REGLAMENTO DE CONVIVENCIA 2018 COLEGIO PEDRO AGUIRRE … · responsabilidad, teniendo como foco el...
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MANUAL DE CONVIVENCIA
2020
COLEGIO PEDRO AGUIRRE CERDA
NT1 A 4° MEDIO
I ANTECEDENTES
1.1 Sentido del Manual de Convivencia
El presente Manual se ajusta a la entrada en vigencia de la ley de inclusión
(2016), donde se establece la prohibición de todas las formas de
discriminación arbitraria que impidan el aprendizaje y la participación de los
Y las estudiantes. De esta forma solo se aplicarán las sanciones y medidas
disciplinarias contenidas en este Manual, las cuales estarán ajustados a los
principios de la inclusión sin formas de discriminación. Así mismo se
propiciará que el establecimiento educativo sea un lugar de encuentro entre
los y las estudiantes de distintas condiciones socioeconómicas culturales,
étnicas, de género, de nacionalidad, y/o religión.
El manual está co-construido con la participación activa de la comunidad
educativa, siendo elaborado, discutido y aprobado por representantes de todos
los estamentos otorgando así legitimidad a las normas, para que estas sean
efectivas.
Se establecen como períodos los inicios y finalización del primer y segundo
semestres de cada año, como oportunidad de revisar y proponer mejoras a este
manual.
1.2 Objetivo general
Favorecer el aprendizaje de relaciones interpersonales respetuosas, entre
todos los estamentos de la comunidad educativa, basadas en los valores
institucionales; el respeto, la tolerancia, la solidaridad, la honestidad y la
responsabilidad, teniendo como foco el logro de un proceso de enseñanza
aprendizaje exitoso y la formación de personas íntegras.
IDENTIFICACIÓN
DIRECTORA IRMA GAETE CASTILLO
DIRECCIÓN COLO-COLO S/N SECTOR ANTENA
R.B.D. 531-2
COMUNA LA SERENA
FONO 2689018
E-MAIL [email protected]
1.3 Objetivos específicos
- Especificar normas de convivencia, estables, claras y
consensuadas de carácter formativo ajustadas a derecho.
- Reconocer derechos y deberes de los integrantes de la
comunidad educativa del establecimiento.
- Establecer la gradualidad de faltas respondiendo con sanciones
de acuerdo a la etapa de desarrollo de la conciencia y autonomía
de los estudiantes.
- Establecer protocolos de actuación en situaciones que
involucren a toda la comunidad educativa.
II MARCO DE VALORES SOBRE CONVIENCIA
2.1 Sentido y Definiciones institucionales
El establecimiento educacional Pedro Aguirre Cerda realiza un trabajo
constante en cuanto a fomentar y propiciar los valores institucionales tales
como:
- Respeto
- Solidaridad
- Honestidad
- Responsabilidad
- Tolerancia
Esto con el objetivo de generar principios y habilidades socioemocionales en
los/las estudiantes, además de favorecer el proceso de enseñanza aprendizaje
de los mismos.
En congruencia con la implementación del presente manual el EE trabaja de
manera conjunta de manera transversal en todos los niveles, considerando
esto en los distintos planes a ejecutar, así como en las evaluaciones de
personalidad, y en el quehacer diario de los docentes y equipo laboral.
2.2 Definición de Convivencia Escolar
Es el funcionamiento armónico en las relaciones de todos los integrantes de
la comunidad educativa, el que busca genera un clima de acogida cordial
afectuosa y de no discriminación, en donde todos/as logren expresar su
opinión con libertad, se respeten las diferencias y se visualicen como
oportunidades de aprendizaje. Utilizando mecanismos para resolver
pacíficamente los conflictos, sanciones con el objetivo de reparar moralmente
al colectivo, y en donde se promuevan las altas expectativas de aprendizaje
en los/las estudiantes de manera transversal, favoreciendo el crecer con
autonomía y responsabilidad.
2.3 Fundamentos legales y normativas considerados en la elaboración de
Manual de Convivencia
La Ley General de Educación [Nº 20.370, de 2009], plantea:
Todos los establecimientos subvencionados deben contar con un Manual
Interno que regule las relaciones entre los distintos actores de la comunidad
educativa, y que garantice el justo procedimiento en el caso en que se
contemplen sanciones (Artículo 46°, letra f).
Cada comunidad educativa tiene el derecho a definir sus propias normas de
convivencia de acuerdo con los valores expresados en su proyecto educativo,
y deben tener como horizonte la formación de los y las estudiantes (Artículo
9°).
Es deber de las familias conocer el Proyecto Educativo Institucional y normas
de funcionamiento del establecimiento, cumplir con los compromisos
asumidos con el EE y respetar su normativa interna (Artículo 10°, letra b).
Los/as estudiantes, padres, madres y apoderados, pueden participar en la
revisión del Manual de Convivencia a través de los Consejos Escolares, y
aprobarlo, si se les hubiese sido otorgada esta atribución (Artículo 15°).
La Ley sobre Violencia Escolar (L.20.536, de 2011) regula las situaciones de
violencia en las escuelas; entrega una definición sobre convivencia escolar y
sobre acoso escolar; y establece que debe haber un Encargado/a de
Convivencia en todos los EE, y en aquellos donde no exista legalmente un
Consejo Escolar, se debe conformar un Comité de Sana Convivencia.
El sistema propenderá a eliminar todas las formas de discriminación arbitraria
que impidan el aprendizaje y la participación de los y las estudiantes.
Asimismo, el sistema propiciará que los establecimientos educativos sean un
lugar de encuentro entre los y las estudiantes de distintas condiciones
socioeconómicas, culturales, étnicas, de género, de nacionalidad o de religión.
(Ley 20.845, o de “Inclusión”, 2015)
2.4 Derechos y deberes de la comunidad educativa
Derechos de los y las Estudiantes
a) Todo alumno/a tiene como derecho primordial recibir una formación integral, no
discriminatoria, considerando su religión, raza, etnia, genero, constitución familiar estilo
de aprendizaje o necesidades educativas especiales.
b) Conocer y participar en la aprobación del Manual Interno de Convivencia Escolar.
c) Todo alumno tiene derecho a un trato cordial, respetuoso, deferente y justo como persona
única e irrepetible de parte de todas las personas que componen la comunidad educativa. d) Todo alumno/a tiene derecho a recibir orientación valórica, social y cultural para su
formación integral tanto actual como futura.
e) Conocer los objetivos y contenidos mínimos de cada uno de los subsectores de aprendizaje
y la propuesta curricular que ofrece el colegio.
f) El alumno tiene derecho a tomar conocimiento del Manual de Evaluación que rige en el establecimiento de acuerdo a la normativa vigente y ser evaluado de acuerdo a lo expresado
en él.
g) A conocer sus evaluaciones antes de ser registradas en el libro digital, como también
participar de otras formas evaluativas, tales como auto evaluación y coevaluación.
h) A Construir sus aprendizajes, respetando sus diferencias individuales, guiados por el
profesor según objetivos, contenidos, metodologías y criterios de evaluación de cada
subsector, de acuerdo a la reforma educativa y a los planes y programas propios del área común y artística.
i) A gozar de todos los beneficios que otorga la normativa actual (pase escolar, becas, textos,
escolares, seguro escolar, alimentación, beneficios JUNAEB etc.).
j) A elegir una especialidad de acuerdo a sus intereses: música, danza o teatro.
k) A aprender y desarrollar al máximo sus capacidades en un ambiente de respeto y sana convivencia.
l) A elección de directiva interna de curso, Centro de Alumnos y representante del consejo
escolar.
m) A asociarse con personas afines con objetivos que aporten a su desarrollo personal y social.
n) Acceder al programa de Integración escolar, previo diagnóstico, emitido por profesionales especializados en la materia.
o) Acceder a Beneficios de la Ley SEP, previa certificación alumno Prioritario o Preferente.
p) Las alumnas embarazadas tienen derecho a continuidad de estudios.
q) Todo alumno(a) tiene derecho a ser escuchado en sus dudas pedagógicas y situaciones
personales, a explicar sus descargos y apelar a la medida disciplinaria cuando el caso lo amerita.
r) Todo alumno (a) tiene derecho a hacer uso de los materiales y recursos tecnológicos con
que cuenta el Colegio.
s) A ser evaluado en forma diferenciada, considerando los estudiantes con necesidades
educativas especiales. t) A tener conocimiento acerca de las fechas de las evaluaciones con anterioridad.
u) A que las fechas de evaluaciones previamente acordadas sean respetadas.
v) A contar con una mesa y una silla propia, siendo responsable de cuidar su propio lugar de
trabajo.
Deberes de los y las estudiantes
a) Conocer de acuerdo a su edad y capacidad, el Proyecto Educativo del Establecimiento.
b) Estar informado de la reglamentación vigente del colegio, del cronograma de
actividades y del cronograma de evaluaciones semestrales. c) Respetar y acatar las medidas disciplinarias establecidas en el manual de convivencia.
d) Asistir a clases a lo menos el 85% de los días lectivos del calendario escolar, conforme a
su horario respetando la hora de ingreso de su jornada escolar.
e) Portar diariamente su agenda escolar, en la que deberá estar impresa la firma de
Apoderado titular, suplente y el horario de clases. f) Devolver dentro de las siguientes 24 horas debidamente firmada por el apoderado toda
Información que sea enviada, comunicaciones, autorizaciones de salida de terreno u otras
actividades.
g) Respetar, tolerar y aceptar a sus iguales y a todo el personal que trabaja en el
establecimiento, por tanto no se aceptan agresiones físicas y/o verbales entre ellos o con cualquier otra persona de la comunidad educativa.
h) Participar en las actividades del curso y del colegio, manteniendo un comportamiento
adecuado para el desarrollo óptimo de las mismas.
i) Velar continuamente a través de su comportamiento y actitud personal, por el prestigio y
buen nombre del Colegio.
j) Responsabilizarse por los perjuicios de toda índole, causados a las instalaciones y bienes
del colegio. De producirse se procederá a su inmediata indemnización o reposición de
todo el daño ocasionado, ya sea a estructura (romper vidrios, rayar paredes, etc.), al mobiliario (rayar mesas, romper sillas, etc.) o materiales escolares (libros de la biblioteca,
computadores, instrumentos musicales, vestuario, etc.).
k) Preocuparse de mantener una adecuada presentación personal, cuidando su aseo e higiene.
l) No consumir en horas de clases alimentos, bebidas, chicles, etc.
m) Mantener limpia y ordenada su sala de clases, para permitir el adecuado inicio del bloque o período siguiente.
n) Abandonar la sala de clases durante los recreos con el objeto de permitir su adecuada
ventilación.
o) Colaborar con el aseo y ornato de las diferentes dependencias del establecimiento, con el
fin de respetar a nuestros semejantes y el entorno. p) No circular por los pasillos o patios durante el horario de clases.
q) Los alumnos deben mantener un ambiente libre de contaminación acústica (movimientos
muebles, gritos entre otros)
r) Hacer uso debido y cuidadoso de los servicios higiénicos utilizándolos sólo para los fines
que estos tienen. s) No fumar, beber alcohol o consumir drogas de cualquier índole dentro del colegio y a la
salida de éste.
t) No traer al Colegio objetos de valor (celulares, mp3, mp4, joyas, etc.), ni más dinero que
el estrictamente indispensable para la jornada diaria. Tomar conocimiento y comprender
que el Colegio no se responsabiliza por pérdidas, extravío o sustracción de dinero o efectos de valor.
u) El uso de teléfonos celulares queda prohibido en horarios de clases (salvo que el docente
lo requiera para la actividad).
v) Ningún alumno puede hacer uso de aparatos o artefactos tecnológicos si la clase no lo
amerita o el docente a cargo de la jornada no lo ha solicitado. w) Traer diariamente sus útiles y materiales de trabajo.
x) Los alumnos y el docente deben generar un clima de respeto y tolerancia a fin de
propiciar que todos los alumnos logren aprendizajes significativos.
y) En cuanto al trabajo de los alumnos dentro de la sala, éstos deben acatar las ordenanzas del profesor a cargo para la realización de trabajos de tipo individual o grupal para
propiciar los aprendizajes significativos y de calidad.
z) Ningún alumno puede retirarse de la sala de clases sin la debida autorización del
profesor a cargo.
aa) Al toque de campana es el profesor quien autoriza la salida de clases, y es quien debe cerciorar que la sala de clases quede cerrada.
bb) El ingreso y salida a la sala de clases debe ser exclusivamente por la puerta.
cc) En el caso de los profesionales de la educación requieran trabajar con alumnos deberán
mostrar pase con hora de atención y de finalización de la atención firmada por el
profesional para ser presentada al profesor de aula.
Derechos de los Apoderados
a) Conocer los valores y principios, sello y enfoque curricular del establecimiento expresado
en el Proyecto Educativo Institucional.
b) Conocer y participar en la aprobación del Manual Interno de Convivencia Escolar.
c) Participar y expresarse con el fin de adoptar ideas significativas a través de los canales e
instancias pertinentes, tales como Consejo Escolar, Centro General de Padres y
Apoderados, Sub Centros de Apoderados, Proyectos, Programas, etc. d) Poder elegir democráticamente los cargos directivos de los Sub centros y del Centro
General de Padres.
e) A asociarse con personas afines con objetivos que aporten a su desarrollo personal y social.
f) Tener acceso a los Manuales internos existente en el colegio (reglamento de evaluación y
Manual de Convivencia). g) Conocer los procedimientos y fechas de evaluaciones de las diferentes asignaturas.
h) Conocer el proceso de rendimiento académico y conductual de su hijo(a), con el fin de
fortalecer el compromiso educativo hacia el colegio y como una forma de apoyarlo
responsablemente.
i) El apoderado tiene derecho de informarse de los horarios de atención en el cual puede acudir a dialogar con el educador acerca de su pupilo, también a solicitar y/o retirar
documentos en horarios de funcionamiento del establecimiento o en fechas estipuladas.
j) Ser escuchados en sus opiniones, sugerencias y reclamos atendiendo al conducto regular y
a las normas de convivencia.
k) Ser respetado y no discriminado l) Ser informado en una asamblea por el Centro general de padres, una vez por semestre, del
plan de trabajo y su participación dentro de él.
m) Participar en charlas, talleres, exposiciones que fortalezcan habilidades parentales.
Deberes de los Apoderados a) Conocer y fortalecer en su pupilo o pupila los valores que impulsa el Proyecto
Educativo Institucional.
b) Acudir puntualmente a entrevistas, reuniones, talleres, etc. citados por la Dirección,
Equipo Directivo, Profesor Jefe, Profesores de Asignatura, Directiva de Apoderados.
c) Justificar con anterioridad la no asistencia por motivo de enfermedad u otras de fuerza mayor. Dicha situación exigirá por parte del apoderado tomar conocimiento acerca
del rendimiento del alumno, como también de los puntos tratados y acuerdos tomados
por sus pares en la reunión solicitando atención personal con profesor jefe.
d) Solamente apoderado titular o suplente, previamente mostrando su cedula de Identidad, podrá retirar a su pupilo en jornada escolar en caso que ocurra una
emergencia ( no se aceptará llamados telefónicos o comunicación escrita)
e) El apoderado deberá firmar la recepción del Manual de convivencia escolar al
momento de la matrícula.
f) El Apoderado es responsable de cumplir con los plazos establecidos en los distintos procesos, sea de evaluación, presentaciones, postulación a becas, matrículas o en la
entrega de información solicitada por el Colegio.
g) Ningún apoderado podrá ingresar a las salas de clases durante la jornada de trabajo
h) Todo apoderado deberá Solicitar la autorización a Dirección para ingresar al colegio
en horas de clases, para la realización de actividades. i) Todo apoderado deberá mantener una actitud de respeto con todo el personal del
colegio.
j) Todo apoderado debe cumplir los compromisos adquiridos en el curso y Centro
General de Padres y apoderados.
k) Respetar las medidas disciplinarias establecidas en el manual de convivencia.
l) 16) El apoderado, serán los responsables de su hijo ante la escuela, solo se nombrara
apoderado suplente a un familiar en caso muy justificado.
m) 18) Los apoderados deberán proporcionar los materiales que sean solicitados para el buen desarrollo de las tareas de su hijo.
n) 19) Justificar mediante agenda las inasistencias de sus pupilos (en caso de que
corresponda a 1 o 2 días) Y personalmente las inasistencias de su hijo cuando
corresponda a 3 veces o más, a sí mismo cuando se completen los 3 atrasos.
o) 20)Hacerse responsables del cuidado y mantenimiento de los textos escolares y de los recursos de la biblioteca CRA, como así mismo de los bienes materiales que haga uso
el alumno/a debiendo cancelarlos en el caso de destrucción o pérdida.
p) 21) Preocuparse de que sus hijos no traigan joyas, dinero, ni objetos de valor, ya que
en caso de ser extraviados el establecimiento no se hará responsable de su reposición.
q) 22) Cuidar que los alumnos no lleven al establecimiento sustancias que alteren o modifiquen su conducta, como drogas, alcohol, fármacos, sustancias toxicas,
cigarrillos, etc.
r) 23) Retirar con puntualidad y personalmente a los alumnos del establecimiento,
especialmente desde primer nivel de transición ha primer ciclo.
s) 24) Está estrictamente prohibido que un apoderado llame la atención o maltrate física, verbal o emocionalmente a un alumno, ya sea su pupilo u otro al interior o a los
alrededores de las dependencias del establecimiento.
t) 25) Respetar el conducto regular y los Protocolos de actuación ante cualquier
situación conflictiva que se presente.
IV NORMAS DE CONVIVENCIA
4.1 Normas de Interacción
4.1.1 Respeto a las personas
Entendemos aquí, todas las formas de interacción educativa en el Establecimiento:
alumno-alumno, educador-alumno, adulto-niño.
➢ Educar en las actitudes de atención, escucha y diálogo activo del otro
implicándose en lo que nos quiere transmitir.
➢ Respetar la integridad física y psicológica de cualquier miembro de la
comunidad educativa.
➢ Valorar y aceptar a los demás por lo que son, descubriendo sus propios valores
y originalidad sin dejarnos influir por ningún tipo de condicionante o
estereotipo.
➢ Reconocer en los adultos una autoridad que viene a ayudarnos a crecer como
personas.
➢ Adquirir interés y respeto por la diversidad y rechazo hacia todo tipo de
discriminaciones.
➢ Tener sensibilidad, apertura y flexibilidad ante las aportaciones y las opiniones
de otras personas.
4.1.2 Respeto a las cosas
➢ Cuidar el material escolar propio.
➢ Cuidar el material común de la clase: libros compartidos, biblioteca escolar,
mobiliario, etc.
➢ Cuidar las instalaciones del Colegio, especialmente las que usamos todos los
días: patio y sala de espera.
➢ Respetar los símbolos relacionados con la patria, la religión y las ideologías.
➢ Valorar y respetar los bienes de utilidad pública (recreativos, culturales,
artísticos).
4.1.3 Respeto a las normas
➢ Guiarse y regirse según normas explicitadas en el manual establecido y
validado por la comunidad educativa.
4.2 Normas de Convivencia
4.2.1 Normas de Funcionamiento
4.2.1.1 Jornada Escolar
El establecimiento Escuela de las artes Pedro Aguirre Cerda, funciona en régimen
semestral, de lunes a viernes y los sábados, para Elencos Artísticos y actividades
deportivas u otros.
➢ El horario de entrada de lunes a viernes es a las 8:15 y en Jornada Escolar
Completa desde primer nivel de transición hasta 4° año de enseñanza media.
➢ Todo alumno que llegue atrasado en el horario de ingreso al establecimiento
(Desde 8: 20) debe ser registrado por inspectoría antes que éste pueda ingresar al
aula.
En el caso de ingresar al establecimiento posterior a las 8:20 los estudiantes deberán
esperar en el CRA realizando actividades de aprendizaje, ingresando a la sala de clase
correspondiente a las 9:00 horas.
El estudiante que ingrese posterior a las 9:00 horas deberá ser acompañado por su
apoderado o en su defecto se le llamará a éste con la finalidad que justifique de
inmediato el atraso.
Los estudiantes de primer año básico a cuarto medio que ingresen atrasados deberán
quedarse después del término de la jornada (día a definir) a recuperar el tiempo
perdido.
Al tercer atraso el estudiante deberá ser citado el apoderado con la finalidad de
establecer medida disciplinaria relacionada con el trabajo comunitario (falta grave).
➢ Todo alumno que llegue atrasado al aula desde recreos u actividades de índole
recreativa o cívica debe presentar pase emitido por inspectoría, en el caso contrario
deberá ser registrada la conducta en la hoja de vida del alumno por el docente a
cargo del curso en dicha jornada.
En el caso de reiterar la conducta se tomarán medidas disciplinarias correspondientes
a una falta leve.
➢ En el caso de los alumnos (as) que ingresen atrasados al establecimiento en la
jornada de la tarde (14:05) deberán ser justificados inmediatamente o al día
siguiente por el apoderado.
En el caso de la reiteración de la conducta se tomarán medidas disciplinarias
correspondientes a una falta grave, evaluando la continuidad del beneficio del
almuerzo fuera del establecimiento.
4.2.1.2 Inasistencia
4.2.1.2.1Inasistencias reiteradas sin justificación
En el caso de que un estudiante presente inasistencia por 1 o más días debe
ser justificado personalmente o vía comunicación escrita a través de la agenda
escolar.
En el caso de contar con un certificado médico, éste deberá presentarse dentro
de las 24 horas después de emitido el certificado. Este documento será
entregado en inspectoría.
En el caso de presentar tres inasistencias o más sin presentar justificación
adecuada, será la inspectora la encargada de informar el hecho a la trabajadora
Social correspondiente (SEP o PIE).
En el caso de no encontrar respuesta durante dos semanas o más, la
Trabajadora Social deberá informar a Dirección, con la finalidad que se
informe al Tribunal de Familia y se realice medida cautelar. (Protocolo de
inasistencia)
En el caso de los alumnos (as) que presente inasistencia establecimiento en la jornada
de la tarde (14:10) deberán ser justificados inmediatamente por el apoderado, de lo
contrario se tomaran medidas disciplinarias correspondientes a una falta grave,
perdiendo automáticamente el beneficio del almuerzo fuera del establecimiento.
4.2.1.2.2 Normas sobre las inasistencias, permisos y representaciones
públicas del establecimiento por los alumnos/as.
➢ Si el alumno falta sin justificación a rendir prueba u otra evaluación, debe rendirla
inmediatamente a su reincorporación. (Ver reglamento evaluación).
➢ Si el alumno falta sin justificación a alguna representación artística en el caso de
ser evaluadas, será calificado con la nota mínima estipulada en el reglamento de
Evaluación. En caso de que la actividad no corresponda a evaluación, será él o
la alumna sancionada/o, no permitiéndose que participe en la próxima
presentación. Además, esto se registrará en el libro digital.
4.2.2 Presentación personal y uso de uniforme
Cada estudiante debe mantener una buena presentación personal, adecuándose a las
actividades realizadas en el establecimiento educativo, por lo que es conveniente
considerar lo siguiente:
4.2.2.1 Uso del uniforme:
a) Primer nivel de transición los alumnos y alumnas de este nivel, deben utilizar:
-Buzo del establecimiento
-Cotona Beige en caso de los niños
-Delantal celeste cuadrille en el caso de las niñas.
b) Segundo nivel de transición hasta 4° Medio
Para las alumnas el uniforme completo corresponde a:
• Falda de género gris 5 centímetros sobre la rodilla.
• Polera de piqué blanca institucional.
• Medias o pantys grises.
• Zapatos negros escolar.
• Chaleco azul marino institucional.
• Casaca o polar azul marino institucional.
• Bufanda o cuello azul marino. SIN DISEÑO.
• Delantal azul cuadrillé (alumnas I y II nivel de transición y primero a cuarto
básico).
• Cintillo, colets, piches o cintas de color azul marino.
Para los alumnos el uniforme completo corresponde a:
• Pantalón clásico gris. SIN APITILLAR.
• Polera de piqué blanca institucional.
• Chaleco azul marino institucional.
• Casaca o polar azul marino institucional.
• Zapatos negros escolar.
• Bufanda o cuello azul marino. SIN DISEÑO.
• Cotona beige (alumnos I y II nivel de transición y primero a cuarto básico).
c) Alumnos y alumnas desde Primer año básico hasta 4° año Medio, tanto alumnos
como alumnas deben utilizar para las clases de Educación Física y/o
especialidades:
• Buzo Institucional.
• Polera Blanca.
• Short negro o blanco.
• Zapatillas negras o blancas sin diseños.
• Bolso con útiles de aseo (toalla, jabón, desodorante)
El BUZO INSTITUCIONAL ES CONSIDERADO UNIFORME, POR LO QUE
NO DEBE SER USADO PARA REALIZAR ACTIVIDAD FÍSICA.
2.7.3.2 Presentación Personal
VARONES
• Corte adecuado al contexto escolar Sin teñido con colores de fantasía.
• Afeitado.
• Sin joyas.
• Sin tatuajes a la vista.
• Uñas limpias y cortas.
DAMAS
• Corte adecuado al contexto escolar Sin teñido con colores de fantasía.
• Sin joyas exageradas.
• Sin maquillaje
• Sin tatuajes a la vista.
• Uñas de largo moderado limpias y con esmalte de color adecuado al
contexto escolar.
SE ENTIENDE COLOR DE FANTASÍA AQUELLOS TINTES QUE LE DAN AL
CABELLO UN COLOR QUE NO ES NATURAL, ES DECIR: VERDE, ROSA,
PURPURA, ETC.
4.2.1.3 Refuerzos
Los alumnos/as de La Escuela de las Artes Pedro Aguirre Cerda de La Serena,
merecen ser destacados y reconocido por el buen rendimiento, conducta,
asistencia a clases, especialidades y otros, a través de estímulos como:
• Mención de honor para el o/los alumnos que hayan ocupado el primer y segundo
lugar en el ámbito académico durante el primer y segundo semestre.
• Reconocimiento al Esfuerzo de alumnos y alumnas que se destaquen por su
empeño y voluntad a la hora de mejorar sus condiciones en el ámbito académico.
• Reconocimiento por su buen comportamiento reflejado en su informe de
crecimiento personal y en el cuadro de honor del establecimiento.
• Felicitaciones y estímulos permanentes de parte de profesores, por su aporte
positivo a la buena y sana convivencia en el Establecimiento.
• Reconocimiento público por el buen desempeño en las disciplinas artísticas,
participando en competencias comunales, regionales, nacionales e
internacionales representando a la Escuela de las Artes Pedro Aguirre Cerda.
V FALTAS, SANCIONES Y PROCEDIMIENTO
PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
III FALTAS EN EL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO
Las conductas disruptivas que puedan manifestar los alumnos y las alumnas del
establecimiento se catalogarán como las siguientes: faltas leves, faltas graves, y
faltas gravísimas.
El establecimiento considera como política informar las situaciones de faltas a
quienes corresponda (apoderados, sostenedores, MINEDUC, SENAME entre otras).
3.1 Faltas leves
3.1.1 Acciones Entendidas como faltas leve
1.- Impuntualidad reiterada en la hora de llegada clases y otras actividades del
establecimiento.
2.- Falta de limpieza y cuidado con los materiales, insumos, infraestructura, muebles,
dentro del colegio y sus alrededores.
3.- No presentar tareas, textos de estudio y/o materiales solicitados.
4.- Presentarse sin agenda escolar al momento de ser requerida, la cual es
intransferible.
5.- No cumplir con lo establecido en el Manual de Convivencia respecto de la
presentación personal y uso del uniforme.
6.- Comercializar dentro del establecimiento cualquier tipo de sustancias, artículos,
bebidas o alimentos, sin autorización para ello.
7.- Faltas reiteradas a clases sin justificación.
8.- Faltar a un compromiso u obligación escolar o extraescolar.
9.- Mantener una actitud indiferente que interfiere en su aprendizaje y el desarrollo de
la clase.
10.- Realizar juegos riesgosos (puntapiés, empujones, zancadillas, etc.) que ponen en
peligro a los demás.
11.- Mantener una actitud inapropiada en actos cívicos (conversar, reírse, hablar por
celular, gritar, pifiar, pelear, etc.)
12.- Utilización de: celulares, mp3, mp4 u otro elemento tecnológico que genere
distracción dentro de la sala de clases.
3.1.2 Protocolo de acción
➢ Amonestación verbal: es el llamado de atención que hará el profesor,
inspector o cualquier funcionario de la unidad educativa, ante alguna falta
de carácter leve que suceda durante el desarrollo de la clase o fuera de ella.
Después de 3 amonestaciones verbales se debe realizar una amonestación escrita.
➢ Amonestación Escrita: Se refiere al registro que realiza el profesor,
inspector o Directivo frente a la reiteración de una falta leve.
Este registro se realiza en la hoja de vida del alumno (libro digital), y debe considerar
los siguientes aspectos: Descripción Objetiva de los hechos que ameritan la anotación,
la acción pedagógica previa realizada por el educador y la actitud del alumno/a.
Después de 3 amonestaciones escritas se debe realizar la citación al apoderado.
Tal citación será responsabilidad del profesor que realiza la amonestación
escrita. En el caso de que la amonestación escrita sea realizada por profesores de
distinta asignatura, será de total responsabilidad del Profesor Jefe.
➢ Citación a apoderado: La citación al apoderado es la instancia en que se le
informa a éste la conducta reiterada de su pupilo y se firman acuerdos y
compromisos.
En el caso de que los alumnos sean sorprendidos utilizando celulares, mp3, mp4 u
otros elementos tecnológicos dentro de la sala de clases sin autorización del docente,
éste será el encargado de retirar el objeto y guardarlo hasta que sea el apoderado quien
lo retire al final de jornada o al día siguiente en Inspectoría.
3.2 Faltas Graves
3.2.1 Acciones entendidas como faltas graves
1.-No respetar los emblemas nacionales e institucionales.
2.- Retirarse de clases (fugarse de clases) en horario lectivo sin autorización
correspondiente.
3.- Realizar acciones formales o informales que provoquen o induzcan a actitudes
discriminatorias a la diversidad de tipo sexual, religiosa, raza, credo, estilos de
aprendizaje, nivel social, cultural, entre otros.
4.- Realizar conductas y/o manifestaciones escritas de carácter obsceno que provoquen
o introduzcan a actitudes y/o actos de igual índole.
5.- Presentar conductas oposicionistas frente al cumplimiento de la normativa u
órdenes emanadas por funcionarios del establecimiento, cualquiera sea su cargo.
6.- Falsificación de firmas ya sea para autorizar una salida, comunicación, registro de
evaluación entre otros.
7.- Promover desordenes masivos dentro y fuera del establecimiento.
8.- Mantener un comportamiento inapropiado al contexto educacional, en lo que
respecta a actitudes de connotación afectiva y sexual.
9.- Realizar plagio u otras formas de copia; esta falta atenta fundamentalmente contra
los principios de la honestidad y la responsabilidad.
10.- Comportamiento inadecuado en salidas a terreno o presentaciones artísticas, por
ejemplo: fuga, fumar, desobediencias al docente o funcionario a cargo. (Protocolo de
salidas a terreno)
11.- Dañar o destruir bienes de la institución o de algún miembro de la comunidad
educativa.
12.- Insultar y/o descalificar a algún compañero/ a.
13.- Faltar el respeto a cualquier miembro de la comunidad educativa.
14.- Utilizar cualquier red social o electrónica para ofender, insultar o dañar la
integridad de algún miembro de la comunidad escolar (funcionario, alumno o
apoderado).
15.- No cumplir con los deberes establecidos en el Manual de convivencia.
3.2.2 Protocolo de acción
1.- Informar a Inspectoría General la falta evidenciada presentando copia del registro
de la situación. (Pauta de Derivación de Casos a Inspectoría General)
2.- La Inspectora General será la encargada de realizar investigación del caso,
mediante la utilización de la técnica de entrevista personalizada con los involucrados
(pauta de entrevista). Esta acción tiene por objetivo aclarar el hecho y escuchar las
versiones de él o los involucrados.
3.- Citación apoderado: la citación la realiza Inspectoría general con la finalidad de
dar a conocer los hechos y comunicar la sanción, si amerita el caso.
Toda decisión que se tome respecto de una medida o sanción se deberá realizar
tomando en consideración los atenuantes o agravantes del caso. Factores como: la
edad y la etapa del desarrollo, historia de vida del estudiante de él o las estudiantes,
así como también los roles de los involucrados.
Toda medida será informada al apoderado, quien a su vez tendrá la posibilidad de
solicitar la revocación de ésta mediante la utilización de la Pauta de Apelación de la
Medida. Tal apelación deberá realizarse en un plazo de 3 días hábiles, siendo la
Directora quien deberá responder al apoderado, previa consulta al Consejo Escolar, en
un plazo de 3 días hábiles.
3.2.3 Sanciones
Amonestación verbal: es el llamado de atención que hará el profesor, inspector o
cualquier funcionario de la unidad educativa, ante alguna falta de carácter grave que
suceda durante el desarrollo de la clase o fuera de ella.
Amonestación Escrita: Se refiere al registro que realiza el profesor, inspector o
Directivo que evidencie la falta.
Este registro se realiza en la hoja de vida del alumno (libro digital), y debe considerar
los siguientes aspectos: Descripción Objetiva de los hechos que ameritan la anotación,
la acción pedagógica previa realizada por el educador y la actitud del alumno/a.
El miembro de la comunidad educativa que identifique la falta será el encargado de
informar los hechos a Inspectora General, quien evaluará el tipo de falta y aplicará la
sanción establecida.
Sanción pedagógica
Las sanciones pedagógicas tienen como propósito orientar faltas a la
convivencia y lograr que el alumno aprenda de su comportamiento, de las
consecuencias de sus conductas y pueda desarrollar, en los distintos niveles,
los valores del respeto, la responsabilidad, la comunicación y la solidaridad.
A veces será necesario adoptar estrategias formativas que lleven al alumno a
descubrir el sentido de sus actos, reflexionar sobre ellos y hacer cambios de
conductas. Por lo cual el Colegio ha instaurado medidas educativas, entre las
cuales se contemplan las sanciones pedagógicas.
Entre las sanciones pedagógicas se encuentran las
siguientes:
- Refuerzo pedagógico en áreas, asignaturas, aspectos
y/o contenidos en que el estudiante se encuentre
descendido o requiera apoyo extra.
- Realización de afiches en relación a la temática que se
requiere abordar para apoyar al estudiante.
- Realización de diario mural escolar con la temática que
se requiere abordar en el estudiante.
- Trabajo de Investigación de acuerdo a la temática que se quiera abordar con el estudiante.
- Exposiciones orales de acuerdo a la temática que se
quiera abordar con el estudiante.
Servicio Comunitario: implica alguna actividad que beneficie a la
comunidad educativa a la que pertenece, haciéndose cargo de las
consecuencias de sus actos a través del esfuerzo personal. Ejemplo: limpiar
algún espacio del establecimiento, patio, pasillos, su sala, mantener jardines,
ayudar en el recreo a cuidar a los estudiantes de menor edad, ordenar
materiales en biblioteca CRA.
Servicio Pedagógico: contempla una acción en tiempo libre del o la
estudiante que, asesorado por un docente, realiza actividades como: recolectar
o elaborar material para estudiantes de cursos inferiores al suyo, ser ayudante
de un profesor en la realización de una o más clases, según sus aptitudes,
clasificar textos en biblioteca según su contenido, apoyar a estudiantes
menores en sus tareas.
Medidas Reparatorias: Se considera una acción reparatoria a la posibilidad
de resarcir el daño provocado de cualquier índole.
En el caso dañar o destruir especies materiales, se entenderá como reparación
la restitución de total del bien dañado.
Si el daño provocado es a un miembro de la comunidad educativa se
considerará como acción reparatoria los gestos y acciones que el “agresor”
pueda tener con la persona agredida y que acompañan el reconocimiento de
haber infringido un daño. Estas acciones restituyen el daño causado y deben
surgir del diálogo y el acuerdo y de la toma de conciencia del daño
ocasionado, no de una imposición externa, porque pierde el carácter
formativo.
Acción remedial: Derivación a profesional interno o externo según amerite
el caso, solicitando retroalimentación y sugerencias a dicho profesional para
el manejo adecuado del alumno, resguardando la integridad física y
psicológica de éste.
Suspensión temporal: Es la separación del alumno de toda actividad
académica o extracurricular por un periodo máximo de 3 días. Durante estos
días será el apoderado el encargado de acercarse al establecimiento a UTP,
con la finalidad de solicitar las actividades pedagógicas realizadas en las
asignaturas en las que el alumno se ausente.
Firma de Compromiso: el alumno junto a su apoderado procederá a firmar
CARTA DE COMPROMISO expresando la decisión de continuar en el
establecimiento, en pleno convencimiento de querer ser parte del Proyecto
Educativo del Colegio Pedro Aguirre Cerda y asumiendo lo establecido
en el Manual de Convivencia. La Carta de Compromiso se firmará en
dos etapas: durante el año lectivo, posterior a la resolución de la sanción
y en el momento de la matrícula del año siguiente (de continuar en el
establecimiento).
NOTA IMPORTANTE:
Podrán catalogarse de faltas graves otras transgresiones que por su naturaleza
y efectos requieran de tal calificación, la que será evaluada por la Inspectoría
General y/o Dirección previo acuerdo con el Consejo Escolar.
3.3 Faltas Muy Graves o Gravísimas
3.3.1 Acciones entendidas como faltas muy graves o gravísimas.
1.- Portar o utilizar armas de cualquier tipo u otros elementos que pongan en
riesgo la seguridad física propia o de otras personas. (Protocolo de porte de
Armas)
2.- Adulterar comunicaciones, firmas, notas o certificados.
3.- Amenazar, intimidar, agredir o chantajear a un compañero(a) y/o
funcionario, de la comunidad educativa. (Protocolo de Agresión)
4.- Destruir total o parcialmente (deterioro o rayado), en su estructura o
capacidad de funcionamiento, la propiedad pública o privada, tanto dentro
como fuera de la comunidad educativa.
5.- Abusar o agredir físicamente o psicológicamente en forma intencional y
sistemática en el tiempo, a sus compañeros (protocolos) o cualquier miembro
de la comunidad educativa.
6.- Grabar imágenes o sonidos sin la autorización de quienes aparecen
en la reproducción, difundir y/o realizar uso inadecuado con o sin
autorización de los involucrados.
7.- Vulnerar de palabra o hecho el prestigio u honra de la Institución o de los
miembros de la comunidad escolar.
8.- Cualquier agresión sistemática por medio de internet, mensaje de texto,
vía celular u otro medio a cualquier miembro de la comunidad educativas.
(Protocolo de Grooming)
9.- Participar de riñas al interior del establecimiento o en sus alrededores que
presenten lesionados. (Protocolo de Agresión)
10.- Llegar en estado de intemperancia alcohólica o bajo los efectos de algún
tipo de droga.
11.- Potar, consumir o Traficar todo tipo de substancias ilícitas al interior del
establecimiento, asumiendo que esto es delito, según lo establecido en la Ley
20.084, PORLO TANTO ANTE LA SOSPECHA DEL MICROTRAFICO
SE PROCEDERA A AVISAR AL ORGANISMO DE ORDEN Y
SEGURIDAD PUBLICA. (Protocolo de Porte y Consumo de Drogas)
12.- El incumplimiento de medidas protocolares tomadas para ser ejecutadas
por el alumno y compromiso de su familia.
NOTA: Toda situación no prevista en este Manual de Convivencia
Escolar, será resuelta por los Docentes Directivos del establecimiento en
conjunto con el Consejo de Escolar y comunicando los hechos a las
autoridades educacionales de la Secretaría Ministerial de Educación IV
Región y Corporación Municipal Gabriel González Videla.
3.3.2 Protocolo de acción
1.- El miembro de la Comunidad Educativa que identifique o presente sospecha de la
acción de Falta Muy Grave o Gravísima por parte de un alumno o alumna, deberá
inmediatamente comunicar a Inspectoría General y/o Dirección, debiendo quedar
registrado su testimonio en el documento “Pauta de Derivación de Casos a Inspectoría
General ”.
2.- Inspectoría General y/o Dirección se entrevista con el alumno (a), a fin de
identificar elementos preliminares que evidencien la presencia de una Falta Muy
Grave o Gravísima.
3.- Citación a Apoderado: La citación al apoderado (a) se realiza de manera inmediata
desde el momento en que se confirme la presencia de una Falta Muy Grave o
Gravísima, con la finalidad de comunicar la situación y establecer los tiempos
necesarios para la realización de la investigación.
4.- La Inspectora General y/o el Encargado de Convivencia Escolar serán los
encargados de realizar investigación del caso, mediante la utilización de la técnica de
entrevista personalizada con los involucrados (pauta de entrevista). Esta acción tiene
por objetivo aclarar el hecho y escuchar las versiones de él o los involucrados.
(Protocolo de Investigación)
5.- Suspensión Temporal: es la separación del alumno (a) de toda actividad académica
y extracurricular por un periodo de 5 días hábiles con la finalidad de realizar
investigación y evaluación de la situación, y determinar las medidas disciplinarias para
el caso.
6.- Finalizado el proceso de investigación se presentan los resultados de ésta al Equipo
Directivo y/o Consejo Escolar con la finalidad que se evalúe la situación del estudiante
y se tomen las decisiones del caso.
7.- Comunicación de los Resultados: habiéndose cumplido con los días de
investigación se realizará reunión informativa entre el Equipo Directivo, el Equipo de
Convivencia Escolar, el o la apoderado (a) y el o la estudiante, con la finalidad de
comunicar los resultados obtenidos y las determinaciones resueltas. Las conclusiones
serán expresadas en el Informe de Investigación de Faltas Gravísimas, documento
que será leído y firmado en conformidad, por todos los participantes de la reunión.
Toda decisión que se tome respecto de una medida o sanción se deberá realizar
tomando en consideración los atenuantes o agravantes del caso. Factores como: la
edad y la etapa del desarrollo, historia de vida del estudiante del o la estudiantes, así
como también los roles de los involucrados.
Toda medida será informada al apoderado, quien a su vez tendrá la posibilidad de
solicitar la revocación de ésta mediante la utilización de la Pauta de Apelación de la
Medida. Tal apelación deberá realizarse en un plazo de 5 días hábiles, siendo la
Directora quien deberá responder al apoderado, previa consulta al Consejo Escolar, en
un plazo de 5 días hábiles.
3.3.3 Sanciones
Amonestación Escrita:
Este registro se realiza en la hoja de vida del alumno (libro digital), y debe considerar
los siguientes aspectos: Descripción Objetiva de los hechos que ameritan la anotación
y las acciones realizadas como medidas de sanción y/o acción remedial.
El Inspector General será el encargado de realizar la anotación correspondiente.
Sanción pedagógica:
Las sanciones pedagógicas tienen como propósito orientar faltas a la
convivencia y lograr que el alumno aprenda de su comportamiento, de las
consecuencias de sus conductas y pueda desarrollar, en los distintos niveles,
los valores del respeto, la responsabilidad, la comunicación y la solidaridad.
A veces será necesario adoptar estrategias formativas que lleven al alumno a
descubrir el sentido de sus actos, reflexionar sobre ellos y hacer cambios de
conductas. Por lo cual el Colegio ha instaurado medidas educativas, entre las
cuales se contemplan las sanciones pedagógicas.
Entre las sanciones pedagógicas se encuentran las
siguientes:
- Refuerzo pedagógico en áreas, asignaturas, aspectos y/o contenidos en que el estudiante se encuentre
descendido o requiera apoyo extra.
- Realización de afiches en relación a la temática que se
requiere abordar para apoyar al alumno/a.
- Realización de diario mural escolar con la temática
que se requiere abordar en el alumno/a
- Trabajo de Investigación de acuerdo a la temática que
se quiera abordar con el alumno/a
- Exposiciones orales de acuerdo a la temática que se
quiera abordar con el alumno/a
Servicio Comunitario: implica alguna actividad que beneficie a la
comunidad educativa a la que pertenece, haciéndose cargo de las
consecuencias de sus actos a través del esfuerzo personal. Ejemplo: limpiar
algún espacio del establecimiento, patio, pasillos, su sala, mantener jardines,
ayudar en el recreo a cuidar a los estudiantes de menor edad, ordenar
materiales en biblioteca CRA.
Servicio Pedagógico: contempla una acción en tiempo libre del o la
estudiante que, asesorado por un docente, realiza actividades como: recolectar
o elaborar material para estudiantes de cursos inferiores al suyo, ser ayudante
de un profesor en la realización de una o más clases, según sus aptitudes,
clasificar textos en biblioteca según su contenido, apoyar a estudiantes
menores en sus tareas.
Suspensión Temporal: Es la separación del alumno de toda actividad
académica y extracurricular por un periodo de 3 o más.
Horario Diferido: Se refiere a la separación parcial del alumno con su grupo
de curso, debiendo realizar al interior del establecimiento y en el horario
establecido, las actividades pedagógicas correspondientes a las asignaturas
y curso del o la estudiante. Será parte del horario diferido la atención y tutoría
de los docentes del curso y la atención (si lo requiere) de profesionales que
aporten en el desarrollo personal del alumno (a).
Firma de Compromiso: el alumno junto a su apoderado procederá a firmar
CARTA DE COMPROMISO expresando la decisión de continuar en el
establecimiento, en pleno convencimiento de querer ser parte del Proyecto
Educativo del Colegio Pedro Aguirre Cerda y asumiendo lo establecido
en el Manual de Convivencia. La Carta de Compromiso se firmará en
dos etapas: durante el año lectivo, posterior a la resolución de la sanción
y en el momento de la matrícula del año siguiente (de continuar en el
establecimiento).
Derivación a profesional: Con la finalidad resguardar el apoyo
psicoemocional del estudiante se realizará derivación a profesional de los
equipos psicosocial interno o externo según amerite el caso, solicitando
retroalimentación y sugerencias para el manejo adecuado del alumno,
resguardando la integridad física y psicológica de éste.
Expulsión y/o Cancelación de la Matricula
Las medidas de expulsión y cancelación de matrícula solo podrán aplicarse
cuando sus causales estén claramente descritas en el manual interno del
establecimiento y, además, afecten gravemente la convivencia escolar (Art.
2°, n°5, letra h).
Previo al inicio del procedimiento de expulsión o de cancelación de matrícula,
el director del establecimiento deberá haber representado a los padres, madres
o apoderados, la inconveniencia de las conductas, advirtiendo la posible
aplicación de sanciones e implementado a favor de él o la estudiante las
medidas de apoyo pedagógico o psicosocial que estén expresamente
establecidas en el manual interno del establecimiento educacional, las que en
todo caso deberán ser pertinentes a la entidad y gravedad de la infracción
cometida, resguardando siempre el interés superior del niño o pupilo. No se
podrá expulsar o cancelar la matrícula de un estudiante en un período del año
escolar que haga imposible que pueda ser matriculado en otro establecimiento
educacional (Art. 2°, n°5, letra i).
Lo dispuesto en el párrafo precedente no será aplicable cuando se trate de una
conducta que atente directamente contra la integridad física o psicológica de
alguno de los miembros de la comunidad escolar, de conformidad al Párrafo
3° del Título I del decreto con fuerza de ley N°2, de 2009, del Misterio de
Educación (Art. 2°, n°5, letra i).
Las medidas de expulsión o cancelación de matrícula solo podrán adoptarse
mediante un procedimiento previo, racional y justo que deberá estar
contemplado en el Manual interno del establecimiento, garantizando el
derecho del estudiante afectado y/o del padre, madre o apoderado a realizar
sus descargos y a solicitar la reconsideración de la medida (Art. 2°, n°5, letra
i).
La decisión de expulsar o cancelar la matrícula a un estudiante solo podrá ser
adoptada por el director del establecimiento. Esta decisión, junto a sus
fundamentos, deberá ser notificada por escrito al estudiante afectado y a su
padre, madre o apoderado, según el caso, quienes podrán pedir la
reconsideración de la medida dentro de quince días de su notificación, ante la
misma autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores.
El Consejo deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista el o los
informes técnicos psicosociales pertinentes y que se encuentren disponibles
(Art. 2°, n°5, letra i).
El director, una vez que haya aplicado la medida de expulsión o cancelación
de matrícula, deberá informar de aquella a la Dirección Regional respectiva
de la Superintendencia de Educación, dentro del plazo de cinco días hábiles,
a fin de que ésta revise, en la forma, el cumplimiento del procedimiento
descrito en los párrafos anteriores. Corresponderá al Ministerio de Educación
velar por la reubicación del estudiante afectado por la medida y adoptar las
medidas de apoyo necesarias (Art. 2°, n°5, letra i).
NOTA: Toda situación no prevista en este Manual de Convivencia
Escolar, será resuelta por los Docentes Directivos del establecimiento en
conjunto con el Consejo de Escolar y comunicando los hechos a las
autoridades educacionales de la Secretaría Ministerial de Educación IV
Región y Corporación Municipal Gabriel González Videla.
.4 Faltas de los Apoderados
Dentro de lo dispuesto por la ley, al momento de matricularse el Apoderado
acepta el Proyecto Educativo y lo expuesto en el Manual normativos de
nuestra institución, por lo que se adscribe a cumplir lo solicitado por éste.
En su defecto los apoderados pueden incurrir en faltas cuyas medidas será
única y exclusiva responsabilidad de éste como adulto y no tiene que ver con
el desempeño o conducta de su pupilo o pupila.
Tales faltas tienen relación con los siguientes aspectos:
✓ Faltar a 2 reuniones seguidas y/o entrevistas citadas, sin
justificación valida con debida anticipación.
✓ Conductas de negligencia parental (vulneración de derechos)
✓ Agresiones físicas y/o verbales a cualquier miembro de la
comunidad educativa al interior del establecimiento (salas,
patio, oficina, puerta principal, estacionamiento, etc.)
✓ Acciones que denoste a cualquier miembro de la comunidad
educativa por medio de las redes sociales.
✓ El no cumplimiento de los compromisos adquiridos con el
establecimiento.
✓ No respetar lo expuesto en el Manual de convivencia en cuanto
a la presentación personal y uso del uniforme, jornada de clase,
asistencia, justificaciones, etc.)
✓ No respetar el conducto regular y protocolos establecidos en el
Manual de Convivencia.
Las medidas que se tomarán en los casos antes mencionados serán las
siguientes:
1. Citación por el profesor jefe con la finalidad de firmar CARTA
COMPROMISO.
2. En el caso del no cumplimiento de los compromisos adquiridos el
apoderado será derivado a Inspectoría General con la finalidad de
comunicar al apoderado las acciones a tomar frente al caso.
✓ Derivación a equipo psicosocial interno (SEP o PIE).
✓ Derivación a profesionales y redes de apoyo externo.
✓ Suspensión en la función como apoderado (asume
apoderado suplente)
✓ Prohibición de ingresar al establecimiento, salvo reuniones
de apoderados o entrevista con docentes.
✓ Informar a Tribunales.
✓ Solicitud de Cambio de Apoderado
✓ Informar a Sostenedor Corporación Gabriel González
Videla.
✓ Informar a Superintendencia de Educación.
Nota: Las acciones mencionadas responden a situaciones dadas no
constitutivas de delito, no obstante de presentarse situaciones constitutivas
de delito se denunciará los hechos a las instituciones de orden
correspondientes.
IV PROTOCOLOS
4.1 Derivación Equipo Psicosocial
1.- Profesor, asistente de educación o miembro de equipo directivo, identifica
problemática del alumno/a que dificulta el proceso de enseñanza aprendizaje.
2.- El docente establece la ejecución de acciones pertinentes, con el fin de
favorecer el desarrollo efectivo del alumno.
3.- Si dichas acciones no dan resultados, quien visualiza la situación debe
informar a Orientadora de establecimiento, quien en conjunto con Inspectora
General, evalúan traspaso de caso a equipo que corresponda, ya sea SEP o
PIE.
4.- Se realizará un análisis de caso, en el que se determinará acciones a seguir,
derivación a red externa, entrevistas, citación a apoderado, intervención
individualizada, etc.
4.2 PROTOCOLO DE DERIVACIÓN A ORGANISMOS EXTERNOS
1.- En la instancia en la que se considere realizar derivación a red externa al
establecimiento educacional, serán las profesionales Orientadora, Psicóloga
o Asistente Social, las encargadas de ésta responsabilidad.
2.- El profesional en base a la necesidad particular del alumno, debe realizar
derivación a organismo pertinente a la situación. Esto mediante coordinación
con profesional encargado de la institución externa, realizando reunión de
análisis de caso, donde se informa la situación del alumno/a y además, se
solicita información sobre metodología de intervención a realizar por el
organismo.
3.- Se debe fijar reuniones posteriores a fin de favorecer la retroalimentación
del proceso.
4.3 RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS ENTRE ESTUDIANTES
Podemos definir conflicto como la tensión que se produce entre dos o más
personas que tienen opiniones, intereses, necesidades y/o valores que
perciben incompatibles o antagónicos.
El abordaje constructivo del conflicto debe darse en un marco de respeto a los
derechos de los involucrados, procurando contar con las condiciones
ambientales adecuadas (tiempo, privacidad y un lugar adecuado).
1.- Profesor/a o Asistente de la educación detecta el conflicto y se identifican
los/as alumnos/as afectadas por el éste, en donde se les explica de forma clara
y sencilla en qué consiste una mediación, ya que esta siempre debe ser
voluntaria. Se debe considerar si el conflicto es susceptible de mediación, ya
que en casos de mayor complejidad se derivará a Inspectora General.
2.- Para iniciar la mediación, se debe elegir un espacio en el que se va a
desarrollar la mediación. Es importante crear un clima basado en la confianza
mutua. Para ello es recomendable empatizar con las personas afectadas por el
conflicto. Finalmente, se explican las normas por las que se va a regir la
mediación. Sin la aceptación de las normas no hay mediación posible.
3.- Compartir las distintas visiones del conflicto. El mediador debe
escuchar de forma activa a las personas afectadas y mantener una postura
imparcial. Es muy importante que el mediador haga preguntas abiertas y
parafrasee lo dicho para verbalizar desde otra perspectiva el tipo de conflicto
creado.
4. Identificar los intereses de ambas partes. El objetivo ahondar en la
naturaleza del conflicto. Es el momento de intentar enfocar el conflicto desde
diversos puntos de vista. Otro aspecto a tener en cuenta es que el mediador
debe intentar que las personas afectadas por el conflicto sean capaces de
ponerse en el lugar del otro. Esta es la fase en la que se definen los aspectos
más relevantes del conflicto.
5. Crear opciones a partir del conflicto, se deben rescatar las ideas que han
ido surgiendo durante la mediación escolar. Una vez están todas estas
propuestas se eligen aquellas que más pueden favorecer a la resolución del
conflicto. Es aquí donde se busca fomentar la cooperación y se intenta que las
partes afectadas sean capaces de llegar a acuerdos concretos
6. Pactar. Una vez se han alcanzado los acuerdos que satisfacen a ambas
partes, se debe completar el Registro del Proceso de Mediación firmando
las partes involucradas. Se fija una fecha para revisar en qué estado se
encuentra el conflicto, para así poder llevar a cabo las acciones que sean
pertinentes.
4.4 PROTOCOLO DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS QUE
INVOLUCRE A UNO O MÁS ADULTOS
1.- El caso deberá ser presentado al encargado de Convivencia Escolar,
Orientadora o cualquier miembro del Equipo Directivo.
2.- Luego se debe iniciar la mediación, se debe elegir un espacio en el que
se va a desarrollar la mediación. Es importante crear un clima basado en la
confianza mutua. Para ello es recomendable empatizar con las personas
afectadas por el conflicto. Finalmente, se explican las normas por las que se
va a regir la mediación. Sin la aceptación de las normas no hay mediación
posible.
3.- Compartir las distintas visiones del conflicto. El mediador debe
escuchar de forma activa a las personas afectadas y mantener una postura
imparcial. Es muy importante que el mediador haga preguntas abiertas y
parafrasee lo dicho para verbalizar desde otra perspectiva el tipo de conflicto
creado.
4. Identificar los intereses de ambas partes. El objetivo ahondar en la
naturaleza del conflicto. Es el momento de intentar enfocar el conflicto desde
diversos puntos de vista. Otro aspecto a tener en cuenta es que el mediador
debe intentar que las personas afectadas por el conflicto sean capaces de
ponerse en el lugar del otro. Esta es la fase en la que se definen los aspectos
más relevantes del conflicto.
5. Crear opciones a partir del conflicto, se deben rescatar las ideas que han
ido surgiendo durante la mediación escolar. Una vez están todas estas
propuestas se eligen aquellas que más pueden favorecer a la resolución del
conflicto. Es aquí donde se busca fomentar la cooperación y se intenta que las
partes afectadas sean capaces de llegar a acuerdos concretos
6. Pactar. Una vez se han alcanzado los acuerdos que satisfacen a ambas
partes, se debe completar el Registro del Proceso de Mediación firmando
las partes involucradas. Se fija una fecha para revisar en qué estado se
encuentra el conflicto, para así poder llevar a cabo las acciones que sean
pertinentes.
En el caso de participar un estudiante en el conflicto será responsabilidad del
encargado de la mediación informar el apoderado (a) la situación ocurrida.
Si el conflicto presentado es de mayor complejidad o no se logra hacer
efectivo el proceso de mediación se deberá realizar investigación, con la
finalidad de determinar objetivamente los hechos. (ver protocolo de
investigación).
4.5 PROTOCOLO DE CONSUMO DE DROGAS
1.- El profesional que identifica o conoce la situación de consumo de drogas
del o la estudiante, realiza derivación a cualquier miembro del Equipo
Directivo, quien a su vez, informará sobre el hecho a los Equipos Psicosocial,
Orientadora o Encargado de Convivencia Escolar.
2.- Orientadora, Equipo Psicosocial o Encargado de Convivencia Escolar
realiza consejería con el estudiante, comunicándole la importancia de
informar sobre la situación a su apoderado.
3.- El profesional realiza la entrevista con el apoderado con la finalidad de
indagar en la situación sociofamiliar.
4.- Equipo psicosocial es el encargado, previo consentimiento del padre,
madre o apoderado de realizar la derivación a red externa - Centro de Salud
Familiar -, para intervención en consumo de drogas de estudiante.
5.- Se mantendrá vínculo entre equipos de CESFAM y establecimiento
educativo para realizar seguimiento del proceso y retroalimentación
constante, respecto de la conducta del alumno/a.
4.6 PROTOCOLO DE HOSTIGAMIENTO O BULLYING
1.- En caso de detección de Hostigamiento o Bullying, por parte de un docente
o Asistente de la Educación se deberá informar inmediatamente a Inspectora
General, quien será la encargada de realizar investigación, con la finalidad
de determinar los alcances del hecho.
2.- En la investigación se deberá recopilar información dando énfasis en la
evaluación de tres ejes indicadores, los cuales son: el tipo de agresiones
(física, verbal, psicológica, etc.); si la agresión ha sido sostenida en el tiempo;
así como, si la agresión ha ido evolucionando y/o incrementándose en el
tiempo.
3.- Teniendo claridad sobre los hecho se realizará citación a apoderados de
los estudiantes involucrados con la finalidad de informar las acciones a seguir,
las que deben ser formativas, remediales y disciplinarias (si corresponde).
4.- La Inspectora General solicitará el apoyo a equipo psicosocial del
establecimiento, a fin de que se realice contención, orientación e intervención
inmediata del o los estudiantes afectados.
5.- En caso de confirmarse un hecho de alta complejidad, será la Directora del
establecimiento quien decida realizar denuncia a PDI.
4.7 SOLICITUD CAMBIO DE MATRÍCULA
1.- Frente a una falta gravísima realizada por un estudiante y que afecte
gravemente la convivencia escolar, se realizará el análisis de caso entre el
equipo directivo y Consejo Escolar. Se deberá presentar en esta reunión todos
los antecedentes necesarios (acciones realizadas previamente, registro de
anotaciones del estudiante, adherencia del apoderado a las indicaciones
entregadas previamente y evidencia de la acción realizada por el estudiante).
2.- En el caso de que la mayoría de los participantes del consejo escolar
decidan la solicitud del cambio de matrícula se informa de la situación a
Corporación Gabriel González Videla y se solicitará apoyo al departamento
social a fin de buscar matrícula del alumno considerando las necesidades de
éste.
4.8 PROTOCOLO RETENCIÓN ALUMNAS EMBARAZADAS,
MADRES O PADRES ADOLESCENTES.
1.- Luego de que se detecta el caso de embarazo de alumna del
establecimiento, o ingresa un/a estudiante madre o padre, se debe garantizar
su continuidad en la escuela.
2.- Se informa la situación a la Directora, quien será la encargada de activar
el protocolo.
3.-La activación del protocolo cuenta con las siguientes etapas:
➢ Consejería orientada a los apoderados y adultos responsables del o
la estudiante y a los estudiantes padres, madres o embarazada (según
corresponda).
➢ Abordaje de la situación con la comunidad escolar (Docente de
jefatura, Apoderados, Estudiantes del curso)
➢ Apoyo Psicosocial: Apoyo emocional según requerimiento,
Activación de redes de apoyo, etc.
➢ Apoyo Pedagógico: Calendarización de acciones de refuerzo
pedagógico, flexibilización del horario, recalendarización de
evaluaciones, etc.
➢ Apoyo Emergente: situaciones médicas, seguimiento de asistencia
y/o licencias médicas, comunicación con el apoderado, etc.
➢ Monitoreo de las Acciones
➢
4.9 PROTOCOLO ABUSO SEXUAL
1.- Integrante del equipo laboral del establecimiento educativo tiene sospecha
o certeza de la vulneración de derecho del alumno/a, relacionada al abuso
sexual.
2.- Se informa a equipo directivo del establecimiento, quien a su vez informa
a Tribunal de Familia.
3.- En caso de que alumno/a lo requiera, equipo psicosocial genera estrategias
de contención emocional, instancia en la que se evita indagar acerca de la
situación.
4.10 PROTOCOLO DE ASISTENCIA ESCOLAR
1.- En el caso de que un estudiante presente inasistencia por 1 o más días debe
ser justificado personalmente o vía comunicación escrita a través de la agenda
escolar.
2.- En el caso de contar con un certificado médico, éste deberá presentarse
dentro de las 24 horas después de emitido el certificado. Este documento será
entregado en inspectoría.
3.- El inspector que toma conocimiento de la justificación debe informar
inmediatamente a la encargada de ingresar la asistencia y el profesor jefe,
además de registrar la justificación en panel informativo para docentes.
4.- En el caso de presentar tres inasistencias o más sin presentar justificación
adecuada, será la inspectora la encargada de informar el hecho a la trabajadora
Social correspondiente (SEP o PIE).
5.- Será responsabilidad de las Trabajadoras Sociales mantener un monitoreo
semanal de la asistencia de los estudiantes, realizando llamados telefónicos
y/o visitas domiciliarias hasta obtener respuesta respecto de la asistencia del
o la estudiante.
6.- En el caso de no encontrar respuesta durante dos semanas o más, la
Trabajadora Social deberá informar a Dirección, con la finalidad que se
informe al Tribunal de Familia y se realice medida cautelar.
4.11 RETIRO DE ALUMNOS
1.- Apoderado solicita el retiro de alumno/a del establecimiento.
2.- Inspector acude personalmente a buscar al alumno/a al aula
correspondiente.
3.- Se realiza registro de retiro de alumno/a en acta y se solicita firma del
apoderado. A su vez, se informa a secretaria a cargo de ingresar asistencia al
SIGES de la situación.
4.12 PROTOCOLO DE SALIDAS PEDAGOGICAS
1.- Con el propósito de complementar la formación integral de los y las
estudiantes, profesor/a contempla en su planificación una actividad
pedagógica formativa fuera del establecimiento.
2.- profesor/a a cargo envía comunicación a apoderados, adjuntando
autorización, la cual debe ser devuelta firmada por apoderado.
3.- Si la autorización no es firmada por apoderado, el o la estudiante no podrá
participar de actividad.
4.13 PROTOCOLO PARA CITACIÓN A APODERADOS
1.- Las citaciones a apoderados por parte de cualquier estamento de la
comunidad educacional deben ser adjuntadas a la agenda del alumno/a.
guardando respaldo de aquello.
2.- Toda persona del colegio que haya realizado citación, debe dar aviso a
recepción del establecimiento, indicando nombre de apoderado, horario de
entrevista y lugar de esta.
3.- El apoderado deberá registrarse en recepción, al momento de presentarse
a entrevista.
4.- El encargado de recepción da aviso de llegada a persona que citó, quien se
dirige a buscar a apoderado y conducirlo a entrevista.
5.- La entrevista debe ser registrada por parte de quien cita, estableciendo
compromiso y firma de estos. Estipulando, fecha de entrevista, quienes
asisten, objetivos, temas tratados, acuerdos y plazos.
6.- Una vez finalizada la entrevista, se acompaña a apoderado hasta recepción.
4.14 PROTOCOLO PARA ACCIDENTE ESCOLAR
Al tener conocimiento de un estudiante accidentado, se adoptará el siguiente
procedimiento:
1.- Si el accidente ocurre al interior del aula, el docente a cargo del curso
deberá evaluar el tipo de accidente y el nivel de compromiso de la salud del
estudiante. En el caso de ocurrir el accidente en el horario del recreo será las
inspectoras de patio las encargadas de realizar tal evaluación.
2.- El adulto responsable (Docente o Inspector) deberá comunicar y describir
el hecho a la Inspectora General, Subdirectora o Encargada de Convivencia
Escolar, quienes serán las responsables de evaluar el tipo de accidente
(Accidente leve con llamado al apoderado, Accidente grave con llamado al
apoderado, Accidente grave con llamado al apoderado y/o ambulancia).
3.- Secretaría debe llamar inmediatamente al apoderado del accidentado para
que este se presente en el establecimiento a retirar al estudiante y de ser
necesario, acompañarlo al hospital o Centro Asistencial.
4.- El accidentado se mantendrá en enfermería hasta que se realice su traslado.
5.- Secretaría emitirá el formulario de Accidente Escolar, entregando el
documento bajo firma en registro de Accidentes Escolar.
6.- El profesional del Equipo Directivo llamará al SAMU (ambulancia) si el
caso lo requiere, siguiendo minuciosamente las instrucciones que sean
entregadas.
7.- La responsabilidad del colegio en caso de accidente, llega hasta el
momento en que el estudiante es entregado a sus padres y/o apoderado.
8.- Se llevará un registro de los estudiantes accidentados y derivados a centros
hospitalarios. Además se dará cuenta a Dirección.
9.- El personal del colegio no está autorizado para trasladar enfermos o
accidentados en sus autos particulares, por el riesgo que esto encierra,
especialmente en la manipulación indebida de un accidentado. No obstante
en caso de urgencia, que no se cuente con el servicio de ambulancia, el
apoderado firmara autorización.
4.15 SISMO
1.- Lo primero y más importante es mantener la calma y el orden individual
como del grupo.
2.- El alumno (a) encargado(a) o profesor de cada aula, proceda a abrir la o
las puertas, como también en forma permanente mantener libre el área de
salida, de mesas y sillas con tal de dar paso a una evacuación del aula rápida
y sin dificultades. En cada sala debe estar a la vista el plano de evacuación y
los nombres de encargados de emergencia.
3.- Una vez realizado lo anterior (dada la alerta) el Directivo a cargo, llamará
a la evacuación del recinto a través del toque de la campana continuo por a lo
menos 1 minuto, dando las instrucciones mediante la utilización del sistema
de amplificación, para que las personas se acerquen en forma ordenada e
inmediata hacia las zonas de seguridad.
En el caso de que el sismo presente una magnitud en que no se pueda
mantener en pie, los estudiantes y funcionarios se ubicarán al costado de una
superficie solida (triángulo de la vida), hasta que el sismo pare y puedan
realizar la evacuación a la zona de seguridad.
4.- El paso siguiente del profesor es tomar en su poder el registro de asistencia
(libro digital).
5.- El docente de aula tomará posición en la parte interior de la puerta de
salida, dando instrucciones para la evacuación a la zona de seguridad
respectiva, indicando a los estudiantes evacuar en fila india, en forma
ordenada y caminando a paso rápido, sin ningún elementos en sus manos..
Una vez que salga el último alumno o persona, el docente procederá a evacuar
y dirigirse a la zona de seguridad interna.
6.- El profesor pasará lista en la zona de seguridad para verificar que estén
todos los alumnos y las personas que estaban en la dependencia.
7.- Use las vías de evacuación hacia las zonas de seguridad, no realice la
evacuación por otros lugares que usted estime o crea más convenientes (puede
existir riesgos como caída de muros, cornisas, cables eléctricos, paneles,
pizarras, maceteros, etc...)
8.- Tanto el profesor como los alumnos, padres y apoderados y personas
presentes, deberán quedarse y permanecer en la zona de seguridad hasta que
se levante la situación de emergencia.
9.- El equipo Directivo revisarán las salas y dependencias para verificar el
estado de las salas e informarán a la Coordinadora de Seguridad Escolar.
10.- En caso que el Coordinador de Seguridad Escolar lo determine, informará
por micrófono el retorno a las salas de clases y dependencia.
11.- En el caso de que el establecimiento no se encuentre en condiciones
óptimas para reanudar las actividades escolares, será la Directora quien
informará al sostenedor el hecho y serán las secretarias las encargadas de
comunicar a los padres y apoderados la suspensión de clases.
4.16 INCENDIO
1.-Identifique el lugar del foco para determinar pasos a seguir rápidamente
La situación debe ser informada de inmediato a la Dirección del Colegio,
quien llamará en forma inmediata a Bomberos Teléfono 132
Los encargados en forma inmediata concurrirán al lugar del amago o fuego
declarado, iniciando el apagado del siniestro con las mangueras contra
incendios y extintores.
Si el fuego es de carácter de Siniestro Grave solo bomberos debe intervenir,
el personal y apoderados no deben de exponerse a ningún riesgo.
Se debe identificar las rutas de evaluación que darán seguridad al alumnado
en su descenso o ruta hacia la Zona de seguridad.
El retorno a las actividades normales se ordenará, solamente, cuando el
encargado de la unidad del cuerpo de bomberos Director o Comandante a
cargo, entregue conforme las dependencias del edificio involucrado.
En caso de tener que evacuar todo el colegio, se procederá a dirigir a todos
los estudiantes y personas ocupantes del establecimiento a la Zona de
Seguridad ubicada por la salida de calle Uno Oriente, donde se esperará la
orden de regreso a las instalaciones.
En caso de no poder regresar, se informará a los Padres y Apoderados la
necesidad de retirar a los alumnos por las puertas principales.
4.16 ARTEFACTO EXPLOSIVO
La situación será informada de inmediato a la Dirección del Colegio, quien
tomarán la decisión de informar a Carabineros de y si corresponde ellos
derivarán a Grupo de Operaciones Policiales Especiales GOPE.
Los Inspectores y Auxiliares en forma cautelosa y sin exponerse realizarán un
barrido, en caso de atentado explosivo para asegurarse de que no hay
elementos o bultos extraños en el establecimiento.
En caso de que el personal encuentre algún elemento extraño, este deberá
alejarse e informar de manera inmediata a la Dirección del Colegio ya que el
objeto sólo debe ser revisado o manipulado, por personal especializado
(GOPE).
La alerta será dada curso por curso por un inspector o directivo con la
finalidad de lograr una evacuación ordenada y sin pánico.
El retorno a las actividades normales se ordenará, solamente, cuando el
encargado de la unidad de Carabineros, entregue conforme las dependencias
del edificio.
En caso de tener que evacuar todo el colegio, se procederá a dirigir a todos
los estudiantes y personas ocupantes del establecimiento a la Zona de
Seguridad ubicada en la multicancha vecinal. Para tales efectos se deberá
salir por el portón de calle uno oriente, donde se esperará la orden de regreso
a las instalaciones.
En caso de no poder regresar, se informará a los Padres y Apoderados la
necesidad de retirar a los alumnos del establecimiento
4.17 BALACERA EN INMEDIACIONES DEL ESTABLECIMIENTO
1.- Se debe reportar por parte de Dirección la situación a carabineros.
2.- Si la situación ocurre en hora de clase los docentes deberán indicar a los
estudiantes permanecer en la sala, recostados boca abajo, con los brazos al
costado alejados de puertas y ventanas y sin levantar la cabeza.
3.- Si los estudiantes se encuentran fuera del aula (baños patio, áreas
administrativas), deberán ser guiados a los lugares de seguridad más cercanos,
o permanecer quietos y protegidos donde están. DEBE EVITARSE CORRER
DURANTE UN TIROTEO.
4.- Por ningún motivo debe evacuarse la escuela durante un tiroteo. Los
estudiantes están más seguros dentro de la escuela que en la calle.
5.- Si durante el tiroteo hay madres, padres o apoderados fuera de la escuela,
se debe hacer pasar y ubicarlos en un lugar seguro.
6.-Durante el evento, con niños y niñas menores de ocho años, realizar
actividades lúdicas, cantar o jugar a las adivinanzas.
7.- Tranquilizar a quienes gritan, hacen bromas o difunden rumores en el
momento de la crisis. Si alguien resulta herido brindar los primeros auxilios.
NO ASOMARSE POR PUERTA O VENTANAS, NO ENTRAR EN
CONTACTO CON LOS AGRESORES, NI TOMAR FOTOGRAFÍAS O
VIDEOS DEL SUCESO.
4.18 PROTOCOLO DE ACCIÓN PARA PADRES, MADRE Y
APODERADOS EN SITUACIONES DE EMERGENCIA
Si el apoderado se encuentra en el establecimiento (reunión de apoderado,
actos, presentaciones, etc.) debe seguir las instrucciones de los encargados de
seguridad y/o las autoridades de la institución.
En ningún caso debe entrar a las salas de clases o tratar de retirar a su pupilo
en el momento de la emergencia (sismo, incendio, alerta de tsunami), puesto
que serán los profesores los responsables de la seguridad de los estudiantes.
En el caso de decidir retirar al o la estudiante después de la emergencia,
deberá salir y esperar que las inspectoras cumplan con los protocolos de retiro
de estudiantes.
En el caso de encontrarse fuera del establecimiento en el momento de la
emergencia, los padres, madres y apoderados, deben esperar que las
autoridades de la institución tomen las decisión de suspender o no las clases.
En cualquier caso el apoderado debe esperar fuera de la reja, esperando en
orden la entrega de los estudiantes por parte de las inspectoras.
POR NINGÚN MOTIVO LOS APODERADOS DEBEN ENTRAR AL
ESTABLECIMIENTO SIN AUTORIZACIÓN, PUESTO QUE EN UNA
EMERGENCIA ESTA ACCIÓN PUEDE VULNERAR LA
SEGURIDAD DE ALGÚN MIEMBRO DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA.
ES DE VITAL IMPORTANCIA MANTENER LA CALMA EN TODO
MOMENTO TRANSMITIÉNDOLE A NUESTROS ESTUDIANTES LA
TRANQUILIDAD NECESARIA PARA ESTOS CASOS.
4.19 PROTOCOLO DE INVESTIGACIÓN
En el caso de presentarse cualquier situación que requiera clarificar los
hechos, la Dirección de establecimiento determinara el inicio del “Proceso de
Investigación”. Será la Directora, en este caso, quien solicitará a uno o más
profesionales para la realización de ésta.
1. Ocurrencia del hecho o incidente (accidente escolar, agresión,
situación de convivencia, etc.).
2. Comunicación a la Dirección del establecimiento del caso por parte
de Inspectoría General o Equipo de Convivencia Escolar.
3. Información al equipo responsable de la investigación.
Comunicación de la Dirección a él o los profesionales a cargo de la
investigación.
4. Realización de entrevistas. Recopilación de relatos a los y las
involucrados en los hechos mediante la técnica de entrevista
personalizada, utilizando formato de entrevista personalizada. Cabe
puntualizar que los testimonios recopilados son de carácter
confidencial. (anexo).
5. Análisis de caso. Equipo multidisciplinario según corresponda
(equipo directivo, psicosocial, comité de convivencia escolar y/o
consejo escolar) realizará análisis de caso e indicarán las medidas
correspondientes.
6. Informe de Investigación. El o los responsables de la investigación
serán los encargados de entregar el informe de investigación a la
dirección del establecimiento respetando el formato institucional, en
un plazo no mayor a 10 días hábiles. (anexo)
7. Comunicación de resultados. La dirección del establecimiento
comunicará los resultados de la investigación a los involucrados en
el incidente.
4.20 ROTOCOLO DE ACOSO ESCOLAR
• Señala el procedimiento conforme al cual los
funcionarios del establecimiento cumplirán el deber de poner en
conocimiento de manera formal
a los Tribunales de Familia de cualquier hecho que constituya u
na
vulneración de derechos en contra de un estudiante, tan pronto
lo advierta.
• Debe manifestar
el deber de los funcionarios del establecimiento, de poner en
conocimiento o denunciar de manera formal
a los Tribunales de Familia de cualquier hecho que constituya
una vulneración de derechos en contra de un estudiante, tan pronto lo advierta.
• Se señala el procedimiento mediante el cual los
funcionarios del establecimiento cumplirán con la obligación de
denunciar al Ministerio Público, Carabineros de
Chile, Policía de Investigaciones o ante cualquier
tribunal con competencia penal, cuando existan
antecedentes que hagan presumir la existencia de un delito o se
tenga conocimiento de hechos constitutivos de delito que
afectaren a los estudiantes
o que hubieren tenido lugar en el local que sirve de
establecimiento educativo, dentro de las 24 horas siguientes al m
omento en que tomaren conocimiento del hecho.
No todas las formas de agresión constituyen acoso escolar. Tal como su
nombre indica y lo establece la ley, para que se trate de acoso escolar (también
llamado Bullying, matonaje, acoso escolar, hostigamiento), se requiere: - que
exista un acto u omisión constitutivo de agresión u hostigamiento - que el
hecho de violencia o de acoso sea reiterado, - que la agresión o forma de
violencia empleada sea realizada dentro o fuera del establecimiento, en forma
individual o colectiva, en contra de otro estudiante. - que exista abuso de
situación de superioridad o de indefensión respecto de otro, el que se siente
expuesto a maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal
de carácter grave, tomando en cuenta su edad y condición.
Es importante considerar que un adulto no hace bullying a un estudiante, se
debe recordar que este acoso o bullying es un fenómeno que ocurre entre
pares, si existe agresión física o psicológica por parte de un adulto a una
estudiante, se trata de un abuso de poder.
Procedimiento ante Acoso Escolar entre estudiantes:
Ante la denuncia de una posible situación de acoso escolar, se deberá actuar
de acuerdo a lo establecido en el Manual de Convivencia Escolar en lo que
respecta a Faltas Gravísimas.
Todo afectado por un hecho de violencia escolar deberá contar con un
espacio de contención y conversación en que se le explicarán los pasos a
seguir ante el hecho ocurrido. Este rol debe ser asumido por el Encargado de
convivencia escolar con apoyo del psicólogo/a del establecimiento. Además,
ocurrido el hecho de violencia escolar, se deberá citar de manera urgente al
apoderado, tanto del eventual agresor como de la víctima.
Es importante separar los espacios de conversación, teniendo claro que
existen instancias y/o temas que se deben hablar entre adultos y otros en que
los niños o adolescentes pueden estar presentes.
Una vez que el o los apoderado/s se encuentren en el establecimiento, se debe
disponer de un primer momento para conversar privadamente con los adultos,
y luego incorporar al estudiante, salvo que la situación aconseje
conversaciones por separado. No se debe ocultar información ni minimizar
los hechos, explicando claramente a las familias los pasos a seguir. De estas
conversaciones deberá quedar registro y firma en hoja de entrevista a
apoderado y constancia.
En el caso de que la agresión ocurra a través de medios tecnológicos se
procederá de la misma forma anteriormente descrita. Siempre se debe
proceder, primeramente, a una instancia de mediación y conciliación, y si ello
no es posible, iniciar una investigación de acuerdo a los procedimientos
establecidos en Manual de Convivencia Escolar, tomando todos los
resguardos necesarios a fin de proteger los derechos e integridad tanto de la
eventual víctima como del posible agresor. Sin perjuicio de lo anterior, y de
acuerdo a la gravedad de los hechos, el Director del establecimiento o quien
lo subrogue o reemplace, deberá realizar la correspondiente denuncia ante la
autoridad competente (Fiscalía, Carabineros o Policía de Investigaciones)
dentro de las veinticuatro horas de conocido el hecho, conforme a la ley.
Agresión de adulto a estudiante
Son aquellas agresiones realizadas por un algún miembro de la comunidad
escolar, distinto de un educando, (directivo, docente, asistente de la educación
y padre y/o apoderado) en contra de un estudiante, contra su dignidad o que
arriesgan su integridad física y/o síquica. Tales como; coscorrones, tirones de
oreja, bofetadas, gritos, burlas, amenazas, insultos, descalificaciones, entre
otras.
La Ley de Violencia Escolar, considera especialmente graves los hechos de
violencia ya sea física o sicológica, que cometan adultos a alumnos miembros
de la comunidad educativa. Además, cualquiera de estas conductas abusivas
atenta contra el Art. 28 Nº2 de la Convención sobre los Derechos del Niño, el
Art. 5º inc. 2º de la Constitución Política de Chile y el Art. 6º letra d) del DFL
2 de Subvenciones.
Procedimiento ante agresión de adulto a estudiantes:
Cualquier miembro de la comunidad escolar que conozca, tome conocimiento
o sea víctima de una agresión de parte de un adulto a un estudiante deberá
informar la situación a un miembro del equipo Directivo o Encargado de
Convivencia Escolar del establecimiento. Ante una situación de este tipo, el
Director o cualquier miembro del Equipo Directivo activará el Protocolo de
Investigación con la finalidad de aclarar los hechos y tomar decisiones según
corresponda.
Ante la presencia de lesiones evidentes, se deberá realizar la constatación de
lesiones. Tal acción se realizará solo en compañía del apoderado, siendo éste
quien autorice el procedimiento.
En el caso de confirmarse la agresión, el Director o cualquier miembro del
Equipo Directivo, deberá realizar la denuncia ante la autoridad competente,
según lo expresado por la ley:
• Agresiones no constitutivas de delito, deberá efectuarse en un plazo
máximo de cinco días hábiles.
• Agresiones constitutivas de delito deberá realizarse dentro de las 24
horas ocurrido el hecho.
4.21 MALTRATO A ESTUDIANTE POR PARTE DE UN DOCENTE,
ASISTENTE DE LA EDUCACIÓN, DIRECTIVO O APODERADO
El buen trato incluye todos los estilos de relación y comportamiento que
promueven el bienestar y aseguran una buena calidad de vida. Esto supone
el reconocimiento de las propias necesidades y las del otro, así como el
respeto por los derechos de las personas de vivir bien.
El maltrato incluye aquellos estilos de relación y comportamientos que
interfieren con el desarrollo de los estudiantes o lo alteran porque no
reconocen sus necesidades ni sus derechos.
Este protocolo contempla el maltrato físico y psicológico.
El miembro de la comunidad educativa que identifique una situación de
maltrato hacia un estudiante debe informar el hecho a la Directora, quien
activará inmediatamente el protocolo siguiendo las siguientes acciones:
1.- Entrevista con los padres y/o apoderados a fin de comunicar los hechos e
informar sobre la activación de protocolo.
2.-Investigación a partir de la técnica entrevistas personalizadas a los
involucrados. Las entrevistas se realizarán con la participación de la
psicóloga del establecimiento.
3.-En el caso de confirmarse el maltrato al estudiante, en un plazo máximo
2 días hábiles se debe derivar a la dupla psicosocial del establecimiento (PIE
o SEP) con la finalidad que se realice contención al estudiante y su familia, y
se evalúe los alcances emocionales del maltrato. Si se estima conveniente
será derivado a profesional externo para atención especializada.
4.-En el caso de ser un funcionario del establecimiento el causante del
maltrato al estudiante, se informará el hecho vía oficio al sostenedor
Corporación Municipal, a fin de que se tomen las acciones que la entidad
estime conveniente.
En el caso de que un apoderado que sea responsable del mal trato se evaluará
la situación a fin de determinar sanciones según lo establecido en el Manual
de convivencia (falta del apoderado).
El funcionario o apoderado responsable del hecho deberá participar, en un
plazo no mayor a 5 días hábiles, de talleres con el equipo psicosocial del
establecimiento, con la finalidad de desarrollar estrategias en torno a la
temática de buen trato y resguardo de derecho de los estudiantes. En el caso
de negarse el apoderado se tomarán medidas establecidas en el manual de
convivencia (falta del apoderado).
4.22 INASISTENCIA DE LOS APODERADOS A REUNIONES O
CITACIONES
1.- Si el apoderado justifica su inasistencia con anticipación a reunión el
docente debe agendar una entrevista según su horario de atención.
2.- Si el apoderado no justifica con anticipación su inasistencia, deberá ser
citado por el profesor jefe para entrevista personalizada, además de derivarse
el caso a Orientadora, para la realización de consejería.
3.- En el caso de presentarse 2 o más inasistencias, el caso se derivará a
Inspectoría General, con la finalidad que se tomen las medidas estipuladas en
el rmanual de convivencia (falta del apoderado).
4.23.-PROTOCOLO PARA LA INCLUSIÓN DE PERSONAS LGBTI
Definiciones
IDENTIDAD DE GÉNERO: Se refiere a la vivencia interna e individual del
género tal como la persona se siente profundamente, la cual podría
corresponder o no con el sexo asignado al nacer, incluyendo la vivencia
personal del cuerpo.
EXPRESIÓN DE GÉNERO: Se refiere a cómo una persona manifiesta su
identidad de género y la manera en que es percibida por otros a través de su
nombre, vestimenta, expresión de roles sociales y su conducta en general,
independientemente del sexo asignado al nacer.
TRANS: Término General referido a personas cuya identidad y/o expresión
de género no se corresponde con las normas y expectativas sociales
tradicionalmente asociadas con el sexo asignado al nacer.
Principios orientadores para la comunidad educativa respecto a las niñas,
niños y estudiantes TRANS
a) Dignidad del Ser Humano: “De conformidad a lo establecido en el
literal n) de artículo 3 del DFL N°2, del 2009, del Ministerio de
Educación, el sistema educativo chileno se inspira en el pleno
desarrollo de la personalidad humana y en el respeto a su dignidad”.
b) Interés superior del niño, niña y adolescente: De conformidad a lo
establecido en el párrafo 1 del artículo 3° de la Convención sobre los
Derechos del Niño, todo niño y niña tiene “…el derecho a que se
considere y tenga en cuenta de manera primordial su interés superior
en todas las medidas o decisiones que lo afecten, tanto en la esfera
pública como privada”.
c) Inclusión Escolar: Ley N° 20.845 “Elimina toda discriminación
arbitraria en el proceso de admisión de niños, niñas y estudiantes;
por lo que obliga a los establecimientos educacionales a velar por la
plena inclusión en el sistema escolar de todos y todas, y por
extensión de los niños, niñas y estudiantes LGBTI.
d) No discriminación arbitraria: La ley N°20.609, que establece
medidas contra la Discriminación en su artículo 1°, impone a la
Superintendencia de Educación, en el ámbito de sus competencias,
elaborar e implementar las políticas destinadas a garantizar a toda
persona, sin discriminación arbitraria, el goce y ejercicio de sus
derechos y libertades reconocidos por la Constitución Políticas de la
República, las leyes y los tratados internacionales ratificados por
Chile y que se encuentran vigentes.
e) Buena convivencia: Según lo dispuesto en el artículo 16 C del DFL
N°2, de 2009, del Ministerios de Educación, los alumnos, alumnas,
padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la
educación, así como los equipos docentes y directivos de los
establecimientos educacionales deberán propiciar un clima escolar
que promueva la buena convivencia de manera de prevenir todo tipo
de acoso escolar.
Procedimiento en caso de estudiantes:
1.- La persona miembro de la comunidad educativa que identifique la
necesidad de un estudiante respecto de su identidad de género debe informar
el caso a la Directora, quien será la responsable de activar el protocolo.
2.- El caso será derivado en un plazo de 3 días hábiles al equipo psicosocial
que corresponda (PIE – SEP), con la finalidad de que se entregue la primera
contención al estudiante y se realice seguimiento de las acciones.
3.- Se establecerá comunicación con el apoderado en forma inmediata con la
finalidad de concretar una reunión entre éste y la Directora y el equipo
psicosocial del establecimiento, en un plazo no mayor a cinco días hábiles,
determinando las acciones a seguir según las necesidades específicas del
estudiante.
➢ Atención Psicosocial de equipos internos.
➢ Acompañamiento a la familia del o la estudiante.
➢ Derivación a equipo psicosocial externo al estudiante y su
familia: En el caso se identificarse la necesidad de una
intervención especializada se realizará derivación a equipos
externos.
➢ Talleres de intervención en el curso del o la estudiante
➢ Socialización con docentes que trabajen con él o la estudiante.
➢ Se establecerán medidas en favor del o la estudiante previa
solicitud de su padre, madre, apoderado, tutor legal o el o la
estudiante.
a) Uso del nombre social en todos los espacios
educativos: Como forma de velar por el respeto de su
identidad de género, la Directora instruirá a todos los
adultos responsables de impartir clases en el curso para
que usen el nombre social correspondiente. En los
casos que corresponda, esta instrucción será impartida
a todos los funcionarios y funcionarias del
establecimiento, procurando siempre mantener el
derecho a la privacidad, dignidad, integridad física,
moral y psicológica del niño, niña o estudiante.
b) Uso del nombre legal en documentos oficiales: El
nombre legal de la niña, niño o estudiante trans seguirá
figurando en los documentos oficiales del
establecimiento, tales como el libro de clases,
certificado anual de notas, licencias de educación
media, entre otros, en tanto no se realice el cambio de
identidad en los términos establecidos en la normativa
vigente.
c) Presentación personal: El niño, niña o estudiante
tendrá derecho de utilizar el uniforme, ropa deportiva
y/o accesorios que considere más adecuado a su
identidad de género, independiente de la situación
legal en que se encuentre.
d) Utilización de servicios higiénicos: Se deberá dar
facilidades a las niñas, niños y estudiantes trans para el
uso de baños y duchas de acuerdo a las necesidades
propia del proceso que estén viviendo, respetando su
identidad de género. El establecimiento en conjunto
con la familia deberá acordar las adecuaciones
razonables procurando respetar el interés superior del
niño, niña o estudiante, su privacidad física y
psicológica y moral. Las adecuaciones podrán
considerar baños inclusivos u otras alternativas
previamente acordadas.
e)
4.24 PROTOCOLO PARA GIRAS DE ESTUDIO
Se entiende como Gira de Estudio las actividades educativas extraescolares
que se planifican, organiza y realizan, tanto dentro como fuera del territorio
nacional, con el objetivo de adquirir experiencias en los aspectos económicos,
sociales, culturales y cívicos, de la vida de la región que visiten, que
contribuyan a la formación y desarrollo integral.
1.- Profesional a cargo solicita autorización para la gira a la Dirección,
utilizando “Ficha Solicitud para Autorización de Actividades”.
2.- Directora determina profesional encargado de planificar, organizar y
realizar la gira de estudio.
3.- Profesional a cargo deberá presentar a Dirección, con 20 días hábiles de
anticipación la planificación de la actividad, la que contemple: Justificación,
objetivo pedagógico, itinerario, recursos, transporte, autorizaciones, etc.
4.- Directora informa por medio de oficio, con diez días de anticipación de la
salida, los antecedentes de la gira de estudio al Departamento Provincial de
Educación.
5.- La Directora deberá mantener disponible en el establecimiento una carpeta
con los siguientes documentos: autorización de padres y apoderados
debidamente firmada, nombre completo del profesional a cargo de la gira,
fotocopia de la documentación del medio de transporte que se utilizará
(número de patente, permiso de circulación y registro de seguros al día),
antecedentes del conductor (licencia de conducir al día), copia del oficio con
el cual informó al departamento de educación los antecedentes del viaje y el
expediente entregado por el Departamento Provincial de Educación.
6.- Una vez finalizada la gira de estudio el profesional a cargo debe entregar,
en un plazo de 5 días hábiles un informe escrito con los alcances de la
experiencia.
4.25 PROTOCOLO DE APELACIÓN DE UNA MEDIDA
DISCIPLINARIA
1.- En el momento de evidenciada la conducta se realiza entrevista con el
apoderado del estudiante con la finalidad de comunicar las medidas
disciplinarias adoptadas por el establecimiento.
2.- En el caso de que el apoderado no esté de acuerdo con las medidas tiene
la posibilidad de apelar mediante la utilización del documento “Pauta de
Apelación de la Medida”.
3.- En el caso de tratarse de una medida disciplinaria relacionada con una falta
grave, el tiempo de apelación es de 5 días hábiles para apelar y 5 días hábiles
para respuesta previa consulta al Consejo de Profesores.
4.- En el caso de tratarse de una medida de expulsión o cancelación de la
matrícula, el apoderado cuenta con un plazo de 15 días para la realización de
la apelación, mediante la “Pauta de Apelación de la Medida”, siendo
respondida por Dirección en un plazo de 10 días previa consulta al Consejo
de Profesores.
4.25 PROTOCOLO DE AULA SEGURA
LEY NÚM. 21.128, con la modificación de los artículos N°1, de la letra D, Artículo
N°6 del decreto con fuerza de ley Nº 2, del Ministerio de Educación, de 1998, y
Artículo 2º.- Las causales que afecten gravemente la convivencia escolar previstas
en el párrafo sexto, así como el procedimiento establecido en el párrafo
decimocuarto, ambos de la letra d) del artículo 6º del decreto con fuerza de ley
Nº 2, del Ministerio de Educación, de 1998
Medidas pedagógicas previas al procedimiento de expulsión o
cancelación de matrícula, excepto cuando la conducta afecte gravemente
la integridad física y psíquica
El director: Notificación del inicio de la investigación
Estudiante o Apoderado: Presenta descargos o alegaciones
Luego de la investigación 15 días hábiles para notificar resultados de
parte del director. En este período el alumno o apoderado podrá solicitar
reconsiderar la resolución.
Director entrega sanción previa consulta al consejo de profesores.
➢ Las medidas de expulsión y cancelación de matrícula sólo
podrán aplicarse cuando: - Sus causales estén claramente
descritas en el Manual Interno del establecimiento, o - Afecten
gravemente la Convivencia Escolar.
➢ Siempre se entenderá que afectan gravemente la convivencia
escolar los actos cometidos por cualquier miembro de la
comunidad educativa, tales como profesores, padres y
apoderados, alumnos, asistentes de la educación, entre otros, de
un establecimiento educacional, que causen daño a la integridad
física o síquica de cualquiera de los miembros de la comunidad
educativa o de terceros que se encuentren en las dependencias
de los establecimientos, tales como agresiones de carácter
sexual, agresiones físicas que produzcan lesiones, uso, porte,
posesión y tenencia de armas o artefactos incendiarios, así como
también los actos que atenten contra la infraestructura esencial
para la prestación del servicio educativo por parte del
establecimiento.
➢ La proporcionalidad de la sanción debe reflejarse en todas
aquellas conductas que el sostenedor sume o agregue a aquellas
descritas en la Ley que afecten gravemente la convivencia
escolar.
➢ Las sanciones se verán reflejadas de acuerdo a la falta (leve,
grave, gravísima), aplicando la misma resolución de estas
descritas en el manual de convivencia escolar.
4.26 PROTOCOLO DE ACOGIDA DE ALUMNOS Y ALUMNAS
EXTRAJERAS
1.- Entrevista de alumno y apoderado con el encargado de
convivencia escolar
2.- A través de la matricula se realiza un listado de los alumnos y
alumnas extranjeras.
3.- El profesor Jefe realiza derivación a través de un listado al equipo
SEP.
4.- El equipo SEP analiza cada caso junto con el profesor jefe para
resolver las necesidades propias del alumno o alumna.
5.- Entrevistar al apoderado por el Equipo SEP, evaluando las
acciones a seguir.
4.27 PROTOCOLO DE PREVENCIÓN DE CONDUCTA SUICIDA
Según la guía de “Recomendaciones para la prevención de la Conducta
Suicida en establecimientos educacionales” del MINSAL (en su primera
versión, año 2019), la conducta suicida se puede expresar mediante las
siguientes formas:
Ideación suicida
Abarca un continuo que va desde pensamientos sobre la muerte o sobre morir
(“me gustaría desaparecer”), deseos de morir (“ojalá estuviera muerto”),
pensamientos de hacerse daño (“a veces tengo deseos de cortarme con un
cuchillo”), hasta un plan específico para suicidarse (“me voy a tirar desde mi
balcón”).
Intento de suicidio
Implica una serie de conductas o actos con los que una persona
intencionalmente busca causarse daño hasta alcanzar la muerte, no logrando
su consumación.
Suicidio consumado
Término que una persona, en forma voluntaria e intencional, hace de su vida.
La característica preponderante es la fatalidad y la premeditación.
De acuerdo a lo anterior, se debe realizar lo siguiente:
1.- Cualquier miembro de la comunidad educativa, pesquisa el riesgo de
conducta suicida en algún alumno o alumna, debe realizar la derivación
inmediata al facilitador (Encargado de convivencia escolar y/o dupla
psicosocial SEP).
2.- Facilitador debe realizar aplicación de “pauta para la evaluación y manejo
del riesgo suicida”.
3.- El facilitador que realiza la valoración de riesgo, debe informar a los
apoderados o adultos responsables de la situación.
4.- De acuerdo a la valoración de riesgo se determinará las acciones a seguir
por el establecimiento educativo (seguimiento de caso, derivación a Centro
de APS, derivación a servicio de urgencia).