Requisitos de Almacenaje de Cilindros de Gas LP

download Requisitos de Almacenaje de Cilindros de Gas LP

of 4

description

Requisitos para almacenar cilindros de GLP en plantas envasadoras.

Transcript of Requisitos de Almacenaje de Cilindros de Gas LP

Requisitos de Almacenaje de Cilindros de Gas LPConsejos # 139Qu es el gas LP? LP significa "licuado del petrleo". Un combustible muy utilizado, el gas LP es una mezcla de hidrocarburos livianos, principalmente propano y butano, los cuales son gaseosos a temperatura y presin atmosfrica. Debido a la ausencia de azufre y su baja produccin de xidos de nitrgeno (NOx), este combustible produce bajos niveles de sustancias y partculas txicas durante la combustin. Las emisiones de NOx son los xidos ntricos y los dixidos de nitrgeno. El gas LP puede ser fcilmente licuado mediante una ligera disminucin de temperatura o un aumento de presin. Esto hace que sea extremadamente fcil de almacenar y transportar, incluso a zonas remotas. En 2001, el consumo mundial de gas LP se estim en aproximadamente 200 millones de toneladas.National Fire Protection Association (NFPA) da respuestas a preguntas comunes sobre cmo almacenar los contenedores de gas LP en su norma de ttulo 58. El siguiente extracto del cdigo nacional de incendios de NFPA describe los procedimientos de almacenaje adecuados para los cilindros de gas LP en espera de ser usados o revendidos. Varias de las preguntas ms frecuentes se responden luego del extracto:8.1 Alcance8.1.1Las disposiciones de este captulo son aplicables al almacenaje de contenedores porttiles o cilindros con capacidad de agua de 1,000 lb (454 kg) o menos, ya sea que estn llenos, parcialmente llenos o vacos de la siguiente manera:

(a) En sitios o puntos de distribucin de consumidores, pero no conectados para su uso.(b) En almacenaje para su reventa por revendedores o distribuidores.

8.1.3Las disposiciones del presente captulo no se aplican a: (a) Los cilindros almacenados en las plantas de almacenaje al por mayor.8.2 Disposiciones Generales8.2.1 Ubicaciones Generales de los Contenedores8.2.1.1Los cilindros almacenados debern estar situados de manera que se minimice la exposicin a calentamiento excesivo, daos fsicos o manipulacin.8.2.1Los cilindros almacenados que tienen capacidad individual de agua superior a 2.7 lb (1.1 kg) [1 lb (0.45 kg) nominales de capacidad de Gas LP] debern ser ubicados de tal manera que la vlvula de alivio de presin est en comunicacin directa con el espacio de vapor del contenedor.8.2.1.3Los cilindros almacenados en edificios de acuerdo con la Seccin 8.3 no deben ubicarse cerca de salidas, escaleras, o en reas normalmente utilizadas, o destinadas a utilizarse, para la salida segura de las personas.8.2.1.4Si los contenedores vacos que han estado en uso de gas LP se almacenan en interiores, debern ser considerados como contenedores llenos a efectos de la determinacin de las cantidades mximas de Gas LP permitidas en 8.3.1, 8.3.2.1 y 8.3.3.18.2.1.5Los cilindros no debern almacenarse en los techos.8.2.2 Proteccin de las Vlvulas de los Cilindros Almacenados.8.2.2.1Las vlvulas de los cilindros deben estar protegidas segn lo requerido por 5.2.6.1 y 7.2.2.5.8.2.2.2Los tapones o cuellos de rosca debern ajustarse firmemente en su lugar en todos los cilindros almacenados independientemente de si estn llenos, parcialmente llenos o vacos, y las vlvulas de salida de los contenedores debern estar cerradas.8.3 Almacenaje en Edificios8.3.2 Almacenaje en Edificios Frecuentados por el Pblico y en Edificios Residenciales.8.3.2.1La cantidad de Gas LP en cilindros almacenados o a la vista no ser superior a 200 lb (91 kg) en un solo lugar, con almacenaje adicional a una distancia de 50 ft (15 m). La cantidad mxima que puede almacenarse en un edificio no exceder las 1000 lb (454 kg).8.3.3 Almacenaje en Edificios No Frecuentados por el Pblico (Como Edificios Industriales).8.3.3.1La cantidad mxima de Gas LP permitida en un lugar de almacenaje no exceder la capacidad de agua de 735 lb (334 kg) [300 lb (136 kg) nominales de Gas LP].8.3.3.2Cuando se requieren ubicaciones de almacenaje adicionales en el mismo piso del mismo edificio, debern tener una separacin de un mnimo de 300 ft (91 m).8.3.3.3Todo almacenaje ms all de las limitaciones descritas en 8.3.3.2 deber cumplir con 8.3.4.8.3.3.4Los cilindros transportados como parte del equipo de servicio de los vehculos mviles de carretera no sern parte de la capacidad total de almacenaje de 8.3.3.1, cuando dichos vehculos se guardan en garajes privados y no llevan ms de tres cilindros con una capacidad total agregada por vehculo no superior a 100 lb (45.4 kg) de propano.8.3.4 Almacenaje en Edificios o Salones Especiales.8.3.4.1La cantidad mxima de Gas LP que puede ser almacenada en edificios o salones especiales ser de 10,000 lb (4540 kg).8.3.4.2Los edificios o salones especiales para almacenar cilindros de Gas LP no pueden estar ubicados contiguos a la lnea de la propiedad ocupada por escuelas, iglesias, hospitales, campos deportivos u otros lugares de reunin pblica.8.3.4.3La construccin de tales edificios especiales, y los salones en el interior o adjuntos a otros edificios, deber cumplir con lo establecido en el Captulo 10 y lo siguiente:

(1) La ventilacin al exterior solo se proporcionar en la parte superior e inferior del edificio y estar situada al menos 5 ft (1.5 m) de distancia de cualquier abertura de un edificio.(2) Toda la zona se clasificar a efectos de control de fuente de ignicin segn la Seccin 6.22.

8.4 Almacenaje Fuera de Edificios8.4.1 Ubicacin del Almacenaje en el Exterior de los Edificios.8.4.1.2Las distancias de los cilindros almacenados fuera de los edificios debern cumplir con la tabla 8.4.1.2 con respecto a la siguiente:

(1) Edificio o grupo de edificios importantes ms cercanos.(2) Lnea de la propiedad contigua en la que se puede construir.(3) Vas o aceras concurridas en propiedad no privada.(4) Lnea de propiedad adyacente ocupada por escuelas, iglesias, hospitales, campos deportivos u otros lugares de reunin pblica.(5) Estacin de despacho.Tabla 8.4.1.2 - Distancias desde los Cilindros Almacenados y ExposicionesCantidad de Gas LP AlmacenadoDistancia Horizontal a (1) y (2)Distancia Horizontal a (3) y (4)Distancia Horizontal a (5)

720 lb (227 kg) o menos0 ft (0 m)0 ft (0 m)5 ft (1.5 m)

721 a 2500 lb (227+ a 1134 kg)0 ft (0 m)10 ft (3 m)10 ft (3 m)

2501 a 6000 lb (1134+ a 2721 kg)10 ft (3 m)10 ft (3 m)10 ft (3 m)

6001 a 10,000 lb (2721+ a 4540 kg)20 ft (6.1 m)20 ft (6.1 m)20 ft (6.1 m)

>10,000 lb (>4540 kg)25 ft (7.6 m)25 ft (7.6 m)25 ft (7.6 m)

8.4.3 Ubicacin Alternativa y Proteccin del Almacenaje.8.4.3.1Cuando las disposiciones de 8.4.1 y 8.4.1.2 no son prcticas en sitios de construccin o en estructuras o edificios sujetos a remodelacin o reparaciones importantes, el almacenaje de los contenedores deber ser aceptable para la autoridad con jurisdiccin.8.5 Proteccin Contra Incendio8.5.1Los lugares de almacenaje, donde la cantidad total de gas propano almacenado es superior a 720 lb (327 kg), debern estar provistos de como mnimo un extintor porttil aprobado que tenga una capacidad mnima de qumico seco de 18 lb (9.2 kg) con una clasificacin B:C.8.5.2El extintor requerido debe estar ubicado a una distancia menor de 50 ft (15 m) del lugar de almacenaje. Cuando los extintores tienen una clasificacin de ms de una letra, se considera que satisfacen los requisitos de cada clase de letra.(Ver tambin NFPA 10).Se puede obtener ms informacin sobre el almacenaje de cilindros de gas LP de la Norma29 CFR 1910.101de la Administracin de Salud y Seguridad Ocupacional, que cubre los requisitos generales para los gases comprimidos. Esta norma se refiere al panfleto de Compressed Gas Associations (CGA). Puedes comunicarte con CGA llamando al 1-703-788-2700. Puedes obtener informacin adicional enConsejos # 136: Almacenaje y Manejo de Cilindros de Gas. Y recuerda, siempre es importante consultar los cdigos estatales y locales. Se recomienda consultar con el jefe de bomberos local para garantizar el cumplimiento.Preguntas ComunesP.Existe una fuente que describe los requisitos de distancia para el almacenaje apropiado de cilindros de gas LP en el exterior?

R.Si, la tabla 8.4.1 de la norma NFPA 58 describe los requisitos de distancia de edificios, lneas de propiedad, calles concurridas, aceras y otros puntos colindantes de reunin pblica.

P.Existen requisitos especficos para el almacenje en el interior?

R.S, NFPA 58 8.3.2 y 8.3.3 aborda el almacenaje en el interior y lo separa en base a si los edificios son frecuentados o no por el pblico.

P.Tiene OSHA una regulacin especfica que trata sobre este tema?

R.La norma OSHA 29 CFR 1910.101, la cual tambin se refiere al panfleto de CGA.