Resposabilidades del profesional de salud

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RESPONSABILIDAES DEL TRABAJADOR DE SALUD

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RESPONSABILIDAES

DEL

TRABAJADOR DE

SALUD

Page 2: Resposabilidades del profesional de salud

Dr. Lincoln Maylle Antaurco

Cel. 993029658

E-mail

[email protected]

Web:

curso: negligencia medica

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SITUACIÓN ACTUAL Y DIAGNÓSTICO DE LOS ERRORES MÉDICOS

EN ESTADOS UNIDOSEstudios llevados a cabo por el Instituto de

Medicina de la Academia Nacional de Ciencias

así como la Universidad de Harvard han

revelado algunos hechos alarmantes.

Las negligencias médicas, al igual que los errores médicos, causan alrededor de

98,000 muertes prematuras al año y sin embargo, menos de la mitad de los médicos

del país se enfrentan a sanciones sustanciales debido a errores negligentes.

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PERÚSegún el INEI (2007), somos 28'220.764 peruanos. Perú

crece a razón de 400,000 habitantes por año.

Para el 2009 28’820,764

Masa de trabajadores de Salud actual: 300,000

TOTAL MÉDICOS REGISTRADOS: 55,105

MÉDICOS RESIDENTES POR AÑOS: 1,042

TOTAL DE ENFERMERAS (OS) REGISTRADOS: 53,500

SITUACIÓN ACTUAL Y DIAGNÓSTICO DE LOS ERRORES MÉDICOS

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ACTOS MÉDICOS EN UN AÑO: 50 MILLONES

CANTIDAD DE MALA PRÁCTICA DENUNCIADAS EN UN AÑO

(10 NACIONALES, 5 DE ESSALUD) : 520 (O.O1%)

CANTIDAD DE DENUNCIAS ANTE:

COLEGIO MÉDICO: 245

DEFENSORÍA DEL PUEBLO: 80

INDECOPI: 60

PODER JUDICIAL: 135

SITUACIÓN ACTUAL Y DIAGNÓSTICO DE LOS ERRORES MÉDICOS

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SISTEMA DE SALUD

PERSONA HUMANA

Page 7: Resposabilidades del profesional de salud

SISTEMA DE SALUDReglas de la administración científica

Calidad del servicio de salud

Servidores (profesionales, técnicos, administrativos)

Uso equilibrado (racionalización) de los recursos

humanos (médicos, enfermeras, técnicos, etc.),

materiales (instalaciones, equipos)

financieros (dinero),

y tecnológicos (sistemas y procedimientos)

Evaluando (Auditoria) el resultado de la acción

Desviaciones (de protocolos, guías y normas)

Cinco elementos básicos de la administración (Planeamiento,

Organización, Dirección, Coordinación y Evaluación)

PERSONA HUMANA

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EL JURAMENTO HIPOCRÁTICO VIGENTE

10 PRINCIPIOS

Page 9: Resposabilidades del profesional de salud

LA DOCTRINA HIPOCRÁTICA

10 PRINCIPIOS DEL TRABAJADOR DE SALUD

1.- Respeto y estimación al maestro

2.- Ejercer la docencia con Ética

3.- Respetar las Normas, Códigos y Reglamentos

4.- Aplicar los principios de la Bioética

5.- Respetar la Vida del ser humano.

6.- Evitar la mala praxis: Delitos Culposos

7.- Evitar los Delitos dolosos y la Corrupción

8.- Guardar el Secreto Profesional

9.- Disfrutar del buen ejercicio profesional

10.- Ejercer con Responsabilidad

Hipócrates 400 a.c.

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PRINCIPIOS ÉTICOS

INCAS

AMA SUA (Honesto)

AMA LLULLA (veraz)

AMA QUELLA (trabajador)

AMA AUQA (Lealtad)

AMA LLUNCO (No adular)

(Grato, agradecido)

Page 11: Resposabilidades del profesional de salud

RESPONSABILIDADES

DEL TRABAJADOR

DE SALUD

Page 12: Resposabilidades del profesional de salud

Responsabilidades del trabajador de

Salud

1.- R. Moral

2.- R. Ética

3.- R. Administrativa

4.- R. Civil

5.- R. Penal

6.- R. Ante INDECOPI

Page 13: Resposabilidades del profesional de salud

2.- R. Ética

108º

Page 14: Resposabilidades del profesional de salud

3.- R.

Administrativa

191º

Page 15: Resposabilidades del profesional de salud

4.- R. Civil

2122º

Page 16: Resposabilidades del profesional de salud

5.- R. Penal

425º

Page 17: Resposabilidades del profesional de salud

780 Páginas

44 Capítulos

Page 18: Resposabilidades del profesional de salud

¿QUÉ ES MALA

PRÁCTICA MÉDICA?

Page 19: Resposabilidades del profesional de salud

¿QUÉ ES MALA

PRÁCTICA MÉDICA?

Es la práctica deficiente de la medicina, incluye

los actos por comisión u omisión del

profesional de salud.

Los actos por comisión implican una práctica

profesional incorrecta.

Los actos por omisión son los actos que de

haberse realizado hubiera evitado las

consecuencias.

Page 20: Resposabilidades del profesional de salud

¿QUÉ ES MALA PRÁCTICA MÉDICA?

Page 21: Resposabilidades del profesional de salud

RESPONSABLIDADES DEL

EJERCICIO MÉDICO

1. R. Moral

2. R. Ética

3. R. Administrativa

4. R. Penal

5. R. Civil

6. R. Ante Indecopi

Page 22: Resposabilidades del profesional de salud

RESPONSABLIDADES DEL

EJERCICIO MÉDICO

Responsabilidad: Capacidad para

aceptar las consecuencias de un acto

consciente y voluntario. Obligación de

reparar y satisfacer la pérdida causada, el

mal inferido o el daño originado

Page 23: Resposabilidades del profesional de salud

RESPONSABLIDADES

DEL EJERCICIO MÉDICO

EVASIÓN

DE LA

RESPONSAB

ILIDAD

Page 24: Resposabilidades del profesional de salud

RESPONSABLI

DAD

PENAL

DEL

PROFESIONAL

DE SALUD

Page 25: Resposabilidades del profesional de salud

DEL PROFESIONAL

DE SALUD

La R. Penal está normado por el Código

Penal, que tiene por finalidad penar o

castigar a quien ha cometido un hecho

punible. La pena precisa de la lesión o

puesta en peligro de los bienes jurídicos

tutelados por ley: la vida y la salud.

Page 26: Resposabilidades del profesional de salud

¿QUÉ ES EL DELITO?

Es delito toda acción u

omisión típicamente

antijurídico, culpable,

imputable y punible

Page 27: Resposabilidades del profesional de salud

¿QUÉ ES EL DELITO?

Es típico, porque es una

característica del delito,

consistente en que una conducta

está descrita en forma expresa en

la ley como delito.

Page 28: Resposabilidades del profesional de salud

¿QUÉ ES EL DELITO?

Es antijurídico: es la característica de un

hecho contrario al orden jurídico de la

sociedad.

Page 29: Resposabilidades del profesional de salud

¿QUÉ ES EL DELITO?

Es culpable: porque se identifica

el sujeto responsable de la

comisión del delito.

Page 30: Resposabilidades del profesional de salud

¿QUÉ ES EL DELITO?

Imputable: porque la persona que obró se

encuentra en pleno uso de sus facultades,

en forma consciente y voluntaria

Page 31: Resposabilidades del profesional de salud

¿QUÉ ES EL DELITO?

Punible: porque tiene una pena

Pena: Sanción o castigo impuesto por la

autoridad competente al que ha cometido

un delito.

Page 32: Resposabilidades del profesional de salud

ACTOS

MÉDICOS

DOLOSOS

Page 33: Resposabilidades del profesional de salud

ACTOS MÉDICO

DOLOSOS

1. ABORTO ART. 117° C.P.

2. MUTILACIONES Y LESIONES ART. 121°

C.P.

3. EUTANASIA ART. 112° C.P.

4. VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL

ART. 171°, 174° C.P.

5. INTERMEDIACIÓN ONEROSA DE ÓRGANOS Y

TEJIDOS ART.328-A C.P.

6. VIOLACIÓN DEL SECRETO

PROFESIONAL ART. 165° C.P.

Page 34: Resposabilidades del profesional de salud

ACTOS MÉDICO

DOLOSOS

8.- EJERCICIO ILEGAL DE LA MEDICINA

ART.290° C.P.

9.- EJERCICIO MALICIOSO DE LA

MEDICINA ART. 291° C.P.

10.- CLONACIÓN DE SERES HUMANOS

ART. 324° C.P.

11.- EXPOSICIÓN, ABANDONO DE PERSONA EN

PELIGRO ART. 125°, 128° C.P.

12.- ABANDONO AGRAVADO

ART. 129° C.P.

Page 35: Resposabilidades del profesional de salud

ABORTO

ARTÍCULO 114° AUTOABORTO

ARTÍCULO 115° ABORTO

CONSENTIDO

ARTÍCULO 116° ABORTO SIN

CONSENTIMIENTO

ARTÍCULO 117° CIRCUNSTANCIA

AGRAVANTE

ARTÍCULO 118° ABORTO

PRETERINTENCIONAL

ARTÍCULO 119° ABORTO

Page 36: Resposabilidades del profesional de salud

ABORTO

ARTÍCULO 117° C.P. CIRCUNSTANCIA

AGRAVANTE ESPECÍFICA

“ El médico, obstetra, farmacéutico, o

cualquier otro profesional sanitario, que

abusa de su ciencia o arte para causar el

aborto, será reprimida con la pena de los

artículos 115° y 116° e inhabilitación,

conforme al artículo 36°, incisos 4 y 8”

Page 37: Resposabilidades del profesional de salud

EUTANASIA

ARTÍCULO 112° C.P. HOMICIDIO

PIADOSO

“El que, instiga a otro el suicidio o lo ayuda

a cometerlo, será reprimido, si el suicidio

se ha consumado o intentado, con pena

privativa de libertad no menor de uno, ni

mayor de cuatro años”

Page 38: Resposabilidades del profesional de salud

VIOLACIÓN DE LA

LIBERTAD SEXUAL

ARTÍCULO 171° VIOLACIÓN DE

PERSONA EN ESTADO DE

INCONSCIENCIA O EN LA IMPOSIBILIDAD

DE RESISTIR

“. . . Cuando el autor comete este delito

abusando de su profesión, ciencia u oficio, la

pena será privativa de la libertad no menor de

ocho ni mayor a doce años”.

Page 39: Resposabilidades del profesional de salud

VIOLACIÓN DE LA

LIBERTAD SEXUAL

ARTÍCULO 174° VIOLACIÓN DE

PERSONA BAJO AUTORIDAD O

VIGILANCIA

“ El que aprovechando la situación de

dependencia, autoridad o vigilancia . . . A

una persona colocada en un hospital, asilo u

otro establecimiento similar o que se halle

detenida o recluida o interna, será reprimido

con pena privativa de libertad no menor de

cinco ni mayor de ocho años e inhabilitación

Page 40: Resposabilidades del profesional de salud

INTERMEDIACIÓN

ONEROSA DE ÓRGANOS

Y TEJIDOS

ART. 318-A

“Será reprimido con pena privativa de

libertad no menor de tres ni mayor de seis

años el que, por lucro y sin observar la ley

de la materia, compra, vende, importa,

exporta, almacena o transporta órganos o

tejidos humanos de personas vivas o de

cadáveres. . .

Page 41: Resposabilidades del profesional de salud

INTERMEDIACIÓN

ONEROSA DE ÓRGANOS

Y TEJIDOS

ART. 318-A

“. . . Si el agente es un profesional médico o

sanitario o funcionario del sector salud, será

reprimido con pena privativa de libertad no

menor de cuatro ni mayor de ocho años e

inhabilitación conforme al artículo 36° incisos

1, 2, 4, 5 y 8°. . .”

Page 42: Resposabilidades del profesional de salud

VIOLACIÓN DEL

SECRETO PROFESIONAL

ART. 165°

“El que, teniendo información por razón de

su estado, oficio, empleo, profesión o

ministerio, de secretos cuya publicación

pueda causar daño, los revela sin

consentimiento del interesado, será

reprimido con pena privativa de libertad no

mayor de dos años y con sesenta a ciento

veinte días-multa”

Page 43: Resposabilidades del profesional de salud

DELITO CONTRA LA

FE PÚBLICA

ART. 428° FALSEDAD

IDEOLÓGICA

“ El que inserta o hace insertar, en

instrumento público, declaraciones falsas

concernientes a hechos que deban probarse

con el documento, con el objeto de emplearlo

como si la declaración fuera conforme a la

verdad, será reprimido, si de su uso puede

resultar algún perjuicio, con pena privativa de

libertad no menor de tres ni mayor de seis

Page 44: Resposabilidades del profesional de salud

DELITO CONTRA LA

FE PÚBLICA

ART. 428° C.P. FALSEDAD

IDEOLÓGICA

“. . . El que hace uso del documento como

si el contenido fuera exacto, siempre que

de su uso pueda resultar algún perjuicio,

será reprimido, en su caso, con las mismas

penas.”

Page 45: Resposabilidades del profesional de salud

DELITO CONTRA LA

FE PÚBLICA

ART. 430° C.P. SUPRESIÓN,

DESTRUCCIÓN U OCULTAMIENTO DE

DOCUMENTOS.

“ El que suprime, destruye u oculta un

documento, en todo o en parte de modo que

pueda resultar perjuicio para otro, será

reprimido con la pena señalada en los artículos

427° y 428°, según sea el caso”.

Page 46: Resposabilidades del profesional de salud

DELITO CONTRA LA

FE PÚBLICA

ART. 431° C.P. EXPEDICIÓN DE

CERTIFICADO MÉDICO FALSO

“ El médico que, maliciosamente, expide un

certificado falso respecto a la existencia o no

existencia, presente o pasada, de

enfermedades físicas o mentales, será

reprimido con pena privativa de libertad no

mayor de tres años e inhabilitación de uno a

dos años, conforme al artículo 36°, incisos 1

Page 47: Resposabilidades del profesional de salud

DELITO CONTRA LA

FE PÚBLICA

ART. 431° C.P. EXPEDICIÓN DE

CERTIFICADO MÉDICO FALSO

“. . . Cuando se haya dado la falsa

certificación con el objeto que se admita o

interne a una persona en un hospital para

enfermos mentales, la pena será privativa

de libertad no menor de tres ni mayor de

seis años e inhabilitación de dos a cuatro

años, conforme el artículo 36° incisos 1 y 2.

Page 48: Resposabilidades del profesional de salud

DELITO CONTRA LA

FE PÚBLICA

ART. 431° C.P. EXPEDICIÓN DE

CERTIFICADO MÉDICO FALSO

“. . . El que haga uso malicioso de la

certificación, según el caso de que se trate,

será reprimido con las mismas penas

privativas de libertad”.

Page 49: Resposabilidades del profesional de salud

EJERCICIO ILEGAL

DE LA MEDICINA

ART. 290° C.P.

“Será reprimido con pena privativa de

libertad no menor de un año ni mayor de

cuatro años, el que simulando calidad de

médico u otra profesión de las ciencias

médicas, que sin tener título profesional,

realiza cualquiera de las acciiones

siguientes:

1.- Anuncia, emite diagnósticos, prescribe,

administra o aplica cualquier medio

Page 50: Resposabilidades del profesional de salud

EJERCICIO ILEGAL

DE LA MEDICINAART. 290° C.P.

“ 2.- Expide dictámenes o informes

destinados a sustentar el diagnóstico, la

prescripción o la administración a que se

refiere el inciso 1.

La pena será no menor de dos ni mayor de

cuatro años, si como consecuencia de las

conductas referidas en los incisos 1 y 2 se

produjera alguna lesión leve; y no menor de

cuatro ni mayor de ocho años, si la lesión

fuera grave en la víctima. En caso de

muerte de la víctima, la pena privativa de la

Page 51: Resposabilidades del profesional de salud

MALICIOSO Y

DESLEAL DE LA

MEDICINA

ART. 291°

“El que, teniendo título, anuncia o promete

la curación de enfermedades o término fijo

o por medios secretos o infalibles, será

reprimido con pena privativa de libertad no

mayor de dos años o con prestación de

servicio comunitario de veinte a

cincuentidos jornadas.”

Page 52: Resposabilidades del profesional de salud

CLONACIÓN DE

SERES HUMANOS

ARTÍCULO 324° C.P.

MANIPULACIÓN GENÉTICA

“Toda persona que haga uso de cualquier

técnica de manipulación genética con la

finalidad de clonar seres humanos, será

reprimido con pena privativa de la libertad

no menor de seis ni mayor de ocho años e

inhabilitación conforme el artículo 36°

incisos 4 y 8.”

Page 53: Resposabilidades del profesional de salud

ABANDONO DE

PERSONA EN

PELIGRO

ART. 125° C.P.

“El que expone a peligro de muerte o de

grave e inminente daño a la salud o

abandona en iguales circunstancias a un

menor de edad o a una persona incapaz de

valerse por si misma que estén legalmente

bajo su protección o que se hallen de hecho

bajo su cuidado, será reprimido con pena

privativa de libertad no menor de uno ni

Page 54: Resposabilidades del profesional de salud

ABANDONO DE

PERSONA EN

PELIGRO

ART. 128° C.P.

“El que expone a peligro la vida o la salud

de una persona colocada bajo su autoridad,

dependencia, tutela, curatela sea privándola

de alimentos o cuidados indispensables. . .

Será reprimida con pena privativa de

libertad no menor de uno ni mayor de

cuatro años.. . ”

Page 55: Resposabilidades del profesional de salud

PELIGRO O

ABANDONO

AGRAVADO

ART. 129°

“En los casos de los artículos 125° y 128°,

si resulta lesión grave o muerte y éstas

pudieron ser previstas, la pena será

privativa de libertad no menor de tres ni

mayor de seis años en caso de lesión

grave, y no menor de cuatro ni mayor de

Page 56: Resposabilidades del profesional de salud

ABANDONO DE

PERSONA EN

PELIGRO

CARACTERÍSTICAS

El elemento objetivo del hecho es

interrumpir la protección

Basta con el hecho de haber expuesto a

peligro

No es necesario que se presente el daño

Es agravante si la persona está bajo su

cuidado

Page 57: Resposabilidades del profesional de salud

ABANDONO

AGRAVADOOCURRE EN LAS SIGUIENTES

CIRCUNSTANCIAS

Abandonar en plena cirugía la sala de

operaciones

Anestesiólogo que atiende dos

quirófanos al mismo tiempo

Médico intensivista que abandona la

Unidad

Transferir a un paciente grave sin los

medios de cuidado

Page 58: Resposabilidades del profesional de salud

DAÑOS AL

CONCEBIDO

ART. 124-A

“El que causa daño en el cuerpo o en la

salud del concebido, será reprimido con

pena privativa de la libertad no menor de un

año ni mayor de tres.”

Page 59: Resposabilidades del profesional de salud

TORTURA

ART. 322° TORTURA COMETIDA POR

PROFESIONAL DE LA

SALUD

“El médico o cualquier profesional sanitario

que cooperara en la perpetración del delito

señalado en el artículo anterior, será

reprimido con la misma pena de los

autores”

Page 60: Resposabilidades del profesional de salud

TORTURA

ART. 321° C.P. TORTURA

AGRAVANTE

“El funcionario o servidor público que

torture. . .dolor físico o aflicción psíquica. . .

Será reprimido con pena privativa de

libertad no menor de cinco ni mayor de

diez años.

Si la tortura causa la muerte del

agraviado o le produce lesión grave y el

agente pudo prever este resultado, la pena

privativa de libertad será respectivamente