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INFORME DE ADMINISTRACION A 31 DE DICIEMBRE DE 2018.

Tocancipa, 2 de Febrero de 2019.

Señores

Copropietarios y Residentes Reserva de Alejandría

Agradezco a la comunidad, por su incondicional apoyo y respaldo a las decisiones

tomadas durante el periodo que comprendio de 3 de Julio de 2018 a 31 de Diciembre

de 2018, en beneficio de la copropiedad, con el objetivo de incrementar la valorización

de las propiedades de cada uno de ustedes.

Este periodo fue de reto para la Administracion en mostrar que Reserva de Alejandría

puede ser un lugar traquilo para vivir siempre y cuando los recursos recaudados

puedan ser utilizados en pro de la comunidad. Poniendo en marcha estrategias que nos

llevaron a culminar el periodo con expectativas altas para la comunidad en cuanto a la

copropiedad.

Este informe tendrá como sustento 5 aspectos importantes a tener en cuenta en toda

Agrupación de vivienda

Aspectos Legales y Jurídicos Internos y externos

Aspectos Medio ambientales, del entorno y la seguridad

Aspectos de convivencia, desarrollo cultural y de recreación.

Aspectos de mejoras operacionales, servicios y valor agregado del conjunto.

Aspecto económico.

Aspectos Legales y Jurídicos Internos y externos

Se realizó la actualización de la resolución de la representación legal ante el

municipio de Tocancipa en el mes de Julio de 2018.

Se dio respuesta a varios derechos de petición a la administración, por las

inconformidades generadas en la comunidad.

Presentamos derechos de peticion ante el municipio a las secretarias de

hacienda (por cobro de predial a las zonas comunes), Planeacion e

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infraestructura (para obtener respuesta acerca del parque aledaño a la

copropiedad, en cuanto poda de pastos, e iluminacion).

Derecho de peticion y accion de tutela interpuesta por parte nuestra a la

contructora buscando respuesta y prontas soluciones a la entrega del parque

aledaño al municipio y solucion para que secretaria de hacienda no cobre más

impuesto de predial a la adminsitracion por las zonas comunes.

Se realiza la contratacion de empresa de abogados para interponer demanda en

contra de la persona que realizo mantenimiento a las bombas de inyeccion

ocacionando un perjuicio a la coopropiedad ya que ellas no pudieron ser

utilizadas por mas de 10 meses .Situacion que se encuentra en manos del

Juzgado de Tocancipa .

La renovación de la póliza de zonas comunes con la aseguradora ZURICH en

el mes de Diciembre ya que su vencimiento es el día 24 de dicho mes con un

costo de $ 17.351.524 para el año 2019.

Se realizo reclamacion a la aseguradora en el mes de septiembre de 2018, por

sinisestro en ruptura de tubo en zona comun, obteniendo por parte de la

empresa respuesta positiva y haciendose cargo del valor del daño reembolsando

a la copropiedad lo invertido para subsanar el insidente.

En el mes de Noviembre se realizo una asamblea Extraordinaria, en donde los

propietarios aprobaron que nuevamente se intervinieran las bombas de

inyeccion de agua con unos recursos que el consejo de administración y la

administración recogieron con la empresa de seguridad, esto se hizo con el fin

de no seguir ocacionando un detrimento al presupuesto del conjunto.

En algunos casos esporádicos de convivencia se siguió lo estipulado en el

manual de convivencia y decretos nacionales apoyándonos en el código de la

policía y la presencia de las autoridades.

PROVEEDORES CON LOS QUE LA COPROPIEDAD CONTO DURANTE EL

2018 Y SE CELEBRO CONTRATOS POR LOS DIVERSOS

MANTENIMIENTOS Y SERVICIOS PRESTADOS A ESTA COMUNIDAD.

PROVEEDOR NIT SERVICIO

Arsenal Ltda. 900.385.562 Vigilancia Privada

Servifuturo Ltda 900.126.520-5 Servicios Generales

Construsaga 900773641-1 Lavado de tanques.

Doyometal 900822371 Servicios de ornamentación

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Cada uno de estos proveedores han sido escogidos después de recibir las

cotizaciones necesarias para cada una de las contrataciones, para el mantenimiento

del conjunto, verificando características como lo es tener personal apto para la

realización de la labor, entre esas actitudes el tener la certificaciones necesarias para el

trabajo, los certificados de alturas para las labores específicas que los requieran y que

tengan pagos todo sus parafiscales, cada una de las personas que ingresara al

conjunto a realizar el servicio, eso le da a la copropiedad y a la administradora como

Representante Legal la tranquilidad de un buen servicio y sobre todo la minimización

de impacto por accidentabilidad al realizar la labor .

CONTRATOS CON LOS QUE CUENTA LA COPROPIEDAD

PROVEEDOR TIPO DE

CONTRATO VENCIMIENTO DE

CONTRATO

VALOR MENSUAL DEL

CONTRATO

ARSENAL LTDA 2 años. 31 de Julio de 2020 $13.450.000

SERVIFUTURO 1 año 31 de Agosto de 2019 $3.165.8188

ADMINISTRACION Honorarios, prestación de servicios

1 de Marzo de 2019 $1.800.000

CONTADOR Honorarios , 1 de Marzo de 2019 $800.000

Punto net 983901655

Arreglos de electricidad, Lavado de Canales, bajantes y cajas de aguas negras

Pymesoft 79.750.305-6 Mantenimiento puertas parqueadero y peatonales.

Cimcon 900214525-9 Software y sistemas

Bomberos Voluntarios de Tocancipá

832.002.960-3 Mantenimiento y venta de extintores.

Gustavo Caina construcciones s.a.s

900.407.872-9 Mantenimiento de bombas de inyección de agua.

Iván Jesid Colmenares Martínez

1075677921

Diseño e Implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).

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PUBLICO prestación de servicios

REVISORA FISCAL Honorarios, prestación de servicios

1 de Marzo de 2019 $550.000

IVAN COLMENARES

3 meses Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)

17 de Marzo de 2019 (Prestación de Servicios)

1.675.000

En cuanto al contrato de Arsenal Ltda. Quien presta el servicio de Vigilancia en la

copropiedad, con dos servicios, los cuales tienen turnos de dos días de día, dos de

noche y dos días de descanso, con lo que nosotros como copropiedad damos

cumplimiento a la normatividad vigente para los guardas de seguridad.

Para escoger esta empresa como prestadora de servicio se obtuvieron 6 cotizaciones

las cuales se citaron los proponentes para que expusieran sus propuestas y después

de escucharlos, se revisó el cumplimiento de requisitos quedando así esta nueva

empresa por un periodo de dos años.

Respecto al contrato con Iván Jesid Colmenares quien presta el servicio de diseño e

implementación del Sistema de Gestión de Seguridad Y Salud en el Trabajo en la

copropiedad más (+) los nueve (9) locales, dicho contrato va por un periodo de tres (3)

meses para la implementación y seis (6) para el mantenimiento del SG-SST

prorrogable.

Para escoger esta empresa como prestadora de servicio se obtuvieron 4 cotizaciones

las cuales se citaron los proponentes para que expusieran sus propuestas y después

de escucharlos, se revisó el cumplimiento de requisitos quedando así escogido el

Señor Iván Colmenares para prestar dicho servicio.

Aspectos Medio ambientales y del entorno.

Gracias a la colaboración de la Secretaria de Salud en cabeza del Coordinador

de Saneamiento, se realizó en el mes de septiembre la jornada de vacunación

de las mascotas del conjunto.

Se realizó un censo de mascotas entre perros y gatos, teniendo como resultado

que dentro del conjunto convivimos con cerca de 44 perros y 20 gatos.

El domingo 23 de septiembre se realizó una jornada de embellecimiento del

conjunto, en la cual se realizó siembra de matas, mantenimiento de zonas

comunes (bbq), instalación de avisos de convivencia y pintura de mesas, sillas y

materas; todo ellos fue posible gracias a la colaboración del consejo de

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administración, el comité de convivencia, la empresa de aseo y algunos

residentes del conjunto que si hicieron participes de dicha jornada, en la cuál

Se realizó en el mes noviembre mantenimiento, lavado y desinfección a las cajas

de aguas negras con las que cuenta el conjunto de esta manera se evita

taponamientos y malos olores generados por los desechos de cada casa ya que

hacia aproximadamente dos años no se realizaba.

Se realizó en el mes de diciembre el mantenimiento y lavado de canales y

bajantes del conjunto con el fin de evitar taponamientos y evitar filtraciones de

las mismas.

Se realizan supervisiones y seguimiento a las fumigaciones las cuales se

realizan tres veces al año en los meses o según el clima lo requiera.

Se hace énfasis en el mantenimiento de las zonas verdes ya que los pastos

crecen demasiado y como mínimo se realizan 6 a 8 podas en el año.

En el mes de Noviembre mediante notificación de la CAR nos informan de la

viabilidad de cortar unos árboles del conjunto que presentan riesgo de

volcamiento sobre la quebrada; así mismo nos solicitan se realice la

compensación de dichos árboles, realizando la siembra de 36 árboles de

especies nativas de porte bajo; debido a ello es que también se han venido

realizando dichas siembras de los árboles aconsejados por la CAR.

Aspectos de convivencia, desarrollo cultural y de recreación.

Gracias a la colaboración de la casa de la cultura y sus docentes, los niños de

la comunidad al interior del conjunto se conformaron grupos de dibujo y arte

navideño para los adultos.

Integración en el día de las velitas por parte de las familias residentes

compartiendo alrededor de fogatas.

Con la participación de algunos residentes se realizaron las novenas navideñas

organizadas por las casas.

El pasado mes de Octubre se realiza la celebración del día de los niños logrando

la participación de 120 niños, los cuales gozaron de juegos recreación y

refrigerios en una tarde de diversión.

Se trabaja mancomunadamente con el comité de convivencia en la generación

de conciencia y superación de conflictos.

Aspectos de mejoras operacionales, servicios y valor agregado del conjunto.

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Se realizó durante el mes de septiembre la adecuación de la iluminación ya que

se encontraron 20 postes de luz sin servicio de iluminación en las zonas

comunes quedando el 100% de los postes con servicio.

Se realizaron los mantenimientos preventivos correspondientes a cada área del

conjunto.

El día 24 de Octubre el conjunto participo en el simulacro nacional para la

prevención de desastres, teniendo el apoyo de bomberos, defensa civil y policía,

en donde la comunidad conoció los puntos de encuentro internos y externos que

tenemos como comunidad, además obtuvimos un reconocimiento por la

participación y el interés prestado a este tipo de actividades que podrán evitar

bastantes pérdidas humanas.

Con el fin de fortalecer el tema de Seguridad y Salud en el Trabajo del conjunto,

en el mes de octubre se realizó capacitación a los colaboradores del conjunto

(guardas, todero, servicios generales, asistente administrativa) en primeros

auxilios, así mismo desde dicho mes se cuenta con la silla de ruedas, y desde el

mes de diciembre contamos con un botiquín tipo B, otra camilla de primeros

auxilios y se realizó mantenimiento y recarga a los extintores con los que cuenta

el conjunto, así mismo se han adquirido nuevos extintores con el fin de cubrir

más zonas comunes del conjunto y darle también cumplimiento a la norma.

Aspecto Contable y financiero:

Durante el 2018 tuvimos gran variación en la cartera pendiente de cobro

$144.439.835, discriminados en el cuadro anterior.

COBRO JURIDICOS A 31 DICICIEMBRE DE 2018

ADMINISTRACION $ 79.583.287

INTERES X MORA $ 25.502.917

PARQUEADERO COMUNAL CARROS $ 4.843.595

RETROACTIVO 2017 $ 199.800

Retroactivo a ENERO $ 102.600

SANCIONES $ 306.466

PARQUEADERO COMUNAL MOTOS $ 704.126

SANCION INASISTENCIA ASAMBLEA $ 2.540.207

TARJETAS DE INGRESO $ 80.000

PRESTAMOS PROCESO JURIDICO $ 41.000

HONORARIOS ABOGADO $ 535.837

TOTAL $ 114.439.835

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CASA NOMBRE VALOR ESTADO

5 German Esteban Jaramillo León $ 2.005.834 Jurídico

17 Edith Andrea Pérez Pardo $ 2.056.100 Jurídico

57 Carolina Sánchez Cristiano $ 3.776.400 Jurídico

125 Juan Pablo Ramos Santos $ 6.286.067 Jurídico

133 Cecilia Fontecha Suarez, Angélica Ruge Fontecha y José Leovigildo Ruge García

$ 7.514.110 Jurídico

153 Fernando Rodríguez Olivos $ 4.928.500 Jurídico

198 Luis Alfonso Sabogal $ 2.659.800 Jurídico

205 Oscar Javier Anaya Anaya $ 952.550 Jurídico

209 Boris Eduardo Sanabria Pérez $ 4.778.600 Jurídico

220 Luis Ariel Sicuariza Contreras $ 3.181.293 Jurídico

229 Carlos Enrique Barrios Gallego $ 5.921.600 Jurídico

230 Carlos Enrique Barrios Gallego $ 6.228.500 Jurídico

231 Ana Catherine Silva Muñoz y Luis Fernando Torres García

$ 4.386.327 Jurídico

233 María Eunice Guzmán Córdoba y Ronald Paul Beltrán Guzmán

$ 1.738.700 Jurídico

257 Emilce Mora Rubiano y Juan Fredy Ramírez Llanos

$ 2.460.361 Jurídico

El cuadro anterior muestra los propietarios que al mes de Diciembre quedaron

en cobro jurídico, con demandas interpuestas en el juzgado de Tocancipa,

después de haber trabajado esta cartera en cobro pre jurídico y sin lograr ningún

acuerdo se toma la decisión en el consejo de administración de llevar estos

cobros a demanda. Estos montos que sobrepasan el millón de pesos nos dan

una totalidad $58.874.742 de la cartera total que tiene la copropiedad.

ACUERDOS REALIZADOS POR LA ADMINISTRACIÓN A 31 DE DICIEMBRE DE 2018

CASA NOMBRE FECHA VALOR ESTADO

23 LUIS FERNANDO SALAS 19 de Noviembre de 2019 $ 880.000 Acuerdo de Pago Cumplido

Paz Y Salvo a 30 de Noviembre de 2018

61 CAROLINA PERICO CAMACHO 27 de Agosto de 2018 $ 612.600 Acuerdo de Pago Cumplido

Paz Y Salvo a 31 de Octubre de 2018

104 SIRIS OMAIRA ESPINOSA RAMOS 31 de Julio de 2018 $ 3.595.700 Acuerdo de Pago Cumplido

161 NICOLAS BOTERO MARIA PAULA RINCON

1 de Agosto de 2018 $ 1.789.200 Acuerdo de Pago Cumplido

163 OLGA LUCIA AREVALO 31 de Julio de 2018 $ 1.360.000 Acuerdo de Pago Cumplido

Paz Y Salvo a 31 de Diciembre de 2018

164 SANDRA LILIANA PALACIO Prorroga Acuerdo de Pago

Julio de 2018 $ 2.368.700 Acuerdo de Pago Cumplido

188 ANDRES FELIPE SANCHEZ MOYA 2 de Agosto de 2018 $ 1.090.300 Acuerdo de Pago Cumplido

Paz Y Salvo a 30 de Noviembre de 2018

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232 LIZ VANESA CARO/YESICA CARO 4 de Agosto de 2018 $ 2.528.140 Acuerdo de Pago Cumplido

302 AGUSTIN DURAN 2 de Agosto de 2018 $ 673.752 Acuerdo de Pago Cumplido Septiembre canceló deuda

El cuadro anterior muestra los propietarios que al mes de Diciembre realizaron

acuerdos de pagos con la administración, después de haber trabajado en esta

cartera, se logró que 4 inmuebles quedaran a paz y salvo por todo concepto a 31

de Diciembre del año 2018.

Además tenemos un monto sin identificar por valor de $1.200.200, las cuales

están conformadas por valores que han sido consignados con referencias

erradas o trasferencias con números de cedula que no se encuentran en la base

de datos contable y que además no son reportadas por los usuarios.

Debido a la heterogeneidad y cantidad de los residentes de la copropiedad es normal

que existan inconformidades puesto que nunca llegaremos a satisfacer a todos debido

a que como seres humanos siempre esperamos cosas diferentes, cabe aclarar que son

casos aislados que no reflejan un sentir común de los residentes.

Gran parte de las personas inconformes son aquellos que en algún momento

infringieron el manual de convivencia.

Algunos casos fueron:

Ruidos fuera de horarios permitidos por obras civiles en casas.

Contaminación visual por ropas en ventanas y balcones.

Por mascotas que circulan en zonas comunes y dejan deposiciones fecales,

habitan en casas sin control y cuidado adecuado de sus dueños como lo dictan

las normas inherentes.

Irrespetos verbales y malos modales contra residentes y personal de seguridad,

administración y personal de aseo del conjunto.

Reclamaciones por bloqueos de tarjetas o restricción de ingreso de vehículos y

motocicletas sabiendo que se bloquearon o se restringe el ingreso por

incumplimiento de pagos o usos indebidos como lo dicta el reglamento de

parqueaderos.

Dejar bicicletas en zonas comunes del conjunto.

Uso de balones y juegos que fomentan el ruido en zonas comunes en horas de

descanso o que atentan contra los jardines, instalaciones, vidrios y fachadas del

conjunto.

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Todo esto que hemos desarrollado con el equipo de trabajo, el cual ha sido dedicado y

comprometido solo hace que el conjunto obtenga valores agregados que lo hacen

exclusivo y agradable, incrementando el valor comercial de sus propiedades.

Cordialmente,

YINA ALEXANDRA PINZON GONZALEZ

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CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRÍA ASAMBLEA GENERAL 2019

Vereda Canavita Camino del Medio Frente a Colpapel – Tocancipá – Cundinamarca Tel: 8697019 [email protected] - [email protected] - www.reservadealejandria.com

ACTIVO 2018 2017 Variación %ACTIVO CORRIENTEEFECTIVO Y EQUIVALENTES AL EFECTIVO Nota 3 47.060.733 13.109.162 33.951.571 259%DEUDORES COMERCIALES Y OTRAS CUENTAS POR COBRARNota 4 121.278.117 101.591.011 19.687.106 19%ACTIVOS NO FINANCIEROS 168.338.850 114.700.173 53.638.677 47%TOTAL ACTIVO CORRIENTE

PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO Nota 5 832.535 6.632.341 (5.799.806) -87%INTANGIBLES - SOFTWARE CONTABLE Nota 6 1.925.600 1.925.600 - 0%TOTAL PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO 2.758.135 8.557.941 (5.799.806) -68%

TOTAL ACTIVO 171.096.985 123.258.114 47.838.871 39%

PASIVO

CORRIENTE Variación %ACREEDORES COMERCIALES Y OTRAS CUENTAS POR PAGARNota 7 9.124.058 29.673.425 (20.549.367) -69%INGRESOS RECIBIDOS POR ANTICIPADO Nota 8 7.788.310 5.074.729 2.713.581 53%CONSIGNACIONES PENDIENTES POR IDENTIFICARNota 8 1.200.200 1.180.200 20.000 2%INGRESOS RECIBIDOS PARA TERCEROS Nota 8 3.839.160 3.532.045 307.115 9%TOTAL PASIVO CORRIENTE 21.951.728 39.460.399 (17.508.671) -44%

TOTAL PASIVO 21.951.728 39.460.399 (17.508.671) -44%

PATRIMONIO Nota 9RESERVA FONDO DE IMPREVISTOS 15.804.844 12.014.548 3.790.296 32%RESERVA MTO BOMBAS Y PUERTAS 20.250.000 - 20.250.000 100%RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES 71.801.567 42.368.025 29.433.542 69%RESULTADOS DE EJERCICIO ANTES DE APROPIACION DEL FONDO DE IMPREVISTOS43.499.853 29.415.142 14.084.711 48%APROPIACION FONDO DE IMPREVISTOS 2.211.006 - 2.211.006 100%RESULTADOS DE EJERCICIO 41.288.847 - 41.288.847 100%TOTAL PATRIMONIO 149.145.257 83.797.715 67.558.548 81%

TOTAL PASIVO + PATROMINIO 171.096.985 123.258.114 47.838.871 39%

LAS NOTAS NOTAS DEL 1 AL 13 SON PARTE INTEGRAL DE LOS ESTADOS FINANCIEROS

Yina Alexandra PinzónRepresentante Legal

Dora Sofia VargasContadoraTP 149666-T

CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRÍANIT: 900.721.898 - 5

ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERAPOR LOS PERIODOS TERMINADOS EN DICIEMBRE 31 DE 2018 Y 2017

(Expresados en pesos Colombianos)

Jacquel ine Bri ja ldo V.Revi sora Fisca lTP

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CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRÍA ASAMBLEA GENERAL 2019

Vereda Canavita Camino del Medio Frente a Colpapel – Tocancipá – Cundinamarca Tel: 8697019 [email protected] - [email protected] - www.reservadealejandria.com

2018 2017 Variación %INGRESOS OPERACIONALES Nota 10 350.663.736 330.638.987 20.024.749 6%FONDO DE IMPREVISTOS 3.790.296 3.555.984 234.312 7%DESCUENTO POR PRONTO PAGO 14.489.186- 15.807.837- 1.318.651 -8%INGRESOS OPERACIONALES 339.964.846 318.387.134 21.577.712 7%

INGRESOS VARIABLES 69.018.181 67.135.351 1.882.830 3%-

TOTAL INGRESOS OPERACIONALES 408.983.027 385.522.485 23.460.542 6%

GASTOS OPERACIONALES Nota 11

GASTOS ADMINISTRATIVOS 357.129.025 341.612.990 15.516.035 5%GASTOS FINANCIEROS 8.354.150 14.494.353 (6.140.204) -42%TOTAL GASTOS OPERACIONALES 365.483.175 356.107.343 9.375.832 3%

RESULTADO DEL EJERCICIO 43.499.853 29.415.142 14.084.711 48%

LAS NOTAS NOTAS DEL 1 AL 13 SON PARTE INTEGRAL DE LOS ESTADOS FINANCIEROS

Yina Alexandra PinzónRepresentante Legal

Dora Sofia VargasContadoraTP 149666-T

Jacqueline Brijaldo V.Revisora FiscalTP

CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRÍANIT: 900.721.898 - 5

ESTADO DE RESULTADOSPOR LOS PERIODOS TERMINADOS EN DICIEMBRE 31 DE 2018 Y 2017

(Expresados en pesos Colombianos)

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CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRÍA ASAMBLEA GENERAL 2019

Vereda Canavita Camino del Medio Frente a Colpapel – Tocancipá – Cundinamarca Tel: 8697019 [email protected] - [email protected] - www.reservadealejandria.com

CERTIFICACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS

Los suscritos Representante Legal y Contadora Pública, certificamos que hemos preparado los Estados Financieros Básicos del CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRÍA con NIT 900.721.898 – 5, Estado de Situación Financiera, Estado de Resultados y Ejecución Presupuestal, por el periodo comprendido entre el 01 de enero al 31 de diciembre de 2018, de acuerdo con la ley 222 de 1995, ley 1314 de 2009, reglamentada con el decreto 2706 de 2012, incluyendo sus correspondientes revelaciones que forman un todo indivisible con estos.

Los procedimientos de valuación, valoración y presentación ya han sido aplicados uniformemente en el periodo correspondiente y reflejan razonablemente a Situación Financiera del CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRÍA a 31 de diciembre de 2018, así como los resultados de sus operaciones y además:

1. Las cifras incluidas son fielmente tomadas de los libros oficiales y auxiliares respectivos. 2. No hemos tenido conocimiento de irregularidades que involucren a miembros de la

administración, que puedan tener efecto de importancia relativa sobre los estados financieros enunciados.

3. Garantiza la existencia de los activos y pasivos cuantificables, así como los derechos y obligaciones registrados de acuerdo con corte de los documentos.

4. Confirma que la integridad de la información proporcionada puesto que todos los hechos económicos, han sido reconocido en ellos.

5. No se han presentado hechos posteriores en el curso del periodo que se requiera ajuste o revelaciones en los Estados Financieros o en las notas subsecuentes.

6. En cumplimiento del artículo 1° de la ley 603 de 2000 declaramos que el software utilizado tiene la licencia correspondiente y cumple con las normas de derecho de autor.

Dado en Tocancipá, el 28 de febrero de 2019.

Atentamente,

FIRMADO EN ORIGINALES FIRMADO EN ORIGINALES

Yina Alexandra Pinzón Dora Sofía Vargas

Representante Legal Contadora Pública

TP 149666-T

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POLÍTICAS CONTABLES Y REVELACIONES A LAS NOTAS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS A 31 DE DICIEMBRE DE 2018 – 2017

NOTA No 1: ENTE ECONÓMICO

El CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRÍA, Es una Persona Jurídica de naturaleza civil, sin Ánimo de Lucro, propiedad horizontal mixta, inscrita el día 17 de febrero de 2014 en el folio 010 del libro del registro de Personarías Jurídicas de la Alcaldía Municipal de Tocancipá y desarrollado mediante Escritura Pública No 11540 del 6 de diciembre de 2013 de la Notaria 72 de Bogotá, identificado con NIT 900.721.898 – 5. Ubicado en la Vereda Canavita Camino del Medio frente a Colpapel de la ciudad de Tocancipá-Municipio de Cundinamarca, esta copropiedad consta de 272 unidades habitacionales de casas y 9 locales ubicados en la parte externa del conjunto.

Esta entidad se rige bajo la Ley 675 de agosto 3 de 2001, cuyo objeto social es el de administrar correcta y eficazmente los bienes y servicios comunes, manejar los asuntos de interés común de los propietarios de bienes privado, cumplir y hacer cumplir la ley y el reglamento interno de la copropiedad.

Es una entidad no contribuyente de impuestos nacionales, ni del impuesto de industria y comercio; únicamente actúa como agente retenedor en la fuente sobre los conceptos que las normas tributarias así lo establecen.

Los recursos patrimoniales de la persona jurídica están conformados por los ingresos provenientes de las expensas comunes ordinarias y extraordinarias que adquiera o reciba para el cumplimiento de su objeto.

NOTA No 2 PRINCIPALES POLÍTICAS Y PRÁCTICAS CONTABLES

El CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRÍA, ha elaborado sus estados financieros de conformidad con la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas empresas (NIF para microempresas), establecida en Colombia por la Ley 1314 de 2009, Decretos 2706 de 2012 y 3019 de 2013 y reglamentada por el Decreto Único Reglamentario (DUR) 2420 de diciembre 14 de 2015, expedido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Según el siguiente cronograma de trabajo, los estados financieros del año 2016 son los primeros informes emitidos con aplicación del nuevo marco técnico de información financiera.

Año de Preparación Obligatoria: Del 1 de Enero de 2014 a 31 de Diciembre de 2014.

Año de Transición: Del 1° de Enero de 2015 a 31 de Diciembre de 2015.

Últimos Estados Financieros emitidos bajo los decretos 2649/93 y 2650/93: Diciembre 31 de 2015.

Año de Aplicación: A partir del 1° de Enero de 2016.

Primer Periodo de Aplicación: Del 1 de Enero de 2016 al 31 de Diciembre de 2016.

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Periodicidad: El conjunto tiene definido por política, efectuar un corte de sus cuentas, preparar y difundir Estados Financieros de propósito general una vez al año, por los periodos de tiempos comprendidos entre Enero 1° al 31 de Diciembre.

Bases de Elaboración. El Conjunto Residencial Reserva de Alejandría, elabora los estados financieros excepto en lo relacionado con la información sobre flujos de efectivo, utilizando la base contable de acumulación o devengo (causación). Siendo la base principal de medición es el costo histórico y unidad monetaria el peso colombiano (COP).

La preparación de los estados financieros de acuerdo con las NIF para Microempresas exige la determinación y la aplicación consistente de políticas contables a transacciones y hechos similares.

En algunos casos es necesario emplear estimaciones y otros juicios profesionales para aplicar las Políticas contables. Los juicios que la administración haya efectuado en el proceso de aplicar las políticas contables y que tengan la mayor relevancia sobre los importes reconocidos en los estados financieros se establecen explícitamente.

Entidad o negocio en marcha, los estados financieros de la copropiedad se elaboran presumiendo que esta se encuentra en plena actividad y continuara en un futuro previsible, salvo que los propietarios tengan la intensión de liquidarla o hacer cesar sus operaciones.

Hechos posteriores, en la fecha de preparación de los estados financieros de la copropiedad al corte de diciembre 31 de 2018, no se conocen o no se han presentado hechos posteriores que puedan afectar la razonabilidad de estos, que requieran una revelación adicional por parte de las personas responsables.

Reconocimiento de Activos, Pasivos, Ingresos y Gastos, es el proceso por medio del cual el Conjunto Residencial Reserva de Alejandría, registrará en sus estados financieros cuantías o valores a costo histórico, a menos que se realice una transacción en que se requiera su medición basada en el valor razonable.

Activos, se reconocerá cuando sea probable que del mismo se obtengan beneficios futuros para la copropiedad y este tenga un valor que pueda ser medido con fiabilidad.

Pasivo, se reconocerá un pasivo cuando la copropiedad tiene una obligación actual como resultado de un evento pasado, donde es probable se requiera la transferencia de recursos para su cancelación y el valor de la obligación pueda medirse con fiabilidad.

Patrimonio, es la participación residual de los activos de la copropiedad, una vez deducidos todos sus pasivos.

Ingresos, este reconocimiento ocurre simultáneamente con el reconocimiento del aumento de los activos o la disminución de los pasivos pudiéndose medir con fiabilidad.

Gastos, el reconocimiento ocurre al momento de la disminución de activos o el aumento de pasivos debiéndose medir con fiabilidad.

Cuentas por Cobrar

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Los derechos deben ser reconocidos mes a mes a valor nominal, monto establecido año a año por la Asamblea de copropietarios, estos montos están representados por las cuotas de administración uso de bienes comunes entre otros, cuando las cuotas de administración no sean canceladas dentro del mes correspondiente, se deberán reconocer intereses de mora sin exceder el monto establecido por la Superintendencia Financiera y de acuerdo con la ley 675 de 2001, cuando se dé lugar a descuento por pronto pago éste se reconocerá como menor valor de los ingresos operacionales.

Propiedades, Planta y Equipo

Los bienes comunes esenciales de la copropiedad y a cargo de la administración del conjunto, corresponden pro indiviso a cada uno de los propietarios de las áreas privadas. De tal forma que, al no considerarse bienes directos de la copropiedad, si no de sus copropietarios estos no son objeto de reconocimiento como activos en los estados financieros. (Art. 3 – 32 Ley 675 de 2001) y “Concepto 672 de 2014 CTCP”.

El recurso que se utilice para atender el mantenimiento, reparación o reposición de este tipo de estos bienes se reconocerá en los estados financieros como un gasto para la copropiedad.

En este rubro de propiedades, planta y equipo, se reconocerán los bienes muebles adquiridos por la copropiedad (maquinaria y equipo, equipo de oficina, muebles y enseres) cuando sea probable la obtención de beneficios futuros, se espera utilizarlo por un periodo superior a un año y que este activo pueda ser medido con fiabilidad y razonabilidad, se registraran al costo de adquisición, si existen mejoras o reparaciones que aumenten la vida útil se incrementará su costo de adquisición.

La depreciación de determinará usando el método de línea recta, de acuerdo con la vida útil estimada de la siguiente manera:

Maquinaria y equipos ...………………………… Línea recta 2 años

Equipo de oficina …..…………………………… Línea recta 2 años

Equipo de computación y comunicación ..……… Línea recta 5 años

Directorio de valor de los activos

Al final de cada periodo del que se informa, se hace un análisis de las cuentas por cobrar y las propiedades, planta y equipo, para determinar si existe evidencia suficiente y objetiva sobre la recuperación o deterioro del valor del activo, en caso de que existiera dicho deterioro este deberá reconocerse en el estado de resultados del ejercicio.

Deudores comerciales y cuentas por pagar

Estas representan las obligaciones contraídas por la copropiedad, que surgen de sucesos pasados por bienes o servicios recibidos. Se deberán reconocer a valor histórico, al momento de su cancelación representan salidas o el desprendimiento de recursos económicos.

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Ingresos y Gastos

Los ingresos se reconocerán a valor razonable de la contraprestación, recibida o por recibir, tiene en cuenta el importe por descuentos de pronto pago aprobados por la asamblea general de copropietarios, los ingresos son calculados para cubrir las expensas necesarias y atender lo requerido entre el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año al igual que los gastos en estos se deberá tener en cuenta la depreciación, el deterioro de los activos y el fondo de imprevistos.

Nota No 3: EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO

Ésta conformado por los recursos económicos del recaudo de expensas comunes ordinarias y extraordinarias resultantes del desarrollo del objeto social de la copropiedad, estos recursos se encuentran libres de cualquier tipo de restricción legal, el manejo de estos recursos está a cargo del Administrador y Tesorero delegado por el Consejo de Administración.

La destinación de estos recursos permite clasificarlo en dos grupos, Operativo y Restringido

2.018 2.017 Variación % Caja General - 475.645 (475.645) -100% Caja Menor 500.000 500.000 - 0% Banco Av villas Cta Corriente No 446-00269-3 794.380 5.110.182 (4.315.802) -84% Banco Davivienda Cta Corriente No 46659999280 34.380.071 2.603.976 31.776.095 1220% TOTAL EFECTIVO EQUIVALENTE OPERATIVO 35.674.451 8.689.803 26.984.648 311%

El Conjunto Reserva de Alejandría, tiene como política de control interno el NO recaudo de cuotas ordinarias y extraordinarias en efectivo o sus equivalentes en la oficina de administración, todo recaudo lo deben realizar a través de las cuentas corrientes bancarias a nombre de la copropiedad las cuales fueron constituidas para tal fin.

La Caja Menor corresponde al valor aprobado por el Consejo de Administración para el manejo de los casos de los gastos de menor cuantía y de pago inmediato, valor que se encuentra bajo custodia de la administradora, los gastos a diciembre 2018 quedaron causados en su totalidad.

El saldo en bancos se encuentra debidamente conciliado a diciembre 31 de la cuenta corriente N° 4665 – 6999 – 9280 Banco Davivienda / 446-00269 – 3 del Banco AV Villas, en esta cuenta se administran los recaudos por todos los conceptos y desde allí se giran los pagos de las obligaciones contraídas en el desarrollo del objeto social de la copropiedad.

Efectivo y Equivalentes de Efectivo RESTRIGIDO: Denominada así, porque posee los Recursos del Fondo de Imprevistos los cuales están depositados en la cuenta de a horros Davivienda No 466500015246, tiene restricción legal para la Administración de la copropiedad, el uso está reglamentado y sujeto a previa aprobación de la Asamblea General como lo establece la Ley 675 de 2001 Art 35. A diciembre 31 de 2018 quedó un saldo de $ 11.386.282 quedando pendiente por recaudar un valor de $ 4.418.562 para tener el total de la Reserva por concepto Fondo de

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Imprevistos que se debía tener a diciembre 31 de 2018. Este valor pendiente fue consignado el 29 de enero de 2019.

2.018 2.017 Variación % Banco Davivienda Ahorro No466500015246 11.386.282 4.419.359 6.966.923 158% TOTAL EFECTIVO EQUIVALENTE RESTRINGIDO 11.386.282 4.419.359 6.966.923 158%

El saldo en la cuenta de Ahorro No del Banco Davivienda – se encuentra debidamente conciliado a diciembre 31.

NOTA No 4: DEDUDORES COMERCIALES Y OTRAS CUENTAS POR PAGAR

Este rubro está compuesto por los saldos adeudados por copropietarios quienes por diferentes causas presentan morosidad en el pago de dineros por conceptos como, cuotas de administración, intereses moratorios, liquidados a la una y media veces la tasa de interés corriente bancaria (Art. 30 Ley 675 de 2001), retroactivos, sanciones por convivencia e insistencia de asambleas, parqueaderos entre otros.

Así se relacionan los saldos por concepto a cierre de cada periodo;

2018 2017 Variación % Administración 79.583.287 68.206.878 11.376.409 17% Intereses 25.502.917 16.845.363 8.657.554 51% Parqueadero Carros 4.843.595 4.603.398 240.197 5% Retroactivo 2017 199.800 750.600 (550.800) -73% Retroactivo enero 102.600 - 102.600 -100% Sanciones 306.466 306.466 - 0% Parqueadero Motos 704.126 621.100 83.026 13% Sanciones Inasistencia Asamblea 2.540.207 6.926.206 (4.385.999) -63% Tarjetas de ingreso 80.000 170.000 (90.000) -53% Préstamo Proceso Jurídico(i) 41.000 - 41.000 -100% Honorario abogado(ii) 535.837 - 535.837 100% Total Deudores 114.439.835 98.430.011 16.009.824 16%

(i)Préstamo Jurídico: Corresponde al valor pagado por el Conjunto Reserva de Alejandría para solicitar el Certificado de tradición y poder seguir con el proceso jurídico, este valor se le suma a la deuda de cada propietario.

(ii)Honorarios de abogado: Corresponde a honorarios cobrados por la firma de abogados Grupo Fondera Ltda que al cierre de Diciembre quedó pendiente por recaudar.

Edades cartera 1 a 30 Días 31 a 60 Días 61 a 90 Días Mayor a 90 Días Total

11,422,543 7,519,735 6,303,338 89,194,219 114,439,835

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Cartera de difícil cobro:

código nombre DICIEMBRE 133 JOSE L. RUGE 7,514,110 125 JUAN PABLO RAMOS 6,286,067 230 CARLOS ENRIQUE BARRIOS GALLEGO 6,228,500 229 CARLOS BARRIOS 5,921,600

Total 25,950,277

El valor de $25.950.277, corresponde al valor de la cartera de difícil cobro, es un activo no corriente por que no se tiene la certeza del momento en que va a recuperar este rubro, y que afecta el flujo de efectivo, es de aclarar que están en proceso jurídico.

NOTA No 4 (CONTINUACION): ANTICIPOS- AVANCES Y OTRAS DEUDAS POR COBRAR

2018 2017 Variación % Anticipo a contratistas 5.938.782 2.350.000 3.588.782 153% Otros Deudores varios 899.500 811.000 88.500 11% Total 6.838.282 3.161.000 3.677.282 116%

Los anticipos y avances corresponden a:

2.018

I tem CASA/LOCALNOMBRE ADMON INTERE PARQ CARROS PARQ MOTOS SANCIONES TARJETA ING HONORARIOS TOTAL1 133 JOSE L. RUGE / 4,538,910 2,812,400 - - - - 162,800 7,514,110 2 90 ALEJANDRO CASTRO MERCHAN /4,137,900 2,196,775 325,000 - 188,000 - - 6,847,675 3 125 JUAN PABLO RAMOS /4,147,500 2,020,067 - - 98,000 - 20,500 6,286,067 4 230 CARLOS ENRIQUE BARRIOS GALLEGO /3,986,300 1,956,200 - - 286,000 - - 6,228,500 5 229 CARLOS BARRIOS / 3,864,000 1,771,600 - - 286,000 - - 5,921,600 6 153 FERNANDO RODRIGUEZ /3,354,200 1,288,300 - - 286,000 - - 4,928,500 7 209 BORIS EDUARDO SANABRIA PEREZ /3,139,200 1,212,400 - - 417,000 10,000 - 4,778,600 8 231 LUIS TORRES / 2,778,327 1,353,000 - 255,000 - - - 4,386,327 9 65 EDWIN VEGA / MAYERLI FAJER /2,620,525 1,322,159 - - - - - 3,942,684

10 57 CAROLINA SANCHEZ / FERNANDO PINEDA /2,721,700 911,225 - - 97,775 - 45,700 3,776,400 11 159 OLGA LUCIA JIMENEZ /2,476,000 1,045,300 - - - - - 3,521,300 12 220 LUIS ARIEL SICUARIZA /2,813,534 367,759 - - - - - 3,181,293 13 104 SIRIS OMAIRA ESPINOSA RAMOS /1,765,700 1,100,000 - - - - - 2,865,700 14 149 EYLEEN SOTO/ JAMES ARTUNDUAGA /2,118,136 495,850 - - 98,000 - - 2,711,986 15 198 LUIS ALFONSO ROZO /1,836,000 358,100 337,200 - 98,000 10,000 20,500 2,659,800 16 257 JUAN FREDY RAMIREZ /1,524,850 321,400 416,700 - 98,000 - 99,411 2,460,361 17 164 SANDRA LILIANA PALACIO /1,239,687 820,300 290,200 - - 10,000 - 2,360,187 18 15 HERNANDO ESCOBAR C. /1,918,525 247,600 - - - - - 2,166,125 19 232 LIZ VANESA CARO/YESICA CARO /1,226,840 777,900 - 89,600 - - - 2,094,340 20 17 EDITH ANDREA PEREZ PARDO /1,738,000 318,100 - - - - - 2,056,100 21 5 GERMAN ESTEBAN JARAMILLO LEON /1,431,684 574,150 - - - - - 2,005,834 22 148 OSCAR L CARDENAS /1,627,472 221,500 - - - - - 1,848,972 23 233 RONALD BELTRAN/ MONICA EUNICE BELTRAN /1,248,000 181,600 309,100 - - - - 1,738,700 24 49 JENNY ISABEL LIZARAZO /1,430,173 34,500 28,100 - - - - 1,492,773 25 161 NICOLAS BOTERO/ MARIA PAULA RINCON /973,400 402,800 28,100 - - - - 1,404,300 26 127 LORENA BEJARANO COMBARIZA/JOEL DAVID ALV1,040,000 102,600 84,300 33,600 98,000 - - 1,358,500 27 308 JOSÉ LUIS ROJAS / 1,037,683 89,400 - - 110,009 - - 1,237,092 28 68 NESTOR PARDO PEREIRA / YULIETH GOMEZ /836,000 15,700 - 47,000 125,187 - - 1,023,887 29 56 PABLO JULIAN GOMEZ RODRIGUEZ /228,392 - 729,000 - 19,136 - - 976,528 30 205 OSCAR JAVIER ANAYA ANAYA /872,500 80,050 - - - - - 952,550

TOTAL 64,671,138 24,398,735 2,547,700 425,200 2,305,107 30,000 348,911 94,726,791 REPRESENTA EL 83 % DEL TOTAL DE LA CARTERA

CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRIAINFORME DE LOS 30 MAYORES DEUDORES A DICIEMBRE 31 DE 2018

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Gustavo Caina Construcciones SA Anticipo montaje motobombas 4.263.782 Cardona Diego Andrés Anticipo 25% Sg-sst 1.675.000 Total

5.938.782

$ 899.500, Este valor corresponde a $811.000 pesos entregados a un propietario para adquirir un paquete contable y adelantar la contabilidad pero ninguna de las dos situaciones se cumplieron y hasta la fecha no han sido reintegrados, $ 88.500 un anticipo pendiente por legalizar del señor GIOVANNY ACOSTA por concepto de empaste libros mes abril año 2018.

NOTA No 5: PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO

2018 2017 Variación % Maquinaria y Equipo 3.729.800 3.729.800 - 0% Equipo de Oficina 4.144.000 4.144.000 - 0% Equipo de computación y comunicación(i) 8.312.382 7.763.382 549.000 7% Menos Deprecación Acumulada (15.353.647) (9.004.841) (6.348.806) 71% Total 832.535 6.632.341 (5.799.806) -87%

(i)Corresponde a la compra de una impresora Multif Epson L495 en el mes de Octubre del año 2018 por valor de $549.000

Depreciación Fecha de compra Valor Depreciación Guadaña may-16 204.966 Depreciación Cámaras ago-16 439.875 Depreciación sillas y mesas ene-15 1.946.750 Depreciación Computador ene-15 1.109.750 Depreciación Impresora jun-15 250.000 Depreciación sillas y mesas ago-17 970.605 Depreciación TV portería ago-17 877.860 Depreciación Impresora oct-18 549.000 Total

6.348.806

NOTA No 6 ACTIVOS INTANGIBLES

Corresponde al valor registrado en libros por la adquisición de una licencia para el manejo del Software contable de la copropiedad, el cual debe ser actualizado cada año para poder recibir soporte.

Descripción 2018 2017 Software Contable (Sisco) 1.925.600 1.925.600

Activos Intangibles 1.925.600 1.925.600

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Nota No. 7: ACREEDORES COMERCIALES Y CUENTAS POR PAGAR

Representan las obligaciones contractuales a cargo de la copropiedad, producto de sucesos pasados de los cuales se tiene el compromiso de entregar parte de un activo monetario. La administración en desarrollo del objeto social de la entidad adquiere bienes y/o servicios necesarios para su funcionamiento.

2018 2017 Variación % Honorarios Elaboración de Nif - 2.000.000 (2.000.000) -100% Servicio de Vigilancia - 25.703.010 (25.703.010) -100% Servicio de Mantenimiento 7.359.200 1.070.182 6.289.018 588% Servicios Públicos 1.150.080 7.500 1.142.580 15234% Otros Costos y Acreedores varios 368.778 111.000 257.778 232% Retención en la Fuente 246.000 781.733 (535.733) -69% Total cuentas por pagar 9.124.058 29.673.425 (20.549.367) -69%

Servicio de mantenimiento por valor de $ 7.359.200, corresponde a los servicios de mantenimiento puerta peatonal y vehicular trabajo realizado por el señor MELQUISEC BUITRAGO por valor de $263.200 y JORGE VELASQUEZ servicio de mantenimiento de canales y cajas de aguas negras por valor de $7.096.000

Servicio públicos por valor de $1.150.080 corresponde al servicio de energía del mes de diciembre de 2018.

Otros costos y Acreedores varios, reembolso de caja menor gastos navidad pendiente por reintegrar.

Retención en la Fuente

El saldo de la retención en la fuente está conformado por las retenciones practicadas durante el mes de diciembre a los proveedores y/o contratistas de la copropiedad, las cuales fueron declaradas y pagadas OPORTUNAMENTE a la DIAN y cancelada en el mes de enero de 2019.

NOTA No 8: INGRESOS RECIBIDOS POR ANTICIPADO

Corresponde al valor de las cuotas de administración consignadas en la cuenta bancaria de forma anticipada, por propietarios y/o residentes.

2018 2017 Variación % Cuotas de administración 7.272.010 4.831.808 2.440.202 51% Parqueadero 516.300 242.921 273.379 113% Total 7.788.310 5.074.729 2.713.581 53%

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OTROS PASIVOS

2018 2017 Variación % Consignaciones Pendientes por identificar 1.200.200 1.180.200 20.000 2% Ingresos Recibidos para terceros 3.839.160 3.532.045 307.115 9% Total 5.039.360 4.712.245 327.115 7%

Las consignaciones pendientes por identificar corresponden a los años 2015,2017 Y 2018, del año 2015 por valor de $ 1.037.200 no se tiene referenciación alguna, a la fecha no han sido reclamados por los propietarios.

Del año 2017 corresponden 2 consignaciones por valor de $143.000 con las siguientes referencias:

Oficina Santa Fé Ref 713465 valor $26.500 del 15 de julio de 2017 Oficina Bogotá Calle 19 Ref 439242 por valor de $116.500 del 17 de julio de 2017.

o Transferencia ACH por valor de $20.000 del 12 de junio de 2018.

CASA NOMBRE ADMINISTRACIÓNPARQUEADERO CASA NOMBRE ADMINISTRACIÓNPARQUEADERO1 ARMANDO FORERO 400 135 LUZ MARINA CASTAÑEDA 38.000 3 CLAUDIA QUINTERO 98.700 28.100 136 JOSE OLMEDO RODRIGUEZ 16.000 6 JUAN JOSE MANTILLA 95.500 137 FABIAN HERNANDEZ 53.800 8 ROSALIA FAJARDO GAONA 212.000 36.600 140 FANNY ELIZABETH BOHORQUEZ 216.000 9 JOSE GUILLERMO GARNICA 11.000 146 NEDER MANUEL VILLALOBO COGOLLO 1.000

11 JAIRO LEON FLOREZ / JAIRO ADRIAN 136.200 39.300 149 EYLEEN SOTO/JAMES ARTUNDUAGA 25.000 20 ALEXANDER PERILLA 96.000 154 CLAUDIA PATRICIA RODRIGUEZ 4.000 24 MARTIN MONCADA 101.200 156 CLAUDIA CANTOR 2.600 27 OSCAR URREA / MAYERLY LABRADOR 78.500 160 ALEXANDRA GUTIERREZ 480.000 29 BENJAMIN PEREZ / WENDY DUARTE 200 165 SANDRA RODRIGUEZ 300 31 ALBERTO GARNICA 16.000 166 NORMA BONILLA 1.500 32 PABLO GARNICA/LILIANA JIMENEZ 492.250 168 SEBASTIAN APONTE 84.000 34 SANDRA GUIZA 63.100 171 EFRAIN BURGOS 308.800 35 JUAN CARLOS JIMENEZ 100 178 LOURDES AYDE GONZALEZ 112.000 37 JOSE HERNANDO OTALORA/CLAUDIA 30.800 180 NELSON EDUARDO DIAZ CASTRILLON 4.000 38 VIVIANA RODRIGUEZ 5.000 182 DORIS ROZO 64.000 43 LAUDICE CASTIBLANCO 6.000 5.600 183 JAIRO ALBERTO VELEZ BERRIO 50.500 58 CLARA LUCIA GOMEZ 117.800 30.000 185 HERNAN FELIPE RODRIGUEZ 44.000 59 WALDO YESID ORTIZ 22.400 187 JAVIER FERNANDO PANQUEVA RINCON 44.800 61 CAROLINA PERICO CAMACHO 15.800 193 JAVIER ALFONSO MANCERA ROMERO 2.000 62 YANNETH CONSTANZA MEDINA 1.400 197 EDGAR CUADROS 64.000 64 ALEXANDER ROJAS 35.800 199 GLORIA SAAVEDRA 29.200 77 HERNANDO GARCIA/YANETH OSPINA 36.100 200 VICTOR M MEDINA 66.700 81 KATTY MORENO SUAREZ 313.800 28.100 201 GONZALO HERNANDEZ 96.000 27.400 82 KATTY MORENO SUAREZ 362.000 203 DIEGO VICENTE ROCERO 105.800 83 KATTY MORENO SUAREZ 293.800 204 IVON ORJUELA 600 87 MAURICIO SILVA7ROSA EMMA 2.000 207 CLARA OFIR MONCADA 48.000 89 EDGAR EDUARDO MARTINEZ 300 221 ROMAN CELIS ZAMBRANO 29.500 94 FRANCISCO JAVIER ANDRADE 82.400 226 VIVIANA ALBARRACIN BUSTOS 98.301 96 JOSE IGNACIO SIERRA 28.100 238 MALGORZATA LISOWSKA 2.000

100 MALGORZATA LISOWSKA 16.000 245 ALCARDO DARIO PARDO GUTIERREZ 700 103 NELLY HUERTAS 52.200 246 EDWAR JOHAN BARRIOS VELANDIA 96.000 28.100 105 LUZ MARINA PULIDO HERNANDEZ 219.000 248 DEISY GUALTEROS 148.400 16.900 107 ESNEDA MORENO ROA 8.002 251 RICARDO MONROY / VIVIANA SOTELO 96.000 28.100 111 WILSON ANDRES GUATIVA 19.000 256 CINDY J PEÑATE 36.100 112 YAICI JANETH RODRIGUEZ 1.849 260 ANGELA ROCIO GONZALEZ CABRERA 98.618 113 WILSON ALBEIRO GONZALEZ MATALLANA 11.300 262 ARAMINTA RIVERA 1.000 114 MIGUEL ANGEL FRANCO 506.000 263 MARIA IRENE LARA CARO 11.200 117 JUAN SEBASTIAN BELTRAN/RUBIELA 4.000 3.000 265 LUIS GUSTAVO MUÑOZ 11.600 120 LUZ DARY MORALES CELEITA 96.000 27.200 269 MARIA ANGELICA BELTRAN DUEÑAS 17.800 122 FRANCY ESPINOSA 24.700 270 JULIO CESAR VILLAMIL TORRES 400 123 SALOMON GOMEZ GONZALEZ 42.000 272 YENY ESPERANZA DUARTE ROZO 4.000 124 LILIANA RODRIGUEZ MORENO 240.000 LOCAL 01 JAIRO VIDAL SEGURA MALAGON 530.054 134 WILLIAM DELGADO ALBARRACIN 109.400 28.100 LOCAL 04 CARLOS BUITRAGO 119.204

TOTAL 4.001.401 328.700 LOCAL 05 DIEGO FERNANDO LOPEZ 1.981 LOCAL 06 LUZ ALICIA LOPEZ 92.251

TOTAL 7.272.010 516.300

ANTICIPOS A 31 DICIEMBRE 2018 CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRIA CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRIA

ANTICIPOS A 31 DICIEMBRE 2018

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Los ingresos recibidos para terceros el valor relacionado por este concepto se adeuda a los Asesores Jurídicos GRUPO FONDERA LTDA, por los procesos jurídicos firmados durante los meses septiembre a diciembre 2018. Cartera recaudada por Fondera durante el año $25.695.501 y en proceso de acuerdo pago que aún no se ha cancelado en su totalidad es de $18.712.940.

NOTA No 9: PATRIMONIO

2018 2017 Variación % Reserva Fondo de Imprevistos(i) 15.804.844 12.014.548 3.790.296 32% Reserva Mto bombas y puertas(ii) 20.250.000 - 20.250.000 100% Excedentes de ejercicios Anteriores 71.801.567 42.368.025 29.433.542 69% Excedentes antes de apropiación Fondo de Imprevistos 43.499.852 29.415.142 14.084.710 48% Apropiación Fondo de Imprevistos 2.211.006 - 2.211.006 100% Excedentes netos 41.288.846 29.415.142 11.873.704 40% Total 149.145.257 83.797.715 65.347.542 78%

(i) RESERVA DE FONDO DE IMPREVISTOS: Parte de estos recursos se encuentran consignados en la cuenta de ahorros No 4665-0001-5246 del Banco Davivienda Efectivo Restringido) a 31 de diciembre se logró provisionar $ 11.386.281,67 como resultado de la gestión administrativa que logro hacer acuerdos de pago y recuperar una cartera por valor de $10.437.001, el valor faltante de $4.418.562 para completar los $15.804.844 se consignó el día 29 de enero de 2019.

El Fondo de Imprevistos es de obligatorio cumplimiento y realización, este se constituye para atender gastos o emergencias que no se tienen en cuenta en el presupuesto anual. Solo se puede disponer de estos recursos según lo indicado en la ley 675 de 2001 articulo 35.

(ii)RESERVA MANTENIMIENTO BOMBAS Y PUERTAS: Corresponde a una gestión administrativa con la empresa de vigilancia ARSENAL DE SEGURIDAD LTDA la cual nos brindó un beneficio por concepto de apoyo a la seguridad por valor de $27.000.000 los cuales se aplicaron mediante nota crédito y a diciembre 31 se tenía un valor de $20.250.000 el saldo de $6.750.000 fue abono en el mes de enero de 2019. Se crea una Reserva con el fin de que ese rubro sea utilizado de acuerdo a la autorización de la asamblea del día 18 de octubre de 2018.

NOTA No 10: INGRESOS

Ingreso, es la entrada bruta de beneficios económicos, durante el periodo, surgidos en el curso de las actividades ordinarias derivado de cuota de administración, cuotas extraordinarias, cobro por uso de zonas comunes (alquiler de salón comunal, uso de parqueaderos y BBQ), sanciones por convivencia e inasistencia a la asamblea, intereses de mora correspondientes al atraso por cuotas de administración y por rendimientos financieros de depósitos en bancarias o fondos de inversión.

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INGRESOS OPERACIONALES

Descripción 2018 2017 Variación % Cuotas de Administración (Casa - Locales) 350,663,736 330,638,987 20,024,749 6% Fondo de Imprevistos 3,790,296 3,555,984 234,312 7% Descuento por Pronto Pago en Administración -14,489,186 -15,807,837 1,318,651 -8% Ingresos Operacionales 339,964,846 318,387,134 21,577,712 7%

INGRESOS VARIABLES

Descripción 2018 2017 Variación % Uso Parqueaderos (Vehículos y Motocicletas) 46,135,529 40,956,908 5,178,621 13% Intereses de Mora por Cuotas de Administración 17,975,558 13,629,841 4,345,717 32% Uso de BBQ 391,500 310,000 81,500 26% Uso de Salón Social 1,294,600 1,260,000 34,600 3% Sanciones por Convivencia e inasistencia asamblea - 9,628,203 -9,628,203 -100% Tarjetas de Ingreso (Vehículos y Motocicletas) 788,100 1,236,500 -448,400 -36% Diversos 70,129 112,990 -42,861 -38% Rendimientos Financieros Cta Ahorros Banco Davivienda 7,471 909 6,562 722% Aprovechamientos(i) 2,355,294 - 2,355,294 100% Ingresos No Operacionales 69,018,181 67,135,351 1,882,830 3%

(i) Aprovechamientos: Corresponde a un reintegro hecho por la aseguradora CHUBB DE COLOMBIA por concepto del arreglo de un tubo zona común.

NOTA No 11: GASTOS

Corresponde a los gastos, por honorarios, mantenimientos y reposición de activos, efectuados por la administración para atender los diferentes conceptos necesarios para el normal funcionamiento eficiente de la copropiedad, dichos rubros están relacionados en el Estado de Resultados.

Descripción 2018 2017 Variación % Revisoría Fiscal 6.600.000 6.600.000 - 0% Asesoría Jurídica 1.514.517 120.000 1.394.517 1162% Contador 9.800.000 9.600.000 200.000 2% Administración de P.H. 21.365.000 21.600.000 (235.000) -1% Sistema de Seguridad en el Trabajo SG-SST 1.636.528 1.410.900 225.628 16% Honorarios 40.916.045 39.330.900 1.585.145 4%

SEGUROS – PÓLIZA DE ÁREAS COMUNES

Descripción 2018 2017 Variación % Póliza de Zonas Comunes – Copropiedad 16,106,565 18,632,646 -2,526,081 -14% Seguros 16,106,565 18,632,646 -2,526,081 -14%

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SERVICIOS

Descripción 2018 2017 Variación % Aseo 37.983.034 36.023.424 1.959.610 5% Vigilancia 156.563.048 149.440.644 7.122.404 5% Acueducto y Alcantarillado 21.865.570 21.794.186 71.384 0% Energía Eléctrica 14.387.520 17.171.460 -2.783.940 -16% Internet y Telefonía 2.059.727 1.972.906 86.821 4% Servicios 232.858.899 226.402.620 6.456.279 3%

Los gastos por servicio con variación relevante son:

Servicio de Vigilancia: En el mes de julio de 2016 se contrataron los servicios de la empresa Serviboy LTDA hasta el mes de julio de 2018 mes en que se da por terminado el contrato, a partir del mes de agosto de 2018 se contratan los servicios de la empresa ARSENAL DE SEGURIDAD LTDA con una vigencia de dos años.

Servicio de Aseo: La empresa SERVIFUTURO LTDA prestadora de este servicio desde septiembre de 2017 hasta la fecha.

MANTENIMIENTOS

Descripción 2018 2017 Variación % Parqueadero 281,275 6,618,225 -6,336,950 -96% Cerramiento 1,038,800 24,500 1,014,300 4140% Eléctricos y Suministros 1,755,300 1,052,700 702,600 67% Puertas (Peatonales - Bicicletas - Zona de Mascotas9

1,698,175 7,193,950 -5,495,775 -76% Jardín 4,534,050 2,180,220 2,353,830 108% Bombas y Tanques 18,786,150 13,862,777 4,923,373 36% Cubiertas y Canales 8,530,000 250,000 8,280,000 3312% Extintores 36,000 195,000 -159,000 -82% Citofonia

2,265,000 -2,265,000 -100%

Fumigación 445,700 350,000 95,700 27% Mantenimiento Cajas aguas Negras 3,380,000 - 3,380,000 10% Casa de Muñecas 1,203,698 - 1,203,698 100% Cámaras de Seguridad 2,126,000 3,577,500 -1,451,500 -41% Equipo de Computación y Comunicación 898,205 394,708 503,497 128% Locativos 4,968,617 4,270,700 697,917 16% Mantenimiento 49,681,970 42,235,280 7,446,690 18%

Cerramiento, extensión de encerramiento del conjunto en la parte inferior, soldar varillas y pintar por valor de $1.000.000, tornillos para sostener malla del parque $38.800.

Mantenimiento de Puertas: cambio de 2 antiremanentes y 2 buser, cambio de transistor fuente puerta de ingreso y mantenimiento correctivo puertas de ingreso peatonal y parqueaderos mes de

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marzo y mayo por valor de $1.003.000, en febrero compra de tarjetas de ingreso peatonal $229.275, cambio de pulsador de timbre puerta principal $5.800, cambio de guardas oficina administración, duplicado de llaves, compra de candados por valor de $120.100, en diciembre mantenimiento de puerta vehicular y peatonal $340.000.

Mantenimiento jardín: Compra de matas, tierra, abono $2.165.000, accesorios guadaña (nylon, aceite, Yoyo) $299.100, bolsas para pasto $71.600, Gasolina guadaña $ 365.800, fumigaciones jardín $220.000, accesorios y avisos embellecimiento jardín $1.032.550, control de roedores $380.000.

Mantenimiento de Bombas y Tanques: Relación gastos, Mantenimiento cuarto de bombas $406.900, Revisión bomba sumergible $30.000, Modificación paralela al pedestal anclajes bombas $1.050.000, Arreglo tanque de agua subterraneo No 1 y tanque de agua No 2 $7.942.470, enjuague y desinfección 2 tanques de agua subterráneos $357.000, Inspección e informe técnico cuarto de bombas $321.300, retiro de geotextil de 2 tanques de agua $1.519.980, cloración+filtro+drenaje+modificación de niveles de llenado bombas $3.947.000, mantenimiento de válvulas cambio de prensas bombas $1.475.000.

Mantenimiento cubiertas y canales: Se realizó mantenimiento a 272 canales en el mes de diciembre por valor de $8.530.000.Contratatista JORGE VELASQUEZ.

Mantenimiento Cajas aguas negras: Se realizó mantenimiento a 110 Cajas de aguas negras en el mes de diciembre por valor de $3.380.000. Contratista JORGE VELASQUEZ.

Mantenimiento casa de muñecas: Cemento, baldosas, esmalte, thinner, pegacor, barniz, pintura e instalación baldosas por valor de $1.203.698

Mantenimiento de Cámaras de Seguridad: Instalación de 10 cámaras perimetrales DAHUA, reparación de 7 cámaras y 2 ciberdomos, cambio de2 cámaras varifocales perimetrales, reubicación de 1 cámara y configuración de todo el sistema CCTV mes de enero por valor de $ 2.126.000.

Mantenimientos locativos: Excavación arreglo tubería al lado del parque$300.000, cuchillas, disco pulidora, esmalte, lija, thinner, tornillos, arena adoquines, por valor de $96.700, estudio técnico con geófono por fuga de agua $1.700.000, arreglo tubo zona verde $2.094.400, escalera de 6 pasos $220.000, arreglos varios zonas comunes del 14 al 31 de marzo por $347.517 y 1 al 9 de abril por $210.000 servicio prestado por el señor JAISON RINCON.

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GASTOS DIVERSOS

Descripción 2018 2017 Variación % Actividades Sociales 2.987.850 2.877.600 110.250 4% Gastos Asamblea Ordinaria y Extraordinaria 4.977.654 4.184.432 793.222 19% Elementos de Aseo y Cafetería 497.030 427.700 69.330 16% Útiles, Papelería y Fotocopias 1.047.030 1.395.900 (348.870) -25% Renovación Sistema Contable 421.736 405.195 16.541 4% Taxis y Buses 255.150 260.250 (5.100) -2% Depreciación 5.799.806 1.903.988 3.895.818 205% Ajuste al Peso - 495 (495) -100% Fondo de imprevistos 1.579.290 3.555.984 (1.976.694) -56% Diversos 17.565.546 15.011.544 2.554.002 17%

Actividades sociales: Día de los niños $ 2.129.400, Navidad, adornos, novena, día de velitas, $858.450

Fondo de imprevistos: Según la ley 675 de 2001 en su artículo 35 establece que “la persona jurídica constituirá un fondo para atender obligaciones o expensas imprevistas, el cual se formará e incrementará con un porcentaje de recaudo no inferior al uno porciento (1%) sobre el presupuesto anual de gastos comunes y con los demás ingresos que la asamblea general considere pertinentes. La asamblea podrá suspender su cobro cuando el monto disponible alcance el cincuenta porciento (50%) del presupuesto ordinario de gastos del respectivo año”.

GASTOS FINANCIEROS

Corresponde a los gastos extraordinarios no contemplados en el desarrollo del objeto social del conjunto.

GASTOS BANCARIOS

Los gastos financieros corresponden a gastos por concepto de recaudo en las cuentas bancarias.

2018 Intereses Dian 17.889 Intereses Póliza Zonas Comunes(i) 1.820.838 Gastos por recaudo bancario 4.741.292 Comisión pago proveedores 292.456 Descuento 50% intereses (ii) 1.149.675 Multas y sanciones Dian 332.000 Total 8.354.150

(i)Corresponde a los intereses pagados por concepto de póliza zonas comunes con una vigencia 1 enero de 2018 a diciembre 31 de 2018 y se terminó de pagar en el mes de noviembre de 2018.

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CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRÍA ASAMBLEA GENERAL 2019

Vereda Canavita Camino del Medio Frente a Colpapel – Tocancipá – Cundinamarca Tel: 8697019 [email protected] - [email protected] - www.reservadealejandria.com

(ii)Descuento 50% intereses por recaudo de cartera en mora

Casa Valor 23 12.750

101 23.625 103 33.550 107 487.800 163 133.800 166 422.700 188 35.450

Total 1.149.675

NOTA No 12: BIENES COMUNES

En el Estado de Situación Financiera del año 2018 el rublo de Propiedad Planta y equipo queda en cero debido a que se encuentra totalmente depreciado, pero la administración tiene la responsabilidad de la preservación, mantenimiento y control de los bienes comunes.

A continuación se relacionan:

INVENTARIO BIENES COMUNES CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRÍA

Dos (2) escaleras Una (1) fumigadora

Una (1) carretilla Una (1) zorra de carga Dos (2) carros de mercado

Un (1) taladro inalámbrico Una (1) Pulidora pequeña Una (1) guadaña

Cincuenta y ocho (58) sillas Once (11) mesas 1 domo 34 cámaras

Tres (3) computadores (HP ”Administración y Contabilidad” y Poview “Parqueadero”)

Tres (3) impresoras (Hp, Samsung y Epson)

3 Bombas de Agua marca Siemens

TV 49” Portería

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NOTA No 13: HECHOS POSTERIORES;

Caso casa 233: Teniendo en cuenta que al señor RONAL BELTRAN propietario de la casa 233 la administración del momento le hizo un cruce de cuentas con los servicios prestados por mantenimiento de las bombas de agua en año 2017en los meses de Julio, Noviembre y Diciembre en los recibos de caja No 6796-7746-7983 por un valor total de $1.762.058.

Valor que fue reversado en el mes de enero de 2019 por esta administración avalados por los abogados que llevan este caso a la fecha, acta No 15 del día 29 de enero de 2019

FIRMADO EN ORIGINALES FIRMADO EN ORIGINALES FIRMADO EN ORIGINALES

YINA ALEXANDRA PINZON DORA SOFIA VARGAS JACQUELINE BRIJALDO

Representante Legal Contadora Revisor Fiscal

TP 149666-T TP

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PRESUPUESTO 2018 100.00%

INGRESOS

PREP MENSUAL AÑO 2018

TOTAL PRESUPUESTO

ANUAL ene-18 feb-18 mar-18 abr-18 may-18 jun-18 jul-18 ago-18 sep-18 oct-18 nov-18 dic-18

EJECUTADO AÑO 2018

% EJECUTADO

$$$ POR EJECUTAR

INGRESOS OPERACIONALES

Cuotas de administracion 29,533,378 354,400,536 29,221,978 29,221,978 29,221,978 29,221,978 29,221,978 29,221,978 29,221,978 29,221,978 29,221,978 29,221,978 29,221,978 29,221,978 350,663,736 98.95% 3,736,800

Descuento pronto pago -2,176,000 -26,112,000 -1,275,300 -1,296,573 -1,285,913 -1,399,800 -1,263,600 -765,000 -1,323,000 -1,222,000 -1,195,000 -1,113,000 -1,155,000 -1,195,000 -14,489,186 55.49% -11,622,814Intereses mora 0 0 1,287,610 1,400,000 1,447,500 1,602,500 1,657,300 1,712,200 1,951,600 1,821,760 1,400,988 1,583,200 595,900 1,515,000 17,975,558 -100.00% -17,975,558

Cuota parqueaderos 4,454,300 53,451,600 3,693,900 3,660,729 3,601,300 3,633,600 3,646,600 3,769,000 3,740,300 3,804,700 4,140,700 4,123,800 4,045,800 4,275,100 46,135,529 86.31% 7,316,071Fondo de imprevistos 0 0 315,858 315,858 315,858 315,858 315,858 315,858 315,858 315,858 315,858 315,858 315,858 315,858 3,790,296 -100.00% -3,790,296Rendimientos financieros 376 461 546 527 524 557 663 676 769 798 770 918 7,585 -100.00% -7,585Apoyo a la seguridad(Arsenal) 6,750,000 6,750,000 -11,144,706 2,355,294 -100.00% -2,355,294

Alquiler de salon Comunal +BBQ 70,000 840,000 70,000 57,500 120,000 70,000 130,000 140,000 100,000 270,000 370,000 358,600 1,686,100 200.73% -846,100Tarjetas de ingreso 20,000 240,000 40,000 80,000 140,000 90,000 40,000 0 110,000 180,000 50,000 58,100 788,100 328.38% -548,100Reint gastos ejercicios anteriores 0 70,015 70,015 -100.00% -70,015TOTAL INGRESOS OPERACIONALES 31,901,678 382,820,136 33,354,422 33,439,953 33,561,269 33,534,663 33,618,660 34,254,593 34,037,399 34,192,972 34,165,293 41,272,648 40,203,406 23,347,748 408,983,027 106.83% -26,162,891MENOS:

EGRESOSHONORARIOS Y CONTRATOS LABORALES 2,150,000 25,800,000 1,350,000 1,350,000 1,350,000 1,350,000 800,000 1,900,000 1,550,000 1,350,000 1,350,000 2,369,678 1,966,850 1,350,000 18,036,528 69.91% 7,763,472

Revisora Fiscal 550,000 6,600,000 550,000 550,000 550,000 550,000 0 1,100,000 550,000 550,000 550,000 550,000 550,000 550,000 6,600,000 100.00% 0

Contador Publico 800,000 9,600,000 800,000 800,000 800,000 800,000 800,000 800,000 1,000,000 800,000 800,000 800,000 800,000 800,000 9,800,000 102.08% -200,000Plan de SG-SST 800,000 9,600,000 0 0 0 0 0 0 1,019,678 616,850 1,636,528 17.05% 7,963,472SERVICIOS GENERALES 18,075,000 216,900,000 17,839,704 17,839,704 17,839,703 17,839,704 17,839,704 17,939,300 18,599,300 17,215,187 17,640,187 18,557,988 18,321,331 18,439,270 215,911,082 99.54% 7,763,472

Administrador 1,800,000 21,600,000 1,800,000 1,800,000 1,800,000 1,800,000 1,800,000 1,140,000 1,800,000 1,800,000 2,225,000 1,800,000 1,800,000 1,800,000 21,365,000 98.91% 235,000

Vigilancia 12,875,000 154,500,000 12,874,516 12,874,516 12,874,516 12,874,516 12,874,516 13,634,112 13,634,112 12,249,999 12,249,999 13,592,800 13,355,364 13,474,082 156,563,048 101.34% -2,063,048

Aseo 3,400,000 40,800,000 3,165,188 3,165,188 3,165,187 3,165,188 3,165,188 3,165,188 3,165,188 3,165,188 3,165,188 3,165,188 3,165,967 3,165,188 37,983,034 93.10% 2,816,966SERVICIOS PUBLICOS ZONAS COMUNALES 2,870,000 34,440,000 3,982,981 5,202,563 2,365,434 2,657,438 2,692,949 3,408,485 2,474,457 2,486,704 2,746,995 5,173,634 2,495,270 2,625,907 38,312,817 111.25% -3,872,817

Acueducto y alcantarillado 1,200,000 14,400,000 2,638,410 4,008,460 1,098,120 1,138,140 1,346,380 1,743,530 1,068,900 1,129,300 1,387,580 3,850,780 1,160,350 1,295,620 21,865,570 151.84% -7,465,570

Energia Electrica 1,500,000 18,000,000 1,178,110 1,025,610 1,103,240 1,346,700 1,170,940 1,450,290 1,274,720 1,186,790 1,185,710 1,150,890 1,164,440 1,150,080 14,387,520 79.93% 3,612,480

Telefono Administracion-internet 170,000 2,040,000 166,461 168,493 164,074 172,598 175,629 214,665 130,837 170,614 173,705 171,964 170,480 180,207 2,059,727 100.97% -19,727SEGUROS 1,486,667 17,840,004 0 1,498,550 0 1,520,459 3,131,376 1,607,308 1,635,709 1,982,958 1,694,025 1,714,821 1,645,589 0 16,430,795 92.10% 1,409,209

Poliza Seguro (cuota mensual) 1,486,667 17,840,004 1,498,550 1,520,459 3,131,376 1,607,308 1,635,709 1,982,958 1,694,025 1,714,821 1,645,589 16,430,795 92.10% 1,409,209MANTENIMIENTOS ADECUACIONES Y REPARACIONES LOCATIVAS ( Mantenimiento preventivo y correctivo) 5,450,000 65,400,000 2,230,000 1,206,950 4,843,205 16,868,167 1,696,100 2,641,700 682,000 1,940,700 1,778,750 1,936,136 1,317,300 11,759,000 48,900,008 74.77% 16,499,992

Parqueaderos 500,000 6,000,000 281,275 281,275 4.69% 5,718,725

Cerramiento 500,000 6,000,000 1,000,000 38,800 1,038,800 17.31% 4,961,200

Suministros electricos 400,000 4,800,000 228,000 3,800 1,017,000 3,600 500,000 2,900 1,755,300 36.57% 3,044,700

Puertas 600,000 7,200,000 229,275 63,500 5,800 1,003,000 32,000 71,600 9,000 4,000 280,000 1,698,175 23.59% 5,501,825

Jardines-Fumigacion 450,000 5,400,000 380,000 302,800 105,000 176,500 58,000 300,000 488,500 1,778,750 696,800 183,300 510,100 4,979,750 92.22% 420,250

Motobomba y tanque 750,000 9,000,000 393,600 1,558,000 13,777,450 1,475,000 1,228,500 350,000 323,600 -320,000 18,786,150 208.74% -9,786,150Cubiertas, Canales y vigas 1,150,000 13,800,000 8,530,000 8,530,000 61.81% 5,270,000Mantenimiento Cajas Aguas negras 0 630,000 2,750,000 3,380,000 -100.00% -3,380,000Extintores 100,000 1,200,000 36,000 36,000 3.00% 1,164,000Citofonia 80,000 960,000 0 0.00% 960,000

Camaras de seguridad 300,000 3,600,000 150,000 1,976,000 2,126,000 59.06% 1,474,000Equipo de computacion 50,000 600,000 40,000 549,000 589,000 98.17% 11,000

Reparaciones locativas 520,000 6,240,000 1,700,000 2,694,217 348,400 220,000 6000 4,968,617 79.63% 1,271,383

Sistema contable 50,000 600,000 309,205 421,736 730,941 121.82% -130,941DIVERSOS 1,554,153 18,649,836 797,512 1,299,531 673,689 4,466,820 1,327,304 2,321,399 499,788 978,714 1,411,138 2,643,147 8,008,253 1,885,360 26,312,655 141.09% -7,662,819Actividades de integracion (hallwen+navidad) 350,000 4,200,000 1,555,500 678,100 754,250 2,987,850 71.14% 1,212,150

Gastos de asamblea 350,000 4,200,000 3,270,000 300,000 859,655 197,999 350,000 4,977,654 118.52% -777,654

Elementos de aseo y cafeteria 100,000 1,200,000 55,200 215,800 23,000 12,600 20,000 39,400 82,230 23,600 25,200 497,030 41.42% 702,970

Papelería, fotocopias, insumos impresora 120,000 1,440,000 342,530 97,600 2,300 136,100 141,500 40,050 116,000 39,250 131,700 1,047,030 72.71% 392,970

Transportes 60,000 720,000 23,500 10,500 15,000 16,000 63,000 10,000 84,150 23,000 10,000 255,150 35.44% 464,850

Depreciacion 0 5,799,806 5,799,806 -100.00% -5,799,806

Gastos bancarios 574,153 6,889,836 374,812 464,622 413,689 469,195 429,503 475,856 335,088 422,214 392,010 438,533 470,544 365,571 5,051,637 73.32% 1,838,199

Multas - sanciones-Intereses 305,909 306,395 273,901 410,890 0 332,000 168,735 30,778 1,828,608 -100.00% -1,828,608

costos y gastos ejercicios anteriores 0 422,700 593,175 133,800 1,149,675 -100.00% -1,149,675

Casa de muñecas 0 529,000 260,000 414,698 1,203,698 -100.00% -1,203,698

Asesoria juridica 0 120,000 929,678 464,839 1,514,517 -100.00% -1,514,517Fondo de imprevistos 315,858 3,790,296 315,858 315,858 315,858 315,858 315,858 315,858 315,858 315,858 315,858 315,858 315,858 315,858 3,790,296 100.00% 0TOTAL EGRESOS 31,901,678 382,820,136 26,516,055 28,713,156 27,387,889 45,018,446 27,803,291 30,134,050 25,757,112 26,270,121 26,936,953 32,711,262 34,070,451 36,375,395 367,694,181 96.05% 21,900,509

315,858 315,858 315,858 315,858 315,858 315,858 315,858 2,211,006EXCEDENTE(+) DEFECIT (-) DEL PERIODO 6,838,367 4,726,797 6,173,380 -11,483,783 5,815,369 4,436,401 8,596,145 8,238,709 7,544,198 8,877,244 6,448,813 -12,711,789 43,499,852

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PRESUPUESTO 2018 100.00%

INGRESOS

PREP MENSUAL AÑO 2018

TOTAL PRESUPUESTO

ANUAL

EJECUTADO AÑO 2018

% EJECUTADO

$$$ POR EJECUTAR

INGRESOS OPERACIONALES

Cuotas de administracion 29,533,378 354,400,536 350,663,736 98.95% 3,736,800

Descuento pronto pago -2,176,000 -26,112,000 -14,489,186 55.49% -11,622,814Intereses mora 0 0 17,975,558 -100.00% -17,975,558

Cuota parqueaderos 4,454,300 53,451,600 46,135,529 86.31% 7,316,071Fondo de imprevistos 0 0 3,790,296 -100.00% -3,790,296Rendimientos financieros 7,585 -100.00% -7,585Apoyo a la seguridad(Arsenal) 2,355,294 -100.00% -2,355,294

Alquiler de salon Comunal +BBQ 70,000 840,000 1,686,100 200.73% -846,100Tarjetas de ingreso 20,000 240,000 788,100 328.38% -548,100Reint gastos ejercicios anteriores 0 70,015 -100.00% -70,015TOTAL INGRESOS OPERACIONALES 31,901,678 382,820,136 408,983,027 106.83% -26,162,891MENOS:

EGRESOSHONORARIOS Y CONTRATOS LABORALES 2,150,000 25,800,000 18,036,528 69.91% 7,763,472

Revisora Fiscal 550,000 6,600,000 6,600,000 100.00% 0

Contador Publico 800,000 9,600,000 9,800,000 102.08% -200,000Plan de SG-SST 800,000 9,600,000 1,636,528 17.05% 7,963,472SERVICIOS GENERALES 18,075,000 216,900,000 215,911,082 99.54% 7,763,472

Administrador 1,800,000 21,600,000 21,365,000 98.91% 235,000

Vigilancia 12,875,000 154,500,000 156,563,048 101.34% -2,063,048

Aseo 3,400,000 40,800,000 37,983,034 93.10% 2,816,966SERVICIOS PUBLICOS ZONAS COMUNALES 2,870,000 34,440,000 38,312,817 111.25% -3,872,817

Acueducto y alcantarillado 1,200,000 14,400,000 21,865,570 151.84% -7,465,570

Energia Electrica 1,500,000 18,000,000 14,387,520 79.93% 3,612,480

Telefono Administracion-internet 170,000 2,040,000 2,059,727 100.97% -19,727SEGUROS 1,486,667 17,840,004 16,430,795 92.10% 1,409,209

Poliza Seguro (cuota mensual) 1,486,667 17,840,004 16,430,795 92.10% 1,409,209MANTENIMIENTOS ADECUACIONES Y REPARACIONES LOCATIVAS ( Mantenimiento preventivo y correctivo) 5,450,000 65,400,000 48,900,008 74.77% 16,499,992

Parqueaderos 500,000 6,000,000 281,275 4.69% 5,718,725

Cerramiento 500,000 6,000,000 1,038,800 17.31% 4,961,200

Suministros electricos 400,000 4,800,000 1,755,300 36.57% 3,044,700

Puertas 600,000 7,200,000 1,698,175 23.59% 5,501,825

Jardines-Fumigacion 450,000 5,400,000 4,979,750 92.22% 420,250

Motobomba y tanque 750,000 9,000,000 18,786,150 208.74% -9,786,150Cubiertas, Canales y vigas 1,150,000 13,800,000 8,530,000 61.81% 5,270,000Mantenimiento Cajas Aguas negras 0 3,380,000 -100.00% -3,380,000Extintores 100,000 1,200,000 36,000 3.00% 1,164,000Citofonia 80,000 960,000 0 0.00% 960,000

Camaras de seguridad 300,000 3,600,000 2,126,000 59.06% 1,474,000Equipo de computacion 50,000 600,000 589,000 98.17% 11,000

Reparaciones locativas 520,000 6,240,000 4,968,617 79.63% 1,271,383

Sistema contable 50,000 600,000 730,941 121.82% -130,941DIVERSOS 1,554,153 18,649,836 26,312,655 141.09% -7,662,819Actividades de integracion (hallwen+navidad) 350,000 4,200,000 2,987,850 71.14% 1,212,150

Gastos de asamblea 350,000 4,200,000 4,977,654 118.52% -777,654

Elementos de aseo y cafeteria 100,000 1,200,000 497,030 41.42% 702,970

Papelería, fotocopias, insumos impresora 120,000 1,440,000 1,047,030 72.71% 392,970

Transportes 60,000 720,000 255,150 35.44% 464,850

Depreciacion 0 5,799,806 -100.00% -5,799,806

Gastos bancarios 574,153 6,889,836 5,051,637 73.32% 1,838,199

Multas - sanciones-Intereses 1,828,608 -100.00% -1,828,608

costos y gastos ejercicios anteriores 0 1,149,675 -100.00% -1,149,675

Casa de muñecas 0 1,203,698 -100.00% -1,203,698

Asesoria juridica 0 1,514,517 -100.00% -1,514,517Fondo de imprevistos 315,858 3,790,296 3,790,296 100.00% 0TOTAL EGRESOS 31,901,678 382,820,136 367,694,181 96.05% 21,900,509

2,211,006EXCEDENTE(+) DEFECIT (-) DEL PERIODO 43,499,852

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codigo nombre _1_30 _31_60 _61_90 _mas_90 total1 133 JOSE L. RUGE 199,400 207,900 368,200 6,738,610 7,514,1102 90 ALEJANDRO CASTRO MERCHAN 190,900 94,500 196,000 6,366,275 6,847,6753 125 JUAN PABLO RAMOS 190,300 104,000 0 5,991,767 6,286,0674 230 CARLOS ENRIQUE BARRIOS GALLEGO 187,000 194,100 191,600 5,655,800 6,228,5005 229 CARLOS BARRIOS 184,300 191,200 188,700 5,357,400 5,921,6006 153 FERNANDO RODRIGUEZ 173,400 178,900 176,400 4,399,800 4,928,5007 209 BORIS EDUARDO SANABRIA PEREZ 168,700 173,800 171,300 4,264,800 4,778,6008 231 LUIS TORRES 172,700 176,900 175,000 3,861,727 4,386,3279 65 EDWIN VEGA / MAYERLI FAJER 144,700 166,200 59,700 3,572,084 3,942,684

10 57 CAROLINA SANCHEZ / FERNANDO PINEDA 160,300 164,300 206,400 3,245,400 3,776,40011 159 OLGA LUCIA JIMENEZ 154,500 157,900 155,400 3,053,500 3,521,30012 220 LUIS ARIEL SICUARIZA 162,300 166,500 164,000 2,688,493 3,181,29313 104 SIRIS OMAIRA ESPINOSA RAMOS 104,000 104,000 104,000 2,553,700 2,865,70014 149 EYLEEN SOTO/ JAMES ARTUNDUAGA 147,300 149,800 147,300 2,267,586 2,711,98615 198 LUIS ALFONSO ROZO 169,300 171,200 168,700 2,150,600 2,659,80016 257 JUAN FREDY RAMIREZ 162,600 163,700 260,611 1,873,450 2,460,36117 164 SANDRA LILIANA PALACIO 158,800 132,100 132,100 1,937,187 2,360,18718 15 HERNANDO ESCOBAR C. 139,200 151,000 40,300 1,835,625 2,166,12519 232 LIZ VANESA CARO/YESICA CARO 104,000 104,000 115,200 1,771,140 2,094,34020 17 EDITH ANDREA PEREZ PARDO 139,100 140,700 138,200 1,638,100 2,056,10021 5 GERMAN ESTEBAN JARAMILLO LEON 132,500 133,400 130,900 1,609,034 2,005,83422 148 OSCAR L CARDENAS 143,700 41,800 44,400 1,619,072 1,848,97223 233 RONALD BELTRAN/ MONICA EUNICE BELTRAN 128,600 157,100 154,600 1,298,400 1,738,70024 49 JENNY ISABEL LIZARAZO 62,600 0 0 1,430,173 1,492,77325 161 NICOLAS BOTERO/ MARIA PAULA RINCON 150,800 0 0 1,253,500 1,404,30026 127 LORENA BEJARANO COMBARIZA/JOEL DAVID ALV 124,100 124,000 121,500 988,900 1,358,50027 308 JOSÉ LUIS ROJAS 134,319 133,919 131,219 837,635 1,237,09228 68 NESTOR PARDO PEREIRA / YULIETH GOMEZ 130,900 115,200 115,200 662,587 1,023,88729 56 JULIAN GOMEZ 104,000 43,700 0 828,828 976,52830 205 OSCAR JAVIER ANAYA ANAYA 120,500 119,900 124,000 588,150 952,55031 309 ANDRES JOSE CASALLAS 27,000 40,100 221,536 527,997 816,63332 158 ANDRES FELIPE FORERO MENDEZ 129,200 115,200 0 548,301 792,70133 240 REINALDO VALENZUELA 142,900 144,600 142,100 355,900 785,50034 73 WILLIAM REYES ACEVEDO 117,400 116,500 114,000 423,500 771,40035 70 FREDY ALBERTO VELA ROJAS 41,500 28,100 28,100 519,867 617,56736 47 GLADYS ADRIANA DAZA LOZANO 152,600 139,600 104,000 215,500 611,70037 217 CLARA QUINTANA 104,000 112,400 113,500 266,856 596,75638 151 CLAUDIA MARCELA RICO SANCHEZ 141,300 132,100 104,000 217,981 595,38139 86 GABRIELA MOLINA 18,600 27,300 128,800 389,668 564,36840 195 JAIRO DIAZ LEON 112,700 104,000 104,000 197,800 518,50041 252 MAURICIO DIAZ CARRERA 132,100 28,100 28,100 327,600 515,90042 46 EDGAR EDUARDO ARAGON 8,300 0 0 477,234 485,53443 102 FLOR ANGELA CASAS DE DURAN 132,100 37,949 0 300,600 470,64944 4 CARLOS SOSA GARCIA 112,800 104,000 112,500 128,400 457,70045 30 VICTOR FABIAN CLAVIJO ROMERO/YADIRA ORTI 111,200 104,000 104,000 127,100 446,30046 142 ANGEL NOE GIL 113,600 8,200 112,100 211,794 445,69447 302 AGUSTIN DURAN 177,238 174,838 71,478 19,600 443,15448 51 DORA QUIROGA 111,800 114,800 112,300 91,200 430,10049 228 REINALDO ESTEBAN TIBATA 104,000 104,000 104,000 90,000 402,00050 269 MARIA ANGELICA BELTRAN DUEÑAS 114,900 18,500 16,000 245,382 394,78251 170 JOHN MANUEL SOTO HERR 113,200 111,800 111,700 16,700 353,40052 54 ANGELICA NAFFAH RAMOS 104,000 104,000 104,000 9,400 321,40053 88 ALEYDA CASTILLO CARDENAS 122,000 104,000 0 89,850 315,85054 44 ROBERTO CARLO CEPEDA BERNAL 132,100 132,100 0 0 264,20055 101 JOSELINO PINZON 143,300 39,300 34,775 28,100 245,475

CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRIA INFORME DE CARTERA A DICIEMBRE 31 DE 2018

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CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRIA INFORME DE CARTERA A DICIEMBRE 31 DE 2018

56 243 MARIA MARCELA MOLINA ARIZA 72,000 0 0 172,000 244,00057 79 WALTER JAVIER PEÑA FRADER 115,200 115,200 0 0 230,40058 174 MARGARITA RODRIGUEZ / LUIS CAMARGO 104,000 104,000 20,000 0 228,00059 216 MARTHA LILIANA LIEVANO 104,000 104,000 17,500 0 225,50060 156 CLAUDIA CANTOR 104,000 104,000 11,800 0 219,80061 242 MAURICIO RODRIGUEZ 104,000 104,000 8,000 0 216,00062 76 ANASTASIA BUTUSOVA 110,700 103,550 0 0 214,25063 116 DANIEL VILLATE/ HERNANDO VILLATE 104,000 104,000 0 0 208,00064 194 CLAUDIA CAMARGO 104,000 80,000 0 24,000 208,00065 28 DORA CRISTINA SALAZAR 132,100 71,500 0 0 203,60066 258 MARTHA MAGDALENA MENDEZ CALDERON 160,200 16,000 0 0 176,20067 155 MARIA DEL PILAR MANOSALVA MARTINEZ 74,100 0 0 98,000 172,10068 118 RICARDO ALDANA 82,600 78,600 0 0 161,20069 10 HUGO FERNANDO VARGAS 132,100 24,000 0 0 156,10070 95 VILMA TOVAR PEÑA 8,300 0 144,600 0 152,90071 78 OLGA PATRICIA CORTES GONZALEZ 104,000 0 48,594 0 152,59472 23 LUIS FERNANDO SALAS 147,450 0 0 0 147,45073 129 OSCAR RICARDO AVILA BARRAGAN 104,000 42,800 0 0 146,80074 31 ALBERTO GARNICA 67,400 67,400 11,700 0 146,50075 185 HERNAN FELIPE RODRIGUEZ 28,100 28,100 0 82,000 138,20076 130 BRIGGETTE L. GONZALEZ 132,100 0 0 0 132,10077 131 ADRIANA MILENA CALIFA TORRES 114,941 11,200 0 0 126,14178 202 DAVID ARTURO BELLON 120,800 0 0 0 120,80079 254 ELIZABETH JUNCO PINZON/EFRAIN ALFONSO DI 120,600 0 0 0 120,60080 43 LAUDICE CASTIBLANCO 0 0 0 117,800 117,80081 255 ADRIANA SANCHEZ 0 0 0 116,100 116,10082 74 ANGELA RODRIGUEZ / JAIME FONSECA 104,800 8,000 0 0 112,80083 123 SALOMON GOMEZ GONZALEZ 0 109,000 0 0 109,00084 247 NUBIA CONSUELO GUALTEROS UMBARILA 107,300 0 0 0 107,30085 206 MARITZA ANDREA VELASQUEZ/NELSON FAGUA CA 30,000 0 0 75,000 105,00086 92 MARIA MERCEDES PENAGOS DE LOPEZ 104,000 0 0 0 104,00087 172 NIDIA ISABEL MOLINA 104,000 0 0 0 104,00088 214 JOHANN HERNANDEZ 104,000 0 0 0 104,00089 157 ELVIA FLOREZ MARTINEZ 84,000 0 0 18,000 102,00090 219 GUILLERMO FORERO CARREÑO 99,300 0 0 0 99,30091 16 MARTHA BELLO ESPINEL 98,300 200 0 0 98,50092 40 SONIA BEJARANO/FREDY URREGO 86,000 0 0 0 86,00093 238 MALGORZATA LISOWSAKA 0 0 0 86,000 86,00094 124 LILIANA RODRIGUEZ MORENO 84,000 0 0 0 84,00095 84 GABRIELA PERDOMO NES 82,000 0 0 0 82,00096 188 ANDRES FELIPE SANCHEZ MOYA 79,750 0 0 0 79,75097 218 EVELIO DELGADO 0 0 0 77,466 77,46698 119 NIDIA MARGOT HERNADEZ ORTIZ 0 0 0 74,000 74,00099 45 ADRIANA PARRA 68,000 0 0 0 68,000

100 167 REINALDO MORA CORREA 0 16,300 13,800 34,400 64,500101 241 LUISA AURA MARTINEZ/MARIBEL MARTINEZ 28,100 28,100 300 0 56,500102 29 BENJAMIN PEREZ / WENDY DUARTE ALDANA 56,200 0 0 0 56,200103 38 VIVIANA RODRIGUEZ 28,100 28,100 0 0 56,200104 83 KATTY MORENO SUAREZ 28,100 28,100 0 0 56,200105 85 ANDRES MAURICIO MENDIA PINEDA 28,100 19,900 0 0 48,000106 48 HUMBERTO AYALA R./Ma. BETTY MORA C 46,500 0 0 0 46,500107 108 JAVIER HERNANDO GOMEZ 0 0 44,625 0 44,625108 26 GLORIA CARDENAS 28,100 14,100 0 0 42,200109 13 MARIA MORENO RUIZ 39,300 2,379 0 0 41,679110 106 MARITZA FERNANDA OJEDA CAMPO 40,000 0 0 0 40,000

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CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRIA INFORME DE CARTERA A DICIEMBRE 31 DE 2018

111 14 OSCAR TINJACA / ADRIANA SAMACA 39,300 0 0 0 39,300112 67 LILIANA MARCELA ROJAS 11,200 0 28,100 0 39,300113 128 EDYDT FARIDE FONSECA CASTAÑEDA 0 0 0 35,500 35,500114 162 JENNY PARDO / JONNY MARTINEZ 30,700 0 0 0 30,700115 268 HAYDI MUÑOZ BERNAL 28,100 0 0 0 28,100116 55 JAVIER HERNANDO PARRA / MARCELA GOMEZ 24,000 0 0 0 24,000117 177 GUILLERMO ENRIQUE MUÑOZ JIMENEZ 0 0 0 18,300 18,300118 190 AURA ALICIA VALBUENA 16,000 0 0 0 16,000119 115 JEIMY ANDREA ARAQUE CORTES 14,145 0 0 0 14,145120 223 ALFONSO RINCON/ LUZ NELLY ROJAS B 14,000 0 0 0 14,000121 136 JOSE OLMEDO RODRIGUEZ 11,200 0 0 0 11,200122 2 RICARDO ROMERO / LAURA BETANCOURT 9,000 0 0 0 9,000123 53 GLORIA INES VARGAS BELTRAN 8,000 0 0 0 8,000124 253 FANNY RODRIGUEZ GARZON 7,600 0 0 0 7,600125 192 EDUARDO BARON POVEDA 7,400 0 0 0 7,400126 237 FERNANDO TORRES 7,200 0 0 0 7,200127 139 ELIZABETH JIMENEZ 6,000 0 0 0 6,000128 222 ROMAN CELIS ZAMBRANO 4,100 0 0 0 4,100129 63 ANTONIO LOPEZ 4,000 0 0 0 4,000130 181 MÓNICA IBAÑEZ 2,700 0 0 0 2,700131 199 GLORIA A SAAVEDRA 0 0 2,400 0 2,400132 12 ROBINSON VARGAS VARGAS 2,000 0 0 0 2,000133 263 MARIA IRENE LARA CARO 1,800 0 0 0 1,800134 80 CARMEN SAAVEDRA 200 0 0 0 200135 261 ALBERTO ROCA PINEROS 200 0 0 0 200136 19 FERNANDO FRANCO 100 0 0 0 100137 41 HELLEN CARDOZO 100 0 0 0 100138 256 CINDY J PEÑARETE 100 0 0 0 100139 266 ELIZABETH PARADA/JORGE PEDRAZA 100 0 0 0 100

TOTAL 11,422,543 7,519,735 6,303,338 89,194,219 114,439,835REPRESENTACION % 10 7 6 78 100

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PRESUPUESTO 2019

INGRESOS

PREP MENSUAL AÑO 2018

TOTAL PRESUPUESTO

ANUAL

EJECUTADO AÑO 2018

PREP MENSUAL AÑO 2019

TOTAL PRESUPUESTO

ANUALINGRESOS OPERACIONALES

Cuotas de administracion 29,533,378 354,400,536 350,663,736 30,986,604 371,839,248

Descuento pronto pago -2,176,000 -26,112,000 -14,489,186 -1,800,000 -21,600,000Intereses mora 0 0 17,975,558 0

Cuota parqueaderos 4,454,300 53,451,600 46,135,529 4,408,000 52,896,000Fondo de imprevistos 0 0 3,790,296 312,996 3,755,952Rendimientos financieros 7,585Apoyo a la seguridad(Arsenal) 2,355,294

Alquiler de salon Comunal +BBQ 70,000 840,000 1,686,100 72,000 864,000Tarjetas de ingreso 20,000 240,000 788,100 50,000 600,000Reint gastos ejercicios anteriores 0 70,015 0TOTAL INGRESOS OPERACIONALES 31,901,678 382,820,136 408,983,027 34,029,600 408,355,200MENOS:

EGRESOSHONORARIOS Y CONTRATOS LABORALES 2,150,000 25,800,000 19,551,045 1,962,930 23,555,160

Revisora Fiscal 550,000 6,600,000 6,600,000 567,490 6,809,880

Contador Publico 800,000 9,600,000 9,800,000 825,440 9,905,280

Asesoria juridica 0 1,514,517 70,000 840,000Plan de SG-SST 800,000 9,600,000 1,636,528 500,000 6,000,000SERVICIOS GENERALES 18,075,000 216,900,000 215,911,082 19,686,976 236,243,712

Administrador 1,800,000 21,600,000 21,365,000 1,857,240 22,286,880

Vigilancia 12,875,000 154,500,000 156,563,048 13,829,736 165,956,832

Aseo 3,400,000 40,800,000 37,983,034 4,000,000 48,000,000SERVICIOS PUBLICOS ZONAS COMUNALES 2,870,000 34,440,000 38,312,817 3,530,000 42,360,000

Acueducto y alcantarillado 1,200,000 14,400,000 21,865,570 1,850,000 22,200,000

Energia Electrica 1,500,000 18,000,000 14,387,520 1,500,000 18,000,000

Telefono Administracion-internet 170,000 2,040,000 2,059,727 180,000 2,160,000SEGUROS 1,486,667 17,840,004 16,430,795 1,500,000 18,000,000

Poliza Seguro (cuota mensual) 1,486,667 17,840,004 16,430,795 1,500,000 18,000,000MANTENIMIENTOS ADECUACIONES Y REPARACIONES LOCATIVAS ( Mantenimiento preventivo y correctivo) 5,450,000 65,400,000 48,721,008 6,124,694 73,496,328

Parqueaderos 500,000 6,000,000 281,275 80,000 960,000

Cerramiento 500,000 6,000,000 1,038,800 250,000 3,000,000

Suministros electricos 400,000 4,800,000 1,755,300 250,000 3,000,000

Puertas 600,000 7,200,000 1,698,175 600,000 7,200,000

Jardines 450,000 5,400,000 4,739,750 350,000 4,200,000

Motobomba y tanque 750,000 9,000,000 18,786,150 1,000,000 12,000,000Cubiertas, Canales y vigas 1,150,000 13,800,000 8,530,000 1,064,694 12,776,328Mantenimiento Cajas negras 0 3,380,000 550,000 6,600,000Extintores 100,000 1,200,000 36,000 100,000 1,200,000Citofonia 80,000 960,000 0 1,300,000 15,600,000

Camaras de seguridad 300,000 3,600,000 2,126,000 100,000 1,200,000Equipo de computacion 50,000 600,000 650,000 20,000 240,000

Reparaciones locativas 520,000 6,240,000 4,968,617 400,000 4,800,000

Sistema contable 50,000 600,000 730,941 60,000 720,000DIVERSOS 1,554,153 18,649,836 25,630,673 1,225,000 14,700,000Actividades de integracion (hallwen+navidad) 350,000 4,200,000 2,987,850 300,000 3,600,000

Gastos de asamblea 350,000 4,200,000 4,977,654 350,000 4,200,000

Elementos de aseo y cafeteria 100,000 1,200,000 497,030 45,000 540,000

Papelería, fotocopias, insumos impresora 120,000 1,440,000 1,047,030 90,000 1,080,000

Transportes 60,000 720,000 255,150 40,000 480,000

Depreciacion 0 6,632,341 0

Gastos bancarios 574,153 6,889,836 5,185,437 400,000 4,800,000

Multas - sanciones-Intereses 1,828,608 0

costos y gastos ejercicios anteriores 0 1,015,875 0

Casa de muñecas 0 1,203,698 0Fondo de imprevistos 315,858 3,790,296 3,790,296 312,996 3,755,952TOTAL EGRESOS 31,901,678 382,820,136 368,347,716 34,342,596 412,111,152

2,211,006 312,996 3,755,952EXCEDENTE(+) DEFECIT (-) DEL PERIODO 42,846,317 0 0

YINA PINZON DORA SOFIA VARGASADMINISTRADOR CONTADORA

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Nit. 900.721.898-5

Vereda Canavita camino del medio frente a Colpapel, Tocancipá Cund.

Tel: 8697019 E-mail: [email protected]

NOTA ACLARATORIA

Se le recuerda a los copropietarios que en la Asamblea Extraordinaria del día 28 de Octubre del

año 2018 la señora Jacqueline Brijaldo Revisor Fiscal nombrada en la Asamblea General

Ordinaria del día 22 del mes de Abril del año 2018, y a su vez en la Asamblea Extraordinaria del

día 03 De Junio del 2018 presentó su renuncia al cargo para el cual fue nombrada por la

asamblea y al no ser procedente por no estar dentro del orden del día no fue aceptada lo que

llevó a la administración y al consejo de continuar con sus servicios acatando la normatividad.

De acuerdo al dictamen de Revisoría Fiscal a los Estados Financieros al 31 de diciembre de

2018 y 2017 con respecto a la contratación y mantenimiento de las bombas me permito aclarar:

El tipo de contrato: Contrato Civil Conjunto Residencial Reserva de Alejandría No. 001, por

concepto de instalación a todo costo montaje de motobomba, con sus respectivas pólizas las

cuales se anexan a este informe y con una acta de entrega emitida por GUSTAVO CAINA

CONSTRUCCIONES y recibida por la EMPRESA DE ACUEDUCTO DE TOCANCIPA quien

nos ayudó enviando a uno de sus ingenieros para recibir este proyecto actuando como

interventores. Bombas que hasta la fecha llevan el servicio al 100 % mostrando que el proyecto

quedó en óptimo funcionamiento.

Según la Asamblea día 28 de Octubre de 2018: Asamblea extraordinaria donde se les informó la

situación actual del estado de las bombas de inyección de agua y se les presentó una solución

como resultado de la gestión administrativa con la empresa de vigilancia la cual dio un beneficio

a la copropiedad según acuerdo comercial entre ARSENAL DE SEGURIDAD LTDA Y EL

CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRIA mediante OTRO SI al contrato de

prestación de servicios y seguridad privada preventiva por un valor de Veintisiete Millones de

Pesos ( $27.000.000) los cuales fueron aplicados mediante nota crédito.

Contablemente la nota crédito fue registrada como una Reserva en el PATRIMONIO porque

éste representa lo tiene el conjunto y estos excedentes se encuentran depositados el Banco

Davivienda para un fin específico, además la Copropiedad tiene la facultad de constituir

reservas por excedentes de otras fuentes, que pueden apropiarse para el mantenimiento,

reparación, construcción o fabricación de bienes comunes (ORIENTACION TECNICA No 15

DICTADA POR EL CONSEJO TECNICO DE LA CONTADURIA PUBLICA) en este caso en

la Asamblea del 28 de Octubre de 2018 aprobó para que este ingreso resultado de la gestión

administrativa fueran utilizados para el mantenimiento correctivo las bombas . Por ningún

motivo este mantenimiento va afectar el presupuesto del conjunto ni tampoco se verá reflejado

como un gasto en los Estado de resultados.

Es de aclarar que a la asamblea fueron presentadas en total 4 cotizaciones entre ellas la de

GUSTAVO CAINA CONSTRUCCIONES donde la asamblea sugirió que se revisara el tema de

dicha empresa más no que no fuera él el CONTRATISTA esto fue una opinión debatida en

donde se llegó a la conclusión a que había sido la empresa Constructora la responsable de la

entrega de las bombas más no dicha empresa. Se le sugirió a la REVISORA FISCAL de que

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Nit. 900.721.898-5

Vereda Canavita camino del medio frente a Colpapel, Tocancipá Cund.

Tel: 8697019 E-mail: [email protected]

revisara el audio y acta la cual fue verificada y firma por las personas asignadas en la Asamblea

para que se constatara el hecho de que en ningún momento la administración fue arbitraria a la

decisión de la Asamblea. Además dichos recursos a Diciembre 31 de 2018 quedaron reflejados

en el Banco Davivienda cuenta corriente No. 4665-6999-9280. Por valor de $20.250.000 pesos y

el valor pendiente para completa los Veintisiete Millones de pesos ($27.000.000 ) fueron

recibidos en enero de 2019.

FIRMA EN ORIGINALES FIRMA EN ORIGINALES

YINA ALEXANDRA PINZON DORA SOFIA VARGAS GALINDO

REPRESENTANTE LEGAL CONTADORA

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2019

Manual de convivencia Conjunto Reservas de Alejandría

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1

Contenido

CAPITULO I ...................................................................................................................... 3

GENERALIDADES ............................................................................................................ 3

CAPITULO II ..................................................................................................................... 4

DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS PROPIETARIOS / RESIDENTES......... 4

CAPITULO III .................................................................................................................... 5

DE LOS DERECHOS DE LOS PROPIETARIOS ............................................................... 5

CAPITULO IV .................................................................................................................... 6

DE LAS CUOTAS DE ADMINISTRACIÓN ........................................................................ 6

CAPITULO V ..................................................................................................................... 7

DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ..................................................................................... 7

DE LAS ACTIVIDADES Y CONDUCTAS OBJETOS DE SANCIÓN ................................. 8

CAPITULO VII ................................................................................................................. 10

DEL RUIDO Y LA CONTAMINACIÓN AUDITIVA ........................................................... 10

CAPITULO VIII ................................................................................................................ 11

DE LAS SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES NO PECUNIARIAS ........................................................................................................................................ 11

DE LA SEGURIDAD Y VIGILANCIA ............................................................................... 14

CAPITULO X ................................................................................................................... 25

DE LOS TRASTEOS Y MUDANZAS ............................................................................... 25

DEL ASEO EN LAS AREAS COMUNES ........................................................................ 19

CAPITULO XII ................................................................................................................. 19

DE LOS ANIMALES DOMESTICOS ............................................................................... 19

DE LOS SALONES COMUNALES Y REUNIONES SOCIALES ..................................... 21

DE LAS ZONAS COMUNALES Y LOS BIENES DE USO COMUN ................................ 23

CAPITULO XVI ................................................................................................................ 26

VISITAS, PEDIDOS A DOMICILIO, VENDEDORES AMBULANTES, DISTRIBUCION DE PROPAGANDA Y OTROS SERVICIOS PUERTA A PUERTA ....................................... 26

CAPITULO XVII ............................................................................................................... 26

DEL DESCANSO Y LA TRANQUILIDAD ........................................................................ 26

CAPITULO XVIII .............................................................................................................. 27

DEL PARQUE INFANTIL ................................................................................................ 27

DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN ......................................................................... 27

CAPÍTULO XX ................................................................................................................. 28

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MANUAL DE CONVIVENCIA

CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE

ALEJANDRIA

NIT: 900.721.898-5

Por el cual se establecen normas de convivencia, seguridad y procedimiento de sanciones de obligatorio

cumplimiento para todos los propietarios y residentes a cualquier título que están obligados a la estricta

observación y cumplimiento de la Ley 675 de 2011, el Código de Policía y Código de Comercio que regulan el

Reglamento de Propiedad Horizontal del Conjunto Residencial Reserva de Alejandría.

INTRODUCCIÓN

Convivir en comunidad sin tener la posibilidad de elegir a nuestros vecinos, es un reto de tolerancia: la base de

la convivencia está relacionada con el respeto hacia los demás, el reconocimiento de sus espacios y su valores,

en aceptar la diversidad y la pluralidad en la forma de asumir y vivir la vida cotidiana, razón por la cual el

propósito del manual de convivencia del Conjunto Residencial Reserva de Alejandría., es el de señalar las

proposiciones que socialmente se tiene como necesarias para procurar esta realización armónica y solidaria

de los individuos integrantes de la comunidad, en su desarrollo físico, espiritual, cultural, lúdico, social e

intelectual, mediante el respeto mutuo de los derechos fundamentales y el cumplimiento de sus obligaciones

establecidas en la ley 675 el código de policía y el Reglamento de Propiedad Horizontal que nos ha dejado la

Constructora, El presente Manual de Convivencia es de obligatoria observancia para todos los propietarios,

residentes o tenedores a cualquier título, de las unidades privadas del Conjunto. Todo residente se hará

responsable por los daños que cause él o sus invitados a los bienes comunes; estos daños serán valorados y

facturados por la administración al residente, previa notificación por escrito. En cualquier circunstancia, el

residente al autorizar el ingreso de un visitante es responsable del comportamiento de su visita, la cual deberá

someterse al presente manual. Las unidades de la copropiedad se destinarán única y exclusivamente para uso

residencial y las unidades privadas conformadas por parqueaderos para estacionamiento de automotores al

servicio de los propietarios, tenedores o usuarios y no podrá destinarse para usos distintos, de conformidad

con lo establecido en el Reglamento de Propiedad Horizontal, los planos y licencia de construcción.

La Administración le hará entrega a cada propietario de un Manual de Convivencia y se dejará constancia

escrita del recibo del mismo. Para el caso de los arrendatarios cada copropietario se hará responsable de la

entrega del manual, ya sea directamente o a través de la agencia de arrendamientos quien haga sus veces, en

caso tal de poder hacerlo debe direccionar a su arrendatario a las oficinas de la administración para que se le

haga entrega del Manual.

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CAPITULO I

GENERALIDADES

FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA

Este manual fue construido con base a las siguientes normatividades:

Ley 675 del 3 de agosto de 2001, Régimen de Propiedad Horizontal.

Ley 1801 DE 2016, Código Nacional de Policía y Convivencia

Ley 746 del 19 de Julio de 2002, tenencia y registro de perros potencialmente peligrosos

Código Civil Colombiano

Resolución 0627 del 2006 norma nacional de emisión de ruido y ruido ambiental

ARTICULO 1. OBJETIVO GENERAL. El manual de convivencia es una herramienta utilizada por el Comité de Convivencia, la Administración, el Consejo de Administración, los propietarios y residentes para garantizar la convivencia armónica y pacífica en la comunidad; lo cual exige el puntual cumplimiento de todas las normas que permiten ejercer plenamente los derechos individuales sin vulnerar los derechos ajenos.

ARTICULO 2. OBJETIVOS ESPECIFICOS. EL CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRIA PROPIEADAD HORIZONTAL tendrá como objetivos:

1. Propender por la seguridad, progreso, bienestar y convivencia de los propietarios y arrendatarios que hacen parte integral del Conjunto y de las demás personas que con ellas conviven para obtener un desarrollo armónico de sus actividades sociales.

2. Apoyar la organización de eventos integradores, partiendo del fondo de manejo de la administración. 3. Manejar los fondos obtenidos para el desarrollo de las actividades que demanda los servicios de

administración del Conjunto, de acuerdo con las normas legales vigentes, el Reglamento de Propiedad Horizontal y el presente estatuto.

4. Exigir a los propietarios o a sus representantes el sometimiento de las normas sobre deberes y prohibiciones establecidas en el reglamento de propiedad horizontal del Conjunto Residencial Reserva de Alejandría, en el presente estatuto y las normas que en adelante se establezcan legalmente.

5. Solicitar la intervención del Gobierno, la empresa privada y oficial para obtener su apoyo o ayuda en el mejoramiento de las condiciones de seguridad, culturales, recreativas, ambientales, sanitarias, sociales y en general todas aquellas actividades que representen progreso, bienestar espiritual y material de la comunidad.

ARTICULO 3. NATURALEZA. EL CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRIA PROPIEDAD HORIZONTAL, es una corporación civil de derecho privado e interés colectivo de tipo social, con personería jurídica de carácter permanente y sin ánimo de lucro. Tendrá capacidad para adquirir y poseer bienes muebles e inmuebles, enajenarlos, gravarlos, recaudar e invertir dineros en el bien común del conjunto, organizar servicios de utilidad común y en general desarrollar las actividades necesarias para el logro de sus fines.

ARTÍCULO 4. DOMICILIO. El domicilio legal EL CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRIA PROPIEDAD HORIZONTAL, es Vereda Canavita Camino del Medio Frente a Colpapel en el Municipio de Tocancipá, Cundinamarca y estará sometido a las disposiciones de la Constitución Política de Colombia, la Ley 746 de julio 19 de 2002, el Código Civil, el Nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia,(Ley 1801 de 2016, Julio 29 y las normas de policía municipales, la Ley 675 de agosto 3 de 2001, el Reglamento de Propiedad Horizontal, el presente manual y demás normas legales que rigen la propiedad horizontal.

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ARTICULO 5. RECURSOS. Los recursos CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRIA PROPIEDAD HORIZONTAL, provendrán de las cuotas de aporte ordinarias y extraordinarias con las cuales contribuyen los propietarios y residentes a cualquier título de unidades privadas que integran el conjunto en la cuantía que determine la Asamblea General en proporción al coeficiente de copropiedad, de los arrendamientos de los bienes comunes rentables, de las multas y sanciones, de las donaciones, asignaciones, auxilios y de cualquier otro ingreso que reciba en razón de sus actividades. Los fondos obtenidos se destinarán en forma preferencial para expensas de administración, conservación, seguridad, mantenimiento y presentación del conjunto residencial; lo anterior con el propósito de alcanzar los objetivos que se propone.

ARTÍCULO 6. PATRIMONIO. El patrimonio CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRIA PROPIEDAD HORIZONTAL, lo constituyen los bienes de propiedad común que son los necesarios para la existencia, seguridad, conservación y presentación del mismo y que hacen posible el adecuado uso y goce de las distintas unidades de propiedad privada

CAPITULO II

DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS PROPIETARIOS / RESIDENTES

ARTÍCULO 7. Hacer uso de los bienes y servicios de la propiedad común, conforme a la naturaleza y destino de cada uno de ellos, con el cuidado y moderación necesaria para no privar de igual derecho a los demás copropietarios y residentes de acuerdo con la programación y normas establecidas para tal fin.

ARTÍCULO 8. Participar en la solución de los problemas comunitarios, asistir a las Asambleas de propietarios, difundir y divulgar los reglamentos de copropiedad, el manual de convivencia, y, mantener el sitio de su vivienda en óptimas condiciones de seguridad y salubridad.

ARTÍCULO 9. Informar por escrito a la Administración las ausencias temporales de los propietarios y residentes de las unidades privadas superior a tres (3) días, con el fin de llevar un control especial sobre el inmueble; así mismo deberá dejar por escrito las personas autorizadas para entrar y las personas a las que se pueda recurrir en caso de emergencia.

ARTÍCULO 10. Habitar el inmueble con las personas que a bien tenga, respetando el derecho a la intimidad personal y familiar de los demás residentes del conjunto.

ARTÍCULO 11. Destinar las unidades privadas única y exclusivamente para vivienda familiar.

ARTÍCULO 12. Velar por la integridad y conservación de los bienes comunes con el máximo de diligencia y cuidado, así como responder por los daños que se causen.

ARTÍCULO 13. Sin perjuicio de las obligaciones instituidas por la ley e incorporadas en el Reglamento de Propiedad Horizontal, son también obligaciones de los propietarios del conjunto las siguientes:

1. Asistir cumplidamente a todas las citaciones que se hagan para Asamblea General tanto ordinarias como extraordinarias.

2. Solicitar por escrito a la Administración la convocatoria a una Asamblea Extraordinaria de propietarios cuando lo estime conveniente o necesario, cumpliendo lo establecido en el reglamento interno y en la Ley de propiedad horizontal y en el Código de Procedimiento Civil.

3. Actuar con espíritu común, respetando los derechos de los demás propietarios y residentes, debiendo mantener consideración y respeto para así poder exigir el mismo tratamiento.

4. Cumplir fielmente el Reglamento de Propiedad Horizontal, así como el presente Manual de Convivencia y demás normatividades que rija la misma.

5. Respetar y cuidar los bienes comunes para su buena conservación. 6. Atender cumplidamente el pago de las cuotas, tanto ordinarias como extraordinarias ordenadas

por la Asamblea General. 7. Cuidar los prados y jardines del conjunto y cooperar con la administración en la defensa y buena

presentación de los mismos.

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8. Dar el debido trato y respeto a todos los residentes del conjunto, personal de seguridad, aseo y administración.

9. Presentar sus sugerencias o quejas por escrito a la Administración guardando la debida compostura y lenguaje apropiado.

10. Ejecutar de inmediato en su propiedad las reparaciones cuya omisión pueda ocasionar perjuicios a la propiedad común o a las demás propiedades, caso contrario responderá por los daños causados por tal omisión.

11. Velar por el cuidado y cumplimiento de las normas de seguridad de las instalaciones y redes eléctricas, conexiones a gas, instalaciones telefónicas, redes de televisión por cable e internet y del acueducto del conjunto.

12. Suministrar por escrito a la administración del conjunto residencial los datos personales de quienes habitan el inmueble de su propiedad, bien sea en calidad de propietario o arrendatario, diligenciando el registro de residentes o propietarios. (Actualizar esta información cuando fuese necesario)

13. Respetar los parqueaderos asignados a los residentes por el período establecido por la Asamblea por los lineamientos estipulados en el Manual de Parqueaderos.

14. Evitar mantener relaciones comerciales con el personal de aseo y vigilancia. 15. Participar de las actividades a las que sean convocados por la administración, en las Asambleas

postularse para el Consejo de Administración y Convivencia, teniendo en cuenta que las personas que conforman estos comités deben hacerlo por periodos no más de 3

16. Asistir cumplidamente a todas las citaciones que se hagan para Asamblea General y Extraordinarias, todos los propietarios de bienes privados o sus representantes o delegados por medio de poder escrito y firmado. La inasistencia a las Asambleas, la no participación en las votaciones y no estar presente en la verificación del quórum al finalizar la Asamblea de copropietarios, causara al propietario de la unidad privada una sanción de una cuota de Administración.

ARTÍCULO 14. Informar a la administración de las modificaciones a sus unidades privadas, para lo cual el propietario deberá obtener autorización de la entidad competente si la naturaleza de la obra y las normas urbanísticas vigentes así lo exigen, propender por que la obra proyectada no comprometa la seguridad y la solidez del conjunto, ni atente contra la salubridad, las áreas comunes y las fachadas del conjunto, y notificar por escrito a la Administración las fechas y personal autorizado para realizar dichos trabajos.

CAPITULO III

DE LOS DERECHOS DE LOS PROPIETARIOS

ARTÍCULO 15. Poseer, usar y disfrutar con plena autonomía su unidad privada de acuerdo con la ley y este manual dentro de las limitaciones aquí expresadas.

ARTÍCULO 16. Conocer el Manual de Convivencia, sea en medio escrito o en medio magnético o digital y dejar constancia escrita del recibo del mismo. Para el caso de los Arrendatarios, cada copropietario se hará responsable de la entrega del manual, dejando acta de compromiso del cumplimiento al manual firmado por el arrendatario o residente.

ARTÍCULO 17. Enajenar, gravar, dar en prenda o arrendamiento su unidad privada conjuntamente con su derecho sobre los bienes comunes, sin necesidad del consentimiento de los demás propietarios.

ARTÍCULO 18. Beneficiarse del uso de los bienes comunes, siempre que lo haga según el destino ordinario de los mismos y sin perjuicio del uso legítimo de los demás propietarios o residentes.

ARTÍCULO 19. Intervenir en las deliberaciones de la Asamblea de copropietarios con voz y voto, de acuerdo con las disposiciones de la misma.

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ARTÍCULO 20. Solicitar a los organismos de la administración la imposición de las sanciones establecidas en el presente manual para los infractores a las normas de convivencia aquí contempladas.

ARTÍCULO 21. Exigir a la administración el fiel cumplimiento del derecho otorgado por la ley, el Reglamento de Propiedad Horizontal, el presente Manual de Convivencia y demás manuales que rijan la materia.

ARTÍCULO 22. Solicitar a la administración la debida información contable, junto con el informe del Revisor Fiscal, en forma mensual previa solicitud escrita.

ARTÍCULO 23. Ser escuchado por la Administración en el horario de atención establecido que se encuentra fijado en la oficina, y de recibir respuesta oportuna a sus solicitudes e inquietudes.

ARTÍCULO 24. Hacer uso de los bienes comunes, parqueaderos de visitantes, salones comunales y parque infantil cumpliendo estrictamente lo reglamentado para tal efecto.

CAPITULO IV

DE LAS CUOTAS DE ADMINISTRACIÓN

ARTÍCULO 25. Los propietarios o residentes que hacen parte integral DEL CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRIA PROPIEDAD HORIZONTAL, deberán cancelar las cuotas mensuales de administración, dentro de los quince (15) primeros días calendario de cada mes, en proporción a los coeficientes de copropiedad señalados en el Reglamento de Propiedad Horizontal del conjunto, basados en la ley 675 de 2001.

ARTÍCULO 26. Las cuotas de que trata el artículo anterior tendrán un descuento por pronto pago del 10 %, de acuerdo al plazo fijado por la Asamblea el cual no podrá ser superior a los quince (15) primeros días calendario, pasado este plazo se cobrará la cuota plena y posterior al día treinta (30) de cada mes, se cobrará intereses moratorios de acuerdo a como lo fije la Asamblea sin exceder lo mandado en la Ley 675 articulo 30.

ARTÍCULO 27. El retardo en el cumplimiento del pago de expensas causará intereses de mora, equivalentes a una y media veces el interés bancario corriente, certificado por la Superintendencia Financiera, sin perjuicio de que la Asamblea General, con quorum que señale el reglamento de propiedad horizontal, establezca un interés inferior. (Art. 30 Ley 675 de 2001).

ARTÍCULO 28. Cuando se trate de cuotas ordinarias, se cobrarán los intereses antes señalados después del mes vencido, para la extraordinaria, después de la fecha fijada para su pago por la Asamblea General de Propietarios, los intereses causados por mora en el pago de sanciones se harán exigibles a partir del mes siguiente de notificada la correspondiente sanción.

ARTÍCULO 29. En caso que el inmueble presente deuda por cualquier concepto, al hacer su propietario o arrendatario un pago, se entenderá como abono a la cuenta y se cargará contablemente en el siguiente orden: 1o. Intereses de mora, 2o. Cuotas extraordinarias, 3o Sanciones por inasistencias a asambleas y desacato a las normas de convivencia y 4o. Capital en mora por concepto de cuotas atrasadas de administración y parqueadero.

ARTÍCULO 30. El Representante Legal del conjunto, estará facultado para cobrar pre jurídica y/o jurídicamente a morosos luego de un atraso de (3) tres cuotas de administración, así mismo dichos gastos de honorarios profesionales del respectivo procedimiento judicial, serán asumidos por el propietario que incurra en la mora.

PARÁGRAFO 1. En cuanto a las cuotas de administración extraordinaria o cualquier otro monto causado, exigible al copropietario, se procederá al cobro jurídico cuando la mora exceda de tres (3) meses.

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PARÁGRAFO 2. Los copropietarios que sean declarados en mora de dos (2) meses, tendrán como sanción la pérdida del derecho a usar el salón comunal, los parqueaderos comunales y los bienes comunales rentables, hasta tanto, no cancele la totalidad de la obligación.

CAPITULO V

DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA

ARTÍCULO 31. DEFINICIÓN. Organismo conciliador del CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRIA PROPIEDAD HORIZONTAL, este Comité propondrá fórmulas de solución de conflictos, orientadas a dirimir las controversias y a fortalecer las relaciones de vecindad. Sus consideraciones deberán constar en actas, suscritas por las partes y por los miembros del Comité de Convivencia.

ARTÍCULO 312 Son funciones del comité de convivencia las siguientes:

1. Conciliar los conflictos que se presenten entre los propietarios o residentes del conjunto o entre ellos y la Administración, el Consejo de Administración o cualquier otro órgano de dirección o control de la persona jurídica, en razón de la aplicación o interpretación de la Ley 675 de 2001 y del Reglamento de Propiedad Horizontal.

2. Establecer programas y actividades de integración de la comunidad.

ARTÍCULO 33. SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Para la solución de los conflictos que se presenten entre los propietarios o residentes de la propiedad horizontal, o entre ellos y el Administración, el consejo de administración o cualquier otro órgano de dirección o control de la persona jurídica, en razón de la aplicación o interpretación de la Ley 675 y del reglamento de propiedad horizontal, el presente manual de convivencia, y demás manuales previstos, sin perjuicio de la competencia propia de las autoridades jurisdiccionales, se podrá acudir a:

1. Comité de Convivencia. Cuando se presente una controversia que pueda surgir con ocasión de la convivencia en la propiedad horizontal, su solución se podrá intentar mediante la intervención de un comité de convivencia elegido de conformidad con lo indicado en la Ley 675, el cual intentará presentar fórmulas de arreglo, orientadas a dirimir las controversias y a fortalecer las relaciones de vecindad. Las consideraciones de este comité se consignarán en un acta, suscrita por las partes y por los miembros del comité y la participación en él será ad honorem.

2. Mecanismos alternos de solución de conflictos. Las partes podrán acudir, para la solución de conflictos, a los mecanismos alternos, de acuerdo con lo establecido en las normas legales que regulan la materia.

PARÁGRAFO 1. El Consejo de Administración podrá nombrar o remover los miembros del Comité de Convivencia de acuerdo con la facultad establecida en el Parágrafo del artículo 38 de la Ley 675 de propiedad horizontal. El Comité nombrado por la Asamblea o por el Consejo de Administración deberá reunirse periódicamente con la Administración o el Consejo de Administración para tratar y conocer la problemática que se pueda presentar o se estén presentando dentro de la copropiedad.

PARÁGRAFO 2. Los miembros del comité de convivencia serán elegidos por la asamblea general de copropietarios, para un período de un (1) año o el tiempo que disponga la Asamblea y estará integrado por un número impar de tres (3) o más personas.

PARÁGRAFO 3. El comité consagrado en el presente artículo, en ningún caso podrá imponer sanciones.

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PARÁGRAFO 4. Cuando se acuda a la autoridad jurisdiccional para resolver los conflictos referidos en el presente artículo, se dará el trámite previsto en el Capítulo II del Título XXIII del Código de Procedimiento Civil, o en las disposiciones que lo modifiquen, adicionen o complementen.

CAPITULO VI

DE LAS ACTIVIDADES Y CONDUCTAS OBJETOS DE SANCIÓN

ARTÍCULO 34. INSALUBRES: Son las que afectan la salud de los residentes o visitantes a cualquier título. Serán objeto de sanción de acuerdo al Reglamento de Propiedad Horizontal, la Ley 675 de 2001, el Nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia, (Ley 1801 de 2016, Julio 29) (ley 746 de2002 Tenencia de mascotas) y el presente manual de convivencia, las siguientes:

1. La producción de ruidos, vapores, gases y humos nocivos para la salud. 2. Los olores nocivos generados por descomposición de alimentos, basuras y animales domésticos. 3. Transportar la basura sin el debido cuidado. Dejar residuos o goteo de líquidos, en su recorrido. 4. Arrojar o depositar basuras fuera del cuarto de basuras; las basuras deben clasificarse teniendo

en cuenta su origen en canecas o sitios demarcados en el cuarto de basuras.

5. Dejar bolsas de basura en la entrada de las casas. 6. La tenencia y vivienda de mascotas en las zonas comunes sin las debidas normas de seguridad

y control. 7. La no recolección de excrementos de mascotas dejados en las zonas comunes y zonas verdes

aledañas. 8. Fumar en las aéreas comunes o en partes de las casas que estén conectados por rejillas o

ventanas con otras casas. 9. Todas las señaladas en las disposiciones legales que contemplan peligros para la salud de los

copropietarios o residentes.

ARTÍCULO 35. INMORALES: Son todas aquellas que atentan contra de las buenas costumbres y la moral. Serán objeto de sanción de acuerdo al Reglamento de Propiedad Horizontal, la Ley 675 de 2001, el Nuevo Código Nacional de Policía y el presente manual de convivencia, (Ley 1801 de 2016, Julio 29) conductas como:

1. La prostitución en las unidades privadas, los actos de sodomía practicados con los menores de

edad y el ejercicio de prácticas abortivas.

2. Cambiar el destino a los bienes de dominio particular. 3. El establecimiento de un centro de atención de enfermedades de transmisión sexual. 4. La utilización de la unidad privada para recibir y alojar maleantes y mendigos mediante retribución. 5. El empleo de la unidad privada para el establecimiento de juegos de azar. 6. Transitar en paños menores en zonas comunes. 7. Las demás consideradas en las disposiciones legales, en el Nuevo Código Nacional de Policía

y Convivencia, (Ley 1801 de 2016, Julio 29).

ARTÍCULO 36. INCOMODAS: Son las que molestan y contrarían la convivencia pacífica, la tolerancia y el respeto por los demás. Serán objeto de sanción de acuerdo al Reglamento de Propiedad Horizontal, la Ley 675 de 2001, el Nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia, (Ley 1801 de 2016, Julio 29) y el presente manual de convivencia, las siguientes:

1. La emisión de humo, polvo o exhalaciones nocivas.

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2. Los ruidos o vibraciones generados en horas de la noche y la madrugada con lavadoras, taladros,

aspiradoras, equipos de sonido o demás equipos o electrodomésticos.

3. La limpieza de tapetes, cobijas y demás prendas y exposición de los mismos en zonas comunes. 4. Las reuniones escandalosas en horas entre las 9:00 p.m. y 7:00 a.m. o muy altas entre las 7:01

a.m. y 9:00 p.m. 5. Realizar trabajos locativos de la propiedad privada fuera de los horarios establecidos por la

Administración. 6. Realizar actos que perturben la tranquilidad de los propietarios o residentes. 7. Usar vehículos sin silenciador, motor sin filtro y silenciador, accionar alarmas o tener en los

vehículos instalaciones que interfieran en las recepciones de radio o televisión de los vecinos.

8. Accionar sin causa justificada campanas, alarmas u otros similares. 9. Instalar antenas o aparatos transmisores de radio o televisión sin permiso de la Administración o

autorización legal. 10. Ocasionar ruido molesto al vecino en ejercicio de su arte, oficio o profesión de índole doméstica. 11. Arrojar basura u otros objetos en las zonas comunes. Los escombros por trabajos de

remodelación de las casas no pueden ser dejados en zonas comunes ni arrojados al depósito de

basuras, ni en lugares internos o externos porque afectan la imagen, el orden y aseo del conjunto.

12. Alterar la tranquilidad en las zonas comunes al encontrarse en estado de embriaguez o bajo los

efectos de sustancias alucinógenas o psicotrópicas.

13. Consumir sustancias alucinógenas o psicotrópicas, cualquiera que sea su dosis en sitios abiertos

como zonas comunes.

14. Colocar avisos, letreros publicitarios o políticos en cualquiera de las ventanas o carteleras del

Conjunto Residencial sin autorización de la Administración o del Consejo de Administración.

15. Arrojar telas, materiales duros o insolubles como pañales, toallas higiénicas, preservativos, ropa, arena, tierra y en general elementos que puedan obstruir cañerías de lavamanos, lavaplatos y sanitarios.

16. Conformar núcleos de desorden que atenten contra la seguridad del conjunto. 17. Faltar el respeto al personal que conforma el equipo de vigilancia, servicios generales y

administración, Consejo de Administración y Comité de Convivencia.

18. Las demás tendientes a incomodar a los propietarios y residentes generados por la intolerancia,

mala educación e irrespeto hacia los derechos de los demás.

ARTÍCULO 37. PELIGROSAS: Son las susceptibles de causar daño a los inmuebles y a las personas. Serán objeto de sanción de acuerdo al Reglamento de Propiedad Horizontal, la Ley 675 de 2001, el Nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia, (Ley 1801 de 2016, Julio 29), el presente manual de convivencia, las siguientes:

1. La tenencia de explosivos, pólvora, y fuegos artificiales. El almacenamiento de gasolina, petróleo y

cilindros de gas o cualquier líquido inflamable.

2. La filtración de agua a causa de obras realizadas por los copropietarios o residentes. 3. Las conexiones eléctricas y/o de gas defectuosas y el mal estado. 4. Las conexiones o uso de electrodomésticos que superen el voltaje permitido para la copropiedad

(duchas eléctricas, calentadores de ambiente, entre otros).

5. Mantener en los muros estructurales, medianos y techos; cargas o pesos excesivos y ejecutar

cualquier obra que atente contra la solidez y seguridad de la unidad o contra los derechos de los

demás.

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6. Manipular las conexiones eléctricas, telefónicas, televisión e internet, gas o del acueducto del conjunto.

Estas labores deberán ser realizadas por los funcionarios de cada una de las empresas.

7. La tenencia de mascotas no domésticas. 8. Las demás que atenten contra la integridad física de las personas.

ARTÍCULO 38. DAÑOSAS: Son las susceptibles de producir un daño material en el inmueble. Serán objeto de sanción de acuerdo al Reglamento de Propiedad Horizontal, la Ley 675 de 2001, el Nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia, (Ley 1801 de 2016, Julio 29 y el presente manual de convivencia, estas se caracterizan por producir daños concretos, se tiene en cuenta el daño no el peligro.

1. La excavación u obras en cualquiera de los pisos que perjudiquen la solidez de las construcciones, sin autorización de la Asamblea.

2. La alteración en fachadas y lugares exteriores. 3. Comprometer la seguridad y solidez de los inmuebles. 4. No ejecutar de inmediato las reparaciones locativas al interior del bien privado que afecten a

los demás propietarios o residentes. 5. Elevar nuevos pisos sin permiso o adelantar obras al interior o exterior de los bienes comunes

sin el cumplimiento de los requisitos de ley o el reglamento y la debida autorización de la administración.

6. El hurto de bombillos, extintores, útiles de primeros auxilios y en general cualquier elemento que haga parte del mobiliario del conjunto.

ARTÍCULO 39. PROHIBIDAS: Todas las actividades anteriormente enumeradas son prohibidas y serán objeto de sanción de acuerdo al Reglamento de Propiedad Horizontal (Ley 675 de 2001), el Nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia,(Ley 1801 de 2016, Julio 29) por ser consideradas ilícitas y son todas aquellas que por disposiciones legales a todo ciudadano se le prohíbe ejecutar, y en especial las que contiene el Nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia,(Ley 1801 de 2016, Julio 29) y las normas municipales de Policía, el régimen de la propiedad horizontal y el presente manual.

ARTICULO 40. Las conductas consideradas de reacción inmediata de la Policía podrán ser denunciados por un propietario, residente, Administración, Revisor Fiscal o integrante del Consejo o el comité de convivencia o de la misma administración o cualquier ciudadano.

CAPITULO VII

DEL RUIDO Y LA CONTAMINACIÓN AUDITIVA

ARTICULO 41. DEFINICIÓN: Cualquier emisión de sonido que afecte adversamente la salud o seguridad de los seres humanos, la propiedad, el espacio público o el disfrute de los mismos. El nivel de ruido y la contaminación auditiva está regulada por la Resolución 627 de 2006 “Por la cual se establece la norma nacional de emisión de ruido y ruido ambiental” expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.

ARTICULO 42. NIVELES PERMITIDOS. Los estándares máximos permisibles de niveles de emisión de ruido expresados en decibeles DB(A), para la Propiedad Horizontal son:

Sector Subsector Estándares máximos permisibles de

niveles de emisión de ruido en dB(A)

Día Noche

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PARÁGRAFO 1. Los estándares máximos permitidos de emisión de ruidos deben ser moderados, sin exceder los decibeles para este tipo de propiedad horizontal y teniendo en cuenta los horarios establecidos que permitan conservar la tranquilidad de los vecinos, permitiendo llevar una vida digna y sosegada, de acuerdo a la norma establecida en el Nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia, (Ley 1801 de 2016, Julio 29).

PARAGRAFO 2. A la zona residencial le corresponde el Sector B, señalado. En el día lo permitido es 65 Decibeles, que se asemeja al ruido normal producido en una casa, por el uso de electrodomésticos en un nivel adecuado, el paso de vehículos y conversaciones en tono normal, si ya es incómodo al oído, el nivel puede estar superando lo permitido.

ARTICULO 43. PROHIBICIONES. Está prohibido el ruido que supere los niveles permitidos, además del generado por parlantes o bafles en espacio público, el perifoneo sea por megáfono, micrófono o parlantes en vehículos y el pregoneo como el realizado por payasos o anunciantes de productos.

CAPITULO VIII

DE LAS SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES NO

PECUNIARIAS

ARTÍCULO 44. La Administración podrá iniciar las acciones policivas de acuerdo con el Nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia, (Ley 1801 de 2016, Julio 29). y normas legales que se encuentren vigentes en el momento del proceso. Estas acciones judiciales en demanda o reclamación contra el propietario o residente que perturbe la tranquilidad de los demás propietarios o que comprometa la seguridad, salubridad y estética del conjunto o buen nombre de la persona jurídica o para exigir el cumplimiento del reglamento se clasifican por su gravedad en: faltas leves y faltas graves.

PARAGRAFO 1. Faltas leves: consisten en desarrollar actividades contrarias al uso y destino del inmueble que tienen como fundamento las relaciones de vecindad, inspiradas en la tolerancia mutua, educación y respeto hacia los derechos de los demás. Estas conductas están enunciadas como: Insalubres e Incomodas del presente manual.

PARAGRAFO 2. Faltas graves: consisten en aquellos actos que por estar prohibidos en el reglamento de propiedad horizontal atentan de manera grave contra las buenas costumbres y la seguridad del conjunto, tales como las consagradas como: Inmorales, Peligrosas, Dañosas, Prohibidas, del presente manual.

PARAGRAFO 3. DEBIDO PROCESO PARA LAS SANCIONES:

Considerando que este manual de convivencia reconoce los derechos y deberes de los residen del conjunto residencial Reserva de Alejandría y que la Asamblea general de propietarios lo aprueba y se compromete con su cumplimiento, las sanciones serán impuestas por el Consejo de Administración, previo agotamiento del procedimiento respectivo.

Sector B. Tranquilidad

y

Ruido Moderado

Zonas residenciales o

exclusivamente destinadas

para desarrollo habitacional,

hotelería y hospedajes.

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.1. Las sanciones impuestas de conformidad con la Ley y el Reglamento de Propiedad Horizontal, son de carácter obligatorio y se cargarán al sancionado en su estado de cuenta. La infracción a cualquiera de las normas sobre Propiedad Horizontal, al Reglamento y al presente Manual merecerá los siguientes tipos de sanciones:

1. Inicialmente los llamados de atención serán realizados por el personal de vigilancia y / o la Administración de manera verbal, quienes harán la respectiva anotación en la minuta consignando el motivo del llamado de atención, la hora y el número de llamados que fueron necesarios para el cese de la mala conducta.

2. si la falta continua se realiza un segundo (2) llamado de atención por la vigilancia y administración de forma escrita, quienes harán la respectiva anotación en la minuta consignando el motivo del llamado de atención, En la carta se debe especificar la sanción incurrida dentro del manual.

3. Si aún continúa la realización de la falta se remite a Comité de convivencia donde se hará una tercera carta con copia al Comité de Convivencia, y se cobrará en la próxima mensualidad una sanción equivalente a un ( ) S.M..L.V.

4. Si se reincide se citará al propietario, residente o tenedor a cualquier título con el Comité de Convivencia.

5. Si no atiende los procedimientos, se interpondrá una querella policial al propietario infractor, residente o tenedor a cualquier título.

ARTICULO 45. PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES:

1. Comprobación del hecho mediante la práctica de cualquier medio probatorio legalmente aceptado. 2. Se citará a descargos por parte del Comité de Convivencia al presunto infractor. La conclusión de la

audiencia será comunicada al Consejo con las respectivas recomendaciones del Comité de Convivencia.

3. El Consejo de Administración con base en lo anterior y respetando el debido proceso impondrá la sanción respectiva.

4. Una vez notificado el residente infractor, dispondrá de tres (3) días hábiles para interponer recurso de reposición ante el Consejo de Administración. Interpuesto el recurso de reposición por parte del afectado, el Consejo dispondrá de ocho (8) días hábiles para resolver la petición. Dicho recurso será resuelto por votación en el Consejo por mayoría simple.

5. Cuando la sanción consiste en multa y no sea cancelada por el infractor, se le facturará en el próximo periodo junto con las demás deudas que éste tenga para con la Administración. Si después de tres facturaciones aún persiste el no pago de dicha sanción, esta podrá cobrarse por vía judicial.

6. Existirá solidaridad en el pago de las sanciones entre el propietario, arrendatario o el tenedor a cualquier título previa comunicación por parte del administrador al propietario.

7. La imposición de toda sanción por parte del Consejo de Administración deberá ser suficientemente motivada.

8. Los conflictos que se presenten entre el Administrador y los residentes de la copropiedad serán dirimidos por el Consejo de Administración.

9. En todos los casos, se dejará constancia en el libro de correspondencia enviada. PARAGRAFO 1. Una vez determinado el tipo de sanción aplicable al infractor, será comunicada y notificada al Administrador en el término de tres (3) días, mediante acta donde contenga los hechos, los criterios de imposición de la sanción y la sanción aplicable, así como el término para su ejecución, el cual entregará copia al sancionado.

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PARAGRAFO 2. El acta que impone la sanción, una vez notificado el infractor de la respectiva sanción, este podrá impugnar la decisión ante la jurisdicción civil de conformidad con lo señalado en el artículo 194 del código de comercio, dentro del mes siguiente a la a fecha de la notificación de la respectiva sanción.

ARTICULO 46: AMONESTACIONES POR ESCRITO FIJADA EN CARTELERA: Esta medida correctiva será aplicada por el Administrador, previo concepto del Consejo de Administración y audiencia de descargos, a los reincidentes, siempre y cuando su conducta no cause daños a terceros ni a los bienes comunes del edificio.

ARTICULO 47. CADUCIDAD: La oportunidad para ejercer la acción que se genere con la conducta o hecho sancionable, caducará en un término de treinta (30) días calendario, contados a partir de la ocurrencia del hecho.

ARTICULO 48. JURISDICCIÓN ORDINARIA O POLICIVA: Los propietarios o residente es afectados por las conductas del sancionado, quedan en libertad de acudir a la justicia ordinaria o promover la respectiva querella policiva.

ARTICULO 49. INHABILIDAES PARA A SER ELEGIDO: No podrán ocupar los cargos de miembros de Comités, del Consejo de Administración, Comité de Convivencia Administrador, los propietarios que se encuentren en mora, que hayan sido sancionados o que estén en cursos en una de ellas causales de indignidad.

ARTICULO 50. AMIGABLE: El comité de convivencia a solicitud de la parte interesada y no antes de haber prestado queja por escrito a la administración, intervendrá como amigable componedor en los conflictos que surjan en desarrollo de la vida en comunidad, pero en ningún caso podrá imponer sanciones. Su función se limitará a proponer fórmulas de arreglo y acercamiento entre las partes siempre consultando la objetividad y la equidad.

ARTICULO 51. MODIFICACION DEL MANUAL DE CONVIVENCIA: El presente Manual de Convivencia podrá ser modificado por la Asamblea de Propietarios con el voto favorable de sus miembros, no inferior a la mitad más uno de los coeficientes que integran la propiedad. Este Manual de Convivencia es de estricto cumplimiento para los propietarios, residentes y tenedores a cualquier título del Conjunto Residencial Reserva de Alejandría.

ARTÍCULO 52. SANCIONES APLICADAS PARA LAS FALTAS LEVES.

Se constituye falta leve a la comisión de tres (3) llamados de atención realizados al infractor por cualquiera del personal antes referido.

Las sanciones aplicables serán las siguientes:

1. Sanción pecuniaria establecida en el presente Manual la cual será de 2 salarios mínimos diarios legales vigentes a cargo del propietario, la cual se hará efectiva en la siguiente cuenta de cobro de administración.

2. Imposición de multas sucesivas: Si persiste el incumplimiento, se constituye la imposición de una multa sucesiva, la cual será de 4 salarios mínimos diarios legales vigentes a cargo del propietario, la cual se hará efectiva en la siguiente cuenta de cobro de administración.

3. Restricción al uso y goce de bienes de uso común no esenciales (salones comunales, zonas de recreación y deporte).

4. La reincidencia convertirá la falta leve en grave y se le dará un tratamiento de sanción más drástica de acuerdo a lo establecido en el presente manual.

PARÁGRAFO 1. Se considera reincidencia cuando el infractor incurre en una misma falta más de una vez, o

cuando el infractor incurre en faltas diferentes de manera sucesiva, las cuales serán acumulables y se aplicarán

para las sanciones antes establecidas.

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ARTÍCULO 52. SANCIONES APLICADAS PARA LAS FALTAS GRAVES.

Se constituye falta grave a la comisión de tres (3) llamados de atención realizados al infractor por cualquiera del personal antes referido.

Las sanciones aplicables serán las siguientes:

1. Publicación en lugares de amplia circulación de conjunto, de la lista de los infractores con indicación expresa del hecho o acto que origina la sanción.

2. Imposición de una multa pecuniaria equivalente a 5 salarios mínimos diarios legales vigentes a cargo del propietario, la cual se hará efectiva en la siguiente cuenta de cobro de administración.

3. Imposición de multas sucesivas: Si persiste el incumplimiento, se constituye la imposición de una multa sucesiva, la cual será de 10 salarios mínimos diarios legales vigentes a cargo del propietario, que en todo caso sumadas no podrán exceder 10 cuotas de administración mensuales a cargo del infractor.

4. Restricción al uso y goce de bienes de uso común no esenciales (salones comunales, zonas de recreación y deporte) desde el mismo momento que se consigne la falta.

Sanciones de tipo judicial o policivo por infracciones que NO sean remediables a través de estas vías y contempladas en el Nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia, (Ley 1801 de 2016, Julio 29).

ARTÍCULO 53. EJECUCIÓN DE LAS SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES NO

PECUNIARIAS.

La administración será el responsable de hacer efectivas las sanciones aun acudiendo a la autoridad policial competente si fuere el caso. Cuando ocurran los eventos previstos en el numeral 1o. del artículo 18 de la ley 675 de 2001, la Policía y demás autoridades competentes deberán acudir de manera inmediata al llamado del Administrador o de cualquiera de los copropietarios o residentes

ARTÍCULO 54. IMPUGNACIÓN DE LAS SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES NO PECUNIARIAS. El propietario del bien privado sancionado podrá impugnar las sanciones por incumplimiento de obligaciones no pecuniarias ante el Consejo de Administración, la impugnación a la sanción interpuesta sólo podrá presentar dentro de los 5 (cinco) días siguientes a la fecha de la comunicación de la respectiva sanción. (Será aplicable para efectos del presente artículo, el procedimiento consagrado en el artículo 194 del Código de Comercio o en las normas que lo modifiquen, adicionen o complementen.

CAPITULO IX

DE LA SEGURIDAD Y VIGILANCIA

ARTÍCULO 55. La empresa de vigilancia que preste sus servicios en el conjunto, así como todos los residentes y visitantes deberán observar las siguientes normas de seguridad:

1. La vigilancia llevará en todo momento el Libro de Visitantes, libro de correspondencia y el Libro minuta, anotando de manera objetiva, precisa y sin omitir detalles, cualquier situación anormal que se presente dentro del Conjunto; obligándose a presentarlos a la Administración y el supervisor para su revisión y verificación.

2. La vigilancia estará autorizada para tomar control de las posibles irregularidades que surjan dentro del Conjunto, apoyándose, cuando la situación lo amerite, en la policía, ambulancias, bomberos o cualquier otra autoridad competente, notificando de inmediato a sus Supervisores y a la Oficina de Administración. Siempre deberá hacer uso de la policía en caso de:

a. Fiestas que se prolonguen después de la hora establecida por la asamblea, cuando los involucrados se nieguen a bajar el nivel del ruido o a finalizarlas.

b. Alteración del orden (peleas, amenazas a la vida, escándalos, etc.) c. Alarmas dentro del Conjunto por robos, atracos, secuestros, etc.

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3. La vigilancia velará porque todo visitante, contratista, proveedor de servicios y personal doméstico de limpieza que desee ingresar a al Conjunto a pie, lo haga por la entrada peatonal, siguiendo el registro de visitantes.

4. Por razones de seguridad, la vigilancia prohibirá el paso de vehículos de servicio público a los parqueaderos, solo en caso de emergencia o vulnerabilidad.

5. En caso de las viviendas en venta o arriendo, la vigilancia deberá recibir de la oficina de administración o del propietario autorización por escrito o verbal con las citas de los posibles compradores lo cual debe quedar registrado en minuta y permitir el ingreso de éstos. Siempre deberá estar presente el residente vendedor o el agente inmobiliario autorizado por el propietario. Por ningún motivo el personal de seguridad podrá mostrar los apartamentos en venta o arriendo y tampoco se permitirá el ingreso del posible comprador o arrendatario solo, este debe permanecer acompañado por la persona responsable de su ingreso hasta su salida del conjunto.

6. La vigilancia sólo permitirá las mudanzas cuando estén debidamente notificadas y autorizadas por escrito por la oficina de administración, en cuyo caso se deberá llevar control e identificación de la compañía responsable, solicitando y anotando en el Libro de Minuta:

Nombre de la compañía. Nombre y cédula del conductor y sus ayudantes. Datos del vehículo: marca, modelo, placas y color. Nombre del solicitante del servicio y número del apartamento. Hora de entrada y salida.

b. Igualmente, la vigilancia deberá notificar al conductor la zona indicada de carga y descarga, en caso de ser un camión de doble llanta trasera no se permitirá el ingreso al Conjunto y el cargue y descargue deberá realizarse afuera de las instalaciones del mismo sin perturbar el ingreso y salida de los vehículos de los residentes y velar porque no ocurran daños a los inmuebles o vehículos del Conjunto durante la mudanza. El horario de los trasteos será de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., de lunes a sábado.

7. La vigilancia permitirá el acceso al Conjunto del personal obrero contratado por los residentes para ejecutar trabajos de construcción o remodelaciones, siempre y cuando estén debidamente autorizados por la administración o propietario y en la jornada de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y los sábados de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. Los días domingos y festivos no se dejará entrar al Conjunto personal de obra, ni cualquier clase de instalador, salvo para trabajar en alguna emergencia que se presente.

8. la vigilancia No permitirá el préstamo de parqueaderos privados a personas ajenas al Conjunto, siendo los únicos para este fin los de parqueaderos de visitantes los cuales son de uso exclusivo para clientes de locales y visitantes de residentes, por ningún motivo los residentes aran uso de estos parqueaderos excepto por situación de emergencia.

9. La vigilancia prohibirá las reuniones, consumo de bebidas alcohólicas y uso de equipos de sonido en los estacionamientos y zonas comunes diferentes a las asignadas para tal fin.

10. La vigilancia deberá llamar la atención a los conductores que incurran en exceso de velocidad dentro del área del Conjunto.

11. La vigilancia deberá evitar que los residentes laven sus vehículos utilizando mangueras, dentro del Conjunto.

12. El ingreso de los vehículos de visitantes debe estar autorizado por el propietario de la vivienda al cual se dirige únicamente por escrito o personalmente de ninguna manera vía telefónica.

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13. La vigilancia velará por el correcto uso de los parqueaderos de visitantes dejándolo registro en minuta de cada uno de los vehículos ingresados, No permitirá que los vehículos se estacionen en áreas no destinadas para tal fin. En caso de encontrarse un vehículo mal estacionado, deberá notificarse al conductor para que se estacione correctamente.

14. La vigilancia no permitirá el ingreso al Conjunto a camiones o vehículos que traigan materiales a granel; tales como: arena, tierra, piedra picada, o cualquier otro material de construcción, a menos que tengan la autorización escrita de la Administración. Informará que está terminantemente prohibido dejar dichos materiales en las áreas de acceso al conjunto.

15. La vigilancia no autorizará la salida de vehículos en grúas, a menos que esté presente el propietario, quien deberá firmar la salida en el Libro de Visitantes; en su ausencia, previa notificación por escrito a la Administración, quien en este caso será la única autorizada en permitir la salida del vehículo en estas condiciones.

16. El manejo de circuito cerrado de televisión será de uso exclusivo del personal de vigilancia y no se suministrará información y/o grabaciones a residentes, ni visitantes como tampoco sobre la ubicación estratégica y modos de grabación.

17. 17.. La vigilancia no entregará encomiendas, ni correspondencia en las viviendas; los mensajeros o servicios de encomiendas, de requerir la firma del residente en calidad de recibido, sólo podrán ingresar al Conjunto previa autorización de éste último de lo contrario se colocará el sello de recibido de la portería.

18. El allanamiento solo procede en los casos previstos en la Ley y por orden de la autoridad competente. En este caso se deberá si es posible verificar la autenticidad del allanamiento, deberá informar de inmediato al administrador.

19. Los propietarios o tenedores de las unidades privadas no podrán dejar llaves de vehículos ni de acceso a sus unidades en poder del personal de vigilancia, los perjuicios que se causen por la inobservancia de esta norma, será de exclusiva responsabilidad del residente.

20. Queda expresamente prohibido al personal de vigilancia y de servicios generales, solicitar préstamos de dinero a los propietarios o tenedores de las unidades privadas.

21. Al personal de vigilancia no le es permitido: hacer mandados a los propietarios, recibir y despachar niños al colegio, guardar armas, joyas, dinero y en general todo tipo de bienes de propietarios, cuidar vehículos estacionados en la calle.

22. El Personal de vigilancia y recepción están autorizados para: confirmar la salida de los niños menores de 10 años, cuando no vayan acompañados de sus padres o tutores; llamar la atención de quienes estén realizando actos inseguros o dañinos en las áreas comunes, que afecten el bienestar colectivo.

23. Es necesario que toda persona que NO resida en la copropiedad sea anunciada sin excepción para que se permita su ingreso. Por ningún motivo se permitirá el ingreso de una persona extraña sin identificación por parte del personal de vigilancia.

24. El ingreso de los funcionarios de las empresas de servicios públicos domiciliarios (energía eléctrica- televisión por cable, internet, teléfono, gas natural y agua) para realizar trabajos o suspensiones, sólo podrán hacerlo de lunes a sábado de 7:00 a.m. hasta las 4:00 p.m. Para la reconexión de los servicios antes mencionados sólo se podrá hacer de lunes a sábado de las 7:00 a.m. a 6:00 p.m. A demás deberán ser acompañados por el personal de vigilancia hasta el lugar del procedimiento.

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25. Cada funcionario deberá diligenciar en la planilla de la portería el inmueble atendido.

26. Los domingos y festivos NO se permite el ingreso de funcionarios para realizar trabajos, suspender ni reconectar ninguna clase de servicio domiciliario arriba descrito.

27. Tratándose de funcionarios de empresas servicios públicos, se deberá exigir la identificación respectiva para verificar su vinculación con dichas empresas por parte del personal de vigilancia.

28. La Vigilancia y administración NO permitirá la entrada de ninguna clase de vendedores ambulantes, así como la distribución de propaganda y otros servicios puerta a puerta, personal que adelante campañas publicitarias, etc, de recibirlo este material publicitario debe permanecer en la portería.

29. El personal de vigilancia está autorizado para requisar todos los vehículos que ingresan o salen del conjunto.

30. El propietario o residente de cada casa deberá dejar autorización previamente en la portería para la salida de muebles, electrodomésticos o enseres, incluso si quién los saca es el mismo propietario, información que será consignada en la minuta del personal de vigilancia con nombre completo, número de cédula, casa, y firma de la persona que autorizó y la que los sacó.

31. A la portería únicamente tendrá acceso el personal de la Administración.

32. Los elementos de seguridad de propiedad común serán de uso privativo, la manipulación de ellos será exclusivamente de la administración o a quien ella designe.

33. Si un vehículo parqueado queda con las puertas sin seguro o presenta alguna novedad, el vigilante deberá informar de inmediato a su compañer@ de portería, para que éste a su vez informe al dueño del vehículo. Este hecho quedará registrado en la minuta de control.

34. El teléfono ubicado en la portería para el servicio de citofonía, debe usarse para asuntos relacionados con el acceso al conjunto y control de vigilancia exclusivamente. En todo caso sólo podrá ser manipulado por el personal de seguridad y la Administración del conjunto.

35. SALIDA E INGRESO DE LOS NIÑOS. La vigilancia NO permitirá la salida de la copropiedad de niños menores de nueve (9) años que se desplacen solos a cumplir tareas o mandados a la zona pública. De igual manera NO se permitirá el ingreso de niños menores de nueve (9) años que no tengan plena identificación del inmueble a visitar. En este caso el vigilante ubicará o dirigirá al menor a la sala de espera hasta tanto una persona adulta salga y lo reciba. El incumplimiento a estas normas causara sanciones o cambio de guarda de seguridad según sea el caso

CAPITULO X

REPARACIONES LOCATIVAS.

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ARTICULO 56. Para modificaciones a sus unidades privadas los propietarios deben llenar los siguientes requisitos:

1¬Obtener previa autorización de la entidad competente si la naturaleza de la obra y las normas urbanísticas vigentes así lo exigen.

2¬Que la obra proyectada no comprometa la seguridad y la solidez del Conjunto Residencial, ni afecte la salubridad de la edificación o disminuya el aire o la luz de los demás bienes particulares, ni alterar los servicios comunes o las fachadas del mismo.

ARTICULO 57. Las obras en las unidades privadas deberán contratarse en la jornada de lunes a viernes en el horario de 08:00 am a 05:00 pm, y sábados de 08:00 am a 1:00 pm, quedando expresamente prohibido adelantar obras remodelaciones o reparaciones los domingos o días festivos, salvo para trabajar en alguna emergencia que se presente. Las zonas comunes del Conjunto deberán quedar en perfecto estado de limpieza, así mismo deberá instruirse al obrero para que no arroje los desechos por los chute de basuras, por las ventanas ni por los sifones u otro tipo de instalaciones.

ARTICULO 58. El ingreso y salida de materiales de construcción se hará únicamente dentro de los horarios estipulados.

ARTICULO 59. Los escombros no deberán ser arrojados al cuarto de basuras, su manejo y transporte estarán a cargo del residente que adelanta la obra, teniendo en cuenta que las únicas empresas con responsabilidad para recoger escombros son las empresas de acueducto y aseo.

CAPITULO XI

MANEJO DE LAS BASURAS Y ESCOMBROS

ARTICULO 60. Todos los residentes podrán eliminar sus residuos con la observancia estricta de los siguientes parámetros:

1. Utilizar las bolsas plásticas debidamente anudadas, cuyo tamaño no obstruya el chute de basuras.

2. No deberá arrojarse en el chute de basuras colillas de cigarrillos, ni desperdicios de comida que no esté contenida en bolsas plásticas bien cerradas.

3. No arrojar por el chute de basuras materiales como vidrio, cartón, escombros o sustancias corrosivas, que puedan obstruirlo o causarle deterioro.

4. Las basuras o residuos no podrán depositarse en zonas comunes, parqueaderos etc., diferentes al cuarto para tal fin.

5. Los residentes depositaran en el contenedor de reciclaje las bolsas que contengan vidrio, latas y plástico, las bolsas de gran tamaño y cartones grandes previamente plegados deben ir en el cuarto del chut.

6. Está prohibido arrojar basuras, colillas, papeles ni ninguna clase de objetos o desperdicios, por las ventanas y balcones de las unidades privadas, a los patios y hall de uso común del Conjunto.

PARAGRAFO 1. En los casos que se incumpla el correcto manejo de basuras y escombros se acusara una multa de una cuta de administración.

CAPITULO XII

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DEL ASEO EN LAS AREAS COMUNES

ARTÍCULO 61. Es de obligatorio cumplimiento teniendo en cuenta el Nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia.

1. Mantener el aseo de las zonas comunes. 2. Clasificar las basuras e introducirlas en bolsas apropiadas, debidamente cerradas y depositarlas

en las canecas o sitios demarcados ubicados en el cuarto de basuras con su respectiva asignación (papel, vidrio, cartón y orgánicos). Las canecas de los parques no se deben usar para dejar las bolsas de la basura de las casas. No se deben dejar cajas, bolsas, escombros u otros objetos frente o al ingreso a las torres o al dado de las casas y en general en las zonas comunes.

3. Dar el uso apropiado a las zonas comunes conforme a lo establecido en el Reglamento de Propiedad Horizontal.

4. Se prohíbe colgar ropa, tapetes, alfombras, zapatos, o enseres en las entradas, ventanas de las viviendas y zonas comunes.

5. Está totalmente prohibido colocar carteles, afiches y otros elementos que generen contaminación visual sobre las fachadas del conjunto, incluyendo los vidrios de las ventanas de las casas.

6. Disponer el material de construcción o escombros en el lugar destinado para ello, de forma ordenada y clasificada en lonas, previa verificación de la Administración.

PARAGRAFO 1. Los pasillos, y las zonas comunes como el parque infantil, cancha, guardería hacen parte de las zonas comunes y como tal, se les debe dar un tratamiento adecuado, por tanto, se prohíbe dejar residuos de materiales, bienes muebles y enseres en estos lugares (ej.: bicicletas).

PARAGRAFO 2. El incumplimiento de estas normas será catalogado como falta leve y se aplicará las sanciones contempladas en el presente manual.

CAPITULO XIII

DE LOS ANIMALES DOMESTICOS / MASCOTAS

ARTÍCULO 62. La tenencia de animales domésticos estará regulada y en concordancia con el Código Nacional y Distrital de Policía. La falta de higiene correspondiente a excrementos de perros, gatos, aves de corral y otros animales en áreas comunes, ladridos y ruidos que interrumpan la tranquilidad y seguridad, serán objeto de sanciones por parte del Consejo. En caso de molestias reportadas a la Administración y/o reincidencia es deber de la Administración entablar las acciones establecidas en el reglamento o las normas legales y de policía pertinentes.

ARTÍCULO 63. En concordancia con el Nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia, (Ley 1801 de 2016, Julio 29). El presente Manual de Convivencia hace extensiva la protección y cuidado de animales. En caso de incumplimiento de la norma por parte de los propietarios de animales, serán merecedores de las sanciones mencionadas en el presente manual, independientemente de las sanciones impuestas por la autoridad de Policía Municipal. En caso de reincidencia se dará aviso a las autoridades correspondientes, Es deber de todo propietario, dueño o tenedor de animales domésticos o mascotas garantizar la salud de las personas y la conservación de la diversidad biológica. Se deben proteger y cuidar los animales, impedir su maltrato y asegurar su manejo y tenencia adecuados.

ARTÍCULO 64. Los siguientes comportamientos favorecen la salud y protección de los animales y son de obligatorio cumplimiento so pena de hacerse merecedor a las sanciones de que habla el artículo 44 de este manual, la convivencia con animales domésticos dentro del Conjunto Residencial Reserva de Alejandría están limitadas

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1. El incumplimiento Mantener o transportar animales en lugares o vehículos que garanticen las condiciones mínimas de bienestar para ellos y que ofrezcan la debida seguridad para las personas.

2. Remitir los animales enfermos o heridos, por parte de los propietarios o residentes a los veterinarios con el fin de realizar los procedimientos establecidos para garantizar su protección.

3. Utilizar por parte de los dueños o tenedores, de animales domésticos: correa, bozal y permiso, de conformidad con la ley 746 de 2002 artículo 108B y demás normas legales vigentes. El uso del bozal y el respectivo permiso se aplican para los ejemplares caninos potencialmente peligrosos, que son aquellos que presenten una o más de las siguientes características:

4. Perros que han tenido episodios de agresiones a personas u otros perros; 5. Perros que han sido adiestrados para el ataque y la defensa; 6. Perros que pertenecen a una de las siguientes razas o a sus cruces o híbridos: American Staffordshire

Terrier, Bullmastiff, Dóberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasileiro, Mastín Napolitano, Pit Bull Terrier, American Pit Bull Terrier, De presa canario, Rottweiler, Staffordshire Terrier, Tosa Japonés.

7. El propietario de un perro potencialmente peligroso asume la posición de garante de los riesgos que se puedan ocasionar por la sola tenencia de estos animales y por los perjuicios y las molestias que ocasione a las personas, a las cosas, a las vías y espacios públicos y al medio natural en general.

8. Toda mascota debe estar en las zonas comunes en compañía de su dueño y con su respectiva correa. 9. La tenencia de mascotas en las viviendas urbanas y rurales requiere que las circunstancias de su

alojamiento en el aspecto higiénico y sanitario, de alimentos y custodia, sean las adecuadas, y que no se produzca ninguna situación de peligro o incomodidad para los vecinos u otras personas en general, o para el propio animal.

10. Es obligatorio por parte de los propietarios de mascotas su respectiva vacunación, según las indicaciones de las autoridades sanitarias y mantener vigente el certificado de vacunación antirrábica. El cual deberá ser presentado por parte de los propietarios de mascotas a la Administración del conjunto.

11. Queda prohibido dejar las deposiciones fecales en las zonas comunes, parqueaderos o zonas verdes. Los propietarios o tenedores de las mascotas son responsables de recoger los excrementos y depositarlos en bolsas de basura domiciliaria, o en las respectivas canecas que se disponen para ese uso.

12. Se prohíbe que las mascotas habiten de manera permanente en las áreas comunes (zonas verdes, parque infantil, cancha, guardería entradas a las casas y parqueaderos). Estos no podrán ser enviados solos con niños menores de ocho (8) años a hacer sus necesidades en las áreas comunes.

13. Los dueños deben educar a sus mascotas y adoptar las medidas necesarias para que sus necesidades fisiológicas se realicen en las áreas destinadas para este fin. La administración ejercerá un estricto control para que el dueño de la mascota se responsabilice de atender los daños o desaseo que estos causen en las zonas comunes.

14. Se prohíbe promover la pelea entre todo tipo de animales. 15. Se prohíbe el ingreso de los cuidadores o paseadores de perros. El dueño deberá llevar su mascota

hasta una are aledaña al conjunto donde el cuidador lo recibirá. 16. Queda prohibido el alistamiento, baño y peluquería de las mascotas en zonas comunes del conjunto. 17. En caso de visitantes con mascotas, el propietario o tenedor de la unidad privada se hace responsable

de los daños y comporta amiento del animal, en todo caso, las mascotas, propias o ajenas, deberán permanecer dentro la unidad privada y no en los garajes o zonas comunes.

18. El manual de convivencia en este punto se apoya en la LEY 746 de julio de 2002 que reglamenta definitivamente la tenencia y manejo de mascotas, y establece severas sanciones para quienes incumplan con las normas.

19. El incumplimiento a lo dispuesto por esta ley, puede ser denunciado al cuadrante de la policía Nacional quienes tiene la obligación de hacer respetar estas normas, y estará permanentemente dispuesta a colaborar con la ciudadanía que denuncie a los infractores.

20. La salida del animal a las áreas comunes deberá ser siempre con bozal y traílla y andar en el Conjunto con una persona mayor a su cargo.

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21. 7¬Las mascotas no deben perturbar con sus ladridos o aullidos, la tranquilidad diurna y nocturna a que tienen derecho los residentes.

22. 8¬Acoger las disposiciones legales o reglamentarias de los entes competentes sobre la tenencia de mascotas.

23. 9¬Los daños ocasionados por las mascotas, serán atendidos e indemnizados por el propietario o tenedor a cualquier título de la unidad privada.

24. En caso de molestias reportadas a la Administración, por cualquiera de los anteriores puntos y previo el tramite respectivo, el propietario y/o tenedor a cualquier título cancelara la sanción económica equivalente a ( ) S.M.L.M.V., se impondrán la sanciones del caso sin perjuicio de las acciones legales o de policía.

PARAGRAFO 1. Los vigilantes del Conjunto Residencial se encuentran autorizados para no permitir la entrada de animales al conjunto que no cumplan con las normas mínimas de seguridad, sin perjuicio del apoyo policivo si este se requiere. De igual forma estos pondrán informar a la Administración el incumplimiento de las obligaciones anteriormente indicadas en el presente manual por parte de los propietarios.

CAPITULO XIV

DE LOS SALONES COMUNALES Y REUNIONES SOCIALES

ARTÍCULO 65. Las reuniones sociales que celebren los residentes del CONJUNTO RESIDENCIAL RESERVA DE ALEJANDRIA., deberán enmarcarse dentro de los principios de la sana convivencia, con educación y respeto para con los demás copropietarios, vecinos y amigos, observando aspectos como: límite de ruidos, sonoridad y percusión, sin abusar en su reiteración o continuidad. En todo caso se podrá adelantar dentro de las siguientes limitaciones:

1. Las unidades que se encuentren en mora con la copropiedad por concepto de obligaciones pecuniarias o no pecuniarias no podrán hacer uso de las zonas comunes para sus reuniones sociales. En caso de haber varios propietarios interesados en la misma fecha y horario o, la asignación se hará por orden de solicitud. Los salones comunales son de uso exclusivo para propietarios y residentes del conjunto.

2. La persona ante quien se debe adelantar los trámites del alquiler del salón comunal es la Administración. El préstamo quedará sujeto a su disponibilidad previa consignación del valor total del alquiler del salón en la cuenta bancaria del conjunto residencial.

3. No se alquilará el salón comunal para la realización de eventos de carácter político, religioso o comercial.

4. Ningún copropietario o arrendatario podrá alquilar el salón comunal mientras se tenga alguna sanción por infringir las normas de convivencia o por violación del Reglamento de Propiedad Horizontal.

5. El costo del alquiler del salón será estipulado por la Asamblea General de Copropietarios

6. El propietario y/o residente deberá diligenciar un formato en la administración, donde se responsabiliza de cubrir los daños que pueda ocasionar en el área social, el pago de tales daños deberá ser realizado conjuntamente con la siguiente cuota de administración.

7. El único responsable del salón comunal y el comportamiento de los invitados es el propietario y/o residente del conjunto que realiza el evento por lo cual deberá garantizar que los asistentes al evento permanezcan dentro del salón y no en las zonas comunes.

8. El valor del alquiler del salón se debe cancelar en su totalidad mínimo cinco (5) días antes de la fecha del evento, si no se hiciere, la Administración podrá adjudicar el salón comunal a otras personas que tengan solicitud escrita para ese día y hayan cumplido con los requisitos exigidos.

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9. El horario de uso de los salones comunales será máximo hasta las 2:00 a.m. En caso de exceder este horario se perderá el valor dejado como depósito y no se prestará el salón por los siguientes tres (3) meses.

10. Previniendo que el valor de las reparaciones fuere superior a 10 salarios mínimos diarios legales vigentes, el usuario del salón deberá firmar un documento autorizando a la Administración cobrar en cuotas mensuales el valor que exceda a dicha suma en un lapso no mayor a tres meses.

11. Para recibir el salón social el copropietario o arrendatario firmará un inventario previamente elaborado, en el cual se detalla la cantidad y el estado en que se encuentran los elementos y la infraestructura del mismo.

12. El salón social deberá ser entregado de la misma manera como fue recibido, es decir con base en el inventario máximo a las 10:00 a.m. del día siguiente al que se realizó el evento, de no cumplirse este requisito se aplicará una multa de un (1) salario mínimo diario legal vigente, que podrán descontarse del depósito de garantía. La entrega del salón deberá realizarse al personal de vigilancia de turno.

13. Está rotundamente prohibido el paso de los invitados a cualquier otra zona del conjunto diferente a la zona social, con el fin de evitar problemas de inseguridad y molestias para el resto de los residentes.

PARAGRAFO 1. El incumplimiento a cualquiera de las anteriores reglas dará lugar a que la administración se reserve el derecho de otorgar futuros alquileres al propietario o residente.

PARAGRAFO 2. Si por cualquier motivo no se pudiere efectuar el evento, deberá notificarse a la administración mínimo 5 días hábiles (salvo casos excepcionales), antes a la fecha del mismo, en caso contrario no se devolverá dinero sin perjuicio de que la administración haga uso del respectivo salón.

ARTÍCULO 66. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES DEL USO DEL SALON COMUNAL. Las sanciones para este tipo de incidentes están clasificadas como Faltas leves y se aplicará el procedimiento descrito en el artículo 44 del presente manual. Dependiendo de la gravedad de los hechos se podrá avisar a las autoridades de policía por parte del vigilante de turno, en caso de que el comportamiento lo amerite, en esta ocasión las sanciones y decisiones serán las que la ley y los funcionarios competentes dispongan.

CAPITULO XV

REUNIONES SOCIALES EN LAS UNIDADES PRIVADAS POR PROPIETARIOS Y/O TENEDORES A CUALQUIER TITULO

ARTICULO 67: De acuerdo al artículo o 18 de la Ley 675 de 2001, obligaciones de los propietarios respecto de los bienes de dominio particular o privado, usarlos de acuerdo con su naturaleza y destinación, en forma prevista en el Reglamento de Propiedad Horizontal, absteniéndose de ejecutar acto alguno que comprometa la seguridad o solidez del Conjunto, producir ruidos, molestias y actos que perturben la tranquilidad de los demás propietarios u ocupantes o afecten la salud pública. A

ARTICULO 68. Los principios de sana convivencia sobre límites de ruidos, sonoridad y percusión, deberán ser siempre graduados en consideración al decoro y la prudencia, con educación y respeto a copropietarios, vecinos y amigos. Cualquier interrupción abusiva de la seguridad, tranquilidad por ruidos y reparaciones fuera del horario permitido, que rompa el o equilibrio de la normal convivencia, se sancionará según el procedimiento de infracción del Manual de Convivencia. Si las infracciones anteriores se tornan incontrolables, es deber de la Administración dar curso a la acción o querella policiva respectiva. Se entenderá que hay interrupción abusiva de la seguridad y tranquilidad cuando de dos a más apartamentos reporten el incidente.

Por lo anterior está prohibido, de acuerdo al artículo 88 del Reglamento de Propiedad Horizontal, y lo establecido por el Código de Policía, perturbar la tranquilidad de los ocupantes con ruidos o bullicios, conectar a alto volumen aparatos de sonido, televisores, teatros, video juegos, radios y/o instalar discotecas; están especialmente prohibidas las clases de música, baile o gimnasia en las casas.

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PARAGRAFO: En los casos que se incumpla, no se respete y se genere alto volumen superiores a los decibeles establecidos por el D.A.M.A. en los equipos antes mencionados se causará una multa de un salario mínimo legal vigente.

CAPITULO XVI

DE LAS ZONAS COMUNALES Y LOS BIENES DE USO COMUN

ARTÍCULO 69. Del proceder en las zonas comunes.

1. Los padres serán responsables por los daños que ocasionen sus hijos en las zonas comunes: zonas verdes, jardines y parqueaderos (muros, fachadas, vidrios, etc.)

2. Se prohíbe talar árboles, prender fogatas o cualquier otra actividad que atente contra la naturaleza en las zonas verdes del conjunto.

3. Todos los residentes del conjunto deben cuidar las instalaciones comunes como zonas de recreación, zonas verdes, zonas sociales, etc.

4. Todos los niños menores de 8 años, deben estar en las zonas comunes acompañados por mayores encargados de cuidarlos.

5. Se prohíbe montar bicicleta, patines o patinetas en las zonas comunes, el tránsito de las mismas por los pasos peatones deberá ser a pie.

ARTÍCULO 70. El destino ordinario de los bienes comunes, es el de servir a los propietarios y residentes para el ejercicio pleno de sus derechos como propietarios o residentes salvo las zonas sociales sobre las cuales se tendrá un uso reglamentado. El incumplimiento se regirá a las sanciones a que haya lugar.

ARTÍCULO 71. Obligaciones del residente o propietario:

1. Garantizar que los visitantes de sus unidades privadas no alteren ni destruyan los bienes de uso común que hacen parte del conjunto.

2. Propender que su grupo familiar en especial los menores de edad cuiden las áreas destinadas al uso común del conjunto.

3. Evitar que la zona de acceso peatonal y parqueaderos sea destinada como campos de juegos que atenten contra la integridad de las mismas o que impida el libre tránsito de los residentes o de los visitantes del conjunto. El guarda de seguridad, la administración o el Comité de Convivencia, podrá decomisar elementos (balones, patinetas, bicicletas) y todo elemento que ponga en riesgo la integridad física y material.

4. Velar por que su grupo familiar (hijos, incluyendo mascotas) no juegue a altas horas de la noche, provocando ruido o cualquier tipo de actos que perturben la tranquilidad y descanso de los residentes. Para el presente numeral se entienden altas horas de la noche después de las 7:00 p.m. y antes de la 7:00 a.m.

ARTÍCULO 72. PROHIBICIONES.

1. Realizar cualquier tipo de obra que afecte, modifique, obstruya o encierre zonas, áreas, instalaciones, servicios comunes o afecte la estructura de la propiedad horizontal.

2. Colocar cualquier tipo de cable, antena, estructura u objeto en el exterior del conjunto, las cuales modifiquen o afecten las fachadas del conjunto. La Administración no podrá autorizar esta clase de instalaciones.

3. Utilizar los juegos infantiles por personas mayores o para propósitos diferentes a su destinación.

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4. Arrojar o depositar basuras o desperdicios en las áreas de propiedad común, tales como corredores, área de acceso del conjunto y puertas de las unidades privadas y en las canecas de los parques infantiles.

5. Abrir las cajas de telefonía, conexiones eléctricas o conexiones a gas sin permiso previo de la administración y realizar arreglos o modificaciones en los mismos.

6. Hacer uso de bicicletas, patinetas, patines o elementos similares en la zona de acceso peatonal o en los parqueaderos.

7. Almacenar, manipular o usar elementos tóxicos o explosivos dentro del conjunto residencial. 8. Instalar puertas o rejas al ingreso de las torres o parqueaderos, escaleras y lugares de acceso 9. Dejar y abandonar en las zonas comunes cualquier objeto en general que afecte la imagen y estética

del conjunto. La administración no se hace responsable de la pérdida de estos elementos. 10. Utilizar de manera inadecuada las llaves de suministro de agua dispuestas en las áreas comunes. 11. Las zonas de los tanques de almacenamiento de agua, deben ser de uso pasivo NO USAR BALON

para no perturbar la tranquilidad de los residentes.

ARTÍCULO 73. Las reuniones de adolescentes, niños o adultos en los parqueaderos, escaleras de las zonas de administración y zonas comunes, en la zona de portería y recepción están rotundamente prohibidas.

ARTÍCULO 74. La zona de parqueadero es de uso exclusivo para los automóviles y motocicletas que se encuentren registrados en la Administración, de tal forma, que los daños ocasionados por los niños a los vehículos allí parqueados, producto de los juegos con balones, bicicletas, patinetas y otros, serán directamente responsabilidad de los padres del menor causante del daño, y como tal, se deberá compensar o retribuir el daño.

PARAGRAFO 1. A los padres que permitan que sus hijos perturben la tranquilidad de los residentes con sus juegos o travesuras, se les aplicará sanciones definidas como Faltas Leves según el presente manual.

ARTICULO 75. Aprovechamiento económico de las áreas comunes. Las actividades que puedan desarrollarse en las áreas comunes de las cuales se derive un aprovechamiento económico para bien de la propiedad horizontal, podrán ser reglamentadas por la asamblea de copropietarios y podrá imponérseles el pago de un canon, en condiciones de justicia y equidad. (Artículo 72 Ley 675).

PARAGRAFO 2. Los dineros recibidos por concepto de la explotación de las áreas comunes sólo podrán beneficiar a la persona jurídica y serán destinados al pago de los gastos y expensas comunes del conjunto residencial.

ARTÍCULO 76. SALA DE ESPERA. El lugar destinado como recepción o sala de espera tendrá el uso exclusivo para tal fin, no se permite el depósito de enseres o demás objetos, ni reuniones masivas en el mismo.

La administración ni ningún órgano de control o administrativo, podrá autorizar la realización de actividades políticas, comerciales, ni de reclutamiento, ni sociales en este lugar.

CAPITULO XVII

PARQUEADEROS

ARTICULO 77. Está Prohibido usar los parqueaderos como depósitos, para almacenar muebles, enseres, materiales de construcción, etc

ARTICULO 78. La utilización de los parqueaderos estará sujeta a las reglas contempladas en el Reglamento de Propiedad Horizontal, manual de parqueaderos y manual de convivencia así:

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1. 1-Está prohibido excepto lo aprobado o por la Asamblea y/o Consejo, usar los parqueaderos para lavar los autos o someterlos a reparaciones mecánicas, esto produce desaseo y contaminación, representa riesgos para la seguridad. Naturalmente, se pueden efectuar las reparaciones urgentes, como o el cambio de una llanta, o la carga de una batería, lo cual es diferente a convertir el parqueadero en taller.

2. 2-Se amonestará por primera vez a los propietarios de los automotores sin silenciador, a los que no guarden respeto por los vecinos con radio a alto volumen, pito, sirenas, alarmas o similares, así como los vehículos que en áreas comunes superen los 10 kilómetros por hora al transitar. En caso de reincidencia a se aplicarán las sanciones estipuladas en el presente Manual de Convivencia o en el Reglamento de Propiedad Horizontal.

3. El mismo sistema anterior se aplicará a los propietarios cuyos vehículos presenten fuga de aceites que deterioren el área de parqueo, o en todo caso que atenten contra el aseo y presentación de las zonas comunes.

4. 4.El copropietario y/o residente debe informar por escrito a la Administración, todo cambio de vehículo autorizado para ingresar a la zona de parqueo propia de cada unidad, precisando su número de placa, marca y color. De no hacerlo, se podrán aplicar las sanciones contempladas en el Manual de Convivencia.

5. 5.Se prohíbe el uso temporal o permanente de los parqueaderos de visitantes como parqueaderos de propietarios o la asignación de los mismos sin la debida aprobación en la Asamblea de propietarios. Se aplicará sanción a quien no cumpla esta disposición.

6. Cualquier daño causado por uno de los usuarios a cualquiera de los vehículos deberá ser reportado inmediatamente a la Administración, quien según las circunstancias deberá avisar a las autoridades de tránsito.

7. Los usuarios deberán dejar los vehículos debidamente cerrados. La Administración no responderá por la seguridad de ningún objeto dejado tanto al interior de los vehículos como sitios de parqueo, tales como bicicletas, triciclos, muebles y cajas entre otros.

PARAGRAFO. En caso de molestias reportadas a la administración, y previo al trámite respectivo, se impondrá las sanciones equivalentes a ( ) S.M.D.L.V.

ARTICULO 79: Queda prohibido utilizar los garajes para guardar material inflamable, sustancias peligrosas, desperdicios sólidos, químicos tóxicos, estupefacientes, sustancias ilegales, bienes de procedencia ilícita, armas o materiales explosivos, animales, productos alimenticios perecederos, desperdicios y basuras o cualquier otra mercancía que pueda causar daños o poner en peligro las instalaciones físicas de la copropiedad o la seguridad de las personas que habitan en ella.

CAPITULO XVIII

DE LOS TRASTEOS Y MUDANZAS

ARTÍCULO 80. Para permitir el acceso o salida de cualquier trasteo o mudanza se requiere el PAZ Y SALVO expedido por la Administración, se deberá enviar carta a la Administración con un mínimo de ocho (3) días de anticipación, dando aviso de este hecho, informando la fecha y hora en que lo va a realizar; la duración del mismo, el número de la unidad privada, el detalle del trasteo y el nombre de la persona que coordinará la realización del mismo.

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PARAGRAFO 1. Los propietarios o arrendatarios que no estén al día con el pago de las cuotas de la Administración, pagos extraordinarios y/o multas no tendrán autorización para ingresar o retirar trasteos hasta cuando no tengan su paz y salvo.

PARAGRAFO 2. Para ser retirado del Conjunto todo electrodoméstico o enser deberá tener autorización del dueño.

ARTIÍCULO 81. El propietario o arrendatario deberá cancelar las cuotas de administración hasta el mes en que se efectúe la mudanza además deberá suscribir un formato donde se responsabiliza de cubrir los daños que pueda ocasionar, el pago de tales daños deberá ser realizado conjuntamente con la siguiente cuota de administración.

PARAGRAFO 1. El horario para trasteos será de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. de lunes a sábado. Los domingos, festivos y fechas decretadas por el Gobierno NO se autorizará el ingreso y salida de trasteos o mudanzas.

PARAGRAFO 2.- Por seguridad no se permite el ingreso de vehículos para la entrada y salida de trasteos.

CAPITULO XIX

VISITAS, PEDIDOS A DOMICILIO, VENDEDORES AMBULANTES, DISTRIBUCION

DE PROPAGANDA Y OTROS SERVICIOS PUERTA A PUERTA

ARTÍCULO 82. DOMICILIOS: Sin excepción, el ingreso de visitantes, domiciliarios y de personas que presten servicios, será autorizado por el propietario o residente y la estadía de ellos dentro del conjunto estará bajo su responsabilidad.

Todo domiciliario sin excepción deberá portar el chaleco que lo identifique en las áreas comunes con esta clase de servicio.

No se permite el ingreso de personas con el fin de realizar entrega o distribución de propaganda u otros servicios, para este caso se encuentran dispuestos los casilleros de correspondencia.

ARTÍCULO 83. En caso de ingreso al conjunto de personas del servicio doméstico o de obreros, estas deben ser registradas por el propietario y/o residente del apartamento contratante, indicando por escrito en que días y horas se le permitirá el ingreso, así como el nombre y apellido, documento de identificación, dirección y teléfono de procedencia, haciendo entrega de esta autorización a la administración con copia a la portería con fines de control y seguridad.

CAPITULO XX

DEL DESCANSO Y LA TRANQUILIDAD

ARTÍCULO 84. Los principios de sana convivencia, nos indican sobre el límite de ruidos, sonoridad, o volumen de nuestros equipos o televisores, estos deberán ser siempre graduados en consideración al recato y respeto que debamos con nuestros copropietarios. (Ley 627 de 2006).

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ARTÍCULO 85. Cualquier interrupción del descanso nocturno o dominical ya sea por ruidos de electrodomésticos o reparaciones fuera del horario, que rompan el equilibrio de la norma de convivencia, se sancionaran como faltas leves según el presente manual.

PARAGRAFO 1. El horario para adelantar reparaciones o reformas en los inmuebles, será de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:00 p.m. y sábado de 8:00 a.m. a 12:00 p.m. Los domingos y festivos no se permite la realización de trabajos.

PARÁGRAFO 2. Para realizar obras locativas o cualquier tipo de remodelación, se requiere una comunicación por escrito a la administración, informando: Clase de obra, duración de la misma, así como los datos personales de los trabajadores. La no realización de este reporte ocasionará sanción como falta grave, sin perjuicio de las que se surtan por el incumplimiento a demás obligaciones dispuestos en este Manual.

CAPITULO XXI

DEL PARQUE INFANTIL

ARTÍCULO 86.

1. El parque infantil está diseñado sólo para niños menores de diez (10) años 2. El personal de vigilancia puede hacer el llamado respectivo por el mal uso que se esté presentando

por los menores o adultos. 3. Los dueños de mascotas deben abstenerse de llevarlas a los jardines e instalaciones del parque

(rodadero, columpios, etc.). 4. El incumplimiento de esta norma será motivo de sanción catalogadas en las faltas leves o graves,

según el caso.

CAPITULO XXII

DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

ARTÍCULO 87. CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

1. El Consejo de Administración será nombrado por la Asamblea General de Propietarios ya sea ordinaria o extraordinaria por el período que ésta establezca de acuerdo con el Reglamento interno de la copropiedad.

2. Los miembros del Consejo de Administración, podrán elaborar un reglamento interno donde se mencionen las funciones y compromisos y responsabilidades adquiridas y establecidas en el reglamento interno.

3. La Asamblea podrá conceder beneficios por cada período a los miembros que lo conforman, previo el cumplimiento del reglamento que para ellos establezcan.

4. Ningún miembro del Consejo de Administración podrá beneficiarse de la suscripción de contratos que establezca la copropiedad, si se llegara a comprobar esta falta, quedará fuera del órgano e inhabilitado durante cinco (5) años para integrar comités dentro de la copropiedad, sin perjuicio de las sanciones penales a que haya lugar.

5. Los miembros del Consejo de Administración, deberán estar al día por cualquier concepto ante la administración, en el momento de su elección como durante su permanencia sin excepción alguna, situación que debe ser verificada en su momento.

6. Los miembros del consejo de administración son responsables de sus actos administrativos durante su gestión y en caso de haber un detrimento al patrimonio del conjunto a causa de decisiones tomadas por los consejeros del momento, serán ellos quienes respondan legalmente ante la comunidad llevando un debido proceso.

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7. El miembro del consejo de administración para efectos de cualquier tipo de contratación sin importar el monto deberá presentar como mínimo 3 cotizaciones las cuales deben tener datos claros como son:

a. Nombre de la empresa b. Nombre del representante legal c. Nit, o número de Cedula. d. dirección clara e. número telefónico f. Especificado el trabajo a realizar, tiempo de entrega, garantías y materiales a utilizar. g. Valores específicos de cada ítem. h. Valor total del contrato y forma de pago.

8. el consejo de administración tiene potestad para autorizar al administrador contratos hasta por valor de $8.000.000 de pesos, para un monto superior deberá solicitar autorización de la asamblea, excepto dicho contrato corresponda a un rubro aprobado en el presupuesto. 9. el consejo de administración debe actuar bajo los direccionamientos dados en la asamblea ordinaria, el reglamento de propiedad Horizontal, la ley 675, el código de policía, el reglamento de parqueaderos, y el manual de convivencia. Con el fin de cumplir las normas sin desconocer los derechos de propietarios y residentes.

CAPÍTULO XXIII

DE LAS SANCIONES POR INASTENCIA A REUNIONES DE ASAMBLEA GENERAL O

EXTRAORDINARIA

ARTÍCULO 88. La inasistencia de los propietarios o sus representantes a la Asamblea General de

Copropietarios, bien sea ordinaria o extraordinaria, dará lugar a la sanción pecuniaria de una (1) cuota de

administración se realice o no la asamblea, la cual deberá ser cancelada a más tardar dentro de los (10) días

siguientes de la celebración de la respectiva reunión, so pena de aplicar la sanción moratoria previstos en el

Reglamento de Propiedad Horizontal para cuota de administración. Dicha obligación será exigible aún por vía

ejecutiva. (Tiene 5 días hábiles para presentar sus descargos) sino fueren aceptados por el Consejo cancelará

la multa establecida a más tardar en la próxima cuota de administración).

PARAGRAFO 1. El propietario debidamente acreditado, mediante poder suscrito podrá hacerse representar

en la Asamblea general por su apoderado. Un propietario solamente podrá representar a otro copropietario en

la Asamblea General.

VIGENCIA

El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación y su promulgación. CUMPLIMIENTOS ADICIONALES Además, aplicarán todas las disposiciones contempladas en: a) Ley 675 de agosto de 2001 y nuestro Reglamento de Propiedad Horizontal.

b) Todas las disposiciones contenidas en el Código de Policía.

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c) Todas las disposiciones contenidas en la Ley 746 de 2002 – Tenencia de Mascotas- EL INCUMPLIMIENTO DE ESTE MANUAL DARA LUGAR A LAS SANCIONES ESTABLECIDAS EN EL REGLAMENTO DE PROPIEDAD HORIZONTAL CAPITULO XIX El presente Documento se aprueba por la Asamblea General Ordinaria, en su reunión del día________ mes_______ del año 2019, según consta en Acta No. ____________