Reglamento Interno de Trabajadores_cooperativa

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    FACULDADDEINGENIERIAYARQUITECTURA

    ESCUELAPROFESIONALDESISTEMASEINFORMATICA

    ORGANIZACIN Y MTODOS

    Tema : ROFMUNICIPALIDAD PROVINCIAL HUANTA

    Profesor : Eduardo Taco Castro

    Integrantes : MAMANI CHAMBI, Juan Carlos

    PARDO ITURRAL, Victor

    RAMIREZ CHAVEZ, Marbin

    RONDINEL BORDA, Joseph

    VARGAS AVILES, Edwin

    AYACUCHO - 2011

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    REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJADORES

    Generalidades

    La Cooperativa de Ahorro y Crdito San Mojito, es una entidad financiera sin propsito de

    lucro, y procurar, mediante el esfuerzo propio y la ayuda mutua de sus miembros, el

    servicio inmediato de stos y el mediato de la comunidad. Por lo tanto, la finalidad el

    prestar servicios a sus asociados o permitirles un trabajo digno en sus actividades con el

    cual satisfagan algunas de sus actividades econmicas y sociales.

    Captulo I:Definicin: Empresa cooperativa que brinda servicios financieros de carcter

    solidario, constituida en forma libre y voluntaria para satisfacer necesidades comunes. Su

    vida institucional se desenvuelve en el marco doctrinario de los principios y valores

    cooperativos mundialmente aceptados, as como observando y respetando las disposiciones

    legales vigentes emitidas para la actividad financiera.

    Trabajadores: Tienen la calidad jurdica de trabajadores dependientes y en consecuencia

    estn sujetos al rgimen laboral de la actividad privada, para todos sus efectos.

    Captulo II:

    Artculo 2: Son Derechos de la Cooperativa:

    1. Imponer las sanciones de suspensin o destitucin del cargo laboral, segn los casos,al empleado que con su accin u omisin hubiere contribuido a que la cooperativa

    resulte perjudicado de infracciones de la ley, sin perjuicio de las acciones civiles y

    penales a que hubiere lugar;

    2. Nombrar, contratar o remover al personal de la Cooperativa, segn las leyesvigentes.

    3. La Cooperativa fija las remuneraciones; y delega sus atribuciones a su recursohumano segn lo establecido en el consejo de administracin.

    4. Nombrar a los administrativos de mayor jerarqua y delegar las funciones queconsidere necesarias.

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    5. Celebrar convenios con organismos del Estado u otras instituciones de supervisinbancaria, financiera, de pensiones y de seguros del extranjero, con fines de

    capacitacin e intercambio de informacin en materia de supervisin.

    6. Remitir los informes resultantes de sus acciones y actividades.7. Promover la capacitacin continua del personal de la unidad orgnica, incluida los

    directivos.

    Artculo 3: Todos los trabajadores de la cooperativa recibirn una copia del presente

    Reglamento Interno de Trabajador, a fin de conocer sus derechos y obligaciones.

    Captulo III: de los Trabajadores:

    Artculo 4: Los postulantes a los cargos a ocupar dentro de la cooperativa sern

    seleccionados de acuerdo y previa evaluacin de sus aptitudes, rendimiento, experiencia.

    Artculo 5: Los empleados a contratar estn sujetos a un periodo de prueba de tres meses

    para evaluar sus capacidades y su actitud de trabajo dentro de la cooperativa; caso

    contrario se retirara de su labor.

    Artculo 6: Los empleados y la cooperativa celebran un contrato por escrito y en triplicado

    una de cuyas copias se remite al empleado para conocimiento de sus derechos yobligaciones.

    Captulo IV: Derechos, Obligaciones y Prohibiciones de los Trabajadores:

    Artculo 7: de los derechos

    1. Cumplir las 8 horas de trabajo diarias, as mismo las 48 horas semanalescorrespondientes segn ley; caso exceder en horas a las establecidas dichas horas

    deben ser remuneradas previo consentimiento del consejo administrativo.2. Los empleados tienen derecho a contar con los diversos recursos requeridos para el

    buen desempeo de su labor dentro de la cooperativa.

    3. Recibir un trato justo y equitativo por parte del personal en general.

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    4. Recibir incentivos por el desempeo y logros alcanzados en beneficio de lacooperativa, as como para metas cumplidas.

    5. Tiene el derecho de ser informado de las decisiones, acuerdos tomados por elconsejo de administracin.

    Artculo 8:de las obligaciones

    1. Cumplir con las normas, reglamentos establecidos en el contrato y posterioresacuerdos validados por el consejo de administracin.

    2. Usar adecuadamente los instrumentos y materiales de trabajo y as como losequipos.

    3. Comunicar al empleador todo evento o situacin que ponga o pueda poner en riesgola seguridad e integridad de la cooperativa.

    4. Cumplir las tareas encomendadas por superiores en el tiempo determinado deacuerdo a la reglamentacin y normatividad.

    Artculo 9:de las Prohibiciones

    1. El empleado debe guardar confidencialidad sobre la informacin relevante de lacooperativa.

    2. El empleado no debe asistir al centro de labor en estado etlico y/o que alteren sulibre comportamiento normal y la labor de sus compaeros de trabajo.

    3. El empleado no debe realizar labores ajenas a la institucin dentro de sus horas detrabajo.

    4. Llevar materiales de oficina y actividad laboral fuera de la institucin sinautorizacin.

    5. No ser participes de actos inmoral dentro de la institucin.Capitulo V: de las Licencias y Permisos:

    Artculo 10: con goce de haber

    1. Estas licencias sern otorgadas en caso de estado de gravidez, embarazo, y similaressegn ley.

    2. Las solicitudes de permiso deben ser presentadas con adecuada anticipacin.

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    3. Las licencias y/o permisos deben de estar acompaados con sus respectivosdocumentos de sustentacin.

    Artculo 11: sin goce de haber

    1. Estas licencias son otorgadas en caso extracurriculares.2. Por tener problemas legales.3. Por faltas injustificables.

    Captulo VI: de las reclamaciones:

    Artculo 12: Se presentara un reclamo frente a un abuso de sus derechos dentro de la

    institucin.

    Artculo 13: Ambas partes, el empleado y el empleador, debern dar solucin a dicho

    reclamo, sin llegar a complicaciones que perturben la buena relacin y la imagen de la

    empresa.

    Captulo VII: de las vacaciones:

    Artculo 14: Las vacaciones sern dadas anualmente durante 15 das, con goce de haber

    segn ley.

    Artculo 15: Las vacaciones pueden ser acumulativas.

    Artculo 16: El trabajador pedir sus vacaciones pasado los 7 meses de servicio continuo, y

    estas se harn efecto al cumplir el primer ao de servicio.

    Captulo VIII: de las Remuneraciones

    Artculo 17: Las remuneraciones sern pagas segn el acuerdo celebrado en la contrata con

    el trabajador.

    Artculo 18: Los depsitos pueden ser efectuados en las empresas del sistema financiero:

    bancario, cajas municipales de ahorro y crdito, cajas rurales segn a eleccin del

    trabajador.

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    Artculo 19: Se dar incentivos a los trabajadores ms comprometidos en las labores de la

    empresa.

    Captulo IX: del Desarrollo Personal

    Artculo 20: Es una experiencia de interaccin individual y grupal a travs del cual los

    sujetos que participan en ella desarrollan habilidades y destrezas por la comunicacin

    directa.

    Artculo 21: La cooperativa tiene la obligacin de realizar una capacitacin, segn su

    rendimiento en el rea que desempea.

    Artculo 22: Celebrar convenios con instituciones pblicas y privadas, con fines de

    capacitacin e intercambio de informacin a fin de mejor la gestin de la cooperativa.

    Captulo X: de las Comisin de Servicio

    Artculo 23: Los encargados de realizar cobranzas a MyPES lo harn diariamente.

    Artculo 24: La comisin encargada de captar y/o afiliar nuevos clientes tendr una

    bonificacin extraoficialmente segn la transaccin realizada por dichos clientes.

    Artculo 25: Lacomisin de finanzas informa, conforme a lo establecido por las normas

    respectivas, al Consejo Administrativo, sobre las acciones, resultados y metas propuestas

    para el periodo correspondiente.

    Capitulo XI: de las Medidas Disciplinarias

    Artculo 26: El incumplimiento de las normas del presente reglamento dar lugar amedidas disciplinarias descritas a continuacin:

    Artculo 27: Se emitir un memorndum si se comenten en las siguientes infracciones:

    Constantes tardanza Ausencia injustificada Presencia de consumo de sustancias indebidas (alcohol, drogas, etc.) Actividad no concerniente a su laboral dentro de la institucin.

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    Artculo 28: Si se da caso omiso a los memorndum emitido se proceder a un dialogo dellamada de atencin con el jefe inmediato.

    Artculo29: En caso de obstinacin del empleado a los artculos: 27 y 28 de Capitulo XI ode cometer una falta grave se proceder a un descuento y/o suspensin, sin derechos a

    reclamos.

    Artculo 30: Sera expulsado de la institucin si se diese el caso de un atentado a laintegridad e imagen de la institucin y no habr lugar a posteriores reclamos.

    Artculo 31: En el caso de delito de hurto de bienes muebles, capital, etc. propio de lainstitucin se proceder a medidas judiciales.

    CAPITULO XII: de la Seguridad e Higiene

    Artculo 32: La institucin debe contar con las medidas obligatorias y necesarias dados por

    defensa civil para cualquier incidente o accidente naturales y/o provocados por el hombre.Artculo 33: La institucin debe contar con personal de limpieza que mantenga aseada lasestaciones de labor para uso confortable.

    Artculo 34: La institucin debe incitar a que su personal mantenla una buena imagen ascomo higinica y presentable.

    Captulo XIII: Disposiciones Finales y Complementarias

    Artculo 35: Todas las disposiciones de la cooperativa que se opongan al presente

    Reglamento sern nulos de oficio.

    Artculo 36: El presente Reglamento entrar en vigencia a partir de la emisin de la

    resolucin por parte de la Comisin de Administracin.

    Artculo 37: Se enviara una copia del RIF al Ministerio del Trabajo y Promocin del

    Empleo para su conocimiento.