REGLAMENTO INTERNO · 2017-11-08 · • Cancelar mensualidad antes del inicio de su atención. •...

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REGLAMENTO INTERNO CENTROS MEDS

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REGLAMENTO INTERNOCENTROS MEDS

REGLAMENTO INTERNO1

1. INTRODUCCIÓN 3

2. MISION DE CLINICA MEDS 4

3. ACTIVIDAD DOCENTE Y UNIVERSITARIA 5

4. COMITÉ DE ETICA 6

5. ACERCA DEL PRESENTE REGLAMENTO 7

6. TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES DEL REGLAMENTO INTERNO 9

Artículo 1: PROPÓSITO DEL REGLAMENTO 9

Artículo 2: ÁMBITO DE APLICACIÓN 9

Artículo 3: VIGENCIA 9

TITULO II: PRESTACIONES DE SALUD, NORMAS, REQUISITOS Y

PROCEDIMIENTOS DE LAS ATENCIONES ABIERTAS O AMBULATORIAS 9

Artículo 4: REQUISITOS DE INGRESOARTÍCULO 9

Artículo 5: ATENCIONES Y ESPECIALIDADES

QUE ENTREGAN LOS CENTROS DE CLÍNICA MEDS 10

Artículo 6: HORARIOS DE ATENCIÓN 12

Artículo 7: PRECIOS DE PRESTACIONES 13

Artículo 8: CONDICIONES PREVISIONALES REQUERIDAS 13

Artículo 9: RESERVA DE HORAS CENTRO MÉDICO Y

PROCEDIMIENTOS AMBULATORIOS 13

Artículo 10: CONFIRMACIÓN DE HORAS MÉDICAS 13

Artículo 11: SUSPENSIÓN DE HORAS 13

Artículo 12: TOMA DE MUESTRAS EN LABORATORIO 14

Artículo 13: SERVICIO DE IMÁGENES 14

Artículo 14: DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR AL MOMENTO DEL EXÁMEN 14

Artículo 15: RESPONSABILIDADES DEL PACIENTE 14

Artículo 16: CONSENTIMIENTO INFORMADO 14

Artículo 17: PAGO DE ATENCIONES 15

Artículo 18: FORMAS DE PAGO 15

Artículo 19: VENTA DE BONOS IMED 15

Artículo 20: RETIRO DE EXÁMENES 15

Artículo 21: MASCOTAS 16

Artículo 22: CUIDADO DE OBJETOS PERSONALES Y USO DE CAMARINES 16

Artículo 23: IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL 16

Artículo 24: USO DE TELEFONOS CELULARES 16

Artículo 25: ESTACIONAMIENTOS 16

Artículo 26: SERVICIOS ADICIONALES 16

Artículo 27: CANALES DE TV Y CLIMATIZACIÓN 16

INDICE

REGLAMENTO INTERNO 2

TÍTULO III: UNIDAD DE CUENTAS MÉDICAS 17

Artículo 28: PRESUPUESTO DE HONORARIOS MÉDICOS 17

Artículo 29: COORDINACIÓN DE CIRUGÍAS 17

Artículo 30: COBRANZA Y PAGO DE HONORARIOS MÉDICOS 17

TÍTULO IV: NORMAS Y CONSIDERACIONES RELACIONADAS CON DERECHOS DE

LAS PERSONAS EN SUS ATENCIONES DE SALUD 17

Artículo 31: DERECHO A UN TRATO DIGNO Y RESPETUOSO 17

Artículo 32: DERECHO A RECIBIR INFORMACIÓN OPORTUNA Y

COMPRENSIBLE SOBRE SU ENFERMEDAD O CONDICIÓN DE SALUD 17

Artículo 33: DERECHO A LA RESERVA Y CONFIDENCIALIDAD

DE LA FICHA CLÍNICA. 17

Artículo 34: SOLICITUD DE DOCUMENTOS 18

Artículo 35: PROCEDIMIENTOS DE SUGERENCIAS, SOLICITUDES,

FELICITACIONES Y RECLAMOS 18

TÍTULO V: NORMAS REFERENTES A FOTOGRAFÍAS, I

MÁGENES Y GRABACIONES 19

Artículo 36: GRABAR Y REPRODUCIR 19

TÍTULO VI: NORMAS Y CONSIDERACIONES RELACIONADAS CON

DEBERES DE LAS PERSONAS EN LA ATENCIÓN DE SALUD 19

Artículo 37: DEBER DE RESPETAR EL REGLAMENTO INTERNO 19

Artículo 38: DEBER DE INFORMARSE 19

Artículo 39: DEBER DE CUIDADO DE INSTALACIONES,

BIENES Y EQUIPAMIENTO 19

Artículo 40: DEBER DE TRATO RESPETUOSO AL EQUIPO DE

SALUD, PERSONAS Y PACIENTES 19

Artículo 41: DEBER DE COLABORACIÓN Y VERACIDAD 20

Artículo 42: PROHIBICIONES 20

TÍTULO VII: SITUACIONES DE EMERGENCIA Y VÍAS DE EVACUACIÓN 20

Artículo 43: NOTIFICACIÓN DE SITUACIÓN DE EMERGENCIA 20

Artículo 44: VÍAS DE EVACUACIÓN 20

TÍTULO VIII: SOBRE PATOLOGÍAS DEL REGIMEN DE

GARANTÍAS DE SALUD (GES) 20

Artículo 45: NOTIFICACIÓN PATOLOGÍAS GES 20

REGLAMENTO INTERNO2

El presente reglamento interno da cumplimiento a lo previsto en la Ley Nº 20.584 que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su aten-ción de salud. Este documento tiene por objeto proporcionar a los usuarios de Clínica MEDS, información acerca de los procedimientos asociados a las normativas y funcionamiento de sus establecimientos que entregan prestaciones ambulatorias de Salud.

Un ejemplar del presente documento se encuentra disponible en el módulo de Informaciones y en las distintas recepciones de los Centros y en el sitio Web www.meds.cl.

Los Centros Médicos MEDS son una institución privada, que entrega prestaciones médicas y de especialidades de carácter ambulatorio, no de urgencia, destinadas a satisfacer los requeri-mientos de nuestros pacientes. Los establecimientos que entregan atención ambulatoria son los siguientes:

• Isabel la Católica, Isabel la Católica 3740, Las Condes.

• Las Condes (Mall Sport), Las condes 13451, Las Condes.

• Calera de Tango, Avda. Calera de Tango, esquina Santa Teresa s/n, Calera de Tango.

• Maipú, Pajaritos 1968, local 104, Maipú.

• Fleming, Avda. Padre Hurtado Sur N° 1621, Las Condes.

• Rancagua, Einstein 290, centro comercial Plaza América, Rancagua.

• Las Brujas, Carlos Silva Vildósola 9073, local 16, La Reina.

I.- INTRODUCCIÓN

REGLAMENTO INTERNO 1

REGLAMENTO INTERNO5

Reintegrar al paciente a su actividad física normal en el menor tiempo y en las mejores condiciones posibles.

II.- MISIÓN CLÍNICA MEDS

REGLAMENTO INTERNO 6

REGLAMENTO INTERNO7

Clínica MEDS es Campo Clínico de las carreras de la salud, tanto de pregrado como de postgrado. De acuerdo a la normativa vigente, ellos cuentan con la supervisión de un médico u otro profesional de la salud. La presencia de alumnos será permanentemente supervisada y su par-ticipación en atenciones de nuestros pacientes será informada y deberá ser aceptada, en forma libre y voluntaria, es decir, en caso que el paciente no quiera participar de la respectiva actividad docente, será suficiente con que así lo manifieste.

III.- ACTIVIDAD DOCENTE Y UNIVERSITARIA

REGLAMENTO INTERNO 8

Clínica MEDS cuenta con un comité de Ética, el cual es un órgano colegiado de carácter con-sultivo e interdisciplinario, creado para analizar, asesorar, sugerir y emitir opinión, sobre los conflictos éticos que se susciten como consecuencia de la atención de salud, para contribuir a mejorar la calidad de la atención y proteger los derechos de las personas en relación con ella. Sus opiniones no son vinculantes u obligatorias para quienes lo solicitan, de forma tal que la resolución del conflicto ético siempre recaerá en los involucrados y no en el comité.

Las funciones del comité se entenderán sin perjuicio de las competencias que en materia de ética profesional correspondan a los respectivos colegios profesionales.

Es función del comité:

1. Asesorar a los usuarios o prestadores en el proceso de toma de decisiones relativo a aque-llos conflictos que se susciten como consecuencia de la atención de salud.

2. Contribuir, en el marco de su función consultiva, a la protección de los derechos de los usuarios en su relación con los prestadores, y proponer a la institución las medidas ade-cuadas para la satisfacción de ellos en los casos de que resulten afectados.

3. Velar por el respeto a la dignidad, autonomía e intimidad de las personas que participan en la relación clínica, en el marco de su función consultiva.

4. Proponer a la Institución protocolos y orientaciones de actuación de carácter preventivo para enfrentar situaciones en las que puedan surgir frecuentemente conflictos ético – clí-nicos.

5. contribuir a la promoción de la formación en bioética de los prestadores individuales y su difusión a usuarios de la institución, así como la de los miembros del propio comité y del equipo directivo de la institución a la que pertenezcan.

6. Elaborar una memoria anual de actividades y remitirla a la dirección correspondiente y al Ministerio de Salud.

No corresponde al comité de ética:

1. Proponer sanciones y adoptar decisiones de carácter resolutivo.

2. Actuar como tribunal de ética sobre la conducta de los prestadores individuales.

3. Reemplazar la decisión clínica del profesional tratante o asumir la responsabilidad de quien ha solicitado su asesoramiento.

4. Sustituir las funciones y competencias de los comités ético-científicos.

5. Efectuar auditorías a las actuaciones de los profesionales de la salud.

IV.- comité de ética

REGLAMENTO INTERNO9

El presente reglamento, estructurado en ocho artículos, es dictado con-forme a lo dispuesto en la Ley N°20.584 y al Decreto N° 40 de fecha 23 de julio de 2012, que aprueba el Reglamento sobre Requisitos Básicos que deben contener los reglamentos internos de los prestadores institucio-nales.

V.- ACERCA DEL PRESENTE REGLAMENTO

REGLAMENTO INTERNO 10

REGLAMENTO INTERNO11

Artículo 1: PROPÓSITO DEL REGLAMENTOProporciona a los usuarios información acerca de las normas de los procedimientos asociados al funcionamiento interno de Clínica MEDS para pacientes ambulatorios.

Artículo 2: ÁMBITO DE APLICACIÓNLas normas que se establecen en el presente Reglamento de-berán ser observadas por todos los pacientes, sus represen-tantes, apoderados, cuidadores, acompañantes y/o visitantes, junto a todo el personal de la Clínica.

El Artículo 33 inciso segundo de la Ley Nº 20.584, dispone que “Tanto las personas que soliciten o reciban atención de salud por parte de un prestador institucional, como sus familiares, re-presentantes o quienes los visiten, tendrán el deber de respetar

el reglamento interno de dicho establecimiento”.El incumplimiento o inobservancia de las normas y disposicio-nes será causal de alta disciplinaria en los casos expresamente previstos en la Ley y en el presente Reglamento, como asimis-mo, en caso de cualquier conducta, hecho o situación contraria al Reglamento y que ponga en riesgo la seguridad, salud o inte-gridad del propio paciente, otras personas o personal de salud o administrativo del establecimiento.

Artículo 3: VIGENCIAEste reglamento, aprobado por la Gerencia General de Clínica MEDS, entrará a regir a contar del 01 de agosto de 2015 y ten-drá una vigencia de un año, momento en que se realizará una revisión y actualización del mismo.

Se entiende por atención ambulatoria aquella que se entrega a un paciente que acude a la Clínica para una atención de salud, por razones de diagnóstico o tratamiento y que no requiere de una hospitalización.

Artículo 4: REQUISITOS DE INGRESO

REQUISITOS ATENCIÓN CENTRO MÉDICO, TERAPIA OCUPACIONAL, IMÁGENES, MASOTERAPIATodo paciente que consulte por atenciones en estas unidades debe:

• Se recomienda llegar a lo menos 15 minutos antes de la hora reservada, para realizar los trámites administrativos en recepción.

• Acreditar su identidad con Cédula de Identidad y/o docu-mento de extranjería.

• Entregar antecedentes o información necesaria para el re-gistro de datos de identificación y datos de contacto.

• Acreditar la afiliación a un sistema de seguro social (Isapre, Fonasa u otros).

• Todo menor de edad debe presentarse acompañado de un adulto responsable.

EVALUACIÓN PREVIA AL INGRESO A GIMNASIO

Todo paciente que solicite ingresar al Gimnasio debe realizarse una evaluación previa y los requisitos para la realización de ésta son:

• Entregar antecedentes o información necesaria para el re-gistro de datos de identificación y de contacto.

• Cancelar Evaluación

• No haber ingerido alcohol 48 horas antes de la prueba.

• No haber realizado ejercicio intenso al menos 12 horas an-tes de la prueba.

• No haber comido ni bebido, especialmente alimentos con cafeína, 4 horas antes de la prueba.

• Vaciar vejiga 30 minutos antes de la prueba.

• No haber ingerido diuréticos a los menos 7 días antes de la prueba, en lo posible.

• Presentarse con ropa deportiva.

Título I:

DISPOSICIONES GENERALES DEL REGLAMENTO INTERNO

TITULO II:

PRESTACIONES DE SALUD, NORMAS, REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE LAS ATENCIONES ABIERTAS O AMBULATORIAS

REGLAMENTO INTERNO 12

• Traer candado.Eventualmente y de acuerdo a las condiciones de riesgo y al re-sultado de la Evaluación BIOMEDS, se les solicitará, a algunos pacientes, una evaluación cardiológica que autorice el inicio de la actividad física del paciente.REQUISITOS INGRESO GIMNASIO

Entregar antecedentes o información necesaria para el registro de datos de identificación y de contacto.

• Cancelar mensualidad antes del inicio de su atención.

• Respetar las condiciones de ingreso y uso de gimnasio, detalladas en el Contrato de Socios. El cliente debe firmar este documento “Condiciones de ingreso y uso Gimnasio MEDS” al momento de contratar y cancelar los servicios del gimnasio y le será entregada una copia de dicho docu-mento.

• Presentarse con equipo deportivo, el uso de zapatillas es obligatorio para todas las actividades del gimnasio.

• Traer candado para cerrar lockers, y resguardar objetos per-sonales.

• Se debe hacer uso de toalla durante el período de realiza-ción de ejercicio.

• No se permite el uso de celular durante los ejercicios.

• Todo menor de edad debe presentarse acompañado de un adulto responsable.

REQUISITOS INGRESO KINESIOLOGÍASe recomienda llegar a lo menos 15 minutos antes de la hora reservada, para realizar los trámites administrativos en recep-ción.

• Cancelar sesiones de tratamiento antes del inicio de ellas.

• Es obligatorio traer Orden Médica con las indicaciones en-tregadas por su médico, para solicitar atención.

• Se debe traer la Orden Médica el día de la primera sesión.

• Presentarse con equipo deportivo.

• Traer candado para cerrar lockers, y resguardar objetos per-sonales.

• Presentarse a la hora programada para el inicio de sus se-siones.

• Todo menor de edad debe presentarse acompañado de un adulto responsable.

• Si no puede asistir, anule o modifique la hora de atención (Fono 02-24996400). Ante inasistencias sin aviso, se anu-laran las citaciones pendientes y se deberá solicitar una nueva hora para completar el tratamiento de acuerdo a la disponibilidad de horas.

• No se permite el uso de celular durante los ejercicios.

REQUISITOS INGRESO SPASe recomienda llegar a lo menos 15 minutos antes de la hora reservada, para realizar los trámites administrativos en recep-ción, para partir puntualmente y aprovechar al máximo el tiem-po de su masaje.

• Cancelar sesiones de tratamiento antes del inicio de ellas.

• Informar previamente si la paciente se encuentra embara-zada o posee alguna patología como cáncer, que impida la realización de los procedimientos.

• No es requisito disponer de una orden médica.

• Presentarse a la hora programada de la sesión.

• Mantener en silencio su celular.

• Es obligatorio que los pacientes usen ropa interior, mien-tras se realizan el masaje.

• No se encuentra permitido comer o beber dentro del SPA.

• Todo menor de 18 años, debe presentarse acompañado de un adulto responsable, el cual debe permanecer con el me-nor en el box, mientras se realiza el masaje.

Artículo 5: ATENCIONES Y ESPECIALIDADES QUE ENTREGAN LOS CENTROS DE CLÍNICA MEDS

Clínica MEDS, cuenta con 7 Centros que entregan prestaciones de tipo ambulatorio, cuyas áreas se destacan en el siguiente cuadro.

Para obtener mayor información en relación a las especiali-dades que se entregan por áreas de prestaciones que entrega cada Centro, se recomienda visitar la página web www.meds.cl y consultar en cada centro las especialidades que éste entrega.

• Centro Médico

• Procedimientos

• Imágenes

• Laboratorio

• Kinesiología

• Gimnasio

• Hidroterapia

• Laboratorio de Ciencias

del Ejercicio

• Cámara de Hipoxia

• Terapia Ocupacional

• Masoterapia -SPA

• Medicina Complementaria

• Quiropráctica

• Podología

• Ondas de Choque

• Terapia Celular y PRP

REGLAMENTO INTERNO13

A continuación se destacan las distintas especialidades entregadas por cada área de atención:

• Traumatología• Cardiología• Geriatría• Medicina Deportiva• Medicina del Dolor

• Medicina Interna• Neurología• Nutriología• Pediatría• Urología

• Fonoaudiología• Nutrición• Psicología

• Infiltraciones de Medicamentos• Artrocentesis• Reducciones fracturas• Curaciones

• Postura de yeso • Imágenes: Punciones osteomuscu-

lares bajo ECO• Artroresonancia/Artrotac

• Electromiografía• Cardiología

• Rayos• TAC

• Ultrasonido• Resonancias

• Densitometría Ósea

• Pilates Kinésico• Entrenamiento kinésico Funcional

• Rehabilitación Cardiovascular• Personal Trainer

• Atención Kinésica Integral • Laboratorio Biomecánica

• Procesamiento exámenes con otro prestador

CENTRO MÉDICO

PROCEDIMIENTOS

IMÁGENES

LABORATORIO

KINESIOLOGÍA

GIMNASIO

ÁREA ESPECIALIDAD

• Matronatación • Motricidad Acuática en Bebés • Taller de Natación en Niños y Bebés

• Fisiología del Ejercicio

• Biomecánica Deportiva

• Entrenamiento en Hipoxia

• Férulas - Órtesis • FootScan Clínico (análisis de pisada) • Plantilla

• Masajes Terapeuticos• Masajes de Relajación

• Masajes Reductivos

• Acupuntura• Reiki

• Reflexología• Bioimpedanciometría Clínica

• Diagnóstico, tratamiento anomalías del pie

• Tratamiento no invasivo tendinopatías

• Tratamiendo células madres y plasma rico en plaquetas

HIDROTERAPIA

LAB. CIENCIASDEL EJERCICIO

LABORATORIODE BIOMECÁNICA

CÁMARA DE HIPOXIA

TERAPIA OCUPACIONAL

MASOTERAPIA SPA

MEDICINA COMPLEMENTARIA

PODOLOGÍA

ONDAS DECHOQUE

TERAPIA CELULAR Y PRP

*Consultar en cada Centro por las distintas especialidades entregadas en cada uno de ellos.

• Diagnóstico, tratamiento y prevención alteraciones musculo esqueléticasQUIROPRÁCTICA

REGLAMENTO INTERNO 14

Artículo 6: HORARIOS DE ATENCIÓNAnte cualquier duda solicitamos consultar en la página Web [email protected] o directamente a los siguientes fonos:

El horario de atención de público en los distintos centros de atención ambulatoria de Clínica MEDS es:

Contact Center

Reserva de Horas

Imagenología

224996400

224996500

224996480

Kinesiología

Gimnasio

8:00 a 21:00 h

7:00 a 22:00 h

9:00 a 14:00 h

9:00 a 14:00 h

Cerrado

Cerrado

Lunes a viernes Sábados Dom. y festivos

LAS BRUJAS

Kinesiología

Imágenes

Área Médica

SPA

7:30 a 21:00 h

8:00 a 20:00 h

8:00 a 21:00 h

9:00 a 21:00 h

9:00 a 14:00 h

Cerrado

9:00 a 14:00 h

9:00 a 14:00 h

Cerrado

Cerrado

Cerrado

Cerrado

Lunes a viernes Sábados Dom. y festivos

FLEMING

Kinesiología

Imágenes

Área Médica

SPA

Gimnasio

7:30 a 20:00 h

8:20 a 20:30 h

8:20 a 22:00 h

9:00 a 21:00 h

6:30 a 22:00 h

9:00 a 12:00 h

9:00 a 14:30 h

9:00 a 14:00 h

9:30 a 14:00 h

9:00 a 15:00 h

Cerrado

Cerrado

Cerrado

Cerrado

9:00 a 15:00 h

Lunes a viernes Sábados Dom. y festivos

MALL SPORT

7:00 a 21:00 h

9:00 a 21:00 h

8:00 a 21:00 h

8:00 a 21:00 h

9:00 a 20:00 h

12:00 a 19:30 h

8:00 a 21:00 h

6:30 a 22:00 h

8:00 a 11:00 h

7:00 a 21:00 h

9:00 a 21:00 h

8:00 a 21:00 h

8:00 a 21:00 h

9:00 a 20:00 h

12:00 a 19:30 h

8:00 a 21:00 h

6:30 a 22:00 h

8:00 a 11:00 h

7:00 a 21:00 h

9:00 a 21:00 h

8:00 a 21:00 h

8:00 a 21:00 h

9:00 a 20:00 h

12:00 a 19:30 h

8:00 a 21:00 h

6:30 a 22:00 h

8:00 a 11:00 h

7:00 a 21:00 h

9:00 a 21:00 h

8:00 a 21:00 h

8:00 a 21:00 h

9:00 a 20:00 h

10:00 a 17:30 h

8:00 a 21:00 h

6:30 a 22:00 h

8:00 a 11:00 h

7:00 a 21:00 h

9:00 a 21:00 h

8:00 a 21:00 h

8:00 a 21:00 h

9:00 a 20:00 h

12:00 a 19:30 h

8:00 a 21:00 h

6:30 a 22:00 h

8:00 a 11:00 h

9:00 a 18:00 h

9:00 a 18:00 h

9:00 a 19:30 h

9:00 a 18:00 h

9:00 a 12:00 h

9:00 a 12:00 h

Cerrado

9:00 a 14:00 h

Cerrado

9:00 a 14:00 h

9:00 a 14:00 h

10:00 a 16:00 h

10:00 a 16:00 h

Cerrado

Cerrado

Cerrado

Cerrado

Cerrado

Kinesiología

SPA

Imágenes

Área Médica y Procedimientos

Plantillas y FootScan

Podología

Área Especialidades

Gimnasio

Toma Muestras Laboratorio

ViernesJuevesMiércolesMartesLunes Sábados Dom. y festivos

ISABEL LA CATÓLICA

Lunes

Martes

Miércoles

Jueves

Viernes

Sábado y domingo

9:00 a 14:00 h

9:00 a 16:00 h

13:00 a 20:00 h

9:00 a 18:00 h

9:00 a 17:00 h

Cerrado

MALL SPORT: PLANTILLAS FOOTSCAN

Lunes

Martes

Miércoles

Jueves

Viernes

Sábado y domingo

9:00 a 17:00 h

12:00 a 20:00 h

9:00 a 17:00 h

9:00 a 18:00 h

12:00 a 20:00 h

Cerrado

10:00 a 18:00 h

10:00 a 18:00 h

13:00 a 21:00 h

10:00 a 18:00 h

10:00 a 18:00 h

Cerrado

RANCAGUA: PLANTILLAS FOOTSCAN / SPA

Kinesiología

Imágenes

Área Médica

Gimnasio

SPA

8:30 a 21:00 h

10:30 a 20:00 h

8:00 a 20:30 h

7:00 a 22:00 h

9:00 a 21:00 h

9:00 a 13:00 h

9:00 a 14:00 h RX

10:00 a 14:00 h

9:00 a 14:00 h

9.00 a 14:00 h

Sábado por medio

Cerrado

Cerrado

Cerrado

Cerrado

Cerrado

Lunes a viernes Sábados Dom. y festivos

CALERA DE TANGO

Kinesiología

Imágenes

Área Médica

Gimnasio

8:00 a 20:00 h

8:00 a 20:00 h

8:00 a 21:00 h

6:30 a 22:00 h

9:00 a 13:00 h

9:00 a 14:00 h

9:00 a 15:00 h

9:00 a 15:00 h

Cerrado

Cerrado

Cerrado

9:00 a 15:00 h

Lunes a viernes Sábados Dom. y festivos

RANCAGUA

Kinesiología

Imágenes

Área Médica

8:00 a 21:00 h

8:00 a 21:00 h

8:00 a 21:00 h

9:00 a 18:00 h

9:00 a 18:00 h

9:00 a 18:00 h

10:00 a 14:00 h

10:00 a 14:00 h

10:00 a 14:00 h

Lunes a viernes Sábados Dom. y festivos

MAIPÚ

PLANTILLAS/FOOTSCAN SPA

REGLAMENTO INTERNO15

Artículo 7: PRECIOS DE PRESTACIONES

Las prestaciones entregadas por Clínica MEDS se encuentran enunciadas en el “Arancel Institucional de Prestaciones” que incluye los valores de exámenes y procedimientos, entre otros. Este arancel se encuentra a disposición de los interesados en la página WEB de la Clínica MEDS www.meds.cl , en los módu-los de informaciones y recepciones existentes en los distintos Centros.

Artículo 8: CONDICIONES PREVISIONALES REQUERIDAS

Clínica MEDS atiende a todas las personas que requieran sus servicios, independiente de su condición previsional. Para fa-cilitar estas atenciones posee convenio con todas las Isapres abiertas en prestaciones de Imágenes, laboratorio, kinesiolo-gía, fonoaudiología, así como con Fonasa para atención en mo-dalidad libre elección para el Servicio de Imágenes.

Se recomienda consultar por los convenios con Isapres de los médicos que atienden en los distintos centros de Clínica MEDS.

La Clínica es una institución destinada a otorgar prestaciones de salud. Todo lo que diga relación con las coberturas finan-cieras de las prestaciones que fueren procedentes conforme al sistema previsional de salud del paciente, son materias propias y exclusivas de la relación existente entre el asegurador y el pa-ciente en su calidad de afiliado y/o beneficiario.

Asimismo, la activación y trámite de las coberturas preferentes, catastróficas, beneficios y demás aspectos relacionados con su plan de salud, son responsabilidad única del paciente y/o del responsable de su hospitalización. Todo ello, independiente del servicio de orientación que Clínica MEDS otorga al respecto.

Los pacientes extranjeros deberán cancelar valores particula-res y luego reembolsar con sus respectivas aseguradoras, en su país de origen (en caso de disponer de ellas).

En caso de que los pacientes nacionales se encuentren adhe-ridos a seguros complementarios de salud, es de su respon-sabilidad conocer las condiciones y plazos de su póliza con su compañía de seguros y solicitar al médico tratante completar el documento que le permitirá realizar de reembolso de presta-ciones. En el caso de no disponer de copia del documento de reembolso, podrá solicitar una copia de éste a personal admi-nistrativo de las recepciones de los Centros de atención.

Artículo 9: RESERVA DE HORAS CENTRO MÉDICO Y PROCEDIMIENTOS AMBULATORIOS

La solicitud de reserva de horas o citas para consulta en Centro Médico, Procedimientos ambulatorios, Kinesiología, Gimna-sio, Imágenes, Masoterapia/SPA, se realiza a través de una agenda centralizada y disponible en línea, existen 3 canales de entrada:

1. Presencial, a través de las recepciones y/o teléfonos de auto-consulta, cuando corresponda.

2. Contact Center, a través del teléfono 224996400

3. Web, a través del pulsador “Solicite su Hora”, registre sus datos y ejecutivas de Contact Center lo llamarán para agen-dar la hora.

El día de la atención ambulatoria, el paciente deberá presen-tarse al menos 15 minutos antes de la hora de la consulta y/o procedimiento.

En caso de retraso con causa justificada, será el profesional quién autorice la atención del paciente de acuerdo a disponibili-dad en agenda y programaciones del médico. De no ser posible el paciente podrá re-agendar su hora o se sugerirá otro médico de acuerdo a la disponibilidad.

En Kinesiología, se deben agendar la totalidad de las sesiones indicadas, de esta manera se garantiza la continuidad y regula-ridad del tratamiento que el paciente necesita. En caso de atra-so a la sesión programada, será el kinesiólogo quién autorizará la atención del paciente o se reagendará la hora.

Artículo 10: CONFIRMACIÓN DE HORAS MÉDICAS

Contact Center confirmará vía telefónica las reservas de horas médicas, exámenes y procedimientos el día hábil anterior al agendamiento.

En el caso de imágenes se confirmará la hora el día anterior y se hará un recordatorio el mismo día del examen.

Artículo 11: SUSPENSIÓN DE HORASEl profesional médico se comunicará con la Dirección Médica, e ingresará una solicitud, que permitirá al profesional cambiar su agenda, anularla, bloquearla o cerrarla.

Si el profesional anula las consultas con 24 horas de antici-

REGLAMENTO INTERNO 16

pación del comienzo de la agenda, Contact Center llamará a los pacientes para notificar la anulación, ofreciendo otra fecha como alternativa de solución.

Artículo 12: TOMA DE MUESTRAS Para la Unidad de Toma de muestras, el paciente no necesita reservar hora, ya que la atención es por orden de llegada. Los exámenes se realizarán entre las 08:00 y 11:00 AM.

El paciente debe informarse de las condiciones especiales de preparación que requiere la toma de sus exámenes, tales como ayuno. Esta información se la entrega la Unidad de Toma de Muestras.

Clínica MEDS, dispone de un convenio con Clínica Las Lilas, cuyo laboratorio será quién procese los exámenes. El paciente deberá informar un correo electrónico para el envío del número de solicitud del examen, que le permitirá consultar en la página Web www.clinicalaslilas.cl el resultado de sus exámenes regis-trando su RUT y el número de solicitud de examen.

Artículo 13: SERVICIO DE IMÁGENESEl Servicio de Imágenes atenderá con reserva de hora exceptuan-do los exámenes radiológicos simples, como por ejemplo Rx de Tórax.En caso de presentarse sin hora solicitada y con la preparación adecuada, podrá ser atendido de acuerdo a la disponibilidad.

Artículo 14: DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR AL MOMENTO DEL EXAMEN (Toma de muestras, Imágenes o Procedimientos)

Al momento de la atención, el paciente debe presentarse con su Cédula de Identidad en la Admisión respectiva para realizar el proceso de recepción y pago de atención. En el caso de exáme-nes y procedimientos, debe portar su respectiva Orden Médica y eventualmente el documento de Consentimiento Informado (firmado por médico y paciente), en caso que el procedimiento lo requiera.

La Clínica no podrá realizar el examen y/o procedimiento sin la respectiva Orden Médica, es responsabilidad del paciente traer-la al momento del examen. Sólo el médico tratante está autori-zado a emitir copia de dicha orden médica.

Al momento de presentarse para la realización de un examen el

paciente debe informar:

• Qué procedimiento y/o examen se debe realizar.

• Si cuenta con la preparación adecuada.

• Si es con algún especialista, especificar el nombre de éste.

• Si es agendado, detallar la hora programada para la aten-ción.

• Deberá presentar Orden Médica o indicar si tiene Orden Clí-nica electrónica por sistema informático.

• Traer el consentimiento informado firmado, si corresponde.

• En caso de pacientes menores de edad o con alguna limi-tación física o psicológica, estos deberán presentarse con alguno de sus padres o tutor legal.

Artículo 15: RESPONSABILIDADES DEL PACIENTEEs de responsabilidad del paciente:

• Informarse de los horarios de funcionamiento de las dife-rentes áreas.

• Informarse de las preparaciones y/o indicaciones para los diferentes procedimientos y exámenes diagnósticos.

• Informarse de las modalidades de atención y formas de pago.

• Anular, de forma oportuna, su hora en caso de no poder acudir a ésta.

• Entregar datos veraces y un medio de contacto que permita confirmar la hora solicitada.

• Durante el proceso de atención, efectuar las consultas y pre-guntas que sean pertinentes para una adecuada compren-sión de las indicaciones entregadas.

Artículo 16: CONSENTIMIENTO INFORMADOPara la realización de algunos exámenes o procedimientos se requiere que el paciente firme el documento llamado Consenti-miento Informado.

El consentimiento informado es un documento donde el pacien-te reconoce que su médico tratante le ha informado respecto de él o los procedimientos inherentes al acto quirúrgico y a los procedimientos diagnósticos o terapéuticos que le han sido pro-puestos al paciente.

El médico debe entregar una completa explicación sobre el diag-nóstico, plan de tratamiento, pronóstico, riesgos y beneficios asociados al procedimiento o cirugía.

REGLAMENTO INTERNO17

El consentimiento informado garantiza que el paciente, apo-derado o representante legal ha expresado voluntariamente su decisión de someterse a tratamiento, prueba diagnóstica, pro-cedimiento o intervención quirúrgica, después de haber com-prendido la información entregada por el médico, acerca de los objetivos, riesgos, beneficios asociados y alternativas posibles. Este documento debe ser firmado por el paciente, apoderado o representante legal.

El paciente, familiar responsable o representante legal tiene el derecho a hacer las consultas, pedir las precisiones, plantear las dudas y solicitar las aclaraciones que crea necesarias.

Conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 20.584, no se requerirá de consentimiento informado en el caso de que la falta de aplica-ción de los procedimientos, tratamientos o intervenciones su-ponga un riesgo grave para la salud del paciente. Entendemos como tal situación en que la condición de salud o cuadro clínico de la persona implique riesgo vital o secuela funcional grave de no mediar atención médica inmediata e impostergable, y el pa-ciente no se encuentre en condiciones de expresar su voluntad ni sea posible obtener el consentimiento de su representante legal o de la persona a cuyo cuidado se encuentre, por no existir o por no ser habido. En estos casos se dejará constancia en la ficha clínica y se adoptarán las medidas apropiadas en orden a garantizar la protección de la vida, sin perjuicio de comunicarse con el apoderado o representante legal tan pronto sea posible.

Artículo 17: PAGO DE ATENCIONES Toda consulta médica debe ser pagada de acuerdo a los aran-celes, planes y seguros de salud que corresponda. En el Centro Médico excepcionalmente el médico puede autorizar el no co-bro de sus honorarios a través de autorización expresa.

De acuerdo a lo definido en las Normas Técnicas definidas por la Superintendencia de Salud, el honorario del equipo quirúr-gico incluye la intervención quirúrgica y la atención operato-ria directamente derivada de ella, hasta por 15 días desde la intervención. Además se entiende incluido en dicho valor, la reparación de complicaciones directamente derivadas del acto quirúrgico y que sean diagnosticadas dentro de 15 días desde la intervención.

Todas las prestaciones de Kinesiología, Gimnasio y SPA deben ser canceladas, previo al inicio de la atención en dichas unida-des.

Artículo 18: FORMAS DE PAGO

Clínica MEDS cuenta con las siguientes formas de pago:

• Dinero en efectivo

• Tarjeta de débito

• Tarjeta de crédito bancaria

• Cheque al día

• Pagaré

Artículo 19: VENTA DE BONOS IMED En las diferentes recepciones de atención ambulatoria se cuen-ta con venta de bono electrónico IMED, cuya disponibilidad de prestaciones, depende de los contratos suscritos con cada ase-gurador, ya que ellos definen que prestaciones se venderán vía IMED, no siendo responsabilidad de la Clínica si el asegurador no tiene convenio para algunas prestaciones.

En caso de existir problemas de sistema, que impida la emisión de bonos, el paciente tendrá la opción de pago al contado con emisión de boleta, la cual podrá ser reembolsada posterior-mente por el paciente en su aseguradora.

Otra opción ante problemas de falla de sistema es que el pa-ciente firme un pagaré y posteriormente presente los bonos co-rrespondientes a la atención prestada antes de 3 días hábiles, de lo contrario se ejecutará el pagaré.

Artículo 20: RETIRO DE EXÁMENESPara dar cumplimiento al principio de confidencialidad y las normas contenidas en la Ley Nº 19.628 y en la Ley Nº 20.575, la entrega de los resultados de los exámenes, se hará exclu-sivamente al usuario o a su representante legal, debidamente acreditado:

• Retira Paciente: acreditar presentando cédula de identidad y número de folio de la Orden de los exámenes por retirar.

• Retira un Tercero: debe presentar poder simple que autori-ce el retiro de dicho examen, número de folio de la Orden de los exámenes por retirar y fotocopia de la cédula de iden-tidad del paciente.

• Existirá un pool de exámenes cuyos resultados podrán ser consultados a través del sitio Web, en la sección MiMEDS resguardando todos los sistemas de seguridad asociados a este tipo de consulta virtual.

REGLAMENTO INTERNO

No obstante lo mencionado anteriormente, el retiro de exáme-nes asociado a la Ley Nº 19.779 y su respectivo reglamento, se ajustará estrictamente a lo previsto en ellos: entrega personal y reservada, sin perjuicio de la información confidencial a la auto-ridad sanitaria respecto de los casos, siendo aplicables en esta materia las disposiciones de la Ley Nº 19.628 sobre protección de datos personales.

Artículo 21: MASCOTASLos usuarios, acompañantes, familiares y visitas no podrán circular por las dependencias de la Clínica con ningún tipo de animal o mascota. Se exceptúan los perros guías, de señal, de servicio y de respuesta consignados en la Ley Nº 19.284 y su respectivo reglamento.

Artículo 22: CUIDADO DE OBJETOS PERSONALES Y USO DE CAMARINES.

La Clínica no se responsabiliza de forma alguna por la pérdida de objetos, cualquiera sea su valor y que puedan afectar al pa-ciente o sus acompañantes. Por lo anterior se debe guardar el vestuario, accesorios y carteras en el interior del locker de los gimnasios y kinesiología. Es responsabilidad del paciente traer su candado para protegerlo. En ningún caso se deben dejar ob-jetos o vestuario fuera de ellos.Los lockers se deben usar por el tiempo que dure la actividad física, dejándolo desocupado una vez terminada la actividad.

Una vez cerrados los Centros, se procederá a abrir todos los lockers que se mantuvieren con candado, las pertenencias que se encuentren, serán entregadas a la encargada de Servicio al Paciente.

Los familiares del paciente deberán adoptar las mismas medi-das de seguridad antes indicadas.

Artículo 23: IDENTIFICACIÓN DEL PERSONALDe acuerdo a las normas legales e internas de la Clínica, para su adecuada identificación, todos los integrantes del equipo de salud, los profesionales o funcionarios de la institución, porta-rán una credencial en un lugar visible, en la que se registra el nombre y cargo del funcionario.

Artículo 24: USO DE TELÉFONOS CELULARES Se encuentra estrictamente prohibido el uso de teléfonos ce-lulares por parte de los pacientes en las siguientes situaciones:

• Durante la atención en box de consulta de Centro Médico

• En Servicio de Imágenes

• En gimnasio, durante la realización de ejercicios, con el ob-jeto de evitar accidentes.

Artículo 25: ESTACIONAMIENTOSLos estacionamientos de vehículos motorizados, con que cuen-tan los Centros de clínica MEDS son:

Los Centros de Isabel la Católica y de Calera de Tango, cuentan con bicicleteros. Para el uso de estos estacionamientos el usua-rio debe dejar su bicicleta con candado. De no ser así, Clínica MEDS no se hace responsable de una eventual pérdida de este medio de transporte.

Artículo 26: SERVICIOS ADICIONALESREDES SOCIALES: En el área de comunicaciones de Clínica MEDS, disponemos de periodistas destinados a redes sociales (Instagram, facebook y twitter), donde entregamos permanen-temente información relacionada con consejos, informaciones de cursos, charlas y noticias sobre nuestros deportistas que compiten en sus diferentes disciplinas.

REVISTA MEDS: Clínica MEDS cuenta con una revista trimes-tral llamada FITBACK, donde se encontrarán artículos médi-cos, consejos, tips orientados a la actividad física y la salud, además de entrevistas a destacados deportistas apoyados por MEDS, incluyendo cursos y jornadas médicas que se desarro-llan durante el año en nuestros Centros.

Artículo 27: CANALES DE TV Y CLIMATIZACIÓNLa programación de los canales de televisión y la temperatura de la climatización es de exclusivo manejo de funcionarios au-torizados de la clínica.

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Isabel la Católica

Las Condes (Mall S.)

Calera de Tango

Maipú

Fleming

Rancagua

Las Brujas

Propios

Centro Comercial

Propios

del Edificio

Centro Comercial

Centro Comercial

Centro Comercial

Liberados

Pagados

Liberados

Pagados

Liberados

Pagados

Liberados

ESTACIONAMIENTOS

REGLAMENTO INTERNO19

Artículo 28: PRESUPUESTO DE HONORARIOS MÉDICOS

Esta Unidad realiza la entrega de valores del Equipo Médico Quirúrgico, a los pacientes que tienen indicada una cirugía con médicos staff de MEDS. En estos casos se informa a los pacien-tes que soliciten presupuesto en las clínicas y luego evalúen la cobertura con su respectiva Isapre. Con estos datos el paciente informará a las ejecutivas de esta unidad la Clínica elegida para la realización de la Cirugía.

Artículo 29: COORDINACIÓN DE CIRUGÍASUna vez que el paciente confirma la cirugía, las ejecutivas reali-zarán la coordinación del pabellón en la Clínica informada por

el paciente, coordinará el equipo médico (cirujanos, anestesis-tas y arsenalera), que realizará la cirugía y en la eventualidad que requiera algún equipo, materiales o prótesis coordinará con el proveedor para su disponibilidad en pabellón el día de la Cirugía.

Artículo 30: COBRANZA Y PAGO DE HONORARIOS MÉDICOS

Una vez realizada la Cirugía y liquidada la cuenta por la Isapre, las ejecutivas de esta Unidad son las encargadas de realizar la cobranza y recibir el pago de los Honorarios Médicos.

TITULO III:

UNIDAD DE CUENTAS MÉDICAS

TITULO IV:

NORMAS Y CONSIDERACIONES RELACIONADAS CON DERECHOS DE LAS PERSONAS EN SUS ATENCIONES DE SALUD

Artículo 31: DERECHO A UN TRATO DIGNO Y RESPETUOSO

Todos los profesionales y trabajadores que deban atender al paciente o se vinculen con el otorgamiento de las atenciones de salud, usarán en todo momento y circunstancia un lenguaje adecuado y comprensible.

En el caso de personas con discapacidad o en aquellas que no dominen el idioma español, la Clínica facilitará los medios o proveerá los contactos para que reciban la información necesa-ria y en forma comprensible.

El trato digno y respetuoso comprende el respeto a la priva-cidad y honra de la persona. El trato se ajustará a normas de cortesía y amabilidad.

Todo paciente será tratado por su nombre, salvo que ante si-tuaciones relacionadas con la reserva o confidencialidad no lo permitan.

La Clínica facilitará la compañía de familiares, con ocasión de prestaciones ambulatorias, todo ello conforme a las normas.

Artículo 32: DERECHO A RECIBIR INFORMACIÓN OPORTUNA Y COMPRENSIBLE SOBRE SU ENFERMEDAD O CONDICIÓN DE SALUD

Clínica MEDS entrega a sus pacientes información suficiente, oportuna, veraz y comprensible sobre la atención de salud que ofrece y la forma de acceder a ella, asimismo las condiciones previsionales para recibir la atención, documentos y trámites necesarios.

Cuando la edad y condición personal y/o emocional del pa-ciente (de acuerdo a lo valorado por su médico tratante), no le permita recibir información directamente o padezca de di-ficultades de entendimiento, se encuentre con alteración de conciencia, la información le será entregada a su representante legal o a la persona bajo cuyo cuidado se encuentre y que haya designado al momento de su ingreso. Sin perjuicio de lo ante-rior, recuperada la conciencia y la capacidad de comprender, se informará directamente al paciente.

Frente a cualquier duda que presente el paciente o su familiar responsable, sugerimos efectuar sus consultas directamente a la Unidad de Servicio al Paciente.

REGLAMENTO INTERNO 20

Artículo 33: DERECHO A LA RESERVA Y CONFIDENCIALIDAD DE LA FICHA CLÍNICA

La ficha clínica es el instrumento en que se registran los ante-cedentes relativos a las diferentes materias relacionadas con la salud de las personas, que tiene como finalidad la integración de la información necesaria en el proceso asistencial de cada paciente. De conformidad con la Ley Nº 20.584, y decreto N° 041 del 2012, toda la información contenida en la ficha clínica será considerada como información sensible, lo que constituye una información reservada y confidencial del paciente. Por lo tanto, está prohibido el acceso a la ficha médica por parte de personas no relacionadas con la atención del paciente. El pa-ciente, así como el cónyuge, madre, padre o medico externo (si están autorizados expresamente por éste), sólo podrán ver la ficha clínica en conjunto con el médico tratante.

Los terceros que no estén directamente relacionados con la atención de salud de la persona no tendrán acceso a la infor-mación contenida en la respectiva ficha clínica. Ello incluye al personal de salud y administrativo no vinculado a la atención de la persona.

La Dirección Médica es la encargada de la custodia de los regis-tros clínicos y cualquier consulta al respecto deberá canalizarse a través esta Dirección.

Clínica MEDS, de conformidad al artículo 128 del DFL N°1 de 2005 de salud, está facultada para entregar a las instituciones de salud previsional, (Isapre, Fonasa u otros), una certificación médica necesaria para la determinación de la procedencia de determinado beneficio o cobertura. Lo anterior implica que di-chas instituciones están facultadas para requerir a la Clínica la entrega de la certificación médica necesaria a objeto de evaluar la entrega de tales coberturas y/o beneficios.

El Ministerio de Salud, Secretaría Regional Ministerial, Super-intendencia de Salud, Instituto de Salud Pública, Servicios de Salud, por medio de sus funcionarios en los casos que los au-toriza la ley podrán acceder a la información de la ficha clínica.

Artículo 34: SOLICITUD DE DOCUMENTOSEn el evento de que el paciente requiera copia de todo o parte de los antecedentes que conforman su ficha clínica, o un ter-cero debidamente facultado mediante poder simple notarial lo requiera, debe formular una solicitud a la Dirección Médica, donde se le proveerá de los formularios correspondientes.

En los casos de requerir copia de órdenes médicas o firma de formulario de reembolso de Seguros Complementarios de Sa-

lud, deberá solicitarlos directamente a la secretaria de su mé-dico tratante.

Artículo 35: PROCEDIMIENTOS DE SUGERENCIAS, SOLICITUDES, FELICITACIONES Y RECLAMOS

Clínica MEDS cuenta con un procedimiento interno de gestión de requerimientos de sugerencias, solicitudes, felicitaciones o reclamos. Su gestión está a cargo de la Unidad de Servicio al Paciente.

Estos requerimientos se pueden informar a través de:• Libro de reclamos, disponibles en las siguientes unidades:

• Vía telefónica, mediante Contact Center

• Página Web

• Personalmente en la Oficina de Servicio al Paciente, la cual atiende de lunes a viernes desde las 09:00 hasta las 18:30 horas.

Podrán presentar sugerencias y/o reclamos el paciente por sí mismo, su familiar responsable o representante legal cuando el paciente estuviere imposibilitado.

Será requisito esencial que el usuario indique claramente su nombre, RUT, dirección de correo electrónico, teléfono, direc-ción y lo que genera su requerimiento, con el objeto de gestio-narlo adecuadamente y hacerle llegar la constancia de recep-ción con la respuesta a dicho requerimiento.

No se dará curso a los reclamos que contengan lenguaje soez, ofensivo, insultos o expresiones constitutivas de injurias y/o calumnias.

Tal como lo indica la Ley N° 20.584, el contacto con el usuario se hará personalmente, por vía telefónica o vía correo electró-nico (en este último caso, sólo cuando el usuario autorice su correo electrónico, como medio para recibir la respuesta de la sugerencia puesta en la Clínica).

Recepción

Kinesiología 1

Kinesiología 2

Especialidades

Gimnasio

Cardiología

Área Médica

Imágenes

SPA

ILC MSP LBJ FLM MPU CDT RNG

REGLAMENTO INTERNO21

Artículo 36: GRABAR Y REPRODUCIRLa atención proporcionada al paciente en Clínica MEDS, se de-sarrolla en un marco de respeto por la vida privada y la honra de las personas; es por ello, deber de los integrantes del equipo de salud, visitantes y familiares, mantener una actitud de respe-to con toda persona, sujeta a atención, tratamiento o procedi-mientos en la Clínica como en cualquiera de sus dependencias, unidades, servicios, box de atención o espacios en general.

Queda prohibido a los pacientes, familiares o cualquier otra persona fotografiar, filmar, grabar, reproducir conversaciones en dependencias de la Clínica. Asimismo, se prohíbe la difusión de tales imágenes, grabaciones o registros. La inobservancia a esta prohibición autorizará a la Clínica para poner los antece-dentes a disposición de la entidad que corresponda, a fin de hacer efectiva las responsabilidades penales y civiles respec-tivamente. Todo ello en conformidad con el artículo 161-A del Código Penal.

No obstante lo señalado precedentemente, determinados tra-tamientos, procedimientos o intervenciones podrían requerir la toma de fotografías, imágenes, grabaciones o filmaciones por razones asistenciales o docentes, por parte del médico tratante u otros miembros del equipo. En ocasiones, este material es necesario para el adecuado tratamiento, seguimiento o evolu-ción de la condición o estado de salud del paciente o su seguri-dad. Para llevar a cabo lo anterior, se requerirá consentimiento expreso del paciente o su familiar responsable.

El uso de fotografías, grabaciones o filmaciones para fines pe-riodísticos o publicitarios sólo podrá realizarse previo consen-timiento expreso de la persona o su representante.

Siempre que se considere oportuno, conveniente o necesario, se podrá restringir el uso o ingreso a determinadas dependen-cias, unidades o lugares de la Clínica, con teléfonos, cámaras, grabadoras u otros dispositivos que permitan o faciliten la gra-bación, fotografía o captación de imágenes.

TITULO V:

normas referentes a fotografías, imágenes y grabaciones

TITULO Vi:

normas y consideraciones relacionaDAs con deberes de las personas en la atención de salud

Artículo 37: DEBER DE RESPETAR EL REGLAMENTO INTERNO

De acuerdo a la legislación vigente, tanto las personas que soli-citen o reciban atención de salud por parte de un prestador insti-tucional, como sus familiares, representantes o quienes los visi-

ten, tendrán el deber de respetar el presente reglamento interno.

Artículo 38: DEBER DE INFORMARSE

La persona que solicita una atención de salud tiene el deber de informarse acerca del funcionamiento del establecimiento para

El plazo máximo para responder un reclamo es de 15 días há-biles, contados desde el primer día hábil siguiente de recibido el reclamo, tal como lo señala la Ley N°20.584. En caso de que no esté de acuerdo, con la respuesta entregada por la Clínica

o no la obtenga dentro del plazo de 15 días hábiles, podrá re-currir ante la Superintendencia de Salud en un plazo de 5 días hábiles, contado desde la fecha de notificación de la respuesta o desde el término del referido plazo de 15 días hábiles.

REGLAMENTO INTERNO

los fines de la prestación que requiere, especialmente, respecto de los horarios y modalidades de atención. Así como sobre los mecanismos de financiamiento existentes, acerca de los proce-dimientos de consulta y reclamo establecidos.

Artículo 39: DEBER DE CUIDADO DE INSTALACIONES, BIENES Y EQUIPAMIENTO

Todas las personas que hagan uso de las dependencias de los Centros de Clínica MEDS, deberán cuidar las instalaciones y equipamiento que ésta mantiene a disposición para los fines de atención, respondiendo de los perjuicios y daños que se causen conforme a las normas civiles y penales aplicables.

Artículo 40: DEBER DE TRATO RESPETUOSO AL EQUIPO DE SALUD, PERSONAS Y PACIENTES

Las personas en todo momento deben tratar en forma respe-tuosa a los profesionales, técnicos y administrativos que for-man parte del equipo de salud. Esta obligación corresponde además, a los familiares, representantes legales y otras perso-nas que los acompañen o visiten.

El trato irrespetuoso o los actos de violencia verbales o físicos en contra de los integrantes del equipo de salud, pacientes u otros, determinarán las medidas que tomará la Clínica, las que van desde hacer presente la gravedad de la conducta, solicitar abandono de las dependencias, prohibir el ingreso, requerir la presencia de la fuerza pública.

Artículo 41: DEBER DE COLABORACIÓN Y VERACIDAD

El paciente, sus familiares o representante legal, deberán co-laborar con los miembros del equipo de salud, informando de manera veraz acerca de los problemas de salud y todos los an-tecedentes que conozcan y les sean solicitados para un adecua-do diagnóstico y tratamiento.

Artículo 42: PROHIBICIONESPor disposición del Ministerio de Salud y lo dispuesto en la Ley Nº 20.660 está estrictamente prohibido a toda persona fumar en los recintos de la Clínica no habilitados para ello. Asimis-mo consumir bebidas alcohólicas en las dependencias de la Clínica.

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TITULO VII:

SITUACIONES DE EMERGENCIA Y VÍAS DE EVACUACIÓN

Artículo 43: NOTIFICACIÓN DE SITUACIÓN DE EMERGENCIA

Ante una emergencia, se debe reaccionar de manera organi-zada, los pacientes y sus acompañantes deben seguir las ins-trucciones del personal de la Clínica debidamente identificado, quienes le entregarán la ayuda que se encuentre disponible para controlar la emergencia, resguardando a las personas que se encuentren en el lugar afectado.

La oportunidad y forma de evacuación (caminado, asistido, en silla de ruedas o camilla), será la indicada por el personal encar-gado de la clínica de acuerdo al tipo de emergencia.

Al evacuar los pacientes deben cumplir las siguientes indica-ciones:• Esperar instrucciones de personas entrenadas para la

emergencia que se desarrolla.

• Hacer uso de las escaleras de emergencia, NUNCA hacer uso de ascensores.

• No correr ni formar aglomeraciones en los pasillos y esca-leras.

• No regresar al área afectada hasta que personal de la Clíni-ca lo autorice

• Ninguna persona que no tenga una función específica que cumplir en la emergencia, deberá intervenir en ella. Sólo debe limitarse a seguir las instrucciones del monitor de evacuación.

• La autorización para retornar al lugar, será dada por los monitores de evacuación presentes.

• Si la evacuación es por fuego:

• Dejar cerradas las puertas a su paso, sin seguro. Esta medida bloquea el avance de las llamas y del humo de un lugar a otro.

REGLAMENTO INTERNO

TITULO VIII:

SOBRE PATOLOGÍAS DEL RÉGIMEN DE GARANTÍAS DE SALUD (GES)

Artículo 45: NOTIFICACIÓN PATOLOGÍAS GESSi el paciente padece de alguna de las enfermedades incorpora-das como GES (Garantías Explícitas en Salud), su médico tra-tante entregará el formulario de notificación de información. En caso de requerir los beneficios de este derecho, el paciente, su representante legal o familiar responsable deben presentar en su institución aseguradora de salud (Isapre o Fonasa), el formulario de constancia de información emitida con el fin de iniciar los trámites para acceder a éste. Esta notificación debe contar con la firma del paciente y del médico que notifica la patología GES.

Es importante destacar que corresponde al paciente, represen-tante legal o familiar responsable, informarse sobre la red de

prestadores públicos o privados de salud, en la cual puede ha-cer uso de sus derechos y garantías.

Es el asegurador de salud (Isapre o Fonasa), quién determina y deriva al paciente al establecimiento de salud que corresponda para la entrega de las prestaciones definidas en la canasta para cada patología GES. En caso de que Clínica MEDS no sea el prestador designado por el asegurador, el paciente deberá utili-zar el prestador asignado para ser cubierto por el GES, si es que así lo decide. Para mayor información sobre las prestaciones que están cubiertas por el GES y la modalidad de su ejercicio por parte de los usuarios, consultar en la página web de la Su-perintendencia de Salud (www.superdesalud.cl).

• Si hay humo, debe gatear tratando de cubrir la boca y nariz con un paño húmedo.

• Antes de abrir una puerta, palpar su temperatura, y si está caliente buscar otra vía de evacuación.

Artículo 44: VÍAS DE EVACUACIÓNClínica MEDS ha dispuesto señales de evacuación en todas las vías de evacuación y salidas de emergencia de cada Centro.

Esta señalética se encuentra diseñada conforme a lo estipulado en la Norma Chilena 2111 of 91.

Estas señales permiten al usuario guiarse por pasillos y puertas que conducen a las zonas de seguridad y escaleras de evacua-ción, las que se utilizarán en situaciones de emergencia (situa-ciones que generen riesgo para las personas o pacientes).

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24REGLAMENTO INTERNO

TELÉFONOS

Mesa Central: +56 2 2499 6400Solicitud de Hora: +56 2 2499 6500

Solicitud de Hora Imagenología : +56 2 2499 6480

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