Requisitos Para Matricular 2015 16

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I.E. MARIA INMACULADA – RISARALDA CALDAS REQUISITOS PARA MATRICULA Señor(a) Padre (Madre) de Familia y/o Acudiente: Cuando Ud. y su Hijo(a) o acudido(a) legalizan la matricula aceptan acogerse a las normas de la institución, en especial a lo consagrado en el Manual de Convivencia escolar. Es necesario que antes de adelantar la matricula conozca elementos en especial con los que frecuentemente hay controversia. A continuación se citan algunos. Si es leída y aceptada se procede a la matricula. TITULO VII PROCEDIMIENTOS, CORRECTIVOS, PROTOCOLOS Los conductos regulares establecidos en este manual se entienden como directrices generales a seguir, siempre y cuando las circunstancias así lo permitan, pues cuando alguna situación lo requiera (faltas graves, gravísimas que atenten contra la integridad física, DDHH, DHSR, conductas o actos irregulares no contemplados en el manual), las directivas del Colegio podrán optar a su juicio por tomar las decisiones y acciones necesarias para corregirlas de inmediato. De la misma forma, se entiende que las instancias para la resolución de los asuntos dificultades no son secuenciales, es decir, que no deben agotarse las instancias previas sino que la instancia a la que se debe acudir dependerá de la gravedad del asunto. La sanción se concibe como correctiva y no como una medida represiva; su intencionalidad es el mejoramiento, el desarrollo y la formación integral del estudiante. CAPITULO I: ALUMNOS 5. Situaciones TIPO I: Si los casos no son resueltos constructivamente, cuando ninguno de los tres pasos anteriores logra reconstruir la armonía, se debe continuar con un PROTOCOLO en el cual se involucra al Comité de Convivencia Escolar y que está estipulado en la ley 1260 del 2013; el proceso es de tipo administrativo siendo responsabilidad del Coordinador(es) de la Institución, se procederá así: Recoger información sobre lo sucedido, conversación con el (los) afectado(s). Plantear de manera clara y asertiva su versión de lo ocurrido y sus intereses, es decir, razones que motivaron el conflicto Verificar que es una Situación de Tipo I. Escuchar activamente y comprender el punto de vista y los intereses de la otra parte. Se busca entre las personas involucradas la estrategia para reparar los daños causados, restablecer los derechos e iniciar una reconciliación. Se fija una solución por parte del Coordinador que puede involucrar una sanción, se levanta un acta con los acuerdos y solución del conflicto, se anexa información recogida y se envía al Presidente del Comité Escolar de Convivencia quien comunica a los demás miembros de este comité sobre lo ocurrido y las medidas adoptadas. El Comité realiza el análisis y seguimiento a la situación presentada para verificar la efectividad de la solución dada. El Coordinador hace el seguimiento al caso y a los compromisos adquiridos mediante entrevista a las personas involucradas en el conflicto, dejando constancia escrita.

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Pautas que el padre de familia debe conocer y aceptar antes de hacer el registro de matrícula de su hijo.

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I.E. MARIA INMACULADA – RISARALDA CALDAS

REQUISITOS PARA MATRICULA

Señor(a) Padre (Madre) de Familia y/o Acudiente: Cuando Ud. y su Hijo(a) o acudido(a) legalizan la matricula aceptan acogerse a las normas de la institución, en especial a lo consagrado en el Manual de Convivencia escolar. Es necesario que antes de adelantar la matricula conozca elementos en especial con los que frecuentemente hay controversia. A continuación se citan algunos. Si es leída y aceptada se procede a la matricula.

TITULO VII

PROCEDIMIENTOS, CORRECTIVOS, PROTOCOLOS

Los  conductos  regulares  establecidos  en  este  manual  se  entienden  como directrices  generales  a  seguir,  siempre  y  cuando  las  circunstancias  así  lo permitan, pues cuando alguna situación  lo requiera (faltas graves, gravísimas que atenten contra la integridad física, DDHH, DHSR, conductas o actos irregulares no contemplados en el manual), las directivas del Colegio podrán optar a su juicio por tomar las decisiones y acciones necesarias para corregirlas de inmediato.  De la misma forma, se entiende que las instancias para la resolución de los asuntos dificultades no son secuenciales, es decir, que no deben agotarse las instancias previas sino que la instancia a la que se debe acudir dependerá  de  la  gravedad  del  asunto. La sanción se concibe como correctiva y no como una medida represiva; su intencionalidad es el  mejoramiento, el desarrollo  y la formación integral del estudiante.

CAPITULO I: ALUMNOS

5. Situaciones TIPO I:

Si los casos no son resueltos constructivamente, cuando ninguno de los tres pasos anteriores logra reconstruir la armonía, se debe continuar con un PROTOCOLO en el cual se involucra al Comité de Convivencia Escolar y que está estipulado en la ley 1260 del 2013; el proceso es de tipo administrativo siendo responsabilidad del Coordinador(es) de la Institución, se procederá así:

Recoger información sobre lo sucedido, conversación con el (los) afectado(s). Plantear de manera clara y asertiva su versión de lo ocurrido y sus intereses, es decir, razones que motivaron el conflicto

Verificar que es una Situación de Tipo I. Escuchar activamente y comprender el punto de vista y los intereses de la otra parte. Se busca entre las personas involucradas la estrategia para reparar los daños causados, restablecer los

derechos e iniciar una reconciliación. Se fija una solución por parte del Coordinador que puede involucrar una sanción, se levanta un acta con los

acuerdos y solución del conflicto, se anexa información recogida y se envía al Presidente del Comité Escolar de Convivencia quien comunica a los demás miembros de este comité sobre lo ocurrido y las medidas adoptadas.

El Comité realiza el análisis y seguimiento a la situación presentada para verificar la efectividad de la solución dada.

El Coordinador hace el seguimiento al caso y a los compromisos adquiridos mediante entrevista a las personas involucradas en el conflicto, dejando constancia escrita.

2.2. Protocolo para la atención de situaciones TIPO II:

1. Se reúne toda la información de la situación, realizando entrevistas individuales, primero con la persona o personas afectadas y luego con las otras personas implicadas (testigos). Esta investigación la hace el Coordinador y/o Rector y en lo posible con la presencia del docente de apoyo, en los preliminares se apoyarán en la persona conocedora de la(s) falta(s)

2. En caso de daño al cuerpo o a la salud, se garantiza la atención inmediata a las personas involucradas mediante su remisión a las entidades competentes (Hospital, Comisaría de Familia) y se deja constancia de dicha actuación.

3. Verificar que se trata de una situación tipo II. Utilizando la información anterior, señale con una X verificar si la situación cumple con los siguientes criterios:

• Hubo una agresión (acción con clara intencionalidad de causar daño a otra persona).

• Hay un desbalance de poder entre las personas involucradas. Quien o quienes agreden están en una posición de mayor poder (por ejemplo, por ser más fuertes o grandes físicamente, mayores en edad, tener más amigas o amigos, tener más experiencia o información, ser más populares o tener más recursos económicos, etc.) y la persona afectada usualmente está en una posición de menor poder (por ejemplo, por ser menores, más débiles o más pequeños físicamente, tener menos información o experiencia, ser menos populares, estar recién llegado y no tener amigas o amigos, o por tener menos recursos económicos, etc.). SI HAY EQUILIBRIO QUÉ SUCEDE?

• No es la primera vez que se presenta la situación. Es una situación que ya se ha presentado antes.• La agresión es sistemática. Se han utilizado repetidamente maneras similares para agredirse y las personas

involucradas son las mismas (particularmente aquella que se ve afectada).

Si se cumplen todos los criterios, se trata de una situación de acosos escolar.

4. Adoptar medidas de protección para las personas involucradas para evitar posibles acciones en su contra (cambiar de grupo, de jornada, acompañamiento a la entrada y salida de la institución….).

5. Al verificar que se trata de una situación de tipo II, con todos los involucrados se buscan acuerdos para detener el posible avance del problema, se establecen formas para pedir perdón y resarcir daños, establecer reglas y comportamientos para que no se vuelva a presentar la situación. Es importante evitar la confrontación pública de quienes han sido personas agresoras debido a que esto puede constituirse en una humillación frente a la comunidad educativa, lo cual puede exacerbar el problema.

6. Dar a conocer inmediatamente a los Padres de Familia o Acudientes de las personas implicadas y de los testigos sobre la conciliación acordada con los jóvenes, para lograr con ellos un pacto similar de atención y apoyo.

7. Determinar en conjunto (involucrados y Padres) las acciones restaurativas para reparar los daños causados, el restablecimiento de derechos y la reconciliación. En los acuerdos debe manifestarse igualmente las sanciones y las consecuencias que tiene el incumplimiento y no haber hecho caso a los llamados de atención previos. En todo el proceso es fundamental la confidencialidad. La documentación completa se remite al Comité de Convivencia.

8. El Presidente del Comité Escolar de Convivencia informa a los demás personas de este comité sobre lo ocurrido y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y el seguimiento del caso. Analizará el informe y las recomendaciones que hagan el Coordinador y/o el docente de apoyo con respecto a la sanción que se derive del proceso.

9. El Comité Escolar de Convivencia deja constancia en acta de la situación y su manejo.

10. El presidente del Comité Escolar de Convivencia reporta el caso a través del Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

Procedimiento para tratar las faltas de naturaleza gravísima o situaciones TIPO III

La atención de situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales ???? referidas en el Título IV del libro 11 de la Ley 599 del 2000 o que constituyan otro delito establecido en la ley penal colombiana, la institución NO adelanta ningún proceso de levantamiento de testimonios o pruebas. Con la sola existencia de una evidencia que suponga la presunta comisión de un delito, se debe denunciar inmediatamente por escrito a la autoridad competente, la Policía Nacional, por parte del Rector o el Coordinador, o el Docente, o las personas que conforman el Comité Escolar de Convivencia o cualquier otra persona según lo consagrado en el numeral 3 del artículo 44 y en el artículo 45 del Decreto 1965 de 2013 y la ley 1260 de 2013

La obligación de denuncia proviene del artículo 95 de la Constitución Política de 1991 que consagra como uno de los deberes de los ciudadanas y ciudadanos “colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia”, y del artículo 67 de la Ley 906 de 2004 que dice: “Deber de denunciar. Toda persona debe denunciar a la autoridad los delitos de cuya comisión tenga conocimiento y que deban investigarse de oficio. (…)”. Según lo anterior, queda claro que, ante una situación tipo III, se tiene la obligación de reportarla ante la Policía Nacional, lo cual descarta de plano la posibilidad de que la misma sea objeto de conciliación al interior de la Institución Educativa.

Simultánea a la denuncia, se toman medidas de protección: Se remiten a las personas involucradas al servicio de salud en caso de lesiones físicas, agresión sicológica,

agresión sexual. El Rector de por sí, o cuando lo estime conveniente, con previa consulta al Comité de Convivencia escolar u

otras autoridades de apoyo escolar (Personería Municipal, Comisaría de Familia, Policía Nacional), podrá

ordenar el extrañamiento provisional del investigado, siempre y cuando haya motivos fundados o indicios serios que permiten establecer que su permanencia en el aula de clase, resulta lesiva para los integrantes de la comunidad o ante la posibilidad de la reincidencia en la falta. La resolución que ordene la suspensión provisional estará debidamente motivada, tendrá vigencia inmediata y no habrá lugar a interposición de recurso alguno en su contra.

Se cita con carácter urgente para comunicar por escrito a los representantes legales de las personas involucradas (infractor y personas perjudicadas) las medidas tomadas para el manejo de la situación

Se reporta el caso al Sistema de Información Unificado.

La permanencia del estudiante en la institución será definida por el Comité de Convivencia Escolar previo concepto de Personería Municipal o Comisaría de Familia o Policía Nacional; se determina en conjunto (involucrados y Padres) las acciones restaurativas para reparar los daños causados, el restablecimiento de derechos y la reconciliación. En los acuerdos debe manifestarse igualmente las sanciones y las consecuencias que tiene el incumplimiento de los pactos. *****************************************************************************************************************************************Las sanciones podrán ser:Otros casos.

1. Los alumnos que lleguen tarde a las clases deberán firmar el retardo en Coordinación académica. Este procedimiento se hará hasta por 4 veces, después del cual se citará al Padre de Familia para firmar el compromiso correspondiente. De persistir se seguirá el conducto regular.

Parágrafo: A partir del quinto (5º) retardo, el alumno se debe presentar con el Padre de Familia para permitirle el ingreso al plantel.

2. Cuando se presenten tres (3) o más ausencias injustificadas en el mes, se procederá así:

- Si el responsable es el Padre de Familia, se remite informe a la autoridad competente (Defensor de Familia). Comisaría de Familia?

- Si el responsable es el alumno se le amonestará y exhortará a los Padres, por persistir la conducta, se remitirá el alumno al Defensor de Familia. Comisaría de Familia?

3. Toda situación que de una u otra forma afecte el normal funcionamiento de la institución y que no se encontrare contemplada en el presente Manual de Convivencia será analizada y resuelta en el Comité de Convivencia Escolar.

Certifico con mi firma y número de cédula que estoy enterado del contenido del documento anterior, el cual es un anexo de la matrícula de mi hijo(a) o acudido(a) ______________________________________ quien cursará el grado ________. Además autorizo bajo mi responsabilidad para que asista a las salidas pedagógicas, culturales, deportivas y recreativas que los docentes de las diferentes áreas y/o asignaturas, realizan con frecuencia como complemento al proceso formativo. Soy consciente que estas salidas pedagógicas fuera de la institución educativa se realizan a establecimientos o lugares en el perímetro municipal (Biblioteca, Cultivarte, Jardín Botánico, Centro Cultural Angaska, Polideportivo, Coliseo, Estadio, Templo Parroquial; por parte del proyecto PRAE se visitan microcuencas hidrográficas y senderos ecológicos; además, los lugares donde los estudiantes realizan el Servicio Social Estudiantil) y EXONERO a la I.E. María Inmaculada de toda responsabilidad civil y/o penal a que diere lugar por el mal comportamiento de mi hijo(a) o acudido(a) al no acatar las normas correspondientes a que diere lugar y por no cumplir con las orientaciones y recomendaciones dadas por los docentes o encargados. También autorizo la publicación en las páginas oficiales de la Institución Educativa en internet del material fotográfico o fílmico de mi hijo(a) o acudido(a) como un registro pedagógico y no comercial de las actividades que la Institución realiza.

Firma: ___________________________________________

Nombres y Apellidos Padre o Acudiente: ____________________________________

Cédula Ciudadanía: ____________________________ Celular: ________________________________

Risaralda Caldas, día _______ mes ___________________ del año 2015-2016.

Firma estudiante: ___________________________________________ (enterado)