REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR …particularuno.cl/pdf/REGLAM. EVALUACION I Y II...
Transcript of REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR …particularuno.cl/pdf/REGLAM. EVALUACION I Y II...
Colegio Particular N°1 de Ñuñoa
Juan Moya Morales1764- Fonos 22713374-2211125-9-8270023
E-Mail:[email protected]
COLEGIO PARTICULAR N°1 DE ÑUÑOA 2016
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y
PROMOCIÓN ESCOLAR ENSEÑANZA
MEDIA
DECRETO N°112 (PRIMERO Y SEGUNDO AÑO DE ENSEÑANZA MEDIA)
PRESENTACION
“Como organización educativa, nuestro propósito es el logro
permanente y sostenido de aprendizajes significativos y profundos de
todos nuestros niños y niñas. Es por ello que entendemos la
evaluación como parte fundamental del aprendizaje, un proceso de
mejora, entendimiento y valoración que ayudara a nuestros
estudiantes a construir sus proyectos de vida”.
Óscar Pérez Vásquez
Director
DISPOSICIONES GENERALES
1- El Director del establecimiento en consulta resolutiva al Consejo de
Profesores, establece el siguiente Reglamento sobre Evaluación,
calificación y promoción escolar.
2- Los estudiantes de Primero y Segundo medio, del Colegio Particular N°1
de Ñuñoa, estarán regulados en su proceso de evaluación y promoción,
según la normativa vigente y será concordante con los nuevos
lineamientos curriculares establecidos por el Mineduc para estos niveles de
enseñanza, resguardando las necesidades y características de nuestros
alumnos y alumnas.
3- El Reglamento de evaluación considera orientaciones Técnicas
pedagógicas del marco curricular de enseñanza media, además se tendrá
presente todos los lineamientos de evaluación que consignan los
programas de estudio.
4- el presente documento será comunicado por escrito a todos los estudiantes
durante el mes de marzo y a todos los Padres y Apoderados a más tardar
en el momento de la matricula. Se enviara una copia al Departamento
Provincial de Educación Oriente.
DE LA EVALUACIÓN
1- El establecimiento se organizara académicamente para todos los sectores,
sub sectores y asignaturas del Plan de estudio en dos semestres. El
mínimo de calificaciones durante cada semestre, estará en relación con el
número de horas de clase semanales expresadas en el Plan de Estudio
correspondiente, según la siguiente asignación:
Semanales N° de Calificaciones
7 horas o más clases 8
6 horas de clases 7
5 horas de clases 6
4 horas de clases 5
3 horas de clases 5
1 y 2 “ clases 4
2- Los alumnos y alumnas que tengan dificultades temporales o permanentes
para desarrollar adecuadamente su proceso de aprendizaje en algunos
sectores o subsectores de aprendizaje, se aplicará procedimientos del
reglamento de evaluación diferenciada de nuestro establecimiento.(se
anexa documento)
3- En situaciones especiales donde las alumnas y (os) presenten
impedimentos o una necesidad educativa especial debidamente justificada
y certificada por especialista, el Director puede autorizar la eximición de una
asignatura previa consulta al profesor jefe y de asignatura. El alumno (a),
deberá participar en todas las actividades de la clase, de acuerdo a las
indicaciones otorgadas por el especialista y el profesor de asignatura. La
eximición es válida por el año lectivo y su renovación depende del
especialista tratante. Estas situaciones especiales serán informadas al
Consejo de Profesores y quedará en registro de acta.
4- En la Asignatura de Educación Física la eximición puede ser temporal. En
esta situación el apoderado deberá presentar en oficina de UTP certificado
médico en un plazo de siete días ocurrido el origen de la lesión. Cuando la
eximición es permanente el apoderado debe presentar la documentación
médica en UTP. Esto solo permitirá al alumno (a) no realizar la actividad
física, obteniendo sus calificaciones con trabajos escritos u otras.
5- El resultado de cada evaluación será informado a las alumnas (os), dentro
de un plazo no superior a los 15 días siguiente de su aplicación,
registrándose la nota en el libro de clases. No se puede aplicar una prueba
sin que los estudiantes conozcan la calificación anterior y puedan revisarla
con 48 horas de anticipación.
6- Los Padres y apoderados tendrán conocimiento de las evaluaciones de sus
pupilos (as), durante las reuniones de Padres y Apoderados, las cuales se
agendaran en forma mensual o en su efecto en el horario definido por el
profesor jefe para atención de Padres y apoderados.
7- Los logros de objetivos de aprendizaje transversal y objetivos
fundamentales transversales se registraran en informe de desarrollo
personal del alumno y alumna. Este informe se entregará periódicamente a
los Padres y Apoderados al término de cada semestre Académico.
8- Durante el proceso de enseñanza – aprendizaje, se emplearán diversas
formas de evaluación: Diagnóstica, formativa y sumativa.
Evaluación diagnóstica: se aplicará durante el mes de marzo. Los
resultados de la evaluación diagnóstica de inicio del año lectivo, podrá
expresarse en porcentaje de logros, los que constituirán el primer registro
parcial del año escolar. Esta evaluación permite saber sobre la presencia o
ausencia de habilidades, conocimientos, destrezas o conductas previas
para el inicio de un determinado aprendizaje y detectar las debilidades y
fortalezas de los alumnos (as) para reforzar las deficiencias o bien
potenciar las fortalezas.
Evaluación Formativa: Provee de retroalimentación al estudiante sobre sus
progresos y debilidades en el proceso de desarrollo de habilidades de
aprendizaje. Se desarrolla en forma sistemática y continua permitiendo
hacer los ajustes necesarios para introducir nuevas estrategias
metodológicas.
Evaluación Sumativa: Determinará el grado de logro de los objetivos de
aprendizaje o aprendizajes esperados, se aplicará según un calendario de
evaluaciones establecido y dado a conocer a los alumnos (as) padres y
apoderados y serán consignadas en el libro de clase en forma numeral con
coeficiente 1 y 2.
Además se considerará que la evaluación debe ser variada, por ejemplo:
Observación (espontanea- estructurada- observación externa, intercambios
orales con los alumnos (entrevistas- debates-disertaciones-etc.),
documentos y trabajos de los alumnos (carpetas-informes-ensayos- mapas
conceptuales – disertaciones – etc.), desempeño o producción de los
alumnos (obras de teatro- exposiciones- videos- demostraciones- muestras
fotográficas- diarios temáticos-etc.).
9- El presente Reglamento considera como práctica de evaluación: La
autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación.
DE LA CALIFICACIÓN
1- Los alumnos serán calificados en todas las asignaturas, subsectores o
actividades de aprendizaje del plan de estudio con escala numérica de 1.0
a 7.0. La calificación mínima de aprobación es 4.0, con un nivel de
exigencia de 60%.
2- La calificación obtenida por los alumnos en el subsector de Religión no
incidirá en su promoción y quedará registrado en el libro de clases y acta
final con conceptos.
3- La calificación obtenida en la asignatura de Orientación, no incidirá en la
promoción de alumnos.
4- La escala de notas sólo deberá referirse a aspectos relacionados con
rendimiento, no se deberá utilizar para calificar aspectos conductuales
(ausencias, o indisciplina).
5- En forma bimestral se aplicará un instrumento evaluativo coeficiente dos en
aquellas asignaturas que consignen una carga horaria superior a cuatro
horas semanales. Para aquellas asignaturas que contengan una carga
horaria inferior a la señalada en el párrafo anterior se aplicará una
evaluación coeficiente dos al término de cada semestre lectivo. Para ambas
situaciones se incorporará unidades de aprendizaje trabajadas en el sector,
subsector o asignatura durante el semestre académico (el objetivo de este
instrumento será preparar al alumno en la comprensión de una mayor
cantidad de contenidos y desarrollo de habilidades).
6- La calendarización de las pruebas coeficiente dos serán determinadas por
Unidad Técnica Pedagógica y consejo de profesores. La inasistencia a
pruebas coeficientes uno o dos deben ser justificadas por el apoderado
personalmente en Oficina de UTP o con Certificado médico para su
reprogramación.
7- En caso que el alumno no entregue su trabajo o entregue prueba en blanco,
se dará una segunda oportunidad, donde el docente evaluara los mismos
contenidos y objetivos de aprendizaje (en un plazo no superior a siete días).
Esta situación quedará consignada en el libro de clases.
8- El alumno que sea sorprendido copiando en prueba o adultere la
evaluación, será sometido a una prueba o interrogación, en el momento que
el profesor de asignatura lo determine (en un plazo no superior a siete
días), además la situación quedara consignada en el libro de clases.
9- El número de notas en cantidad debe ser igual para cada alumno, salvo
excepciones como: Traslados, cambios de curso (en el caso de traer menos
notas, se deberá hacer una calendarización para nivelar al alumnos, lo que
será determinado por UTP, siendo esto comunicado oportunamente por el
profesor jefe).
DE LA PROMOCIÓN:
1- Los promedios semestrales y finales de los estudiantes por asignatura,
serán nivelados al entero cercano cuando corresponda. Ejemplo 3.65,
corresponde consignarlo en libro de clases y actas institucionales como 3.7.
El 3.64 se consigna como 3.6. Los promedios semestrales y finales 3.9 y
6.9 contemplan la misma regla evaluativa descrita en este párrafo.
2- Para los efectos de la promoción escolar, las calificaciones son expresadas
en escala numérica de 1.0 a7.0. La nota de aprobación es 4.0 con nivel de
logro de 60%.
3- Para la promoción de los alumnos (as) de 1° y 2° año de Educación Media
se considera el logro de los objetivos de aprendizaje de los sectores,
subsectores o asignaturas de Plan de estudio y la asistencia a clases.
LOGRO DE OBJETIVOS
1- Serán promovidos los alumnos y alumnas de Primero y Segundo
Medio que aprueben todos los sectores o subsectores del Plan de
estudio.
2- Serán promovidos los alumnos y alumnas de Primero y Segundo Medio
Que no aprueben una asignatura, sector o subsector de aprendizaje
siempre que el promedio general corresponda a 4,5 o superior,
incluida la calificación reprobatoria.
3- Serán promovidos los alumnos y alumnas de Primero y Segundo Medio
que no aprueben dos asignatura o subsectores de aprendizaje,
siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5,0 o
superior, incluidas las calificaciones reprobatorias.
LA INASISTENCIA
1- Para ser promovidos los alumnos y alumnas de Primero y Segundo
medio, deberán asistir por lo menos el 85% de clases establecidas en
calendario escolar anual.
2- Todos aquellos alumnos que estén representando al colegio en
eventos nacionales e internacionales con los debidos permisos y
autorizaciones de sus padres y apoderados y Mineduc, su asistencia
será considerada como regular.
3- En situaciones excepcionales, el Director del Establecimiento en
consulta al Consejo de Profesores de curso, podrá autorizar la
promoción de un alumno o alumna con un porcentaje inferior de
asistencia.
4- La situación final de promoción del alumno (a) deberá quedar resuelta
al termino del año escolar.
DE LOS CERTIFICADOS ANAUALES DE ESTUDIO Y DE LAS ACTAS DE
REGISTRO DE CALIFICACIONES Y PROMOCIÓN ESCOLAR
1- Una vez finalizado el periodo escolar, el establecimiento entregará a
todos los alumnos un certificado anual de estudio que indique los
sectores y subsectores de aprendizaje con las calificaciones obtenidas
y la situación final.
2- La oficina competente es la División de Educación General y las
Secretarias Ministeriales de Educación podrán expedir los certificados
anuales de estudio o concentración de notas a solicitud del interesado.
3- Las Actas de Registro de calificaciones y Promoción Escolar indicaran:
Curso- calificación final- porcentaje de asistencia- Cedula de Identidad-
Situación de Religión (concepto).
4- Las actas se confeccionaran en tres ejemplares y serán presentadas a
La SEREMI de Educación correspondiente, organismos que las
legalizará, enviará una copia a la División de Educación General,
devolverá otra al establecimiento educacional y conservará el tercer
ejemplar para el registro regional.
5- Las SEREMI de educación, podrán autorizar la presentación de un
ejemplar de cada acta acompañada de su resguardo informático.
6- Todas aquellas situaciones de evaluación y promoción escolar serán
resueltas por las Secretarias Regionales Ministeriales del ámbito de
competencia.
SITUACIONES ESPECIALES
1- El Mineduc resolverá, por intermedio de la Dirección Provincial de
Educación Oriente, las situaciones de alumnos que hayan realizado
estudios en el extranjero, de acuerdo a los convenios y normas en
vigencia. La convalidación deberá ceñirse a las disposiciones que
para estos efectos establezca la normativa vigente.
2- Para estudiantes que presenten situación de embarazo, el
establecimiento otorgará todas las facilidades de evaluación y
promoción, considerando los convenios y normas legales vigente
de protección a embarazos, maternidad y paternidad como se
detalla a continuación:
La estudiante embarazada tendrá derecho a contar con un docente tutor
(Coordinación de UTP – Convivencia Escolar, Profesor Jefe - Profesor de
Sub Sector Curricular correspondiente) quien supervisará las inasistencias,
apoyo pedagógico especial, horarios de salida para amamantamiento y
controles de salud y la elaboración e implementación del calendario de
evaluación, resguardando el derecho a la educación de la alumna.
FUNCIONES DEL TUTOR
Ser un intermediario/nexo entre alumna(o) y profesores de asignatura para
organizar la entrega de materiales de estudio y evaluaciones; supervisar
las inasistencias; supervisar e informar a dirección el cumplimiento de los
docentes en todos los sectores.
Apoyo pedagógico especial: supervisar entrega de materiales de estudio,
supervisar entrega de calendario de evaluación alternativo cuando sea
necesario, supervise entrega de guías de aprendizaje. Este apoyo se dará
en la eventualidad en que la alumna se ausente por situaciones derivadas
del embarazo, parto, post parto, control de niño sano y enfermedades del
hijo menor de un año. Acreditado por certificado médico.
Si el/la estudiante se ausentara por más de un día, el/la apoderado(a)
deberá hacer retiro de materiales de estudio.
SOBRE LAS EVALUACIONES
- El/la estudiante tendrá derecho a acceder a un sistema de evaluación
alternativo, en tanto la situación de embarazo o de
maternidad/paternidad le impida asistir regularmente al establecimiento.
- Cada vez que la alumna se ausente por situaciones derivadas del
embarazo, parto, post parto, control de niño sano y/o enfermedades del
hijo menor de un año, deberá presentar un certificado médico o carné
de salud, y podrá acceder a una reprogramación de evaluaciones.
- El/la estudiante tiene derecho a ser promovido(a) de curso con un
porcentaje de asistencia menor a lo establecido, siempre que sus
inasistencias hayan sido debidamente justificadas por: los/las médicos
tratantes, carné de control de salud y cumplan con los requisitos de
promoción establecidos en el reglamento de evaluación.
- Se dará flexibilidad en las evaluaciones, garantizando el logro de
aprendizajes y en los procedimientos e instrumentos del sistema de
evaluación, al que él o la estudiante pueda acceder como alternativa
(ejemplo: portafolio, trabajo de investigación, cuestionario, etc.).
- Criterios para la promoción de los/ as estudiantes a fin de asegurar que
efectivamente cumplan con los contenidos mínimos requeridos.
- La Dirección de la unidad educativa nombrará, a un responsable para
que supervise la realización de tutorías.
- Incluir un calendario flexible, que resguarde el derecho a la educación
de estos alumnos y alumnas, y de brindarles apoyos pedagógicos
especiales, mediante un sistema de tutorías realizado por los y las
docentes, en el que podrán colaborar los compañeros/as de clases,
supervisando que el/la alumno/a reciba el material escrito entregado
durante su ausencia, con el fin de favorecer el cumplimiento de las
exigencias curriculares, objetivos mínimos establecidos en los
Programas de Estudios.
- La estudiante tiene derecho a ser evaluada de la misma forma que sus
compañeros, o en su defecto, con evaluaciones diferenciadas si las
circunstancias así lo ameritan.
- El establecimiento le otorgará las facilidades necesarias para cumplir
con el calendario de evaluación.
OTROS
La alumna, de acuerdo al período respectivo de su embarazo y en la
eventualidad de que los informes médicos especializados indiquen que
puede realizar Educación Física, deberá asistir a estas clases, debiendo
ser evaluada diferenciadamente, y/o eximida en el caso de que las
circunstancias así lo ameriten.
Sin perjuicio de lo anterior, después del parto, será eximida hasta que
finalice un periodo de seis semanas (puerperio). Asimismo, en casos
calificados por el/la médico tratante, podrá eximirse definitivamente de la
actividad física activa. En esta eventualidad, la alumna deberá realizar
trabajos teóricos alternativos designados por el docente de ese Sub Sector.
Otras situaciones no previstas en el presente reglamento, serán resueltas por el
Director del establecimiento y el Consejo General de Profesores en consulta al
Departamento Provincial de Educación Oriente.
ANEXO DE EVALUACIÓN DIFERENCIADA
EVALUACIÓN DIFERENCIADA MANUAL DE PROCEDIMIENTO.
Marzo 2016
CONCEPCIÓN DE EVALUACION DIFERENCIADA PARA LA COMUNIDAD
ESCOLAR COLEGIO PARTICULAR N°1 DE ÑUÑOA
Entendemos como evaluación diferenciada, un procedimiento y/o recurso que el Profesor
debe emplear al evaluar a los alumnos que presentan impedimentos en su aprendizaje.
Dichas dificultades serán consideradas como Necesidades Educativas Especiales. Consiste
en aplicar procedimientos y/o instrumentos evaluativos acordes con las características del
problema de aprendizaje que presenta el alumno (a) de Educación Pre básica, Básica o
Media.
¿QUÉ CONSIDERA?
Los niveles de inicio de cada alumno.
Los ritmos de aprendizaje y el avance de cada alumno.
Los estilos de aprendizaje.
Las formas de expresar los aprendizajes de los alumnos.
I- DERIVACIÓN.
La evaluación diferenciada se aplicará a los estudiantes que presenten algún grado de
dificultad para el logro de aprendizajes en los diferentes sectores, subsectores o asignaturas
del plan de estudio. Por ejemplo:
a).-Trastornos del Aprendizaje
a.1 Alumnos y alumnas con déficit en expresión oral.
a.2 Alumnos y alumnas con déficit en comprensión lectora.
a.3 Alumnos y alumnas con déficit en la expresión escrita.
a.4 Alumnos y alumnas con déficit en cálculo matemático.
b) Trastorno por déficit de atención con y sin hiperactividad
c) Trastornos emocionales.
d) Alteraciones motoras
e) Alteraciones visuales y/o auditivas
f) Aprendizaje Lento: (limítrofe).
Toda situación física o emocional que cause un bajo nivel de rendimiento frente a los
objetivos o aprendizajes que los alumnos deben alcanzar, debe estar certificada con
informes emitidos por especialistas.
I.1. Fechas.
La solicitud de evaluación diferenciada debe hacerse con el Profesor Jefe, durante marzo o
abril (o en su defecto cuando se detecte la necesidad), adjuntando la documentación de
especialistas. Estos profesionales deben indicar procedimientos según las características
individuales del estudiante.
Unidad Técnica Pedagógica, previa consulta al Consejo de Profesores, autoriza e informa
por escrito y bajo firma a los profesores en cuyos sectores o subsectores de aprendizaje se
debe aplicar Evaluación Diferenciada.
En caso de los alumnos nuevos el proceso de derivación debe comenzar inmediatamente
detectado el problema, considerando también la información del proceso diagnóstico.
I.2. Procedimiento.
Cuando el Profesor/a Jefe, durante el transcurso del año académico, tenga dudas respecto a
algún estudiante lo discutirá en Consejo de Profesores. En caso de considerar necesario
contar con mayor información, se puede solicitar el apoyo del Equipo Multidisciplinario del
establecimiento. Si el E.M.D. lo estima necesario lo derivara a un especialista externo.
Se dejará registro en la hoja de vida del alumno la necesidad de derivación.
El Profesor/a Jefe informará al apoderado en una entrevista personal la necesidad de contar
con un diagnóstico de un especialista. Se registrará dicha solicitud en el libro de clases.
En el caso de consulta neurológica se entregará informe al apoderado para que el
especialista cuente con la opinión de los profesores y/o psicólogo del colegio (según
Informe Test de Conners)
Se dará al apoderado plazo máximo 1 mes para que consulte y envíe informe que certifique
que el estudiante ha consultado al especialista y comunique fecha estimada en que enviará
el diagnóstico.
Se explicará al apoderado que el alumno podrá contar con Evaluación Diferenciada si el
especialista lo sugiere, pero sólo en la medida que reciba el tratamiento indicado para que el
problema se supere.
El colegio establece el compromiso de la familia de apoyar al alumno a través del
tratamiento y seguimiento con especialistas externos, quienes deben informar
periódicamente los avances del estudiante hasta la nivelación de los aprendizajes. Por su
parte el establecimiento seguirá las indicaciones externas y apoyara al alumno (a) en sus
necesidades educativas especiales con la ayuda del Equipo Multidisplinario.
II TOMA DE DECISIÓN.
II.1. Procedimiento. Una vez que el Profesor Jefe cuente con el diagnóstico del especialista, en las fechas y
plazos indicados en el título anterior, en Consejo de Profesores junto al E.M.D. analizarán
dicho informe. En esta instancia se determinará si corresponde aplicar evaluación
diferenciada, de ser así se dejará registrado en acta, las metodologías y estrategias de
trabajo y evaluación que se aplicará al alumno (a).
En este punto se informará al apoderado que el alumno recibirá evaluación diferenciada
(indicando metodologías y estrategias). Se explicará en qué consiste y se exigirá
rigurosidad en el seguimiento del tratamiento.
III SEGUIMIENTO
III.1. Fechas.
Se debe contar con informes avances de especialistas en fechas acordadas y registradas en
entrevista de apoderados.
III.2. Procedimiento. En el II semestre se retomará la evaluación diferenciada sólo si se cuenta con informes de
avances actualizados.
IV. SITUACIONES ESPECIALES.
En el caso que no se cumplan los plazos estipulados por el colegio y el apoderado NO
responda, ya sea que no consulte al especialista o no entregue INFORME DIAGNÓSTICO
o INFORME DE AVANCE, en las fechas determinadas. Entonces el Director del
establecimiento en consulta al consejo de profesores y al E.Q.M., tomará las medidas de
apoyo que se consideren necesarias y apropiadas para apoyar al alumno(a), previa
autorización del Padre o Apoderado (a).
En el caso que el alumno solo requiera apoyo pedagógico, será integrado al plan de
reforzamiento interno, previa autorización por escrito del apoderado. Al término de cada
semestre académico, el especialista a cargo entregará un reporte escrito al apoderado y al
profesor jefe.
Según sugerencias de especialistas, el Director del establecimiento en consulta al
Consejo general de Profesores puede determinar la eximición de una o más asignatura,
siguiendo los protocolos de nuestro Reglamento de Evaluación. Esta medida se aplicará
para aquellos alumnos (as) que presenten impedimentos en alguna asignatura, sector o
subsector de aprendizaje.
V. Metodologías y Estrategias Evaluación Diferenciada
En la Evaluación Diferenciada deberán aplicarse procedimientos adecuados a las
diferencias, dificultades o impedimentos que presenten los estudiantes frente al sector o
actividad de aprendizaje. Entre los procedimientos indicados por los especialistas y las
estrategias establecidas por el Consejo de Profesores, se encuentran las siguientes:
1- Otorgar más tiempo para el desarrollo de la actividad académica.
2- Otorgar apoyo pedagógico focalizado en el alumno.
3- Utilizar diversas estrategias metodológicas según el ritmo de aprendizaje del
estudiante. Incluyendo adecuaciones curriculares cuando corresponda
4- De ser necesario, adaptar la escala de notas de 60% a 50% de porcentaje de logros.
5- Reforzar instrucciones en desarrollo de actividades y evaluaciones.
6- Los alumnos con evaluación diferenciada, no podrán tener más de una evaluación
coeficiente uno por día. Sin perjuicio de lo anterior, pueden desarrollar varios
procedimientos prácticos en evaluación procesual por día. El Profesor Jefe debe
informar a UTP el calendario de evaluaciones, para agendar una nueva fecha en
caso de tener dos o más evaluaciones coeficiente 1 por día.
VI. Respecto a la Aprobación y Promoción del Estudiante
1- Lo alumnos serán evaluados en una escala numérica de 1.0 a 7.0, en todos los
sectores y subsectores de aprendizaje, siendo la nota mínima de aprobación 4.0.
2- La Evaluación Diferenciada no implica que el alumno al término de cada periodo
escolar sea evaluado con la nota mínima de aprobación (4.0), o que no pueda
obtener calificaciones de excelencia. Lo anterior estará sujeto a su propio esfuerzo
y responsabilidad.
3- Se exigirá un mínimo se asistencia de 85%, según las disposiciones establecidas en
el Reglamento de Evaluación.
4- Para aspectos generales del protocolo de promoción, se aplica Reglamento de
Evaluación del Colegio Particular N°1 de Ñuñoa, según tipo de enseñanza.
VII. CONSIDERACIONES GENERALES
Cualquier situación no contemplada en el presente reglamento, será resuelta por el
Director del establecimiento en consulta al Consejo de Profesores y E.Q.M.