Reglamento Interno de Radio operadores

5
REGLAMENTO INTERNO DE RADIO-OPERADORES EN CABINA CENTRAL RADIO TAXI SITIO 22 MINERVA Art. 1) El presente reglamento de Radio-Operadores rige y regirá el trabajo dentro de cabina, así como de su disciplina y de sus transmisiones. El Radio- Operador está Obligado a cumplir y hacer cumplir los estatutos y reglamentos de nuestra organización en función y desempeo de su trabajo para con el !itio "" #iner$a. Art2) %os radio-operadores tienen como jefe inmediato y operati$o al &residente de la radiofrecuencia en turno, en ausencia del mismo por cual'uier moti$o o circunstancia, funge o fungirá el !ecretario de (dministración y)o el !ecretario de administración adjunto. (sí como jefe superior o má*imo se tiene al !ecretario +eneral. Art. 3) Inicio d !"#or$% a odos y cada uno de los radio-operadores se deberán presentar a su centro de trabajo por lo menos min. (ntes de su hora de inicio de labores. /on la 0nalidad de enterarse de parte de su compaero 'ue 0naliza su turno, de cual'uier asunto pendiente, así como de ser$icio1s en proceso. b odos los radio-operadores tienen 2nicamente 34 min. 5e tolerancia para presentarse a laborar. 5espu6s de los 34 minutos se tomara como retardo7 acumulando más de tres retardos en el mes natural, se considerara como un día de falta de asistencia al trabajo. 5espu6s de 3 min. 5e retardo 'ueda a criterio de su jefe inmediato en funciones el no permitirle laborar. c %os radio-operadores deben de presentarse a laborar limpios y aseados en su persona, pelo y en sus ropas. 8o se permitirá portar ni tener pressing durante su estadía y desempeo laboral en nuestras instalaciones de trabajo. d 9ueda estrictamente prohibido presentarse a trabajar en estado de ebriedad, bajo el in:ujo de cual'uier droga o estupefaciente7 así como con aliento alcohólico. (sí como consumir ingerir, guardar y)o, comercializar cual'uier droga, substancia o ener$ante y)o bebidas alcohólicas embriagantes. %a falta a este inciso es moti$o de despido justi0cado.

description

reglamento de despachadores de la radio

Transcript of Reglamento Interno de Radio operadores

REGLAMENTO INTERNO DE RADIO-OPERADORES EN CABINA CENTRAL RADIO TAXI SITIO 22 MINERVAArt. 1) El presente reglamento de Radio-Operadores rige y regir el trabajo dentro de cabina, as como de su disciplina y de sus transmisiones. El Radio-Operador est Obligado a cumplir y hacer cumplir los estatutos y reglamentos de nuestra organizacin en funcin y desempeo de su trabajo para con el Sitio 22 Minerva.Art2) Los radio-operadores tienen como jefe inmediato y operativo al Presidente de la radiofrecuencia en turno, en ausencia del mismo por cualquier motivo o circunstancia, funge o fungir el Secretario de Administracin y/o el Secretario de administracin adjunto. As como jefe superior o mximo se tiene al Secretario General.Art. 3) Inicio de labores: a) Todos y cada uno de los radio-operadores se debern presentar a su centro de trabajo por lo menos 5 min. Antes de su hora de inicio de labores. Con la finalidad de enterarse de parte de su compaero que finaliza su turno, de cualquier asunto pendiente, as como de servicio(s) en proceso.b) Todos los radio-operadores tienen nicamente 10 min. De tolerancia para presentarse a laborar. Despus de los 10 minutos se tomara como retardo; acumulando ms de tres retardos en el mes natural, se considerara como un da de falta de asistencia al trabajo. Despus de 15 min. De retardo queda a criterio de su jefe inmediato en funciones el no permitirle laborar. c) Los radio-operadores deben de presentarse a laborar limpios y aseados en su persona, pelo y en sus ropas. No se permitir portar ni tener pressing durante su estada y desempeo laboral en nuestras instalaciones de trabajo.d) Queda estrictamente prohibido presentarse a trabajar en estado de ebriedad, bajo el influjo de cualquier droga o estupefaciente; as como con aliento alcohlico. As como consumir ingerir, guardar y/o, comercializar cualquier droga, substancia o enervante y/o bebidas alcohlicas embriagantes. La falta a este inciso es motivo de despido justificado. e) Es obligacin del radio-operador que termina su turno de trabajo, poner al tanto de todos los pendientes existentes, apartados, notificaciones, avisos y servicios en proceso, a su relevo que inicia labores. As como entregar limpia, aseada y ordenada la radio cabina, y el bao.

Art.4) Atencin al cliente.a) Al contestar cualesquier llamada telefnica en cabina se deber contestar invariablemente de la siguiente manera: Sitio 22 Minerva Radio-Taxis buenos(as) Das, tardes, noches. (segn la hora que corresponda) Le atiende.Nombre del operador. Ejemplo: Sitio 22 Minerva Radio-Taxis buenos das le atiende Hctor.b) Siempre y bajo cualquier circunstancia al cliente se le debe tratar con respeto, atencin y un tono amable y tranquilo.c) Al cliente se le debe solicitar todos los datos necesarios del domicilio donde requiere nuestros servicios de taxis, as como la hora en que lo requiere y las especificaciones del servicio. Los datos que se deben solicitar al cliente son:1) Nombre de la calle. 2) numero del domicilio y nmero o letra interior. 3) calles con las que cruza el domicilio. 4) Nombre de la colonia o fraccionamiento y/o nombre del coto. 5) Nombre del cliente y de la empresa que solicita el servicio; en el caso que sea empresa con convenio con nuestra organizacin 6) Solicitar al cliente un nmero telefnico para cualesquier aclaracin. Este inciso no es indispensable para prestarle el servicio al mismo. 7) Al cliente se le debe de especificar el tiempo aproximado en el que el taxi llegara a su domicilio.d) Las reservaciones de servicios o tambin llamados apartados. Los radio-operadores debern recabar todos los datos del inciso anterior y anotar la especificacin de la fecha y la hora del servicio en que se solicita.e) Para finalizar la llamada y atencin al cliente el radio-operador deber despedirse de la siguiente manera: Que tenga un(a) excelente da, maana o tarde segn el horario en que se le atienda, y mencionar quien le atendi. Ejemplo: Que tenga un excelente maana le atendi Hctor.Art.5) Asignacin de servicios.Los servicios sern asignados nicamente a los taxis de nuestra organizacin con los siguientes criterios: Por zonificacin: Nuestro sitio cuenta con zonificacin de servicios para con nuestras distintas guardias de trabajo, se deber respetar dicha zonificacin y poner en accin el: Capitulo 3 del Reglamento Interno para el uso de la Radiofrecuencia del Sindicato de Trabajadores del Sitio 22. Capitulo 3 Asignacin de servicios a guardias y Zonificacin.Art. 8. A las guardias que se tengan para servicios de radio taxi en la frecuencia (fox 1) se les asignarn los servicios con tres llamados. *Primer 35, Guardia. Es para la unidad de dama (342) *Segundo 35, Guardia. Es para la unidad de dama (342). Si la misma no contesta, reiniciara 148 y se har 108 dirigida a la H.Comisin de Honor y Justicia. * Tercer 35, Guardia. Es para cualquier unidad del rol (148). Se le asignar el servicio a la primera unidad (32) que registre 00 y solo se confirmar si est en el rol (148) de esa guardia. *cuarto 35, se asignar la primera unidad que conteste a criterio de 00.Art. 9. Para las guardias de zonificacin que no estn por frecuencia (fox 1) se les asignar el servicio por telfono a su caseta. Estando obligado a acudir al servicio la unidad que este de dama en ese momento, proporcionando su nmero de unidad (32) y su nmero de gafete (34). As mismo los servicios otorgados por 00 (cabina de radio taxi) el sistema de cobro es el mismo del sistema de radio taxi.Fuera de zonificacin: Se deber poner en accin el: Capitulo 2 del Reglamento Interno para el uso de la Radiofrecuencia del Sindicato de Trabajadores del Sitio 22.Capitulo 2 asignaciones de servicios por parte de 00 hacia los conductores.Art. 2 a) Si el operador en turno requiere una unidad para servicio trasmitir uno o dos llamados para localizar la unidad ms cercana. b) Las unidades que se reporten a esos servicios, solo lo harn las ms cercanas con su nmero de unidad., esperando que 00 les pregunte su ubicacin (03). Se consideran unidades cercanas a no ms de 15 cuadras del lugar (20) de donde se solicita (aprox. 1Km de distancia). c) El radio operador (00) o gama, trasmitir dos llamados. Estos sern: *primer 35, 32 domicilio (No ms de 1 Km). *segundo 35, 32 domicilio (No ms de 2 Km). d) Si en el primer llamado se reportan tres o ms unidades no se har el segundo llamado. e) Si despus del segundo llamado no responde ninguna unidad el radio operador 00 har los llamados siguientes: 35, 14,32 domicilio, cuantos sean necesarios. El servicio lo asignar a la unidad que se encuentre ms cercana o que haga menos tiempo en llegar al domicilio. f) Despus de el tercer llamado 00 tiene la facultad de asignar el servicio a criterio, a la primera unidad que se reporte. g) Si una unidad se reporta a un servicio y ya existe reportada una unidad o unidades ms cercanas a l y no lo deja 44 ser sancionado segn dictamine la H. Comisin de Honor y Justicia (falta leve) h) Al reportarse las unidades para servicio, 00 nombrar las unidades en el orden que l los haya escuchado y registrado dando tiempo al final de la ultima unidad, mencionando 39 para que se reporten las unidades que no se nombraron (ms de tres unidades reportadas no habr segundo llamado). 00 proceder a solicitarle a cada unidad su ubicacin (03). Asignando as a la ms cercana en distancia o tiempo a criterio del 00 en turno. Si una unidad se reporta a dos cuadras o menos del 49 se le asignar el servicio sin necesidad de preguntar ubicacin de las dems unidades restantes a criterio del radio operador.Art. 3. Se considera falta grave cuando una unidad no cumpla un servicio asignado. Art. 4. Una vez otorgado el servicio por 00, queda totalmente prohibido cuestionar o reclamar al radio operador sobre su decisin.Art. 5. Se castigara como falta grave si alguna unidad atiende algn servicio sin previa asignacin de 00.Art.6. Cuando algn compaero responda al llamado para 16, deber ser honesto y decir su ubicacin exacta; el radio operador (00) tomar tiempo de llegada al domicilio. Si el tiempo no corresponde a la ubicacin indicada, se le llamara la atencin por frecuencia, y si esta situacin es recurrente (dos o ms) se proceder a elaborar reporte a la comisin de honor y justicia.Servicios de vehculos de 5 o ms plazas (pasajeros) Los servicios de vehculos de 5 o ms pasajeros, se solicitaran de igual forma por zonificacin y fuera de zonificacin; especificando la capacidad solicitada por el cliente.Art.6) Turnos laborales, Descansos y vacaciones.a) El responsable de asignar horarios, turnos, descansos y programar vacaciones ser el Presidente de la radiofrecuencia y/o el Secretario de Administracin o el Secretario de Administracin adjunto. b) Todos y cada uno de los Radio-Operadores tienen lo obligacin rolar turnos y das de descanso segn las necesidades y prioridades laborales de nuestro centro de trabajo.c) La Programacin de vacaciones de los Radio-Operadores se deber coordinar con el Presidente de la Radiofrecuencia y/o el Secretario de Administracin o Secretario de Administracin adjunto y el Radio-Operador.d) Cualquier permiso de ausencia laboral o para retirarse de laborar solo lo podrn autorizar el Presidente de la Radiofrecuencia y/o el Secretario de Administracin o el secretario de Administracin Adjunto. Art.7) El uso de instalaciones, equipos y accesorios de trabajo.a) El buen o mal uso de todas las instalaciones, equipos y accesorios de trabajo; ser responsabilidad de los Radio-Operadores.b) El uso de las instalaciones, equipos y accesorios de trabajo son y sern utilizados nica y exclusivamente para el desempeo del trabajo del radio-taxi del Sitio 22 Minerva.c) Queda estrictamente prohibido el uso distinto a nuestras labores del inciso anterior. La falta al mismo es motivo de despido justificado. Art 8) Registro de servicios o Bitcora de servicios. a) Todos los servicios de taxis asignados por radio cabina debern ser registrados en la bitcora de servicios. En la bitcora deber llevar los siguientes datos: 1) Nmero de unidad (taxi). Este nmero es el nmero econmico o numero de permiso del taxi, junto con el nmero de credencial del chofer. Cuando se asigne el servicio anotar a que guardia se asigno el mismo. Si no fue de guardia anotar solo radio 2) Domicilio a donde acudir el taxi a realizar el servicio (art. 4 inciso c) 3) Anotar la hora en que se toma el servicio en cabina.b) Anotar en la bitcora cualquier referencia al servicio o reporte del mismo.c) Registrar los servicios apartados o reservados (art4. Inciso d) y tomar las providencias pertinentes en tiempo y forma para que se realice el servicio. Anotar el servicio en la bitcora cuando este se realice y poner la anotacin apartado.