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COMOCONTACTAR
UNIÓNGEN
ERALDETRABAJADORES
REGISTROCIVIL
NºINFORMA:56/2015
06-10-2015
Catorce meses después, el Tribunal Constitucional, en su sentencia de 24 de septiembre de 2015, resolviendo un recurso de inconstitucionalidad interpuesto, el 31 de julio de 2014, por más de cincuenta diputados de los Grupos Parlamentarios Socialis-ta, de IU, ICV, CHA, Izquierda Plural y UPyD, hadeclaradoinconstitu-cionalynuloelRealDecreto-Ley8/2014,de4dejulio,enelcon-tenidoreferidoalaentregaalosregistradores de la llevanza delRegistroCivil.
El 2 de julio de 2014, el Gobierno del Sr. Rajoy decretó, unilateralmente, sin debate parlamentario previo, la privatización del Registro Civil, tras más de 143 años de historia como servicio público prestado por el Es-tado. La norma que sustentaba esta privatización fue el citado Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio, por el que se entregaba la gestión del Registro Civil a los registradores mercantiles. La utilización del De-creto-Ley en lugar de la Ley, sólo se justificaba, a la vista de la argu-mentación de la sentencia del TCo, en las prisas que tenía el Gobierno en cerrar la entrega a los registra-dores del Registro Civil, paraquelagestióndelmismoseiniciaraan-tesdequeterminaselalegislaturayconvertirelprocesodeprivati-zaciónenunprocesoirreversible.
El Tribunal Constitucional, en su sentencia, ha dicho que ni existía justificación alguna respecto a la
urgencia y necesidad de dicha nor-ma y que tampoco se exponían, en el Real Decreto-Ley 8/2014, las ra-zones y fundamentos que llevaban
al Gobierno a privatizar el Registro Civil, entregándoselo a los regis-tradores.
ELTRIBUNALCONSTITUCIONALDECLARAINCONSTITUCIONALYNULOELREALDECRETO-LEYPORELQUESEPRIVATIZABAELREGISTROCIVIL
ElfallodelasentenciahadadolarazónalasiniciativasqueelSin-dicato de Justicia de la FSP-UGTtuvo en elmes de julio de 2014(véase nuestra circular del 41/2014de8dejuliode2014)antelosGruposParlamentariosyantelaDefensoradelPuebloparaquelosmismosadoptasenlainiciativade la interposición de un recur-sode inconstitucionalidadcontraelRealDecreto-Ley8/2014,de4dejulio.LaDefensoradelPueblo,en un acto de “sagacidad jurídi-ca”y“docilidadpolítica”,noveíarazones jurídico-constitucionales
para dicho recurso. Los GruposParlamentarios mencionados sí,yporello interpusieronel recur-so de inconstitucionalidad núm.5099/2014.
Estasentenciavienearatificarelprocesodeluchayoposiciónquemuchosciudadanos,consuapoyo,trabajadores y sindicatos plan-teamosendefensadeunRegistroCivilpúblico,gratuitoyconfun-cionariosjudiciales,yencontradesuprivatizaciónyentregaalosre-gistradores,mutando,asuvez,suesenciadeserviciopúblicopor ladelnegociolucrativo.
ELFALLODALARAZÓNALASINICIATIVASDEUGTUGTsedirigíoporescritoalosgruposparlamentariosydeldefensordelPueblolosúnicoslegitimadosparaqueinterpusieranelrecurso