Regimen Cambiario

download Regimen Cambiario

of 114

Transcript of Regimen Cambiario

PROGRAMA DE FORMACION EXPORTADORA

CONTENIDO

SERVICIOS: Generalidades REGIMEN CAMBIARIO: Generalidades MERCADO CAMBIARIO: Operaciones MERCADO LIBRE: Operaciones

CONTENIDO EXPORTACIONES1. Reintegro Giro Anticipado Giro Financiado

IMPORTACIONES

1. Reembolso Giro Anticipado Giro Financiado

DECLARACION DE CAMBIO

Definicin Formularios Diligenciamiento y presentacin Modificacin Aclaraciones Numerales Cambiarios

CONTENIDO

CUENTAS DE COMPENSACION

ALGUNAS FORMAS DE PAGO (Cartas de crdito)

REGIMEN SANCIONATORIO

EXPORTACION DE SERVICIOS

EXPORTACION DE SERVICIOSLos servicios son prestaciones que a diferencia de los bienes no se pueden ver, tocar, ni almacenar. Los servicios acompaan casi todas las actividades que se adelantan en una economa, independientemente de que se trate de industrias que provean exclusivamente servicios, o se trate de industrias de servicios que apoyen la produccin y comercializacin de los bienes o de industrias autnoma para la produccin de servicios.

EXPORTACION DE SERVICIOSEn el mbito internacional son servicios un postgrado que se toma en el exterior, la asistencia tcnica que presta un operario de una empresa que compra una tecnologa en un pas diferente al suyo; una obra de ingeniara realizada por contratistas de otro pas, entre otros.

Por qu exportar servicios? Exportar servicios es participar en una de las industrias con mayor potencialidad y crecimiento en el mercado internacional. En general cuando se trabaja en industrias de servicios se habla de empresas que no contaminan el medio ambiente y por lo tanto se trata de industrias limpias.

CLASES DE SERVICIOSEl GATS (Acuerdo General Sobre Comercio de Servicios) considera que los servicios, se pueden agrupar como: Servicios comerciales Servicios de comunicacin Servicios de construccin y servicios de ingeniera Servicios de distribucin Servicios de educacin Servicios ambientales

CLASES DE SERVICIOS Servicios financieros Servicios relacionados con la salud y servicios sociales Servicios relacionados con el turismo y los viajes Servicios recreativos, culturales y deportivos Servicios de transporte que comprende el de personas y mercancas cosas Otros servicios no incluidos en otras categoras

CLASIFICACION CPC (CENTRAL PRODUCT CLASSIFICATION) 54 Servicios de Construccin 63 Servicios de Hospedaje, Alimentos y Bebidas. 64 Servicios de Transporte Terrestre 65 Servicios de Transporte Martimo 66 Servicios de Transporte Areo 67 Servicios Auxiliares para transporte 68 Servicios Postales y de Courrier.

CLASIFICACION CPC (CENTRAL PRODUCT CLASSIFICATION) 69 Servicios de Distribuidor de Electricidad, Gas y Agua 71 Servicios de Intermediacin Financiera, Seguros y Auxiliares 72 Servicios Inmobiliarios y de Finca Raz 73 Servicios de arrendamiento con o sin opcin de compra, sin operarios

CLASIFICACION CPC (CENTRAL PRODUCT CLASSIFICATION) 81 Servicios de Investigacin y Desarrollo. 82 Servicios Profesionales, Cientficos y Tcnicos (Servicios Legales, de Contabilidad y asesoras en impuestos). 83 Otros Servicios Profesionales (servicios de arquitectura, ingeniera y otros servicios tcnicos). 84 Telecomunicaciones.

CLASIFICACION CPC (CENTRAL PRODUCT CLASSIFICATION) 85 Otros Servicios de Soporte (Agencias de Empleo, Servicios de Seguridad, Servicios de Empaque() 86 Servicios de Produccin con base en honorarios o contratos 87 Servicios de Reparacin y Mantenimiento. 91 Administracin Pblica y otros Servicios a la Comunidad

CLASIFICACION CPC (CENTRAL PRODUCT CLASSIFICATION)

92 Servicios de Educacin. 93 Servicios de Salud. 94 Servicios Sanitarios, de Disposicin de Residuos y de proteccin al Medio Ambiente. 95 Servicios Suministrado por Organizaciones

CLASIFICACION CPC (CENTRAL PRODUCT CLASSIFICATION) 96 Servicios de Esparcimiento Cultural, Recreacional y Deportivo. 97 Otros servicios 98 Servicios domsticos 99 Servicios prestados por organizaciones y entidades extranjeras

MODALIDADESLas modalidades de prestacin de servicios muestran las caractersticas que diferencian los bienes de los servicios y como se comercializan los mismos a nivel internacional. A diferencia de las transacciones internacionales de bienes, que requieren inevitablemente el trnsito fsico de la mercanca a travs de las fronteras, los servicios se proporcionan en el mbito internacional segn una o varias de las cuatro modalidades de prestacin, a saber:

MODALIDADES1. Movimiento transfronterizo de los servicios Software que se enva a travs de Internet, estudio de mercado elaborado en Colombia para ser enviado al exterior; transferencia bancaria de dinero. 2. Traslado de consumidores al pas de importacin Turistas extranjeros o colombianos no residentes que consumen servicios de hospedaje, alimentacin y recreacin en Colombia

MODALIDADES3. Establecimiento de una presencia comercial en el pas en que ha de prestarse el servicio Firma de ingenieros colombiana que se establece en otro pas para prestar sus servicios en el exterior 4. Traslado temporal de personas fsicas a otro pas para prestar en l los servicios Docente colombiano que se desplaza al exterior para realizar una capacitacin por un periodo limitado de tiempo

PROCEDIMIENTO PARA EXPORTAR SERVICIOS1. Registro como exportador de servicios ante la DIAN: Diligenciar el RUT en los campos 54, 55, 56, 57 y 58

2. Registro del contrato de exportacin Todo exportador debe inscribirse en la Ventanilla nica de Comercio Exterior VUCE MINCOMERCIO3. Canalizar las divisas por intermediario cambiario autorizado I.M.C, con el soporte del contrato y/o factura de la prestacin del servicio y el soporte de registro VUCE.

BENEFICIOSPartiendo del estatuto tributario en su artculo 481 tenemos lo siguiente: Gravados: Tienen tarifa Exentos: Tienen tarifa y es 0 Excluidos: No tienen tarifa (Salud y Educacin) El beneficio tributario es la exencin del IVA para los servicios prestados en Colombia y que se utilicen exclusivamente en el exterior por empresas sin negocios o actividades en Colombia; y para paquetes tursticos vendidos en el exterior por un agente autorizado por el Fondo de Promocin Turstica de Colombia. Tambin la Retefuente

REINTEGROSAunque los exportadores de servicios no estn obligados a canalizar sus ingresos a travs del mercado cambiario colombiano, quienes deseen acceder a los beneficios mencionados anteriormente, deben canalizarlos utilizando los intermediarios financieros autorizados por la Superintendencia Bancaria, diligenciando el formulario No. 5.

Normalmente los exportadores que canalizan sus ingresos a travs del mercado cambiario colombiano, prestan sus servicios bajo las modalidades 1, 2 y 4.

Porque es beneficioso? Porque experimentan un crecimiento contino y estable.

Porque La industria de servicios es por lo general altamente empleadora Porque contribuye al crecimiento de la economa mediante transferencia de tecnologa y mejoramiento de los canales de informacin. Porque Los servicios apoyan el comercio de bienes y otros servicios, adems el desempeo de esta industria es importante para los consumidores

RUT. CASILLA 54 USUARIOS ADUANEROS

USUARIOS ADUANEROS54Cdigo:

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 2223

RUT. CASILLA 54 USUARIOS ADUANEROS

EXPORTADORES55. FORMA 56. TIPO SERVICIO 57. MODO 58. CPC 1 2 3

FORMA: 1 Directo 2. Indirecto 3. Directo e Indirecto

RUT. CASILLA 54 USUARIOS ADUANEROS

EXPORTADORES55. FORMA 56. TIPO SERVICIO 57. MODO 58. CPC 1 2 3

TIPO: 1 Bienes 2. Servicios 3. Bienes y Servicios

RUT. CASILLA 54 USUARIOS ADUANEROS

EXPORTADORES55. FORMA 56. TIPO SERVICIO 57. MODO 58. CPC 1 2 3

RUT. CASILLA 54 USUARIOS ADUANEROS

EXPORTADORES55. FORMA 56. TIPO SERVICIO 57. MODO 58. CPC 1 2 3

REGIMEN CAMBIARIO EN COLOMBIA

CONTENIDO

SERVICIOS: Generalidades REGIMEN CAMBIARIO: Generalidades MERCADO CAMBIARIO: Operaciones MERCADO LIBRE: Operaciones

REGIMEN CAMBIARIOGENERALIDADESLey 9 Enero 17/91

Propsitos del rgimen cambiario

Regulacin cambios internacionales

GENERALIDADES

Propsito del Rgimen Cambiario

Promover el desarrollo econmico y social y el equilibrio cambiario con base en los siguientes objetivos

GENERALIDADESInternacionalizar la economa para lograr competitividad en mercados externosPromover, fomentar y estimular el comercio exterior Estimular inversin de capitales del exterior en el pas. Aplicar controles a los movimientos de capital Propender por un nivel de reservas internacionales

O B J E T I V O S

Coordinar polticas y regulaciones cambiarias polticas macroeconmicasFacilitar el desarrollo de las transacciones y establecer mecanismos de control y supervisin adecuados

REGIMEN CAMBIARIOGENERALIDADESLey 9 Enero 17/91

Propsitos del rgimen cambiario

Regulacin cambios internacionales

GENERALIDADES

Regulacin cambios Internacionales

Normatividad: Resolucin Externa 8 de mayo 5 de 2000

GENERALIDADES

Regulacin cambios Internacionales

Normatividad:

Circular reglamentaria Externa DCIN-83

CONTENIDO

SERVICIOS: Generalidades REGIMEN CAMBIARIO: Generalidades MERCADO CAMBIARIO: Operaciones MERCADO LIBRE: Operaciones

MERCADO CAMBIARIODEFINICION El mercado cambiario est constituido por la totalidad de las divisas que deben canalizarse obligatoriamente por conducto de los intermediarios autorizados para el efecto o a travs del mecanismo de compensacin previsto en la Resolucin 8/2000. Tambin formarn parte del mercado cambiario las divisas que, no obstante estar exentas de esa obligacin, se canalicen voluntariamente a travs del mismo.

MERCADO CAMBIARIO IMC: Intermediarios del mercado cambiarioBancos Comerciales, Bancos Hipotecarios, Corporaciones Financieras, Compaas de financiamiento comercial, FEN, Bancoldex, Cooperativas financieras, Comisionistas de bolsa, Casas de cambio

MERCADO CAMBIARIO OPERACIONES Importaciones y exportaciones de bienes Operaciones de endeudamiento externo y costos financieros Inversiones de capital del exterior en el pas y rendimientos Inversiones de capital colombiano en el exterior y rendimientos Inversiones financieras en ttulos emitidos y activos radicados en el exterior Avales y garantas en moneda extranjera Operaciones de derivados

CONTENIDO

SERVICIOS: Generalidades REGIMEN CAMBIARIO: Generalidades MERCADO CAMBIARIO: Operaciones MERCADO LIBRE: Operaciones

MERCADO LIBRESegn el Artculo 7 de la ley 9 /91 Tenencia de divisas por residentes en el pas. Ser libre la tenencia, posesin y negociacin de divisas que no deban ser transferidas o negociadas por medio del mercado cambiario. En todo caso, dentro de la libertad autorizada, el Gobierno Nacional podr regular estas operaciones con sujecin a los propsitos contenidos en el artculo 2. De la Ley 9/91.

MERCADO LIBRE OPERACIONES Fletes y gastos no declarados en una factura de exportacin o de importacin Donaciones y transferencias Turismo Servicios tcnicos Servicios bancarios Servicios de salud Cualquier otra prestacin considerada servicios

CONTENIDO EXPORTACIONES1. Reintegro Giro Anticipado Giro Financiado

IMPORTACIONES

1. Reembolso Giro Anticipado Giro Financiado

DECLARACION DE CAMBIO

Definicin Formularios Diligenciamiento y presentacin Modificacin Aclaraciones Numerales Cambiarios

REINTEGRO Y REEMBOLSO REINTEGRO DE DIVISAS: Entrada por concepto de exportaciones

REEMBOLSO DE DIVISAS: Salida por concepto de importaciones

REINTEGROSLos residentes (EXPORTADORES) debern canalizar a travs del mercado cambiario, las divisas provenientes de sus exportaciones, incluidas las que reciba en efectivo directamente del comprador del exterior, dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de su recibo, correspondientes tanto a exportaciones ya realizadas como a las recibidas en calidad de pago anticipado por futuras exportaciones de bienes.

Para estos efectos debern presentar la declaracin de cambio por exportaciones de bienes (Formulario No. 2) utilizando, en cada caso, el numeral cambiario que corresponda.

CONTENIDO EXPORTACIONES1. Reintegro Giro Anticipado Giro Financiado 1. Reembolso Giro Anticipado Giro Financiado

IMPORTACIONES

DECLARACION DE CAMBIO

Definicin Formularios Diligenciamiento y presentacin Modificacin Aclaraciones Numerales Cambiarios

REEMBOLSOSLos residentes (IMPORTADORES) debern canalizar a travs del mercado cambiario los pagos para cancelar el valor de sus importaciones.Para estos efectos debern presentar la declaracin de cambio por importaciones de bienes (Formulario No. 1) utilizando, en cada caso, el numeral cambiario que corresponda.

REINTEGRO DE DIVISASMEDIOS DE PAGO Carta de crdito Giro directo ChequeINTERMEDIARIO MERCADO CAMBIARIO

DOCUMENTOS SOPORTE PARA EL I.M.C: DEX CUANDO SEAN (Operaciones desde el territorio aduanero nacional) Y FORM. DE MOVIMIENTO INTERNACIONAL DE MERCANCIAS O FACTURA CUANDO SEAN (Operaciones desde zona franca)

DECLARACION DE CAMBIO NO. 2

REEMBOLSO DE DIVISASMEDIOS DE PAGO Carta de crdito Giro directo ChequeINTERMEDIARIO MERCADO CAMBIARIO

DOCUMENTOS SOPORTE PARA EL I.M.C: DEC. DE IMPORTACION CUANDO SEAN (Operaciones desde el territorio aduanero nacional) Y FORM. DE MOVIMIENTO INTERNACIONAL DE MERCANCIAS O FACTURA CUANDO SEAN (Operaciones desde zona franca)

DECLARACION DE CAMBIO NO. 1

DIVISAS CANALIZADAS A TRAVS DEL MERCADO CAMBIARIO

Ingresos Se entiende por ingresos toda compra de divisas efectuada por los Intermediarios del Mercado Cambiario (en adelante IMC), as como las consignaciones que los residentes en Colombia efecten en las cuentas de compensacin en moneda extranjera que poseen en entidades financieras del exterior.

Egresos Se entiende por egresos toda venta de divisas efectuada por los IMC, as como los retiros que los residentes en Colombia efecten de las cuentas de compensacin en moneda extranjera que poseen en entidades financieras del exterior

CONTENIDO EXPORTACIONES1. Reintegro Giro Anticipado Giro Financiado

IMPORTACIONES

1. Reembolso Giro Anticipado Giro Financiado

DECLARACION DE CAMBIO

Definicin Formularios Diligenciamiento y presentacin Modificacin Aclaraciones Numerales Cambiarios

DECLARACION DE CAMBIO DefinicinFormulario (original y copia) que debe diligenciar quien realice una operacin de cambio en Colombia a travs de los intermediarios del mercado cambiario o cuentas de compensacin .Es la nica formalidad que en el rgimen actual se requiere para la negociacin de divisas (compra o venta).

DECLARACION DE CAMBIO

Diligenciamiento y presentacinSe presenta ante el intermediario del mercado cambiario si hay compra o venta de divisas

La diligencia el interesado

Se presenta ante el Banco de la Repblica si la operacin se efecta a travs de cuenta de compensacin

DECLARACION DE CAMBIOFormularios

No. 1 Importacin de bienesNo. 2 Exportacin de bienes No. 3 Endeudamiento externo No. 4 Inversiones internacionales No. 5 Servicios, transferencias y otros conceptos

DECLARACION DE CAMBIOFormularios No. 6 Informacin de endeudamiento externo otorgado a residentesNo. 7 Informacin de endeudamiento externo otorgado a no residentes No. 10 Relacin de operaciones cuenta corriente de compensacin

MERCADO CAMBIARIO

N 3 A Desembolsos y pagos endeudamiento externo N 3 Endeudamiento externo N 4 Inversiones Internacionales

N 2 Exportacin de bienes

FormulariosN 1 Importacin de bienes N 5 Servicios, transferencias y otros conceptos

MERCADO CAMBIARION 6 Informacin de endeudamiento externo otorgado a residentes* N 7 Informacin de endeudamiento externo otorgado a no residentes**

Decreto 1735 Sep/93, Artculo 2: * Residentes Persona natural que habita en el territorio nacional Empresa con domicilio Sucursales de sociedades extranjeras

Formularios (cont. 1)

** No residentes No habitan No tiene domicilio Extranjeros con permanencia < o = a 6 meses continuos o discontinuos en 12 meses

MERCADO CAMBIARION 10 Relacin de operaciones cuenta corriente de compensacin

N 9 Registro cuenta corriente de compensacin

N 8 Registro avales y garantas en moneda extranjera

N 11

Formularios (cont.2)

Registro de inversiones internacionales

NUMERALES CAMBIARIOS Y DEFINICIONES

Por numeral cambiario se entiende el cdigo asignado por el Banco de la Repblica para identificar las operaciones de cambio que se canalicen a travs del mercado cambiario y son utilizados para fines estadsticos. Las declaraciones de cambio que exigen numerales por operaciones canalizadas a travs del mercado cambiario y del mercado libre son (Formularios Nos. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 10).

EJEMPLO DE NUMERALES CAMBIARIOSINGRESOS POR EXPORTACIONES D.C 2

1000 1010 1020 1030 1040

1045

Reintegro por exportaciones de caf. Reintegro por exportaciones de carbn incluidos los anticipos. Reintegro por exportaciones de ferronquel incluidos los anticipos. Reintegro por exportaciones de petrleo y sus derivados, incluidos los anticipos Reintegro por exportaciones de bienes diferentes de caf, carbn, ferronquel, petrleo y sus derivados y por exportaciones de bienes pagados con tarjeta de crdito internacional. Anticipos por exportaciones de caf.

EJEMPLO DE NUMERALES CAMBIARIOSINGRESOS POR EXPORTACIONES D.C 2

10501060* 1061* 1043 1510

Anticipos por exportaciones de bienes diferentes de caf, carbn, ferronquel, petrleo y sus derivados. Pago de exportaciones de bienes en moneda legal colombiana. Pago de exportaciones de bienes en moneda legal colombiana con tarjeta de crdito internacional. Reintegro por exportaciones de bienes en un plazo superior a los doce (12) meses, financiados por el exportador. Gastos de exportacin de bienes incluidos en la declaracin de exportacin definitiva.

EJEMPLO DE NUMERALES CAMBIARIOSINGRESOS POR EXPORTACIONES D.C 2

1040 - Reintegro por exportaciones de bienes diferentes de caf, carbn, ferronquel, petrleo y sus derivados y por exportaciones de bienes pagados con tarjeta de crdito internacional. Ingreso de divisas por el pago de las exportaciones definitivas de bienes diferentes de caf, carbn, ferronquel, petrleo y sus derivados, incluidas las realizadas desde zona franca al resto del mundo, despus de efectuado el embarque o del formulario de movimiento de mercancas en zona franca egreso,

EJEMPLO DE NUMERALES CAMBIARIOSINGRESOS POR EXPORTACIONES D.C 2

. 1043 Reintegro por exportaciones de bienes en un plazo superior a los doce (12) meses, financiados por el exportadorIngreso de divisas por el pago de las exportaciones definitivas de bienes, incluidas las realizadas desde zona franca al resto del mundo, cuando su pago se efecte en un plazo superior a los doce (12) meses.

EJEMPLO DE NUMERALES CAMBIARIOSINGRESOS POR EXPORTACIONES D.C 2

1050 - Anticipo por exportaciones de bienes diferentes de caf, carbn, ferronquel, petrleo y sus derivados. Ingreso de divisas por el pago anticipado de exportaciones de bienes diferentes de caf, carbn, ferronquel, petrleo y sus derivados incluidas las realizadas desde zona franca al resto del mundo, antes de efectuar el embarque o del formulario de movimiento de mercancas en zona franca egreso, respectivamente. No incluye ingresos por prefinanciaciones de exportaciones.

EJEMPLO DE NUMERALES CAMBIARIOSINGRESOS POR EXPORTACIONES D.C 2

1510 - Gastos de exportacin de bienes incluidos en la declaracin de exportacin definitiva.

Ingreso de divisas para atender los pagos adicionales al valor de los bienes exportados, incluidos los exportados desde zona franca al resto del mundo, como: fletes, seguros, comisiones y otros gastos, cuando estos valores estn incluidos en la declaracin de exportacin definitiva.

DECLARACION DE CAMBIOMODIFICACIONFormulario Nos. 1 y 2

En cualquier momento

DEC. X-M Se puede modificar en cualquier momento

Declaracin de cambio

No se puede modificar NIT del IMC o cdigo de cuenta de compensacin, fecha, numero y valor.La declaracin de cambio de modificacin debe presentarse ante la misma entidad donde se present la declaracin de cambio inicial. El IMC, tendr dos das hbiles para transmitir la informacin a Banco Republica.

DECLARACION DE CAMBIO

AclaracinDEC. X-M

Formulario No. 1-2

En cualquier momento

Declaracin de cambio

Las modificaciones de los datos de los documentos aduaneros de importacin o exportacin, debern informarse mediante comunicacin escrita al IMC a travs del cual se efectu la operacin, sin que se requiera la transmisin al DCIN. Esta aclaracin se hace enviando carta al intermediario del mercado cambiario sin que se informe al Banco de la Repblica. . No puede aclararse: Fecha, valor, identidad del declarante y concepto (cambio de formulario). .

Anticipos

EXPORTACIONES

Formulario No. 2 Declaracin de cambio

DEXCOMPROMISOS

Puedo Canalizar divisas dentro de los 6 meses siguientes a su recepcin Presentar el formulario No. 2 Utilizar numeral cambiario 1050

Informar al banco una vez se tenga el DEX con los datos definitivos de la exportacin Guardar documentos soporte de la operacin

EXPORTACIONES

Pago financiado

Formulario No. 2

DEX

COMPROMISOS

Declaracin de cambio

Canalizar divisas dentro de los 6 meses siguientes a su recepcin Reintegro dentro de los 12 meses a la fecha del cierre del DEX o despus de los 12 meses Utilizar el numeral cambiario 1040 o 1043 segn plazo dado al cliente y 1510 para gastos

Presentar el formulario No. 2 con los datoscompletos de la declaracin de exportaciones Guardar documentos soporte de la operacin

EXPORTACIONESPago financiado en COPFormulario No. 2

DEXCOMPROMISOS

Declaracin de cambio

Canalizar dentro de los 5 das

siguientes a su recepcin Utilizar el numeral cambiario 1060

Presentar al banco el formulario No. 2 con losdatos completos de la declaracin de exportaciones y copia de la consignacin en COP (pesos colombianos)

Guardar documentos soporte de laoperacin

EXPORTACIONESPago financiado en T.C.Formulario No. 2

DEX

COMPROMISOS

Declaracin de cambio

Canalizar divisas dentro de los 5 dassiguientes a su recepcin Utilizar el numeral cambiario 1061

Presentar al banco el formulario No. 2 conlos datos completos de la declaracin de exportaciones y copia del pago

Guardar documentos soporte de laoperacin

IMPORTACIONESAnticipoFormulario No. 1

Giro y me embarcan segn acuerdo

Cuando nacionalice informo en cualquier momento

Declaracin de cambio

COMPROMISOS

Canalizar divisas por I.M.C Utilizar el numeral cambiario 2017

Una vez nacionalice y obtengo levanteinformo al banco Guardar documentos soporte de la operacin

Presentar el formulario No. 1

Pago financiado

IMPORTACIONESFormulario No. 1

DEC. DE M. COMPROMISOS

Declaracin de cambio

Reembolso divisas en el termino acordado con el proveedor . Utilizar el numeral cambiario 2014, 2015 , 2022, 2023, 2024 , 2025 o 2060 segn plazo y adiciono el numeral 2016 para gastos de fletes y otros relacionados en la declaracin de importacin Presentar el formulario No. 1 con los datos completos de la declaracin de importacin Guardar documentos soporte de la operacin

CONTENIDO

CUENTAS DE COMPENSACION

ALGUNAS FORMAS DE PAGO (Cartas de crdito)

REGIMEN SANCIONATORIO

CUENTAS DE COMPENSACIONA que se refieren?

Quienes pueden acceder a una cuenta de compensacinRequisitos de apertura Procedimiento y oportunidad de registro Compromisos

Ingresos y Egresos

CUENTAS DE COMPENSACIONA que se refierenManejo de ingresos y/o egresos provenientes de operaciones sujetas a canalizacin a travs del mercado cambiario Quienes pueden tener cuentas de compensacin

Todos los residentes en Colombia que en desarrollo de su actividad manejen las operaciones de ingresos y/o egresos

CUENTAS DE COMPENSACIONRequisitos de apertura

1

No haber sido sancionado por infracciones aduaneras, cambiarias o violacin a disposiciones de control de lavado de activos, o se le hubiere suspendido por reconocimiento de CERT

2

Tener cuenta corriente en el exterior

CUENTAS DE COMPENSACIONProcedimiento y oportunidad del registro

1. Diligenciamiento y presentacin del formulario 9 ante Banco Repblica

2. Suscripcin de convenio con Banco Repblica para transmisin de datos va electrnica

3.. El registro de las cuentas de compensacin deber efectuarse a mas tardar dentro del mes siguiente a la fecha de apertura de la misma o de la realizacin de una operacin que deba canalizarse a travs del mercado cambiario

CUENTAS DE COMPENSACIONCompromisos

1. Digitacin del formulario 10 y transmisin virtual a Banco Repblica mensualmente 2. Elaborar formularios soporte de cada ingreso o egreso3. Transmisin junto con el formulario 10, los formularios 3 (deuda externa) y 4 (inversiones internacionales). Que amparen numerales especficos.

4. Remitir a la DIAN cada tres meses el informe de movimiento de a cuerdo con lo establecido en las Res. 4083/99 y 7029/00 y sus modificaciones 5. Atender los requerimientos de Banrepblica y la DIAN

CUENTAS DE COMPENSACIONOperaciones de derivados del mercado cambiario y no cambiario. INGRESOS Compra de divisas a los IMC, a los residentes y a otros titulares de cuentas de compensacin

Operaciones de derivados del mercado cambiario y no cambiario. Venta de divisas a los IMC, a los residentes y a otros titulares de cuentas de compensacin

EGRESOS

CONTENIDO

CUENTAS DE COMPENSACION

ALGUNAS FORMAS DE PAGO (Cartas de crdito)

REGIMEN SANCIONATORIO

ALGUNAS FORMAS DE PAGOGIRO DIRECTO: Es un Medio de Pago Internacional, en el cual se realiza una negociacin entre el importador y el exportador y estos se comprometen y asumen la total responsabilidad con los pagos.

CARTA DE CRDITO: Es un medio de pago internacional por medio del cual un Banco Emisor, obrando por solicitud de un Ordenante y con la colaboracin de un Banco Corresponsal, realiza el pago de mercancas a un Beneficiario siempre y cuando este haga entrega de los documentos exigidos y que stos cumplan los trminos y condiciones establecidos en el texto del crdito.PARTES DE UNA CARTA DE CRDITO: Ordenante Importador Banco Emisor Banco Corresponsal Beneficiario Exportador.

VENDEDOR

COMPRADOR

1 CONTRATO 1 5 ENVIO MERCANCIA

4 CONFIRMACIN L/C

2 APERTURA L/C

10 DOCUMENTOS

8 DOCUMENTOS

3 CARTA DE CRDITO9 REEMBOLSOBANCO CORRESPONSAL BANCO EMISOR

CONTENIDO

CUENTAS DE COMPENSACION

ALGUNAS FORMAS DE PAGO (Cartas de crdito)

REGIMEN SANCIONATORIO

REGIMEN SANCIONATORIODecreto Ley 1092/96 Y 1074/99

Declaracin de cambioInfraccinNo presentarlaNo exhibirla o no conservarla Datos falsos, equivocados, incompletos o desfigurados 5 SMLM 5 SMLM por operacin

Sancin1% de la operacin,