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RESPUESTA A LA SOLICITUD DE AMPLIACIÓN N°1 DE MIAMBIENTE RESPECTO AL EsIA DEL PROYECTO EVERBLUE Mediante Nota DIEORA-DEIA-AC-0224-2112-16 de 15 de diciembre de 2016, notificada el 4 de enero de 2017, la Dirección de Evaluación y Ordenamiento Ambiental del Ministerio de Ambiente ha solicitado a la empresa Everblue Development Corporation Inc. una ampliación a su EsIA del Proyecto Everblue, de acuerdo al siguiente contenido: En atención a esta solicitud presentamos a su consideración nuestra respuesta en los siguientes términos. El EsIA del Proyecto Everblue en su capítulo 5, Sección 5.4.1 Planificación, Sistema Pluvial página 5-43 describe el concepto del sistema de Drenaje Pluvial que aplica al proyecto, el cual está basado en las normas y disposiciones técnicas y legales de las autoridades competentes en materia de drenajes pluviales como el Ministerio de Obras Públicas y el Municipio de Panamá, en cuanto al manejo de las aguas pluviales que drenan desde afuera o desde adentro del área del terreno que ocupa el proyecto. En este sentido, como puede observarse en la descripción arriba mencionada, todas las aguas pluviales o sea las originadas por lluvias dentro del terreno del proyecto, serán recogidas en una laguna artificial interna y desde ésta se descargará al sistema colector de la Avenida De Los Colegios que, a su vez, la descargará a la Quebrada La Gallinaza, la cual la conducirá y derramará sobre el

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RESPUESTA A LA SOLICITUD DE AMPLIACIÓN N°1 DE MIAMBIENTE

RESPECTO AL EsIA DEL PROYECTO EVERBLUE

Mediante Nota DIEORA-DEIA-AC-0224-2112-16 de 15 de diciembre de 2016,

notificada el 4 de enero de 2017, la Dirección de Evaluación y Ordenamiento

Ambiental del Ministerio de Ambiente ha solicitado a la empresa Everblue

Development Corporation Inc. una ampliación a su EsIA del Proyecto Everblue, de

acuerdo al siguiente contenido:

En atención a esta solicitud presentamos a su consideración nuestra respuesta en

los siguientes términos.

El EsIA del Proyecto Everblue en su capítulo 5, Sección 5.4.1 Planificación,

Sistema Pluvial página 5-43 describe el concepto del sistema de Drenaje Pluvial

que aplica al proyecto, el cual está basado en las normas y disposiciones técnicas

y legales de las autoridades competentes en materia de drenajes pluviales como

el Ministerio de Obras Públicas y el Municipio de Panamá, en cuanto al manejo de

las aguas pluviales que drenan desde afuera o desde adentro del área del terreno

que ocupa el proyecto.

En este sentido, como puede observarse en la descripción arriba mencionada,

todas las aguas pluviales o sea las originadas por lluvias dentro del terreno del

proyecto, serán recogidas en una laguna artificial interna y desde ésta se

descargará al sistema colector de la Avenida De Los Colegios que, a su vez, la

descargará a la Quebrada La Gallinaza, la cual la conducirá y derramará sobre el

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Área Protegida Refugio de Vida Silvestre Humedal Bahía de Panamá y al Océano

Pacífico.

Por su parte la Avenida De Los Colegios cuenta con planos de ingeniería que se

adjuntan y, además, cuenta con EsIA aprobado, así como con las aprobaciones

del Ministerio de Obras Públicas y el Municipio de Panamá, y está en estos

momentos en pleno proceso de construcción, incorporando los diseños de

terracería y pavimentos, así como el diseño del sistema pluvial consistente en un

Cajón Doble Central el cual recogerá las aguas de los proyectos que se

encuentran a ambos lados de la vía, como es el caso del Proyecto Everblue.

El Proyecto Everblue está obligado a conectarse a este sistema colector

aprobado de la Avenida De Los Colegios ya que el mismo es el que maneja

ordenadamente el desalojo de las aguas de lluvia en su sector de influencia; tal

como es de amplio conocimiento de los desarrollistas y de las autoridades en

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general, las aguas pluviales que sean generadas dentro del área ocupada por un

proyecto no pueden descargarse sobre terrenos vecinos que no dispongan de

infraestructuras existentes y aprobadas con sus respectivas servidumbres

pluviales y en el caso del Proyecto Everblue los terrenos vecinos no cuentan con

esas infraestructuras ni servidumbres pluviales aprobadas, por lo que solamente

podría descargar las aguas pluviales al mencionado sistema del cajón pluvial de la

Avenida De Los Colegios.

Sin embargo, las aguas de lluvia generadas dentro del área del proyecto, llegarán

a la Quebrada La Gallinaza y a través de la quebrada llegarán en primera

instancia a terrenos del Área Protegida Refugio de Vida Silvestre Humedal Bahía

de Panamá y eventualmente al mar, ya que la Quebrada La Gallinaza interconecta

las áreas que drenan hacia su curso con el Humedal Bahía de Panamá al

derramar sus aguas sobre ésta antes de su desembocadura al mar. Este derrame

de las aguas de la Quebrada La Gallinaza se da en virtud que la sección hidráulica

de dicha quebrada a la altura de su ingreso a los límites del área de

amortiguamiento del área protegida es casi plana, con un mínimo de profundidad,

que se continúa aplanando en dirección hasta su salida al mar. Puede observarse

en la figura adjunta la topografía de la Quebrada La Gallinaza cuando toca el área

de amortiguamiento a unos 700 metros antes de la desembocadura al mar y luego

unos 350 metros más adelante en dirección al mar, por lo que fácilmente puede

concluirse que la mayor parte de las aguas que recoge la Quebrada La Gallinaza

se derrama en las áreas bajas que corresponden con el área protegida antes de

su salida al mar.

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Siendo esto así, puede concluirse que, el relleno que se haría para el Proyecto

Everblue NO IMPEDIRÍA que las aguas de lluvia que se generarían dentro de

su área de proyecto, terminen drenando dentro del área protegida Refugio de

Vida Silvestre Humedal Bahía de Panamá.

Adicionalmente a lo antes expuesto, es importante destacar varios aspectos que

guardan relación con el orden de magnitud del Proyecto Everblue y el entorno del

área de drenaje poco intervenida que actualmente drena hacia el área protegida

Refugio de Vida Silvestre Humedal Bahía de Panamá y su área de

amortiguamiento. Como puede observarse en la siguiente figura, el área de la

cuenca baja de la Quebrada La Gallinaza en el entorno inmediato al Proyecto

Everblue la cual está poco intervenida y que actualmente drena hacia el área

protegida, abarca un área aproximada de 170 hectáreas en total mientras que el

área del Proyecto Everblue es de 6 hectáreas lo que corresponde a solamente un

3.5 % del total del área. También puede observarse que la ubicación del Proyecto

Everblue no interrumpe el flujo natural de las aguas en su entorno, por lo que

éstas seguirán drenando como hasta ahora aún al construirse el proyecto.

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Es oportuno mencionar también que el análisis hidrológico hidráulico integral de la

Quebrada La Gallinaza, que fue aportado en nuestro EsIA, muestra claramente

que en eventos de fuertes lluvias la Quebrada La Gallinaza derrama sus aguas en

todo el entorno, incluso con lluvias de retornos Tr de 10 años y, aunque no se

hicieron los ensayos para retornos Tr menores, es previsible que para retornos Tr

de 5 años o menos el comportamiento también sea que las aguas en la parte baja

de la Quebrada La Gallinaza se derramen, por lo que el flujo de agua de lluvia

hacia el área protegida no está ni amenazada ni comprometida por el Proyecto

Everblue, tal como se aprecia en las siguientes figuras extraídas del informe

hidrológico que se aportó como parte del EsIA del proyecto.

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Por último, es necesario comentar respecto al alcance jurídico de la Resolución N°

01 de 29 de enero de 2008, que dispone específicamente en su Artículo Primero

que “Se establecen como zonas especiales de manejo marino-costero a todas las

áreas de humedales marino-costeros, particularmente los manglares, de la

República de Panamá, exceptuando aquellas que previamente han sido

otorgadas en concesiones administrativas y/o sujetas a regímenes especiales

por otras instituciones públicas”, que esta norma no aplica al área del

Proyecto Everblue porque esta área efectivamente está ubicada dentro de un

régimen especial contenido en el EOT aprobado para el área del Proyecto por el

MIVIOT mediante la Resolución N° 301-2012, de 25 de mayo de 2012, “Por la

que se aprueba la propuesta de uso de suelo, zonificación y se da concepto

favorable al Plan Vial, contenidos en el Esquema de Ordenamiento

Territorial, “La Marina” ubicado en el corregimiento de Juan Díaz, distrito y

provincia de Panamá”, sobre la base de la Ley N°6 del 1 de febrero del 2006,

“Que reglamenta el Ordenamiento Territorial para el desarrollo urbano y

dicta otras disposiciones”, reglamentada por el Decreto Ejecutivo N° 23, del 16

de mayo del 2007.

Mediante esta normativa legal y su reglamentación se establece un régimen

especial a cargo del MIVIOT en lo que respecta al ordenamiento territorial para el

desarrollo urbano, que le adjudica la facultad de, por ejemplo, aprobar o no los

esquemas de ordenamiento territorial que se sometan a su consideración, entre

otras atribuciones.

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ANEXOS

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