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REGLAMENTO 2008 general "Educar es cambiar visiones y transformar vidas" Dr. José Eduardo Suger Cofiño, Ph.D

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REGLAMENTO

2008general

"Educar es cambiar visionesy transformar vidas"

Dr. José Eduardo Suger Cofiño, Ph.D

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El 31 de octubre del año 2000,el Consejo de Enseñanza PrivadaSuperior de Guatemala, autorizó elfuncionamiento de la UniversidadGalileo. Fue la coronación de 23años de perseverante trabajo desdeque se fundó, en 1978, la Facultadde Ingeniería de Sistemas, Informáticay Ciencias de la Computación,FISICC, que ha tenido un impactodefinitivo en la modernización de laregión.

El campus central se localiza en

un entorno natural donde convergenlos factores ideales para el estudio,la investigación y la meditación.

Como parte integral de su estrategia,la Universidad Galileo ha suscritoconvenios con universidades extranjerasy socios tecnológicos, al crearprogramas académicos innovadoresque atraen expertos internacionalesy permiten a sus estudiantes optara certificaciones internacionales paraaumentar su competitividad profesional.

El Rector, Dr. Eduardo Suger Cofiño,uno de los grandes forjadores dela educación superior nacional, hasostenido durante años que:“Educar es cambiar visiones ytransformar vidas.” En la UniversidadGalileo se educa con esa mística.Se sabe que la ciencia y la tecnologíaen las cuales se fundamentan todossus programas académicos y carreras,son únicamente instrumentos, peroque la verdadera meta es elcrecimiento humano.

INTRODUCCIÓN

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ÍNDICEIntroducciónDel alumnoInscripción y reinscripciónCarné UniversitarioCrédito Académico (CA), traslados y equivalenciasCursos, asignaciones y retirosEvaluación, revisión y promociónPromedios y distincionesCertificaciones académicas y constanciasCuotas, moras y multasSanciones académicasSanciones GeneralesServiciosCrédito EducativoOrden y Disciplina dentro del CampusExamen privado, Seminario de especialización y TesisGraduacionesDisposiciones GeneralesApéndicesDistincionesReglamento de exámenes para estudiantesCursos extraordinariosCursos libresCrédito EducativoExámenes PrivadosUso de Servicios Tecnológicos

134569101314141617191920222223

25282931313234

I.II.III.IV.V.VI.VII.VIII.IX.X.XI.XII.XIII.XIV.XV.XVI.XVII.

I.II.III.IV.V.VI.VII02

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CAPÍTULO IDEL ALUMNO

Artículo 1 - Estudiante InscritoUn estudiante se considera inscrito si ha entregado la papelería que la Universidad solicita,completado la información requerida, firmado los formularios correspondientes y realizado elpago de inscripción.

1.1 Se considera estudiante regular a quien está inscrito para un ciclo académicoen una de las carreras que ofrece la Universidad y se compromete a cumplircon todos los requisitos para la aprobación de los cursos, exámenes privadosy/o tesis que haya asignado en esa carrera.

1.2 Se considera un estudiante oyente a quien, una vez inscrito, no pretende reconocimiento académico por su asistencia y participación en los cursos,asignados como tal.

1.3 Se considera un estudiante activo a quien está inscrito en el ciclo vigente.

Artículo 2 – Estudiante no inscritoEs quien no ha estado inscrito en el semestre o trimestre inmediato anterior.

Artículo 3 – Estudiante InactivoEs quien no ha estado inscrito en la Universidad por más de un semestre o trimestre.

Artículo 4 – Estudiante RetiradoEs quien después de haber presentado la solicitud de retiro definitivo, le ha sidoautorizada y operada por la Universidad.

Artículo 5 – Estudiante SuspendidoEs quien se hace acreedor a la sanción disciplinaria de suspensión (la cual es establecidapor el Consejo Directivo), por la violación a uno o más artículos del reglamento de laUniversidad.

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Artículo 6 - InscripciónEs el trámite que toda persona debe realizar para ingresar como estudiante a la UniversidadGalileo. Se debe cumplir con los siguientes requisitos:

6.1 Sustentar el examen de ubicación (para las carreras que así lo requieran).Se exceptúan los estudiantes que se trasladan de otras universidades.

6.2 Presentar la papelería solicitada, llenar la boleta de inscripción, la boleta de entrega de documentos, firmar el conocimiento de los reglamentos de laUniversidad y el convenio donde se responsabiliza del pago de las cuotas einscripción, dentro del plazo establecido por cada unidad académica.

6.3 La Universidad admitirá en forma provisional, a los alumnos que no presentenlos requisitos de inscripción para cada nivel académico, con el conocimientopor parte de los mismos, que no podrán tener derecho a constancias nicertificaciones de cursos o diplomas, hasta no haber completado los requisitosde inscripción. El estudiante deberá firmar una boleta, donde se comprometea entregar la papelería pendiente en el plazo establecido por la Universidad.

6.4 La inscripción quedará anulada si el estudiante no paga el monto correspondientea la matrícula, dentro de las siguientes 24 horas de su inscripción.

6.5 La inscripción extraordinaria de estudiantes se cierra 15 días calendario despuésde iniciadas las clases.

Artículo 7 - ReinscripciónLa reinscripción es el trámite que el alumno debe realizar en cada ciclo académico despuésdel primero, para continuar sus estudios. Dicho proceso estará programado en el calendarioacadémico de cada carrera.

7.1 Para reinscribirse el alumno debe:7.1.1 Estar solvente financieramente con la Universidad.7.1.2 Estar solvente con la biblioteca.7.1.3 Haber completado su papelería de inscripción.

CAPÍTULO IIINSCRIPCIÓN Y REINSCRIPCIÓN

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7.1.4 Actualizar sus datos en la tarjeta de inscripción.7.1.5 Efectuar el pago correspondiente en las fechas establecidas.

7.2 El Consejo Directivo podrá negar la reinscripción a aquel estudiante cuyapermanencia no se considere conveniente, por causa de su conducta orendimiento académico.

7.3 Todo estudiante se inscribe en un programa académico con su respectivopensum, puede cambiarse de plan de estudios al seguir el procedimientoestablecido. La Universidad se reserva el derecho de modificar el pensum deestudios en vigencia.

7.4 El pago de la cuota de inscripción o reinscripción no es condición suficientepara garantizarle a un estudiante la permanencia en la Universidad Galileo,si éste contraviene las normas o reglamentos de la Universidad.

7.5 La reinscripción extraordinaria de estudiantes se cierra 15 días calendariodespués de iniciadas las clases.

CAPÍTULO IIICARNÉ UNIVERSITARIO

Artículo 8 - CarnéA todo estudiante inscrito en la Universidad Galileo se le asignará un carné con un númeroúnico. Para la obtención del mismo, el estudiante debe pagar su costo y completar elprocedimiento respectivo. El carné será su documento de identificación dentro de laUniversidad y es personal e intransferible.

Artículo 9 – Portación del CarnéLas autoridades de la Universidad Galileo se reservan el derecho de exigir la presentacióndel carné para el ingreso a las instalaciones y/o para efectuar los trámites que así lorequieran.

Artículo 10 – Pérdida del CarnéPor ser el carné un documento de identificación, en caso de pérdida o robo se deberáinformar de inmediato al Departamento de Registro de la Univers idad.

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CAPÍTULO IVCRÉDITO ACADÉMICO (CA), TRASLADOS Y EQUIVALENCIAS

Artículo 11 – Crédito AcadémicoEl Crédito Académico es el tiempo de trabajo del estudiante para alcanzar las metas deaprendizaje.

El Crédito Académico permite comparar y homologar estudios realizados en diversas instituciones,además es un instrumento eficaz para el logro de la flexibilidad curricular, la planificacióny la dosificación de la carga de trabajo que puede tomar un estudiante.

NOTA: Algunos programas de la Universidad manejan la siguiente definiciónde Crédito Académico:11.1 Programas de Pregrado:

11.1.1 Un (1) Crédito Académico (CA) = 15 horas de clase presencial (o virtual). Se asume que una (1) hr. de estudio presencial (o virtual)requiere, en promedio, un esfuerzo adicional de dos (2) horas de estudio.Esto significa que, un (1) CA exige del estudiante el esfuerzo total de15+30 =45 horas de estudio. Para los cursos semipresenciales o a distancia,ver reglamento aparte.

11.1.2 Un (1) Crédito Académico (CA) = 30 a 45 horas de trabajos de laboratorio.

11.1.3 Un (1) Crédito Académico (CA) = 60 a 90 horas de trabajo de campo extramuros o práctica profesional supervisada.

11.2 Programas de Postgrado

11.2.1 Un (1) Crédito Académico (CA) = 12 horas de clase presencial (o virtual). Se asume que una (1) hr. de estudio presencial (o virtual) requiere, en promedio, un esfuerzo adicional de tres (3) horas de estudio. Esto significa que, un (1) CA exige del estudiante un esfuerzo total de 12+36 = 48 horas de estudio. Para los cursos semipresenciales o a distancia, ver reglamento aparte.

11.2.2 Un (1) Crédito Académico (CA) = 20 horas de trabajo supervisado, exposiciones, e investigaciones.06

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11.3 La Universidad, dentro de su autonomía, define la duración de sus períodos académicos.

11.3.1 El número de horas semanales de trabajo de un estudiante por 1 crédito, depende del número de semanas del período lectivo. Igualmente el número de horas presenciales (o virtuales), depende de la naturaleza de la asignatura y de la metodología empleada.

11.3.2 La distribución de horas por semana puede no ser uniforme a lo largo del período lectivo.

Artículo 12 – Traslado de NotaEs el traslado de la calificación obtenida en un curso aprobado en una carrera, a otrode la misma o de otra carrera.Este proceso es exclusivo para unidades académicas dentro de la Universidad Galileo, enprogramas del mismo nivel académico y de una carrera de la Facultad de Ingeniería deSistemas, Informática y Ciencias de la Computación (FISICC) de UFM a la misma carreraen Universidad Galileo.

12.1 La nota trasladada formará parte del historial académico de la carrera a la que se solicita, siempre y cuando la descripción y el contenido del cursosean los mismos. La nota trasladada se elimina del historial original. El costopor traslado de nota será de acuerdo a la tarifa vigente.

12.2 El estudiante que traslade notas o carrera de FISICC de la Universidad Francisco Marroquín a la Universidad Galileo, deberá aceptar el reglamento

de traslado vigente al momento de realizar el trámite.

Artículo 13 – Transferencia de notaEs la acreditación automática de la nota obtenida en un curso aprobado en una carrerade la Universidad a otra(s) carrera(s) que quiera asignarse, cuyo pensum sea definidocon áreas comunes y el contenido del curso sea equivalente, se conserva la nota en lacarrera original.

Art ículo 14 – Equivalencias dentro de la Universidad Gal i leoUn curso es equivalente a otro cuando es similar en contenido y carga académica.Cuando las carreras entre las que se quiera hacer validación de cursos, no tengan definidoun pensum común, ésta deberá tramitarse como equivalencia.El estudiante que desee conservar la nota de un curso en el historial de la carrera endonde lo aprobó, podrá solicitar equivalencia para otra carrera del mismo nivel, siempre ycuando el contenido del curso, a criterio del director o decano, sea equivalente.

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14.1 La equivalencia del curso solicitado formará parte (sin nota) del historialacadémico de la carrera a la cual está optando y su costo será de acuerdoa la tarifa vigente por equivalencia.

14.2 No se podrá hacer más de una equivalencia por el mismo curso.

14.3 Equivalencia de privados, seminario de especialidad y tesis: Los estudiantesde las carreras a nivel de pre-grado pueden sustituir la tesis, los privadoso seminario de especialidad, por 12 cursos de maestría o postgrado. Quedaa criterio del Consejo Directivo, establecer el postgrado o maestría que deberáasignar el estudiante y cuáles son los privados y/o seminarios que se puedenequivaler. Ver APENDICE VI.

Artículo 15 – Equivalencias de otras universidadesLos estudiantes provenientes de otra universidad podrán solicitar equivalencias de cursosaprobados en dicha universidad, si los contenidos, a criterio del director, son semejantes.

15.1 El estudiante deberá presentar certificado original de la calificación del cursopara tramitar una equivalencia.

15.2 El máximo de equivalencias no podrá exceder el 50% de los créditosacadémicos de la carrera. La aprobación de un caso en donde se excedaeste límite, queda a criterio del Consejo Directivo. El costo por equivalenciaserá de acuerdo a la tarifa vigente. Las equivalencias no tienen nota, niafectan el Promedio General Acumulado.

15.3 Los cursos aprobados en otra universidad sólo podrán ser utilizados unavez para obtener equivalencia.

15.4 No se otorgará equivalencia de un curso resultado de una equivalencia anterior.

Artículo 16 – Obtención de más de un grado académico del mismo rangoLos estudiantes que deseen optar a más de un grado o título del mismo rango académico,en una misma Facultad, Escuela o Departamento, deberán:

16.1 Acreditar las equivalencias de los cursos comunes, cuando las carreras no tengan definido un pensum común:

16.1.1 Las equivalencias en todos los grados académicos no pueden exceder el 50% del total de créditos académicos.

16.1.2 Los cursos aprobados en una carrera sólo podrán ser utilizados una vez para obtener equivalencia. Cualquier excepción deberá serautorizada por el Consejo Directivo.

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16.2 Someterse a los exámenes generales privados exigidos por cada carrera,para obtener ambos grados o títulos.

16.3 En lo que respecta a la tesis, deberán elaborar una por cada título que obtenga.

CAPÍTULO VCURSOS, ASIGNACIONES Y RETIROS

Artículo 17 – Curso Normal o RegularSon cursos regulares aquellos que forman parte de programas establecidos en la Universidad.Los cursos regulares pueden impartirse de las siguientes formas:

17.1 Forma ordinaria: Aquellos que se imparten en una base programada y regular.Son parte de esta categoría inclusive los cursos preuniversitarios relacionadoscon los exámenes de ubicación y los cursos de certificación impartidos enuna base programada. Estos cursos pueden asignarse sin solicitudes oautorizaciones especiales de acuerdo al calendario académico.

17.2 Forma extraordinaria: Estos cursos requieren de criterios de selección, solicitudes y autorizaciones especiales que se detallan en el APÉNDICE III.

Artículo 18 – Cursos Libres.Son los que no forman parte de algún programa establecido en la Universidad. Los cursosLIBRES requieren de solicitudes y autorizaciones especiales que se detallan en el APÉNDICEIV.Artículo 19 - AsignaciónLos estudiantes que continúen sus estudios deberán asignarse los cursos para el siguientesemestre o trimestre, en las fechas señaladas en el Calendario Académico.

19.1 No se asignará cursos a estudiantes que estén insolventes o tengan requisitospendientes.

19.2 Existen fechas específicas para asignación o retiro de cursos. El estudiantetiene la obligación de informarse sobre ellas en la facultad, escuela, institutoo departamento respectivo.

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19.3 Si por alguna razón el alumno no puede realizar la asignación de cursos personalmente, puede autorizar a una persona, por medio de una carta, para efectuar dicho trámite.

19.4 El estudiante que no asigne un curso o lo asigne incorrectamente no tendrá derecho a obtener calificación por el mismo.

19.5 Para tener derecho de asistir a las clases impartidas, el estudiante deberá estar inscrito y asignado en el curso.

19.6 Es responsabilidad del estudiante asegurarse que los cursos asignados coincidan con los cursos que paga y a los cuales asiste.

19.7 El estudiante que ha perdido un curso, puede asignarlo dos veces más para aprobarlo.

19.8 Cualquier excepción deberá ser evaluada y autorizada por el Consejo Directivo.

Artículo 20 – Retiro de cursosEl estudiante sólo podrá retirarse de los cursos en las fechas y condiciones señaladaspara el efecto por cada facultad, escuela o departamento.

20.1 Un estudiante podrá retirar sin calificación hasta un máximo de 50% delos cursos asignados inicialmente.

20.2 Un estudiante no podrá retirarse del curso dos veces dentro del mismo semestre o trimestre.

Artículo 21 – Retiro de la UniversidadSi un estudiante desea retirarse, temporal o definitivamente, de cualquier carrera de laUniversidad Galileo, deberá solicitarlo por escrito y realizar el trámite correspondiente. Elpago de matrícula no es reembolsable. Se considera estudiante retirado, a aquel que nose inscribe durante dos ciclos consecutivos en la Universidad.

CAPÍTULO VIEVALUACIÓN, REVISIÓN Y PROMOCIÓN

Artículo 22 - EvaluaciónLa evaluación de un curso será el resultado de todo trabajo y examen desarrollado duranteel período en que se imparte.

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La ponderación que se le otorgue a la zona y al examen final debe ser anunciada alinicio del curso dentro del programa que entregue el catedrático, y la nota de promocióndebe tener un máximo de 100 puntos, al tomar en cuenta que la zona tendrá valormayor al del examen final. La calificación oficial es la reportada en el acta final, lacual debe estar firmada por el catedrático titular. Ver Reglamento de Exámenes enAPÉNDICE II.

22.1 Ningún catedrático podrá publicar notas finales, éstas deben darse a conocer únicamente a través de los medios autorizados y en cumplimiento con las normas establecidas.

22.2 Es responsabilidad del estudiante informarse de la nota final de cada curso, dentro de los ocho días posteriores a su publicación.

22.3 Todo examen (excepto examen final) y trabajo (tarea, proyecto, investigación u otro), será devuelto al estudiante con las correcciones debidas y la nota obtenida.

22.4 Los exámenes finales serán entregados a la Universidad por el catedrático al momento de firmar las actas finales.

22.5 Para tener derecho al examen al final de un curso, es necesario haber obtenido la zona mínima equivalente al 50% del valor total de la zona. Con menos del 50% de puntaje de zona, el estudiante no tiene derecho a examen final, y la calificación del curso será el puntaje de zona obtenido.

22.6 Examen ExtraordinarioEl director de carrera o programa académico está facultado para autorizar un examen final extraordinario, en caso que el estudiante no se haya sometido al examen por causa justificada. El mismo podrá hacerse en un período no mayorde un (1) mes, contado a partir de la fecha de realización oficial del examen final.

22.6.1 El estudiante deberá realizar su solicitud de trámite. Al ser aprobada,deberá cancelar el valor del examen para tener derecho a sustentarlo

22.6.2 En el caso de que un estudiante no pueda someterse a otros exámenes (parciales, cortos u otros) en las fechas señaladas,queda a criterio del catedrático concederle la reposición.

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Artículo 23 - Examen de RetrasadaLa Universidad acepta el examen de retrasada en aquellos programas que lo tienen autorizadodesde su creación. Ver apéndice VIII

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Artículo 24 – Examen por SuficienciaUn curso puede ser aprobado al realizar un examen por suficiencia, cuando el estudianteconsidere que posee los conocimientos del contenido del curso. Lo autoriza el directorde carrera o programa académico, al cumplir con los criterios de selección y normassiguientes:

24.1 Reprobar un examen por suficiencia no implica perder el curso respectivo para efectos de la aplicación de sanciones ni de registro en el historial académico.

24.2 El estudiante que haya tomado un curso en una carrera de la Universidad Galileo, no podrá someterse a examen por suficiencia del mismo curso en esa carrera.

24.3 El examen por suficiencia sólo podrá tomarse una vez por curso.

24.4 El curso se aprueba al obtener un mínimo de ochenta (80) puntos (sobre un total de cien (100)) en el examen por suficiencia.

24.5 El total de cursos que se pueden aprobar a través de examen por suficiencia no debe ser mayor del 50% de los cursos de la carrera.

Artículo 25 – Revisión de nota

25.1 El estudiante puede solicitar revisión de la nota final, dentro de un plazono mayor de treinta (30) días a partir de publicada la nota. Después deeste plazo la Universidad dará por aceptada la nota por parte del estudiante.

25.2 Un catedrático o Director podrá solicitar la corrección de la nota final de un curso, por causa justificada, dentro de un plazo no mayor de un ciclo académico posterior a la asignación del curso.

Artículo 26 – Promoción

26.1 Un curso regular impartido en forma ordinaria, en interciclo o fuera de ciclo se considera aprobado, cuando sumadas las calificaciones de zona y examen final se obtenga un mínimo de sesenta y un (61) puntos sobre un total de cien (100). Los decanos o directores académicos podrán exigir, con la debida autorización del Consejo Directivo, una calificación superior para

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la aprobación de los cursos. En estos casos, el estudiante deberá ser informado al momento de inscribirse en la carrera o programa.

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Artículo 27 - PromediosEl promedio académico de un estudiante es ponderado según el número de créditosacadémicos de cada curso. Se calcula con la ponderación de la suma de todas lascalificaciones de los cursos que hasta ese momento figuran con nota en el expedienteacadémico. Se aprox ima únicamente e l Promedio Genera l Acumulado.

26.2 La zona tiene un valor comprendido entre cincuenta (50) y setenta y cinco (75) puntos. El examen final será el complemento, y la suma de ambos deberá tener un máximo de cien (100) puntos.

26.3 Un curso aprobado puede ser repetido por un estudiante cuantas veces lo desee. Sólo la nota más alta, con la fecha de aprobación de ésta, entra a formar parte del Promedio General Acumulado.

26.4 Los cursos presenciales requieren un mínimo de ochenta (80) por ciento de asistencia para tener derecho a la nota del curso.

CAPÍTULO VIIPROMEDIOS Y DISTINCIONES

27.1 Promedio Ponderado Semestral (PPS)/ Trimestral (PPT): Es elpromedio ponderado de la carga académica en un mismo trimestre o semestre.

27.2 Promedio General Acumulado (PGA): Es el promedio ponderado detoda la carga académica del estudiante, aprobada hasta la fecha.

27.3 Para optar a graduación, el estudiante debe tener un Promedio General Acumulado (PGA) mínimo de 70 puntos. Los decanos o directores de entidades académicas podrán exigir un PGA superior a 70 puntos para optar a graduación, para lo que deberá contar con la aprobación del Consejo Directivo. En este caso, deberá informar de esta disposición a los estudiantes antes de que se inscriban en la carrera o programa. El estudiante podrá repetir cursos ya aprobados para mejorar su nota y subir el PGA.

Artículo 28 – Distinciones y ReconocimientosLos estudiantes que obtengan el grado académico Magíster o Licenciatura, podrán recibirlas distinciones o reconocimientos académicos que otorga la Universidad, según los criteriosde selección y normas establecidas en el Reglamento de Distinciones y Reconocimientos.Ver APÉNDICE I.

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CAPÍTULO VIIICERTIFICACIONES ACADÉMICAS Y CONSTANCIAS

Artículo 29 – Certificación de CursosLa Universidad establece un formato oficial para las certificaciones de cursos aprobados ypodrá ser modif icado únicamente con autorización del Consejo Direct ivo.

29.1 Únicamente el Departamento de Registro de la Universidad Galileo podrá emitir certificaciones y constancias académicas, las cuales estarán impresas en papel membretado de seguridad.

29.2 Toda certificación de cursos debe ir firmada y sellada por el Departamento de Registro, el decano o director del programa académico y por el Secretario General de la Universidad.

29.3 Para solicitar una constancia o certificación de cursos, el estudiante debe estar solvente de todos los pagos con la Universidad, a la fecha de la

solicitud y haber completado su papelería de inscripción.

Artículo 30 – Información de los EstudiantesNingún miembro de la Universidad Galileo está autorizado para proporcionar a terceraspersonas, información, datos personales y/o académicos de los alumnos y catedráticos.

CAPÍTULO IXCUOTAS, MORAS Y MULTAS

Artículo 31 - Cuota de InscripciónCargo que se le hará al estudiante al inicio de cada ciclo académico. De no efectuarseel pago dentro de las 24 horas siguientes a la inscripción, ésta quedará anulada.

Un estudiante puede inscribirse en varios programas dentro de la Universidad (al poseerla autorización de los decanos o directores de estos programas) y pagará sólo una inscripciónpor semestre o trimestre, la cual será siempre la más alta. El trámite deberá ser realizadopor el estudiante dentro de las fechas establecidas de inscripción. No aplica en IDEA.Artículo 32 - Cuota por Cursos AsignadosLa cuota total por semestre o trimestre se calcula con base en la carga académica asignadapor el estudiante, ésta se fracciona en el número de cuotas autorizadas por la Universidad

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Artículo 33 - Estudiante SolventeEs el que ha realizado el pago total de sus cuotas, por cualquier concepto, en las fechasestablecidas por la Universidad.

a) Todo estudiante solvente tendrá derecho a:i) Sustentar exámenes parciales, finales, privados, tesis y graduación.ii) Solicitar la calificación final de sus cursos,iii) Solicitar inscripción para el ciclo siguiente.iv) Tramitar solicitudes de certificaciones, diplomas u otros servicios. v) Hacer uso de los laboratorios.

para cada carrera o programa

Artículo 34 – Estudiante InsolventeEs el que tiene pendiente de pago alguna cuota, por cualquier concepto, o haya pagadouna cuota incompleta.

Todo estudiante insolvente no tendrá derecho a lo que indican los incisos del artículoanterior.

Artículo 35 – Mora y MultaMora: Es el monto de pago, por cualquier concepto, que no se ha realizado en las fechasestablecidas en el reglamento o calendario académico.Multa: Es el recargo monetario que se efectúa cuando un pago es realizado después dela fecha límite establecida.

35.1 Multa por reinscripciónToda reinscripción que se realice fuera de las fechas establecidas en el

calendario académico genera un recargo de inscripción, cuyo monto será el establecido en el tarifario de la Universidad, autorizado por el Consejo Directivo.

35.2 Multa por cuota atrasadaLas fechas de vencimiento para el pago de cuotas están claramente estipuladas en el calendario académico de cada carrera o programa. Todo pago realizado después de los plazos establecidos, entra en moray tendrá el recargo acumulativo por cada día hábil de retraso. Lascuotas se cancelan al inicio de cada período establecido de pago.

35.3 Multa por cuota incompletaCuando un estudiante no paga la cuota total establecida, tendrá el mismorecargo acumulativo por cada día hábil de retraso.

35.4 Multa por cheque rechazadoEl estudiante que efectúa el pago de alguna cuota o servicio con un cheque y éste es rechazado, deberá pagar la multa establecida por la15

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Universidad y se le anulará el pago que pretendía efectuar con dicho cheque.

Artículo 36 - Otras cuotas y recargosAdemás de las cuotas de enseñanza, multas y recargos, la Universidad Galileo cobrapor otros servicios, como servicios electrónicos que presta a los estudiantes, los cuales seestablecen en el tarifario oficial.

Artículo 37 - ComprobantesEs responsabilidad del alumno, en el transcurso de su carrera, guardar los comprobantesde pago efectuados a la Universidad.

CAPÍTULO XSANCIONES ACADÉMICAS

Artículo 38Sanciones:

a) Amonestación verbalb) Amonestación escritac) Evaluación oral del cursod) Pérdida del curso con calificación cero (0)

Artículo 39Cuando un catedrático o auxiliar debidamente nombrado, compruebe que un estudiante hacopiado, ha dado copia o ha cometido cualquier acción fraudulenta durante un examen,remitirá el caso al Consejo Directivo quien aplicará la sanción que corresponda.

Artículo 40Si un catedrático o auxiliar nombrado sólo tiene fundadas sospechas de que un estudiantetrata de copiar, dar copia o cometer cualquier acción fraudulenta en un examen, puedeaplicar:

40.1 Amonestación verbal40.2 Amonestación escrita

Artículo 41Cuando a un estudiante se le compruebe participación en una acción fraudulenta en copiade trabajos, proyectos, laboratorios, plagio de información o copia de cualquier información,la Universidad podrá aplicar alguna de las siguientes sanciones:

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Artículo 42Cuando se compruebe que el estudiante ha incurrido en acciones fraudulentas nuevamente,queda a criterio del Consejo Directivo, permitirle la inscripción para el siguiente cicloacadémico. La sanción deberá adjuntarse por escrito al expediente. El estudiante nopodrá retirar dicho curso.

Artículo 43Cuando se compruebe cualquier tipo de acción fraudulenta en un examen privado, elestudiante se someterá a las sanciones que por esta falta designe el Consejo Directivode la Universidad.

Artículo 44Cuando un estudiante pretenda realizar algún trámite con documentación falsificada se someteráa las sanciones que por esta falta designe el Consejo Directivo de la Universidad.

Artículo 45Al alumno que se le compruebe falsificación o alteración de cualquier documento de laUniversidad será sancionado, según el reglamento, por el Consejo Directivo.

Artículo 46Un estudiante retirado o suspendido por una facultad, escuela, instituto o programa, nopodrá inscribirse como estudiante regular en otra unidad académica de la Universidad,mientras dure la suspensión.

Artículo 47Cuando un estudiante ha sido retirado definitivamente de la Universidad, el Consejo Directivopodrá considerar su readmisión, después de transcurridos 5 años.

Carta de advertenciaEvaluación oral del cursoPérdida del curso con calificación cero (0)

CAPÍTULO XISANCIONES GENERALES

Artículo 48El Consejo Directivo de la Universidad Galileo, ante cualquier infracción o inobservancia decualquiera de las normas y prohibiciones previstas en el Reglamento de Orden y Disciplina,

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podrá aplicar las siguientes sanciones, que dependerán de la gravedad y circunstancia delcaso:

a. Amonestación verbal.b. Amonestación escrita.c. Suspensión de clases de 3 a 10 días.d. Suspensión de un semestre.e. Expulsión definitiva.

Artículo 49Antes de una amonestación por escrito, suspensión o expulsión, el Consejo Directivo daráaudiencia al estudiante para escuchar las justificaciones que en su defensa presente.

Artículo 50Cualquiera de las sanciones anteriores a la que se haga acreedor un estudiante, exceptuandola verbal, debe quedar por escrito en el historial académico del mismo.

Artículo 51Cualquier persona podrá denunciar ante las autoridades de la Universidad o de las respectivasfacultades y departamentos de la misma, la comisión de actos que contravengan lo dispuestoen el Reglamento de Orden y Disciplina. Igualmente, las autoridades universitarias, facultativaso de los departamentos de la Universidad, podrán actuar de oficio cuando presencien lacomisión de tales actos.

Artículo 52En cualquiera de los casos indicados en el artículo anterior, la autoridad competente queconozca del caso, oirá al presunto infractor, recibirá las pruebas de cargo y descargoque se produzcan y remitirá el caso al Consejo Directivo.

Artículo 53El Consejo Directivo resolverá si corresponde o no imponer sanción y emitirá la resolucióncorrespondiente, la que deberá enviarse por escrito al afectado con copia a su expediente.

Artículo 54Será sancionada cualquier persona que se le encuentre dentro de la Universidad en actividadesimpropias del buen comportamiento y que riñan con la moral y el respeto a los demás.

Artículo 55La Universidad establece que cualquier fraude en trabajos de investigación, tareas, prácticaso exámenes, independiente de la sanción académica correspondiente, será considerado comouna falta grave de disciplina.

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CAPÍTULO XIISERVICIOS

Artículo 56Quien habiendo sido sancionado una vez, reincida en actos fraudulentos como copiar, osustraer cuestionarios o exámenes, será retirado definitivamente de la Universidad.

Artículo 57El Consejo Directivo de la Universidad es la única autoridad facultada para dictaminar sobrecualquier asunto no previsto en este reglamento.

Artículo 58Cualquier estudiante que se haya hecho acreedor a una sanción perderá el derecho acualquier distinción o reconocimiento académico.

Artículo 59Se tiene un convenio con la Universidad Francisco Marroquín para que los estudiantes dela Universidad Galileo puedan hacer uso de la biblioteca Ludwig Von Misses. Los estudiantesestán obligados a conocer y respetar el reglamento de la Universidad Francisco Marroquínpara el uso de la misma. Para realizar cualquier trámite académico que requiera solvencia,el estudiante tendrá que presentar la solvencia de la bibl ioteca UFM.

Artículo 60Los servicios tecnológicos que ofrece la Universidad están reglamentados y la informaciónestá contemplada en el apéndice VII.

Artículo 61Los servicios adicionales que se ofrecen dentro del campus de la Universidad Galileo, talescomo, fotocopiadora, cafetería, parqueo y otros, se rigen bajo su propio reglamento.

CAPÍTULO XIIICRÉDITO EDUCATIVO

Artículo 62Los créditos educativos que otorga la Universidad Galileo son préstamos que el estudiante

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puede solicitar, para obtener asistencia financiera en el pago de las cuotas de enseñanza.El estudiante que goce de la asistencia financiera, deberá sujetarse al reglamento de créditoeducativo establecido. Ver apéndice V

CAPÍTULO XIVORDEN Y DISCIPLINA DENTRO DEL CAMPUS

Artículo 63 - AdmisiónLa Universidad se reserva el derecho de admisión a sus instalaciones.

Artículo 64 - ConductaLos estudiantes y en general las personas que se encuentren dentro del campus universitario,deberán mantener una conducta y actitud digna y respetuosa con la institución, compañeros,sus autoridades administrativas y docentes, personal de servicio y en general, toda persona.Asimismo, no deberán utilizar en ningún momento vocabulario impropio y evitar toda acciónque perturbe el desarrollo de las actividades académicas y administrativas.

Artículo 65 – Salones de claseLos salones de clase están destinados exclusivamente para actividades académicas y nose permitirá:

a.Introducir y consumir alimentos y bebidas dentro de las aulas.b.Introducir mascotas a las instalaciones de la Universidad.c.Utilizar aparatos radiofónicos, televisores o de radio telefonía, cuando no sea para fines académicos.d.Retirar o alterar la distribución del mobiliario.e.Utilizar el equipo instalado en las aulas para otros fines que no sean académicos.f.Permanecer en las aulas fuera de períodos de clase.

Cualquier otra actividad deberá estar avalada por las autoridades de la Universidad.

Artículo 66 - CartelerasEn las carteleras se publicarán únicamente anuncios y documentos autorizados por laUniversidad.

Artículo 67 – Bienes de la UniversidadCuando por negligencia, desorden o manejo inadecuado por parte del estudiante resultedañado un bien propiedad de la Universidad, éste debe ser reparado o reemplazado enun plazo no mayor de quince (15) días, y el costo correrá por cuenta del estudiante.

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Artículo 68 – Permanencia en pasillos e instalacionesDurante períodos de receso entre clases, quienes permanezcan en los pasillos e instalacionesaledañas a las aulas y oficinas administrativas, deberán guardar el orden, silencio y respetodebido, para no interrumpir ni importunar las actividades que ahí se desarrollen.

Artículo 69 – No fumarSe prohíbe fumar dentro de las instalaciones de la Universidad (clases, oficinas, baños,laboratorios, ascensores, pasillos, gradas y puentes).

Artículo 70 - Portación de armasSe prohíbe la portación de armas de todo tipo dentro de las instalaciones de la Universidad.

Artículo 71 - LimpiezaEstá prohibido tirar basura, colillas, líquidos y otros contaminantes del ambiente en general,en lugares no destinados para esto.

Artículo 72 – Juegos de azarSe prohíben los juegos de azar dentro de las instalaciones de la Universidad.

Artículo 73 - ViolenciaSe prohíbe el empleo de violencia o agresión física o verbal en contra de cualquier personadentro de las instalaciones de la Universidad.

Artículo 74 - ResponsabilidadSe prohíbe a todo miembro de la Universidad incurrir en causas graves de responsabilidad,como:

a) Portación, uso o venta de bebidas alcohólicas, estupefacientes y drogas ilícitas.b) Presentarse a las instalaciones de la universidad bajo los efectos de bebidasalcohólicas, estupefacientes y drogas ilícitas.c) Inducir a cualquier miembro de la Universidad dentro de sus recintos, al consumo de bebidas alcohólicas, estupefacientes y drogas ilícitas, por medio de ofrecimiento o proporción gratuita de los mismos.

Artículo 75 – Uso de imagen de la UniversidadLos alumnos deberán obtener autorización previa del Consejo Directivo, cuando en susdeclaraciones públicas, actos o cualquier otra forma de manifestación exterior, se utiliceinformación sobre la Universidad, el nombre, escudo y/o logotipo. La violación de estadisposición, además de ser sancionada en el presente reglamento, será materia de laprotección que establecen las leyes de Guatemala.

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CAPÍTULO XVEXÁMEN PRIVADO, SEMINARIO DE ESPECIALIZACIÓN Y TESIS

Artículo 76 – Uso del carnéSi un estudiante utiliza el carné de otro alumno sin su autorización, será sancionado, silo utiliza con su autorización, ambos serán sancionados.

Artículo 77 – Servicios dentro del CampusEn la cafetería, servicios sanitarios y demás lugares públicos deberá observarse conductaapropiada y cortés, así como utilizar las instalaciones y enseres respectivos para su destinonatural y obvio, con el debido cuidado y precaución.

Artículo 78 - PizarrasLas pizarras y cañoneras sólo podrán emplearse para actividades académicas.

Art ículo 79 – Examen Privado y Seminario de especial izaciónPara obtener un título a nivel de pregrado, el estudiante deberá someterse a uno o másexámenes privados o seminarios de especialización, de acuerdo a los requisitos de sucarrera. (Ver APENDICE VI)Dicho examen o seminario se podrá sustentar cuando haya cumplido con los requisitosacadémicos del mismo.El director de la carrera podrá autorizar la realización de examen privado en grupo.Este examen o seminario podrá ser sustituido según el artículo 14.3 del presente reglamento.

Artículo 80 – TesisPara obtener un título a nivel de pregrado, el estudiante tendrá que realizar un trabajo deinvestigación o tesis, de acuerdo a los requisitos de su carrera.Este trabajo podrá ser sustituido según el artículo 14.3 del presente reglamento.

CAPÍTULO XVIGRADUACIONES

Artículo 81Las fechas de graduación ordinaria son establecidas por las autoridades de la Universidada principio de cada año.

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Artículo 82Cualquier acto de graduación no calendarizado se considera extraordinario y deberá serautorizado por el Consejo Directivo a través del Secretario General.

Artículo 83Las cuotas de graduación están autorizadas por el Consejo Directivo y cualquier revisión ocambio de las mismas competen a dicho Consejo.

Artículo 84Para solicitar participación en el acto de graduación en fecha ordinaria o extraordinaria, elestudiante deberá:

a. Haber aprobado su pensum de estudios con una permanencia mínima del 50% de la carga académica.b. Haber completado los requisitos de graduación que exige cada carrera.c. Presentar solicitud con un mínimo de tres meses de anticipación a la fecha

de graduación.d. Estar solvente con la Universidad.

CAPÍTULO XVIIDISPOSICIONES GENERALES

Artículo 85La Universidad Galileo no tiene tendencia política ni religiosa.

Artículo 86Está prohibida la reproducción total o parcial de los libros de texto en la Universidad,salvo autorización escrita y expresa del autor.

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APÉNDICES

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IV. Tipos de reconocimiento

1. Exclusivo por su rendimiento académico:Estudiantes brillantes, con rendimiento académico extraordinario, que obtienen

promedios superiores a los de sus compañeros.

APÉNDICE IDISTINCIONES Y RECONOCIMIENTOS

I. Objetivo

Reconocer el mérito obtenido por un estudiante en el estudio de una carrera, al conseguirun rendimiento extraordinario o significativamente mayor que otros estudiantes en las mismascondiciones

II. Premisas

1. Acreditan distinción los estudiantes correspondientes a los programas regulares que confieren grado universitario.

2. No se consideran para las distinciones los estudiantes de programas que no acreditan grado universitario tales como postgrados, técnicos, diplomados, cursos libres, etc.

3. Un estudiante con equivalencia puede tener un rendimiento superior durante el período que cursó en la Universidad; sin embargo, su esfuerzo se considera diferente al de uno que realizó todos sus estudios en esta Universidad.

4. Se premia el rendimiento, la fidelidad a la Universidad y su conducta, al respetar las normas, a los compañeros y autoridades de la Universidad.

5. Debe contar con una permanencia del cien por ciento (100%) de su carrera en la Universidad.

III. ¿Qué significa tener un rendimiento académico superior?

1. Por el promedio de notasEstar comprendido en un percentil mayor o igual a 85 en el PGA.

2. Por el tiempo en el que completó su plan de estudio.Debe ser el estimado para la carrera o menor.

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2. Sin el mejor rendimiento merece ser reconocido:Estudiantes que sin el mejor rendimiento académico, evidencian esfuerzo extraordinariopor condiciones especiales como, un impedimento físico, asistencia desde un lugarmuy lejano y otros que, a discreción de los directores de programa, seanmerecedores de reconocimiento.

3. Estudiantes con excelente rendimiento académico y con alguna condiciónespecial:

Aquellos que reúnen las 2 condiciones anteriores.

V. Clases de distincióna. Summa Cum Laude (PGA: 95 a 100 puntos)b. Magna Cum Laude (PGA: 90 a 94 puntos)c. Cum Laude (PGA: 85 a 89 puntos)

1. Título con distinciónEsta distinción aparece descrita en el título correspondiente. Se otorga a todoslos alumnos que obtuvieron un rendimiento académico extraordinario y cumplieroncon todas las premisas establecidas para distinción.

2. Medalla de reconocimientoEste reconocimiento se otorga a todos los alumnos que obtuvieron un rendimientoacadémico extraordinario, y cumplieron con todas las premisas establecidas paradistinción.

3. Diploma de Distinción HonoríficaEste reconocimiento se otorga a todos los alumnos que obtuvieron un rendimientoacadémico extraordinario, pero no cumplieron con la permanencia del cien porciento en la Universidad.

VI. Tipos de estudiantes1. Estudiantes que realizaron todos sus estudios en esta Universidad.

a. Estudió todos los cursos de la carrerab. Estudió otra carrera en esta universidad, e hizo equivalencias entre carreras

2. Estudiantes que no realizaron todos sus estudios en la Universidada. Estudió todos los cursos que tomó en esta Universidad en una sola carrerab. De los cursos que tomó en esta Universidad, aprobó algunos en otra carrera e hizo equivalencias entre carreras.

VII. RestriccionesPara obtener el reconocimiento académico debe tener un récord intachable, por lo que ensu expediente no debe aparecer:

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Cursos dirigidosRecuperacionesCarga curricular menor a lo establecido por cicloMás del tiempo límite aceptable para la carreraFaltas disciplinariasAsistencia irregular a clases

VIII. ¿Quién otorga las distinciones?

Toda distinción debe ser otorgada por el Consejo Directivo de la Universidad. Los candidatosserán propuestos al Director por Control Académico, con base en el historial del alumno.En el caso del reconocimiento de Distinción Honorífica, los candidatos los sugerirá directamenteel director del programa al Decano correspondiente o a una autoridad superior.

IX. ¿Quiénes pueden entregar las distinciones?

1. En los actos de graduación podrán imponer las distinciones en el siguiente orden:El RectorLos VicerrectoresEl Secretario GeneralLos DecanosLos VicedecanosLos Directores de escuela o institutoLos Directores de programa

2. Fuera del acto de graduaciónToda distinción será entregada por la Dirección de Registro, junto con su diploma.

X. Medios de reconocimiento

1. Título de carrera con Distinción y Medalla2. Diploma de Distinción Honorífica

XI. Niveles y reconocimientos

1. CursosNo obtienen

2. SeminariosNo obtienen

3. DiplomadosNo obtienen 27

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4. TécnicosNo obtienen

5. LicenciaturasDistinción en títuloMedalla

6. Postgrados No obtienen7. Maestrías

Distinción en títuloMedalla

1. El estudiante debe tener asignado el curso para someterse a cualquier examen (estaren la lista de alumnos por curso).

2. Es responsabilidad del estudiante:

a. Conocer la fecha, hora y lugar del examen.b. Estar en el lugar de la evaluación 10 minutos antes del comienzo de la misma.

3. El estudiante deberá presentar la solvencia contable para someterse a exámenes parcialesy finales. Para exámenes finales deberá presentar además, la solvencia de la bibliotecaUFM, los que han hecho uso de la misma.

4. El estudiante deberá presentar su carné vigente, como documento de identificación pararealizar sus exámenes.

5. No se permitirá la entrada a examen, 20 minutos después de haber iniciado el mismoo cuando un alumno del grupo haya finalizado y abandonado el salón.

6. El alumno que obtenga información durante el examen en forma indebida o no autorizada,se hará acreedor a alguna de las siguientes sanciones:

a) Anulación del examen, sin derecho a reposición.b) Reprobación del curso con nota cero.c) Expulsión de la Universidad por un ciclo académico.d) Expulsión definitiva de la Universidad

APÉNDICE IIREGLAMENTO DE EXÁMENES PARA ESTUDIANTES

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Los Cursos EXTRAORDINARIOS se dividen de la siguiente forma:a) CURSO DIRIGIDO:Es curso no presencial, cuyo contenido, nombre y crédito académico son iguales a uncurso ordinario. Puede impartirse a un máximo de 10 estudiantes (incluyendo el casoindividual). Todos los solicitantes de un grupo deben cumplir con los criterios de selección.Su solicitud es aprobada por el director de carrera y confirmada por el Vicerrector, quiensi lo considera necesario la remitirá al Consejo Directivo.

Criterios de selección:1)El estudiante solicitará un curso dirigido cuando tenga plena justificación y presentelas evidencias necesarias de no poder recibir el curso de otra forma.

2)Se podrá solicitar un máximo de 10% de créditos en forma dirigida del total de un programa académico.

3)Curso que ya no se imparte: Puede autorizarse un curso dirigido porque ésteya no se imparte.

Normas:1)El contenido del curso dirigido deberá ser el mismo del curso ordinario.2)El catedrático del curso dirigido debe ser el catedrático que normalmente imparteel curso ordinario. De no ser así, el decano de su facultad o director deentidad académica decidirá quién impartirá el curso.

3)El catedrático deberá mantener contacto cada semana para guiar y resolverlas dudas del estudiante. Si el estudiante puede asistir a la Universidad, este contacto será personal y si no puede asistir, será por medio de correo electrónico.

4)Si el curso solicitado tiene un laboratorio o se desarrollan proyectos en una base regular, el catedrático le asignará un proyecto al estudiante que deberáser completado satisfactoriamente como requisito para la aprobación del curso.

5)La nota del curso será únicamente el resultado de un examen oral que realizaráuna terna al finalizar el curso dirigido. El decano de su facultad o director deentidad académica designará esta terna y deberá ser aprobada por el ConsejoAcadémico. En el caso de cursos dirigidos con más de un integrante, la evaluacióny nota serán siempre individuales.

6)El costo del curso dirigido será como mínimo, el doble del curso ordinario.Se exceptúan los programas con tar i far io especia l autor izado.

7)El curso se dará por aprobado con la nota mínima de 80 puntos.

APÉNDICE IIICURSOS EXTRAORDINARIOS

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b) CURSO FUERA DE CICLO: Es el curso cuyo contenido, nombre y duración esel de un curso ordinario. Se diferencia de este último porque se imparte en un ciclodistinto. Su solicitud es revisada por el director de carrera y aprobada por el Vicerrector.Criterio de selección:

Los estudiantes podrán solici tar un curso fuera de ciclo cuando:a) lleguen a ser un número mínimo de solicitantes de 10 (salvo autorización expresa del Consejo Directivo)b) el curso que se solicita no sea impartido regularmente en el semestre.

Normas:1) El contenido y número de períodos de los cursos deberán ser los mismos del curso ordinario.2) Las prácticas de laboratorio y el número de laboratorios del curso deberán

ser los mismos del curso ordinario.3) El catedrático del curso debe ser quien normalmente lo imparte. De no ser así, el decano de la facultad o director de la entidad académica decidirá

quién impartirá el curso.c) CURSO DE INTERCICLO: Es el curso cuyo contenido y nombre es el de uncurso ordinario, se diferencia de este último porque se imparte entre los ciclos, con unrégimen intensivo. Su solicitud es aprobada por el director de los cursos de interciclo,de acuerdo a la recomendación del director de carrera y notificados al Consejo Directivo.

Criterio de selección:Los estudiantes podrán solicitar un curso interciclo cuando:a) Lleguen a ser un número mínimo de 10 solicitantes (salvo autorización expresa del Consejo Directivo)b) El curso que se solicita no tenga prácticas de laboratorio o proyectos en una base regular.

Normas:1) El contenido y número de períodos del curso deberán ser los mismos del curso ordinario.2) El catedrático debe ser quien normalmente lo imparte en el curso ordinario.

Cualquier excepción la decide el director de los cursos de Interciclo a sugerencia del director de carrera.

3) El costo será el establecido en el tarifario vigente.

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El CURSO LIBRE: Es el curso cuyo contenido y nombre no forman parte de un programaestablecido de la Universidad. Para impartirse debe ser aprobado por el Consejo Directivo.

Criterio de selección y normas:1) El contenido del curso libre y currículum del instructor o Catedrático, serán

analizados por el decano de la facultad o director de la entidad académica,para garantizar la calidad educativa y pertinencia del curso, quien emitirá undictamen.

2) El organizador deberá enviar la información a:a. Gerencia Financiera para su análisis y dictamen.b. Vicerrectoría Administrativa para asignación del espacio físico, recursosnecesarios y dictamen.

Los dictámenes serán enviados al Consejo Directivo para que ratifique la autorización.

APÉNDICE IVCURSOS LIBRES

APÉNDICE VCRÉDITO EDUCATIVO

Artículo 1El programa de Crédito Educativo para estudios superiores fue creado por la UniversidadGalileo y consiste en una línea de crédito, establecida para financiar las cuotas mensualesa estudiantes guatemaltecos, durante el tiempo que establezca la Universidad.

Artículo 2El crédito educativo cubre los gastos de las cuotas mensuales conducentes a la obtencióndel grado académico de Ingeniería o Licenciatura. El crédito educativo puede otorgarsehasta por 75% de las cuotas de enseñanza. Todos los demás cargos, matrículas o gastosdeben ser cubiertos por el estudiante.

Artículo 3La línea de crédito se otorga conforme el programa de la carrera elegida.

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Artículo 4El crédito educativo no es un donativo, sino un préstamo que el estudiante deberá reembolsar,con el fin de que otros puedan gozar de la misma ayuda en el futuro.

Artículo 5Si el alumno decide retirarse, sin haber cerrado pensum de estudios, deberá notificar losmotivos al Departamento de Atención Financiera al Estudiante y establecer un plan de pagode la deuda por concepto de crédito educativo.

Artículo 6El estudiante que desee solicitar asistencia financiera deberá dirigirse al Departamento deAtención Financiera al Estudiante, para realizar el trámite respectivo.

Artículo 7El estudiante debe haber pagado el monto total del crédito educativo para optar a graduación.

APÉNDICE VIEXÁMENES PRIVADOS

El examen privado es la culminación de la formación del estudiante de FISICC, en elexamen se integran los conocimientos y habilidades que se han adquirido durante su carrera.

1) En qué consiste: El examen privado consiste en investigar y desarrollar una aplicacióno proyecto sobre un tema del área profesional del estudiante (Sistemas, Electrónica,Telecomunicaciones y Administración de Sistemas Informáticos).

a. Su evaluación se realiza por medio de una presentación expuesta ante una terna. La terna está conformada por el decano de la facultad o alguien designadopor éste, el director de carrera o alguien designado por éste y un tercerprofesional del ramo designado por el decano.

b. El examen podrá ser efectuado por más de una persona a la vez y será tomado en cuenta al momento de la asignación del tema y la evaluación delexamen.

c. El resultado de la evaluación puede ser:i. Aprobado con distinción: El examen fue sobresaliente a juicio de todoslos miembros de la terna.

ii. Aprobado: El examen cumple con los requisitos de aprobación a juiciode al menos dos miembros de la terna.

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iii. Reprobado con enmienda: El examen no cumple con los requisitos mínimos de aprobación a juicio de, al menos, dos integrantes de laterna. Sin embargo, consideran que se debe dar al estudiante laoportunidad de mejorar su trabajo, según instrucciones de la terna.

iv. Reprobado: El examen no cumple con los requisitos mínimos de aprobación a juicio de, al menos, dos miembros de la terna y no consideran viable la mejora del trabajo por parte del estudiante a cortoplazo. En este caso, el estudiante debe someterse a un nuevo examenprivado.

2) Procedimiento de solicitud: El estudiante solicita por escrito al director de carrerael tema propuesto para su privado. El tema es normalmente escogido por el estudiantede una lista de temas aprobados por el decano y director de carrera. Luego de la solicitud,el director de carrera notifica al estudiante sobre la conformación de la terna y la calendarizaciónde la evaluación.

3) Asesoría: El director de carrera o alguien que éste designe se reunirá con el estudianteperiódicamente, durante el tiempo entre la solicitud del tema y su evaluación ante la ternapara brindarle asesoría.

4) El día de la evaluación: El estudiante debe presentar su investigación y proyectoo aplicación ante la terna, utilizar medios audiovisuales y responder las preguntas que éstale haga. Adicionalmente, el estudiante debe entregar copia de su presentación y de suaplicación o proyecto en un CD o DVD. Después de su presentación, la terna deliberaráen tiempo breve y le indicará el resultado del examen.

5) Requisitos:

a. El estudiante debe estar inscrito en el semestre durante el cual se realiza su privado.

b. El monto del examen debe ser pagado en su totalidad, al menos, tres días hábiles antes de la fecha de su realización.

c. El estudiante debe haber aprobado el pensum de su carrera previamente a su evaluación.

d. El estudiante debe tener un promedio acumulado superior a setenta (70) puntos para poder solicitar su examen privado.

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APÉNDICE VIIUSO DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS

Servicios Tecnológicos:Se generará un usuario y password para cada persona al momento de ser miembro activode la Universidad (alumno, administrativo, docente), para uso de los siguientes serviciostecnológicos:

Correo electrónicoGESDirectorio personal (Z)LaboratoriosWireless

Dichos servicios deben ser utilizados únicamente con fines académicos y/o administrativos.Se deben respetar las leyes, que incluyen los derechos de autor, licenciamiento y propiedadintelectual, entre otros.

La conexión para acceder a cualquiera de los servicios deberá ser a través de una conexiónsegura (ssl).

El mal uso que se haga de estos servicios es RESPONSABILIDAD única y exclusiva dela persona que tenga asignado el usuario. La violación a esta regla será conocida por elConsejo Directivo de la Universidad, quien emitirá la sanción correspondiente.

La activación del usuario es automática y deberá confirmarse o validarse al primer accesoa los servicios de GES o correo electrónico. A través de datos personales (grabadospreviamente).

Su cuenta es personal y, por lo tanto, es necesario que tome las medidas pertinentesrespecto de su password (contraseña). Por ninguna razón deben compartirse el usuario yel password. Se solicitará cambiarlo cada cierto tiempo.Directorio Personal (Z):

Cada usuario es responsable del contenido de su directorio personal y antes de instalaraplicaciones que permitan el acceso remoto, debe consultar con el Administrador de Sistemas([email protected]).

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Cada usuario es responsable de la información en su directorio personal, y deberá realizarBack-up de lo que considere útil. En el Laboratorio de Computación se cuenta con unidadesde CDWriter, las cuales pueden ser utilizadas para efectuar dicho Back-up.

La universidad se reserva el derecho de borrar cualquier información que no sea de índoleacadémica (música, videos, archivos .exe, com, etc.). Cada trimestre se hará limpiezade esta información.

Al año de no accesar su directorio personal, TODA su información será eliminada.

Correo Electrónico (e-mail):

Cada usuario es responsable de la información enviada desde su cuenta de correo electrónico,por lo tanto es importante que su usuario y password no sean divulgados.

Cada usuario deberá limpiar su correo electrónico para no saturar el servidor.

Ningún usuario está autorizado a enviar spam a través de su cuenta de correo electrónico.Esto deberá real izarse únicamente con una solici tud a través del GES.

La universidad no es responsable de cualquier correo que se reciba con material ofensivoy/o cualquier situación personal.

Al año de no accesar a su correo, TODOS sus mensajes serán eliminados.

Publicaciones de contenido personal público:

Cada usuario es responsable del contenido de las páginas web que publique. LaUniversidad se exime de cualquier responsabil idad en ese sentido.No debe usar imágenes o contenido protegido por Derechos de Autor.No debe utilizar recursos de la Universidad Galileo para fines comerciales, y/o ajenas a actividades académicas.No debe incluir imágenes obscenas o material y lenguaje no adecuado.No debe contener enlaces hacia imágenes obscenas o material y lenguaje no adecuado.No debe contener intimidaciones hacia individuos o grupos.No debe usar los recursos o páginas web de la Universidad Galileo para actividadesilícitas.No se debe utilizar logotipos de la Universidad en la publicación de páginas personales, sin previa autorización por escrito del Consejo Directivo.

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"Educar es cambiar visionesy transformar vidas"

7a. avenida, Calle Dr. Eduardo Suger Cofiño, Zona 10Guatemala 01010

PBX: (502) 2423-8000www.galileo.edu

Dr. José Eduardo Suger Cofiño, Ph.D