Regimen juridico

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El sistema financiero de un país se compone de diferentes

organismos que al interactuar permiten que el corazón

financiero de la nación palpite e irrigue los recursos

monetarios a los diferentes sectores de la economía de

un país, generando bienestar para toda la comunidad.

La superintendencia bancaria es quien rige, autoriza o

aprueba a otras entidades a realizar cualquier tipo de

movimiento financiero, ya sea en el país o fuera de el,

tanto en inversión como en invertir o querer expandirse

abriendo nuevas sucursales en otros países o ciudades;

todo bajo previa revisión de esta entidad ya mencionada.

Los organismos se pueden dividir entre dos:

Entes económicos de carácter publico o privado, que

desarrollan actividades de carácter financiero y otras

entidades publicas que no desarrollan actividades

financieras pero si cumplen funciones de

regulación, inspección, control y vigilancia, respecto a los

entidades que componen el otro grupo.

El punto objetivo de la superintendencia financiera es proteger los intereses de los ahorradores e inversionistas del sistema vigilado y controlado. La ley despliega un régimen de protección al consumidor financiero, regulando aspectos tales como el sistema de atención al consumidor, definiendo las prácticas abusivas y redefinió la institución de defensoría del consumidor financiero. Además de la promoción de las micro finanzas y la liberación comercial de servicios financieros.

Su objetivo es establecer los principios y reglas que rigen

la protección de los consumidores financieros en las

relaciones entre estos y las entidades vigiladas por la

Superintendencia Financiera de Colombia, sin perjuicio de

otras disposiciones que contemplen medidas e

instrumentos especiales de protección

Dicha ley se conforma por:

a) Cliente: Es la persona natural o jurídica con quien las

entidades vigiladas establecen relaciones de origen legal o

contractual, para el suministro de productos o servicios, en

desarrollo de su objeto social.

Dicha ley se conforma por:

b) Usuario: Es la persona natural o jurídica quien, sin ser

cliente, utiliza los servicios de una entidad vigilada.

Dicha ley se conforma por:

c) Cliente Potencial: Es la persona natural o jurídica que

se encuentra en la fase previa de tratativas preliminares

con la entidad vigilada, respecto de los productos o

servicios ofrecidos por esta.

Dicha ley se conforma por:

d) Consumidor Financiero: Es todo cliente, usuario o

cliente potencial de las entidades vigiladas.

DEBIDA DILIGENCIA:

Las relaciones entre las entidades vigiladas y los

consumidores financieros deberán desarrollarse de

forma que se propenda por la satisfacción de las

necesidades del consumidor financiero, de acuerdo

con la oferta, compromiso y obligaciones acordadas.

LIBERTAD DE ELECCIÓN:

Las entidades vigiladas y los consumidores financieros

podrán escoger libremente a sus respectivas

contrapartes en la celebración de los contratos

mediante los cuales se instrumente el suministro de

productos o la prestación de servicios que las

primeras ofrezcan.

TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN CIERTA, SUFICIENTE

Y OPORTUNA

Las entidades vigiladas deberán suministrar a los

consumidores financieros información cierta,

suficiente, clara y oportuna, que permita,

especialmente, que los consumidores financieros

conozcan adecuadamente sus derechos,

obligaciones y los costos en las relaciones que

establecen con las entidades vigiladas.

EDUCACIÓN FINANCIERA.

Las entidades que tienen que ver con el sector

financiero deben brindar una adecuada educación

de los consumidores financieros respecto de los

productos y servicios financieros que ofrecen las

entidades vigiladas, de la naturaleza de los

mercados en los que actúan, de las instituciones

autorizadas para prestarlos, así como de los

diferentes mecanismos establecidos para la defensa

de sus derechos.

1. Recibir servicios con calidad y seguridad:

En desarrollo del principio de debida diligencia, los

consumidores financieros tienen el derecho de recibir

de parte de las entidades vigiladas productos y

servicios con estándares de seguridad y calidad, de

acuerdo con las condiciones ofrecidas y las

obligaciones asumidas por las entidades vigiladas.

2. Recibir toda la información sobre las

características de productos o servicios.

Publicidad e información transparente, clara, veraz,

oportuna y verificable, sobre las características

propias de los productos o servicios ofrecidos y/o

suministrados. En particular, la información

suministrada por la respectiva entidad deberá ser de

tal que permita y facilite su comparación y

comprensión frente a los diferentes productos y

servicios ofrecidos en el mercado.

3. Exigir la debida diligencia en la prestación del servicio por parte de las entidades vigiladas.

4. Recibir la correspondiente educación sobre la utilización de los productos y servicios, sus derechos, obligaciones y costos de estos.

Recibir una adecuada educación respecto de las diferentes formas de instrumentar los productos y servicios ofrecidos, sus derechos y obligaciones, así como los costos que se generan sobre los mismos, los mercados y tipo de actividad que desarrollan las entidades vigiladas así como sobre los diversos mecanismos de protección establecidos para la defensa de sus derechos.

.

5. presentar peticiones, solicitudes, quejas y reclamos

Presentar de manera respetuosa consultas, peticiones,

solicitudes, quejas o reclamos ante la entidad vigilada, el defensor del Consumidor Financiero, la Superintendencia

Financiera de Colombia y los organismos de autorregulación.

Es de suma importancia conocer nuestros deberes y derechos

como consumidores tanto en el ámbito laboral como

social, pues todos tenemos derecho a exigir y que nosexijan, siempre y cuando se sigan las reglas y se respeten las

leyes.