Autónoma Vasca,
en el que se identifican en un primer lugar, aquellos suelos que podrían estar soportando o haber soportado actividades
potencialmente contaminantes del suelo.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 140
Tal y como se ha citado anteriormente (Punto 3.3.12. Plan de suelos contaminados del País Vasco 2007-2012), con fecha 15 de
julio de 2011, se recibe el informe de IHOBE. Sociedad Pública de Gestión Ambiental. Servicio de Consulta de Suelos del Gobierno
Vasco, en el que se realiza una revisión de los emplazamientos contemplados hasta el momento.
Por tanto, teniendo estas consideraciones en cuenta, obtenemos que los emplazamientos ubicados en Lezama son los indicados a
continuación:
Código Tipo Emplaza-
miento Área (m²) Empresa Tipo De Actividad Estado actual Otra información
48081-00001 Industrial 13.229 Uriarte Elektro, S.A. Actividades Económicas
En activo
48081-00002 Industrial 8.479 Nuevo edificio Ninguna En construcción Se remedió el suelo
48081-00003 Industrial 22.793 Stabilus - Sachs
Automotive España, S.A.
Actividades Económicas
En actividad ambas empresas
Ha sido analizada una pequeña superficie del
suelo, ya que se ha visto afectado por la
urbanización del polígono realizada
48081-00004 Industrial 10.443 Empresa que ha
cesado su actividad Ninguna Edificio vacío
Se realizó un estudio sobre el suelo del aparcamiento
porque éste resultaba afectado por la
urbanización del polígono realizada.
Ha comenzado el procedimiento para la
declaración de calidad del suelo; al momento,
pendiente de respuesta por parte del GV
48081-00005 Industrial 3.871 Empresa que ha
cesado su actividad Ninguna Edificio vacío
Ha comenzado el procedimiento para la
declaración de calidad del suelo; al momento,
pendiente de respuesta por parte del GV
48081-00006 Vertedero 10.500 En ctra. Lezama-
Larrabetzu
Vertedero de residuos urbanos, inertes e
industriales no autorizado empleado entre los años 1986 y
1988
Suelo libre
48081-00007 Vertedero 600 En ctra. Lezama-
Larrabetzu
Vertedero de residuos inertes no autorizado
iniciado en el año 1996
Ocupado por un nuevo vial
Se remedió el suelo
48081-00008 Vertedero 1.600 Marmolería
Vertedero de residuos industriales no
autorizado empleado entre los años 1960 y
1985
Suelo
Había sido ocupado como almacenamiento de
residuos de la marmolería anexa
48081-00009 Vertedero 3.400 Extetxupea o
Iturtxueta
Vertedero de residuos industriales no
autorizado empleado hasta el año 1979
Inactivo
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 141
Código Tipo Emplaza-
miento Área (m²) Empresa Tipo De Actividad Estado actual Otra información
48081-00010 Vertedero 9.700 Goitioltza
Vertedero de residuos inertes no autorizado
empleado hasta el año 1986
Inactivo
48081-000011 Industrial 350 Acoplamientos
Lezama Actividades Económicas
Sin actividad Situado en zona residencial
48081-000012 Industrial 1.440 Garaje Aurtenetxe,
S.A. Talleres En activo
48081-000013 Industrial 224 Taller Larrabe Talleres En activo
Situado en un bajo de zona residencial, en el edificio
más cercano a la BI-737 y no en lugar del indicado
48081-000014 Subestación
eléctrica 1.642
Subestación eléctrica
Energía En
funcionamiento
Incluida en el suelo de actividades económicas de
Ugarte
48905-000014 Industrial 18.056 Recupresa y otras Actividades Económicas
En activo Parte de este suelo se
ubica en el municipio de Zamudio
48905-000015 Industrial 16.980 Foret Actividades Económicas
En activo Parte de este suelo se
ubica en el municipio de Zamudio
Este hecho puede ser consultado en el plano de emplazamientos potencialmente contaminados.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 142
4.2.4.3 Riesgos de inundación
La planificación de los recursos en el CAPV, tal y como establece la Ley 29/1985, de 2 de Agosto, de Aguas, en su artículo 38.2,
debe realizarse básicamente mediante las determinaciones que establezca el Plan Hidrológico Nacional y los Planes Hidrológicos
de Cuenca.
Los Planes Hidrológicos de Cuenca incluirán las determinaciones correspondientes a una coherente prevención de las
inundaciones con objeto de reducir los riesgos potenciales de inundación. En este caso serán las emanadas del Plan Hidrológico
Norte III.
Los cauces que transcurren por el término municipal de Lezama pertenecen a la cuenca del río Asua. El principal riesgo que
prsentan los cursos fluviales son los riesgos derivados de la inundabilidad y, como se ha señalado anteriormente, el PTS de
Ordenación de los Ríos y Arroyos de la CAPV recoge en su documentación la homogenización de los distintos estudios existentes.
Sin embargo, hay que señalar que posteriormente al PTS, en el año 2007, se ha elaborado un Estudio Hidráulico para el río Asúa a
su paso por el término municipal, contando con la aprobación de URA. También, en el año 2010, se ha redactado un Proyecto de
Encauzamiento para la Unidad de Ejecución de Txupetxa, con el objetivo de corregir los riesgos de inundabilidad que afectaban al
ámbito.
Así, los riesgos relativos a la inundabilidad se corresponden con las diferentes actualizaciones que ha sufrido el PTS; estas
actualizaciones se han recogido en el Plano de Inundabilidad.
Cabe mencionar además, que en la respuesta recibida por parte de la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología del
Departamento de Interior del País Vasco, se indica que no existen en el entorno de actuación, infraestructuras hidráulicas que
supongan un peligro para la población en caso de rotura u operación incorrecta de las mismas.
Por otra parte, se indica también que para el diseño de las obras de drenaje, deberán tenerse en cuenta las isomáximas de
precipitación, por lo que todos los desarrollos que se deriven del nuevo planeamiento, deberán tener en cuenta este hecho.
Valoración
Tal y como puede observarse en el plano de riesgos hidrológicos, el riesgo de inundación puede calificarse como MEDIO.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 143
4.2.4.4 Riesgos geotécnicos y gravitacionales. Erosión y pérdida de suelos
Riesgos geotécnicos y gravitacionales
El siguiente punto se centra en desarrollar los aspectos geológicos y geotécnicos que pueden generar algún tipo de riesgo en la
zona de proyecto. Se pretende describir, de manera general, los principales problemas que derivan de las características
geológicas del entorno.
Se pueden diferenciar riesgos de gran magnitud ocasionados por procesos geodinámicos o meteorológicos y riegos derivados de la
interacción entre el medio geológico y la actividad humana.
Los primeros quedan representados por grandes procesos geodinámicos como vulcanismo, riesgo por aludes, riesgo sísmico,
fenómenos de subsidencia, diapirismo, inundaciones, etc.
Estudiando el área de proyecto se puede concluir que no existen fenómenos de vulcanismo, diapirismo, subsidencia o riesgo por
aludes. De la misma manera, según la norma sismorresistente nos encontramos en una zona de sismicidad baja.
Los riesgos derivados de la interacción entre el medio geológico y la actividad humana, hacen necesario el planteamiento de
actuaciones adecuadas para conseguir un equilibrio entre las condiciones naturales y la ocupación del territorio.
Tal y como puede verse en el “plano de Riesgos naturales. Geotécnicos y gravitacionales” la mayor parte de superficie presenta
condiciones geotécnicas favorables y aceptables.
Valoración
Establecemos por lo tanto BAJA la valoración del ámbito afectado en cuanto a los riesgos geotécnicos y gravitacionales se refiere
(consultar plano de riegos naturales).
Procesos erosivos, pérdida de suelos
Los procesos erosivos pueden ser desencadenados por mecanismos naturales (principalmente de origen hídrico), y por
mecanismos artificiales (eliminación de la cobertura vegetal protectora, acompañada o no de roturación o eliminación de uno o
varios de los horizontes edáficos) en actividades agrícolas, silvícolas, constructivas, extractivas, incendios forestales, etc.
Por otra parte, la composición del suelo (especialmente el contenido en materia orgánica), la pendiente, el sustrato geológico y el
régimen pluviométrico también se consideran fuerzas motrices de la erosión, en la medida que los niveles de erosión también
dependen, en mayor o menor medida, de estos factores.
En base a los datos de niveles de pérdida de erosión para toda la CAPV, calculados a escala 1:400.000 aplicando el modelo USLE,
que han sido publicados por el Ministerio de Medio Ambiente en sus Mapas de Estados Erosivos de Cuencas Hidrográficas, se
concluye que la zona perteneciente al ámbito de estudio presenta una tasa de pérdida de suelos entre 0 y 5 t/ha. en términos
generales.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 144
Tal y como puede verse en el “plano de Riesgos naturales. Erosión” en la mayor parte de superficie o no hay erosión neta, o bien
son zonas no susceptibles al proceso erosivo.
Valoración
La valoración de este componente ambiental es BAJA debido a su escasa tendencia a la erosión.
4.2.4.5 Riesgos de tráfico
Transporte de Mercancías Peligrosas
Dentro del marco que establecen el Acuerdo Europeo sobre el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera
(ADR 2003) y el Reglamento de Transporte por Ferrocarril (RID 2003), se publicó a nivel estatal, el 1 de marzo de 1996 el Real
Decreto 387/1996 por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el riesgo de accidentes en los
transportes de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril. En el ámbito del País Vasco enmarcado en el contexto del
mencionado Real Decreto, se elaboraron en 1998 los “Mapas de Flujo del Transporte de Mercancías Peligrosas en la Comunidad
Autónoma del País Vasco” y su actualización en el 2005.
El estudio de los “Mapas de Flujo del Transporte de mercancías peligrosas en la C.A.P.V.” del año 2005, se centra en los flujos de
Mercancías Peligrosas efectuados por carretera y ferrocarril que transcurren total o parcialmente dentro de los límites
administrativos de la CAPV. Los datos han sido recogidos en el 2003. A partir de los flujos de MMPP en carreteras y ferrocarriles se
ha calculado el riesgo que suponen tanto para la población como para el medio natural mediante el modelo TRANSIT.
De acuerdo con lo establecido en el informe recibido por parte de la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología del
Departamento de Interior del Gobierno Vasco, se ha incluido la información relativa al transporte de mercancías peligrosas por
Carretera, TPC, en el plano del documento urbanístico PI-07 Berariazko legediaren eragina / Incidencia de la legislación específica.
En él se indican las bandas de afección a cada lado de la carretera. Éstas constituyen las zonas donde se debe intervenir en caso
de accidente en condiciones adversas, según las recomendaciones de las Fichas de Intervención ante Accidentes con Materias
peligrosas 2001 publicado por el Departamento de Interior del Gobierno vasco, en relación al flujo de Materias Peligrosas.
Estas recomendaciones están basadas en las principales guías de intervención ante accidentes con materias peligrosas a nivel
estatal, europeo y especialmente norteamericano.
Para la gestión de emergencias se considera oportuno que en las modificaciones de las vías de comunicaciones estén presentes
todas aquellas iniciativas tendentes a facilitar el tránsito por la misma, en situaciones de crisis o emergencias a fin de facilitar:
- La evacuación de la misma en caso de colapso absoluto del tráfico.
- La reordenación del tráfico en estas vías en situaciones de crisis a fin de evitar colapsos circulatorios.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 145
- Medidas tendentes a facilitar el tránsito de vehículos de emergencias (bomberos, sanitarios, etc.) en caso de accidentes o
colapso circulatorio en la carretera.
- El habilitar en determinados lugares de la red de carreteras, zonas de emergencia dotadas de cunetas perimetrales para
la recogida de derrames y/o trasvases de líquidos de vehículos averiados y/o accidentados.
Valoración
Se concluye que el riesgo de accidente en condiciones adversas de la infraestructura proyectada es MEDIA-BAJA.
4.2.4.6 Otros riesgos
Riesgos de Incendio Forestal
Tal y como se indica en la Respuesta recibida por parte de la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología del
Departamento de Interior del Gobierno Vasco, a cada unidad de vegetación, se le ha asignado el modelo correspondiente del
“Modelo de Combustibles Forestales”, de manera que:
- Riesgo nulo – zonas de viñedo
- Riesgo bajo – zonas de vegetación ruderal nitrófila y prados y cultivos atlánticos
- Riesgo medio – zonas degradadas de robledal
- Riesgo alto – robledal consolidado y plantaciones forestales
Este hecho puede consultarse en el Plano de Riesgos Naturales. Incendios Forestales.
Valoración
Debido a ello, se concluye que el riesgo sísmico es BAJO o MUY BAJO en la zona.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 146
Riesgo sísmico
El municipio de Lezama se sitúa en la zona de intensidad IV-V, según el Plan de Emergencias ante el Riesgo Sísmico de
septiembre de 2006, con lo cual los municipios integrantes del corredor están exentos de realizar un Plan de Emergencia Sísmico,
ya que es improbable la ocurrencia de un sismo con capacidad para destruir edificaciones en el municipio. No obstante, se tendrán
en cuenta en las nuevas edificaciones la Norma de Construcción sismorresistente: parte general y edificación (NCSR-02) aprobada
por el Real Decreto 997/2002, de 27 de septiembre.
Valoración
Debido a ello, se concluye que el riesgo sísmico es BAJO o MUY BAJO en la zona.
Normativa SEVESO II
La Directiva Seveso ha sido incorporada a nuestro marco jurídico mediante el Real Decreto 1254/99, de 16 de julio y mediante el
Real Decreto 119/2005, de 4 de febrero por el que se modifica el Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio. En lo referente a esta a
esta norma, que pretende mejorar tanto las medidas de prevención como la capacidad de respuesta en caso de accidente, no se
han detectado industrias asociadas a actividades industriales potencialmente peligrosas, en el municipio de Lezama.
Valoración
Por todo ello, se concluye que el riesgo de accidentes de este tipo es BAJO o MUY BAJO en la zona.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 147
4.2.5. Factores sociales, económicos y territoriales
4.2.5.1 Indicadores socio económicos
El ámbito de estudio se encuentra situado en el término municipal de Lezama.
Demografía
En la actualidad el municipio de Lezama cuenta con 2.511 habitantes (a 1 de enero de 2011), lo que supone un 0,26% de la
población de la comarca del Gran Bilbao y un 0,22% de la población de Bizkaia.
La cercanía del municipio a áreas industriales y a la ciudad de Bilbao ha facilitado el mantenimiento de un ritmo constante de
crecimiento de la población, situándose la tasa media interanual de crecimiento de la población en los últimos 20 años en un 1,11%
(según los datos obtenidos de Eustat y del padrón municipal).
Mediante el análisis demográfico se pretende obtener el perfil de la población residente en el área de estudio a través del análisis
de variables tales como la población de derecho, crecimiento vegetativo, movimiento migratorio, la densidad y la estructura de la
población.
Para ello, tendremos en cuenta Bizkaia, el Gran Bilbao y Lezama. Así, los datos que obtenemos para cada uno de ellos en lo que a
densidad de población se refiere se muestran en la siguiente tabla:
Población por ámbitos territoriales, sexo y densidad de población. 2006 Total
Total Hombre Mujer Densidad de población (hab/km2)
Bizkaia 1136852 550638 586214 512,8 Gran Bilbao 867777 416890 450887 2444,4 Lezama 2394 1186 1208 140,8
Tabla 29. Densidad de población para los diferentes territorios (Eustat), 2006
Se trata de un municipio con muy baja densidad de población, unos 0,15 habitantes por km2. Por barrios, en el núcleo de Aretxalde
reside en la actualidad un 37% de la población total de Lezama, siendo el barrio de Garaioltza el más poblado, con un 53% de la
población total del municipio.
Barrios Habitantes Superficie (km2) Densidad de población (hab/km2)
Aretxalde 938 6.922,35 0,14
Garaioltza 1.328 4.557,56 0,29
Goitioltza 245 4.826,08 0,05
Total 2.511 16.305,99 0,15
Tabla 30. Densidad de población por barrios.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 148
Figura 42. Densidad de viviendas por Ha.
Con el fin de estimar la cantidad de suelo residencial que el Plan General debe prever se ha realizado una proyección de la
población a 8 años. Esta proyección se ha realizado de tres formas, como se detalla en la Memoria Urbanística.
Como resultado de estas tres formas de proyectar el crecimiento de la población, se obtiene un rango que varía, para el periodo de
8 años, desde un crecimiento de 55 personas según la previsión del Eustat, pasando por un crecimiento de 281 personas según la
proyección básica, hasta 422 personas según la proyección que tiene en cuenta los factores demográficos. Surgen así tres
escenarios de crecimiento de la población, a los que se va a denominar escenarios de crecimiento mínimo, moderado o máximo.
Escenarios 2011 (1/01) 2019
Crecimiento población 2011-
2019
Mínimo: crecimiento población mínimo, según proyección población Eustat
2.511 2.566 55
Moderado: crecimiento población moderado,
según proyección básica de población
2.511 2.792 281
Máximo: crecimiento población máximo, según proyección
población teniendo en cuenta los factores
demográficos
2.511 2.933 422
Tabla 31. Proyección de la población en Lezama para el año 2019
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 149
Es interesante conocer también los diferentes movimientos migratorios de las poblaciones en los citados territorios, con el fin de
conocer mejor la evolución de la población en la zona:
Saldos migratorios por ámbitos territoriales, clase, sexo y periodo 2009 Total 7394 Hombres 4075 Total Mujeres 3319 Total 7404 Hombres 4049 Externo Mujeres 3355 Total -10 Hombres 26
Bizkaia
Interno Mujeres -36 Total 5328 Hombres 3005 Total Mujeres 2323 Total 5837 Hombres 3216 Externo Mujeres 2621 Total -509 Hombres -211
Gran Bilbao
Interno Mujeres -298 Total 32 Hombres 20 Total Mujeres 12 Total 18 Hombres 13 Externo Mujeres 5 Total 14 Hombres 7
Lezama
Interno Mujeres 7
Tabla 32. Movimientos migratorios para los diferentes territorios estudiados (Eustat), 2008
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 150
En cuanto a la distribución de la población por rango de edades de los diferentes términos municipales, se muestran en la siguiente
tabla:
Población por ámbitos territoriales, edad, sexo, periodo 2006 Total 181426 Hombres 93067 0 - 19 Mujeres 88359 Total 736769 Hombres 367556 20 - 64 Mujeres 369213 Total 218657 Hombres 90015
Bizkaia
>= 65 Mujeres 128642 Total 135907 Hombres 69923 0 - 19 Mujeres 65984 Total 561610 Hombres 277893 20 - 64 Mujeres 283717 Total 170260 Hombres 69074
Gran Bilbao
>= 65 Mujeres 101186 Total 464 Hombres 233 0 - 19 Mujeres 231 Total 1549 Hombres 788 20 - 64 Mujeres 761 Total 381 Hombres 165
Lezama
>= 65 Mujeres 216
Tabla 33. Distribución de edades por territorios (Eustat), 2006
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 151
BIZKAIA
0-19
20-64
>=65
GRAN BILBAO
0-19
20-64
>=65
LEZAMA
19%
65%
16%0-19
20-64
>=65
Figura 43. Distribución de las edades (Eustat), 2006.
Se observa una distribución de edades muy similar en los tres territorios.
Actividades económicas. Empleo
Según los datos del Eustat para el año 2006, un 51% de la población del municipio se encuentra en el mercado de trabajo,
trabajando o buscando empleo (población activa), un porcentaje más elevado que el de la comarca (47%), la provincia (47%) y la
Comunidad Autónoma (48%):
En la tabla resumen que se muestra a continuación, se recoge la forma en la que está repartida la actividad económica (datos
recogidos en la base de datos del Eustat para el año 2006).
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 152
Población por ámbitos territoriales, actividad económica, sexo, periodo 2006
Total 1136852 Hombres 550638 Total Mujeres 586214 Total 498748 Hombres 285036 Ocupados Mujeres 213712 Total 596608 Hombres 246549
Bizkaia
Inactivos Mujeres 350059 Total 867777 Hombres 416890 Total Mujeres 450887 Total 377016 Hombres 214207 Ocupados Mujeres 162809 Total 458137 Hombres 187649
Gran Bilbao
Inactivos Mujeres 270488 Total 2394 Hombres 1186 Total Mujeres 1208 Total 1169 Hombres 662 Ocupados Mujeres 507 Total 1166 Hombres 505
Lezama
Inactivos Mujeres 661
Tabla 34. Población según su relación con la actividad y según su rama de actividad (Eustat), 2006
La Comarca del Gran Bilbao es la que cuenta con más personal ocupado en la industria de la Comunidad Autónoma. Lezama en
concreto tiene, según los datos del Eustat de 2006, un 24,04% de la población ocupada en este sector, más que en los ámbitos
geográficos comparados, como se aprecia en la siguiente tabla:
Porcentaje de población ocupada por sector de actividad. Año 2006
Agricultura Industria Construcción Servicios
C.A.Euskadi 1,05% 23,90% 9,30% 65,75%
Bizkaia 0,94% 20,19% 10,07% 68,80%
Gran Bilbao 0,43% 17,13% 10,67% 71,77%
Lezama 2,40% 24,04% 6,76% 66,81%
Tabla 35. Porcentaje de población ocupada por sector de actividad. Año 2006 (Eustat)
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 153
En comparación con el Gran Bilbao, con la provincia y con la Comunidad Autónoma, una parte importante de la población de
Lezama trabaja en el sector agrícola. Sin embargo, es el sector servicios el que ocupa a la mayor parte de la población, aunque con
un peso menor que el que tiene este sector en la comarca y en la provincia.
Población ocupada por sector de actividad en Lezama. Año 2006
Agricultura; 2,40%
Industria; 24,04%
Construcción; 6,76%
Serv icios; 66,81%
Figura 44. Sectores de actividad en Lezama (Año 2006).
Sectores de producción
- Sector primario
Las características del sector primario vienen definidas por una serie de parámetros relativos tanto al personal ocupado como a
la superficie que abarca, el número de explotaciones, los tipos de cultivo y la cabaña ganadera.
La agricultura, como tónica general de nuestra economía, se encuentra en un porcentaje muy pequeño.
En lo que respecta al aprovechamiento de la tierra, la superficie total de cada explotación agrícola con tierras se clasifica en
función del tipo de aprovechamiento que se le aplique en distintos grandes grupos: tierras labradas, tierras para pastos
permanentes y otras tierras.
Se denomina tierras labradas a aquellas que reciben cuidados independientemente de su aprovechamiento y la fecha en la que
se llevan a cabo mediante azada, arado, cultivador, grada, o extirpadora.
Las tierras para pastos permanentes por el contrario, son aquellas destinadas a la producción de hierba de forma permanente
por un periodo de 5 años o más, que no se incluyen en la rotación de cultivos.
Las otras tierras son aquellas que forman parte de la explotación pero no constituyen lo que se denomina Superficie Agrícola
Utilizada (S.A.U.).
Así, la superficie de estos territorios se divide de la siguiente forma:
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 154
Distribución de la superficie agrícola por ámbitos territoriales, período 1999
Todas las tierras 171717 -SAU 67207 --Tierras labradas 3205 --Tierras para pastos permanentes 63995
Bizkaia
-Otras tierras 104502 Todas las tierras 26663 -SAU 12115 --Tierras labradas 647 --Tierras para pastos permanentes 11467
Gran Bilbao
-Otras tierras 14548 Todas las tierras 1212 -SAU 564 --Tierras labradas 58 --Tierras para pastos permanentes 506
Lezama
-Otras tierras 648
Tabla 36. Distribución de la superficie agrícola en los territorios estudiados (Ha) (Eustat, 1999)
BIZKAIA
2%
37%
61%
Tierras labradas
Tierras parapastospermanentes
Otras tierras
GRAN BILBAO
2%
43%
55%
Tierras labradas
Tierras parapastospermanentes
Otras tierras
LEZAMA
5%
42%53%
Tierras labradas
Tierras parapastospermanentes
Otras tierras
Figura 45. Distribución de la superficie agrícola en los territorios estudiados (Ha).
En lo que respecta al subsector ganadero, se adjunta una tabla en la que se recoge el ganado bovino, ovino, caprino, porcino y
equino registrado en los términos municipales estudiados:
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 155
Unidades ganaderas por ámbitos territoriales, período 1999
Bovinos 70264 Ovinos 71280 Caprinos 9702 Porcinos 10504
Bizkaia
Equinos 7705 Bovinos 11244 Ovinos 8764 Caprinos 1762 Porcinos 764
Gran Bilbao
Equinos 1526 Bovinos 439 Ovinos 712 Caprinos 57 Porcinos 54
Lezama
Equinos 86
Tabla 37. Distribución de las unidades ganaderas en los territorios estudiados (Eustat), 1999
BIZKAIA
41%
42%
6% 6% 5% Bovinos
Ovinos
Caprinos
Porcinos
Equinos
GRAN BILBAO
48%
36%
7% 3% 6% Bovinos
Ovinos
Caprinos
Porcinos
Equinos
LEZAMA
33%
53%
4%4% 6% Bovinos
Ovinos
Caprinos
Porcinos
Equinos
Figura 46. Distribución de las unidades ganaderas en los territorios estudiados.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 156
- Establecimientos
Se presenta a continuación la relación de actividades y el número de establecimientos de los que se compone el territorio:
Establecimientos por ámbitos territoriales, actividad y periodo 2009 Total de actividad 104510 C/D/E. Industrias y energía 6568 F. Construcción 14996 G. Comercio; reparación de vehículos de motor 27006 H. Hostelería 8270 I. Transporte, almacenamiento y comunicaciones 8356 J/K. Intermediación financiera y servicios a empresas 24610
Bizkaia
L/M/N/O. Otras actividades de servicios 14704 Total de actividad 81662 C/D/E. Industrias y energía 4244 F. Construcción 11067 G. Comercio; reparación de vehículos de motor 21505 H. Hostelería 6281 I. Transporte, almacenamiento y comunicaciones 6551 J/K. Intermediación financiera y servicios a empresas 20529
Gran Bilbao
L/M/N/O. Otras actividades de servicios 11485 Total de actividad 177 C/D/E. Industrias y energía 29 F. Construcción 24 G. Comercio; reparación de vehículos de motor 34 H. Hostelería 18 I. Transporte, almacenamiento y comunicaciones 23 J/K. Intermediación financiera y servicios a empresas 25
Lezama
L/M/N/O. Otras actividades de servicios 24
Tabla 38. Establecimientos por ámbitos territoriales, actividad, período 2009. (Eustat)
En la actividad económica en el municipio tiene mucha importancia el sector secundario: un 31% de los 177 establecimientos
registrados en Lezama desarrollan sus actividades en la industria, energía y construcción, según los datos publicados por el Eustat
para el año 2009. El resto de los establecimientos del municipio tienen que ver con el sector servicios.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 157
4.2.6. Calidad del medio. Síntesis del inventario
Figura 47. Síntesis del Inventario Ambiental.
0 1 2 3 4
Clima
Atmósfera
Geología
Hidrología superficial
Hidrología subterránea
Suelos y capacidad de usos
Medio biótico
Ruidos
Calidad del suelo
Riesgos geotécnicos y gravitacionales
Riesgos de inundación
Riesgos de tráfico
Paisaje
Patrimonio cultural
Socio-economía. Bienes y rentas
BAJA MEDIA ALTA MUY ALTAElementos del medio físico y biológico
Riesgos y molestias inducibles
Factores estético-culturales
Factores sociales, económicos y territoriales
E S C A L A D E V A L O R A C I Ó N
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 158
5 EXAMEN AMBIENTAL DE LAS ALTERNATIVAS TÉCNICAMENTE RAZONABLES
En este apartado se describen y valoran ambientalmente de forma cualitativa las alternativas del PGOU formuladas para la
actuación objeto del plan y se realiza una previsión de la evolución que seguiría el sistema en el caso de no ejecutar ninguna
solución y mantener la situación actual (alternativa 0). Igualmente, se incluye una descripción de los criterios ambientales que se
van a utilizar en la valoración de las distintas actuaciones.
5.1. Definición de las actuaciones contenidas en las distintas alternativas del plan
A continuación se exponen y comparan las tres alternativas de ordenación contempladas. Esto se hace de una manera gradual; es
decir, la alternativa 0 supone el punto inicial y la explicación de las otras dos se hace mediante la descripción de las variaciones que
cada una de ellas presenta respecto de la anterior.
5.2. Definición de la alternativa 0 o “no intervención”
Esta alternativa es llamada también la de “no actuación”. Con este término se entiende el reflejo de la situación que se produciría
según la tendencia actual de desarrollo del municipio. En los casos en los que existe un planeamiento, la situación prevista
corresponde al desarrollo de la ordenación planificada.
La Alternativa 0 que se presenta toma como punto de partida las Normas Subsidiarias aprobadas definitivamente en 1988 y las
Modificaciones Puntuales a ellas aprobadas definitivamente, hasta la fecha. Además se incluyen los planeamientos de desarrollo
aprobados definitivamente (hayan sido ejecutados o no) y se recogen aquellas variaciones producidas en el territorio hasta la
actualidad.
Se describen a continuación las principales disposiciones del planeamiento del 1988 y las variaciones asumidas respecto de éste.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 159
5.2.1. Clasificación del suelo
Suelos Urbano y Urbanizable
Las Normas Subsidiarias de 1988 clasificaban como suelo urbano la denominada Área central de Lezama, la zona residencial del
barrio de la Cruz y la urbanización El Caserío.
Asimismo clasificaban como urbanizable:
- los sectores I y II, con calificación residencial, que completaban el semicírculo norte del Área central
- el sector III, con calificación industrial, en la zona de la Cruz
Los sectores residenciales ya se han desarrollado en su totalidad (únicamente queda por ejecutar una vivienda en el sector II),
mientras que en el industrial se está finalizando su urbanización y ya se están instalando algunas empresas. Por lo tanto, todos los
suelos urbanizables han adquirido la clase de urbanos.
El suelo no urbanizable
Las Normas de 1988 determinan dos categorías para esta clase de suelo:
- Área de protección del paisaje (que engloba las áreas de protección en general y las áreas de protección de
vaguadas)
- Área rural, cuyos destinos y usos son los propios de la explotación agrícola
A este respecto, merece mención especial el artículo 3.5.2.2 de la Normativa, en el que se definen los usos permitidos en esta
categoría de área rural. En él se incluye el de vivienda familiar aislada, que puede estar o no ligada a una explotación agropecuaria.
Esto ha permitido la “colonización” de gran parte de este suelo por parte de viviendas sin conexión con la explotación.
Los Sistemas generales
En el capítulo de la estructura general y orgánica del territorio (algo más adelante) se enumeran los Sistemas Generales de
Espacios Libres y de Equipamiento Comunitario que contemplan las normas de 1988.
En cuanto a los Sistemas Generales enmarcados en el suelo no urbanizable, se encuentran el Sistema General Cementerio, al sur
del municipio, el de las instalaciones deportivas del Athletic Club y los Sistemas Generales de Comunicaciones (viario y ferrocarril).
Estos últimos han sufrido aumentos considerables de superficie por la ampliación de la línea ferroviaria y la construcción del
Corredor del Txorierri, principalmente, en detrimento del suelo rural no protegido. Por ello, se ha calculado la superficie resultante
de suelo no urbanizable de esta alternativa 0 a día de hoy.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 160
A continuación se resume la clasificación actual de los suelos del municipio.
Clase de suelo Calificación del suelo Zonas Superficie Total
Urbano Residencial Área central de Lezama 117.000
Urbano Residencial U.M.E. La Cruz 5.200
Urbano Residencial U.M.E. El Caserío 16.200
Urbano Industrial Polígono La Cruz 200.300
Total suelo urbano 338.700
Total suelo urbanizable 0
No urbanizable Rural (asentamientos) 112.400
No urbanizable Área de protección al 5.660.000
No urbanizable Área Rural 8.996.700
Total suelo no urbanizable 14.769.100
Sistemas Generales 1.200.000
Tabla 39. Clasificación de los suelos del municipio.
5.2.2. La estructura general y orgánica del territorio.
Redes Viaria y Ferroviaria
Las Normas plantean un nuevo sistema viario que estructura los nuevos crecimientos residenciales del norte del área central
urbana. Éste ha ya sido ejecutado en el desarrollo de estos suelos.
Por otra parte, diseña un vial paralelo a la BI-737 cerrando la ordenación prevista al sur de esta área central, y otro al norte de la
unidad residencial de la Cruz. Ninguno de los dos ha sido ejecutado.
Dos Modificaciones Puntuales de estas Normas han recogido la ampliación de la línea de ferrocarril Deustu-Lezama hasta el centro
urbano y construcción de una nueva estación, y el trazado del corredor del Txorierri. Las Normas esbozaban dos conexiones con el
Txorierri: una desde el polígono industrial de la Cruz y la otra que une la BI-737 al este del municipio. No ha sido realizado ninguna
de los dos, sino otra casi al límite este del municipio.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 161
Los Espacios Libres
Las Normas de 1988 recogen los siguientes Sistemas Generales de Espacios Libres y Zonas Verdes de dominio y uso público:
- Plaza del Ayuntamiento
- Zona verde junto a la nueva zona escolar
- Zona verde entre el PERI y la nueva circunvalación
- Zonas verdes al borde de la carretera
- Zona verde de la ermita de la Cruz
La superficie del Sistema General de Espacios Libres asciende en suelo urbano y urbanizable a 20.228 m2..
De éstos, sólo se han ejecutado las zonas verdes al borde de la carretera (al este del núcleo urbano), y parcialmente la plaza del
Ayuntamiento.
Los Equipamientos
Las Normas recogen los siguientes Sistemas Generales de Equipamiento Comunitario:
- Ayuntamiento
- Iglesia de Santa María de Lezama
- Ermita de la Cruz
- Escolar deportivo
- Frontón y probadero
- Nuevo cementerio
El equipamiento escolar ha visto ampliada su superficie, en detrimento de la zona verde junto a ésta.
Ni el nuevo frontón-probadero ni el nuevo cementerio han sido ejecutados.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 162
5.2.3. La oferta de suelo
Residencial
La oferta de viviendas de las Normas del 88 se distribuía entre las clases de suelo urbano y urbanizable
Como se ha comentado anteriormente, todo el suelo urbanizable ha sido desarrollado, así como la mayor parte de las Unidades de
Actuación en suelo urbano. A continuación se describe en un cuadro el grado de desarrollo y las viviendas que aún quedan por
ejecutar por cada ámbito de suelo residencial.
Clase de suelo Ámbito Grado de desarrollo Viviendas aún por ejecutar
Urbano U.A.-1 Parcialmente ejecutado -
Urbano U.A.-2 Ejecutado 0
Urbano U.A.-3 Ejecutado 0
Urbano U.A.-4 Ejecutado 0
Urbano U.A.-5 No ejecutado 3
Urbano U.A.-6 No ejecutado 6
Urbano Nuevas áreas urbanas No ejecutado -13
Urbano Área Ambiental Plaza Lezama Consolidado 0
Urbano U.M.E. La Cruz Consolidado 0
Urbano U.M.E. El Caserío Consolidado 0
Urbanizable Sector I Ejecutado 0
Urbanizable Sector II Ejecutado casi en su totalidad 1
Total viviendas por ejecutar 10
Por lo tanto, el número de viviendas que aún quedarían por ejecutar en desarrollo de las Normas de 1988 es de 10. A este respecto
es de señalar que el PTP del Bilbao Metropolitano propone una oferta residencial para Lezama que se sitúa en la horquilla a 8 años
de entre 344 y 737 viviendas y a 16 años de 435-968 viviendas.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 163
Actividades Económicas
Las Normas de 1988 ordenaban un sector de suelo urbanizable industrial en el área de la Cruz. Actualmente se encuentra
parcialmente colmatado y se está completando su urbanización, por lo que ha adquirido la clasificación de suelo urbano. Así pues,
al día de hoy no existe reserva de suelo urbanizable para estas actividades.
El PTP marca una horquilla de nueva superficie para actividades económicas de entre 55 y 77 Has. en un horizonte de 8 años y de
74 y 120 Has. a 16 años. Es obvio que esta alternativa no cumple con las exigencias marcadas por este planeamiento de carácter
territorial.
5.3. Definición de la alternativa 1
Como se comentaba a razón del modelo de desarrollo escogido, de crecimiento moderado, la solución adoptada por las Normas
Subsidiarias del 2008 respondía de manera óptima a las necesidades y expectativas del municipio. Por lo tanto, cabe formular una
alternativa que recoja la ordenación propuesta en estas Normas, adaptándola a la nueva situación legislativa y efectuando ligeras
correcciones.
Así pues se describe a continuación esta alternativa a partir de la solución adoptada en las Normas del 2008, incluyendo además,
las modificaciones respecto de éstas que se consideran necesarias a día de hoy; seguidamente se enumeran los ajustes
propuestos derivados de los cambios físicos y legales producidos en estos últimos años.
5.3.1. Clasificación del suelo
El Suelo Urbano
Comprende el suelo urbano la inmensa mayoría de suelo encerrado por el nuevo anillo viario, a excepción del sector residencial
denominado SR-1 Aretxalde. Además, se clasifican como suelos urbanos los ámbitos edificados en el barrio de Aretxalde, la Cruz,
el Caserío y Garaioltza.
El Suelo Urbanizable
Dentro de esta clase de suelo se han delimitado sectores con usos globales diferenciados: residencial y actividades económicas
mixtas.
En este primer grupo se enmarca el SR-1 Aretxalde, situado en el interior del anillo de nueva creación que lo limita en sus lados
este, sur y oeste.
El sector resulta de desarrollo preferencial por cuanto colabora en la obtención del cinturón viario por el sur y en la obtención del
equipamiento deportivo previsto.
En cuanto a los sectores de uso de actividades económicas mixtas se definen el S-2 La Cruz II y el S-3 Ugarte, cumpliendo las
determinaciones establecidas por el PTP del Bilbao Metropolitano a estos efectos, si bien se ha calificado la superficie mínima
establecida por el mencionado Plan Territorial.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 164
El suelo no urbanizable
Las categorías contempladas son las siguientes:
- Especial protección. Incluye los suelos protegidos por los instrumentos de rango superior y los montes de utilidad
pública.
- Protección de aguas superficiales. Establece las distancias mínimas de protección de los cauces de acuerdo al PTS
de Ordenación de Márgenes de Ríos y Arroyos de la CAPV (Cuenca Cantábrica), vinculante en esta materia.
- Protección del medio rural. Forestal. Recoge las áreas de uso predominantemente agroforestal.
- Protección del medio rural. Agroganadera y campiña. Alto valor estratégico. Define el suelo agrícola protegido.
- Protección del medio rural. Agroganadera y campiña. Paisaje rural de transición. Recoge las áreas de uso
predominantemente agrario y ganadero.
- Núcleo rural. Se delimita el núcleo denominado Goitioltza. Está formado por una agrupación de caseríos, que
cumplen con las determinaciones legales establecidas en la Ley 5/1998 en su artículo 1.3.
Los Sistemas Generales
Se propone una red de Sistemas Generales Hosteleros, Asistenciales y Deportivos, entre los que se mencionan, por su relevancia,
las actuales instalaciones deportivas del Athletic Club de Bilbao, como Sistema General Privado. Los Sistemas Generales de
titularidad privada ubicados en el suelo no urbanizable se realizan en edificaciones existentes, excepto el Sistema General
Asistencial de Ugarte, que precisa de una nueva edificación para desarrollar el Uso de Residencia, permitiéndose en este caso la
nueva edificación porque se considera de interés general.
5.3.2. La estructura general y orgánica del territorio
La red Viaria
Se propone la creación del anillo en forma de U que permita restringir el tráfico rodado en el centro urbano del municipio y que
conectará la BI-737 con la carretera al Vivero.
En cuanto a la vialidad interior, se proponen nuevas calles y se da continuidad a algunas en parte ya ejecutadas. Estas calles
estructurarán las nuevas zonas urbanas, priorizando la circulación peatonal en las zonas más céntricas.
Se prevén dos nuevos aparcamientos: uno en el centro, junto a la nueva ubicación del frontón y otro en Garaioltza, junto al antiguo
Bolatoki, que tratarán de paliar los problemas derivados por la falta de ellos.
La Red Ferroviaria
Esta infraestructura básica está formada por la línea férrea Bilbao-Lezama y las estaciones de la Cruz y del centro urbano.
No supone modificaciones respecto del estado actual.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 165
Los Espacios Libres
Esta alternativa propone dos Espacios Libres de nueva creación.
Además se dispone el tratamiento de las riberas del río Asua y de los arroyos que confluyen en él.
La superficie del Sistema General de Espacios Libres asciende en suelo urbano y urbanizable a 31.729,24 m2.
Por otra parte, el desarrollo del planeamiento remitido completará el conjunto de los espacios libres con nuevas aportaciones
locales.
Los Equipamientos
Lezama tiene un nivel de equipamientos suficiente para sus propias necesidades, pero el incremento de viviendas que se plantea
hace necesaria la ampliación de los existentes y la nueva creación de otros.
Dado el aumento de población que supondrá la realización de las viviendas previstas, se propone la ampliación de la parcela de la
Escuela Pública, es decir, el Sistema General Docente, absorbiendo el Sistema General de Espacios Libres que se ubicaba al este
de la Escuela. Además se ha previsto la realización de una Kulturetxea en unos terrenos obtenidos por el desarrollo del anterior S-
II, se ha cambiado la ubicación del frontón (respecto de la situación actual y de la propuesta en la alternativa 0) y se prevé que el
SR-1 ceda unos terrenos para la realización de otro equipamiento deportivo.
Sobre estos dos últimos equipamientos deportivos, cabe mencionar que, como resultado del proceso de participación pública, en la
que se ha constatado que existe una gran parte de la población que considera más interesante la agrupación de éstos en uno solo,
o al menos, en un solo complejo deportivo, se propone en ésta y en la alternativa 2, la reserva de dos suelos adyacentes destinados
a este uso. Para ello se ha modificado la delimitación de los suelos urbano y urbanizable en los que éstos se ubicaban en las
Normas del 2008.
El Sistema General Deportivo 1 (SGDP1) se mantiene en la posición original que proponían las Normas, al sur del actual frontón y
en suelo urbano. El Sistema General Deportivo 2 (SGDP2) cambia ubicación, situándose colindante con el 1, de modo que quepa la
posibilidad en un futuro de que se construya un único edificio en dos fases o dos edificios aislados, según las necesidades del
momento. El suelo urbanizable del sector 1 gana aproximadamente 7.600 m2, en detrimento de la superficie del urbano. La
superficie del suelo destinado al SGDP2 permanece inalterada respecto de la alternativa 0, siendo alrededor de los 4.800 m2. El
Sistema Local de Aparcamiento cambiará ubicación, siempre en el mismo área. La ordenación definitiva podrá variar estos
extremos.
Entre los equipamientos privados se encuentran el deportivo que conforman las instalaciones deportivas del Athletic Club y los
diferentes equipamientos asistenciales.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 166
5.3.3. La nueva oferta de suelo
Residencial
Para la cuantificación de la oferta de suelo residencial a realizar en esta alternativa, se ha considerado la estimación de necesidad
de nueva vivienda realizada en el capítulo de Características Socioeconómicas, que era de 416 viviendas.
Como en la alternativa anterior, se considera la oferta de viviendas distribuida entre las clases de suelo urbano y urbanizable; no así
las posibles nuevas viviendas del núcleo rural ni las de sustitución.
Se entiende como oferta en suelo urbano a la vivienda contenida en las diferentes áreas urbanas delimitadas. En el cuadro adjunto
se detalla la oferta de edificabilidad de uso residencial en suelo urbano.
Edificabilidad urbanística Nº Denominación Superficie
Comercial Viv. Libre Viv. Tasada Total Residencia Sup. Techo
1 LARRETXE 28.677,00 648,00 6.949,00 2.971,00 9.920,00 10.568,00
2 TXUPETXA 7.725,71 680,00 4.120,00 1.226,00 5.346,00 6.026,00
3 MARI LOLI ENEA 5.794,00 2.400,00 2.400,00 2.400,00
4 CUATRO 12.705,59 4.250,00 4.250,00 4.250,00
5 CINCO 5.907,42 2.744,00 686,00 3.430,00 3.430,00
6 TRENBIDEONDO 3.982,02 2.040,00 2.040,00 2.040,00
7 GARAIOLTZA 11.329,00 2.920,00 584,00 3.504,00 3.504,00
Total superficie 1.328,00 25.423,00 5.467,00 30.890,00 32.218,00
Total viviendas 231 58 289
La oferta de edificabilidad de uso residencial contenida en el sector de suelo urbanizable es la siguiente:
Edificabilidad urbanística Nº Denominación Superficie
Comercial Viv. Libre Viv. Tasada Total Residencia Sup. Techo
1 ARETXALDE 62.177,00 2.650,00 13.566,00 5.800,00 19.366,00 20.016,00
Total viviendas 123 61 184
A los efectos de dar cumplimiento del número de viviendas se ha realizado la estimación de 110 m2 construidos a modo de vivienda
tipo libre y 95 m2 construidos a modo de vivienda tasada municipal.
En resumen, la oferta total residencial asciende a 473 viviendas, de las cuales 119 corresponden a viviendas tasadas municipales.
La ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo no establece ninguna obligación a la reserva de ningún porcentaje de VPO en Lezama, ya que
es un municipio inferior a 3.000 habitantes y sin núcleos urbanos continuas superiores a 2.000 habitantes.
Respecto a las previsiones de oferta residencial derivadas del PTP del Bilbao Metropolitano, teniendo en cuenta el tiempo que
transcurrirá hasta que se gestionen y desarrollen tanto las Áreas Urbanas como el Plan Parcial del S-1, podemos afirmar que la
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 167
oferta está dentro de la horquilla exigida por el PTP para los 8 años y excede en 38 viviendas el mínimo para los 16 años (435
viviendas).
En consecuencia, resulta una oferta equilibrada según las previsiones de la escala territorial.
Ámbito Nº Viv. Libres Nº Viv. Tasadas Nº Viv. Total
Áreas Urbanas 231 58 289
Sector Urbanizable 123 61 184
Total nuevas viviendas 354 119 473
Actividades Económicas
La necesidad de reserva de suelo para el uso de Actividades Económicas Mixtas deriva de las determinaciones del Plan Territorial
Parcial del Bilbao Metropolitano. En el mismo, se establece la implantación de una Reserva Estratégica de Uso de Actividades
Económicas Mixtas en Aretxalde.
En el caso de este municipio, se ha optado por el cumplimiento superficial mínimo, ubicando los suelos para nuevas actividades
económicas en dos sectores en los extremos del término municipal, sin vinculación viaria entre ellos y conexionados directamente
con el Corredor a través de los accesos existentes en las proximidades de los límites con Zamudio y Larrabetzu.
Dicha reserva se ha establecido en el sector S-2 la Cruz II, ubicado entre el suelo industrial La Cruz y el corredor del Txorierri y en
el S-3 Ugarte situado al sur de la BI-737 en el límite este del municipio, conformando una unidad con los suelos reservados a este
fin del municipio vecino de Larrabetzu.
La superficie del S-2 La Cruz II es de 216.337 m2 y la del sector S-3 Ugarte 351.417 m2, lo cual hace un total de 567.754 m2 de
reserva de suelo.
La reserva de suelo establecida cumple, por lo tanto, con las exigencias marcadas por el PTP del Bilbao Metropolitano para el
período de 8 años.
Además de todo lo expuesto hasta ahora, se describen los siguientes ajustes respecto de la ordenación propuesta en las Normas
del 2008:
5.3.4. Adaptación del planeamiento a la nueva legislación
Se percibe la necesidad de adaptar las determinaciones del planeamiento urbanístico al nuevo marco legal vigente que ha variado
sustancialmente del referenciado en las Normas Subsidiarias. También debe adaptarse el documento al planeamiento de carácter
territorial aprobado hasta la fecha y cuyas determinaciones tienen carácter básico y aplicación directa en el planeamiento municipal.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 168
5.3.5. Adaptación de la ordenación a los nuevos límites municipales
Por parte de la Diputación Foral de Bizkaia han sido facilitados a fecha de febrero de 2011 los límites actualizados del municipio de
Lezama con los de Larrabetzu y Galdakao. Los límites restantes, con los municipios de Gamiz-Fika y Zamudio, han sido obtenidos
en enero de 2011 de la cartografía que esta misma Diputación ha puesto a disposición en su página web.
Estos límites son distintos de los recogidos en las Normas Subsidiarias del 2008 y se actualizan en esta alternativa 1.
5.3.6. Adaptación de la ordenación a la nueva realidad construida
Desde los noventa el territorio de Lezama ha sufrido cambios radicales que ha sido necesario actualizar en esta alternativa.
5.3.7. Propuesta del ámbito de Garaioltza como suelo urbano
Se propone, con fundamento en la posibilidad recogida en el art. 29 LSUPV, la ordenación como suelo urbano del núcleo rural de
Garaioltza, a fin de facilitar la implantación de los equipamientos y servicios necesarios para su adecuado desarrollo y ordenar la
colmatación de espacios.
5.3.8. Revisión de las posibles protecciones al patrimonio histórico-cultural
Aunque no corresponde a esta fase de Avance la definición de todos los elementos de este patrimonio a proteger, considerando
que esta protección es uno de los principales objetivos declarados de este Plan General, se analizarán con detalle tanto los bienes
inmuebles de interés cultural del Departamento de Cultura del Gobierno Vasco, como otros posibles elementos que se revelen de
interés para su posible inclusión en el Catálogo del Plan General.
5.4. Definición de la alternativa 2
Ésta se plantea como un redimensionamiento de la alternativa 1.
Habiendo propuesto anteriormente un crecimiento mínimo, tanto de superficie residencial como de industrial, respecto de las
necesidades detectadas y las disposiciones de rango superior, parece oportuno formular esta alternativa como un aumento de estas
superficies, considerando un escenario posible futuro de mayor desarrollo, tanto industrial como residencial.
Por lo tanto, las variaciones respecto de la alternativa 1 se centran en los siguientes dos aspectos:
5.4.1. Propuesta de mayor desarrollo residencial
Esta propuesta puede ser avalada por dos justificaciones diversas.
La primera se basa en que, tal y como se describe en el capítulo de Características Socioeconómicas, existen tres escenarios
demográficos futuros posibles. Las alternativas 0 y 1 parten de una hipótesis de crecimiento moderado al que se responde con una
oferta residencial poco mayor de la mínima exigida por el PTP.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 169
En esta alternativa 2 se considerarían las proyecciones de población a 2027 obtenidas teniendo en cuenta la tendencia de los
últimos años (según los valores de los factores demográficos de natalidad, mortalidad y migración). Este escenario posible prevé un
crecimiento demográfico mayor que el de la alternativa anterior.
La segunda justificación derivaría de la posibilidad de considerar que la oferta residencial de Lezama respondiera en mayor medida
al equilibrio interno propuesto en el PTP.
En todo caso, la oferta residencial total de esta alternativa se colocaría en posición intermedia entre el mínimo y el máximo
planteado en la horquilla del PTP.
En este caso, se propone que también este desarrollo añadido se produzca en los suelos en torno al centro urbano.
Parece razonable completar el “semicírculo” del núcleo urbano en su parte noroeste con una tipología de vivienda adosada (como
ya se propone en el noreste en la UE-4).
Además, se plantea otro área de crecimiento del núcleo hacia Garaioltza. Este desarrollo no haría sino colmatar de forma ordenada
y urbana una tendencia en acto; actualmente este tramo está caracterizado por la vivienda dispersa no vinculada, en su mayor
parte, a explotación agraria. También en este tramo se propone la tipología edificatoria de vivienda adosada.
Esta tipología supone un equilibrio entre una demanda de vivienda con jardín, de baja densidad, y la necesidad de protección del
suelo frente a un consumo excesivo, además de que propone un paisaje límite urbano – rural adecuado.
Para estos suelos, se propone inicialmente una densidad similar a la de la UE-4, es decir, una edificabilidad en torno a 0,33 m2/m2.
La residencia propuesta, por lo tanto, es aproximadamente la siguiente:
Nombre Superficie (m²) Edificabilidad (m²/ m²) Nº estimado de viviendas
S-4 20.000 0,33 60
S-5 33.800 0,33 100
Total 53.800 160
Este número de viviendas supondría un aumento de aproximadamente el 34% respecto de la oferta de las alternativas 0 y 1. El
total, unas 633 viviendas, se colocaría en un punto casi intermedio de la horquilla del PTP para los 16 años, que está entre 435 y
968.
5.4.2. Propuesta de mayor desarrollo industrial
En esta alternativa se proponen como un incremento de uso industrial, los suelos situados al oeste del sector industrial de Ugarte.
Esta ubicación de la ampliación de los suelos ya previstos en la alternativa 1 viene justificada por diversas razones: debe darse en
la franja entre la BI-737 y el corredor del Txorierri por disposiciones del PTP; con la intención de proteger lo más posible el resto del
territorio, cuyas vocaciones son de suelo rural y protegido, es razonable plantear este nuevo suelo industrial como una ampliación
de otro suelo ya así calificado y lo más alejado posible de las áreas habitadas; por último, la ampliación hacia el este del polígono
de la Cruz comprometería valores patrimoniales y naturalísticos en mayor medida de lo que lo hace la ubicación propuesta.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 170
Esta ampliación de suelo ocuparía una superficie de unas 17 Has., lo que supone aproximadamente un 30% más de la oferta
planteada en las alternativas 0 y 1. El total de suelo urbanizable industrial resultaría de unas 74 Has., situada en el mínimo de la
horquilla propuesta por el PTP (74-120 Has.) para el período de 16 años.
5.5. Descripción de los criterios ambientales utilizados para valorar las distintas alternativas
Las variables ambientales son susceptibles, en mayor o menor medida, de sufrir alteraciones en su situación actual como
consecuencia de las actuaciones consideradas. Estas afecciones no serán, en ningún caso, de gran envergadura, dada la
naturaleza de las acciones planteadas y de las características del medio en el que se propone su emplazamiento.
En apartados posteriores, se realizará una cuantificación y valoración de impactos analizando las afecciones generadas por la
ejecución de las diferentes actuaciones del Plan. En dicho análisis se tendrán en cuenta aquellas variables que se consideren
discriminantes en el proceso de selección de alternativas.
En este sentido, entre las variables que integran el inventario ambiental, no se consideran discriminantes factores como la
climatología, la vegetación, la hidrología, la fauna, el patrimonio cultural, los espacios protegidos y las áreas de interés natural, ya
que las afecciones que se puedan producir sobre estos aspectos no son significativas.
Sin embargo, se consideran discriminantes los impactos generados sobre los usos del suelo, los aspectos socioeconómicos y
territoriales (tales como la ocupación de terrenos y el ruido), al desarrollar las diferentes actuaciones contempladas en el Plan, y el
impacto sobre los valores estéticos y paisajísticos sobre los que, como se resume más adelante, las alternativas tendrán diferentes
grados de incidencia.
Por tanto, la comparación se basará únicamente en estos aspectos diferenciadores.
Usos del suelo:
El cambio de uso de suelo procurará una regeneración de terrenos actualmente en desuso dentro del sector primarios. Se
analizan principalmente:
- Eliminación y ocupación de suelo natural.
- Aspectos territoriales y urbanísticos.
Aspectos socioeconómicos y territoriales
Se considera la ocupación de distintos terrenos para uso industrial y residencial. Por otra parte, se analiza la calidad
acústica generada en el entorno de las diferentes actuaciones contempladas.
Valores estéticos y paisajísticos
Se valora la afección al paisaje de las diferentes actuaciones contempladas en el PGOU.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 171
5.6. Descripción y valoración global de los principales impactos generados por las distintas alternativas
En lo que se refiere al análisis ambiental, se considera que las alternativas formuladas son indiferentes e indistintas respecto a su
potencial afección a la mayor parte de los elementos del medio considerados en este documento. Concretamente, se considera que
su impacto potencial respecto al clima, geología, fauna y vegetación, ecosistemas y patrimonio cultural, resulta similar en cuanto a
magnitud y carácter.
En consecuencia, el análisis ambiental realizado se ha centrado en la valoración del impacto sobre aquellos elementos del medio
en que cada alternativa ofrece alguna diferencia o matiz respecto a la otra alternativa considerada. Estos elementos diferenciadores
(se han considerado tanto acciones de proyecto como elementos del medio e impactos) son: la eliminación y ocupación de suelo
natural, el impacto visual, el impacto acústico, hábitats, y por último, los aspectos territoriales y urbanísticos.
Tal y como se ha citado anteriormente, el modelo de desarrollo es común a las tres alternativas. Por lo tanto, las diferencias entre
ellas no son sustanciales, sino más bien cuantitativas.
A continuación, se describen y valoran ambientalmente, las alternativas de planeamiento formuladas.
La localización en planta de estas alternativas se refleja en los Planos “Alternativa 0”, “Alternativa 1” y “Alternativa 2”.
Alternativa 0
Esta alternativa es llamada también la de “no actuación”, es decir, es la situación que se produciría según la tendencia actual de
desarrollo del municipio, según la Normativa vigente.
Alternativa 1
Esta alternativa se presenta como la evolución de la anterior, y, desde el punto de vista medioambiental, presenta ligeras
modificaciones:
▪ Redelimitación de la categoría de “protección de aguas superficiales” del suelo no urbanizable y,
consecuentemente, de otras categorías de suelo no urbanizable.
El PTS de Ordenación de Márgenes de Ríos y Arroyos de la CAPV, establece las distancias mínimas de protección de
los cauces. Se han recogido estas disposiciones, vinculantes en esta materia, lo que en la mayor parte de los casos,
esto ha supuesto un aumento de la superficie de suelo no urbanizable de las categorías “alto valor estratégico –
agroganadera y campiña”, “alto valor estratégico – paisaje rural” y “especial protección”.
▪ Propuesta de mayor desarrollo residencial.
Se propone una mayor oferta residencial, como ampliación del núcleo urbano.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 172
▪ Reubicación de los nuevos equipamientos deportivos.
Como resultado del proceso de participación pública, en la que se ha constatado que existe una gran parte de la
población que considera más interesante la agrupación de los dos equipamientos deportivos en uno solo, o al menos, en
un solo complejo deportivo, se propone en ésta y en la alternativa 2, la reserva de dos suelos adyacentes destinados a
este uso. Para ello se ha modificado la delimitación de los suelos urbano y urbanizable en los que éstos se ubicaban.
▪ Propuesta de desarrollo industrial.
Se ha optado por el cumplimiento superficial mínimo, ubicando los suelos para nuevas actividades económicas en dos
sectores en los extremos del término municipal, sin vinculación viaria entre ellos y conexionados directamente con el
Corredor a través de los accesos existentes en las proximidades de los límites con Zamudio y Larrabetzu.
Dicha reserva se ha establecido en el sector S-2 la Cruz II, ubicado entre el suelo industrial La Cruz y el corredor del
Txorierri y en el S-3 Ugarte situado al sur de la BI-737 en el límite este del municipio, conformando una unidad con los
suelos reservados a este fin del municipio vecino de Larrabetzu.
La superficie del S-2 La Cruz II es de 216.337 m2 y la del sector S-3 Ugarte 351.417 m2, lo cual hace un total de
567.754 m2 de reserva de suelo.
La reserva de suelo establecida cumple, por lo tanto, con las exigencias marcadas por el PTP del Bilbao Metropolitano
para el período de 8 años.
Alternativa 2
Ésta se plantea como un redimensionamiento de la alternativa 1. En este caso, se plantea un aumento de las superficies
residenciales e industriales.
Por lo tanto, las variaciones respecto de la alternativa 1 se centran en los siguientes dos aspectos.
▪ Propuesta de mayor desarrollo residencial.
Se plantean dos áreas de crecimiento; el núcleo urbano, sobre todo, en su parte noroeste y otro área de crecimiento del
núcleo hacia Garaioltza. Lo cual supondría, en ambos casos, el paso de suelo no urbanizable a suelo urbano. No
obstante, cabe mencionar que, se propone, principalmente la tipología edificatoria de vivienda adosada, lo que supondría
un equilibrio entre una demanda de vivienda con jardín, de baja densidad, y la necesidad de protección del suelo frente a
un consumo excesivo, además de que propone un paisaje límite urbano – rural adecuado.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 173
▪ Propuesta de mayor desarrollo industrial.
En esta alternativa se proponen como un incremento de uso industrial, los suelos situados al oeste del sector industrial
de Ugarte. Esta ubicación de la ampliación de los suelos ya previstos en la alternativa 1 viene justificada por diversas
razones: debe darse en la franja entre la BI-737 y el corredor del Txorierri por disposiciones del PTP; con la intención de
proteger lo más posible el resto del territorio, cuyas vocaciones son de suelo rural y protegido, es razonable plantear este
nuevo suelo industrial como una ampliación de otro suelo ya así calificado y lo más alejado posible de las áreas
habitadas; por último, la ampliación hacia el este del polígono de la Cruz comprometería valores patrimoniales y
naturalísticos en mayor medida de lo que lo hace la ubicación propuesta.
Esta ampliación de suelo ocuparía una superficie de unas 17 Has., lo que supone aproximadamente un 30% más de la
oferta planteada en las alternativas 0 y 1. El total de suelo urbanizable industrial resultaría de unas 74 Has., situada en el
mínimo de la horquilla propuesta por el PTP (74-120 Has.) para el período de 16 años.
Resumen de conclusiones sobre la comparación ambiental de alternativas
Los criterios ambientales que han sido tenidos en cuenta para la comparación ambiental de alternativas, se resumen en el siguiente
cuadro
Impactos clave para comparativa Alternativa 1 Alternativa 2
Eliminación y ocupación de suelo natural 57 Ha (Uso industrial)
5,7 Ha (Uso residencial) 74 Ha. (Uso Industrial)
11 Ha. (Uso residencial))
Impacto visual Ligeramente inferior (menos ocupación de suelo)
Ligeramente superior (mayor ocupación de suelo)
Impacto Acústico Ligeramente inferior Barrio de Garaioltza y Aretxalde
Hábitats 34 Ha (Uso industrial) 5,7 Ha (Uso residencial)
41,4 Ha. (Uso Industrial) 8,85 Ha. (Uso residencial)
Aspectos territoriales y urbanísticos 68 Ha (paso de no urbanizable a urbanizable)
90,4 Ha. (paso de suelo no urbanizable a suelo urbanizable)
De la comparación de las variables ambientales más determinantes en este caso, y a la vista de que, en todas ellas resulta
más favorable la alternativa 1 que la 2, se deduce que la primera sería ambientalmente más adecuada.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 174
5.7. Justificación de la alternativa elegida y motivos por los cuales las otras alternativas han sido
rechazadas
La alternativa 0 propone la no actuación. Sin embargo, la realidad es que el municipio de Lezama necesita un desarrollo, que exige
su natural evolución social y demográfica. Se considera que la ordenación propuesta en las Normas Subsidiarias del 2008 es hoy
en día aún válida. Propone un desarrollo moderado que el municipio continúa demandando y que ha sido ejecutado mínimamente,
como es también natural dada su poca antigüedad. Pero es necesaria la tramitación de un nuevo planeamiento, como se ha
descrito en otros documentos.
Una vez constatada la necesidad de actuación, por lo explicado hasta ahora, y tras el análisis y diagnosis de la información
ambiental, se concluye que la alternativa 2 supone una mayor transformación del territorio, que tendría mayores implicaciones
desde el punto de vista medioambiental, como son: mayor artificialización del suelo hoy en día natural, mayores impactos visuales y
acústicos (durante y después de la ejecución de los desarrollos) y mayor afección a los hábitats existentes, entre otras.
En consecuencia, la alternativa 1 es más favorable desde el punto de vista ambiental.
5.7.1. Justificación en relación con el planeamiento supramunicipal
La propuesta responde a las exigencias del PTP, como se ha descrito en la descripción de las alternativas. A grandes rasgos, se
menciona que se implantan dos nuevos asentamientos de Actividades Económicas, situados al sur, entre el núcleo urbano y el
Corredor del Txorierri, como determina el PTP, con una superficie total de 56,8 Has. (cifra que se encuentra en la horquilla para el
período de ocho años, entre 77 y 55 Has). Por otra parte, la oferta de nueva vivienda se calcula en 469 viviendas (cifra comprendida
tanto en la horquilla del período de ocho años como en la de dieciséis).
Por otra parte, el avance de ordenación recoge las vinculaciones y afecciones derivadas de los Planes Sectoriales que tienen
influencia sobre el municipio. Las determinaciones de aplicación se han descrito en los capítulos de Legislación Aplicable y Otras
Afecciones del Documento de Información Urbanística.
5.8. Solución adoptada
El documento de Avance del Plan General de Ordenación Urbana de Lezama fue sometido a exposición pública. Fruto de esta
exposición y del trabajo técnico para la definición de la ordenación, el documento para Aprobación Inicial presenta una evolución de
la Alternativa 1, seleccionada en el Avance.
Los principales cambios afectan a los suelos localizados al sur de la BI-737; esto es, en el área de suelo urbano no consolidado y
en el sector residencial. La intención ha sido la de, por una parte, ajustarse a las condiciones de gestión derivadas de la Ley del
Suelo del 2006, y por otra, la de ordenar el futuro desarrollo de una forma algo más orgánica, disminuyendo la ocupación de suelo
por sistema viario e incluyendo en un solo equipamiento el futuro frontón y otras instalaciones deportivas. Todo ello redunda en el
aumento de zonas verdes y peatonales.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 175
Por otra parte se aumenta el número de categorías de suelo no urbanizable para ajustarse aún más a las características y
exigencias de cada tipo de suelo y se califica el asentamiento de Garaioltza como núcleo rural.
A continuación se describe pormenorizadamente la solución adoptada.
5.8.1. Descripción general
La problemática urbanística de Lezama pasa por conformar un núcleo urbano que atraiga la población, evitando la consolidación
como municipio disperso de signo ciudad-dormitorio.
El principal objetivo del Plan General ha sido la potenciación del núcleo, para lo cual se ha ordenado con los siguientes criterios:
- Densificar la oferta residencial del centro.
- Dotarlo de equipamientos propios de la centralidad.
- Estructurar la red viaria y los aparcamientos.
El peso poblacional que adquiere de este modo el centro urbano posibilita el desarrollo de actividades terciarias, la ocupación y el
disfrute urbano durante todo el día, la atracción a la población dispersa para los usos lúdicos y de relación.
Todo esto se potencia a través de la construcción de nuevas viviendas. Las nuevas viviendas son sinónimos de rejuvenecimiento
de la población y de incorporación progresiva a la vida urbana de Lezama.
Mejora además la oferta equipamental, que se concreta fundamentalmente en un nuevo polideportivo que incluirá el frontón, y un
futuro centro asistencial.
Por otra parte, enfrente del ayuntamiento y al otro lado de la antigua carretera (probablemente transformada con el tiempo en
alameda o boulevard de tráfico restringido), se abre un nuevo parque entorno al río. Precisamente el río vertebra el espacio verde
que unirá el centro con el futuro nuevo desarrollo residencial que colmatará el núcleo por el sur.
Para ello se reestructura la red viaria creando un anillo perimetral al casco urbano que oriente los tráficos internos sin que éstos
tengan que atravesar el espacio común, cívico y lúdico, que debe ser espacio de convivencia. Con ello se produce una jerarquía,
una estructuración viaria que va desde un nivel comarcal a través del Corredor, a otro municipal mediante el anillo perimetral, y
finalmente el más concreto e interno hacia los propios usos derivados de la centralidad, bien sean residenciales o lúdico-terciarios.
En cuanto a la reserva de suelo para Actividades Económicas, la solución no aporta modificaciones sustanciales a la propuesta de
la alternativa seleccionada, la 1: ordena suelo para este tipo de actividades económicas mixtas de promoción pública en los
extremos este y oeste del término municipal, en dos zonas alejadas del centro urbano y con acceso inmediato a los canales de
comunicación, con el objetivo de que interfieran lo menos posible en la vida de Lezama. La reserva se ajusta a lo exigido por el
planeamiento supramunicipal.
Por otra parte, a diferencia de lo propuesto en la alternativa 1, se ordenan pormenorizadamente dos núcleos rurales. Anteriormente
sólo se había considerado Goitioltza; esta propuesta añade Garaioltza.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 176
Finalmente, se ha elaborado ulteriormente la ordenación del suelo no urbanizable de acuerdo a su valor intrínseco, incorporando
categorías ajustadas a su realidad, para las que se definen los usos permitidos.
5.8.2. Clasificación del suelo
El suelo urbano
El Plan General clasifica como suelo urbano el núcleo central de Lezama y los asentamientos de Aretxalde (al sur del Barrio),
Kadaltzo, la Cruz y el Caserío. La razón es que la mayor parte de las viviendas actuales cuenta con acceso rodado por vías
pavimentadas y de uso público efectivo y con todos los servicios urbanos, a excepción de pocas viviendas que no disponen de
conexión a la red municipal de saneamiento.
El punto 1.b del art. 11 de la Ley contempla esta situación, siendo necesario para su clasificación que la edificación ocupe al menos
dos terceras partes de los suelos que el PGOU proponga como urbanos. En estos casos, la edificación ocupa el 100% del área
definida; es decir, se considera que el núcleo está completamente consolidado, no incluyéndose parcelas en las que aún sea
posible edificar un nuevo edificio.
La solución adoptada introduce dos modificaciones respecto a la alternativa 1 del Avance.
Por un lado, aumenta la superficie del ámbito de actuación A.I.1, con el objeto de ordenar más orgánicamente el área, privilegiando
los paseos y espacios libres.
Por otro lado, elimina la clasificación como urbano del asentamiento de Garaioltza, como se ha mencionado anteriormente.
El suelo urbanizable
Los suelos urbanizables propuestos en el Plan General constituyen una reserva para un posible futuro crecimiento.
La única variación en relación al Avance la constituye la disminución de la superficie de suelo urbanizable residencial como
consecuencia del correspondiente aumento del urbano.
El suelo no urbanizable
El Plan General protege del desarrollo el suelo no urbanizable, para el que establece diversos grados de protección en función de
los valores del suelo.
En concreto, reconoce la importancia que el sector primario tiene en el municipio de Lezama. La principal medida de apoyo al sector
primario que recoge el PGOU es la calificación de los suelos no urbanizables del municipio en categorías acordes a las actividades
agrícolas y ganaderas. Esta medida protege el propio suelo soporte de la actividad agraria, aspecto clave para ésta.
El Plan General califica el suelo no urbanizable según las determinaciones del planeamiento supramunicipal, en concreto, de las
Directrices de Ordenación del Territorio y el Plan Territorial de Bilbao Metropolitano. En los casos en los que así lo contempla este
Plan Territorial, el planeamiento municipal establece la concreta delimitación, ordenación y régimen de intervención y usos de estos
suelos, con referencia a los Planes Territoriales Sectoriales de aplicación. Además, se recogen medidas de protección del suelo no
urbanizable, como la necesidad de evaluación de impacto ambiental de los nuevos desarrollos, la implantación de medidas
correctoras, la protección de la arquitectura rural de interés, y por lo tanto, aumento de su atractivo turístico, etc.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 177
Las categorías en que se ordena el suelo no urbanizable, así como sus determinaciones, se describen pormenorizadamente en la
Normativa, en la Sección “CALIFICACIÓN GLOBAL EN LAS DIVERSAS ZONAS DEL SUELO NO URBANIZABLE”.
5.8.3. La estructura general y orgánica del territorio
La red viaria
La planificación de las infraestructuras viarias trata de plantear una solución de equilibrio entre la necesidad de servir a la
comunicación entre distintos puntos del territorio y los efectos nocivos que la red pueda provocar: contaminación, consumo de
suelo, etc. En cualquier caso, el criterio ha sido ordenar el municipio con economía de nuevas vías rodadas.
A continuación se justifican las principales propuestas en relación a la vialidad:
Ambas reservas de suelo de actividades económicas se apoyan en vías existentes; será necesario únicamente dotar las áreas
de vialidad interior para la distribución.
El anillo en forma de U, perimetral al sector residencial, es necesario para el servicio del sector residencial propuesto, así como para
liberar de tráfico los ejes centrales de Lezama, cuestión que facilitará el uso de estas vías para recorridos peatonales, ciclables, de
paseo, etc. Una vez analizadas diversas posibilidades para su trazado, esta propuesta recoge de nuevo la del Avance, por
considerarla la más adecuada. De cualquier manera, el diseño del tramo del anillo incluido en el sector residencial se estudiará en
profundidad cuando éste se desarrolle.
Vialidad interior al núcleo urbano en su área norte: se han analizado diversas alternativas con el objetivo de minimizar el número de
nuevas vías rodadas, pero garantizando siempre una conexión entre el centro y el este. Para ello se ha valorado no prolongar el vial
que naturalmente atravesaría el área de las escuelas municipales o, en alternativa, no dar continuidad al vial que atraviesa el ámbito
de actuación A.I. 2 Txupetxa. Finalmente se ha modificado la solución del Avance de este modo: se mantiene la conexión completa
que atraviesa Txupetxa y se elimina el vial rodado de las escuelas previsto en el Avance, manteniendo una conexión peatonal-
ciclabe entre la calle que sube del Ayuntamiento hacia Garaioltza y la calle curva; esta última finalizará en una rotonda - fondo de
saco. La conexión peatonal discurrirá a lo largo del actual muro de Villa Mariloli.
Vialidad interior al núcleo urbano en área sur: respecto del Avance se ha reducido la superficie dedicada a viario, haciéndolo más
orgánico y recuperando vistas hacia elementos de interés, como son la Iglesia de Santa María y el nuevo parque del Asua.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 178
Alternativa rechazada de vialidad interior en el área sur del núcleo urbano
Movilidad sostenible
Mediante la ordenación, este Plan General establece las bases para que el transporte público sea más eficaz, por ejemplo:
Distribuyendo los nuevos desarrollos en puntos del territorio accesibles desde infraestructuras existentes (ferrocarril hasta La
Cruz y al sector residencial),
Situándolos en puntos fácilmente accesibles desde las grandes vías y cercanos a otras áreas de interés de tal modo que los
servicios públicos sean más eficaces,
Colmatando áreas vacantes en el núcleo central, con el efecto anterior.
Las acciones que complementan a éstas corresponden ya a las empresas que proveen el servicio, a las administraciones públicas
y al propio ciudadano.
Por otra parte, la ordenación ha tratado de desincentivar el uso del automóvil, evolucionando hacia viarios con dimensiones más
ajustadas en los espacios para el automóvil (carriles, aparcamientos) y dando protagonismo a los espacios que recorrerán personas
y/o bicicletas.
Desde el PGOU se sugiere la adopción de planes de transporte de empresa mancomunados para las empresas que se ubiquen en
los nuevos suelos de actividades económicas, estando al artículo 103 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible: “1.
Las Administraciones competentes fomentarán igualmente el desarrollo de planes de transporte de empresas, con vistas a reducir
el uso del automóvil y promover modos menos contaminantes en los desplazamientos de los trabajadores. Estos planes de
transporte se tratarán en el marco del diálogo social, y tendrán carácter voluntario para las empresas. (…)”
Red ciclable
El PGOU asume los siguientes objetivos:
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 179
La unión de los pueblos del Txorierri a través de carriles-bici, que plantea el PTP de Bilbao Metropolitano reconvirtiendo la
carretera BI-737 a vial urbano. Esta ejecución deberá contar con la flexibilidad suficiente como para adaptarse a los futuros
proyectos de esta infraestructura.
La ordenación de los nuevos desarrollos previstos incluirá, en la medida de lo posible, las vías ciclables (o cuanto menos,
recorridos de convivencia) que garanticen el acceso al mayor número posible de destinos, sobre todo a los equipamientos.
En las áreas ya desarrolladas el PGOU diseña una red municipal de bidegorris; si bien se deberán decidir posteriormente las
acciones a llevar a cabo para implantar efectivamente la red.
Aparcamientos
La previsión de aparcamientos se ha realizado asimismo con los criterios anteriormente mencionados. Además, se han considerado
las estrategias y medidas expuestas en la ficha VIA 12 “Minimice la ocupación de suelo público destinada a aparcamiento en
superficie” de la Guía para el desarrollo sostenible de los proyectos de urbanización elaborada por Sprilur. En concreto:
Se han delimitado zonas libres de aparcamiento en el interior de las áreas de actuación, concentrando cuando era posible las
plazas en su periferia.
Cuando no ha resultado imposible por falta de superficie, se ha ordenado el aparcamiento en cordón con una anchura de 2
metros al menos en un 80% del total de la superficie destinada a aparcamiento.
El espacio público concentra entre el 18% y el 30% de las plazas de aparcamiento de las Actuaciones Integradas.
La solución adoptada propone:
Mantener el aparcamiento de Garaioltza, considerando la situación problemática actual y la mayor carga poblacional.
Mantener el aparcamiento existente en las proximidades del área de actuación A.I. 6-Trenbideondo, porque sirve a la estación
de tren y acoge vehículos que acceden al núcleo.
Un aparcamiento que servirá al polideportivo (Sistema General) y a los comercios del entorno, ya que se prevé que, sobre todo
el uso del polideportivo, se realizará en gran medida en las horas de la tarde-noche, cuando los residentes del área ocupan ya
los aparcamientos del viario.
Estas medidas y soluciones se reflejan en los planos de ordenación pormenorizada y en las fichas normativas. Asimismo se puede
comprobar en el artículo sobre cumplimiento de estándares de esta Memoria que el número de plazas de aparcamiento propuestas
en cada ámbito se ajusta a los mínimos exigidos por ley.
La red ferroviaria
No se han previsto modificaciones en relación a esta infraestructura.
Los espacios libres
La solución adoptada aumenta las superficies dedicadas a Sistemas Generales de Espacios Libres que se preveían en la
alternativa 1 seleccionada en el Avance de este Plan. Las diferencias más importantes las suponen los espacios ordenados en el
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 180
área sur del centro urbano: el área A.I. 1 y el sector residencial, que han visto reducida la superficie urbanizada a favor de la verde o
libre.
La superficie total de estos espacios libres supera las 3,6 hectáreas. Como se ha visto en el capítulo ¡Error! No se encuentra el
origen de la referencia. ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia., las cuantías establecidas responden al mínimo
exigido por la Ley 2/006 en cuanto a estándares para reserva de terrenos destinados a dotaciones públicas de la red de sistemas
generales.
El listado detallado de los SG de Espacios Libres se encuentra en el artículo de la Normativa “EL SISTEMA GENERAL DE
ESPACIOS LIBRES. ELEMENTOS QUE LO COMPONEN”.
Los equipamientos
Las modificaciones que presenta la solución adoptada respecto de la alternativa 1 son las siguientes:
Un único polideportivo integrará el frontón que sustituirá al antiguo y otras instalaciones deportivos. La parcela sobre la que se
situará este Sistema General Deportivo formará parte de la Actuación Integrada A.I. 1-Larretxe, de suelo urbano no
consolidado.
Se ha modificado la ordenación propuesta para el área de las Escuelas de este modo: se elimina el vial rodado previsto en el
Avance, manteniendo una conexión peatonal-ciclabe entre la calle que sube del Ayuntamiento hacia Garaioltza y la calle curva;
esta última finalizará en una rotonda - fondo de saco. La conexión peatonal discurrirá a lo largo del actual muro de Villa Mariloli.
Gracias a ello, se unen las superficies antes fragmentadas, de tal manera que el Sistema Docente contará con un área única,
que la Escuela podrá dedicar a usos escolares (parque de juegos, nuevos edificios, aparcamientos, carga y descarga, etc.). La
superficie total de este Sistema General permanece invariada, mientras que la anteriormente dedicada a Sistema General
Viario pasa a ser peatonal.
Se clasifica el caserío Jauregitxu y sus pertenecidos, sitos en el barrio de Garaioltza (SGEQ-HS-6), como Sistema General
Hostelero, con el fin de posibilitar su ordenación para este uso. La delimitación de este suelo respeta la Zona de Presunción
Arqueológica y el suelo no urbanizable forestal ubicados en el entorno.
El listado detallado de los Sistemas Generales de Equipamiento Comunitario se encuentra en el artículo de la Normativa “EL
SISTEMA GENERAL DE EQUIPAMIENTO COMUNITARIO. ELEMENTOS QUE LO COMPONEN”
5.8.4. La nueva oferta de suelo
Residencial
La nueva oferta residencial responde a las previsiones cuantificadas anteriormente y a las determinaciones derivadas del Plan
Territorial Parcial de Bilbao Metropolitano, todas ellas en relación al horizonte de 8 años.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 181
Éstas se resumen del siguiente modo:
N. de viviendas según determinaciones del
PTP Bilbao Metropolitano
N. de viviendas
según
estimaciones
del PGOU mín. máx.
Número de viviendas necesarias debido al crecimiento
endógeno por tamaño medio familiar (2,35) 120 213 213
Número de viviendas necesarias debido al reequlibrio
interno por nuevas actividades económicas 173 131 524
Total 293 344 737
No se pretende satisfacer posible demanda de segunda vivienda.
La ordenación prevé una nueva oferta residencial de 464 viviendas: se propone construir 474 nuevas viviendas y demoler 10 a
consecuencia de la ejecución de tres actuaciones de dotación.
Este número de viviendas se sitúa en un tercio por encima del mínimo que determina el PTP y en dos tercios por debajo del
máximo.
Localización
El criterio de ocupación del suelo ha sido, en primer lugar, el de colmatar los intersticios que aún quedan en el núcleo urbano, con el
fin de completar la trama existente. Esto se realizará mediante la ejecución de actuaciones en suelo urbano no consolidado, en
concreto: seis actuaciones integradas, tres actuaciones de dotación y una actuación aislada.
Las actuaciones de dotación se ordenan con el fin de posibilitar la sustitución del edificado existente a favor de una ordenación más
acorde con el entorno, además de eliminar, en un caso, el uso industrial que persiste en un edificio.
Se ordena asimismo un área para un futuro desarrollo residencial sobre suelo urbanizable al sur del núcleo central de Lezama.
La elección de esta localización se ha realizado fundamentalmente con base a los siguientes criterios:
Conveniencia de continuidad con el núcleo urbano y completamiento de la estructura actual para su compactación
Consideración de las ubicaciones propuestas por el PTP de Bilbao Metropolitano para el crecimiento residencial
Consideración de las categorías de los suelos no urbanizables en estas áreas y sus valores ambientales
Cercanía del nuevo desarrollo a infraestructuras de transporte público existentes
Por todo ello, habiéndose valorado diversas posibilidades para la localización de un desarrollo residencial, se ha concluido que la
solución finalmente adoptada es la más conveniente porque:
colinda y completa el núcleo central,
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 182
se mantiene alejado de las áreas industriales,
responde a las previsiones del PTP,
ocupa suelos de menor valor ambiental respecto del resto de áreas contempladas por el PTP, en las que se encuentran suelos
de bosques, hábitats, forestales y alto valor estratégico (a excepción de dos áreas de paisaje rural de transición no
considerables)
es cercano a la estación central de tren y al eje BI-737, servido por autobús público.
Finalmente se categorizan dos asentamientos como sendos núcleos rurales en suelo no urbanizable. Éstos se ordenan
completando los vacíos actualmente existentes.
Actividades económicas
Como criterio general para el dimensionamiento de las reservas de suelo en este Plan General se ha partido de las exigencias
mínimas de los planes jerárquicamente superiores aprobados, además de las propias estimaciones de necesidades.
La ubicación propuesta para estas actividades se ha seleccionado en función de los siguientes criterios:
La “franja de movimiento” delimitada por el PTP, en Aretxalde. Esta área indica que la superficie dedicada a actividades
económicas por el Plan General debe situarse en este territorio de unos 1.700.000 m2, dejando sin embargo al PGOU la
decisión de su ubicación exacta.
El mayor alejamiento posible de los asentamientos residenciales, y sobre todo, del centro urbano.
La cercanía a la industria existente (La Cruz I en el primer caso) y el polígono de Larrabetzu en el segundo), por la posibilidad
de compartir infraestructuras de comunicación y de servicios, de sinergias con las actividades ya instaladas, etc.
El acceso directo a las grandes infraestructuras de comunicación (tren en el caso de la Cruz II y Corredor del Txorierri en los
dos): no sólo asegura la eficiencia de las comunicaciones de los polígonos, sino sobre todo, reduce efectos negativos de
contaminación acústica, visual, del aire, etc. a los asentamientos y al territorio en general.
El respeto a los hábitats de interés comunitario prioritario y la máxima preservación posible de la vegetación autóctona.
Valorados todos estos parámetros, las alternativas 1 y 2 situaban los suelos en los extremos este y oeste de la franja entre la BI-
737 y el Txorierri. La solución adoptada mantiene la propuesta para la alternativa 1, ordenando dos suelos urbanizables no
sectorizados.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 183
5.8.5. El patrimonio
El Plan recoge todos los elementos y áreas de interés cultural protegidos por el Departamento de Cultura del Gobierno Vasco.
Además, propone proteger a nivel municipal otros elementos que se consideran de interés por su relevancia histórica y cultural y
que han sido propuestos para su protección municipal por el mismo Gobierno Vasco.
La relación completa de los elementos protegidos, así como los niveles de protección establecidos para cada bien, se recogen la
Normativa, en el CAPÍTULO 2.12 “NORMAS ESPECÍFICAS DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LEZAMA”.
5.8.6. Las instalaciones urbanas
La red de distribución de agua
La mayor parte de los ámbitos propuestos por el Plan General para nuevos desarrollos se ubican en suelos competencia del
Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia. Únicamente el suelo urbanizable no sectorizado de Ugarte, y de forma parcial, queda incluido
en el ámbito del territorio competencia de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico.
Sin embargo, se prevé que el abastecimiento de todos estos ámbitos se realizará con caudales procedentes del ámbito territorial
competencia del Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia.
Se han cuantificado estimativamente las necesidades de recursos hídricos que comportarán los desarrollos previstos, los cuales se
desglosan a continuación por usos pormenorizados y globales.
DISTRIBUCIÓN DE AGUAÁMBITOS RESIDENCIALES
sup. vivienda superficie total viviendas hab/viv habitantes ratio consumo
m2 construidos m2 construidos unidadestamaño medio
familiar habitantes l/habitante/día m3/díaTotal Residencia 120 55.920 466 2,35 1.095 130 142,4
m2 construidos m2/ocupante ocupantes l/habitante/día m3/díaTotal Comercio 3.501 8 438 5 2,2
Equipamiento privado 4.555 16 285 50 14,2
Equipamiento público en AI 1 y S 1 11.356 15 757 20 15,1
Total Equipamientos 15.911 1.042 29,4
TOTAL ÁMBITOS RESIDENCIALES 173,9
ÁMBITOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICASm2 suelo empleados/ha. empleados l/empleado/día m3/día
Ampliación La Cruz 216.418 15 325 500 162,3
Ugarte 372.906 15 559 500 279,7
TOTAL ÁMBITOS DE ACTIVIDAD ECONÓMICA 884 442,0
TOTAL NUEVOS DESARROLLOS m3/día
615,9
El Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia ha informado con fecha 25 de septiembre de 2012, concluyendo que la red de abastecimiento
existente es capaz de absorber la demanda para las áreas residenciales y para el área de actividad económica “Ugarte”. Sin
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 184
embargo, en el caso de que se llegara a desarrollar la ampliación del área de actividad económica “La Cruz”, recomienda la
sustitución y ampliación de la conducción de agua.
La red de saneamiento
El saneamiento de los nuevos desarrollos seguirá el esquema actual de vertido al interceptor existente Valle de Asua o al resto de
la red de colectores. Por lo tanto, sólo afectará a cauces competencia del Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia.
Se proyectarán de forma separada las redes de fecales y pluviales. Asimismo, las nuevas actividades que así lo exijan, verterán las
aguas a los colectores en las condiciones de depuración exigidas por los organismos competentes.
A continuación se detallan las estimaciones de nuevas cargas derivadas de los desarrollos previstos. Éstas han sido calculadas a
través de coeficientes aplicados a las demandas consideradas anteriormente de distribución de agua.
DISTRIBUCIÓN DE AGUA SANEAMIENTOÁMBITOS RESIDENCIALES
superficie total consumo ratio / agua potable Qmedia Qmedia
m2 construidos m3/día coef. m3/día l/sTotal Residencia 55.920 142,4 0,92 131,0 1,5
m2 construidos m3/día coef. m3/día l/sTotal Comercio 3.501 2,2 0,85 1,9 0,0
Equipamiento privado 4.555 14,2 0,85 12,1 0,1Equipamiento público en AI 1 y S 1 11.356 15,1 0,85 12,9 0,1Total Equipamientos 15.911 29,4 25,0 0,3
TOTAL ÁMBITOS RESIDENCIALES 173,9 157,8 1,8
ÁMBITOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICASm2 suelo m3/día coef. m3/día l/s
Ampliación La Cruz 216.418 162,3 0,85 138,0 1,6Ugarte 372.906 279,7 0,85 237,7 2,8TOTAL ÁMBITOS DE ACTIVIDAD ECONÓMICA 442,0 375,7 4,35
TOTAL NUEVOS DESARROLLOS m3/día m3/día l/s
615,9 533,5 6,2
Por otra parte, el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia en informe de fecha 6 de septiembre de 2012, sobre la capacidad de la red
primaria general de saneamiento del municipio de Lezama, realiza el cálculo de caudales totales de las aguas residuales que se
producirán en el municipio (usos actuales y previstos), estimando:
Caudal medio: 38,53 l/s
Caudal punta: 64,62 l/s
En el informe del Consorcio se comprueba que la sección existente de los colectores de la red es ampliamente capaz de absorber
los caudales considerados, concluyendo que la red existente garantiza las ampliaciones que el Plan General propone.
Indica, además, que los vertidos que se deben aportar a este colector son exclusivamente de aguas negras, tal como fue concebida
dicha red.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 185
La red de energía eléctrica
La extensión de las redes a las nuevas zonas urbanas se realizará obligatoriamente en subterráneo, bajo los criterios de la
Empresa suministradora de energía.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 186
La red de alumbrado público
La red de competencia municipal se encuentra en buen estado.
Las nuevas urbanizaciones amplían la red adecuando sus elementos a la función urbana residencial, peatonal, viaria, etc.,
dotándolas de los nuevos cuadros.
Por otro lado, existe una incipiente red de alumbrado monumental que debe ser desarrollada en la zona de protección ambiental y
hasta completar los edificios de valor histórico-arquitectónico diseminados en el término municipal.
La red de gas
Se proyecta la extensión de la red a los nuevos ámbitos de desarrollo previstos.
La red de telecomunicaciones
Las nuevas áreas a desarrollar dispondrán de servicio de telecomunicaciones, de acuerdo con la legislación específica en la
materia.
5.8.7. Calidad acústica
Se ha elaborado la zonificación acústica según lo previsto en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, y en los Reales
Decretos 1367/2007 y 1038/2012.
Para ello se han tenido en cuenta las siguientes categorías:
Suelo residencial consolidado, que recoge los suelos urbanos residenciales existentes.
Suelo residencial no consolidado, que propone los suelos para el crecimiento residencial previsto por el PGOU.
Suelo industrial consolidado, que recoge los suelos urbanos que actualmente albergan, como uso global, el de actividades
económicas.
Suelo industrial no consolidado, que propone los suelos con uso de actividades económicas para un futuro crecimiento.
Suelo afectado a sistemas generales de infraestructuras de transporte, que recoge las zonas del territorio de dominio público
en el que se ubican los sistemas generales de las infraestructuras de transporte; en el caso de Lezama éstos son el viario y el
ferroviario.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 187
Por otro lado, las zonas de servidumbre acústica se han definido del siguiente modo:
Afecciones derivadas del Txorierri, siendo la fuente los planos Ldía, Ltarde y Lnoche de la UME-21-N637, elaborados por la
Diputación Foral de Bizkaia. Esta información se muestra en el capítulo ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.
¡Error! No se encuentra el origen de la referencia..
Afección derivada del aeropuerto de Bilbao, siendo la fuente el Mapa Estratégico de Ruido del Aeropuerto de Bilbao de 2007,
elaborado en mayo del 2007 por el Ministerio de Fomento y Aena. Los planos se muestran en el capítulo ¡Error! No se
encuentra el origen de la referencia. ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia..
No ha sido posible incorporar las afecciones derivadas de la vía de Euskotren, ya que aún no cuenta con el relativo Mapa de
Ruido no Estratégico (menos de 30.000 circulaciones al año).
Finalmente se estima que, tanto el resto de vías rodadas existentes como las propuestas, no soportan un nivel de tráfico
elevado que pudiera hacer necesario el cálculo de sus niveles de emisión de ruido.
A partir de estos datos se han definido las diferentes áreas acústicas. Para cada una de ellas se establece un objetivo de calidad
acústica según los criterios planteados en el Real Decreto, art. 14, que consiste en no superar los índices de inmisión de ruido
recogidos en la tabla siguiente para cada situación contemplada.
Para los suelos afectados a sistemas generales de infraestructuras de transporte se plantea el objetivo de adoptar las medidas
necesarias de prevención con el fin de no superar los actuales niveles de emisión.
Objetivos de calidad acústica para ruido aplicables en Lezama
Índices máximos de ruido
Categoría de área acústica
Ldía Ltarde Lnoche
Suelo residencial consolidado 65 65 55
Suelo residencial no consolidado 60 60 50
Suelo industrial consolidado 75 75 65
Suelo industrial no consolidado 70 70 60
Suelo afectado a sistemas
generales de infraestructuras de
transporte
(1) (1) (1)
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 188
(1) En estos suelos las administraciones competentes adoptarán las medidas adecuadas de prevención de la contaminación
acústica, en particular mediante la aplicación de las tecnologías de menor incidencia acústica de entre las mejores
técnicas disponibles, de acuerdo con el apartado a, del artículo 18.2 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre.
Por otro lado se han delimitado los suelos gravados por servidumbres acústicas, áreas del territorio afectadas al funcionamiento
o desarrollo de las infraestructuras de transporte y/o situados en el entorno de tales infraestructuras. Para ello se ha analizado la
relación que se produce entre las categorías de suelo establecidas y las zonas de servidumbre acústica.
El resultado es que las afecciones derivadas del aeropuerto no empeoran los objetivos de calidad acústica de los suelos implicados,
ya que los niveles de producción de ruido del aeropuerto no superan los 55 decibelios durante el día y la tarde y no llegan a los 50
durante la noche; por lo tanto no suponen gravamen.
En cuanto al Txorierri, se ven afectados el núcleo colindante residencial de Aretxalde y el suelo urbanizable industrial de Ugarte.
Esta infraestructura grava con servidumbres acústicas algunas franjas de suelo situadas al sur. En ellas es necesario compatibilizar
las actividades existentes o futuras con las propias de las infraestructuras. En estas franjas el objetivo es, al menos, cumplir los
valores límites de inmisión establecidos para la infraestructura. Por ello, las inmisiones podrán superar los objetivos de calidad
acústica aplicables a las correspondientes áreas acústicas con los límites recogidos en el plano normativo Zonificación Acústica.
5.8.8. Suelos potencialmente contaminados
Algunas de las actuaciones propuestas en la solución adoptada incluyen en su ámbito suelos potencialmente contaminados según
los datos del último Borrador facilitado por Ihobe.
Éstos son:
Nº 00011 en la Actuación de Dotación 3
Nº 00006 en el ámbito urbanizable de actividades económicas en Ugarte
Nº 00014 también en este último ámbito
(el nº 00007 se encuentra fuera del área de Ugarte, sobre el Sistema General Viario)
Para los suelos involucrados deberá constar, antes del final de la tramitación del presente Plan General, la declaración de calidad
del suelo emitida por el órgano ambiental de la Comunidad Autónoma o, en su defecto, escrito de solicitud del inicio del
procedimiento para declarar la calidad del suelo, a los efectos de lo establecido en los artículos 17.1.d), 17.5 y 25.1 de la Ley
1/2005, de 4 de febrero, para la prevención y corrección de la contaminación del suelo.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 189
6 IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS IMPACTOS DE LAS DIFERENTES ACTUACIONES DEL PLAN
6.1. Análisis de los posibles efectos ambientales de los objetivos del plan
El planeamiento de Lezama, como el de cualquier otro municipio, persigue una serie de objetivos genéricos de búsqueda de una
ciudad mejor, de un urbanismo de carácter sostenible, de la búsqueda de la coordinación sectorial en el ámbito municipal, el
incentivo de la actividad económica, la protección de los valores naturales y patrimoniales, o el fomento de la participación pública
en la redacción del nuevo plan.
Estos objetivos genéricos son:
- Potenciación del Centro Urbano.
- Dotación de una Oferta Residencial variada.
- Rentabilización social de los suelos y usos de oportunidad.
- Protección del suelo no urbanizable del proceso urbanizador.
- Recuperación de la calidad ambiental de los suelos no urbanizables.
- Protección de los elementos que conformen el patrimonio histórico de Lezama.
- Justificación de los objetivos en relación con el Planeamiento Supramuncipal
- Evaluación de los recursos económicos disponibles
Las principales implicaciones ambientales negativas de las actuaciones contempladas en el PGOU están relacionadas con el
cambio de uso de suelo. Los impactos podrían centrarse en las siguientes variables:
Consumo de suelo.
Densidad de viviendas (Viv/Ha).
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 190
6.2. Identificación y valoración de los posibles efectos de las actuaciones del PGOU
6.2.1. Identificación de actuaciones y efectos que han sido objeto de la evaluación conjunta de impacto ambiental en niveles
jerárquicos superiores del plan o programa
Tal y como se determina en el capítulo de este documento correspondiente al “Análisis de Interacciones con otros Planes y
Programas”, los principales condicionantes relativos a la identificación de efectos ambientales que se derivan de la planificación
(tanto vinculante como no vinculante) de escala superior al PGOU, se enumeran a continuación:
El PTS Agroforestal (no vinculante), cataloga algunas de las zonas previstas para el desarrollo de actividades
(desarrollo industrial y residencial) contempladas en el PGOU como “Agroganadero: Alto valor estratégico”. La
construcción de infraestructuras se considera “no deseable” en la citada categoría. Los planes que establezcan su
ocupación deberán ser analizados a través del procedimiento de evaluación conjunta de impacto ambiental, teniendo en
cuenta las consideraciones que se hacen en los instrumentos de actuación de este PTS para incluir en esa evaluación
la afección sobre la actividad agraria y la aplicación de medidas correctoras.
A este respecto, es de señalar que el PTP de Bilbao Metropolitano prevé la implantación de nuevos asentamientos de
Actividades Económicas entre el núcleo urbano y el Corredor del Txorierri. Se trata de una franja de suelo que recorre
el municipio de este a oeste en el que se proponen Actividades Económicas Mixtas de Promoción Pública alternadas
con Equipamientos Metropolitanos. Se denomina Reserva Estratégica de Aretxalde (OE.18) y es de carácter público,
destinada a la implantación de grandes empresas consumidoras de suelo, articulando dos espacios diferenciados en
función del uso del suelo: área industrial productiva y área logística de servicio al transporte. La ocupación de suelo se
cifra entre 120 y 74 Has. para un periodo de 16 años y entre 77 y 55 Has. para el periodo de ocho años. Es esta área
de reserva donde el Plan General ordena las áreas de crecimiento industrial.
Según se señala en el artículo 19.2. Coordinación del PTS Agroforestal con los Planes Territoriales Parciales, "las
áreas de preferente desarrollo urbanístico (residencial o industrial) definidas por los PTP no se reflejan en la cartografía
del PTS Agroforestal, pero en cualquier caso tienen prevalencia sobre la zonificación y disposiciones de éste".
Por lo tanto, la reserva realizada por el PTP predomina sobre la protección propuesta por el PTS Agroforestal.
El Plan Territorial Sectorial del Patrimonio Cultural Vasco está en proceso de redacción, no habiéndose aprobado ni tan
sólo inicialmente. Por lo tanto, no es posible establecer las posibles afecciones que pudiera determinar.
Por otra parte, en el municipio de Lezama existen una serie de bienes culturales calificados como monumento o
conjunto monumental y algunas zonas declaradas de presunción arqueológica por la Comunidad Autónoma del País
Vasco. El Plan General determinará las debidas protecciones a través de su normativa. Asimismo identificará los
bienes inmuebles propuestos para su declaración como monumento de la Comunidad, para los que normará las
intervenciones que se realicen en ellos. Por otra parte, sólo uno de los elementos propuestos para su protección a nivel
municipal se ve afectado: se trata del frontón de Lezama, del que se propone su demolición, como se viene haciendo
desde las Normas Subsidiarias de 1988. Esto es así debido al estadio precario de su construcción; teniendo este
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 191
edificio como único uso el juego de la pelota, actualmente se mantiene muy poco. El Plan propone la sustitución de
este edificio por otro polifuncional en ubicación cercana más al sur. Se pretende de este modo un menor consumo de
suelo, ya que se compactarán diversas necesidades en un solo volumen, un espacio óptimo desde el punto de vista
constructivo para este juego y sus espectadores. Además se resolverán vialidad, accesos y aparcamientos al nuevo
complejo deportivo, así como se liberará un espacio verde comunitario en el lugar del viejo frontón, en el corazón del
casco urbano y servido por el eje que constituye el Camino de Santiago.
6.2.2. Identificación y predicción de los impactos para las diferentes actuaciones del plan o programa que no han sido objeto
anteriormente de una evaluación de impacto ambiental
6.2.2.1 Metodología
En los siguientes epígrafes de este capítulo se realiza una descripción detallada de la metodología aplicada para la identificación y
valoración de los impactos ambientales producidos por el proyecto.
Un modelo gráfico representativo de esta aproximación metodológica ha sido esquematizado en la siguiente figura:
INDICADORES DE MAGNITUD
DE IMPACTO
DETERMINACIÓN DE LA MAGNITUD DEL
IMPACTO
Indica mayor peso en la valoración
DETERMINACIÓN DEL VALOR DEL MEDIO
DETERMINACIÓN DE LA GRAVEDAD
DEL IMPACTO
DETERMINACIÓN DE LA GRAVEDAD DEL
IMPACTO CON MEDIDAS CORRECTORAS
DETERMINACIÓN DEL CARÁCTER DEL IMPACTO
ATRIBUTOS DE IMPACTO
ExtensiónMomento
PersistenciaReversibilidad
SinergiasAcumulación
EfectoPeriodicidad
Recuperabilidad
DETERMINACIÓN DE LA IMPORTANCIA DEL
IMPACTO
CRITERIOS VALORACIÓN
Legislación amb.Diversidad
RarezaNaturalidad
Productividad
Fragilidad
Cal
idad
in
trín
seca
GRADO DE INTENSIDAD DE LAS
MEDIDAS CORRECTORAS
NECESARIAS
MEDIDAS CORRECTORAS
Recuperabilidad
EFICACIA DE LAS MEDIDAS
CORRECTORAS
Figura 48. Metodología de identificación y valoración de impactos. Modelo gráfico.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 192
6.2.2.2 Identificación de impactos
La identificación de impactos ambientales se realiza mediante el cruce de las informaciones elaboradas en capítulos anteriores en
relación con el Plan (y sus acciones) y con los elementos del medio receptor sobre el que se implanta el Plan (Inventario
Ambiental).
Para cada una de las variables estudiadas, la identificación de impactos supone:
a) Describir justificadamente el impacto eventualmente producido por las acciones de proyecto sobre el elemento considerado.
b) Diferenciar el signo global del impacto producido (POSITIVO O NEGATIVO).
c) Establecer un desbaste inicial justificado dentro de los impactos NEGATIVOS en función de su grado de significación global.
De esta forma, se segregan aquellos impactos NO SIGNIFICATIVOS que por razones obvias no resulten determinantes para
el desarrollo del Estudio, con el objeto de que no enmascaren los auténticos problemas ambientales (IMPACTOS
SIGNIFICATIVOS) que pueda conllevar la ejecución del mismo.
Gráficamente, el resultado de la identificación de impactos se recoge a través de una matriz causa-efecto, que se presenta como
producto síntesis del análisis, al final de los capítulos de identificación de impactos.
6.2.3. Valoración de impactos
La valoración de los impactos identificados ha sido realizada en los términos que define la legislación vigente sobre Evaluación de
Impacto Ambiental, diferenciando cuatro niveles de gravedad que de menor a mayor intensidad son los siguientes: compatible,
moderado, severo y crítico.
Desde el punto de vista metodológico, la valoración ha sido efectuada analizando por separado la magnitud y la importancia del
impacto y estableciendo a continuación un valor global para la gravedad del mismo.
La valoración ha sido efectuada en todos los casos aplicando un criterio conservador.
Determinación de la magnitud
Este aspecto del impacto trata de definir la dimensión del mismo, es decir, el grado de incidencia de la(s) acción(es) de proyecto
sobre el factor ambiental o elemento del medio afectado, en el ámbito específico en el que actúa.
Se establecen cuatro niveles de magnitud del impacto: MUY ALTA, ALTA, MEDIA y BAJA.
Determinación de la importancia
La importancia se define como la trascendencia o significación del impacto y su determinación se ha basado en la consideración
simultánea aunque independientemente del carácter del mismo y de la calidad intrínseca del elemento del medio al que afecta.
La determinación de la calidad del medio ha sido efectuada en base a las conclusiones del capítulo de Inventario Ambiental.
En cuanto al carácter del impacto, éste se basa en la consideración simultánea de los aspectos que se definen a continuación:
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 193
Extensión
La extensión es la magnitud que refleja el área de influencia teórica del impacto en relación con el entorno del Proyecto (% de área respecto al entorno en que se manifiesta el efecto).
Grado Criterio
Puntual Efecto localizado
Parcial Efecto con incidencia en parte del entorno del Proyecto
Extenso Efecto con incidencia en la mayor parte del entorno
Total Efecto con influencia generalizada en el entorno
Momento Considerando el tiempo que transcurre entre la producción de la Acción de Proyecto (to) y la manifestación del efecto inducido por ella (ti) en el elemento del medio afectado, se distinguen los siguientes plazos:
Grado Criterio
Inmediato ti-to aproximadamente igual a cero
Corto plazo ti-to es inferior a un año
Medio plazo ti-to está comprendido entre 1 y 5 años
Largo plazo ti-to es superior a cinco años
Persistencia La persistencia hace referencia al tiempo que, supuestamente, permanecerá el efecto desde su aparición y a partir del cual el factor afectado retornaría a las condiciones iniciales previas a la acción por medios naturales o mediante la introducción de medidas correctoras. Se valora en relación al tiempo que tardará el factor afectado en retornar a las condiciones preoperacionales. La persistencia es independiente de la reversibilidad.
De menor a mayor persistencia, se distinguen los siguientes grados:
Grado Criterio
Fugaz El efecto desaparece en cuestión de días
Temporal (corto o largo plazo)
Corto plazo: persiste unos meses; largo plazo: persiste unos años (<10)
Permanente Persistencia superior a diez años
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 194
Reversibilidad Se refiere a la posibilidad de reconstrucción del factor afectado por el Proyecto, es decir, de retornar a las condiciones pre-operacionales por medios naturales, una vez que la acción de Proyecto deja de actuar sobre el medio. De mayor a menor reversibilidad se distinguen las siguientes posibilidades:
Grado Criterio
A corto plazo Reversible en cuestión de días o semanas
A medio plazo Reversible en cuestión de meses
A largo plazo Reversible a largo plazo (en años, < 10)
Irreversible Irreversible o reversible después de transcurridos diez años
Sinergias Este atributo contempla el reforzamiento de dos ó más efectos simples. La componente total de la manifestación de los efectos simples, provocados por acciones que actúan simultáneamente, es superior a la que cabría esperar de la manifestación de efectos cuando las acciones que las provocan actúan de manera independiente o no simultánea. Las posibles situaciones se reflejan a continuación de más a menos favorables:
Grado Criterio
No sinérgicos El impacto no se ve reforzado por la concurrencia de otras acciones de proyecto.
Modera-damente/ Acusa-damente sinérgico
El impacto se ve moderadamente/acusadamente reforzado por la concurrencia de dos o más acciones de proyecto.
Altamente sinérgicos
El impacto se ve altamente reforzado por la concurrencia de dos ó más acciones de proyecto.
Acumulación Este atributo informa sobre el incremento progresivo de la manifestación del efecto, cuando persiste de forma continuada o reiterada la acción que lo genera. La gradación de posibilidades que se contemplan aparecen en la siguiente Tabla reflejadas de más a menos favorables
Grado Criterio
Efecto no acumulativo
La acción no produce efectos acumulativos
Efecto acumulativo
La acción produce efectos acumulativos con otras acciones
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 195
Efecto Este atributo informa sobre la relación causa-efecto, es decir, a la forma de manifestación del efecto sobre un factor, como consecuencia de una acción. Los grados de efecto, se recogen a continuación, de menor a mayor gravedad
Grado Criterio
Indirecto o secundario
La manifestación del efecto no es consecuencia directa de la acción
Directo o primario
La repercusión de la acción es consecuencia directa de ésta
Periodicidad La periodicidad se refiere a la regularidad de manifestación del efecto. Se distinguen las siguientes posibilidades:
Grado Criterio
Discontinuo El efecto se manifiesta de forma discontinua en el tiempo
Periódico El efecto se manifiesta de forma cíclica o recurrente en el tiempo
Irregular El efecto se manifiesta de forma impredecible en el tiempo (ofrecerá mayor o menor gravedad en función del periodo de recurrencia).
Continuo El efecto se manifiesta de forma continua en el tiempo
La consideración conjunta de los aspectos que configuran la importancia del impacto, conduce a una valoración del mismo que
distingue cuatro niveles cualitativos siendo de menor a mayor importancia los siguientes: MUY ALTA, ALTA, MEDIA y BAJA.
Determinación de la gravedad
La estimación de la gravedad se realiza en base al grado de intensidad de las medidas correctoras que se necesitan para corregir el
impacto, para lo que a su vez se considera de forma simultánea pero independiente el valor de la magnitud y de la importancia del
impacto. En el contexto del Plan, y fruto del consenso entre los expertos, para la determinación final de la intensidad ha pesado más
el concepto de importancia que el de magnitud.
El resultado de dicha determinación se expresa cualitativamente en los términos especificados por la legislación, distinguiendo entre
impactos COMPATIBLES, MODERADOS, SEVEROS y CRÍTICOS.
Reevaluación de impactos. Recuperabilidad
Un segundo nivel de valoración del impacto se establece cuando se tiene en cuenta simultáneamente al efecto intrínseco del
impacto, la eficacia real de las medidas correctoras definidas en el Estudio. Este último viene determinado por el concepto de
recuperabilidad, que se define a continuación.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 196
Recuperabilidad Se refiere a la posibilidad de reconstrucción total o parcial del factor afectado como consecuencia del proyecto, es decir, la posibilidad de retornar a las condiciones preoperacionales por medio de la intervención humana (introducción de las medidas correctoras especificadas en el Estudio).
Grado Criterio
Inmediatamente recuperable
Efecto totalmente recuperable de forma inmediata
Recuperable a medio plazo
Efecto totalmente recuperable a medio plazo
Mitigable Efecto parcialmente recuperable o irrecuperable pero con posibilidad de introducir medidas compensatorias
Irrecuperable Alteración imposible de reparar tanto por la acción natural como por la humana
Expresión de resultados
El resultado de la valoración de impactos se presenta gráficamente a través de la matriz de valoración, que complementa a la matriz
de identificación (matriz causa-efecto), al final de este capítulo.
6.2.3.1 Ámbitos geográficos y temporales del análisis
El análisis efectuado se ha realizado distinguiendo los impactos que se producirían al desarrollarse las actividades contempladas en
el PGOU, es decir, en el escenario futuro.
6.2.4. Descripción, caracterización y valoración de los impactos sobre el medio físico y biológico
6.2.4.1 Microclima
Consideramos al microclima como la definición del clima de un lugar muy concreto, que permite la determinación detallada y
ampliada de parámetros ambientales característicos. El microclima corresponde a un espacio reducido, hasta el centímetro, y cuyo
rasgo está determinado por los factores del entorno próximo al suelo como el tipo de materiales.
El microclima de una zona vendrá determinado por cada uno de los elementos que lo componen; así la superficie de suelo natural,
los árboles que encontramos, los cursos de agua, todos ellos interfieren en los parámetros climáticos como son la precipitación y la
temperatura.
En base a la definición establecida resulta obvio que cualquier acción dentro del Plan que conlleve la pérdida o el aumento del suelo
natural provocará una cierta modificación en los parámetros microclimáticos de la zona afectada.
En términos absolutos se consideran NO SIGNIFICATIVOS los impactos negativos sobre el clima que se puedan causar debido al
PGOU.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 197
6.2.4.2 Impactos sobre la calidad del aire
Los compuestos generados como resultado de la actividad de sectores como el transporte, la industria y también aquellas propias
del sector residencial; provocan serias modificaciones en la atmósfera provocando importantes impactos como el calentamiento de
la superficie terrestre o el fenómeno de la lluvia ácida.
El aumento en la densidad del tráfico como consecuencia del desarrollo del centro urbano, la posible pérdida de vegetación en
algunas de las zonas donde se lleven a cabo posibles actuaciones contempladas en el PGOU, el consumo energético de futuras
instalaciones industriales y emisiones derivadas de las mismas provoca un impacto NEGATIVO MODERADO sobre la atmósfera
por lo que deberá ser objeto del establecimiento de medidas correctoras, llegado el momento.
Otra dimensión del impacto atmosférico que se valora en este capítulo es el derivado de la contaminación lumínica.
La contaminación lumínica es la emisión de flujo luminoso de fuentes artificiales nocturnas en intensidades, direcciones o rangos
espectrales innecesarios para la realización de las actividades previstas en la zona en la que se instalan las luces. Entre otros
efectos reduce la visibilidad de la mayoría de las estrellas causando problemas a los observatorios astronómicos, perturbando
algunos ecosistemas (fundamentalmente a la fauna, alterando los ritmos circadianos por penetración lumínica nocturna en lugares
habitualmente oscuros) y siendo una fuente muy importante del consumo eléctrico innecesario.
El mayor riesgo de producción de este impacto por parte de los proyectos evaluados se produce en la fase de explotación, como
consecuencia del funcionamiento de la iluminación nocturna de las infraestructuras.
No obstante, en este caso, se considera que el impacto por contaminación lumínica (consecuencia del aumento de tráfico o de
iluminación urbana) resulta NO SIGNIFICATIVO.
En conjunto, se estima que el impacto producido sobre la calidad del aire es NEGATIVO MODERADO.
6.2.4.3 Alteración del Valor Geomorfológico
Ninguna de las acciones de proyecto derivadas directamente de la construcción ni de los asentamientos o equipamientos
programados, van a ser susceptibles de producir alteraciones sobre la geología o la geomorfología del emplazamiento.
En principio, el impacto sobre la geología puede ser considerado como NO SIGNIFICATIVO para las acciones establecidas por el
PGOU ya que éstas no interfieren con ninguno de los Puntos de Interés Geológico catalogados por el Gobierno Vasco.
También es NO SIGNIFICATIVO el impacto sobre la geomorfología que las acciones del PGOU pueden provocar.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 198
6.2.4.4 Impactos sobre el suelo
Para que el suelo pueda desempeñar sus numerosas funciones, es necesario mantenerlo en buen estado, es decir, conservar la
estructura natural del suelo protegiéndolo de la erosión, evitar y prevenir su contaminación y restaurar aquellas zonas donde la
pérdida de la cubierta vegetal pone en peligro la conservación del suelo, lo que conllevaría la imposibilidad de restaurar la
vegetación natural. No obstante, hay pruebas de que el suelo puede estar cada vez más amenazado por una serie de actividades
humanas que podrían contribuir a su degradación. La fase final del proceso de degradación consiste en la desertificación, fenómeno
que se da cuando el suelo pierde la capacidad de realizar sus funciones.
El suelo se enfrenta, entre otras, a las siguientes amenazas: erosión, disminución de la materia orgánica, contaminación difusa y
local, sellado, compactación del suelo, pérdida de biodiversidad y salinización.
El aumento de asentamientos humanos y de infraestructuras, principalmente para las industrias y el transporte, el vertido de
residuos, la extracción de minerales y la agricultura intensiva, entre otros, han ejercido y siguen ejerciendo una gran presión sobre
el sistema suelo.
El total de suelo ocupado para el nuevo desarrollo industrial ascendería a 57 Ha. El acondicionamiento de las áreas afectadas por el
PGOU para el desarrollo de actuaciones que contempla provoca la artificialización del suelo natural fragmentando los hábitats y
estableciendo dificultades para el normal desarrollo ecológico de las especies vegetales y faunísticas de la zona. Sin embargo, hay
que tener en cuenta el contexto en el cual se encuentran las áreas propuestas para su desarrollo. El nuevo área residencial se
situará al sur del casco urbano, completando una zona que ya tiene vocación urbana por colindancia con lo existente, que definirá el
límite entre suelo antropizado y suelo rural. Los nuevos desarrollos industriales (tanto la ampliación del polígono industrial La Cruz,
como el de nueva ejecución Ugarte) se ubican en suelos que ya actualmente se encuentran definidos y muy delimitados por
importantes infraestructuras existentes y áreas ya urbanizadas.
Por lo tanto, el impacto sobre el recurso suelo se considera COMPATIBLE.
6.2.4.5 Hidrología y Alteración de la Calidad del Agua
El componente hidrológico del medio engloba las diferentes formaciones acuíferas en cuanto a su origen, su difusión, movimiento,
régimen y reservas, su interacción con los suelos y rocas, su estado (líquido, sólido y gaseoso) y propiedades (físicas, químicas,
bacteriológicas y radiactivas); así como las condiciones que determinan las medidas de su aprovechamiento, regulación y
evacuación.
Los cursos de agua presentes en la zona de estudio, tanto aquellos superficiales como los subterráneos, deben ser protegidos de
los posibles impactos defendiendo así el ecosistema fluvial existente aguas abajo y la salud de aquellos seres vivos que la
consumen directa o indirectamente.
Las actuaciones que contempla el Plan General deberán ir acompañadas de los necesarios estudios hidrológicos, que además
serán aprobados por la Agencia Vasca del Agua URA, lo que garantiza que el impacto sobre estos aspectos será cuanto menos
indiferente.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 199
Estas actuaciones serán la ocasión para corregir y mejorar algunas situaciones que se puedan dar en la actualidad, como por
ejemplo, márgenes degradadas, vertidos inapropiados, etc., mediante la renaturalización de los cauces afectados, protección y
revegetación de los márgenes, etc.
Por lo tanto, el impacto sobre la hidrología y la calidad de las aguas superficiales y subterráneas, puede ser considerado como
COMPATIBLE.
6.2.4.6 Impactos sobre las comunidades faunísticas y vegetación
La fragmentación del territorio que provoca la ocupación del suelo natural por infraestructuras tales como viviendas, infraestructuras
viarias, etc., causa importantes estragos en la vegetación del medio e instaura barreras para el normal desarrollo de los hábitos de
vida de la fauna existente en la zona.
El establecimiento de medidas protectoras de las zonas de vegetación de mayor valor y la implantación de estructuras que permitan
la permeabilidad faunística se presentan como responsabilidad ineludible a la hora de desarrollar proyectos que impacten sobre
nuestro entorno.
La vegetación existente en las diferentes áreas afectadas por las actuaciones previstas en el PGOU son principalmente: vegetación
ruderal nitrófila, prados y cultivos atlánticos, robledal acidófilo y robledal-bosque mixto atlántico, y plantaciones forestales.
Concretamente, los mapas de información ambiental que han sido la base de este análisis, señalan dos masas de robledales en
áreas de futuro desarrollo: uno en el suelo urbanizable de actividades económicas de Ugarte y el otro en el área de ampliación del
actual polígono de La Cruz.
La masa que se encuentra en el área de Ugarte se identifica en la siguiente imagen:
Figura 49. Masa de robledal en los suelos urbanizables de Ugarte.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 200
Sin embargo, es de mencionar que la extensión de este área no es correcta, ya que la superficie del plano es de unas 6,5 ha,
mientras que la superficie aproximada, desde 1991 hasta la actualidad, ha variado entre 0,5 ha y 1,6 ha respectivamente. Por otro
lado, esta área no está ocupada exclusivamente por robles, sino que existe diversidad de especies. En las siguientes imágenes se
puede apreciar la evolución del área en los últimos 20 años:
1991 1999
2001 2006
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 201
2011
Por otra parte, se considera que la capacidad de esta área como hábitat para fauna viene limitada en gran medida por sus
dimensiones, su fragmentación y por su colindancia a la carretera BI-737.
El otro robledal señalado se encuentra en los suelos urbanizables de ampliación del actual polígono de la Cruz, con unas
dimensiones aproximadas según el mapa de análisis de vegetación actual de 4 ha.
Figura 50. Masa de robledal en los suelos urbanizables de Ugarte.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 202
Como se observa en las siguientes ortofotografías, su conformación y superficie han variado en los últimos veinte años debido a la
construcción del Corredor del Txorierri. Actualmente posee una superficie aproximada de 1 ha.
1991 2011
También esta área se encuentra muy condicionada por la infraestructura del citado Corredor y sus discretas dimensiones.
En cuanto al resto de vegetación, se trata de especies que no están inventariadas, y por lo tanto, no necesitan especial protección.
Por todo ello, el impacto sobre la vegetación es considerado como COMPATIBLE.
Respecto a la fauna, la única especie amenazada que podría verse afectada por los nuevos desarrollos, es la del pez espinoso. Ya
que los cauces implicados contarán con los estudios necesarios, se considera que el impacto que se producirá sobre las
comunidades faunísticas, es NO SIGNIFICATIVO.
6.2.4.7 Biodiversidad
La diversidad biológica es la variabilidad existente entre los organismos vivos de todos los lugares del planeta, así como de los
sistemas ecológicos de los que forman parte. Incluye la diversidad dentro de las especies, entre especies y la diversidad de
ecosistemas.
La biodiversidad es fundamental por su papel clave en múltiples procesos básicos para la conservación de la vida en el planeta y de
la humanidad misma, y tiene importantes valores sociales, económicos, científicos, educativos, culturales, recreativos y estéticos.
Cualquier acción del plan que conlleve una transformación del territorio supondrá una modificación en los ecosistemas naturales y
afectará por lo tanto a la biodiversidad del área.
Así el establecimiento de cualquier tipo de infraestructura o equipamiento que necesite de una artificialización del suelo supone una
fragmentación del hábitat natural ligado a la cual se origina el aislamiento de poblaciones vegetales y animales.
En este caso al ser zonas localizadas o ya transformadas por la acción del hombre el impacto se considera NO SIGNIFICATIVO.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 203
6.2.5. Descripción, caracterización y valoración de los impactos sobre los factores estético-culturales
6.2.5.1 Impactos sobre la calidad del paisaje
El paisaje se presenta como la manifestación en el espacio de la interacción dinámica entre las sociedades humanas y el medio que
los rodea.
Fruto de las diferentes perturbaciones de origen tanto natural como antropogénico se generan cambios en el medio ambiente que
quedan a su vez reflejados en las características paisajísticas del entorno. Debemos observar por lo tanto el paisaje desde un punto
de vista sistémico dentro del cual la modificación de cada uno de los elementos provoca una modificación en el conjunto.
El impacto global de las diferentes actuaciones contempladas en el PGOU, sobre las diferentes unidades paisajísticas del área de
PGOU se considera COMPATIBLE.
6.2.5.2 Impactos sobre el patrimonio histórico-cultural
Tal y como hemos citado anteriormente, en el municipio de Lezama existen una serie de bienes culturales calificados como
monumento o conjunto monumental y algunas zonas declaradas de presunción arqueológica por la Comunidad Autónoma del País
Vasco. El Plan General determinará las debidas protecciones a través de su normativa. Asimismo identificará los bienes inmuebles
propuestos para su declaración como monumento de la Comunidad, para los que normará las intervenciones que se realicen en
ellos.
Sólo uno de los elementos propuestos para su protección a nivel municipal se ve afectado: se trata del frontón de Lezama. El Plan
propone la sustitución de este edificio por otro polifuncional en ubicación cercana más al sur. Se pretende de este modo un menor
consumo de suelo, ya que se compactarán diversas necesidades en un solo volumen, un espacio óptimo desde el punto de vista
constructivo para este juego y sus espectadores. Además se resolverán vialidad, accesos y aparcamientos al nuevo complejo
deportivo, así como se liberará un espacio verde comunitario en el lugar del viejo frontón, en el corazón del casco urbano y servido
por el eje que constituye el Camino de Santiago. Por otro lado, el actual frontón se sitúa en un área inundable, por lo que su
traslado resolverá este aspecto.
Por tanto el impacto previsto sobre el patrimonio histórico-cultural se considera NO SIGNIFICATIVO.
6.2.6. Descripción, caracterización y valoración de los impactos sobre las figuras de protección y áreas de interés natural
Tal y como se indica en el inventario, en el ámbito del proyecto no consta la existencia de ningún espacio protegido ni de interés
Especial en el área de estudio en las bases de datos consultadas: Red de Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000, Otros
espacios naturales de interés (Áreas de Interés Naturalístico de las DOT, Zonas Húmedas de la CAPV, catálogo Abierto de
Espacios Naturales Relevantes, Humedales de importancia internacional), Plan Territorial Sectorial de Protección y Ordenación del
Litoral. Debido a ello, el impacto ambiental resulta NULO.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 204
6.2.7. Descripción, caracterización y valoración de riesgos
6.2.7.1 Generación de ruidos
El ruido es una de las principales causas de preocupación entre la población de las ciudades, ya que incide en el nivel de calidad de
vida y además puede provocar efectos nocivos sobre la salud, el comportamiento y actividades del ser humano pudiendo provocar
efectos psicológicos y sociales.
Uno de los impactos acústicos que producirá el PGOU, será el generado por las obras necesarias para la ejecución de las
actuaciones previstas por él; por lo tanto, se tratará de molestias temporales, que terminarán cuando las obras finalicen.
Los impactos derivados de las actividades que se desarrollarán en las nuevas áreas, serán los propios a ellas. En estos casos, se
optará por establecer las medidas correctoras más adecuadas (por ejemplo: pantallas acústicas, barreras vegetales, etc.)
Por lo tanto, se considera que el impacto será COMPATIBLE.
6.2.7.2 Suelos contaminados
Tras la consulta del “Inventario de suelos que soportan o han soportado actividades o instalaciones potencialmente contaminantes
del suelo” del Gobierno Vasco y la información facilitada por IHOBE, Sociedad Pública de Gestión Ambiental. Servicio de Consulta
de Suelos del Gobierno Vasco, se constata que en el ámbito del plan se encuentran dieciséis parcelas inventariadas como
potencialmente contaminadas.
Para estos emplazamientos, en el caso de que se produzcan algunos de los supuestos contemplados en los apartados a), b), c) y
e) del artículo 17.1º de Ley 1/2005, de 4 de febrero, para la prevención y corrección del suelo de la Comunidad Autónoma del País
Vasco, deberá darse inicio al correspondiente procedimiento de declaración de calidad del suelo.
El desarrollo industrial propuesto por el Plan General al este del municipio, en la zona de Ugarte, ocupa, entre otras parcelas, una
de las catalogadas en el Inventario antes mencionado. La obligación de la obtención de la declaración de calidad del suelo de esta
parcela permitirá recuperar el emplazamiento para su uso y reducirá los actuales riesgos derivados de tal emplazamiento. Todo ello
hace que el impacto sea POSITIVO.
6.2.7.3 Riesgos de inundación
Los cauces que transcurren por el término municipal de Lezama pertenecen a la cuenca del río Asua.
Tal y como se ha explicado anteriormente, se ha elaborado un Estudio Hidráulico para el río Asúa a su paso por el término
municipal. También, en el año 2010, se ha desarrollado un Proyecto de Encauzamiento para la Unidad de Ejecución de Txupetxa,
con el objetivo de corregir los riesgos de inundabilidad que afectaban al ámbito. Ambos han sido aprobados por URA, Agencia
Vasca del Agua.
El riesgo de inundación para los nuevos desarrollos contemplados en el PGOU, considerando que se tomarán las medidas
correctoras necesarias para mitigar el impacto que pueda producir el sellado del suelo en estas áreas, se considera MODERADO.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 205
6.2.8. Descripción, caracterización y valoración de impactos sobre los factores sociales y económicos
6.2.8.1 Gestión territorial
En el marco de elaboración de este ISA, se ha llevado a cabo un exhaustivo análisis de las interacciones con todos los instrumentos
de planificación territorial susceptibles de ser afectados por el PGOU, cuyo resultado se refleja en los capítulos correspondientes de
este documento.
A modo de síntesis, integrando los resultados del análisis y expresándolos en la misma escala que el resto de impactos
contemplados en este capítulo, se considera que el impacto sobre la gestión territorial resulta MODERADO, ya que implica la
introducción de una serie de medidas preventivas y correctoras que se consideran en el capítulo siguiente.
6.2.8.2 Capacidad de uso
El impacto sobre la capacidad de uso agrario en el ámbito de estudio se ha evaluado en función de la información aportada por la
cartografía de Tipo de Suelos, Vegetación, Recomendaciones de Uso y PTS Agroforestal.
En función de sus características edafológicas naturales, el ámbito de estudio ofrece una capacidad de uso agrario moderado. Sin
embargo, el uso real y planificado, histórico y actual, municipal y supramunicipal, ejercido sobre el territorio, ha determinado para
una buena parte del mismo un uso residencial, industrial, de equipamientos y viario, de tal forma que los nuevos desarrollos
interaccionarán parcialmente con los suelos a los que se reconoce mayor aptitud de uso agrario.
En estas circunstancias, se considera que el impacto del proyecto sobre la capacidad de uso agrario resulta COMPATIBLE.
6.2.8.3 Socio-economía
El objetivo a perseguir desde las propuestas de ordenación territoriales debe ser el establecimiento de pautas de crecimiento
socioeconómico respetuosas con el medio ambiente.
La ejecución de las nuevas áreas de desarrollo industrial potenciará el desarrollo económico, tanto del municipio de Lezama como
de los colindantes. Además, la nueva residencia responde a la necesidad actual de vivienda por parte de los habitantes del
municipio, que de otra manera se ven obligados a mudarse a otras localidades. Por otra parte, la construcción de los equipamientos
previstos en el PGOU mejorará la calidad de vida de los lezamatarras.
En definitiva, se considera que el impacto global que resultará desde el punto de vista socio-económico es POSITIVO.
6.2.9. Matriz causa-efecto, matriz de valoración de impactos y síntesis de los impactos más significativos
Este capítulo recopila los resultados de la actividad de identificación y valoración de impactos que se ha ido realizando en epígrafes
anteriores, mediante la presentación de la Matriz Causa-Efecto (la cual, además de la identificación, incluye los resultados de la
valoración de la gravedad de los impactos) y la Matriz de Valoración (en la que se presenta la descripción detallada de las
componentes y carácter de los impactos).
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 206
Figura 51. Matriz de Valoración de Impactos.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 207
LEYENDA MATRIZ DE VALORACIÓN
Figura 52. Leyenda Matriz de Valoración
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 208
VALORACIÓN DE IMPACTOS NEGATIVOS
MATRIZ DE VALORACIÓN
Figura 53. Valoración de Impactos Negativos. Matriz de Valoración.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 209
7 PROPUESTA DE MEDIDAS PROTECTORAS Y CORRECTORAS
Este capítulo tiene como objeto definir y describir todas aquellas medidas tendentes a evitar, minimizar o corregir los impactos
negativos MODERADOS identificados en el capítulo anterior (situándolos en un nivel COMPATIBLE ó NO SIGNIFICATIVO), o a
reponer los posibles elementos afectados.
De la misma forma, y en relación con los impactos COMPATIBLES o no significativos, también se incluyen en este capítulo,
referencias a aquellas buenas prácticas de operación de posible aplicación, tendentes a minimizar o anular dichas afecciones, por
leves que sean en origen.
7.1. Identificación de medidas provenientes de la Evaluación de impacto ambiental a escalas superiores de
la planificación
Tal y como se determina en el capítulo de este documento correspondiente al “Análisis de Interacciones con otros Planes y
Programas”, los principales condicionantes relativos a las medidas protectoras y correctoras que se derivan de la planificación
(tanto vinculante como no vinculante) de escala superior al PGOU, se enumeran a continuación:
El PTS Agroforestal (no vinculante), cataloga algunas de las zonas previstas para el desarrollo de actividades
(desarrollo industrial y residencial) contempladas en el PGOU como “Agroganadero: Alto valor estratégico”. La
construcción de infraestructuras se considera “no deseable” en la citada categoría. Los planes que establezcan su
ocupación deberán ser analizados a través del procedimiento de evaluación conjunta de impacto ambiental, teniendo en
cuenta las consideraciones que se hacen en los instrumentos de actuación de este PTS para incluir en esa evaluación
la afección sobre la actividad agraria y la aplicación de medidas correctoras.
A este respecto, es de señalar que el PTP de Bilbao Metropolitano prevé la implantación de nuevos asentamientos de
Actividades Económicas entre el núcleo urbano y el Corredor del Txorierri. Se trata de una franja de suelo que recorre
el municipio de este a oeste en el que se proponen Actividades Económicas Mixtas de Promoción Pública alternadas
con Equipamientos Metropolitanos. Se denomina Reserva Estratégica de Aretxalde (OE.18) y es de carácter público,
destinada a la implantación de grandes empresas consumidoras de suelo, articulando dos espacios diferenciados en
función del uso del suelo: área industrial productiva y área logística de servicio al transporte. La ocupación de suelo se
cifra entre 120 y 74 Has. para un periodo de 16 años y entre 77 y 55 Has. para el periodo de ocho años. Es esta área
de reserva donde el Plan General ordena las áreas de crecimiento industrial.
Según se señala en el artículo 19.2. Coordinación del PTS Agroforestal con los Planes Territoriales Parciales, "las
áreas de preferente desarrollo urbanístico (residencial o industrial) definidas por los PTP no se reflejan en la cartografía
del PTS Agroforestal, pero en cualquier caso tienen prevalencia sobre la zonificación y disposiciones de éste".
Por lo tanto, la reserva realizada por el PTP predomina sobre la protección propuesta por el PTS Agroforestal.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 210
El Plan Territorial Sectorial del Patrimonio Cultural Vasco está en proceso de redacción, no habiéndose aprobado ni tan
sólo inicialmente. Por lo tanto, no es posible establecer las posibles afecciones que pudiera determinar.
Por otra parte, en el municipio de Lezama existen una serie de bienes culturales calificados como monumento o
conjunto monumental y algunas zonas declaradas de presunción arqueológica por la Comunidad Autónoma del País
Vasco. El Plan General determinará las debidas protecciones a través de su normativa. Asimismo identificará los
bienes inmuebles propuestos para su declaración como monumento de la Comunidad, para los que normará las
intervenciones que se realicen en ellos. Por otra parte, sólo uno de los elementos propuestos para su protección a nivel
municipal se ve afectado: se trata del polideportivo de Lezama, del que se propone su demolición, como se viene
haciendo desde las Normas Subsidiarias de 1988. Esto es así debido al estadio precario de su construcción; teniendo
este edificio como único uso el juego de la pelota, su manutención es muy reducida. El Plan propone la sustitución de
este edificio por otro polifuncional en ubicación cercana más al sur. Se pretende de este modo un menor consumo de
suelo, ya que se compactarán diversas necesidades en un solo volumen, un espacio óptimo desde el punto de vista
constructivo para este juego y sus espectadores. Además se resolverán vialidad, accesos y aparcamientos al nuevo
complejo deportivo, así como se liberará un espacio verde comunitario en el lugar del viejo frontón, en el corazón del
casco urbano y servido por el eje que constituye el Camino de Santiago.
7.2. Propuesta de adecuación de los objetivos y estrategias del plan
No se considera que sea necesario adecuar o reformular los objetivos y estrategias del Plan.
7.3. Medidas protectoras y correctoras provenientes de las actuaciones planificadas
Las medidas protectoras y correctoras definidas para las actuaciones propuestas en el PGOU, se presentan en la tabla adjunta.
Para cada medida se indican las principales acciones de proyecto e impactos sobre los que actúan. El grado de definición con las
que se presentan es coherente con el que actualmente tiene la ordenación propuesta (al momento muy general), y en cualquier
caso, serán objeto de desarrollo y profundización en la fase de Evaluación de Impacto Ambiental de los Planes y Proyectos que
desarrollen el Plan.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 211
MEDIDA PROTECTORA Y/O CORRECTORA
ELEMENTO A PROTEGER (IMPACTO A PREVENIR/ CORREGIR)
1. La sensibilización y la información de la sociedad en cuanto al impacto que ejerce el consumo del agua sobre el medio natural resulta esencial para alcanzar el objetivo de consumo sostenible del agua (así como del resto de recursos naturales).
Consumo de agua.
2. Implantación rápida de cubierta vegetal adecuada en todas las nuevas superficies generadas sobre tierras.
Vegetación (restauración de hábitats)
Suelo (prevención de la pérdida de suelos y de la erosión)
Paisaje (corrección del impacto paisajístico)
3. Con el objeto de proteger el río Asúa, durante las obras que conlleven los desarrollos contemplados en el PGOU, se utilizarán parapetos, entramados vegetales y balsas de decantación que retengan los sedimentos producidos en la obra que puedan caer sobre el cauce.
4. Por otro lado, en cuanto a vertidos se refiere, se deberá analizar el aprovechamiento máximo de las aguas pluviales recogidas y, en su defecto se deberán establecer sistemas de depuración (p.e. balsa decantación) como paso previo a su vertido a cauce.
Hidrología superficial y calidad de agua.
5. Cuidadosa determinación y control inicial (con apoyo de medios topográficos) de los límites de las superficies de ocupación.
Hidrología subterránea (prevención de la afección a la calidad del agua subterránea)
Vegetación y hábitats (prevención de la eliminación y degradación de vegetación y hábitats)
Suelo (prevención de la pérdida de suelos)
6. Adecuada selección de especies para revegetación (en todos los estratos: herbáceo, arbustivo y arbóreo), a partir de las especies autóctonas identificadas en el Inventario y de la vegetación potencial del área
Hábitats y ecosistemas (compensación y corrección de la eliminación de hábitats y prevención de alteración por introducción de especies alóctonas)
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 212
MEDIDA PROTECTORA Y/O CORRECTORA
ELEMENTO A PROTEGER (IMPACTO A PREVENIR/ CORREGIR)
7. Eliminación selectiva de especies exóticas invasoras y prevención de nuevas colonizaciones. Con motivo de la realización de las distintas actuaciones previstas en el PGOU, especialmente las que impliquen intervención reversible sobre la cubierta vegetal, se procederá a la eliminación de las especies exóticas invasoras que se identifiquen en el ámbito de actuación. Por otra parte, durante las operaciones de mantenimiento de las superficies revegetadas, será eliminado cualquier indicio de nueva colonización por parte de estas especies invasoras.
Vegetación, hábitats y ecosistemas (mejora ambiental respecto a la situación preoperacional)
8. Establecimiento de las condiciones necesarias, para cada caso, con el objeto de que el planeamiento de desarrollo no afecte a las formaciones vegetales de interés (aliseda cantábrica, por ejemplo).
Vegetación, hábitats y ecosistemas.
9. Tratamiento paisajístico integral de los elementos y superficies que comprenda el PGOU, tanto a través de soluciones de revegetación, en todas las superficies de tierra intervenidas o creadas, como mediante la aplicación de otras soluciones de integración paisajística.
10. Cada una de las actuaciones deberá preveer en fase de proyecto el impacto paisajístico que vaya producir y establecer las medidas correctoras necesarias para la mitigación del mismo.
Paisaje (corrección del impacto paisajístico)
11. Adecuar las actuaciones que se lleven a cabo, a la morfología del entorno, evitando acabados en arista o encuentros bruscos entre el terreno natural y las zonas intervenidas (redondeo de acuerdos).
Paisaje (corrección del impacto paisajístico)
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 213
MEDIDA PROTECTORA Y/O CORRECTORA
ELEMENTO A PROTEGER (IMPACTO A PREVENIR/ CORREGIR)
12. Las nuevas instalaciones de alumbrado público cumplirán con las condiciones técnicas de diseño, ejecución y mantenimiento recogidas en el Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias, de modo que el nuevo alumbrado se ajustará a lo recogido en la disposición adicional cuarta de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, promoviendo la prevención y reducción de la contaminación lumínica.
Contaminación lumínica
13. Colocación de puntos limpios. Se fomentará la correcta segregación de los residuos tanto durante las fases de ejecución de los nuevos desarrollos del municipio contemplados en el PGOU, como en las de explotación.
Gestión de residuos
14. Instalación de las medidas correctoras necesarias en las zonas que requieran corrección del impacto acústico generado por el desarrollo de las actividades contempladas en el PGOU.
Molestias inducibles a la población y a la fauna (prevención del impacto acústico)
15. Inicio al correspondiente procedimiento de declaración de la calidad del suelo* en caso de que se lleven a cabo actuaciones contempladas en el Plan en zonas catalogadas como suelos potencialmente contaminados. *En el caso de que se produzcan algunos de los supuestos contemplados en los apartados a), b), c) y e) del artículo 34 de la Ley 1/2005, de 4 de febrero, de prevención y corrección de la contaminación del suelo del País Vasco, que configura el plan como uno de los instrumentos de la política de protección del suelo frente a la contaminación.
Calidad del suelo.
16. Compensaciones económicas por las expropiaciones
Prevención del impacto económico sobre bienes y rentas
Cuando durante el desarrollo/ejecución de las diferentes actuaciones/infraestructuras, la adopción de este tipo de medidas no sea
posible, deberán adoptarse medidas compensatorias; tales como la Restauración de zonas degradadas en el entorno de las
diferentes actuaciones que se lleven a cabo (en una superficie, al menos, del mismo tamaño que la correspondiente a formaciones
de interés que resulte imprescindible afectar), colocación de cajas nido, adaptación de los elementos de drenaje como pasos de
fauna e inclusión de dispositivos en estos elementos que impidan el confinamiento de pequeños vertebrados …etc.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 214
8 PROGRAMA DE SUPERVISIÓN DE LOS EFECTOS DEL PLAN
8.1. Objetivo
El objetivo del programa de supervisión de los efectos del PGOU respecto a los impactos identificados y valorados en el ISA se
centra en comprobar que las medidas preventivas y correctoras propuestas se han realizado y son eficaces.
En caso de que la eficacia de tales medidas se considere insatisfactoria, el Programa de Supervisión deberá permitir la
determinación de las causas y el establecimiento de los remedios adecuados.
Además, el Programa de Supervisión permitirá detectar impactos no previstos en el Estudio de Impacto Ambiental, proponer las
medidas correctoras adecuadas y velar por su ejecución y eficacia.
8.2. Definición de indicadores
La realización del seguimiento se basará en la formulación de indicadores, que proporcionan la forma de estimar, de manera
cuantificativa y simple en la medida de lo posible, la realización de las medidas previstas y sus resultados. Los indicadores a seguir
se incluyen en la siguiente tabla:
COMPONENTE DEL MEDIO INDICADORES DE SEGUIMIENTO
Calidad del aire Índice de calidad del aire
Calidad del suelo Superficie del territorio artificializado
Calidad de la vegetación Estado de las poblaciones vegetales
Mantenimiento de la biodiversidad Superficie revegetada
Especies amenazadas
Tabla 40. Indicadores de seguimiento.
Índice de calidad del aire
Descripción del Indicador
Este índice de calidad de aire empleado en las mediciones se presenta como un valor adimensional que se calcula a partir de los
contaminantes SO2, NO2, PM10, O3 y CO para las estaciones más cercanas al ámbito de estudio.
El índice está dividido en seis tramos, que definen los estados de calidad de aire: buena, admisible, moderada, mala, muy mala o
peligrosa. A cada uno de los tramos se le asigna un color de acuerdo con el siguiente cuadro:
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEZAMA. INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 215
Color Descripción de la calidad
del aire NO2 PM10 SO2 CO O3
Buena 0-105 0-25 0-62,5 0-5000 0-90
Admisible 105,1-210 25,1-50 62,6-125 5001-10000 90,1-160
Moderada 210,1-252 50,1-65 125,5-146 10001-14000 160,1-180
Mala 252,1-330 65,1-82,5 146,1-187,5 14001-18000 180,1-270
Muy Mala 330,1-699 82,6-138 187,6-250 18001-24000 270,1-360
Peligrosa >700 >138 >250 >24000 >360
Tabla 41. Índices de calidad del aire. Dept. Medio Ambiente del Gobierno Vasco.
Método de cálculo
Los datos son calculados a partir de la Red de vigilancia de la calidad atmosférica del Gobierno Vasco.
Fuentes de información necesarias:
Los datos disponibles en su página web:
http://www.ingurumena.ejgv.euskadi.net/r49-3614/es/contenidos/informacion/red_calida_aire_capv/es_975/red_vigilancia_c.html
Superficie de territorio artificializado
Descripción del Indicador
Superficie de territorio del Área del Plan que ha perdido su cubierta natural y ha sido urbanizada u ocupada por infraestructuras.
Método de cálculo
Medición directa.
Fuentes de información necesarias
Licencias de obras.
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Estado de las poblaciones vegetales
Descripción del Indicador
Estado de las poblaciones de especies vegetales presentes en el área de estudio.
Método de cálculo
Trabajos de campo.
Fuentes de información necesarias
Campañas de inventario.
Superficie revegetada
Descripción del Indicador
Superficie revegetada con especies autóctonas.
Método de cálculo
Medición directa y trabajos de campo.
Fuentes de información necesarias
Planos de proyecto e informes de resultados.
Especies amenazadas
Descripción del Indicador
Consiste en el número de especies animales y vegetales consideradas en peligro de extinción, vulnerables, raras o de interés
especial, así como cuáles de ellas cuentan con Planes de Protección, el cual es obligado por Ley.
Método de cálculo
Consulta con Dirección de Biodiversidad y Diputaciones Forales en cuanto al grado de desarrollo de los Planes de Protección.
Fuentes de información necesarias
Dirección de Biodiversidad del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco.