Reglas de Aplicación de La Ley Penal
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Reglas generales de aplicaciReglas generales de aplicacióónn
de la ley penal argentina de la ley penal argentina
Prof. Adjunto OrdinarioProf. Adjunto Ordinario
Alejandra M MorettiAlejandra M Moretti
Curso Derecho Penal ICátedra III
02/09/20141
02/09/20142
CCóódigo Penal digo Penal Libro 1 TLibro 1 Tíítulo 1 tulo 1
Normas integradoras o de segundo gradoNormas integradoras o de segundo grado
Regulan hipRegulan hip óótesis de aplicacitesis de aplicaci óón de la ley penaln de la ley penalEstEst áán dirigidas a los n dirigidas a los óórganos jurisdiccionalesrganos jurisdiccionalesContemplan dos dimensiones:Contemplan dos dimensiones:
Tiempo Tiempo ArtArtíículos 2 y 3 CPculos 2 y 3 CP
Conflictos Conflictos jurisdiccionalesjurisdiccionales
EspacioEspacioArtArtíículo 1 CPculo 1 CP
SucesiSucesióón de leyes n de leyes penalespenales
02/09/20143
El art. 4 del C.P. art. 4 del C.P. prevé que, ““Las disposiciones generales Las disposiciones generales
del presente cdel presente cóódigo se digo se aplicaraplicaráán a todos los delitos n a todos los delitos
previstos por leyes especiales, previstos por leyes especiales, en cuanto en cuanto ééstas no dispusieran stas no dispusieran
lo contrariolo contrario””
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La aplicabilidad subsidiaria aplicabilidad subsidiaria del C.P. se ha empleado por los jueces para resolver problemas
de lagunas o vacíos regulatorios.
El art. 4 del C.P. art. 4 del C.P. plantea distintos interrogantes o problemas: 1.¿Cuáles son las disposiciones generales disposiciones generales del C.P.? 2. ¿A qu é leyes especiales leyes especiales se refiere este artículo? 3.¿Qué implica que las leyes especiales no no dispongan lo contrario? dispongan lo contrario?
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El C.P. no contiene una definición de la expresión “disposiciones generales”, pero tal es el título que caracteriza al primero de sus Libros.
Comprende 13 t13 t íítulos tulos • Aplicación de la ley penal• De las Penas• Condenación Condicional• Reparación de Perjuicios• Imputabilidad, • Tentativa, Participación Criminal, • Reincidencia, • Concurso de delitos,• Extinción de las acciones y de las penas,• Del ejercicio de las acciones, De La Suspensión del Juicio
a Prueba • Significación de conceptos empleados en el Código
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¿¿A quA qu éé leyes especiales se refiere este leyes especiales se refiere este artart íículo?culo?
• leyes que prevean delitos delitos (las acciones conminadas con penas) Dado que sólo el Congreso de la Nación puede dictar el Código Penal se trata de leyes Nacionales que incriminen acciones.
• legislación contravencionalcontravencional (nacional o provincial)
1.- ¿A qué tipo de leyes “especiales” se refiere? ¿Alude a las leyes temporarias o transitorias?
2.- ¿Alude a las leyes complementarias del C.P.?
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¿¿QuQuéé implica que las leyes especiales no implica que las leyes especiales no dispongan lo contrario? dispongan lo contrario?
• La ley especial contiene una disposicidisposici óón n especespec íífica, fica, la cuestión no es controvertible.
•La ley no dispone la expresa exclusión ni regula particularmente la institución, pero existe incompatibilidadincompatibilidad del instituto de la parte general del C.P., con la estructura y finalidades de la ley especial.
ÁÁmbito espacial de aplicacimbito espacial de aplicacióónndel Cdel Cóódigo Penaldigo Penal
Problema subyacenteProblema subyacente
¿En qué casos ejerce su potestad punitiva el Estado
argentino, en relación con el espacio?
Principios tePrincipios teóóricos propuestosricos propuestos( respuestas posibles )
TerritorialTerritorial (“locus delicti commisi”)
Real o de defensa Real o de defensa ( naturaleza BJ agredido)
Personalidad o nacionalidad Personalidad o nacionalidad (autor o víctima)
Universal o cosmopolita Universal o cosmopolita (“delicta juris gentium”)
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Los sistemas penales nacionales Los sistemas penales nacionales suelensuelen combinar combinar los principios anteriores, para satisfacer mlos principios anteriores, para satisfacer máás s
eficazmente las necesidades de la represieficazmente las necesidades de la represióón, pues: n, pues:
� Ninguna ley penal puede prescindir del principio de territorialidadprincipio de territorialidad
� Pero, el principio de territorialidad es necesarionecesario
aunque no suficiente no suficiente para determinar el alcance de la ley penal
� Por eso, se suelen admitir los tres principios restantes para limitar o extender limitar o extender la aplicación territorial de la ley penal
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Para examinar la ley aplicable en funcila ley aplicable en funcióón del espacio n del espacio es necesario tener presente
un conjunto de reglas. Son ellas:
Constitución Nacional, artículo 118
Tratados internacionales que reglamentan la llamada “jurisdicción universal”:
�Convención sobre la prevención y la sanción del delito de Genocidio, � Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial,�Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, � Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
Código Penal, artículo 1Código Aeronáutico y Ley de Navegación
Tratados Internacionales en materia de extradición
ArtArtíículo 1 del Cculo 1 del Cóódigo Penal digo Penal SupuestosSupuestos
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� Delitos cometidos en el territorio de la Nación Argentina
� Delitos cuyos efectos deban producirse en el
territorio de la Nación Argentina
� Delitos cometidos en lugares sujetos a la jurisdicción
de la Nación Argentina
� Delitos cuyos efectos deban producirse en lugares
sujetos a jurisdicción de la Nación Argentina.
� Delitos cometidos en el extranjero por agentes de
autoridades argentinas en desempeño de su cargo.
� Delitos cometidos por empleados de autoridades
argentinas en desempeño de su cargo.
Los problemas de significaciLos problemas de significacióón de las n de las palabras palabras del del artartíículo 1 del CPculo 1 del CP
� “Este Código”
� “delitos cometidos”
� “territorio de la Nación Argentina”
� “lugares sometidos a jurisdicción de la Nación
Argentina”
� “efectos”
� “empleado de una autoridad argentina en ejercicio
de sus funciones”
� “agente de una autoridad argentina en ejercicio de
sus funciones”
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InterpretaciInterpretacióón de las reglas del Cn de las reglas del Cóódigo Penaldigo PenalPrincipio territorial ArtPrincipio territorial Artíículo 1 inciso 1culo 1 inciso 1
Regla general Regla general
¿TerritorioTerritorio? Concepto jurConcepto juríídicodico
• Superficie geográfica
• Mar territorial, lecho y subsuelos
• Islas y plataforma submarina
• Subsuelo (correspondiente al perímetro y mar
continental)
• Espacio aéreo
¿¿Lugar sometido a su jurisdicciLugar sometido a su jurisdiccióón?n?
• Naves públicas en territorio extranjero
• Aeronaves públicas en territorio extranjero
• Sedes diplomáticas argentinas en el extranjero02/09/201413
InterpretaciInterpretacióón de las reglas del Cn de las reglas del Cóódigo Penaldigo PenalPrincipio territorial ArtPrincipio territorial Artíículo 1 inciso 1culo 1 inciso 1
¿Lugar de comisión del delito?
Soluciones ( teorías)
• Manifestación de voluntad, actividad o residencia
• Resultado
• Unitaria, mixta o de la ubicuidad
Relevancia de la solución adoptada
( casos o hipótesis problemáticos)
�Delitos a distancia
�Delitos en tránsito
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InterpretaciInterpretacióón de las reglas del Cn de las reglas del Cóódigo Penaldigo PenalPrincipio real o de defensa Principio real o de defensa
ArtArtíículo 1 incisos 1 y 2culo 1 incisos 1 y 2
Subsidiario y complementario del anteriorSubsidiario y complementario del anterior
(aplicación extraterritorial extraterritorial de la ley penal nacional)
CasosCasos
• Artículo 1 inciso 1, segunda parte “delitos cuyos
efectos deban producirse” (delitos cometidos fuera del
territorio pero que se dirijan a bienes jurídicos de carácter público
existentes dentro del territorio nacional; ejemplo: incolumidad de
nuestra moneda en el caso de la falsificación del artículo 282 CP)
• Artículo 1 inciso 2 “delitos cometidos en el extranjero
por agentes de autoridades argentinas o empleados de autoridades argentinas en ejercicio de sus
funciones” ( art. 77 CP)02/09/201415
InterpretaciInterpretacióón reglas del Cn reglas del Cóódigo Penaldigo PenalPrincipio de nacionalidad activaPrincipio de nacionalidad activa
ArtArtíículo 12 Ley 24767culo 12 Ley 24767
ARTICULO 12ARTICULO 12.-Si el requerido para la realización de un proceso fuese
nacional argentinonacional argentino, podrá optar por ser juzgado por los tribunales
argentinos, a no ser que fuere aplicable al caso un tratado que obligue
a la extradición de nacionales.
La calidad de nacional argentino deberá haber existido al momento de
la comisión del hecho, y deberá subsistir al momento de la opción.
Si el nacional ejerciere esta opciopcióónn,, la extradición será denegada. El
nacional será entonces juzgado en el pajuzgado en el paííss, según la ley penal
argentina, siempre que el Estado requirente preste conformidad para
ello, renunciando a su jurisdicción, y remita todos los antecedentes y
pruebas que permitan el juzgamiento.
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Principio UniversalPrincipio UniversalArt. 118 ConstituciArt. 118 Constitucióón Nacional n Nacional
( delitos cometidos fuera de los límites de la Nación contra el derecho de gentes)
Tratados internacionales ( Derecho penal Internacional)Tratados internacionales ( Derecho penal Internacional)
� Ruptura de cables submarinos y piratería
� Trata de esclavos
� Trata de personas
� Difusión de publicaciones obscenas
� Tráfico de estupefacientes
� Crímenes de guerra
� Apoderamiento ilícito de aeronaves
� Tráfico internacional de menores
� Genocidio 02/09/201417
02/09/201418
ExtradiciExtradicióónnes el procedimiento en virtud del cual
un Estado entrega determinada persona
a otro Estado que la requiere para someterla a su
jurisdicción penal
a causa de un delito de carácter comúnpor el que se ha iniciado proceso formal o
le han dispuesto condena definitiva.
Nuestra CSJN la ha considerado como un
acto de cooperación internacional.