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Galicia: Dirección: Miguel Ferro Caaveiro, 12-2ª; 15707 Santiago Correo Electronico: manuel.gonzalezcarva- [email protected]. Web: http://ugtjusticiagalicia.blogspot.com.es/. Manuel González Carvajal:638312413 Coruña: Sergio: 981 185204. Correo E: [email protected] Lugo: Jesús 661 221791 y Cristina 660 880346 Correo E: [email protected] Ourense: Pili 660 542965 [email protected] Pontevedra: Antonia 616125700 [email protected] COMO CONTACTAR UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES REGISTRO CIVIL Nº INFORMA: 56/2015 06-10-2015 Catorce meses después, el Tribunal Constitucional, en su sentencia de 24 de septiembre de 2015, resolviendo un recurso de inconstitucionalidad interpuesto, el 31 de julio de 2014, por más de cincuenta diputados de los Grupos Parlamentarios Socialis- ta, de IU, ICV, CHA, Izquierda Plural y UPyD, ha declarado inconstitu- cional y nulo el Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio, en el con- tenido referido a la entrega a los registradores de la llevanza del Registro Civil. El 2 de julio de 2014, el Gobierno del Sr. Rajoy decretó, unilateralmente, sin debate parlamentario previo, la privatización del Registro Civil, tras más de 143 años de historia como servicio público prestado por el Es- tado. La norma que sustentaba esta privatización fue el citado Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio, por el que se entregaba la gestión del Registro Civil a los registradores mercantiles. La utilización del De- creto-Ley en lugar de la Ley, sólo se justificaba, a la vista de la argu- mentación de la sentencia del TCo, en las prisas que tenía el Gobierno en cerrar la entrega a los registra- dores del Registro Civil, para que la gestión del mismo se iniciara an- tes de que terminase la legislatura y convertir el proceso de privati- zación en un proceso irreversible. El Tribunal Constitucional, en su sentencia, ha dicho que ni existía justificación alguna respecto a la urgencia y necesidad de dicha nor- ma y que tampoco se exponían, en el Real Decreto-Ley 8/2014, las ra- zones y fundamentos que llevaban al Gobierno a privatizar el Registro Civil, entregándoselo a los regis- tradores. EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DECLARA INCONSTITUCIONAL Y NULO EL REAL DECRETO- LEY POR EL QUE SE PRIVATIZABA EL REGISTRO CIVIL El fallo de la sentencia ha dado la razón a las iniciativas que el Sin- dicato de Justicia de la FSP-UGT tuvo en el mes de julio de 2014 (véase nuestra circular del 41/ 2014 de 8 de julio de 2014) ante los Grupos Parlamentarios y ante la Defensora del Pueblo para que los mismos adoptasen la iniciativa de la interposición de un recur- so de inconstitucionalidad contra el Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio. La Defensora del Pueblo, en un acto de “sagacidad jurídi- ca” y “docilidad política”, no veía razones jurídico-constitucionales para dicho recurso. Los Grupos Parlamentarios mencionados sí, y por ello interpusieron el recur- so de inconstitucionalidad núm. 5099/2014. Esta sentencia viene a ratificar el proceso de lucha y oposición que muchos ciudadanos, con su apoyo, trabajadores y sindicatos plan- teamos en defensa de un Registro Civil público, gratuito y con fun- cionarios judiciales, y en contra de su privatización y entrega a los re- gistradores, mutando, a su vez, su esencia de servicio público por la del negocio lucrativo. EL FALLO DA LA RAZÓN A LAS INICIATIVAS DE UGT UGT se dirigío por escrito a los grupos parlamentarios y del defensor del Pueblo los únicos legitimados para que interpusieran el recurso

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Page 1: REGISTRO CIVIL - Servicios Públicos de UGTgalicia.fespugt.es/images/pdfs/JUSTICIA/Principal... · 2015-10-07 · Registro Civil. El 2 de julio de 2014, el Gobierno del Sr. Rajoy

•Galicia: Dirección: Miguel Ferro Caaveiro, 12-2ª; 15707 Santiago Correo Electronico: [email protected]. Web: http://ugtjusticiagalicia.blogspot.com.es/. Manuel González Carvajal:638312413

•Coruña: Sergio: 981 185204. Correo E: [email protected]• Lugo: Jesús 661 221791 y Cristina 660 880346 Correo E: [email protected]•Ourense: Pili 660 542965 [email protected]•Pontevedra: Antonia 616125700 [email protected]

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REGISTROCIVIL

NºINFORMA:56/2015

06-10-2015

Catorce meses después, el Tribunal Constitucional, en su sentencia de 24 de septiembre de 2015, resolviendo un recurso de inconstitucionalidad interpuesto, el 31 de julio de 2014, por más de cincuenta diputados de los Grupos Parlamentarios Socialis-ta, de IU, ICV, CHA, Izquierda Plural y UPyD, hadeclaradoinconstitu-cionalynuloelRealDecreto-Ley8/2014,de4dejulio,enelcon-tenidoreferidoalaentregaalosregistradores de la llevanza delRegistroCivil.

El 2 de julio de 2014, el Gobierno del Sr. Rajoy decretó, unilateralmente, sin debate parlamentario previo, la privatización del Registro Civil, tras más de 143 años de historia como servicio público prestado por el Es-tado. La norma que sustentaba esta privatización fue el citado Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio, por el que se entregaba la gestión del Registro Civil a los registradores mercantiles. La utilización del De-creto-Ley en lugar de la Ley, sólo se justificaba, a la vista de la argu-mentación de la sentencia del TCo, en las prisas que tenía el Gobierno en cerrar la entrega a los registra-dores del Registro Civil, paraquelagestióndelmismoseiniciaraan-tesdequeterminaselalegislaturayconvertirelprocesodeprivati-zaciónenunprocesoirreversible.

El Tribunal Constitucional, en su sentencia, ha dicho que ni existía justificación alguna respecto a la

urgencia y necesidad de dicha nor-ma y que tampoco se exponían, en el Real Decreto-Ley 8/2014, las ra-zones y fundamentos que llevaban

al Gobierno a privatizar el Registro Civil, entregándoselo a los regis-tradores.

ELTRIBUNALCONSTITUCIONALDECLARAINCONSTITUCIONALYNULOELREALDECRETO-LEYPORELQUESEPRIVATIZABAELREGISTROCIVIL

ElfallodelasentenciahadadolarazónalasiniciativasqueelSin-dicato de Justicia de la FSP-UGTtuvo en elmes de julio de 2014(véase nuestra circular del 41/2014de8dejuliode2014)antelosGruposParlamentariosyantelaDefensoradelPuebloparaquelosmismosadoptasenlainiciativade la interposición de un recur-sode inconstitucionalidadcontraelRealDecreto-Ley8/2014,de4dejulio.LaDefensoradelPueblo,en un acto de “sagacidad jurídi-ca”y“docilidadpolítica”,noveíarazones jurídico-constitucionales

para dicho recurso. Los GruposParlamentarios mencionados sí,yporello interpusieronel recur-so de inconstitucionalidad núm.5099/2014.

Estasentenciavienearatificarelprocesodeluchayoposiciónquemuchosciudadanos,consuapoyo,trabajadores y sindicatos plan-teamosendefensadeunRegistroCivilpúblico,gratuitoyconfun-cionariosjudiciales,yencontradesuprivatizaciónyentregaalosre-gistradores,mutando,asuvez,suesenciadeserviciopúblicopor ladelnegociolucrativo.

ELFALLODALARAZÓNALASINICIATIVASDEUGTUGTsedirigíoporescritoalosgruposparlamentariosydeldefensordelPueblolosúnicoslegitimadosparaqueinterpusieranelrecurso