RESOLUCiÓN N°I00-2015 (FIN) - Gob · 2016. 9. 20. · 8 20561206344 1331 348.50 2015-1744166...

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Ministerio de Economía y Finanzas Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado RESOLUCiÓN N°I00-2015 (FIN) Jesús María, 26 de noviembre de 2015 VISTO: ElInforme N2036-2015-FIN/EMN, de fecha 18 de noviembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos del visto, se informa que a través de la Unidad de Trámite Documentario del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, personas naturales y jurídicas, en lo sucesivo los recurrentes, han presentado 360 solicitudes de devolución de tasa; Que, el derecho de tramitación en los procedimientos administrativos procede sólo cuando implique para la Entidad la prestación de un servicio especifico e individualizable, tal como lo establece el numeral 1) del articulo 44 2 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, el inciso e)de la Norma IIdel Titulo Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N2 135-99-EF, establece que tasa es todo tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por parte del Estado de un servicio público individualizado; Que, en los arts. 38 2 y 39 2 del referido Código, se establecen que los pagos indebidos y en exceso se devuelven y en el inc. b) del art. 922 del mismo cuerpo legal se reconoce el derecho de los contribuyentes a exigir se les restituya lo pagado indebidamente y en exceso; Que, en el marco de lasdisposiciones citadas en los considerandos precedentes, setiene que de la evaluación de las 360 solicitudes de devolución de tasa, 348 constituyen al pago de tasas no válidas y no hubo prestación efectiva del servicio por parte del OSCE(Anexo N" OlA, Anexo N"016, Anexo N"2A, Anexo N" 026 YAnexo N" 3) y; Que, en el marco de las disposiciones citadas en los considerandos precedentes, de la evaluación de 12 solicitudes de devolución de tasa, se ha verificado hubo prestación efectiva de servicio por parte del OSCE(Anexo N" 05 YAnexo N" 06). De conformidad con lo dispuesto en el literal p) del articulo 40 2 del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE,aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF; SERESUELVE: ARTíCULO PRIMERO. - Declarar procedente trescientos cuarenta y ocho (348) solicitudes de devolución de tasas presentada por los recurrentes que se consignan en los Anexos N" OlA, Anexo N"016, Anexo N"2A, Anexo N" 026 YAnexo N" 03 del documento del visto, el mismo que forman parte integrante de la presente resolución, por un importe de S/. 60 574,50 (Sesenta Mil Quinientos Setenta y Cuatro y 50/100 Nuevos Soles) importe que descontando la comisión bancaria de 5/. 1 044,00(Un Mil Cuarenta y Cuatro y 00/100 Nuevos Soles), genera una devolución efectiva a los recurrentes por un importe de SI. 59 530,50 (Cincuenta y Nueve Mil Quinientos Treinta y 50/100 Nuevos Soles).

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Ministerio deEconomía y Finanzas

Organismo Supervisor delas Contrataciones delEstado

RESOLUCiÓN N°I00-2015 (FIN)

Jesús María, 26 de noviembre de 2015

VISTO:El Informe N2 036-2015-FIN/EMN, de fecha 18 de noviembre de 2015

CONSIDERANDO:

Que, mediante los documentos del visto, se informa que a través de la Unidad deTrámite Documentario del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE,personas naturales y jurídicas, en lo sucesivo los recurrentes, han presentado 360 solicitudes dedevolución de tasa;

Que, el derecho de tramitación en los procedimientos administrativos procede sólocuando implique para la Entidad la prestación de un servicio especifico e individualizable, talcomo lo establece el numeral 1) del articulo 442 de la Ley Nº 27444 - Ley del ProcedimientoAdministrativo General;

Que, el inciso e) de la Norma II del Titulo Preliminar del Texto Único Ordenado del CódigoTributario, aprobado por Decreto Supremo N2 135-99-EF, establece que tasa es todo tributocuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por parte del Estado de unservicio público individualizado;

Que, en los arts. 382 y 392 del referido Código, se establecen que los pagos indebidosy en exceso se devuelven y en el inc. b) del art. 922 del mismo cuerpo legal se reconoce elderecho de los contribuyentes a exigir se les restituya lo pagado indebidamente y en exceso;

Que, en el marco de las disposiciones citadas en los considerandos precedentes, se tieneque de la evaluación de las 360 solicitudes de devolución de tasa, 348 constituyen al pago detasas no válidas y no hubo prestación efectiva del servicio por parte del OSCE (Anexo N" OlA,Anexo N"016, Anexo N"2A, Anexo N" 026 YAnexo N" 3) y;

Que, en el marco de las disposiciones citadas en los considerandos precedentes, de laevaluación de 12 solicitudes de devolución de tasa, se ha verificado hubo prestación efectiva deservicio por parte del OSCE(Anexo N" 05 YAnexo N" 06).

De conformidad con lo dispuesto en el literal p) del articulo 402 del Reglamento deOrganización y Funciones del OSCE,aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF;

SERESUELVE:

ARTíCULO PRIMERO. - Declarar procedente trescientos cuarenta y ocho (348)solicitudes de devolución de tasas presentada por los recurrentes que se consignan en losAnexos N" OlA, Anexo N"016, Anexo N"2A, Anexo N" 026 YAnexo N" 03 del documento del visto,el mismo que forman parte integrante de la presente resolución, por un importe deS/. 60 574,50 (Sesenta Mil Quinientos Setenta y Cuatro y 50/100 Nuevos Soles) importe quedescontando la comisión bancaria de 5/. 1 044,00(Un Mil Cuarenta y Cuatro y 00/100 NuevosSoles), genera una devolución efectiva a los recurrentes por un importe de SI. 59 530,50(Cincuenta y Nueve Mil Quinientos Treinta y 50/100 Nuevos Soles).

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Ministerio deEconomía y Finanzas

Organismo Supervisor delas Contrataciones del "Estado ,

ARTfcUlO SEGUNDO. - Declarar no procedente doce (12) solicitudes de devolución detasa presentadas por el recurrentes que se consigna en el Anexo W 05 y Anexo W 06 deldocumento del visto, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución.

Registrese y Comuniquese

epe. MARiHI. ¡".'¡¡;':. aVISPEJefe de Uniot;¡J Jtl f.iól.mlas

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ANEXO N' 05 DE LA RESOLUCION N' 1QO.2015-ftN

TASAS QUE NO PROCEDEN DEVOLVER

POR INSCRIPCION/RENOVACtON DE INSCRIPCIDN EN El RNP

•• "" ••••••••.•{ lWón...o.l ..,..... hu po ••••• HIT"*""'- •••••••• _ ,..... NO ......,...., "" Compromnte '"""_ •. _ ..

'l. """"""o. ,....-.,.. Rep"eNn_. ¡epi ....' Oevo/verS{.

INICIÓ PROCEDlMIH<lO{ ~E £VALUO !XP V fkAMITE NO SEAPROBO Al, 20506628459 ARAMAR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA 206 34900 2015-7738141NO SUaSANAIl OaSEIlVACIONES DErHRO OH PLAZO

6-2225832 03/06{2015 RAFFO NEYRAAlICIA SOFIA 8162117 OOTOIIGAOO(kAflfICADO POR ACTO ADMINISTRATIVO QUE lIaUElVE 11.

RECONSIDERACIONI

INICIO PROCEDIMIENTO/ SE EVALUO EXP V fflAMIH NO SEAPROBO AL

2 2050662845'3 ARAMAR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA 206 349.00 2015.7738731NO SUBSANAR OBSERVACIONES DENTRO OH PLAZO

6-2225849 03/06/2015 RAHO NfYRA ALICIA SOFIA 8762711 OOTORGAOO(kAT1FICADO POR ACTO ADMINISTRATIVO QUE RESUElVE R.

RECON~IOERACIONI

ENVIO fORMUlARIO ELEClRONICO DE INlI(RIPCION EN EL IlEGISTRO DE, 20600503618 INVERSIONES DOS TORRES S,A,C 266050070003401 221.00 2015-7146599 BIEN!.S V SERVICIOS. SE EVAWO V SU TRAMITE SEAPROBO 6.221'3285 18/08{2015 VARGAS VILLACORTA. FRANCISCO ROMAIN 10312010 OAUTOMATICAMENH EN EL REG SERVICIOS

ENVIÓ FORMULARIO ELECTRONICO DE RINOVACION DE INSCRIPCION EN, 10434155059 CAYO MAMANl MARI20LA 168044 221.00 2015.7138027 EL REGISTIlO DE BIENES V SERVICIOS. SE EVALUó V ~U TRAMITE SE 6.2341393 04/11/2015 OAPROIlO AUTOMATICAM!NH

CONSTRUCTORA E INM08111ARIA AMIR S. A.ENVlU FORMULARIO ELECTRONICO DE INlI(RIPCION EN EL RIGISTIlO DE

10/02{2015 8RAVO CAlAS MIGUEL ANGEL 40832'38'3 O, 20536963929 e 173362 221.00 2015.774695'3 BIENES T SERVICIOS. SE EVALUO y SU TRAMITE SEAPROBO 6-2145909

1 ENVIO FORMULARIO ElECTRONICO DE RENOVACION O£ INSCRIPCION

6 10416117813 FLORES PANDO JULIO JUNIOR 167733 50.00 2015.7743421 EN EL REGISTRO DE BI(NES V SERVICIO~. SE £VAWO V SU TRAMITE SE 6.2342635 05/11/2015 OAPR080 AUTOMATICAMENTE IN El RIG. BIENIS I SIIlVICIOS

ENVIO FORMULARIO UEClRONICO DE:RENOVACION DE INSCM1PCION EN

7 20494281032 AvECA S.R.L 201611 221.00 2015-1743202 EL IIEGISTRO SERVICIOS. ~E EVAlUO YSU TRAMIH SEAPROBó 6-2341381 04/11/2015 VELARDE PRETEt JUAN CARlOS 28291972 OAUTOMATICAMENTE

NEW VICTORY CONTRATISTAS GENERALESINICIO PROCErnMIENTO. S[ EVAlUO EXP, y EL TlLAMITE NOS! HA

8 20561206344 1331 348.50 2015-1744166 APROBADO AL NO HABER SUllSANADO LAS OB~ERVACIONES 6-2259821 21/07/2015 RIOS FLORES DlTMAR 5346121 OS.A.C

EFECTUAOAS. OfNTRO OfL PLAZO OTORGADO

INICIÓ PIl;OCEDIMIENTO. SE £VALUO EXP, y El T/lAMllE NO SEHA, 20568201081 CORPORACION WHITOCO E.I.R.L. 322943 348.SO 2015-7750458 APROBAOO AL NO HA8ER SUBSANADO LAS 08SERvACIONES 6-2288656 29/08/2015 FLORES AGUILAR AYDEE 42863581 OEFECTUADAS. DENTRO DEL PLAZO OTORGADO

SI. 2.)29.00

Página 1 os

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