REGLAMENTO DE BENEFICIARIOS Fortalecimiento …Gastos de Pasantía y viajes: Pasaje ida y vuelta...
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REGLAMENTO DE BENEFICIARIOS
- Fortalecimiento de las Regiones Colombianas en sus
Capacidades de Investigación en Ciencia, Tecnología e Innovación- Departamento de Cundinamarca
Documento adaptado del: REGLAMENTO DE OPERACIÓN, Estudios
de Doctorado en Colombia – 2011 (Colciencias)
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Contenido Propósito del programa “Fortalecimiento de las regiones colombianas en sus
capacidades de CT&I – Cundinamarca” ....................................................... 3
1. Programas de Formación de talento humano CEIBA ................................. 3
1.1 Etapa 1. Jóvenes talento en Investigación (Jóvenes investigadores)....... 3
1.2 Etapa 2: Maestrías. .......................................................................... 4
1.3 Etapa 3: Formación Doctoral en CEIBA. .............................................. 4
1.4 Rubros a financiar ........................................................................... 4
1.4.1 Jóvenes talento en Investigación (Jóvenes investigadores) ............. 4
1.4.2 Maestría Nacional ....................................................................... 5
1.4.3 Doctorado Nacional .................................................................... 5
2.3 Obligaciones del BENEFICIARIO ........................................................ 6
2.3.1 Jóvenes talento en Investigación (Jóvenes investigadores) .............. 6
2.3.2 Maestrías .................................................................................. 6
2.3.3 Doctorado ................................................................................. 7
3. Periodos del Crédito Condonable ........................................................... 8
3.1 Período de Legalización .................................................................... 8
3.2 Período de Estudios ......................................................................... 8
3.2.1 Período Ordinario de Estudios (POE) ............................................. 8
3.2.2 Pasantía en el exterior ................................................................ 8
3.3 Período de Condonación (PCO) .......................................................... 9
3.4 Período de Amortización (PAM) ....................................................... 10
3.4.1 Intereses de mora .................................................................... 10
4. Desembolsos ..................................................................................... 10
4.1 Suspensión temporal de desembolsos .............................................. 12
4.2 Cancelación definitiva de desembolsos ............................................. 13
5 Sanciones .......................................................................................... 14
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Propósito del programa “Fortalecimiento de las regiones
colombianas en sus capacidades de CT&I – Cundinamarca”
Formar una nueva generación de capital humano a nivel de Jóvenes
talento en investigación, Maestría y Doctorado que se vinculen y trabajen en el Departamento de Cundinamarca para el Fortalecimiento de las
Regiones Colombianas en sus Capacidades de Investigación y Uso de la CT&I.
1. Programas de Formación de talento humano CEIBA
El presente reglamento está dirigido a personas que se postularon y
fueron seleccionados para ser beneficiarios del proyecto “Fortalecimiento de las regiones colombianas en sus capacidades de CT&I –
Cundinamarca”. Es un documento guía que resume las condiciones de financiación y las responsabilidades que adquieren los beneficiarios del
programa. Cualquier controversia presentada con el presente reglamento será dirimida por el comité directivo del convenio. Las preguntas respecto
al convenio serán atendidas por medio escrito al comité.
Los programas de formación de talento humano ofrecidos por CEIBA y la Gobernación de Cundinamarca, buscan generar una red nacional de
Jóvenes talento en Investigación (Jóvenes talento en investigación), estudiantes de maestría y estudiantes de doctorado en torno a los temas
estratégicos de Cundinamarca, brindando a los jóvenes o profesionales
con excelencia académica, la oportunidad de realizar o continuar sus estudios por medio del otorgamiento de un crédito educativo condonable.
Por lo tanto, la deuda acumulada es condonable a manera de beca hasta el 100% del monto total entregado a cada BENEFICIARIO, siempre y
cuando se cumplan las condiciones establecidas.
1.1 Etapa 1. Jóvenes talento en Investigación (Jóvenes investigadores)
En esta etapa se busca orientar a los jóvenes investigadores del departamento de Cundinamarca hacia una nivelación en los
conocimientos necesarios para su ingreso de ellos a las mejores maestrías y doctorados de las universidades asociadas a CEIBA. Esta capacitación
no solo se lleva a cabo con el fin de hacerlos competentes como candidatos en dichos programas, sino también para introducirlos en
temas claves para la formación profesional en esta nueva era del
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conocimiento. Los Jóvenes Talento son estudiantes de último año de
pregrado que realizan su trabajo de grado apoyados en un grupo de investigación regional o en un grupo de investigación de los socios de
CEIBA.
1.2 Etapa 2: Maestrías. Durante esta etapa se busca orientar las investigaciones hechas en los
programas de maestría adscritos a CEIBA hacia la solución de problemas
pertinentes a las necesidades de Cundinamarca. Los estudiantes que hagan parte de esta etapa deben regresar a la región por el mismo tiempo
financiado. También pueden continuar haciendo estudios doctorales en programas adscritos a CEIBA una vez haya concluido la etapa de
maestrías (En caso de continuar y terminar sus estudios de doctorado deberán regresar a la región por un tiempo similar al programa de mayor
nivel). La financiación de Maestrías se hace a través de créditos condonables.
1.3 Etapa 3: Formación Doctoral en CEIBA. En esta etapa los estudiantes regionales comienzan a hacer parte de
programas de doctorado adscritos a CEIBA. Las regiones envían estudiantes de doctorado al programa de CEIBA para trabajar en
problemas pertinentes a las necesidades de Cundinamarca. Los programas y proyectos de doctorado se articulan con los miembros
adjuntos regionales, nacionales e internacionales para tratar temas
estratégicos de la región.
1.4 Rubros a financiar
1.4.1 Jóvenes talento en Investigación (Jóvenes investigadores)
Sostenimiento: Dos (2) Salarios Mínimos Mensuales Legal Vigentes (SMMLV) por mes durante máximo un año.
Matrícula de Cursos de Nivelación: incluye el paquete de cursos
nivelatorios, cuyo rubro equivale a la suma determinada por las
Universidades de CEIBA. Hasta doce (12) SMMLV se pueden destinar a
matrículas de cursos nivelatorios. El valor máximo a financiar (matrícula más sostenimiento) por joven investigador es de dos (2) Salarios Mínimos Mensuales Vigentes
mensuales por máximo un año.
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1.4.2 Maestría Nacional
Matrícula: Equivale a la suma determinada por las Universidades de
CEIBA en el programa del candidato. Sostenimiento: Hasta (3) Salarios Mínimos Mensuales Legal Vigentes
(SMMLV) durante máximo 24 meses. Gastos de tesis: Gastos por una sola vez por presentación y defensa de
la tesis hasta por $100.000 pesos Colombianos moneda corriente.
Costos para viajes en las Escuelas de verano: Pasajes nacionales,
seguro médico y sostenimiento por tres días. Se otorgará apoyo para asistir a máximo3 escuelas de verano durante la duración del programa.
1.4.3 Doctorado Nacional
Matrícula: Equivale a la suma determinada por las Universidades de
CEIBA. Sostenimiento: Hasta (4) Salarios Mínimos Mensuales Legal Vigentes
(SMMLV) por mes, durante máximo 48 meses. Gastos de tesis: Gastos por una sola vez por presentación y defensa de
la tesis hasta por $250.000 pesos Colombianos moneda corriente.
Gastos de Pasantía y viajes: Pasaje ida y vuelta internacional, seguro
médico por una sola vez y sostenimiento durante la pasantía.
Costos para viajes en las Escuelas de verano: Pasajes nacionales, seguro médico y sostenimiento para tres días. Se otorgará apoyo para
asistir a máximo seis (6) escuelas de verano durante la duración del programa.
Equipos: Se le entrega un equipo portátil al estudiante como parte de la
beca. Este equipo debe ser retornado a la fundación CEIBA una vez haya culminado el programa.
2.3 Obligaciones del BENEFICIARIO Adicional al cumplimiento del reglamento de estudiantes de cada
universidad, los beneficiarios de los programas deberán cumplir los siguientes requisitos:
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2.3.1 Jóvenes talento en Investigación (Jóvenes investigadores)
Graduarse del programa que está cursando en el año de financiación.
Culminar exitosamente los cursos de nivelación de CEIBA1. Realizar su trabajo de grado en el tema asignado y cumplir con los
entregables acordados en la asignación de la beca. Entregar un informe con el resumen ejecutivo del trabajo
desarrollado y los principales resultados.
Acompañar a la Secretaria de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Gobernación de Cundinamarca compartiendo su experiencia al
territorio en los eventos que le programe la entidad. El soporte de este cumplimiento será una carta enviada por el
asesor definido en su programa de acompañamiento, con el aval correspondiente del comité directivo.
Vincularse por 6 meses como pasantía en una entidad con presencia en Departamento.
También pueden continuar haciendo estudios de maestría y/o doctorado en programas adscritos a CEIBA una vez haya concluido
la etapa de jóvenes talento (En caso de continuar y terminar sus estudios de maestría y/o doctorado deberán regresar a la región
por un tiempo similar al programa de mayor nivel)
2.3.2 Maestrías
Culminar su programa en máximo 2 años. Realizar su trabajo de grado en el tema asignado y cumplir con los
entregables acordados en la asignación de la beca.
1 Entiéndase por curso de nivelación, las Escuelas de Verano que realiza la Fundación CEIBA. No obstante, se podrá financiar un curso diferente siempre que:
El beneficiario realice la solicitud de financiación a CEIBA por escrito.
Se trate de un curso que tenga el nivel de maestría.
El curso se realice en alguna de las Universidades adscritas a CEIBA (Universidad Nacional, Universidad de los Andes, Universidad Javeriana, Universidad del Rosario, Universidad del Valle, Universidad de Antioquia y Universidad del Norte).
El beneficiario haya realizado el proceso de admisión y cumplimiento de requisitos para poder acceder al mismo.
El curso no interfiera con el cumplimiento de sus obligaciones.
Nota: CEIBA se reserva el derecho de aprobar o no la financiación de un curso de nivelación distinto a las Escuelas de Verano CEIBA.
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Entregar dos informes con el resumen ejecutivo del trabajo
desarrollado y los principales resultados. Informe al finalizar el año 1 y 2.
Entregar un paper a la gobernación con el resumen de la investigación, el cual deberá ser avalado por el asesor.
El soporte de este cumplimiento será una carta enviada por el asesor definido en su programa de acompañamiento, la cual será
avalada por el comité directivo.
Vincularse a una entidad pública o privada que tenga presencia en el departamento de Cundinamarca (Diferente a Bogotá) por el
mismo tiempo que fue beneficiado, garantizando que un número importante de sus actividades contribuya al desarrollo de por los
menos uno de los 116 municipios de Cundinamarca. El trabajo a desarrollar y su seguimiento serán validados por los representante
delegados del Departamento y de CEIBA. También pueden continuar haciendo estudios doctorales en
programas adscritos a CEIBA una vez haya concluido la etapa de maestrías (En caso de continuar y terminar sus estudios de
doctorado deberán regresar a la región por un tiempo similar al programa de mayor nivel)
La condonación se hará de manera gradual por cada año de trabajo según el siguiente esquema: Año 1 (40%); año 2(60%).
Acompañar a la Secretaria de Ciencia, Tecnología e Innovación de
la Gobernación de Cundinamarca compartiendo su experiencia al territorio en los eventos que le programe la entidad.
2.3.3 Doctorado
Culminar su programa en máximo 4 años.
Realizar su trabajo de grado en el tema asignado y cumplir con los entregables acordados en la asignación de la beca.
Entregar cuatro informes con el resumen ejecutivo del trabajo desarrollado y los principales resultados. Informe al finalizar cada
año de financiación. Entregar un paper a la gobernación con el resumen de la
investigación, el cual deberá ser avalado por el asesor. El soporte de este cumplimiento será una carta enviada por el
asesor definido en su programa de acompañamiento, la cual será avalada por el comité directivo.
Vincularse a una entidad pública o privada que tenga presencia en
el departamento de Cundinamarca (Diferente a Bogotá) por el
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mismo tiempo que fue beneficiado, garantizando que un número
importante de sus actividades contribuya al desarrollo de por los menos uno de los 116 municipios de Cundinamarca. El trabajo a
desarrollar y su seguimiento serán validados por los representante delegados del Departamento y de CEIBA.
Acompañar a la Secretaria de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Gobernación de Cundinamarca compartiendo su experiencia al
territorio en los eventos que le programe la entidad.
La condonación se hará de manera gradual por cada año de trabajo según el siguiente esquema: Año 1 (10%); Año 2(20%) Año
3(30%) Año 4(40%).
3. Periodos del Crédito Condonable
3.1 Período de Legalización Una vez los candidatos hayan sido seleccionados para convertirse en
beneficiarios de la beca, empieza el periodo de legalización del crédito. Este período inicia con la aceptación del crédito condonable por parte del
candidato a CEIBA. Para esto el candidato deberá conseguir una persona que pueda servir como deudor solidario del crédito condonable. En los
créditos condonables para maestría y doctorado, el deudor solidario deberá respaldar el crédito con un certificado de tradición y libertad de un
inmueble. Otros tipos de garantías al crédito deberán ser evaluados y aprobadas por la Fundación CEIBA.
CEIBA estipulará la fecha máxima para legalizar el crédito condonable. Vencido este plazo el CANDIDATO ELEGIBLE Y FINANCIABLE NO podrá
acceder a la condición de BENEFICIARIO. En consecuencia, CEIBA no asumirá ningún compromiso con CANDIDATOS en condición de ELEGIBLE
y FINANCIABLE que no hayan legalizado su crédito condonable ante CEIBA antes de la fecha antes mencionada.
El período de legalización culmina con la entrega dentro de los plazos
estipulados a CEIBA de los documentos que respaldan la obligación. Solo hasta entonces CEIBA podrá iniciar los desembolsos. A partir de ese
momento el candidato seleccionado se convertirá en BENEFICIARIO del Programa de formación de talento humano.
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3.2 Período de Estudios
3.2.1 Período Ordinario de Estudios (POE)
Comprende el número de semestres a financiar que se le aprobó a cada
BENEFICIARIO para realizar sus estudios. El Departamento avalará la fecha de inicio del POE de acuerdo a las certificaciones expedidas por la
universidad y a la información suministrada por CEIBA.
3.2.2 Pasantía en el exterior
Esta actividad aplica para los programas de doctorado. Es la actividad
académica que CEIBA definió como mecanismo para la inclusión de las investigaciones regionales a la red internacional de CteI del programa.
El BENEFICIARIO debe informar sobre la realización de la pasantía y
realizar los siguientes trámites ante CEIBA para su aprobación:
1. Enviar certificaciones expedidas por el director del programa de doctorado en Colombia sobre la aprobación de la pasantía.
2. Enviar la carta de invitación de la institución que acogerá al
BENEFICIARIO y la carta del tutor que lo recibirá.
Las condiciones de ejecución de la pasantía en el exterior son: 1. El periodo definido para la realización de la pasantía será mínimo de
seis meses.
2. Bajo ninguna circunstancia se reconocerá como pasantía a aquellas realizadas en Colombia.
3. El máximo plazo de financiación para las pasantías es doce (12) meses.
CEIBA pasará el crédito condonable a Período de Amortización si el BENEFICIARIO no retorna al país en el plazo autorizado para la pasantía.
3.3 Período de Condonación (PCO)
La condonación es el instrumento que el Estado Colombiano definió para incentivar la formación y la inserción de capital humano altamente
calificado en el aparato productivo del país en el marco del SNCTI.
La condonación consiste en eximir al BENEFICIARIO hasta del 100% de la deuda total adquirida mediante la legalización del crédito condonable.
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El PCO tendrá una duración máxima de 24 meses para maestría y 48
meses para doctorado contados a partir del mes siguiente a la presentación de su carta de vinculación a una entidad pública o privada
que tenga presencia en el departamento de Cundinamarca (Diferente a Bogotá), garantizando que un número importante de sus actividades
contribuya al desarrollo de por los menos uno de los 116 municipios de Cundinamarca. El periodo máximo de Condonación no puede superar 30
meses para maestría y 54 meses a partir del periodo de culminación de
sus estudios. Durante el periodo de condonación los beneficiarios tendrán que presentar informes anuales a CEIBA del desarrollo de sus actividades
en el Departamento.
El porcentaje no condonado al finalizar el PCO deberá ser cancelado a CEIBA por el BENEFICIARIO según las condiciones del plan de pagos que
se le definan en ese momento.
3.4 Período de Amortización (PAM) Establece las condiciones de pago por parte del BENEFICIARIO de la
porción no condonada. La necesidad de amortizar en dinero parte del crédito condonable se da en los siguientes casos:
1. Por cancelación definitiva de desembolsos.
2. Por no cumplir las condiciones de condonación antes de la finalización
del PCO 3. Por haber obtenido solamente una condonación parcial
El PAM se desarrolla a partir de un plan de pagos cuyos detalles serán
informados para la legalización (monto, plazo, interés y la Imputación de los pagos).
El PAM comenzará a aplicarse una vez no se cumplan las condiciones de
condonación. El plazo se le definirá a cada candidato teniendo en cuenta el periodo financiado.
3.4.1 Intereses de mora
El incumplimiento de la cancelación de las cuotas de amortización definidas en el PAM genera la obligación de pagar intereses de mora a la
tasa máxima permitida por la Superintendencia Financiera.
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4. Desembolsos
A los BENEFICIARIOS:
Jóvenes talento en Investigación (Jóvenes investigadores):
- Un máximo de doce desembolsos para el sostenimiento y los pagos de matrícula que correspondan según el plan de financiación
Maestrías: - Un único desembolso para gastos de presentación y defensa de
tesis. - Un desembolso mensual de sostenimiento por máximo 24 meses.
- Un máximo de tres desembolsos para gastos de viajes en la Escuela Permanente Nacional en Complejidad durante el programa. Uno por
cada escuela de complejidad.
Doctorados: - Un único desembolso para gastos de viaje pasantía y tiquetes.
- Un único desembolso para gastos de presentación y defensa de tesis.
- Máximo de 6 desembolsos para gastos de viaje en la Escuela Permanente Nacional en Complejidad. Uno por escuela de
complejidad.
- Un máximo de 48 desembolsos mensuales de sostenimiento.
A las UNIVERSIDADES:
Semestralmente un desembolso de la matrícula.
A INSTITUCIONES EXTERNAS: *Los desembolsos con las instituciones externas se realizarán de acuerdo
a los convenios establecidos para tal fin:
Mecanismo de giro: transferencia en pesos colombianos a una cuenta bancaria en Colombia a nombre del BENEFICIARIO o de la
universidad. Requisitos: los desembolsos estarán sujetos al cumplimiento por
parte del BENEFICIARIO de todas sus obligaciones.
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CEIBA realizará los giros solamente a aquellos BENEFICIARIOS que
reciban concepto favorable por parte de su tutor sobre su desempeño académico y que cumplan con las demás obligaciones de este reglamento.
Cesión de desembolsos por mal desempeño reportado por el asesor del
estudiante: A aquellos BENEFICIARIOS con concepto desfavorable por parte del tutor, CEIBA les llamará la atención por una sola vez y les pedirá
que por escrito expliquen la razón del mal desempeño. Si los bajos
resultados se mantienen,CEIBA llevará el caso a la instancia al Comité Directivo para que estudie el caso.
Las solicitudes adicionales que no están contempladas en este reglamento
serán evaluadas por el comité directivo del convenio que será la única instancia de decisión. Las solicitudes se deben radicar por escrito con el
visto bueno del asesor y la respuesta del comité directivo será comunicada por este medio al estudiante y al asesor.
4.1 Suspensión temporal de desembolsos
CEIBA podrá suspender temporal o definitivamente los desembolsos por
incumplimiento por parte del BENEFICIARIO de cualquiera de sus obligaciones. Situaciones particulares como: la suspensión temporal del
programa de estudios; problemas de orden público o desastres naturales
que pongan en riesgo la integridad del BENEFICIARIO; estados psicológicos o físicos del BENEFICIARIO demostradas mediante certificado
médico; entre otras, que serán valoradas por el equipo coordinador de CEIBA y el Departamento. El procedimiento para reportar estas
situaciones será por medio escrito y deben ser debidamente soportadas por los documentos respectivos. En cualquier caso, es el comité directivo
del convenio quien tiene la última decisión sobre las condiciones de suspensión temporal o definitiva de los desembolsos.
CEIBA podrá iniciar los trámites de aplicación de cláusulas de
incumplimiento o terminación anticipada del crédito condonable a los BENEFICIARIOS que no notifiquen oportunamente algunas de las causales
anteriormente mencionadas.
La suspensión temporal solo aplica por una única vez a lo largo cualquiera
de los programas mencionados anteriormente. Tendrá una duración máxima de doce (12) meses contados a partir de la aprobación de la
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solicitud por parte de CEIBA. Esta suspensión NO implica ampliación del
Período Ordinario de Estudios (POE).
La reanudación de los desembolsos en el caso de una suspensión temporal dependerá de que se supere la causal que la generó y de la autorización
por parte del comité directivo, previa solicitud por escrito del BENEFICIARIO.
4.2 Cancelación definitiva de desembolsos
El equipo coordinador del Departamento y de CEIBA podrán sugerirle al comité directivo del programa que suspenda de manera definitiva los
desembolsos al candidato por razones como: que el candidato no supere las causales de suspensión temporal dentro de los plazos que se
establezca en cada caso; cuando los resultados académicos sean insatisfactorios en más de un período de estudios; cuando se haya dado
la suspensión definitiva del programa de estudios; por adulteración de documentos, la presentación de información falsa o la omisión de
información relevante; la utilización del crédito condonable para fines distintos de aquellos para los cuales fue concedido; por cambio de
universidad o de programa de estudios sin previa autorización de CEIBA; la inasistencia injustificada a la universidad; por incumplimiento reiterado
por parte del BENEFICIARIO de cualquiera de sus obligaciones; por
violación o infracción de las leyes de cualquier país o colombianas; por invalidez física o mental total y permanente del BENEFICIARIO; cuando
se haya superado el monto máximo aprobado para el crédito; por la finalización del Período Ordinario de Estudios (POE) para el cual se le
concedió el crédito condonable; por la recepción de informes negativos sucesivos por parte del Asesor; entre otras causales.
La iniciación de un proceso de suspensión temporal o definitiva de los
desembolsos puede originarse por solicitud del beneficiario, por solicitud del asesor, por solicitud del equipo coordinador, o por cualquier tercero
que demuestre el incumplimiento del candidato a las condiciones de la beca.
Una vez se inicia el estudio de cada caso por parte del equipo coordinador,
el estudiante puede brindar la información relevante en el periodo de 10
días hábiles después de la comunicación por parte del equipo coordinador. Este mismo evaluará cada caso de manera particular y comunicará por
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escrito al beneficiario la decisión sobre la solicitud o situación. El
estudiante puede solicitar la revisión de la decisión ante el comité directivo en máximo 10 días calendario una vez notificada la decisión por
parte del equipo coordinador. El comité directivo del convenio es la última instancia que evalúa las sanciones/solicitudes de los beneficiarios.
5 Sanciones
El BENEFICIARIO que a juicio de CEIBA incumpla cualquiera de sus obligaciones se hará acreedor a las siguientes sanciones de acuerdo con
la falta, sin excluir el cobro de los perjuicios y demás sumas de dinero a que haya lugar:
Durante el POE:
1. Carta de amonestación académica 2. Suspensión temporal de los desembolsos
3. Suspensión definitiva de los desembolsos con traslado a Período de Amortización (PAM), previa aprobación del comité directivo.
A partir de la fecha de terminación del POE:
1. Carta de amonestación por incumplimiento 2. Traslado a Período de Amortización (PAM), previa aprobación del
comité directivo.