Fundación Gabo | Fundación Gabo de Periodismo · Created Date: 11/16/2011 3:06:58 PM
Régimen de incorporacion 25 11-2013 tao, tributo y gabo
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Carga contable, fiscal y administrativa
Efectos en IVA
Régimen de incorporación 2014
25/11/2013 1 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
Justificación del nuevo régimen
25/11/2013 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López 3
¡En tu primer ejercicio no pagarás impuestos!
¡Es fácil y sencillo, no requieres Contador…!
¡Este régimen nuevo permitirá ampliar la base
de contribuyentes!
¡Acercará a la formalidad a los
informales!...
La realidad del nuevo Régimen
25/11/2013 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López 4
+ 3’000,000 de REPECOS pasarán de la informalidad
Administrativa – fiscal a la formalidad
Carga administrativa excesiva:
Comprobación fiscal (CFDI), trámite de FIEL,
Contraseña, etc.
Contabilidad en línea.
Nóminas, DIOT, anual de clientes y proveedores,
entre otras.
La trampa oculta del nuevo régimen
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No pago de ISR en el primer año (efecto de reducción previsto
en nueva ley de ISR), pero si pago de IVA.
La reducción del ISR condicionada a la presentación de la
informativa de clientes y proveedores de cada año.
Pérdida de facilidades en deducciones inmediata de ciertos
activos fijos que aplica en Intermedios con ley que se abroga.
Absorción del subsidio para el empleo entregado a trabajadores
en algunos casos.
Mecánica de cálculo de ISR
25/11/2013 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López 6
Ingresos
(-) deducciones
(=) Base gravada
Tabla art 111 (Nueva LISR)
(=) ISR a cargo
(-) reducción conforme tabla
(=) ISR a pagar
Ejemplo de cálculo y reducción
25/11/2013 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López 8
Cálculo para el primer ejercicio de incorporación
Ingresos $150
(-) deducciones $ 50
(=) Base gravada $100
Tabla art 111 (Nueva LISR) 30%
(=) ISR a cargo $ 30
(-) reducción conforme tabla $ 30
(=) ISR a pagar $ 0
Ejemplo de cálculo y reducción
25/11/2013 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López 9
Cálculo para el tercer ejercicio de incorporación
Ingresos $150
(-) deducciones $ 50
(=) Base gravada $100
Tabla art 111 (Nueva LISR) 30%
(=) ISR a cargo $ 30
(-) reducción conforme tabla $ 24
(=) ISR a pagar $ 6
Exceptuados de Incorporación
25/11/2013 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López 10
Prestación de servicios profesionales.
Franquiciatarios.
REPECOS (art. XXVI transitorio LISR)
Estos últimos al no reunir requisitos tributaran en la sección I (AE régimen Gral.) y en el primer año, el SAT podrá aplicar lo señalado en el art. 58-A CFF (utilidad estimada según actividades) a sus Pagos provisionales. (referencia en el artículo 90 de la LISR que se abroga).
Total inseguridad jurídica
Artículo adicionado para 2014
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Artículo 5º E
En lugar de efectuar pagos mensuales serán bimestrales y definitivos.
Excepción a esta norma: las importaciones (harán pagos conforme a lo señalado en el artículo 28 y 33 de la Ley de la materia).
Obligados a retener (art. 1-A LIVA)
25/11/2013 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López 13
Los obligados a retener y enterar conforme al 1-A de la LIVA, lo harán en forma bimestral (congruencia en fecha del entero).
Mecánica de cálculo del IVA
25/11/2013 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López 14
Igual que todos los demás contribuyentes de la materia:
IVA causado (-) IVA efectivamente pagado (-) IVA retenido en su caso (=) IVA a pagar o IVA a favor
Recomendaciones
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Anticipar los trámites administrativos: RFC, FIEL,
Contraseña, cuentas bancarias, etc.
Analizar la conveniencia de la incorporación, ya que
está condicionada a obligaciones formales
(declaraciones por ejemplo).
Cuidar no caer en el transitorio XXVI de la LISR y
pagar el primer año en función a estimativa de
ingresos.
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