Resolucion de Tramite Familia

1
Juicio No. 15 651 Of. 3o. JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA: Guatemala, seis de marzo de dos mil quince---------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Para su trámite en la vía oral, se admiten las presentes diligencias que por aumento de pensión alimenticia plantea ELIAZAR MAXIMILIANO MARROQUIN PEREZ en contra de BRUNDY AZUCENA JUAREZ SANTIZO, teniendo como parte de la misma la documentación acompañada; II) se toma nota de la dirección y procuración con la que actúan los presentados, así como del lugar señalado para recibir notificaciones; III) Por ofrecidas las pruebas relacionadas e individualizadas; IV) Para la comparecencia de las partes a juicio ordinario, se señala la audiencia del día seis de abril del año en curso a las ocho horas en punto. Apercibiéndoles que dicha audiencia deberán comparecer personalmente en caso contrario serán declarados rebeldes y al demandado confeso en las pretensiones de la parte actor; c) para el estudio socioeconómico se comisiona a la trabajadora social tercera. Artículos 29, 31, 44, 51, 61, 66, 71,75, 106, 107, 109, 199, 200, 201, 202, 203, 204, 205, 206, 212, 213, 214, 215, 216 del Decreto Ley 107. 12, 14 y 20 de la Ley de Tribunales de Familia

description

resolucion de tramite ramo familiar

Transcript of Resolucion de Tramite Familia

Page 1: Resolucion de Tramite Familia

Juicio No. 15 651 Of. 3o.

JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA: Guatemala, seis de marzo de dos mil quince-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Para su trámite en la vía oral, se admiten las presentes diligencias que por aumento de

pensión alimenticia plantea ELIAZAR MAXIMILIANO MARROQUIN PEREZ en contra de

BRUNDY AZUCENA JUAREZ SANTIZO, teniendo como parte de la misma la documentación

acompañada; II) se toma nota de la dirección y procuración con la que actúan los presentados,

así como del lugar señalado para recibir notificaciones; III) Por ofrecidas las pruebas

relacionadas e individualizadas; IV) Para la comparecencia de las partes a juicio ordinario, se

señala la audiencia del día seis de abril del año en curso a las ocho horas en punto.

Apercibiéndoles que dicha audiencia deberán comparecer personalmente en caso contrario

serán declarados rebeldes y al demandado confeso en las pretensiones de la parte actor; c)

para el estudio socioeconómico se comisiona a la trabajadora social tercera. Artículos 29, 31,

44, 51, 61, 66, 71,75, 106, 107, 109, 199, 200, 201, 202, 203, 204, 205, 206, 212, 213, 214,

215, 216 del Decreto Ley 107. 12, 14 y 20 de la Ley de Tribunales de Familia