Regimen arancelario

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NOMENCLATURA ARANCELARIA DE BRUSELAS REGIMEN ARANCELARIO 4 SEMESTRE

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NOMENCLATURA ARANCELARIA DE

BRUSELAS REGIMEN ARANCELARIO

4 SEMESTRE

Porque se creo el sistema armonizado de

designación y codificación de mercancías

Racionalizar y armonizar los datos en los documentos

Armonizar la designación y codificación de los países, las cantidades, los modos y las condiciones de transporte de las mercancías

nació a finales de los sesenta, pues se había observado que un producto podía ser designado hasta 17 veces en una sola transacción comercial internacional.

Que establece

la elaboración del sistema, garantizando que facilitará a largo plazo las operaciones de comercio internacional.

Que el sistema fue desarrollado basándose en las nomenclaturas de la NNCA (nomenclatura del consejo de cooperación aduanera) y la CUCI (clasificación uniforme de comercio internacional)

La consideración de que se tomaron en cuenta todas las nomenclaturas que aportaron elementos de aplicación, en cuanto a las necesidades aduaneras, estadísticas y de transporte.

Que el consejo de cooperación aduanera fue quien auspicio la elaboración del sistema, constituyéndose para tal efecto un grupo que se aseguro de que se tomaran en cuenta todas las necesidades de las partes.

13 años después de estudios el consejo presenta el “sistema armonizado de designación y codificación de mercancías” y el establecimiento de una nueva convención internacional a fin de implementar el sistema.

Historia de la nomenclatura

Origen Bruselas, 1954, por medio de el Consejo de Cooperación Aduanero (CCA).

• NAB: Nomenclatura Arancelaria de Bruselas (4 dígitos) 87.04

• En 1980, desaparece la NAB y se crea el S.A “Sistema Arancelario de Designación y Codificación de Mercancías”, con sede en Bruselas 6 dígitos 87.04.10

• El grupo andino, toma esta nomenclatura (NABANDINA), y la trabaja con 8 dígitos 87.04.10.90

• Colombia adopta a 10 dígitos con el decreto 3104/90, y actualmente con el decreto 4589/06

QUE BENEFICIOS TIENE?

Simplifica las negociaciones internacionales entre los países

posibilita la comparación de los sistemas arancelarios que aplican los países

facilita las comparaciones estadísticas referidas al comercio internacional

elimina la subjetividad de los funcionarios aduaneros; ya que la posición arancelaria de un producto se determina por las propias normas del sistema de clasificación, debido a que se dispone de “Reglas Generales Interpretativas” y de “Notas Legales” que están destinadas a asegurar una correcta y uniforme interpretación de las mismas.

Clasificación

si en ciertos productos la materia prima constituye su principal característica su clasificación se orienta por dicha característica

si en ciertos productos lo fundamental es la función para la que es creada la clasificación se orienta por esa característica.

juega también, en la clasificación, su mayor grado de transformación o valor agregado industrial.

Clasificación

Se compone de 21 Secciones e integra a los grandes grupos con los que se puede realizar el comercio internacional.

Las secciones se sub-dividen en 98 Capítulos y el orden progresivo corresponde al grado de elaboración de las mercancías, partiendo de lo más simple a lo más complejo.

Subcapítulos: En números romanos.

Los capítulos se sub-dividen en 1200 partidas y también constan de

dos dígitos que se sitúan después del número del capítulo al que

pertenecen. Su secuencia en orden progresivo va también de lo más

simple a lo complejo y de lo menos a los mas elaborado.

• 4 dígitos

• Subpartidas (desdoblamiento de una partida) más de 5000.

• 6 a 10 dígitos.

NOTAS LEGALES

Precisar el contenido y el alcance de las secciones, capítulos o subpartidas de la nomenclatura.

Clases de notas legales:

Excluyentes.

•Definitoria. Clasificación a nivel de partida arancelaria.

Incluyente.

Incluyente

Ampliatoria

Restrictiva

Clasificatoria

REGLAS INTERPRETATIVAS

Primera Regla:

La clasificación está determinada por: El texto mismo de las partidas o subpartidas.

Las Notas Legales de Sección o Capítulo.

Ya que los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo.

REGLAS INTERPRETATIVAS Segunda Regla:

Regla 2a): Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que éste presente las características esenciales del artículo completo o terminado, o cuando se presente desmontado. Ejemplo:

* Un automóvil simplemente desprovisto de sus ruedas.

* Una bicicleta sin sillín ni neumáticos.

Regla 2b): Cualquier referencia a una materia en una partida determinada alcanza a dicha materia incluso mezclada o asociada con otras materias; las manufacturas de una materia determinada alcanza también a las constituidas total o parcialmente por dicha materia, Ejemplo:

La leche puede estar adicionada de vitaminas o de sales, sin embargo se clasificara como leche.

La clasificación se efectuará de acuerdo con los principios enunciados en l

REGLAS INTERPRETATIVAS Tercera Regla:

Regla 3a): La partida con descripción más específica tendrá prioridad sobre las partidas de alcance más genérico; cuando dos o más partidas son igualmente específicas, la clasificación se realiza conforme a la regla

3b)Tercera Regla

Regla 3b): En productos mezclados o compuestos: la materia prima que le da al producto el carácter esencial

Regla 3c): Cuando no se pueda clasificar por las reglas anteriores, la mercancía se clasificará en la última partida por orden de numeración entre las susceptibles de tenerse en cuenta.

REGLAS INTERPRETATIVAS Cuarta Regla:

Las mercancías que no puedan clasificarse aplicando las Reglas anteriores se clasifican en la partida que comprenda aquellas con las que tenganmayor analogía.

Quinta Regla:

Regla 5a):Los estuches para cámaras fotográficas, instrumentos musicales, armas, instrumentos de dibujo, collares y continentes similares, se clasifican con dichos artículos

Regla 5b):La regla anterior, no es obligatoria cuando los envases sean susceptibles de ser utilizados razonablemente de manera repetida