REGLAMENTO GENERAL GRADUACION TECNICA.doc

12
UNIVERSIDAD BOLIVIANA UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES SECRETARIA GENERAL La Paz – Bolivia REGLAMENTO GENERAL DE GRADUACION (Aprobado por Resolución del HCU No. 023/07, de fecha 29 de enero de 2007) CAPITULO I PRINCIPIOS GENERALES Artículo 1. Objetivos El presente Reglamento tiene por objeto normar la modalidad de graduación en las carreras de la Facultad Técnica de la Universidad Mayor de San Andrés, en concordancia con los documentos de la I-IX Reunión Académica Nacional y el IX y X Congreso Nacional de Universidades. Artículo 2. Principios La modalidad de graduación esta enmarcada en los principios, fines y objetivos de la Universidad Boliviana, en las políticas Universitarias de Enseñanza - Aprendizaje, Investigación Científica, Tecnológica e Interacción Social según la naturaleza de las Carreras de la Facultad Técnica. Artículo 3. Alcances Las normas del presente reglamento son disposiciones generales que regulan la actividad de graduación en las Carreras de: Construcciones Civiles, Química Industrial, Topografía y Geodesia, Electromecánica, Electricidad, Electrónica y Telecomunicaciones, Mecánica Automotriz, Mecánica Industrial y Mecánica de Aviación de la Facultad Técnica - Universidad Mayor de San Andrés. CAPITULO II MODALIDADES DE GRADUACION Artículo 4. Modalidades de Graduación en la Universidad Boliviana La modalidad de graduación es la fase terminal de los programas de formación académica en la que se evalúa el perfil y capacidad de desempeño, alcanzado por los estudiantes en el proceso de su formación universitaria. La misma debe ser aprobada satisfactoriamente para adquirir un grado académico. De acuerdo a la l-IX Reunión Académica Nacional y el IX y X Congreso Nacional de Universidades, las modalidades de graduación vigentes en la Universidad Boliviana son:

Transcript of REGLAMENTO GENERAL GRADUACION TECNICA.doc

Page 1: REGLAMENTO GENERAL GRADUACION TECNICA.doc

UNIVERSIDAD BOLIVIANAUNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES

SECRETARIA GENERAL La Paz – Bolivia

REGLAMENTO GENERAL DE GRADUACION(Aprobado por Resolución del HCU No. 023/07,

de fecha 29 de enero de 2007)

CAPITULO I PRINCIPIOS GENERALES

Artículo 1. ObjetivosEl presente Reglamento tiene por objeto normar la modalidad de graduación en las carreras de la Facultad Técnica de la Universidad Mayor de San Andrés, en concordancia con los documentos de la I-IX Reunión Académica Nacional y el IX y X Congreso Nacional de Universidades.

Artículo 2. PrincipiosLa modalidad de graduación esta enmarcada en los principios, fines y objetivos de la Universidad Boliviana, en las políticas Universitarias de Enseñanza - Aprendizaje, Investigación Científica, Tecnológica e Interacción Social según la naturaleza de las Carreras de la Facultad Técnica.

Artículo 3. Alcances

Las normas del presente reglamento son disposiciones generales que regulan la actividad de graduación en las Carreras de: Construcciones Civiles, Química Industrial, Topografía y Geodesia, Electromecánica, Electricidad, Electrónica y Telecomunicaciones, Mecánica Automotriz, Mecánica Industrial y Mecánica de Aviación de la Facultad Técnica - Universidad Mayor de San Andrés.

CAPITULO II MODALIDADES DE GRADUACION

Artículo 4. Modalidades de Graduación en la Universidad Boliviana

La modalidad de graduación es la fase terminal de los programas de formación académica en la que se evalúa el perfil y capacidad de desempeño, alcanzado por los estudiantes en el proceso de su formación universitaria. La misma debe ser aprobada satisfactoriamente para adquirir un grado académico.

De acuerdo a la l-IX Reunión Académica Nacional y el IX y X Congreso Nacional de Universidades, las modalidades de graduación vigentes en la Universidad Boliviana son:

a) Nivel Licenciatura b) Nivel Técnico Superior- Tesis - Pasantía- Proyecto de Grado - Monografía- Examen de Grado - Proyecto de Grado Técnico- Internado Rotatorio- Trabajo Dirigido - Por Excelencia

Artículo 5. Modalidades de Graduación en las Carreras de la Facultad Técnica

Las carreras adoptan modalidades de graduación definidas en sus reuniones sectoriales, de acuerdo a las disposiciones universitarias. En el siguiente cuadro, se detallan las modalidades de graduación de las Carreras de la Facultad Técnica.

Page 2: REGLAMENTO GENERAL GRADUACION TECNICA.doc

UNIVERSIDAD BOLIVIANAUNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES

SECRETARIA GENERAL La Paz – Bolivia

CARRERASNIVEL

LICENCIATURANIVEL

TECNICO SUPERIORCONSTRUCCIONES CIVILESQUIMICA INDUSTRIALTOPOGRAFIA Y GEODESIAELECTROMECANICAELECTRICIDADELECTRONICA Y TELECOMUNICACIONESMECANICA AUTOMOTRIZMECANICA INDUSTRIALMECANICA DE AVIACION

TESISPROYECTO DE GRADOEXAMEN DE GRADOTRABAJO DIRIGIDOPOR EXCELENCIA

PASANTIAPROYECTO DE GRADO TECNICO

CAPITULO IIIDE LAS MODALIDADES DE GRADUACION

Artículo 6. TesisEs un trabajo de investigación que cumple con exigencias de metodología científica a objeto de conocer y dar solución a un problema, planteando alternativas aplicables o proponiendo soluciones prácticas y/o teóricas.

Artículo 7. Proyecto de GradoEs el trabajo de investigación, programación y diseño que cumple con exigencias de metodología científica, planteando alternativas aplicables o proponiendo soluciones prácticas y/o teóricas a problemas de carácter técnico y necesidades sociales.

Artículo 8. Examen de GradoEs la evaluación teórica y práctica por área de conocimiento en asignaturas de formación científica y de especialidad contempladas en el Plan y Programa de Estudio de la Carrera.

Artículo 9. Trabajo DirigidoConsiste en trabajos prácticos evaluados y supervisados en instituciones, empresas públicas o privadas, encargadas de proyectar o implementar obras para lo que y sobre la base de un temario se proyecta, dirige o fiscaliza bajo la supervisión de un Asesor o guía de la institución o empresa. También otro campo de acción es el de verificar las soluciones de problemas específicos, demostrando dominio amplio del tema y capacidad para resolverlos.

Artículo 10. Graduación por ExcelenciaLa Graduación por Excelencia, es una modalidad que exime voluntariamente a aquel estudiante sobresaliente de someterse a las otras modalidades de graduación, cuando el promedio de calificaciones ha alcanzado niveles de excelencia con un promedio mínimo de 75 % en concordancia con los reglamentos y resoluciones universitarios en vigencia.

Artículo 11. PasantíaLa Actividad Práctica Integradora API, es la actividad de competencias y práctica profesional que realiza el estudiante en una institución de producción de bienes o servicios relacionados con la Carrera, al término de la actividad con la sola presentación del informe, permite al estudiante lograr su graduación a nivel de Técnico Superior.

Artículo 12. Examen de gradoEs un trabajo de investigación aplicada que cumple con las exigencias de metodología científica de menor profundidad y desarrollo que el Proyecto de Grado o Tesis, la defensa del proyecto permite al estudiante lograr su graduación a nivel de Técnico Superior.

CAPITULO IVDEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS

Page 3: REGLAMENTO GENERAL GRADUACION TECNICA.doc

UNIVERSIDAD BOLIVIANAUNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES

SECRETARIA GENERAL La Paz – Bolivia

Artículo 13. Todo estudiante para obtener el grado académico acorde al nivel de estudio completado, debe cumplir necesariamente con una de las modalidades de graduación especificadas para su Carrera.Las modalidades de graduación están sujetas al presente reglamento y normas adoptadas por cada Carrera y de la Universidad y el estudiante deberá cumplir obligatoriamente con todos los requisitos exigidos para el fin.

Artículo 14. TesisLos postulantes a la modalidad de graduación de Tesis, deberán habilitarse cumpliendo los siguientes requisitos:

- Haber aprobado las asignaturas del Plan de Estudios en vigencia hasta el décimo semestre y cumplimiento de los requisitos establecidos en el Diseño Cunicular.

- Presentar el Perfil de Tesis con aval del Tutor- Solicitud de aprobación de Tema, dirigida al Director de la Carrera y/o Decano de la

Facultad- Nombre del Tutor ó Asesor de Tesis - Aprobación en el Honorable Consejo de Carrera.

Artículo 15. Proyecto de GradoLos postulantes a la modalidad de graduación con Proyecto de Grado, deberán habilitarse cumpliendo los siguientes requisitos:

- Aprobar las asignaturas del Plan de Estudios en vigencia hasta el noveno semestre y/o cursar las asignaturas de Preparación Proyecto de Grado y cumplimiento de los requisitos establecidos en el Diseño Curricular.

- Presentar el Perfil del Proyecto del Grado con aval del Tutor.- Solicitud de aprobación de tema, dirigida al Director de la de Carrera y/o Decano de la

Facultad.- Nombre del Tutor ó Asesor del Proyecto de Grado.- Aprobación en el Honorable Consejo de Carrera.

Artículo 16. Examen de GradoLos postulantes para optar por esta modalidad de graduación, deben habilitarse cumpliendo los siguientes requisitos:

- Aprobar las asignaturas del Plan de Estudios en vigencia y el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Diseño Cunicular.

- Solicitud dirigida al Director de la Carrera y/o Decano de la Facultad.- Cumplimiento de los requisitos establecidos en la Convocatoria para los Exámenes de

Grado realizadas por las Carreras y la Facultad, en el marco del Reglamento del Examen de Grado.

- Aprobación en el Honorable Consejo de Carrera.

Artículo 17. Trabajo DirigidoLos postulantes a realizar la modalidad de Trabajo Dirigido, deben habilitarse cumpliendo los siguientes requisitos:

- Aprobar las asignaturas del Plan de Estudios en vigencia y el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Diseño Curricular.

- Cumplir con las funciones relacionadas a su especialidad en una Institución ó Empresa Pública y/o Privada.

- Solicitud expresa para realizar el trabajo Dirigido al Director de la Carrera y/o Decano de la Facultad.

- Presentar certificado de trabajo que acredite el ejercicio de funciones relacionados a su especialidad a la fecha en una Institución o Empresa Pública y/o Privada.

Page 4: REGLAMENTO GENERAL GRADUACION TECNICA.doc

UNIVERSIDAD BOLIVIANAUNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES

SECRETARIA GENERAL La Paz – Bolivia

- Nombre del Tutor ó Asesor Guía para el Trabajo Dirigido.- Aprobación en el Honorable Consejo de Carrera.

Artículo 18. Por ExcelenciaLos postulantes a la modalidad de graduación Por Excelencia, deben habilitarse cumpliendo los siguientes requisitos:

- Haber aprobado las asignaturas del Plan de Estudios basta el décimo semestre como alumno regular de la Carrera.

- Solicitud expresa dirigida al Director de la Carrera y/o Decano de la Facultad.- Presentación de los certificados de calificaciones originales de las asignaturas

aprobadas.- No haber reprobado ni abandonado ninguna materia a lo largo de su estudio en la

Carrera.- Haber aprobado todas las materias en primera instancia.- Haber concluido la aprobación de todas las materias en un tiempo no mayor a lo

establecido en el plan de estudios, salvo casos de interrupción de fuerza mayor debidamente justificadas.

- Presentar certificado de Prácticas Industriales avalado por memorias técnicas equivalentes a las asignaturas de Preparación Proyecto de Grado con aval del Asesor.

- Currículum Vitae documentado- Aprobación en el Honorable Consejo de Carrera

Artículo 19. PasantíaLos postulantes a la Pasantía, deberán habilitarse, cumpliendo los siguientes requisitos:

- Aprobar las asignaturas del Plan de Estudios en vigencia hasta el sexto semestre y cumplimiento de los requisitos establecidos en el Diseño Curricular del nivel Técnico Superior.

- Solicitud para realizar Pasantía (Actividad Práctica Integradora) dirigida al Director de la Carrera y/o Decano de la Facultad.

- Nombre de la Institución y/o Empresa donde realizará la Pasantía.- Nombre del Asesor de la Pasantía.- Aprobación en el Honorable Consejo de Carrera.

Artículo 20. Proyecto de Grado TécnicoLos postulantes a realizar el Proyecto de Grado Técnico, deberán habilitarse cumpliendo los siguientes requisitos.

- Aprobar las asignaturas del Plan de Estudios en vigencia nivel Técnico Superior y cumplimiento de los requisitos establecidos en el Diseño Curricular.

- Solicitud de aprobación de tema para el Proyecto, dirigida al Director de la Carrera y/o Decano de la Facultad.

- Presentar nombre e índice del Proyecto con aval del Tutor.- Nombre del Tutor ó Asesor del Proyecto.- Aprobación en el Honorable Consejo de Carrera.

CAPITULO VDEL PROCESO DE GRADUACION

ORGANISMOS COMPETENTES Y SUS ATRIBUCIONES

Artículo 21. Los organismos competentes para la ejecución de las modalidades de graduación son:

a) Decano de la Facultadb) Honorable Consejo de Carrera c) Dirección de la Carrera

Page 5: REGLAMENTO GENERAL GRADUACION TECNICA.doc

UNIVERSIDAD BOLIVIANAUNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES

SECRETARIA GENERAL La Paz – Bolivia

Artículo 22. Son atribuciones del Decano:- Dar curso a la solicitud de la Carrera para la aprobación de tema de la modalidad de

graduación adoptada.- Emitir la Resolución de aprobación de la Pasantía, Proyecto de Grado Técnico, Tesis,

Proyecto de Grado, Trabajo Dirigido y Graduación Directa por Excelencia, con base a Informe y Resolución de Carrera, estableciendo el tiempo mínimo de presentación y defensa a cada modalidad de graduación.

- Instalar, presidir o delegar la presidencia al Vicedecano o Director de la Carrera para el acto de defensa pública en los casos necesarios.

- Firmar las actas correspondientes

Artículo 23. Atribuciones del Honorable Consejo de Carrera- Aprobar y designar a los miembros del Tribunal de Grado, el mismo que durará en sus

funciones por el periodo de dos años calendario.- Aprobar la designación de un Tutor ó Asesor a solicitud escrita del postulante.- Aprobar los Perfiles de Tesis y Proyectos de Grado presentados por los postulantes.- Aprobar la convocatoria para los Exámenes de Grado por ciclos de especialidad.- Considerar y evaluar las peticiones de los postulantes a la Modalidad de Graduación por

Excelencia.- Aprobar las solicitudes para Proyectos de Grado Técnicos y Pasantías.

Artículo 24. Atribuciones del Director de la Carrera- Considerar la solicitud de inscripción y aceptación de los postulantes de su Carrera a

una de las modalidades de graduación.- Verificar el cumplimiento de la reglamentación específica.- Participar en los actos académicos de defensa pública.- Designar al Tutor y/o Asesor a solicitud escrita del postulante.- Emitir el memorando de designación para los miembros del Tribunal de Grado,

aprobados por el Honorable Consejo de Carrera.- Elevar las solicitudes de graduación ante las instancias superiores, en concordancia con

las modalidades de graduación en vigencia.- Realizar convocatorias y citaciones correspondientes para la presentación y defensa de

los trabajos de grado y/o documentos.- Dar lectura al veredicto del Tribunal de Grado

CAPITULO VIDERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS COMPONENTES

Artículo 25. Los componentes que intervienen en la modalidad de graduación son:a) Los postulantes b) Los tutores c) El tribunal

Artículo 26. De los postulantesSon postulantes todos los estudiantes que cumpliendo con los requisitos estipulados para los niveles de cada Carrera, adoptan una modalidad de graduación.

Artículo 27. Los TutoresEn las modalidades de graduación podrán ser Tutores los:

- Docentes de la Carrera, de la Facultad y/o Universidad - Podrán ser Tutores los profesionales con grado académico universitario igual o superior

al que aspira el estudiante, previa aceptación del mismo y designación por el Honorable Consejo de Carrera.

Los Tutores deberán asumir la tarea de orientar y guiar al postulante en el cumplimiento de las exigencias teórico-metodológicas del trabajo que implique la modalidad de graduación.

Page 6: REGLAMENTO GENERAL GRADUACION TECNICA.doc

UNIVERSIDAD BOLIVIANAUNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES

SECRETARIA GENERAL La Paz – Bolivia

Artículo 28. Del TribunalEstará conformado por tres docentes titulares de la Carrera Facultad y/o Universidad, designados por el Honorable Consejo de Carrera; estos docentes serán preferentemente del Área o Especialidad correspondiente al tema.

Artículo 29. Son derechos de los postulantes

a) Solicitar asesoramiento a la Carrera y/o a profesionales con grado académico extra universidad entendida en el tema.

b) Proponer el trabajo de graduación en forma individual o en grupo hasta de dos postulantes, si el caso así lo amerita.

c) Solicitar el cambio del Tutor y/o miembros del Tribunal por causales debidamente justificadas.

Artículo 30. Son obligaciones de los postulantes

a) Realizar el trabajo de graduación cumpliendo estrictamente el cronograma aprobado con todo el respaldo institucional.

b) Cumplir con todos los requisitos exigidos por la Carrera correspondiente, para la aprobación y el desarrollo de la modalidad de graduación elegida y lo establecido en el presente Reglamento.

c) Una vez aprobada la modalidad y el tema por el Honorable Consejo de Carrera, el postulante debe cumplir estrictamente el calendario establecido.

d) Presentar ante el Tribunal todas las aclaraciones pertinentes que Correspondan, para que en el plazo establecido emita el informe respectivo.

e) El postulante debe presentar su borrador en el tiempo máximo de 24 meses.f) Realizar los trámites pertinentes para su graduación.g) Presentar los trabajos de acuerdo a normas establecidas para redacción y en cuatro

ejemplares.

Artículo 31. Son obligaciones del Tutor

a) Orientar y guiar en la elaboración de los trabajos de graduación del postulante.b) Realizar las revisiones previas a la defensa y/o trabajo de graduación para evaluar y

determinar el nivel de suficiencia que permita a los postulantes ingresar en la siguiente etapa.

c) Participar en la defensa oral del trabajo de graduación, para absolver dudas que se plantearán a propósito del tema y su desarrollo.

d) Solicitar el cambio de uno o más miembros del Tribunal, por causales justificadas.e) Formar equipo de asesoramiento para el seguimiento y evaluación de etapas

intermedias de la modalidad de graduación elegida, si el caso así lo requiere.f) Exigir al postulante el cumplimiento de todos los requisitos por la modalidad de

graduación elegida.g) Presentar el informe de avance y/o conclusión del trabajo de graduación, documento que

permitirá programar fecha de la defensa final.h) Todos los Docentes de la Facultad tienen la obligación de ser tutores de los estudiantes

que así lo soliciten, de acuerdo a su especialidad, competencia y disponibilidad de tiempo en cumplimento de las resoluciones del IX y X Congreso Nacional de Universidades.

Artículo 32. Son obligaciones del Tribunal

a) Todos los miembros del Tribunal están obligados a revisar, analizar e interiorizarse de los documentos y trabajo del postulante. Emitir su informe en un plazo no mayor a 10 días calendario.

Page 7: REGLAMENTO GENERAL GRADUACION TECNICA.doc

UNIVERSIDAD BOLIVIANAUNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES

SECRETARIA GENERAL La Paz – Bolivia

b) El Tribunal se reunirá con el postulante y el Tutor para evaluar las observaciones individuales y dictaminar el tratamiento final, antes de la fijación de fecha y hora de la defensa pública.

c) Uno o más miembros del Tribunal podrán ser reemplazados sólo en caso de ausencia temporal o definitiva o baja médica.

d) La asistencia del Tribunal a la defensa pública del trabajo de graduación, es obligatoria y su incumplimiento (inasistencia, atraso y permanencia parcial), será sancionado de acuerdo al Reglamento vigente; además siendo estos antecedentes procesados en la evaluación docente.

e) La calificación del trabajo de graduación, estará a cargo sólo de los tres docentes miembros del Tribunal, se emitirá en acta elaborada al finalizar la defensa y consignará observaciones finales y motivos por los que se acredita una nota. Si no es posible llegar a una calificación de consenso se establecerá la nota a través del promedio de calificaciones individuales de cada miembro del tribunal.

f) Una vez concluida la presentación y defensa, deben devolver los ejemplares del trabajo realizado por el postulante.

CAPITULO VIIDE LA EVALUACIÓN DE LAS MODALIDADES DE GRADUACIÓN

Artículo 33. El Tribunal evaluará los siguientes aspectos:a) La validez y vigencia del tema, dentro de la modalidad de graduación.b) Los fundamentos, planificación y programación para el desarrollo del tema.c) La coherencia teórica y su aplicación directa en el diseño.d) El grado de aporte técnico, académico, como la investigación y/o interacción social.e) El grado de conocimiento y práctica

Artículo 34. Toda modalidad de graduación deberá cumplir con las siguientes etapas:1. Elección de la modalidad de graduación.2. Cumplimiento de los requisitos de la modalidad de graduación.3. Presentación y aprobación de trabajo de grado y/o examen de grado.4. Revisión y corrección.5. Defensa pública.

Artículo 35. Para fines de calificación de la evaluación en la defensa pública, el Tribunal deberá tomar en cuenta los siguientes criterios:

- Orden de exposición- Dominio del tema- Manejo Conceptual- Capacidad para responder- Aporte del postulante en el trabajo desarrollado

Artículo 36. Concluida la defensa pública el tribunal sesionará en forma reservada para emitir la calificación sobre una escala de 1 a 100 puntos.

Artículo 37. La nota final de la modalidad de graduación resultará de la sumatoria de las calificaciones ponderadas de acuerdo al siguiente detalle:

- La calificación del trabajo concluido de la modalidad de graduación- La calificación de la defensa pública- La nota final de la modalidad de graduación se sujetará a la Reglamentación interna de

cada Carrera.

Artículo 38. La nota final de modalidad de graduación será registrada en el Libro de Actas correspondiente.

Page 8: REGLAMENTO GENERAL GRADUACION TECNICA.doc

UNIVERSIDAD BOLIVIANAUNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES

SECRETARIA GENERAL La Paz – Bolivia

Artículo 39. La nota final de la modalidad de graduación será valorada de acuerdo al siguiente cuadro:

PUNTAJE VALORACION OBSERVACIONESDe 51 a 60 Regular AprobadoDe 61 a 79 Buena Aprobado con felicitacionesDe 80 a 89 Sobresaliente Aprobado con felicitaciones y recomendación de

publicaciónDe 90 a 100 Excelente Aprobado con mención honorífica y recomendación

de publicación

CAPITULO VIIIEVALUACIÓN DE LA GRADUACIÓN POR EXCELENCIA

Artículo 40. Los criterios básicos para los estudiantes que se acojan a esta modalidad son los siguientes:

a) Un promedio general de las calificaciones de todas las materias del Plan de Estudios igual o superior a una puntuación de 75 puntos sobre cien.

b) No haber reprobado ninguna materia a lo largo de sus estudios en la Carrera o programa.

c) Haber aprobado todas las materias en la primera instanciad) No haber abandonado ninguna materiae) Haber concluido la aprobación de todas las materias en un tiempo no mayor al

establecido en el plan de estudios; salvo casos de interrupción por motivos de fuerza mayor.

Artículo 41. Todos los antecedentes de los postulantes para esta modalidad serán considerados por el Tribunal conformado para tal efecto, quienes, conocerán, evaluaran y decidirán sobre la solicitud de los aspirantes a la modalidad de graduación por Excelencia, en las carreras que incorporen esta modalidad y deberán elevar el informe en el plazo de 10 días.

CAPITULO IXDISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Artículo 42. Será causal de suspensión de la defensa de la modalidad de graduación:- Razones de fuerza mayor, cuya solicitud de suspensión se efectuará al Decano, 24

horas antes de su defensa y/o examen.

Artículo 43. El incumplimiento reiterado en el cronograma de actividades aprobado será motivo de suspensión mediante resolución expresa del Honorable Consejo de Carrera.

Artículo 44. Los trabajos y proyectos serán pasibles a anulación, en caso de que se compruebe plagio parcial o total mediante el Tribunal de Grado, emitiéndose los antecedentes a las instancias legales universitarias correspondientes.

Artículo 45. Las siguientes modalidades de graduación; Trabajo Dirigido, y Pasantía se ajustarán a reglamentación específica vigente en cada Carrera.

CAPITULO XDISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo 46. Los estudiantes que aprobaron la totalidad de las asignaturas del Plan de Estudios durante los últimos tres años, podrán inscribirse en una de las modalidades vigentes en su Carrera, previo el cumplimiento de los requisitos previstos en el presente Reglamento.

Page 9: REGLAMENTO GENERAL GRADUACION TECNICA.doc

UNIVERSIDAD BOLIVIANAUNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES

SECRETARIA GENERAL La Paz – Bolivia

Artículo 47. Para los egresados de hace más de 3 años, puede desarrollarse programas académicos de titulación para antiguos egresados, ajustándose a los principios y fines de la Universidad Boliviana y la experiencia acumulada hasta el presente.

Artículo 48. Las carreras podrán adoptar modalidades de graduación de acuerdo al Art. 4 del presente reglamento e incluidos en el cuadro del Art. 5.

Aprobado en sesión ordinaria del Honorable Consejo Universitario de veintinueve de enero de dos mil siete.