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REGLAMENTO DE AHORRO ASEHOLOGIC

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REGLAMENTO DE INVERSIONES Fecha Emisión: 20/02/2015

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ASEHOLOGIC

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Tabla de contenido MARCO POLÍTICO: .................................................................................................................. 3

DEFINICIÓN: ............................................................................................................................ 3

OBJETIVO: ............................................................................................................................... 3

PAUTAS OPERATIVAS:.............................................................................................................. 3

DE LOS RECURSOS FUENTE: ..................................................................................................... 4

DEL CAPITAL SOCIAL: ................................................................................................................. 4 DE LOS SISTEMAS DE AHORROS ESPECIALES: ....................................................................... 4 DE LA ADMINISTRACIÓN ............................................................................................................ 5 DISPOSICIONES FINALES. ........................................................................................................... 6

DE LAS DONACIONES Y DE LAS RESERVAS: ............................................................................... 6

DE LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS: ........................................................................................... 7

CAPITAL SOCIAL: ...................................................................................................................... 7

A.1. APORTE PERSONAL: ............................................................................................................ 7 A.2. AHORRO EXTRAORDINARIO: ............................................................................................. 7 A.3. APORTE PATRONAL:............................................................................................................ 8

AHORROS ESPECIALES: ............................................................................................................ 8

B.1 DEL AHORRO ESCOLAR: ....................................................................................................... 8 B.2. DEL AHORRO NAVIDEÑO: ................................................................................................... 9 B.3. DEL AHORRO MARCHAMO: ............................................................................................... 10 B.4. DEL AHORRO MULTIPLE (a la vista): ................................................................................. 10 B.5. DEL AHORRO CAR: ............................................................................................................. 11 B.6. DEL AHORRO PARA LA SALUD: ....................................................................................... 12 B.7. AHORRO VACACIONAL: ..................................................................................................... 12 B.8. AHORRO INVERSIONISTA: ................................................................................................ 13

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REGLAMENTO DE LOS SISTEMAS DE AHORROS SOLIDARISTAS

MARCO POLÍTICO: DEFINICIÓN: En el proceso del Área Financiera que llevara el pulso de las acciones tendientes a promover la adecuada capitalización de la Asociación a través del aporte de sus asociados y el aporte patronal, la cultura del ahorro a través de los servicios de ahorros especiales y cualquier otra modalidad que se promueva. OBJETIVO: Promover la cultura del ahorro entre los asociados, fortaleciendo la capitalización de la Asociación y la creación de ahorros voluntarios, y generarles rendimientos que cubran la pérdida de su poder adquisitivo y tengan un excedente real.

PAUTAS OPERATIVAS:

a) Tanto el aporte de ahorro de los asociados como el aporte patronal, que conforman el capital social de la Asociación, deberá estar protegido contra la devaluación y la inflación, es decir deberá compensarse en cada período contable de su pérdida de valor adquisitivo, tomándose como base al menos el índice de inflación definido por el Gobierno.

b) Para los ahorros especiales se pagará una tasa de interés de acuerdo a la colocación que se les defina, dejándose la Asociación un porcentaje para cada caso y condición de mercado del ingreso percibido por la administración de cada fondo.

c) Todo Asociado deberá autorizar a la Empresa para que deduzca de su salario el porcentaje, tanto del aporte para el capital social como el de los ahorros especiales a los cuales se ha afiliado. Esto no elimina la posibilidad de que el asociado pueda realizar aportes adicionales a cualquier tipo de ahorro directamente en las oficinas de la Asociación.

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DE LOS RECURSOS FUENTE: DEL CAPITAL SOCIAL:

a) El Capital Social estará compuesto por el aporte de los asociados definido por estatuto y asambleas, el aporte patronal y las capitalizaciones extraordinarias que hagan los asociados, así como donaciones y reservas que se establezcan según acuerdo de Asamblea.

b) La Asociación deberá coordinar con la empresa la deducción de planilla del aporte de cada afiliado, y la transferencia de los mismos junto con el aporte patronal pactado, dentro de los tres días hábiles indicados en la ley.

c) El asociado podrá aportar un capital adicional para apalancarse el monto de un préstamo que desea solicitar. Todos estos fondos de capital adicional se registrarán bajo una cuenta llamada extraordinario, y serán devueltos al Asociado bajo las mismas condiciones que tiene el aporte ordinario fijado por los estatutos.

d) El capital social devengará una tasa de compensación por la pérdida de poder adquisitivo equivalente al índice de inflación, pagadera mensualmente, la cual será capitalizada anualmente como capitalización extraordinaria.

DE LOS SISTEMAS DE AHORROS ESPECIALES:

a) Los ahorros especiales serán aquellos sistemas que abra la asociación para que el Asociado vaya acumulando una reserva de efectivo para solventar los gastos en una determinada época del año o de un evento específico. Por ello tiene un periodo definido de tiempo para ser liquidado.

b) La apertura de cualquier sistema de ahorro especial deberá obedecer a dos objetivos primordiales:

- la promoción de la cultura del ahorro entre los asociados y especialmente aquella que le ayude a prever sus necesidades de efectivo en el corto y mediano plazo para realizar una inversión en un bien o servicio que le ayudará a su desarrollo integral, y

- la proyección de LA ASOCIACION como una entidad financiera cercana a sus asociados y sensible a sus necesidades en busca, por un lado, de tener a disposición de los asociados una gama de servicios financieros y por el otro con una eficiencia que hasta le genere utilidades que pueda dirigir a programas sociales y excedentes

c) Se promoverán sistemas de ahorros especiales que: El proceso para la apertura de

un sistema de ahorro especial deberá seguir los siguientes pasos: - Estudio que justifique la necesidad de un sistema de los asociados y sus costos

no superan el 5% de sus rendimientos proyectados.

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- Diseño del sistema que al menos indique: objetivo que persigue, mínimo de ahorro vía sistema de rebajo de planilla, procedimiento de afiliación y liquidación, plazo de colocación y condiciones, formularios de afiliación, liquidaciones y contrato donde se estipule los derechos y obligaciones del asociado y la asociación. Y diseño de la campaña publicitaria con detalle del medio, la forma, del plazo y del costo de la misma.

- Recibir el aval de la Administración de que es viable administrativa y operativamente.

- Ser analizado y aprobado por la Comisión del Área Financiera. - Ser aprobado por la Junta Directiva por mayoría calificada (dos terceras partes

de sus miembros) d) La deducción mínima de cada sistema de ahorro especial será de Ȼ 1000 semanal

o Ȼ2000 quincenal de cada asociado afiliado al fondo de la Asociación Solidarista y será vía planilla. El socio tendrá la opción de hacer depósitos extraordinarios, dichos aportes se harán vía transferencia a la cuenta se ASEHOLOGIC o directamente en las instalaciones de LA ASOCIACION, en donde se le entregará un recibo como respaldo del dinero recibido.

e) Los recursos de los ahorros especiales deben ser contabilizados en los pasivos. f) El asociado podrá hacer uso del dinero aportado en un sistema de ahorro especial

solamente hasta la fecha que pactó y esté fijada por el sistema al cual está afiliado, aún cuando deje de ser afiliado a la Asociación y siga laborando para la empresa. Esto debido a la limitante de su colocación. Solamente se le entregará antes del período establecido cuando deje de laborar para la empresa o bajo alguna penalización porcentual de los intereses a percibir en casos especiales.

g) La inversión de los fondos provenientes de los ahorros especiales deberá estar en consonancia con el plazo de su devolución.

DE LA ADMINISTRACIÓN Cualquier sistema de ahorro especial que se establezca deberá generar los siguientes procesos administrativos:

- Apertura de una cuenta mayor y las respectivas subcuentas por asociado que se

afilie a él, dentro del apartado de los pasivos de corto plazo. - Habilitar las aplicaciones del caso en el Módulo de ahorro y crédito de tal

manera que pueda registrarse las condiciones del sistema, y los procesos internos para el rebajo de planilla, la recepción de este rebajo y la contabilización automática de todos los datos en los registros respectivos individuales y generales de los auxiliares contables y de control financiero. Así aquellos aportes directos y en efectivo que realicen los asociados en las oficinas de LA ASOCIACION o mediante depósito bancario en la cuenta de la Asociación debidamente comprobado.

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- El mecanismo de inversión de los recursos captados según las condiciones de su nivel de liquidez y su control de rendimientos. La inversión deberá ser de acuerdo a lo que define el Reglamento de Inversión en lo que respecta a esta modalidad de ahorro.

- Cálculo mensual del gasto financiero y el factor de intereses a distribuir a cada ahorrante y el registro contable del caso.

- De los reportes mensuales, trimestrales y al cierre de cada período, sobre la afiliación y los volúmenes de monto que se manejan en cada sistema.

- Aplicación de la reserva de liquidez sujeta a lo que establece la SUGEF para esta modalidad de ahorro.

- DISPOSICIONES FINALES.

- GARANTIA COLATERAL: Todo ahorro amparado a estos sistemas serán tomados para aplicar a las deudas que tenga el asociado cuando este plantee su desafiliación a la Asociación, y respetando el plazo definido de devolución de cada sistema, salvo cuando el asociado deje de laborar para la Empresa objeto de su contrato laboral, se le aplicará de inmediato. - CAPITALIZACIÓN DE INTERESES: Los intereses ganados se le aplicarán mensualmente capitalizándoselos al principal. - RETIRO ANTICIPADO: La Junta Directiva podrá autorizar la aplicación de un sistema de ahorro a una deuda a solicitud de un asociado o desafiliado pero trabajador todavía de la empresa, siempre y cuando la situación esté bien justificada. En estos casos se le aplicará al Asociado una comisión por retiro anticipado del 3% del monto desembolsado. - AFILIACIÓN: Tendrá derecho a afiliarse a este servicio todo aquel asociado que voluntariamente se someta a las condiciones de ahorro y retiro del mismo. Deberá aportar todos los datos personales del caso solicitados en la formula respectiva. Además de anotar la cuenta bancaria donde se le puede hacer los depósitos, que sea la misma donde se le deposita su salario.

DE LAS DONACIONES Y DE LAS RESERVAS:

a) La Asociación podrá recibir donaciones por parte de asociados o terceras personas, las cuales administrará de acuerdo al fin para las cuales fueron captadas.

b) En el caso de las reservas, serán creadas con aportes especiales tomados de los rendimientos de las carteras de inversión y crédito y otros fondos. Cada una deberá estar bien justificada y aprobada por Junta Directiva y le será creada su propia normativa de administración como anexo a este manual.

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DE LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS: CAPITAL SOCIAL: A.1. APORTE PERSONAL:

A.1.1. DESCRIPCIÓN: Es el sistema donde cada asociado, al afiliarse, se compromete a aportar de su salario un porcentaje del 5% en cada período de pago. A.1.2. OBJETIVO: Capitalizar a la Asociación. A.1.3. AFILIACIÓN Y DESAFILIACIÓN: Se puede afiliar a partir del momento que ingrese a laborar para la Empresa Madre. Se desafilia en cualquier momento. A.1.4. RETIRO DE LOS FONDOS AHORRADOS: Solamente al desafiliarse, pagando primero con ellos las deudas contraídas con la Asociación. A.1.5. MONTO DEL AHORRO: el 5% de salario devengado en cada período de pago. A.1.6. RENDIMIENTO: Solo genera excedentes al asociado al cierre de cada período fiscal.

A.2. AHORRO EXTRAORDINARIO:

A.2.1. DESCRIPCIÓN: Sistema para capitalizar más la asociación con aportes extraordinarios, complementarios al 5% definido en los estatutos. A.2.2. OBJETIVO: Aumentar más el capital individual y colectivo de la Asociación y apalancamiento de créditos. A.2.3. AFILIACIÓN Y DESAFILIACIÓN: Se puede afiliar a partir del momento que es asociado. Se desafilia en cualquier momento. A.2.4. RETIRO DE LOS FONDOS AHORRADOS: Solamente al desafiliarse, pagando primero con ellos las deudas contraídas con la Asociación. A.2.5. MONTO DEL AHORRO: se tienen tres modalidades: 1. Un porcentaje deducido de cada crédito que el asociado solicite y se le apruebe, el porcentaje varía según las veces el ahorro solicitado. 2. Aportes que el asociado decide ahorrar directamente en la oficina de la Asociación y 3. Capitalización de excedentes acordada por la Asamblea.

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A.2.6. RENDIMIENTO: Solo genera excedentes al asociado al cierre de cada período fiscal.

A.3. APORTE PATRONAL:

A.3.1. DESCRIPCIÓN: Es el aporte del patrono como adelanto de la cesantía del trabajador afiliado, incluye el aporte patronal en custodia. A.3.2. OBJETIVO: Capitalizar a la Asociación. A.3.3. AFILIACIÓN Y DESAFILIACIÓN: Se recibe este beneficio mientras se esté asociado a la Asociación. A.3.4. RETIRO DE LOS FONDOS AHORRADOS: Cuando el beneficiario deja de laborar para la Empresa Madre. A.3.5. MONTO DEL AHORRO: el 5.33% de salario devengado en cada período de pago. A.3.6. RENDIMIENTO: Solo genera excedentes al asociado al cierre de cada período fiscal.

AHORROS ESPECIALES: B.1 DEL AHORRO ESCOLAR:

a) Objetivo: ayudarle al asociado aprovisionar fondos para los gastos con relación a la educación propia o la de sus familiares.

b) Afiliación y desafiliación: en cualquier época del año.

c) Retiro de los fondos ahorrados: Se define reintegros parciales o totales en los meses de enero, mayo y septiembre. Para lo cual el asociado deberá solicitarlo en la formula correspondiente.

d) Cierre de la Cuenta: Un asociado puede solicitar la desactivación temporal o el

cierre de su cuenta en cualquier momento. Pero mientras siga afiliado a la Asociación o siga laborando para la Empresa (no siendo Asociado) sus ahorros le serán entregados según lo indicado en el punto c. Cuando termine su contrato laboral con la Empresa, LA ASOCIACION tendrá 15 días calendario para hacerle la respectiva liquidación de sus ahorros más los intereses ganados.

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e) Monto del ahorro: Mínimo de Ȼ1000 mil colones semanales, rebajado de planilla de acuerdo al sistema de pago.

f) Cargo Financiero: Sobre el saldo de los ahorros que se mantengan hasta su liquidación total, la Asociación pagará un interés de acuerdo al rendimiento que le haya generado la inversión de este sistema de ahorro, cobrando al menos un 10% de ese rendimiento para sus gastos operativos.

B.2. DEL AHORRO NAVIDEÑO:

Objetivo: ayudarle al asociado aprovisionar fondos para los gastos con relación a los gastos que se dan para Navidad. a) Afiliación y desafiliación: en cualquier época del año.

b) Retiro de los fondos ahorrados: Se define la liquidación de lo ahorrado en la

primera quincena del mes de diciembre de cada año, con corte de lo ahorrado al 30 de noviembre. Se aplicará la liquidación total depositándole al asociado el monto correspondiente al principal e intereses. El asociado al cierre de noviembre podrá solicitar que se le aplique para amortizar préstamos o trasladarlo a otro sistema de ahorro. La cuota de ahorro seguirá deduciéndosele de planilla salvo que el asociado indique lo contrario.

c) Cierre de la Cuenta: Un asociado puede solicitar la desactivación temporal o el cierre de su cuenta en cualquier momento. Pero mientras siga afiliado a la Asociación o siga laborando para la Empresa (no siendo Asociado) sus ahorros le serán entregados según lo indicado en el punto c. Cuando termine su contrato laboral con la Empresa, LA ASOCIACION tendrá hasta 15 días calendario para hacerle la respectiva liquidación de sus ahorros más los intereses ganados.

d) Monto del ahorro: Mínimo de cinco mil colones mensuales, rebajado de

planilla de acuerdo al sistema de pago.

e) Cargo Financiero: Sobre el saldo de los ahorros que se mantengan hasta su liquidación total, la Asociación pagará un interés de acuerdo al rendimiento que le haya generado la inversión de este sistema de ahorro, cobrando al menos un 10% de ese rendimiento para sus gastos operativos.

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B.3. DEL AHORRO MARCHAMO:

Objetivo: ayudarle al asociado aprovisionar fondos para los gastos con relación a los gastos que se dan para EL PAGO DEL MARCHAMO EN NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DE CADA AÑO a) Afiliación y desafiliación: en cualquier época del año.

b) Retiro de los fondos ahorrados: Se define la liquidación de lo ahorrado al

inicio del cobro de Marchamo que se publica por el INS. Se aplicará la liquidación total depositándole al asociado el monto correspondiente al principal e intereses. La cuota de ahorro seguirá deduciéndosele de planilla salvo que el asociado indique lo contrario.

c) Cierre de la Cuenta: Un asociado puede solicitar la desactivación temporal o el

cierre de su cuenta en cualquier momento. Pero mientras siga afiliado a la Asociación o siga laborando para la Empresa (no siendo Asociado) sus ahorros le serán entregados según lo indicado en el punto b. Cuando termine su contrato laboral con la Empresa, LA ASOCIACION tendrá hasta 15 días calendario para hacerle la respectiva liquidación de sus ahorros más los intereses ganados.

d) Monto del ahorro: Mínimo de cinco mil colones mensuales, rebajado de

planilla de acuerdo al sistema de pago.

e) Cargo Financiero: Sobre el saldo de los ahorros que se mantengan hasta su liquidación total, la Asociación pagará un interés de acuerdo al rendimiento que le haya generado la inversión de este sistema de ahorro, cobrando al menos un 10% de ese rendimiento para sus gastos operativos.

B.4. DEL AHORRO MULTIPLE (a la vista):

a) Objetivo: ayudarle al asociado aprovisionar fondos para los gastos fijos que tenga en períodos cortos.

b) Afiliación y desafiliación: en cualquier época del año.

c) Retiro de los fondos ahorrados: Todo asociado podrá hacer retiros de su cuenta una vez por mes máximo, mediante la fórmula prevista para el caso por la Administración de la Asociación. La cuenta no podrá mantener un saldo inferior a los CINCO mil colones. La Administración le hará efectivo su retiro mediante cheque o deposito en la cuenta bancaria respectiva aprobada en su afiliación.

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d) Cierre de la Cuenta: Un asociado puede solicitar el cierre de su cuenta en

cualquier momento. Igualmente cuando termine su contrato laboral con la Empresa o renuncie a la Asociación. La Asociación tendrá hasta 15 días calendario para hacerle la respectiva liquidación de sus ahorros más los intereses ganados.

e) Monto del ahorro: Mínimo de Ȼ1000 mil colones semanales, rebajado de planilla de acuerdo al sistema de pago.

f) Cargo Financiero: Sobre el saldo de los ahorros que se mantengan hasta su

liquidación total, la Asociación pagará un interés de acuerdo al rendimiento que le haya generado la inversión de este sistema de ahorro, cobrando al menos un 75% de ese rendimiento para sus gastos operativos.

B.5. DEL AHORRO CAR:

a) Objetivo: ayudarle al asociado aprovisionar fondos para los gastos fijos que tenga mantenimiento preventivo o correctivo y otros de su vehículo

b) Afiliación y desafiliación: en cualquier época del año.

c) Retiro de los fondos ahorrados: Todo asociado podrá hacer retiros de su cuenta una vez por mes máximo, mediante la fórmula prevista para el caso por la Administración de la Asociación. La cuenta no podrá mantener un saldo inferior a los dos mil colones. La Administración le hará efectivo su retiro mediante cheque o deposito en la cuenta bancaria respectiva aprobada en su afiliación.

d) Cierre de la Cuenta: Un asociado puede solicitar el cierre de su cuenta en

cualquier momento. Igualmente cuando termine su contrato laboral con la Empresa o renuncie a la Asociación. La Asociación tendrá hasta 15 días calendario para hacerle la respectiva liquidación de sus ahorros más los intereses ganados.

e) Monto del ahorro: Mínimo de Ȼ1000 mil colones semanales, rebajado de

planilla de acuerdo al sistema de pago.

f) Cargo Financiero: Sobre el saldo de los ahorros que se mantengan hasta su liquidación total, la Asociación pagará un interés de acuerdo al rendimiento

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que le haya generado la inversión de este sistema de ahorro, cobrando al menos un 50% de ese rendimiento para sus gastos operativos.

B.6. DEL AHORRO PARA LA SALUD:

a) Objetivo: ayudarle al asociado aprovisionar fondos para los gastos fijos que tenga situaciones preventivas o correctivas para mantener una salud física y mental adecuada.

b) Afiliación y desafiliación: en cualquier época del año.

c) Retiro de los fondos ahorrados: Todo asociado podrá hacer retiros de su cuenta cuando lo requiera previa presentación de los comprobantes del caso (proformas de medicamentos o servicios), mediante la fórmula prevista para el caso por la Administración de la Asociación. La cuenta no podrá mantener un saldo inferior a los dos mil colones. La Administración le hará efectivo su retiro mediante cheque o deposito en la cuenta bancaria respectiva aprobada en su afiliación.

d) Cierre de la Cuenta: Un asociado puede solicitar el cierre de su cuenta en

cualquier momento. Igualmente cuando termine su contrato laboral con la Empresa o renuncie a la Asociación. La Asociación tendrá hasta 15 días calendario para hacerle la respectiva liquidación de sus ahorros más los intereses ganados.

e) Monto del ahorro: Mínimo de Ȼ1000 mil colones semanales, rebajado de

planilla de acuerdo al sistema de pago.

f) Cargo Financiero: Sobre el saldo de los ahorros que se mantengan hasta su liquidación total, la Asociación pagará un interés de acuerdo al rendimiento que le haya generado la inversión de este sistema de ahorro, una vez deducido el gasto operativo pactado para los ahorros especiales.

B.7. AHORRO VACACIONAL:

a) Objetivo: ayudarle al asociado aprovisionar fondos que le ayuden a realizar sus sueños vacacionales solo o familiares.

b) Afiliación y desafiliación: en el mismo instante de su afiliación a la Asociación.

c) Retiro de los fondos ahorrados: Todo afiliado a este sistema podrá hacer retiro

de su ahorro de acuerdo al plan vacacional que haya elegido. En caso de que

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un asociado se desafilie pero siga laborando para la Empresa, deja de ser ahorrante activo y su acumulado se le entregara en la fecha pactada del plan vacacional.

d) Cierre de la Cuenta: La cuenta se mantendrá abierta hasta el rompimiento del

contrato laboral del afiliado, debiéndosele aplicar los intereses ganados mes a mes hasta su liquidación total. Ante este hecho, La Asociación tendrá hasta 15 días calendario para hacerle la respectiva liquidación de sus ahorros más los intereses ganados.

e) Monto del ahorro: Mínimo de Ȼ1000 mil colones semanales, rebajado de

planilla de acuerdo al sistema de pago. Y de acuerdo al plan escogido.

f) Cargo Financiero: Sobre el saldo de los ahorros que se mantengan hasta su liquidación total, la Asociación pagará un interés de acuerdo al rendimiento que le haya generado la inversión de este sistema de ahorro, cobrando al menos un 10% de ese rendimiento para sus gastos operativos.

B.8. AHORRO INVERSIONISTA:

a) Objetivo: ayudarle un nicho específico del asociado que cuenta con una mayor capacidad de ahorro y capital personal a recibir una mejor tasa de interés en comparación al sistema bancario nacional y asegure un beneficio al restante nicho por parte del rendimiento adquirido.

b) Afiliación y desafiliación: Previa coordinación con la administración de la asociación, se debe tener un respaldo de la providencia del capital de acuerdo a la ley Ley 8204 “Ley sobre estupefacientes, legitimación de capitales y actividades conexas”, cuando los montos sean superiores a los $10.000 o su equivalente.

c) Retiro de los fondos ahorrados: Previa coordinación con la administración de

la asociación y de acuerdo al plan de inversión que haya elegido. En caso de que el asociado se desafilie pero siga laborando para la Empresa, deja de ser ahorrante activo y su acumulado se le entregara en la fecha pactada del plan, si es por anticipo correrá con el cobro de comisión del 2% del interés devengado al tiempo establecido por cancelación anticipada y el interés pactado será variado a la tabla adjunta de acuerdo a los días invertidos en la asociación. ( esta tabla esta sujeta a las condiciones del mercado)

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TASA DE INTERES DE DESCUENTO

Plazo Transcurrido Tasa a Pagar

De 1 a 30 días

De 30 a 60 días

De 60 a 90 días 2.25%

De 90 a 120 días 3.50%

De 120 a 150 días 4.00%

De 150 a 180 días 4.50%

De 180 a 210 días 5.00%

De 210 a 240 días 5.50%

De 240 a 270 días 6.00%

De 270 a 300 días 6.50%

De 300 a 360 días 7.00%

d) Cierre de la Cuenta: La cuenta se mantendrá abierta hasta el rompimiento del

contrato laboral con la empresa madre del afiliado, debiéndosele aplicar los intereses ganados mes a mes hasta su liquidación total. Ante este hecho, La Asociación tendrá hasta 15 días calendario para hacerle la respectiva liquidación de sus ahorros más los intereses ganados.

e) Monto del ahorro: Mínimo de Ȼ1.000.0000 un millón de colones por

instrumento a colocar, transferido vía electrónica a la cuenta de ASEHOLOGIC, iniciando el plazo a regir una vez colocado el instrumento por parte de la administración con una diferencia no mayor a 5 días hábiles.

f) Cargo Financiero: Sobre el saldo de los ahorros que se mantengan hasta su

liquidación total, la Asociación pagará un interés de acuerdo al rendimiento que le haya generado la inversión de este sistema de ahorro, con una intermediación mínima del 2% sobre la tasa de colocación.

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g) El ahorro Inversionista tendrá una contabilidad independiente a la de los demás ahorros, por ser una Captacion externa del asociado y solo se registraran dentro de la contabilidad normal el margen de intermediación.

La Junta Directiva podrá modificar este Reglamento cuando lo juzgue conveniente y necesario, para la buena marcha de la Asociación y comunicará a la Administración dichas modificaciones para hacerlas públicas.

_________________________ ______________________________ Fernando Montoya Jimenez Elia Ramirez Ramirez Presidente Secretaria _____________________________ Fiscal El presente Reglamento fue aprobado por la Junta Directiva de la Asociación Solidarista de Empleados de HOLOGIC Surgical Products CR SA, en la sesión #______, celebrada el día___________ del mes _______ del dos mil ________.